1. Introducción y Marco Normativo
El régimen disciplinario del personal estatutario de los servicios de salud tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de los deberes y responsabilidades profesionales, asegurar el correcto funcionamiento de los servicios y proteger los derechos de los usuarios y de los propios profesionales.
La normativa fundamental que regula este régimen es:
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo XII, artículos 70 a 74).
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), aplicable con carácter supletorio.
- Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía (Título XII), que regula expresamente el régimen disciplinario en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía.
- Normativa específica del SAS, que incluye resoluciones sobre delegación de competencias y disposiciones de desarrollo aplicables a los procedimientos disciplinarios.
2. Principios del Régimen Disciplinario
El ejercicio de la potestad disciplinaria se rige por los siguientes principios:
- Legalidad y Tipicidad: Solo se pueden sancionar las conductas previamente definidas como falta por la ley.
- Irretroactividad: Las normas sancionadoras desfavorables no se aplican a hechos anteriores a su entrada en vigor.
- Proporcionalidad: Adecuación entre la gravedad de la falta y la sanción impuesta.
- Culpabilidad: La conducta debe ser imputable al profesional por dolo (intención) o culpa (negligencia).
- Presunción de Inocencia: Hasta que no se demuestre la responsabilidad.
- Non bis in idem: No se puede sancionar dos veces por los mismos hechos.
- Audiencia y Derecho de Defensa: Garantía de participación del expedientado en todo el procedimiento.
Estos principios están reflejados tanto en el Estatuto Marco como en el TREBEP y han sido incorporados expresamente en la Ley 5/2023, en su Título XII (arts. 178 y ss.).
3. Faltas Disciplinarias (Art. 72 del Estatuto Marco)
Las faltas se clasifican en:
📛 Muy Graves:
Incluyen, entre otras:
- Incumplimiento del deber de respeto a la Constitución o al Estatuto de Autonomía.
- Discriminación por razón de sexo, raza, religión, etc.
- Abandono del servicio.
- Acuerdos manifiestamente ilegales con perjuicio grave.
- Publicación indebida de secretos oficiales.
- Inhibición deliberada en las funciones.
- Violación de la neutralidad o independencia política.
- Impedir el ejercicio de libertades públicas o derechos sindicales.
- Actos que coarten el derecho de huelga.
- Participación en huelgas ilegales.
- Incumplimiento de atención a servicios esenciales.
- Insubordinación grave.
- Acoso sexual o laboral.
- Agresiones graves a compañeros, usuarios o superiores.
- Daños dolosos o por negligencia inexcusable.
- Incumplimiento grave del régimen de incompatibilidades.
- Las que se califiquen como muy graves en leyes especiales.
⚠️ Graves:
Algunas de las tipificadas son:
- Desobediencia a superiores.
- Abuso de autoridad.
- Conductas dolosas relacionadas con el servicio.
- Grave desconsideración hacia otros profesionales o usuarios.
- Daños materiales graves por negligencia.
- Intervención indebida en procedimientos.
- Bajo rendimiento reiterado.
- Incumplimiento del sigilo profesional.
- Incumplimiento de plazos con perjuicio.
- Absentismo superior a 20 horas/mes.
- Tercera falta injustificada en un año.
- Manipulación de sistemas de control horario.
- Incumplimiento del régimen de incompatibilidades (no muy grave).
⚪ Leves:
Entre ellas:
- Incumplimientos horarios inferiores a 20 horas/mes.
- Ausencia injustificada de 1 día.
- Incorrección con usuarios o compañeros.
- Negligencia leve en el desempeño.
- Cualquier otro incumplimiento no calificado como grave o muy grave.
4. Sanciones Disciplinarias (Art. 73 del Estatuto Marco)
🟥 Faltas Muy Graves:
- Separación del servicio (definitiva).
- Suspensión de funciones por más de 2 años y hasta 6.
- Traslado forzoso con cambio de localidad.
- Demérito en la carrera profesional (1 a 3 años).
🟧 Faltas Graves:
- Suspensión hasta 2 años.
- Traslado forzoso sin cambio de localidad.
- Demérito (hasta 1 año).
🟨 Faltas Leves:
- Apercibimiento por escrito.
