Tema 20: El Sistema Español de Seguridad Social. Régimen General. Afiliación, Altas, Bajas, Cotización y Prestaciones
La Seguridad Social es el fundamento del sistema de protección social español. Como Auxiliar Administrativo/a del SAS, trabajarás diariamente con conceptos de afiliación, altas y bajas, cotización e IT. Entender cómo funcionan la afiliación de los trabajadores del SAS, los plazos para dar de alta o baja, las bases de cotización, y cómo se gestionan las prestaciones de incapacidad temporal es esencial tanto para el examen como para tu actividad en nómina, GERHONTE, tramitación de incapacidad o apoyo en gestión de recursos humanos.
Este tema es altamente preguntable en examen y muy aplicado en el día a día del centro sanitario.
1. Sistema Español de Seguridad Social. Concepto y estructura
1.1. Concepto y naturaleza
La Seguridad Social es el sistema de protección social obligatorio que garantiza la cobertura de contingencias de los trabajadores y otros colectivos (desempleo, enfermedad, vejez, invalidez, accidentes, prestaciones familiares, etc.). En España, la Seguridad Social se rige por el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social (RD Legislativo 8/2015, de 30 de octubre).
1.2. Estructura de la Seguridad Social
El sistema se organiza en regímenes:
- Régimen General: Trabajadores por cuenta ajena del sector privado y público (como los trabajadores estatutarios del SAS).
- Regímenes especiales: Trabajadores autónomos, minería, empleados de hogar, etc.
2. Régimen General de la Seguridad Social
2.1. Concepto y ámbito de aplicación
El Régimen General es el régimen general de cotización y prestaciones que protege a:
- Trabajadores por cuenta ajena del sector privado.
- Trabajadores por cuenta ajena del sector público (funcionarios públicos con algunas particularidades, y especialmente trabajadores estatutarios del SAS).
- Trabajadores que no están adscritos a un régimen especial.
2.2. Características del Régimen General en el SAS
Los trabajadores estatutarios temporales y permanentes del SAS están adscritos al Régimen General, aunque cotizan según lo establecido en la normativa específica de personal del SAS y el Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad. La particularidad es que la Administración del SAS es la que realiza la aportación a la Seguridad Social en nombre del trabajador.
3. Afiliación a la Seguridad Social
3.1. Concepto de afiliación
La afiliación es la inscripción de una persona física en la Seguridad Social con la que obtiene un número de afiliación único e inmutable durante toda su vida. Esto la identifica ante el sistema de Seguridad Social.
3.2. Obligatoriedad de la afiliación
La afiliación es obligatoria para todo trabajador por cuenta ajena que preste servicios en territorio español. En el caso del SAS, todo auxiliar administrativo temporal o fijo debe estar afiliado a la Seguridad Social antes de iniciar su actividad laboral.
3.3. Procedimiento de afiliación
La afiliación se realiza mediante la presentación de una solicitud (modelo TA.6) ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). En el SAS, es la propia Administración sanitaria quien tramita la afiliación del trabajador cuando formaliza el nombramiento o contrato. El trabajador recibe una comunicación de afiliación en la que consta:
- Número de afiliación (formato: 12 dígitos).
- Datos personales confirmados.
- Régimen de afiliación.
3.4. Datos a registrar en la afiliación
La afiliación requiere aportar:
- Nombre y apellidos completos.
- Número de DNI/NIE/Pasaporte.
- Fecha de nacimiento.
- Nacionalidad.
- Domicilio.
- Régimen de afiliación.
- Rama de actividad de la empresa (en este caso, servicios sanitarios públicos).
4. Altas y Bajas en la Seguridad Social
4.1. Concepto de alta
El alta es la inscripción de un trabajador afiliado en la Seguridad Social como cotizante. Es decir, es el registro de que una persona comienza a cotizar en la Seguridad Social. Una persona puede estar afiliada pero no de alta (afiliada en registro pero sin relación laboral activa); del mismo modo, una persona de alta también está necesariamente afiliada.
4.2. Obligatoriedad del alta
El alta es obligatoria desde el momento en que un trabajador se incorpora al trabajo por cuenta ajena. En el SAS, el alta debe efectuarse antes de que el trabajador comience a prestar servicios, o a más tardar en el mismo día de la incorporación.
4.3. Procedimiento de alta
El alta se produce mediante:
- Comunicación de afiliación de alta telemática (TC.2) presentada ante la TGSS.
- En el SAS, la tramitación se realiza generalmente a través de la aplicación GERHONTE o directamente ante la TGSS telemáticamente.
- La comunicación debe incluir: número de afiliación, datos de identificación, rama de actividad, categoría profesional, salario base, régimen de cotización.
4.4. Plazos de alta
| Situación | Plazo de alta | Referencia normativa |
|---|---|---|
| Alta en nueva empresa sin afiliación previa | Antes o el mismo día de la incorporación | Art. 304 TRLGSS |
| Alta de trabajador ya afiliado que cambia de empresa | Antes o el mismo día de la incorporación | Art. 304 TRLGSS |
| Alta de trabajador temporal del SAS | Antes de la incorporación al puesto | Pacto de Mesa Sectorial |
| Reactivación de alta tras baja | Antes o el mismo día de la reincorporación | Art. 304 TRLGSS |
4.5. Concepto de baja
La baja es el cese de la cotización de un trabajador en la Seguridad Social. El trabajador cesa de estar de alta, pero permanece afiliado.
4.6. Causas de baja en la Seguridad Social
- Extinción de la relación laboral (fin de contrato, despido, dimisión, jubilación).
- Cambio de régimen de afiliación.
- Muerte del trabajador.
- Mutualismo: paso a régimen de mutualidad laboral (muy infrecuente en sector público).
- Pérdida de capacidad de cotizar (invalidez absoluta, gran invalidez que impida trabajar).
4.7. Procedimiento de baja
La baja se comunica mediante:
- Comunicación de baja (TC.2/TC.3) presentada ante la TGSS.
- Debe incluir: número de afiliación, motivo de baja, fecha de baja, situación laboral tras la baja.
- En el SAS se tramita a través de GERHONTE o directamente ante TGSS.
4.8. Plazos de baja
| Situación | Plazo de baja | Referencia normativa |
|---|---|---|
| Fin de contrato laboral definitivo | En el mismo día del cese o al día siguiente | Art. 305 TRLGSS |
| Fin de temporal en el SAS | En el mismo día del cese de actividad | Pacto Mesa Sectorial |
| Jubilación | En el mes calendario siguiente a la fecha de jubilación | Art. 305 TRLGSS |
| Incapacidad laboral permanente total/absoluta | En el mes siguiente a la calificación | Art. 305 TRLGSS |
5. Cotización a la Seguridad Social
5.1. Concepto de cotización
La cotización es la aportación económica obligatoria que realiza el trabajador (y generalmente la empresa u Administración) al sistema de Seguridad Social. La cotización es el sistema de financiación del sistema de protección social.
5.2. Estructura de cotización
La cotización está dividida en dos partes:
- Cotización del trabajador (cuenta de cotización): Aportación que se descuenta de la nómina del trabajador. Suele oscilar entre el 6,35% y el 6,45% de la base de cotización.
- Cotización del empleador (empresa/Administración): Aportación que realiza la empresa u Administración empleadora. En el SAS, oscila aproximadamente entre el 28,30% y el 29,90% de la base de cotización.
5.3. Base de cotización
La base de cotización es la cantidad sobre la que se aplica el tipo de cotización. Se calcula sobre:
- Salario base: Retribución garantizada mínima mensual.
- Pagas extras: Las 14 pagas anuales se prorratea mensualmente.
- Complementos ligados a la función: Exclusivamente aquellos que están vinculados al desempeño del puesto (no se incluyen complementos personales o transitorios).
5.4. Base mínima y máxima de cotización
Existen límites legales:
- Base mínima: Salario mínimo interprofesional (SMI) vigente. Para 2024, el SMI es de 1.260 euros mensuales, lo que genera una base mínima de cotización.
- Base máxima: Establecida anualmente por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (aproximadamente 4.725 euros mensuales en 2024).
- Límite de cotización: El salario real del trabajador no puede hacer que la base de cotización exceda la base máxima (se aplica tope).