📌 Nota: En la Ley 5/2023, se mantienen estas sanciones y se establece que el demérito y la suspensión deben tener efectos limitados y revisables (arts. 180-181).
5. Prescripción (Art. 71 del Estatuto Marco)
- Faltas: 3 años (muy graves), 2 años (graves), 6 meses (leves).
- Sanciones: 3 años (muy graves), 2 años (graves), 1 año (leves).
El cómputo se inicia:
- Para faltas: desde su comisión.
- Para sanciones: desde que la resolución sancionadora es firme.
La Ley 5/2023 ratifica estos plazos (art. 182), garantizando la seguridad jurídica.
6. Procedimiento Disciplinario
El procedimiento, ajustado al Título XII de la Ley 5/2023 y al Estatuto Marco, incluye las siguientes fases:
- Inicio de oficio: por iniciativa propia, orden superior, denuncia o moción razonada.
- Instrucción: con nombramiento de instructor y secretario.
- Pliego de cargos y trámite de descargo: con alegaciones y pruebas del interesado.
- Propuesta de resolución: motivada y proporcional.
- Resolución final: con indicación de recursos.
🛑 Suspensión provisional: Se puede acordar cuando existan indicios racionales de falta grave o muy grave, o para garantizar la eficacia del procedimiento (art. 183 Ley 5/2023).
7. Órganos Competentes en el Ámbito del Servicio Andaluz de Salud (SAS)
La distribución de competencias dentro del SAS sigue criterios jerárquicos y se regula por la normativa interna y resoluciones de delegación. Según la práctica administrativa y normativa vigente:
🗂 Incoación del Expediente:
- Directores Gerentes de Centros (Hospitales, Distritos, AGS).
- Dirección General de Personal o la Dirección Gerencia del SAS en casos más graves.
📑 Imposición de Sanciones:
- Faltas Leves: competencia de los Directores Gerentes.
- Faltas Graves: competencia de la Dirección General de Personal o Dirección Gerencia del SAS.
- Faltas Muy Graves (excepto separación): competencia de la Dirección Gerencia del SAS.
- Separación del Servicio: requiere acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Salud y Consumo, con informe favorable de la Dirección Gerencia del SAS.
⚠️ Importante: Es imprescindible consultar las resoluciones actualizadas de delegación de competencias del SAS para confirmar los órganos con atribuciones específicas en cada momento.
📚 Referencias Normativas
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, TREBEP.
- Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
- Decreto 51/2025, de 24 de febrero, sobre planificación y ordenación del empleo público.
- Resoluciones de delegación de competencias del SAS (consultar BOJA vigente).
📑 Cuestionario Tipo Test – Tema 76 (Régimen disciplinario del personal estatutario del SAS)
Pregunta 1 (Actualizada 2025)
¿En qué norma se regulan las bases del régimen disciplinario del personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud?
A) Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía
B) Estatuto de Autonomía de Andalucía
C) Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario ✅
D) Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo
✅ Respuesta correcta: C
📌 Explicación:
El régimen disciplinario del personal estatutario se encuentra regulado en el Capítulo XII de la Ley 55/2003, que es el marco básico estatal para todos los servicios de salud. La Ley 5/2023 actúa como norma autonómica de desarrollo en Andalucía, pero la base estatal sigue siendo la Ley 55/2003.
- Opción A: Incorrecta. Es normativa autonómica complementaria, no la base.
- Opción B: Incorrecta. El Estatuto de Autonomía no regula este nivel de detalle.
- Opción D: Incorrecta. Esta norma fue sustituida por el Estatuto de los Trabajadores.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco.
Pregunta 2 (Actualizada 2025)
¿Qué principio garantiza que una persona no pueda ser sancionada dos veces por los mismos hechos?
A) Legalidad
B) Culpabilidad
C) Presunción de inocencia
D) Non bis in idem ✅
✅ Respuesta correcta: D
📌 Explicación:
El principio non bis in idem impide que una persona sea sancionada o juzgada dos veces por los mismos hechos cuando coincidan sujeto, hecho y fundamento.
- Opción A: Incorrecta. La legalidad implica que solo se sanciona lo previsto legalmente.
- Opción B: Incorrecta. La culpabilidad exige dolo o negligencia.
- Opción C: Incorrecta. Es otro principio, pero no el que se refiere a la doble sanción.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 70; TREBEP, art. 94.
Pregunta 3 (Actualizada 2025)
¿Cuál de las siguientes sanciones corresponde a una falta leve?
A) Suspensión de funciones por 2 años
B) Apercibimiento por escrito ✅
C) Traslado forzoso con cambio de localidad
D) Separación del servicio
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
El apercibimiento escrito es la única sanción prevista para las faltas leves según el Estatuto Marco.
- Opción A: Incorrecta. Corresponde a falta grave.
- Opción C: Incorrecta. Solo se impone por faltas graves o muy graves.
- Opción D: Incorrecta. Es la sanción más severa, para faltas muy graves.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 73.
Pregunta 4 (Actualizada 2025)
¿Cuál de estas es una falta muy grave según el Estatuto Marco?
A) Incumplimiento injustificado del horario (menos de 20 h/mes)
B) Insubordinación grave ✅
C) No guardar sigilo profesional
D) Abuso de autoridad
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
La insubordinación grave, abierta o manifiesta, se considera falta muy grave en el Estatuto Marco.
- Opción A: Incorrecta. Es leve si no supera las 20 h/mes.
- Opción C: Incorrecta. Falta grave.
- Opción D: Incorrecta. También grave, pero no muy grave.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 72.
Pregunta 5 (Actualizada 2025)
¿Quién es el competente para imponer la sanción de separación del servicio en el SAS?
A) Dirección General de Personal
B) Dirección Gerencia del SAS
C) Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ✅
D) Director Gerente del centro sanitario
✅ Respuesta correcta: C
📌 Explicación:
La separación del servicio requiere resolución del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Salud, con informe del SAS, dada su gravedad.
- Opción A: Incorrecta. Competente para sanciones graves.
- Opción B: Incorrecta. Competente para sanciones muy graves, salvo separación.
- Opción D: Incorrecta. Competente para faltas leves.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 73; normativa del SAS y resoluciones de delegación.
Pregunta 6 (Actualizada 2025)
¿Cuándo prescribe una falta grave si no se inicia expediente?
A) A los 6 meses
B) Al año
C) A los 2 años ✅
D) A los 3 años
✅ Respuesta correcta: C
📌 Explicación:
Las faltas graves prescriben a los 2 años desde su comisión, salvo que el procedimiento se inicie antes.
- Opción A: Incorrecta. Aplica a faltas leves.
- Opción B: Incorrecta. Aplica a sanciones leves.
- Opción D: Incorrecta. Aplica a faltas muy graves.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 71.
Pregunta 7 (Actualizada 2025)
¿Quién puede incoar un expediente disciplinario por una falta grave en un hospital del SAS?
A) Un compañero de trabajo
B) El Director Gerente del hospital ✅
C) El Parlamento Andaluz
D) El Consejo Consultivo de Andalucía
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
El Director Gerente del centro es competente para incoar (no resolver) expedientes por faltas, incluidos los graves. La resolución suele ser competencia de órganos superiores.
- Opción A: Incorrecta. Puede denunciar, pero no incoar.
- Opción C y D: Incorrectas. No tienen competencias disciplinarias en este ámbito.
📌 Referencia normativa:
Normativa interna del SAS; Ley 55/2003.
Pregunta 8 (Actualizada 2025)
¿Qué sanción puede imponerse por una falta grave?
A) Apercibimiento
B) Suspensión superior a 2 años
C) Demérito hasta 1 año ✅
D) Separación del servicio
✅ Respuesta correcta: C
📌 Explicación:
El demérito por hasta 1 año es una de las sanciones previstas por faltas graves.
- Opción A: Incorrecta. Solo para faltas leves.
- Opción B: Incorrecta. Supera el máximo para faltas graves.
- Opción D: Incorrecta. Solo para faltas muy graves.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 73.
Pregunta 9 (Actualizada 2025)
Durante el procedimiento disciplinario, ¿cuándo puede acordarse la suspensión provisional del expedientado?