5.5. Tipos de cotización por contingencias
La cotización se desgrana en conceptos específicos:
| Contingencia | Aportación empleador (aprox.) | Aportación trabajador (aprox.) | Total |
|---|---|---|---|
| Enfermedad común (Incapacidad Temporal) | 2,85% | 1,60% | 4,45% |
| Accidente de trabajo y enfermedad profesional | Según tarifa (sector sanitario ~0,70%) | Incluida en empleador | ~0,70% |
| Desempleo | 5,50% | 1,55% | 7,05% |
| Formación profesional | 0,60% | 0,10% | 0,70% |
| Vejez/Jubilación | 18,30% | 2,80% | 21,10% |
| Invalidez/Muerte/Supervivencia | 1,20% | 0,40% | 1,60% |
5.6. Cotización en el SAS para trabajadores temporales
En el caso específico de los auxiliares administrativos temporales del SAS:
- La base de cotización se calcula sobre el salario base de la categoría (establecido en el Pacto de Mesa Sectorial).
- Se incluye prorrateo de pagas extras (14 pagas anuales divididas entre 12 meses).
- Se aplican los tipos oficiales de cotización del Régimen General.
- La aportación del trabajador se descuenta directamente de la nómina (IRPF + SS).
- La aportación del empleador (SAS) corre a cargo del presupuesto de la Administración.
6. Prestaciones de Seguridad Social: Incapacidad Temporal (IT)
6.1. Concepto de Incapacidad Temporal
La Incapacidad Temporal (IT) es una prestación de Seguridad Social que cubre la pérdida temporal de salario del trabajador cuando no puede trabajar por enfermedad común o accidente (laboral o no laboral). La IT es temporalmente limitada (máximo 365 días, prorrogables a 730 días en casos especiales).
6.2. Requisitos para acceder a la IT
- Estar afiliado a la Seguridad Social.
- Estar de alta (cotizante) o en situación asimilada (desempleo, SED, etc.).
- Tener reconocida la incapacidad por enfermedad común o accidente.
- Contar con un número mínimo de cotizaciones: 180 días en los últimos 12 meses para enfermedad común, o no requiere período de cotización para accidente laboral.
- Declaración de IT emitida por el médico de atención primaria o médico del centro sanitario.
6.3. Causas de IT
- Enfermedad común: Cualquier enfermedad que no es profesional ni accidente (resfriado, apendicitis, depresión, etc.).
- Accidente no laboral: Accidente sufrido fuera del trabajo (caída en casa, accidente de tráfico, etc.).
- Accidente de trabajo: Lesión sufrida durante la prestación de servicios.
- Enfermedad profesional: Enfermedad causada directamente por la actividad laboral (silicosis, asma ocupacional, etc.).
6.4. Procedimiento de reconocimiento de IT
- Emisión del parte de IT: El médico (de familia, urgencias o centro sanitario) emite un parte de incapacidad laboral en el que consta: diagnóstico clínico, fecha de inicio y estimación de duración.
- Comunicación a la TGSS: El médico remite el parte a la TGSS (generalmente de forma telemática mediante aplicación médica).
- Confirmación en la TGSS: La Tesorería acepta o rechaza el parte. Si la hay aceptación, comienza el pago de prestación.
- Revisiones médicas: La TGSS puede convocar al trabajador a reconocimiento médico para verificar la incapacidad.
- Alta médica: El médico emite un parte de alta cuando se considera que el trabajador ha recuperado la capacidad laboral.
6.5. Duración de la IT
- IT ordinaria: Máximo 365 días.
- Prórroga: Hasta 365 días más (total 730 días) en casos especiales, previa solicitud y evaluación.
- Revisión médica: La TGSS puede realizar reconocimientos médicos periódicos (cada 30-60 días, especialmente si la IT se prolonga).
6.6. Cuantía de la prestación de IT
- Enfermedad común: 60% de la base de cotización desde el día 4 de la IT, y 75% a partir del día 15.
- Accidente de trabajo o enfermedad profesional: 75% de la base de cotización desde el primer día.
- La cuantía se calcula sobre la base de cotización vigente en el momento de iniciarse la IT.
- Período de carencia (enfermedad común): Los primeros 3 días sin percibir prestación (excepto situaciones especiales).
6.7. Papel del Auxiliar Administrativo/a en la IT
Como auxiliar administrativo/a del SAS, tu participación en la IT incluye:
- Registro de partes de incapacidad laboral en la aplicación corporativa (GERHONTE o similar).
- Control de plazos y notificación al trabajador de revisiones médicas.
- Seguimiento del estado de la IT en la TGSS.
- Coordinación con Recursos Humanos sobre ausencias por IT.
- Apoyo en la documentación necesaria para solicitud de prórroga.
- Información al trabajador sobre derechos y obligaciones durante la IT.
7. Prestaciones de Seguridad Social: Jubilación
7.1. Concepto de jubilación
La jubilación es una prestación de Seguridad Social que cubre la perdida de ingresos del trabajador cuando cesa su actividad laboral por razón de edad. Es decir, es la pensión que percibe un trabajador cuando alcanza la edad de jubilación legal.
7.2. Edad de jubilación
- Edad legal de jubilación en 2024: 67 años (se incrementa progresivamente según ley).
- Jubilación anticipada: A partir de 63 años, con requisitos especiales (fundamentalmente, tener un elevado período de cotización: 35-38 años según año de nacimiento).
- Jubilación ordinaria: La edad legal fijada (actualmente 67 años).
- Jubilación a los 65 años con cotización suficiente: Si se tienen 38,5 años de cotización (desde 2022).
7.3. Requisitos para acceder a la jubilación
- Haber alcanzado la edad legal de jubilación (o los requisitos especiales en caso de anticipada).
- Tener reconocido un período de cotización mínimo: generalmente 15 años de cotización (180 cuotas mensuales).
- Cesar en la actividad laboral (es decir, dar de baja en la Seguridad Social).
- Solicitar expresamente la jubilación ante la TGSS.
7.4. Cuantía de la pensión de jubilación
La pensión de jubilación se calcula mediante la fórmula:
Pensión = Base Reguladora × Porcentaje aplicable según años de cotización
- Base reguladora: Media aritmética de las bases de cotización de los últimos 25 años de vida laboral (el período se va ampliando según disposición transitoria; en 2024 es aproximadamente 22-23 años).
- Porcentaje de cálculo: 50% a los 15 años de cotización, incrementándose 0,19% por cada año adicional hasta alcanzar el 100% a los 37 años de cotización.
- Límites: La pensión no puede ser inferior al 25% de la base reguladora ni superior al 100%.
7.5. Jubilación en el SAS
Para los trabajadores del SAS:
- Aplican los mismo requisitos y cálculo que el Régimen General.
- Sin embargo, hay disposiciones especiales del Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad que pueden regular ciertos aspectos (jubilaciones anticipadas especiales por categorías, etc.).
- El SAS, como Administración Pública, implementa jubilaciones de acuerdo con normativa autonómica complementaria.
- El período de cálculo de base reguladora incluye todos los años de cotización como trabajador estatutario del SAS.
7.6. Tipos de jubilación
| Tipo de jubilación | Edad mínima | Cotización mínima | Características |
|---|---|---|---|
| Ordinaria | 67 años (2024) | 15 años | Jubilación por alcanzar edad legal |
| Anticipada parcial | 63-66 años | 35-38 años según año nac. | Requiere alta cotización, compatible con trabajo a tiempo parcial |
| Flexible (65 años + 38,5 años) | 65 años | 38,5 años | Jubilación flexible sin reducción de pensión |
| Activa (0% a 100% de trabajo) | Edad legal o anticipada | Según tipo | Compatible con continuación laboral parcial |
7.7. Papel del Auxiliar Administrativo/a en jubilación
- Informar al trabajador sobre requisitos de jubilación cuando se acerca a la edad.
- Recopilación de documentación para solicitud de jubilación (certificado de cotización, DNI, solicitud).
- Tramitación de la baja en Seguridad Social una vez reconocida la jubilación.
- Actualización de datos en GERHONTE y sistemas de nómina.
- Información sobre compatibilidad de pensión y trabajo en jubilación flexible.
8. Aplicación práctica en el Servicio Andaluz de Salud
Caso práctico 1: Incorporación de un temporal
Situación: Se formaliza el nombramiento de un auxiliar administrativo temporal en el Centro de Salud de Tomares (referencia: temporal bolsa 2024). El trabajador se incorpora el 15 de enero de 2024.