A) Solo después de la resolución
B) En cualquier momento, si hay indicios de falta grave o muy grave ✅
C) Nunca antes del pliego de cargos
D) Solo si hay sentencia firme
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
La suspensión provisional puede acordarse desde la fase de instrucción si hay indicios razonables o por motivos de eficacia procesal.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 70.4; Ley 5/2023, art. 183.
Pregunta 10 (Actualizada 2025)
¿Cuál de los siguientes principios garantiza el derecho del expedientado a presentar pruebas?
A) Proporcionalidad
B) Culpabilidad
C) Derecho de audiencia y defensa ✅
D) Tipicidad
✅ Respuesta correcta: C
📌 Explicación:
El derecho de defensa y audiencia incluye expresamente la posibilidad de presentar pruebas, conocer los cargos y formular alegaciones.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 70; TREBEP, art. 94; Ley 5/2023, art. 178.
Pregunta 11 (Actualizada 2025)
¿Cuál es el efecto principal de una sanción de «demérito» según el Estatuto Marco?
A) Supresión del complemento específico
B) Pérdida de grados en la carrera profesional ✅
C) Cambio de categoría profesional
D) Exclusión del sistema de bolsas
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
La sanción de demérito implica la pérdida de grados en el sistema de carrera profesional, de forma temporal, como medida correctiva.
Opción A: Incorrecta. No afecta directamente al complemento específico.
Opción C: Incorrecta. Las sanciones no modifican categorías profesionales.
Opción D: Incorrecta. No lo establece el Estatuto Marco.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 73; Ley 5/2023, art. 180.
Pregunta 12 (Actualizada 2025)
Una falta leve prescribe, si no se ha iniciado procedimiento, en:
A) 1 año
B) 6 meses ✅
C) 2 años
D) 3 años
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
Las faltas leves prescriben a los 6 meses desde su comisión, salvo interrupción o inicio del procedimiento disciplinario.
Opción A: Incorrecta. Aplica a sanciones leves, no a faltas.
Opción C y D: Incorrectas. Corresponden a faltas más graves.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 71; Ley 5/2023, art. 182.
Pregunta 13 (Actualizada 2025)
¿Cuál de estas acciones es una falta grave según el Estatuto Marco?
A) Ausencia injustificada de un solo día
B) Falta de obediencia a superiores ✅
C) Discriminación por razón de sexo
D) Agresión física grave
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
La falta de obediencia debida a superiores es considerada falta grave.
Opción A: Incorrecta. Se considera leve.
Opción C: Incorrecta. Es falta muy grave.
Opción D: Incorrecta. También se califica como muy grave.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 72.
Pregunta 14 (Actualizada 2025)
¿En qué documento se regula expresamente el procedimiento disciplinario en la Junta de Andalucía?
A) Decreto 2/2002
B) Decreto 51/2025 ✅
C) Estatuto de Autonomía
D) Código de Derecho Administrativo
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
El Decreto 51/2025, de 24 de febrero, regula procedimientos relacionados con el ingreso, promoción y régimen disciplinario del personal en la Administración andaluza, y desarrolla la Ley 5/2023.
Opción A: Incorrecta. Derogado por el Decreto 51/2025.
Opción C: Incorrecta. Es norma institucional, no procedimental.
Opción D: Incorrecta. No existe como documento oficial específico.
📌 Referencia normativa:
Decreto 51/2025, de 24 de febrero (BOJA nº 40 de 27 de febrero de 2025)BOJA25-040-00073-2744-0….
Pregunta 15 (Actualizada 2025)
¿Cuál de las siguientes opciones es un derecho del expedientado durante el procedimiento disciplinario?
A) Renunciar al expediente
B) Suspender la investigación
C) Participar en la instrucción del expediente
D) Conocer los cargos, formular alegaciones y proponer pruebas ✅
✅ Respuesta correcta: D
📌 Explicación:
El interesado tiene derecho a ser oído, formular alegaciones, proponer pruebas y acceder al expediente, en virtud del principio de defensa.
Opción A: Incorrecta. No existe esa figura.
Opción B: Incorrecta. Solo el órgano instructor puede hacerlo.
Opción C: Incorrecta. No puede participar en la instrucción.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 70.3; TREBEP art. 94; Ley 5/2023, art. 178.