Acciones del Auxiliar Administrativo/a:
- Verificar que el trabajador está afiliado a la Seguridad Social (o tramitar afiliación si no lo está).
- Comunicar al departamento de Recursos Humanos para que realice el alta en Seguridad Social (TC.2) antes del 15 de enero.
- En GERHONTE, registrar la incorporación con fecha 15/01/2024 y el régimen de cotización del SAS.
- Verificar que la nómina de enero incluya: salario base según Pacto de Mesa Sectorial, cálculo de cotización (empleador + trabajador), e IRPF.
- Enviar al trabajador: copia de la comunicación de alta, resumen de cotización, información sobre derechos (IT, jubilación).
Caso práctico 2: Incapacidad Temporal
Situación: El auxiliar administrativo del ejemplo anterior notifica que está de baja por gastroenteritis (enfermedad común) desde el 10 de febrero de 2024. Presenta parte médico con duración estimada de 5 días.
Acciones del Auxiliar Administrativo/a:
- Registrar el parte de IT en el sistema (GERHONTE o comunicación directa a TGSS).
- Verificar que el trabajador cumple requisitos: afiliación, alta, y período mínimo de cotización (desde el 15/01 tiene suficientes días).
- Controlar la IT desde el 10/02: los días 10-12 febrero (primeros 3 días) sin prestación; desde el 13/02, el 60% de la base de cotización.
- Actualizar en GERHONTE el estado de ausencia.
- Seguimiento: si la IT se prolonga más allá de 15 días, la TGSS puede solicitar reconocimiento médico.
- Cuando se emita el alta médica, comunicar a TGSS y reactivar la cotización normal.
Caso práctico 3: Jubilación
Situación: Un auxiliar administrativo fijo del SAS, con 38 años de cotización, alcanza los 65 años el 20 de octubre de 2024. Solicita jubilación.
Acciones del Auxiliar Administrativo/a:
- Verificar el período de cotización en el expediente o en el certificado de TGSS (38 años = más de 15, requisito cumplido).
- Informar al trabajador sobre que puede jubilarse a los 65 años con 38 años de cotización (sin penalización por anticipo).
- Recopilación de documentación: DNI, solicitud de jubilación (impreso SS-01), certificado de cotización.
- Coordinación con Recursos Humanos para tramitar la baja en Seguridad Social (TC.3) con fecha 20/10/2024.
- Cálculo aproximado de pensión sobre base reguladora de los últimos 25 años.
- Actualización en GERHONTE: cambio de estado a jubilado, fin de cotización, actualización de órgano administrativo.
- Información al trabajador sobre: prestaciones complementarias, compatibilidad en jubilación flexible, afiliación a seguro de pensionistas.
9. Esquema del tema
SISTEMA ESPAÑOL DE SEGURIDAD SOCIAL (TEMA 20)
│
├── 1. CONCEPTO Y ESTRUCTURA
│ ├── 1.1. Definición: Sistema de protección social obligatorio
│ ├── 1.2. Régimen General: trabajadores por cuenta ajena
│ └── 1.3. Otras regímenes especiales
│
├── 2. AFILIACIÓN
│ ├── 2.1. Concepto: Inscripción única e inmutable
│ ├── 2.2. Obligatoriedad
│ ├── 2.3. Procedimiento: Modelo TA.6 ante TGSS
│ ├── 2.4. Número de afiliación: 12 dígitos, permanente
│ └── 2.5. Datos: DNI, nombre, domicilio, régimen
│
├── 3. ALTAS Y BAJAS
│ ├── 3.1. ALTA
│ │ ├── Concepto: Inicio de cotización
│ │ ├── Procedimiento: TC.2 ante TGSS
│ │ ├── Plazo: Antes o día de incorporación
│ │ └── Requisitos: Afiliación previa (o simultánea)
│ │
│ └── 3.2. BAJA
│ ├── Concepto: Cese de cotización
│ ├── Causas: Fin laboral, jubilación, muerte, etc.
│ ├── Procedimiento: TC.2/TC.3 ante TGSS
│ ├── Plazo: Mismo día o día siguiente del cese
│ └── Situación especial: Jubilación (mes siguiente)
│
├── 4. COTIZACIÓN
│ ├── 4.1. Estructura: Aportación trabajador + empleador
│ ├── 4.2. Porcentajes: ~6,35% (trab.) + ~28,30% (empresa)
│ ├── 4.3. Base de cotización: Salario + complementos + prorratas
│ ├── 4.4. Mínimos y máximos: SMI - Base máxima
│ ├── 4.5. Desglose por contingencias: Vejez, enfermedad, etc.
│ └── 4.6. Cálculo en nómina del SAS: Descuentos integrados
│
├── 5. PRESTACIONES: INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
│ ├── 5.1. Concepto: Protección por enfermedad/accidente
│ ├── 5.2. Requisitos: Afiliación, alta, 180 días cotización (común)
│ ├── 5.3. Causas: Enfermedad común, accidente laboral/no laboral
│ ├── 5.4. Procedimiento: Parte médico → TGSS → Aceptación
│ ├── 5.5. Duración: Máx. 365 días (+ prórroga 365 más)
│ ├── 5.6. Cuantía: Enfermedad común 60% día 4-14, 75% día 15+
│ │ Accidente laboral 75% desde día 1
│ └── 5.7. Papel del auxiliar: Registro, seguimiento, coordinación RR.HH.
│
└── 6. PRESTACIONES: JUBILACIÓN
├── 6.1. Concepto: Pensión por cese laboral por edad
├── 6.2. Edad legal: 67 años (2024), anticipada a partir 63
├── 6.3. Requisitos: 15 años cotización mínimo
├── 6.4. Cálculo: Base reguladora × % según años cotización
│ (50% a 15 años, incremento 0,19% por año)
├── 6.5. Base reguladora: Media últimos 25 años
├── 6.6. Tipos: Ordinaria, anticipada, flexible, activa
├── 6.7. Modalidades SAS: Según Pacto de Mesa Sectorial
└── 6.8. Papel del auxiliar: Información, documentación, tramitación baja
10. Tabla comparativa: Afiliación vs Alta
| Aspecto | Afiliación | Alta |
|---|---|---|
| Definición | Inscripción permanente en la Seguridad Social | Registro como cotizante activo |
| Número de veces en la vida | Una única vez | Múltiples veces (cambios de trabajo) |
| Duración | Permanente e inmutable | Temporal (mientras dura la relación laboral) |
| Procedimiento | Modelo TA.6 | TC.2 |
| Momento | Antes o con el primer alta | Antes o día de incorporación laboral |
| Cotización | No implica cotización | Sí, comienza cotización obligatoria |
| Número asignado | Número de afiliación (12 dígitos) | No genera número nuevo (usa afiliación) |
11. Tabla comparativa: IT vs Jubilación
| Característica | Incapacidad Temporal (IT) | Jubilación |
|---|---|---|
| Tipo de prestación | Temporal (máx. 730 días con prórroga) | Permanente (de por vida o hasta muerte) |
| Causas | Enfermedad común, accidente | Alcance de edad legal + cotización mínima |
| Requisito de cotización | 180 días (enfermedad común) | 15 años (180 meses) |
| Porcentaje de cobertura | 60-75% de base de cotización | 50-100% de base reguladora (según años cot.) |
| Base de cálculo | Base de cotización actual | Media últimos 25 años |
| Compatibilidad con trabajo | No (debe estar incapacitado) | Sí, en modalidad de jubilación activa |
| Baja en Seguridad Social | No (permanece de alta) | Sí, cesa la cotización |
Resumen final y estrategia de estudio
📌 5 ideas clave del Tema 20
- Afiliación vs Alta: Afiliación es la inscripción única e inmutable (número permanente). Alta es el registro como cotizante activo (múltiples veces en vida laboral).
- Plazos críticos: Alta y baja deben comunicarse antes o en el día de incorporación/cese. En jubilación, la baja se comunica en el mes siguiente.
- Cotización en el SAS: Se calcula sobre base de salario + complementos ligados a función + prorrateo de pagas. El SAS es empleador y soporta la cotización del empleador (~28-30%).
- Incapacidad Temporal: Enfermedad común: 180 días cotización mínimos, 60% días 4-14, 75% día 15+. Accidente laboral: 75% desde día 1 sin carencia.
- Jubilación: Edad 67 años + 15 años cotización = 50% pensión. Incrementa 0,19% por año adicional hasta 100% (~37 años cotización).
📝 Qué memorizar literalmente
- Número de afiliación: 12 dígitos.
- Afiliación: única, permanente e inmutable.
- Plazo de alta: Antes o en el día de incorporación.
- Plazo de baja: Mismo día del cese o día siguiente (excepto jubilación: mes siguiente).
- Período mínimo IT enfermedad común: 180 días en últimos 12 meses.
- Porcentaje IT enfermedad común: 60% (días 4-14), 75% (día 15+).
- Porcentaje IT accidente laboral: 75% desde día 1.
- Período cotización jubilación: 15 años mínimo.
- Porcentaje jubilación con 15 años: 50%; incremento: 0,19% por año.
- Base reguladora jubilación: Media últimos 25 años.
- Edad jubilación 2024: 67 años.
🎯 Errores frecuentes del opositor
- Confundir afiliación con alta: Son conceptos distintos. Afiliación es inscripción permanente; alta es cotización activa.
- Olvida la carencia en enfermedad común: Los 3 primeros días NO dan prestación. Muchos opositores responden que desde el día 1. Es incorrecto: desde día 4 (60%).
- Confunde cotización total con aportación del trabajador: Cotización total es ~30-35%; aportación trabajador es ~6,35%.
- Olvida que baja en jubilación tiene plazo especial: Mes siguiente (no mismo día). Es una trampa frecuente.
- No diferencia AT (accidente trabajo) de IT común: AT: 75% día 1; Enfermedad común: 60% día 4. Características muy diferentes.
- Confunde jubilación ordinaria con anticipada: Ordinaria: 67 años. Anticipada: 63-66 años con cotización elevada (35-38 años).
🔍 Partes más preguntables en examen
- Diferencia afiliación/alta (pregunta tipo 6-B).
- Plazos de alta y baja (preguntas 2, 5).
- Porcentajes IT enfermedad común vs accidente laboral (preguntas 14, 16, 17).
- Período cotización mínimo (preguntas 10, 13).
- Edad jubilación y cálculo pensión (preguntas 9, 11, 12).
- Modelos de comunicación (TC.2, TA.6) (pregunta 3).
- Requisitos para IT (pregunta 13).
- Base de cotización (pregunta 7).
⚠️ Advertencias de examen
- Pregunta trampa común: «¿A partir de qué día percibe prestación el trabajador en enfermedad común?» Respuesta: día 4 (no día 1, no día 3). Los primeros 3 días son de carencia.
- Pregunta trampa: «¿Cuántas veces cambia de número de afiliación?» Respuesta: ninguna (es permanente). Muchos contestan erróneamente «cada vez que cambia de trabajo».
- Pregunta trampa: «¿Cuándo debe darse de baja un jubilado en Seguridad Social?» Respuesta: en el mes siguiente a la jubilación (no el mismo día). Esto confunde a opositores que lo mezclan con baja por fin de contrato.
- Pregunta trampa: Confundir cotización TOTAL con aportación del trabajador. La pregunta pregunta «¿Qué porcentaje cotiza el trabajador?» Respuesta: ~6,35% (no el 30% total).
🔄 Qué repasar espaciadamente
- Cada semana: Diferencia afiliación/alta, plazos de alta y baja, porcentajes IT.
- Cada 10 días: Cálculo de pensión de jubilación, base reguladora, períodos.
- Antes del examen: Cuadro comparativo IT vs Jubilación, modelos de comunicación (TC.2, TA.6), aplicación en SAS.
- Tarjetas Anki útiles: «Afiliación: concepto y características», «Plazo máximo baja», «IT enfermedad: días de carencia», «Jubilación: edad + cotización mínima», «Base reguladora: período de cálculo».
🏥 Conexión con otros temas del temario
- Tema 21 (Retribuciones del SAS): Base de cotización y descuentos en nómina (Seguridad Social e IRPF).
- Tema 24 (GERHONTE): Tramitación de altas, bajas, cotización en el sistema de gestión de RR.HH.
- Tema 11 (Selección temporal SAS): Afiliación y alta de trabajadores temporales en bolsas del SAS.
- Tema 14 (Procedimiento administrativo): Recursos administrativos si hay discrepancia en acto de cotización o reconocimiento de prestación.