Pregunta 16 (Actualizada 2025)
Una falta muy grave, ¿prescribe si no se ha incoado el procedimiento?
A) A los 2 años
B) A los 5 años
C) A los 3 años ✅
D) Nunca prescribe
✅ Respuesta correcta: C
📌 Explicación:
Las faltas muy graves prescriben a los 3 años, contados desde su comisión, salvo que se inicie expediente disciplinario.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 71.
Pregunta 17 (Actualizada 2025)
¿Quién puede proponer la incoación de un expediente disciplinario?
A) El interesado
B) El Defensor del Pueblo
C) Un subordinado mediante moción razonada ✅
D) Solo un juez
✅ Respuesta correcta: C
📌 Explicación:
El procedimiento disciplinario puede iniciarse de oficio por moción razonada de subordinados, orden superior o denuncia.
Opción A: Incorrecta. No procede autoacusación formal.
Opción B: Incorrecta. Puede recomendar, pero no iniciar.
Opción D: Incorrecta. El juez actúa en otro ámbito.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 70.2.
Pregunta 18 (Actualizada 2025)
¿Cuál de las siguientes conductas no se considera una falta grave?
A) Abuso de autoridad
B) No guardar el debido sigilo profesional
C) Incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo (21 horas)
D) Insubordinación grave ✅
✅ Respuesta correcta: D
📌 Explicación:
La insubordinación grave es calificada como falta muy grave, no grave.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 72.
Pregunta 19 (Actualizada 2025)
¿Qué órgano tiene competencia para imponer sanción por falta leve?
A) Dirección General de Personal
B) Dirección Gerencia del SAS
C) Consejo de Gobierno
D) Director Gerente del centro sanitario ✅
✅ Respuesta correcta: D
📌 Explicación:
El Director Gerente del centro donde presta servicio el profesional es el órgano competente para imponer sanciones por faltas leves, como el apercibimiento.
📌 Referencia normativa:
Normativa interna del SAS y resoluciones de delegación.
Pregunta 20 (Actualizada 2025)
¿Desde cuándo comienza a contarse el plazo de prescripción de una sanción?
A) Desde la incoación del expediente
B) Desde que se comete la falta
C) Desde la firma del pliego de cargos
D) Desde la firmeza de la resolución sancionadora ✅
✅ Respuesta correcta: D
📌 Explicación:
El plazo de prescripción de una sanción comienza a contarse desde que la resolución sancionadora deviene firme en vía administrativa.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 71; Ley 5/2023, art. 182.
Pregunta 21 (Actualizada 2025)
Durante una guardia de noche, una médica adjunta del SAS abandona su puesto sin haber sido relevada y sin causa justificada, generando un riesgo grave para los pacientes. ¿Qué tipo de falta habría cometido?
A) Falta leve
B) Falta grave
C) Falta muy grave (Respuesta Correcta)
D) No constituye falta si no hubo consecuencias médicas
✅ Respuesta correcta: C
📌 Explicación:
El abandono del servicio, especialmente en un contexto asistencial donde pueda producirse un perjuicio a los usuarios, es una de las conductas expresamente tipificadas como falta muy grave.
Opción A (Incorrecta): Solo aplicable a incumplimientos menores y sin gravedad.
Opción B (Incorrecta): El riesgo creado por el abandono hace que la infracción se eleve a muy grave.
Opción D (Incorrecta): La mera exposición al riesgo es suficiente para tipificar la falta, no es necesario que se materialicen consecuencias.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, art. 72.
Pregunta 22 (Actualizada 2025)
Un celador del SAS accede al sistema informático para consultar historias clínicas sin autorización, fuera de su jornada laboral y sin relación con su función. ¿Qué tipo de falta puede suponer?
A) Falta leve
B) Falta grave (Respuesta Correcta)
C) Falta muy grave
D) No constituye infracción si no difunde la información
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
El acceso no autorizado a datos protegidos, aunque no se difundan, constituye una vulneración del deber de sigilo profesional, lo cual está calificado como falta grave.
Opción A (Incorrecta): El uso de datos sensibles nunca se considera falta leve.
Opción C (Incorrecta): Solo si hay difusión o consecuencias graves podría considerarse muy grave.
Opción D (Incorrecta): El simple acceso ya vulnera la normativa, sin necesidad de difusión.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 72.
Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales (LOPDGDD).
Pregunta 23 (Actualizada 2025)
Un enfermero del SAS acumula tres faltas de asistencia injustificadas en el mismo año natural, habiendo sido sancionado previamente por las dos anteriores como faltas leves. ¿Qué tipo de infracción supone la tercera ausencia?
A) Falta leve
B) Falta grave (Respuesta Correcta)
C) Falta muy grave
D) No es sancionable
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
La tercera ausencia injustificada en el mismo año natural se considera falta grave, si las dos anteriores ya fueron sancionadas como leves. La reiteración cualifica la conducta.
Opción A (Incorrecta): Solo aplicaría en la primera o segunda ocasión.
Opción C (Incorrecta): No alcanza el nivel de gravedad que exige una muy grave.
Opción D (Incorrecta): Las ausencias reiteradas son sancionables expresamente.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 72, letra j).
Pregunta 24 (Actualizada 2025)
Un técnico especialista del SAS causa un daño grave e irreversible en un equipo de laboratorio por una actuación negligente y sin seguir los protocolos establecidos. ¿Qué tipo de falta se le podría imputar?
A) Falta leve
B) Falta grave
C) Falta muy grave (Respuesta Correcta)
D) No procede sanción si fue un accidente
✅ Respuesta correcta: C
📌 Explicación:
La producción de daños muy graves en bienes o instalaciones por negligencia inexcusable se tipifica como falta muy grave.
Opción A (Incorrecta): Inadecuada ante la gravedad del daño.
Opción B (Incorrecta): Solo si el daño no fuera muy grave.
Opción D (Incorrecta): Aunque haya accidentalidad, el criterio de negligencia inexcusable justifica la sanción.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 72, letra o).
Pregunta 25 (Actualizada 2025)
Una profesional estatutaria realiza publicaciones en redes sociales con insultos y descalificaciones hacia otros profesionales del SAS, identificándose como trabajadora pública. ¿Qué calificación disciplinaria puede tener este comportamiento?
A) Falta leve
B) Falta grave
C) Falta muy grave (Respuesta Correcta)
D) No sancionable por libertad de expresión
✅ Respuesta correcta: C
📌 Explicación:
La realización de actos que afecten gravemente a la dignidad de compañeros y usuarios, cuando se hacen públicamente como empleada pública, se considera falta muy grave.
Opción A (Incorrecta): Excede con creces el umbral de leve.
Opción B (Incorrecta): No responde a la gravedad de la conducta.
Opción D (Incorrecta): La libertad de expresión no ampara el insulto ni la vejación pública.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 72, letras b), g), l) y p).
Ley 5/2023, art. 179 (código de conducta).
Pregunta 26 (Actualizada 2025)
Un administrativo del SAS manipula el sistema de fichaje para registrar la entrada de un compañero que aún no ha llegado a su puesto. ¿Qué tipo de falta disciplinaria supone esta conducta?
A) Falta leve
B) Falta grave (Respuesta Correcta)
C) Falta muy grave
D) No es sancionable si no causa perjuicio
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
El Estatuto Marco considera como falta grave cualquier acción u omisión dirigida a evadir o falsear los sistemas de control horario, incluso sin perjuicio económico inmediato.
- Opción A (Incorrecta): La alteración del control horario no se considera leve.
- Opción C (Incorrecta): Solo se considera muy grave si hay reiteración o consecuencias graves.
- Opción D (Incorrecta): La conducta es sancionable per se, sin necesidad de perjuicio material.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 72, letra l).
Pregunta 27 (Actualizada 2025)
Durante la tramitación de un expediente disciplinario por presunto acoso laboral, el órgano competente acuerda el cese provisional del trabajador expedientado, antes de resolver el procedimiento. ¿Qué medida está aplicando?
A) Apercibimiento preventivo
B) Traslado forzoso
C) Suspensión provisional de funciones (Respuesta Correcta)
D) Archivo del expediente
✅ Respuesta correcta: C
📌 Explicación:
La suspensión provisional de funciones está prevista durante la instrucción de un procedimiento por falta grave o muy grave, especialmente en casos sensibles como el acoso.
- Opción A (Incorrecta): No existe como figura legal.
- Opción B (Incorrecta): El traslado es sanción, no medida provisional.
- Opción D (Incorrecta): El archivo supondría la finalización del expediente.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 70.4;
Ley 5/2023, art. 183.
Pregunta 28 (Actualizada 2025)
Un jefe de servicio impone una sanción de suspensión de empleo y sueldo de 1 mes a una enfermera sin abrir expediente ni garantizar su derecho a defensa. ¿Qué principio se ha vulnerado?
A) Presunción de inocencia
B) Tipicidad
C) Non bis in idem
D) Derecho al procedimiento debido (Respuesta Correcta)
✅ Respuesta correcta: D
📌 Explicación:
Toda sanción debe ser acordada en el marco de un procedimiento disciplinario formal, con garantías. Omitirlo infringe el principio de legalidad y procedimiento debido.
- Opción A (Incorrecta): Aunque afectado, no es el principio principal vulnerado aquí.
- Opción B (Incorrecta): No se cuestiona la descripción de la conducta, sino el procedimiento.
- Opción C (Incorrecta): No hay duplicidad sancionadora.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 70.3 y 70.4;
TREBEP, art. 94.
Pregunta 29 (Actualizada 2025)
Un técnico superior del SAS, sancionado por una falta grave, observa que seis meses después de la resolución sancionadora, su sanción aún no ha sido ejecutada. ¿Cuándo empezará a contar la prescripción de dicha sanción?
A) Desde que cometió la falta
B) Desde la incoación del expediente
C) Desde la notificación de la sanción
D) Desde la firmeza de la resolución sancionadora (Respuesta Correcta)
✅ Respuesta correcta: D
📌 Explicación:
El plazo de prescripción de una sanción empieza a contar desde que la resolución sancionadora se vuelve firme en vía administrativa, no desde su notificación ni desde el hecho sancionado.
- Opción A (Incorrecta): Aplica a faltas, no sanciones.
- Opción B (Incorrecta): Marca el inicio del expediente, no de la prescripción.
- Opción C (Incorrecta): Puede ser anterior a la firmeza.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 71;
Ley 5/2023, art. 182.
Pregunta 30 (Actualizada 2025)
Un trabajador del SAS es sancionado dos veces por el mismo hecho: una por el Director Gerente y otra por la Dirección General de Personal. ¿Qué principio jurídico se estaría vulnerando?
A) Proporcionalidad
B) Non bis in idem (Respuesta Correcta)
C) Culpabilidad
D) Prescripción
✅ Respuesta correcta: B
📌 Explicación:
El principio non bis in idem prohíbe sancionar dos veces por los mismos hechos cuando existe identidad de sujeto, hecho y fundamento.
- Opción A (Incorrecta): Aunque pudiera estar afectada, no es el principio vulnerado directamente.
- Opción C (Incorrecta): No se cuestiona la intencionalidad.
- Opción D (Incorrecta): La cuestión no es de plazos.
📌 Referencia normativa:
Ley 55/2003, art. 70;
Ley 5/2023, art. 178.
🧠 Mapa Conceptual – Tema 76: Régimen disciplinario del personal estatutario en el SAS
⚖️ MARCO NORMATIVO
- 📘 Ley 55/2003 → Estatuto Marco del personal estatutario (arts. 70 a 74)
- 📕 TREBEP → Aplicación supletoria en procedimiento y principios
- 📗 Ley 5/2023 → Régimen disciplinario en Andalucía (Título XII)
- 🏛️ Decreto 51/2025 → Desarrollo del régimen disciplinario
- 🧾 Normativa interna del SAS → Delegación de competencias
🧩 PRINCIPIOS DISCIPLINARIOS
- 📜 Legalidad y tipicidad
- ⛔ Irretroactividad
- ⚖️ Proporcionalidad
- ❗ Culpabilidad (dolo o culpa)
- 🛡️ Presunción de inocencia
- 🔁 Non bis in idem
- 🎙️ Audiencia y defensa garantizada
🚦 CLASIFICACIÓN DE FALTAS
📛 Muy Graves
- Abandono del servicio
- Discriminación
- Acoso
- Daños graves dolosos o negligentes
- Insubordinación grave
- Vulneración de servicios esenciales
- Publicación de secretos oficiales
⚠️ Graves
- Falta de obediencia
- Abuso de autoridad
- Reiteración de ausencias
- Incumplimiento grave de jornada
- Acciones contra el sistema de fichaje
- Incumplimiento del deber de sigilo
⚪ Leves
- Retrasos y ausencias esporádicas
- Incorrección con usuarios
- Descuido en el servicio sin gravedad
🧾 SANCIONES
Muy graves
- ❌ Separación del servicio
- 🚫 Suspensión (2-6 años)
- 🔁 Traslado con cambio de localidad
- 📉 Demérito (1-3 años)
Graves
- ⏸️ Suspensión hasta 2 años
- ↔️ Traslado sin cambio de localidad
- 📉 Demérito hasta 1 año
Leves
- 🟨 Apercibimiento por escrito
⏳ PRESCRIPCIÓN
- ⌛ Faltas:
- Muy graves: 3 años
- Graves: 2 años
- Leves: 6 meses
- 📆 Sanciones:
- Muy graves: 3 años
- Graves: 2 años
- Leves: 1 año
- 👉 Computan desde la firmeza de la resolución
🛠️ PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
- 🔍 Inicio de oficio (orden, denuncia, moción razonada)
- 🧑⚖️ Instrucción (nombramiento de instructor y secretario)
- 🗂️ Pliego de cargos y alegaciones
- 🧾 Propuesta de resolución
- ✅ Resolución motivada
- 🟥 Posibilidad de suspensión provisional
🏛️ ÓRGANOS COMPETENTES (SAS)
- 🏥 Directores Gerentes de Centros
- Incoación del expediente
- Imposición de faltas leves
- 🧑💼 Dirección General de Personal
- Sanciones por faltas graves
- 🧑⚖️ Dirección Gerencia del SAS
- Sanciones por faltas muy graves (salvo separación)
- 🏛️ Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
- Separación del servicio (a propuesta de la Consejería)
📌 Consultar resoluciones vigentes de delegación de competencias
📚 Referencias Normativas y Publicaciones Oficiales – Tema 76
🧾 Normativa Estatal
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
↳ Capítulo XII: Régimen disciplinario (arts. 70 a 74).
📌 BOE núm. 301, de 17 de diciembre de 2003.
https://www.boe.es/eli/es/l/2003/12/16/55/con - Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
↳ Título VII (Conducta profesional) y Título VIII (Régimen disciplinario).
📌 BOE núm. 261, de 31 de octubre de 2015.
https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/30/5/con - Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
↳ Aplicable a supuestos de acceso indebido a datos de salud.
📌 BOE núm. 294, de 6 de diciembre de 2018.
https://www.boe.es/eli/es/lo/2018/12/05/3/con
📕 Normativa Autonómica (Andalucía)
- Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
↳ Título XII: Régimen disciplinario (arts. 178 a 185).
📌 BOJA núm. 109, de 9 de junio de 2023.
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/109/1 - Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación, ordenación, ingreso, provisión y promoción del personal al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía.
↳ Desarrollo procedimental del régimen disciplinario y delegación de competencias.
📌 BOJA núm. 40, de 27 de febrero de 2025.
(Referencia interna a archivo proporcionado: BOJA25-040-00073-2744-01_00316351.pdf) - Resoluciones de delegación de competencias del SAS
↳ Determinan los órganos competentes para incoación e imposición de sanciones según nivel y tipología de la falta.
📌 Consultar BOJA y web del SAS (actualización anual o bianual).
https://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/
📰 Otras Publicaciones y Documentos Relevantes
- Código de Conducta del Empleado Público
↳ Anexo al TREBEP (compromisos éticos y principios de actuación).
↳ Incluido como referencia para valorar faltas relacionadas con la dignidad y el respeto institucional.
https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/30/5/con#anx-I - Estudios del Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP)
↳ Manuales y comentarios sobre el procedimiento disciplinario y actuación administrativa sancionadora en la Junta de Andalucía.
https://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica