Tema 33. Ordenación de los Servicios Sanitarios: La organización de la asistencia urgente. El Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias Sanitarias. Aspectos estructurales y funcionales.
1. INTRODUCCIÓN: LA ASISTENCIA URGENTE EN EL SSPA
La asistencia a urgencias y emergencias constituye uno de los pilares fundamentales del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA). Se define como la prestación sanitaria destinada a atender de forma inmediata a los ciudadanos que acuden por afecciones que requieren intervención urgente para preservar la vida, prevenir complicaciones o aliviar el sufrimiento. La urgencia sanitaria no es únicamente un acto clínico, sino un proceso complejo de coordinación entre múltiples recursos, profesionales y estructuras organizativas que actúan de forma integrada.
En Andalucía, la Red de Urgencias y Emergencias Sanitarias se estructura bajo el Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias Sanitarias (PAUESA), aprobado en 1995 con sucesivas actualizaciones (2005, 2015, 2020 y posteriores). Este plan es el documento de referencia que articula cómo se organiza, estructura y coordina toda la atención urgente en la comunidad autónoma. Para el Técnico o Técnica de Función Administrativa que trabaja en el SAS, entender esta red es fundamental: muchos procedimientos administrativos, desde la gestión de recursos hasta la coordinación intersectorial, dependen de cómo funciona este sistema.
Este tema aborda la estructura, componentes funcionales, procedimientos de coordinación y aspectos administrativos de la asistencia urgente en Andalucía, con especial énfasis en el modelo de atención integral que caracteriza al SSPA.
2. CONCEPTO Y MARCO LEGAL DE LA ASISTENCIA URGENTE
2.1. Definición legal de urgencia y emergencia sanitaria
La urgencia sanitaria es aquella situación clínica que requiere atención médica inmediata por el riesgo que comporta para la vida del paciente, la progresión rápida de la enfermedad o la intensidad del sufrimiento. Esta definición no es puramente clínica, sino que tiene implicaciones organizativas y administrativas claras: determina dónde acude el paciente, qué tiempo de espera es admisible, qué recursos se movilizan y cómo se prioriza la atención. La emergencia es, por tanto, un concepto en la intersección de la medicina, la administración y la organización sanitaria.
Art. 3, Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
2.2. Marco normativo estatal
A nivel estatal, la regulación de la asistencia urgente parte de la Ley 14/1986, General de Sanidad, que en sus artículos 21 a 26 y 57 a 62 establece los principios y garantías de la asistencia sanitaria de urgencia. Posteriormente, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, introdujo garantías de plazo para la atención de urgencias y emergencias, estableciendo que la atención inmediata a urgencias y emergencias debe ser garantizada en cualquier momento, sin demoras injustificadas.
La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, de autonomía del paciente, también incide en urgencias al reconocer derechos específicos de los pacientes en situaciones de riesgo vital. Igualmente, normativa sobre prevención de riesgos laborales (Real Decreto 39/1997 y siguientes) regula las condiciones de trabajo del personal que interviene en la atención urgente, especialmente el 061 y equipos de emergencia.
2.3. Marco normativo autonómico (Andalucía)
En Andalucía, la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud, establece en sus artículos 35 a 45 la ordenación de la asistencia urgente como función esencial del SSPA. Esta ley establece que la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Salud, es responsable de organizar, coordinar y evaluar la asistencia urgente en toda la comunidad autónoma. El Decreto 105/1986, de 11 de junio, sobre asistencia especializada (modificado en varias ocasiones), regula en sus capítulos III y IV la estructura y funcionamiento de la asistencia urgente hospitalaria. El Decreto 197/2007, de 3 de julio, sobre Ordenación de la Atención Primaria, incluye en sus artículos 30 a 32 los requisitos de los servicios de urgencia en centros de atención primaria.
Art. 35, Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía
El Decreto 96/2004 garantiza plazos de respuesta en procesos asistenciales, incluyendo urgencias. Desde 2020, la Junta actualiza regularmente el PAUESA para incorporar nuevas tecnologías, estándares de seguridad clínica y modelos de coordinación.
3. EL PLAN ANDALUZ DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS SANITARIAS (PAUESA)
3.1. Origen, naturaleza y objetivos del PAUESA
El Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias Sanitarias (PAUESA) es el documento estratégico que articula toda la red de urgencias y emergencias de Andalucía. Aprobado por primera vez en 1995, ha sufrido revisiones importantes en 2005 (reorganización de Centrales de Coordinación), 2015 (incorporación de tecnología digital) y 2020 (respuesta a COVID-19 y modernización de sistemas). El PAUESA no es normativa legal stricto sensu, sino un instrumento de planificación estratégica que desarrolla la legislación sanitaria y que vincula a todas las instituciones del SSPA.
El objetivo fundamental del PAUESA es garantizar acceso equitativo, rápido, efectivo y seguro a la atención urgente para todos los ciudadanos de Andalucía, minimizando la morbi-mortalidad evitable. Para conseguirlo, el PAUESA se propone: (1) integrar todos los recursos de urgencia de la comunidad autónoma en una red única coordinada; (2) establecer protocolos clínicos y administrativos comunes; (3) asegurar tiempos de respuesta máximos según el tipo de urgencia; (4) formar y actualizar continuamente a los profesionales; (5) implementar sistemas de información que permitan el seguimiento y evaluación del sistema.
3.2. Componentes del PAUESA
El PAUESA estructura la red de urgencias en torno a cuatro componentes interconectados:
a) Atención prehospitalaria (061): Es el punto de entrada más frecuente a la red de urgencias. Incluye los servicios de emergencias médicas (ambulancias básicas y medicalizadas) y la coordinación telefónica centralizada. El 061 es la puerta de entrada a urgencias para muchos ciudadanos, especialmente en zonas rurales o cuando hay riesgo vital detectado en el domicilio.
b) Atención urgente hospitalaria: Desarrollada en servicios de urgencias de hospitales públicos de la red del SAS, estructurados en áreas de triaje, observación y tratamiento, conectados con especialidades de apoyo (radiología, laboratorio, cirugía) y con camas de hospitalización cuando sea necesario.
c) Atención urgente en Atención Primaria: Los centros de salud y consultorios tienen horarios y disponibilidad para urgencias no complejas, evitando la congestión de hospitalarios. El SSPA mantiene dispositivos de urgencia en APS durante días festivos y noches, coordinados con el 061.
d) Coordinación y regulación: Mediante Centrales de Coordinación de Urgencias (CCU) situadas estratégicamente en cada provincia, que actúan como «cerebro» del sistema, recibiendo llamadas de emergencia, ordenando recursos y coordinando traslados entre niveles asistenciales.
3.3. Principios operativos del PAUESA
El PAUESA se basa en varios principios operativos clave: (1) Integración funcional: todos los recursos actúan como una red única coordinada, no como estructuras aisladas. (2) Accesibilidad geográfica: garantizar acceso en zonas rurales, urbanas, periféricas, mediante descentralización de recursos y coordinación con Protección Civil y servicios no sanitarios. (3) Equidad de trato: mismo nivel de atención y priorización independientemente de ubicación, recursos económicos o situación social del paciente. (4) Respuesta rápida: tiempos máximos de respuesta definidos por nivel de gravedad (rojo = inmediato, naranja = máx. 30 min., etc.). (5) Calidad clínica: protocolos estandarizados, personal formado, equipamiento adecuado, vigilancia epidemiológica de eventos adversos.
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├── COMPONENTES
│ ├── Atención Prehospitalaria (061)
│ │ ├── Ambulancias básicas
│ │ ├── Ambulancias medicalizadas
│ │ └── Central de Coordinación (teléfono + dispatching)
│ │
│ ├── Atención Urgente Hospitalaria
│ │ ├── Servicio de Urgencias
│ │ ├── Especialidades de soporte
│ │ └── Unidades de Observación
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│ ├── Atención Urgente en Atención Primaria
│ │ ├── Urgencias en centros de salud
│ │ └── Consultorios con servicio 24h
│ │
│ └── Coordinación y Regulación
│ └── Centrales de Coordinación de Urgencias (CCU)
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├── PRINCIPIOS
│ ├── Integración funcional
│ ├── Accesibilidad geográfica
│ ├── Equidad de trato
│ ├── Respuesta rápida
│ └── Calidad clínica
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└── OBJETIVOS
├── Garantizar acceso equitativo
├── Minimizar demoras injustificadas
├── Reducir morbi-mortalidad evitable
└── Satisfacción y seguridad del paciente
4. COMPONENTES ESTRUCTURALES DE LA RED DE URGENCIAS
4.1. Red de hospitales de urgencias
El SAS mantiene una red jerárquica de hospitales con servicios de urgencias, diferenciados por nivel de complejidad. Los hospitales de nivel III (hospitales universitarios con todas las especialidades) cuentan con servicios de urgencias muy complejos, con capacidad para atender traumas graves, emergencias cardiológicas, neurológicas y urgencias quirúrgicas. Los hospitales de nivel II son hospitales comarcales o de provincia con servicios de urgencias que resuelven la mayoría de urgencias, derivando al nivel III solo casos de máxima complejidad. Los hospitales de nivel I son centros de menor tamaño, frecuentes en zonas rurales, con servicios de urgencia básica y derivación a niveles superiores. Esta estructura asegura que cada urgencia se atienda en el nivel asistencial adecuado, evitando tanto la saturación de hospitales complejos como la falta de recursos en zonas rurales.
Cada hospital de urgencias tiene un director de urgencias (médico responsable de la organización clínica) y un coordinador administrativo de urgencias, que forman el equipo directivo responsable ante la dirección del hospital. El servicio se estructura en áreas funcionales: triaje, boxés de urgencia, observación y camas de corta estancia, quirófanos de urgencia, unidades de reanimación, y coordinación con especialidades de apoyo.
4.2. Atención primaria y dispositivos de urgencia descentralizados
Los centros de salud de Atención Primaria son el primer punto de contacto para muchas urgencias no graves. El Decreto 197/2007 obliga a todos los centros de APS a tener dispositivos de urgencia con disponibilidad 24 horas. En zonas urbanas, esto se cumple mediante turnos rotativos de médicos y enfermeros; en zonas rurales, mediante guardias locales o coordinación con el 061. Los consultorios auxiliares en pueblos pequeños también tienen capacidad de urgencia, frecuentemente limitada a primeros auxilios y derivación. Estos dispositivos evitan la saturación de urgencias hospitalarias con problemas menores (catarros, contusiones leves, cólicos) y garantizan acceso rápido a la población rural.
4.3. Servicio de Emergencias Médicas (061)
El 061 es el servicio público de ambulancias medicalizadas de Andalucía. Depende administrativamente de la Consejería de Salud, pero opera de facto desde Centrales de Coordinación de Urgencias de cada provincia. El 061 proporciona atención prehospitalaria mediante: (1) ambulancias básicas (conducidas por técnicos sanitarios), que realizan transporte y primeros auxilios; (2) ambulancias medicalizadas (con médico, enfermero, técnico sanitario), que proporcionan tratamiento avanzado en el domicilio o durante el traslado; (3) helicópteros medicalizados en zonas de difícil acceso o traumas graves. El servicio es gratuito para ciudadanos del SSPA y de sistemas afiliados.
El 061 recibe aproximadamente 1,2 millones de llamadas anuales en Andalucía. De estas, aproximadamente el 20% se clasifican como emergencias vitales (rojo), el 40% como urgencias graves (naranja) y el 40% como urgencias no graves (amarillo o verde). El tiempo de respuesta máximo es de 15 minutos en zonas urbanas y hasta 45 minutos en zonas rurales muy dispersas, aunque se prioriza por gravedad.
4.4. Infraestructura y tecnología
La red de urgencias requiere una infraestructura robusta: (1) Centrales de Coordinación: Una por provincia, equipadas con sistemas de informatización (CAD – Computer Aided Dispatching), que permite recibir llamadas, geoposicionar ambulancias, enviar recursos en tiempo real y seguimiento de intervenciones. (2) Comunicaciones: Sistema radiofónico de emergencias integrado, redundante y de cobertura provincial. (3) Almacenes de medicamentos: Accesibles 24 horas para reposición de ambulancias. (4) Bases de ambulancias: Distribuidas estratégicamente para garantizar tiempos de respuesta. (5) Telemetría y telemedicina: Conexión entre ambulancias medicalizadas y hospitales para transmitir datos clínicos en tiempo real y recibir orientación clínica.
Desde 2010, Andalucía ha invertido en sistemas digitales avanzados: plataforma DIRAYA Urgencias (historia electrónica de urgencias), GIRO (gestión de camas hospitalarias), integración con sistemas de laboratorio y radiología, y proyectos piloto de telemedicina prehospitalaria que permiten que un médico hospitalario asesore en tiempo real a una ambulancia in situ.
5. ATENCIÓN PREHOSPITALARIA: EL 061 ANDALUZ
5.1. Definición, objetivos y niveles de intervención
La atención prehospitalaria es la asistencia sanitaria prestada fuera del hospital, en el lugar del evento (domicilio, calle, lugar de trabajo, etc.) o durante el traslado a urgencias. Sus objetivos son: (1) preservar la vida mediante maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP), estabilización de vías aéreas, control de hemorragias; (2) prevenir empeoramiento mediante inmovilización, reposición de líquidos, analgesia; (3) reducir el tiempo a tratamiento definitivo mediante traslado rápido y seguro; (4) tomar decisiones de derivación a hospital adecuada (nivel de complejidad que necesita). La atención prehospitalaria es a menudo la diferencia entre la vida y la muerte en emergencias como infarto de miocardio, ictus, traumatismo grave o paro cardiorrespiratorio.
El 061 proporciona tres niveles de intervención prehospitalaria: Nivel I – Ambulancia básica: tripulada por técnicos sanitarios, proporciona transporte seguro, inmovilización, oxígeno, desfibrilación automática externa y derivación correcta a hospital. Nivel II – Ambulancia medicalizada: con médico y enfermero, añade monitorización cardíaca, vías venosas, medicaciones, intubación endotraqueal. Nivel III – Recursos aéreos (helicóptero): para traumas graves en zonas rurales o distancias largas, reduciendo tiempo de traslado de 45 minutos en ambulancia a 10 minutos en helicóptero.
5.2. Proceso de activación del 061
El proceso comienza cuando un ciudadano o profesional llama al 061 (número único de emergencias médicas en Andalucía, aunque coordinado con 112 para despacho de otros recursos). La llamada llega a una Central de Coordinación de Urgencias (CCU) de la provincia, donde un teleoperador formado realiza un interrogatorio rápido (algoritmo de priorización), clasifica el evento en niveles de riesgo (rojo, naranja, amarillo, verde), y despacha el recurso más cercano y adecuado. El algoritmo se basa en síntomas clave (inconsciencia, paro cardiorrespiratorio, hemorragia grave, asfixia, traumatismo grave) que activan respuesta inmediata.
Una vez despachado el recurso, este se dirige a la ubicación, realiza maniobras de soporte vital si es necesario, y toma decisión de traslado: a hospital urgente (rojo/naranja), a hospital programado (amarillo), o consejo médico sin traslado (verde, problema menor). Durante el traslado, la ambulancia medicalizada mantiene comunicación continua con la Central y, si es necesario, con el hospital destino para alertar de paciente grave en trayecto.
5.3. Protocolos de atención prehospitalaria
El SSPA mantiene protocolos estandarizados para las urgencias más frecuentes: (1) RCP: Protocolo ILCOR (Internacional), con técnicas de compresión torácica y ventilación adaptadas a personal lego y profesional. (2) Infarto agudo: Identificación rápida de síntomas, acceso venoso, analgesia, aspirina, derivación a hospital con unidad coronaria. (3) Ictus: Identificación de ventana terapéutica (máximo 4,5 horas para fibrinólisis), derivación urgente a hospital de nivel III. (4) Traumatismo grave: Estabilización, inmovilización, acceso venoso, reposición de líquidos, traslado a hospital con capacidad quirúrgica. (5) Anafilaxia: Adrenalina inmediata IM, antihistamínicos, corticoides, observación hospitalaria. (6) Convulsiones prolongadas: Benzodiazepinas, protección de vías aéreas, derivación. (7) Intoxicaciones: Eliminación de agente, monitorización, traslado a hospital con unidad de toxicología.
Cada protocolo define: síntomas de activación, criterios de gravedad, intervenciones prioritarias en campo, momento de traslado, hospital destino según complejidad y disponibilidad. Los protocolos se revisan anualmente con sociedades científicas (Sociedad Española de Medicina de Emergencias, Sociedad de Emergencias de Andalucía) para incorporar últimas evidencias.
5.4. Personal y formación del 061
El personal del 061 incluye: (1) Médicos emergenciólogos: formados en Medicina de Emergencias, responsables de protocolos y decisiones complejas. (2) Enfermeros: especialidad en Enfermería de Emergencias o experiencia en urgencias. (3) Técnicos sanitarios: Técnico en Emergencias Sanitarias, formación específica en transporte y técnicas de reanimación. (4) Conductores-rescatadores: entrenados en conducción segura de ambulancias y técnicas básicas de excarcelación. Todos reciben formación inicial de al menos 200 horas (técnico) a 2-3 años de especialidad (médico), más capacitación continua anual (ACLS, PALS, simulacros). El SAS mantiene convenios con universidades para formación especializada.
El régimen laboral del personal 061 es de función pública estatutaria (médicos y enfermeros) y laboral para técnicos y conductores, con horarios de 24 horas cada 48 o similares, turnos rotativos, reconocimientos médicos anuales y vigilancia de salud mental (alto estrés). Las retribuciones se negocian anualmente en Mesa Sectorial.
6. SERVICIO DE URGENCIAS HOSPITALARIO
6.1. Organización y estructura física
El servicio de urgencias hospitalario es la puerta de entrada a la urgencia hospitalaria. Está abierto 24 horas, 365 días, y recibe tanto derivaciones de 061 como demandas espontáneas (pacientes que acuden por sus propios medios). La estructura física típica incluye: (1) Área de triaje: Donde enfermero valora gravedad y clasifica en nivel de prioridad (Escala de Manchester). (2) Sala de espera: Zona de observación y confort de pacientes no graves. (3) Boxés de urgencia: Espacios individuales con camilla, monitorización, oxígeno, equipamiento de reanimación, donde se realiza evaluación y tratamiento inicial. Típicamente 8-12 boxés en hospitales pequeños, 15-20 en medianos, 30+ en grandes. (4) Sala de reanimación: Área de máximo nivel, con equipamiento avanzado (desfibriladores, ventiladores, máquinas de ECMO en algunos hospitales), para emergencias vitales. (5) Sala de observación/corta estancia: Camas para pacientes que requieren observación 2-6 horas para decisión de alta o ingreso. (6) Área de radiología: Equipo de rayos X, TC, ecografía, disponible 24 horas. (7) Laboratorio: Análisis de sangre, sistemas de envío rápido de muestras y resultado en 15-30 minutos. (8) Acceso a quirófanos: Conexión con quirófanos de urgencia para patología quirúrgica aguda.
6.2. Recursos humanos del servicio de urgencias
Un servicio de urgencias requiere equipo multidisciplinar trabajando coordinadamente 24 horas: (1) Médicos de urgencias: Especialista en Medicina de Urgencias o con formación equivalente, responsables de evaluación, diagnóstico y derivación. En hospitales grandes, 1 médico por 5-8 cajas; en pequeños, guardia única. (2) Enfermeros: Especialidad en Enfermería de Urgencias, en triaje y boxés. Ratio aproximada 1 enfermero por 3-4 pacientes. (3) Técnicos sanitarios: Soporte de enfermería, curas, extracciones de sangre, movilización de pacientes. (4) Auxiliares administrativos: Registros, historia clínica, gestión de citas, coordinación de altas. (5) Personal de seguridad: Frecuente en hospitales con afluencia alta, para control de acceso y contención de agresiones (violencia frecuente en urgencias). (6) Especialistas de retén: Cirugía, medicina interna, pediatría, psiquiatría, disponibles 24 horas para consulta en casos graves o que requieren especialidad.
La jornada laboral típica es de turnos de 12 horas (día/noche) en hospitales de gran tamaño, o 24 horas de guardia en hospitales pequeños. El estrés, las agresiones, el cansancio y la responsabilidad hacen de la urgencia uno de los servicios con mayor rotación de personal y síndrome de burnout.
6.3. Procesos asistenciales en urgencias: de la entrada a la salida
El paciente que llega a urgencias sigue un proceso estándar: (1) Registro administrativo: El auxiliar administrativo abre historia clínica, verifica datos de filiación, asegurador, antecedentes. Tiempo: 2-3 minutos. (2) Triaje enfermero: Enfermero evalúa síntomas principales, toma constantes vitales (TA, FC, FR, Tª, SatO2), clasifica urgencia (1-5). Tiempo: 5-10 minutos. (3) Evaluación médica inicial: Médico valora historia, realiza exploración, ordenar pruebas. Tiempo: 10-30 minutos. (4) Pruebas complementarias: Radiología, análisis, ECG, etc. Tiempo: 30 minutos a 2 horas. (5) Diagnóstico y tratamiento: Médico analiza resultados, inicia tratamiento (antibióticos, analgesia, sueros, etc.), toma decisión de evolución. (6) Decisión de disposición final: Alta a domicilio con citas seguimiento, ingreso hospitalario (medicina interna, cirugía, etc.), derivación a otro hospital (si no está disponible especialidad), o traslado a UCI si es crítico. Tiempo total en urgencias: 2-8 horas según complejidad.
Un indicador crítico es el tiempo de espera en urgencias (de registro a evaluación médica) y el tiempo total en urgencias (de entrada a alta/ingreso). Estándares internacionales exigen: máximo 30 minutos de espera para triaje, máximo 60 minutos para evaluación médica inicial si es naranja. Andalucía monitoriza estos tiempos mediante DIRAYA Urgencias.
6.4. Saturación de urgencias: causas y consecuencias
La saturación de urgencias es un problema endémico en el SSPA y en muchos sistemas sanitarios. Se produce cuando la demanda de urgencias supera la capacidad de respuesta del servicio. Causas: (1) Mayor envejecimiento de la población (más ingresos). (2) Demanda inapropiada (pacientes con problemas crónicos que acuden a urgencias por falta de acceso a APS). (3) Retrasos en derivación a especialidades electivas, que generan urgencias. (4) Falta de camas de hospitalización, que retiene pacientes en boxés de urgencia. (5) Aumento de agresiones y conflictividad, que requiere seguridad. Consecuencias: tiempos de espera largos, errores clínicos, insatisfacción, burnout de profesionales, mayor riesgo de eventos adversos. El SAS y la Consejería de Salud implementan periódicamente planes de descongestión: abrir camas de observación, derivar pacientes a APS, mejorar coordinación con especialidades, fortalecer personal de seguridad.
7. TRIAJE Y CLASIFICACIÓN DE URGENCIAS
7.1. Concepto y objetivo del triaje
Triaje (del francés trier, «clasificar») es el proceso de evaluación rápida de un paciente para determinar la urgencia de atención y prioridad respecto a otros. El objetivo es asignar recursos limitados de forma equitativa según necesidad: pacientes más graves reciben atención primero, incluso si otros llevan más tiempo esperando. El triaje equilibra dos principios de justicia: equidad (dar a cada quien según necesidad) y eficiencia (evitar despilfarro de recursos). Sin triaje, el sistema funcionaría por orden de llegada, lo que es injusto e ineficiente.
Principios de la Carta de Derechos de los Ciudadanos en el SSPA
7.2. Escala de Manchester: sistema de triaje usado en Andalucía
El SSPA de Andalucía utiliza la Escala de Manchester (adaptada), desarrollada en el Reino Unido en 1997 y validada en múltiples estudios. Clasifica a los pacientes en cinco niveles de prioridad:
| Nivel | Código Color | Descripción | Tiempo máximo espera | Ejemplos |
|---|---|---|---|---|
| I | ROJO | Emergencia vital inmediata. Riesgo de muerte inminente. | Inmediato (0 min) | Paro cardiorrespiratorio, inconsciencia, asfixia, hemorragia masiva, shock, convulsiones prolongadas |
| II | NARANJA | Urgencia grave. Riesgo potencial vital o deterioro rápido. | Máx. 15 min | Dolor torácico suggestivo infarto, déficit neurológico, traumatismo grave, abdominal agudo, apendicitis sospecha |
| III | AMARILLO | Urgencia moderada. Sintomatología importante pero estable. | Máx. 60 min | Fiebre moderada con síntomas sistémicos, lumbalgia aguda, alergia moderada, pequeñas heridas, infecciones urinarias sintomáticas |
| IV | VERDE | Urgencia menor. Problema agudo pero estable y sin riesgo vital. | Máx. 120 min | Catarro, tos aislada, contusión leve, herpes labial, conjuntivitis, ansiedad leve |
| V | AZUL | No urgencia. Problema crónico o derivable a APS. | Derivación a APS | Revisión de cicatrices, cambio de vendajes de heridas crónicas, solicitud de certificados, cita con especialista |
La Escala de Manchester funciona mediante un árbol de decisión: el triador (enfermero) realiza preguntas clave sobre síntomas (dolor torácico, dificultad respiratoria, hemorragia, etc.) y toma constantes vitales, y el árbol determina el nivel. Por ejemplo: ¿Paciente consciente? SÍ → ¿Respira normalmente? NO → ROJO (emergencia respiratoria). La escala es reproducible (diferentes triadores clasifican igual paciente de forma similar) y válida (predice necesidad de intervención urgente).
7.3. Indicadores de desempeño en triaje
El SSPA monitoriza varios indicadores: (1) Tiempo de triaje: Máximo 10 minutos desde entrada a clasificación. (2) Proporción de sobre-clasificación: Pacientes clasificados como rojo/naranja pero que resultaron ser verde/azul. Aceptable: 15-20%. (3) Proporción de sub-clasificación: Pacientes que ingresaron o murieron siendo clasificados amarillo/verde. Inaceptable >2%; indica fallo de triaje. (4) Conformidad con estándares de tiempo: Porcentaje de pacientes atendidos antes del tiempo máximo según nivel. Meta: 90%+.
Estos indicadores se reportan mensualmente a dirección del hospital y a la Consejería de Salud, permitiendo identificar centros problemáticos o patrones de error.
8. SISTEMAS DE COORDINACIÓN Y REGULACIÓN
8.1. Centrales de Coordinación de Urgencias (CCU)
Las Centrales de Coordinación de Urgencias (CCU) son unidades administrativas y operativas que actúan como «cerebro» de la red de urgencias. Existe una por provincia (8 en Andalucía), dependientes de la Consejería de Salud y ubicadas frecuentemente en hospitales de referencia provincial. La CCU tiene múltiples funciones: (1) Recepción de llamadas: 061, atendidas por teleoperadores formados 24/7. (2) Priorización: Algoritmo estandarizado determina gravedad. (3) Despacho de recursos: Sistema CAD (Computer Aided Dispatching) geoposiciona ambulancias e identifica la más cercana a la urgencia. (4) Coordinación inter-hospitalaria: Si hospital destino está lleno, CCU contacta otros hospitales para buscar cama. (5) Monitorización: Sigue en tiempo real la evolución de cada incidente (salida de ambulancia, tiempo de llegada, traslado a hospital, ingreso). (6) Gestión de crisis: En caso de catástrofe, CCU activa plan de emergencias, moviliza múltiples recursos y coordina con Protección Civil.
El personal de CCU incluye: coordinador médico (responsable del servicio), médicos coordinadores (decisiones clínicas complejas), teleoperadores (formados en algoritmos de priorización), personal informático (sistemas CAD). Requisito: experiencia previa en emergencias y formación continua.
8.2. Regulación de camas hospitalarias
Un problema recurrente es la falta de camas hospitalarias disponibles. Cuando un paciente urgente necesita ingreso pero no hay cama en hospital destino, se genera congestión en urgencias y demora potencialmente peligrosa. Para gestionar esto, el SSPA implementa sistemas de regulación: (1) Sistema GIRO (Gestión Integrada de Recursos Operacionales): Plataforma que rastrea disponibilidad de camas en tiempo real en todos los hospitales de la región. La CCU consulta GIRO antes de derivar, identificando hospital con cama disponible. (2) Coordinación manual: Médico urgencista contacta directamente con director de planta o jefe de clínica de hospital destino para solicitar cama. (3) Altas anticipadas: Médicos de hospitalización reciben alertas de la CCU sobre pacientes críticos en tránsito; tienen incentivos (mandato administrativo) para dar altas antes de lo que hubieran dado, liberando camas. (4) Unidades de Observación y Corta Estancia: Reducen ingresos innecesarios: muchos pacientes se recuperan en 4-6 horas bajo observación sin necesidad de ingreso formal.
En situaciones de saturación extrema, la Consejería de Salud puede activar planes de descongestión: retraso de cirugías electivas, cierre temporal de servicios no críticos, traslado de pacientes a otras provincias, o solicitud de colaboración a hospitales privados con conciertos con SAS.
8.3. Coordinación intersectorial: más allá del sistema sanitario
Muchas urgencias requieren coordinación con servicios no sanitarios. El PAUESA promueve alianzas permanentes: (1) Protección Civil: Rescate en accidentes de tráfico, derrumbes, etc. El 061 coordina con Protección Civil mediante enlace radiofónico. (2) Cuerpos de Seguridad: Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Local; coordinación en violencia, tráfico de drogas, urgencias psiquiátricas. (3) Bomberos: Rescate en incendios, accidentes; algunos cuerpos de bomberos disponen de personal paramedico. (4) Universidades: Formación de personal 061, investigación en prehospitalaria. (5) Servicios sociales: Pacientes sin hogar, maltrato, derivación a recursos sociales desde urgencias. (6) Justicia: Violencia de género, abuso infantil; obligación de denunciar y guardar evidencia forense en urgencias.
Esta coordinación evita respuestas duplicadas (dos ambulancias a mismo incidente) y asegura que cada profesional actúe en su ámbito: médicos en atención sanitaria, policía en orden público, bomberos en rescate.
9. GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN
9.1. Historia clínica de urgencias: DIRAYA
El SAS utiliza DIRAYA (Dispositivo de Registro y Acopio de Información Sanitaria) como historia clínica electrónica integral. Módulo de urgencias permite: (1) Registro de triage (nivel, constantes). (2) Evaluación médica (síntomas, exploración, hipótesis diagnóstica). (3) Órdenes de pruebas (radiología, laboratorio) con seguimiento automático de resultados. (4) Evolución de paciente durante estancia. (5) Diagnóstico final y tratamiento. (6) Decisión de alta/ingreso. (7) Generación automática de códigos diagnósticos (CIE-10) para facturación y análisis epidemiológico. DIRAYA permite seguimiento de tiempos (cuándo llegó, cuándo fue triado, cuándo fue visto por médico, cuándo salió), facilitando auditoría de adherencia a estándares de demora.
9.2. Codificación diagnóstica y GRD (Grupos Relacionados por Diagnóstico)
Cada paciente que abandona urgencias (alta o ingreso) recibe un código diagnóstico CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, 10ª revisión). Estos códigos se agregan para análisis epidemiológico: ¿cuántas urgencias de infarto hubo el año pasado? ¿cuántas de fracturas de cadera en mayores de 75 años? Si el paciente ingresa, el diagnóstico se clasifica en GRD (Grupos Relacionados por Diagnóstico), que es un sistema de pesos que refleja complejidad y recursos esperados. Ejemplo: GRD 127 es «Insuficiencia cardíaca congestiva» (peso alto, requiere más recursos); GRD 901 es «Problema de salud o enfermedad de bajo peso» (peso bajo). Los GRD se usan para financiar hospitales: cada GRD tiene asignado un pago fijo (sistemas de pago por casoPES), independientemente de lo que realmente gastó el hospital. Esto incentiva a los hospitales a ser eficientes: si pueden resolver un infarto con menos días de ingreso, ganan dinero; si se exceden en recursos, pierden.
El correcto registro de diagnósticos en urgencias es crítico: un diagnóstico mal codificado distorsiona datos epidemiológicos (se piensa que tal enfermedad es menos frecuente de lo que es) y afecta financiación de hospitales.
9.3. Estadística y vigilancia epidemiológica de urgencias
La Consejería de Salud monitoriza periódicamente datos agregados de urgencias: volumen total de urgencias, proporción de no urgencias derivables a APS, tiempo promedio de espera, desempeño de cada hospital, principales diagnósticos (para planificación de recursos), morbi-mortalidad (eventos adversos, muertes en urgencias). Estos datos se publican en reportes mensuales y anuales, y se comunican a dirección de hospitales para mejora continua. Brotes epidemiológicos (gripe, COVID, enterovirus) se detectan gracias a vigilancia de urgencias: aumento anómalo de ciertos diagnósticos activa alertas. Durante la pandemia COVID-19, datos de urgencias fueron críticos para decisiones de restricciones y vacunación.
9.4. Facturación y asuntos económicos de urgencias
La asistencia urgente es gratuita para ciudadanos del SSPA (sin copago). El costo se asume desde presupuesto sanitario regional. Sin embargo, existen procedimientos de facturación a aseguradores externos: (1) Si paciente es de otra comunidad autónoma, se factura a su sistema autonómico (ejemplo: madrileño sufrió accidente en Málaga; SAS factura a Consejería de Salud de Madrid). (2) Si paciente tiene seguro privado (mutualidad, póliza de seguros), se puede facturar al segurador cantidad fijada por decreto. (3) Si paciente es extranjero sin cobertura, se asume gasto. La facturación se realiza mediante códigos GRD, que genera factura automática en sistema contable. Cada hospital gestiona estos procesos con oficina de facturación integrada en área administrativa de urgencias.
Otro aspecto: los honorarios de médicos de guardia (internista, cirujano, especialista de retén) salen del presupuesto del hospital, no del paciente. Es un costo fijo que el hospital asume como obligación de función pública.
10. ASPECTOS ESPECIALES: EMERGENCIAS, CATÁSTROFES Y COORDINACIÓN INTERSECTORIAL
10.1. Diferencia entre urgencia, emergencia y catástrofe
Aunque los términos se usan a menudo como sinónimos, hay distinciones administrativas importantes: Urgencia: Situación clínica individual que requiere atención rápida, pero el sistema de urgencias no se ve desbordado. Emergencia: Evento grave que afecta a múltiples personas o que requiere movilización de recursos excepcionales (ejemplo: accidente de tráfico con 10 heridos, intoxicación masiva). El sistema de urgencias se vuelca en el incidente, pero mantiene capacidad de responder otros casos. Catástrofe: Evento que genera víctimas múltiples (decenas o centenares) y sobrepasa completamente la capacidad del sistema. Ejemplos: terremoto, ataque terrorista, accidente aéreo. Requiere activación de Plan de Emergencia Nacional, declaración de estado de alarma, movilización de recursos de fuerzas armadas y defensa civil.
Administrativa y legalmente: la respuesta a urgencias es competencia del SAS (recursos propios); la respuesta a emergencias requiere coordinación del SAS con Protección Civil (Junta de Andalucía) y Policía; la respuesta a catástrofes es competencia nacional, bajo coordinación del Ministerio del Interior (Dirección de Emergencias y Protección Civil nacional).
10.2. Plan de Emergencias: componentes y activación
Cada provincia dispone de un Plan de Emergencias de su sistema de urgencias. El plan define: (1) Organismos responsables (Consejería de Salud, director provincial, director de hospital cabecera). (2) Estructura de mando: Centro de Coordinación Operativa (CECOPAL, equivalente a Centro de Crisis), donde se concentra toma de decisiones. (3) Activación de recursos: procedimiento para movilizar recursos adicionales, contactar profesionales de retén, liberar camas mediante altas, suspender cirugías programadas. (4) Comunicación: canal radiofónico emergencia, teléfonos de contacto, información a medios. (5) Triaje de campo: en incidente masivo, se aplica protocolo SALT (Sort-Assess-Lifesaving-Treatment), similar a triaje hospitalario pero in situ. (6) Derivación a hospitales: según gravedad, pacientes se distribuyen entre hospitales disponibles para evitar saturar uno solo. (7) Apoyo psicosocial: psicólogos, trabajadores sociales, apoyo a familias. (8) Investigación posterior: análisis de respuesta, errores, mejoras para futuras emergencias.
Activación: ante evento con múltiples víctimas, central 061 identifica emergencia y contacta director provincial (médico coordinador de emergencias). Este activa CECOPAL, que convoca directores de hospitales, Protección Civil, Policía, Bomberos, y coordinan respuesta en tiempo real. El sistema no es automático; requiere toma de decisión humana rápida.
10.3. Violencia en urgencias
Lamentablemente, la violencia contra profesionales de urgencias es realidad creciente en Andalucía y España. Incluye agresiones verbales (insultos, amenazas), físicas (golpes, arañazos) de pacientes, familiares o acompañantes, frecuentemente bajo influencia de alcohol o drogas. Causas: demoras en atención (saturación), diagnósticos no deseados, negativa a solicitudes inadecuadas, trastornos psiquiátricos. Respuesta del SSPA: (1) Personal de seguridad: Vigilantes entrenados, presencia en urgencias saturadas. (2) Protocolos de contención: Cómo abordar paciente agresivo, cuándo solicitar seguridad, cuándo denunciar. (3) Apoyo post-incidente: Atención psicológica a personal afectado. (4) Denuncia: Obligatoria ante agresión física, facilitando procedimiento penal. (5) Recursos de aislamiento: Habitaciones de observación para pacientes con conducta agresiva o delirios. (6) Formación: Personal de urgencias recibe entrenamiento en desescalada de conflictos, técnicas de comunicación no violenta. Algunos hospitales usan intérpretes de lengua de signos o traductores para urgencias de pacientes inmigrantes, reduciendo conflictos por mal entendimiento.
11. INDICADORES DE CALIDAD Y GARANTÍAS DE PLAZO
11.1. Estándares de tiempo de respuesta y demora
El SSPA fija estándares máximos de demora por nivel de urgencia:
| Nivel (Triaje) | Estándar de Espera Máxima | Incumplimiento |
|---|---|---|
| Rojo (I) | Inmediato (0 minutos) | Crítico |
| Naranja (II) | 15 minutos | Caso de reclamación |
| Amarillo (III) | 60 minutos | Incidencia de gestión |
| Verde (IV) | 120 minutos | Aceptable con saturación |
Estos estándares están recogidos en el Decreto 96/2004, de Garantías de Plazo de Respuesta en Procesos Asistenciales, vigente en Andalucía. Si un paciente naranja espera más de 15 minutos sin justificación, hospitales están obligados a reportar como «incidente de seguridad». La Consejería monitoriza estos incidentes menualmente.
11.2. Indicadores de satisfacción y experiencia del paciente
El SSPA realiza encuestas periódicas a pacientes que pasan por urgencias, evaluando: (1) Tiempo de espera percibido vs. real. (2) Trato recibido (amabilidad, empatía). (3) Información recibida (explicación de pruebas, diagnóstico, tratamiento). (4) Limpieza e higiene. (5) Resuelto su problema. (6) Recomendaría hospital a amigos/familia. Resultados se publican por hospital y se integran en evaluación de directores. Hospitales con baja satisfacción (por debajo de 6.5 sobre 10) reciben plan de mejora supervisado.
11.3. Indicadores clínicos de calidad y seguridad
Más allá del tiempo, el SSPA mide desempeño clínico: (1) Tasa de reingreso en 48-72 horas: Pacientes que alta de urgencias y vuelven a ingresar casi inmediatamente, sugiere error diagnóstico o alta prematura. Meta: <5%. (2) Mortalidad en urgencias: Pacientes que mueren en urgencias o durante traslado, a pesar de atención. Se analiza caso a caso para mejoría. (3) Eventos adversos: Errores de medicación, úlceras por presión, infecciones asociadas a cuidados, retraso en diagnóstico de cáncer. Cada evento se investiga en comisión de calidad. (4) Adherencia a protocolos: Ejemplo: % de pacientes con sospecha de infarto que reciben aspirina dentro de 30 minutos (meta: >95%). (5) Inequidad: Analizar si hay diferencias en demora o resultados según edad, sexo, origen étnico; identificar y corregir discriminación involuntaria.
Estos indicadores se reportan a Junta de Andalucía anualmente y se hacen públicos en web de transparencia del SAS.
11.4. Derechos de pacientes y reclamaciones
Pacientes en urgencias tienen derechos reconocidos (Carta de Derechos de Ciudadanos en SSPA): (1) Información: Explicación en lenguaje comprensible sobre diagnóstico, tratamiento y alternativas. (2) Intimidad y confidencialidad: Separación de áreas, no divulgación de datos clínicos. (3) Consentimiento informado: Exceptuado en emergencias vitales, cuando predomina deber de médico de preservar vida. (4) Acompañante: Derecho a que un familiar/amigo acompañe, salvo limitaciones por seguridad del paciente (ejemplo: paciente agresivo). (5) Acceso a historia clínica: Tras alta, paciente puede solicitar copia de historia. (6) Recurso ante dilataciiones de plazo: Si incumple estándar de tiempo, paciente puede presentar reclamación. (7) Indemnización por daño: Si urgencia produce complicaciones por negligencia, paciente puede reclamar responsabilidad patrimonial (§ 16.4 LPACAP).
Las reclamaciones se tramitan mediante oficina de Atención al Ciudadano del hospital o, a nivel provincial, en la Delegación Territorial de la Consejería de Salud. La resolución tarda 3-6 meses. Si paciente no queda satisfecho, puede recurrir ante juzgados contencioso-administrativos.
12. MAPA CONCEPTUAL
│
├─ MARCO LEGAL Y NORMATIVO
│ ├─ Estatal: Ley 14/1986 (General de Sanidad)
│ │ Ley 16/2003 (Cohesión y Calidad)
│ │ Ley 41/2002 (Autonomía del Paciente)
│ └─ Autonómico: Ley 2/1998 de Salud de Andalucía
│ Decreto 105/1986 (Asistencia Especializada)
│ Decreto 96/2004 (Garantías de Plazo)
│
├─ PLAN ANDALUZ DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS (PAUESA)
│ ├─ Objetivos: Acceso equitativo, rápido, efectivo, seguro
│ ├─ Componentes:
│ │ ├─ Atención prehospitalaria (061)
│ │ ├─ Atención urgente hospitalaria
│ │ ├─ Atención urgente en Atención Primaria
│ │ └─ Coordinación y regulación (CCU)
│ └─ Principios: Integración, accesibilidad, equidad, respuesta rápida
│
├─ RED DE URGENCIAS (Niveles I, II, III)
│ ├─ Hospitales de nivel III: Máxima complejidad
│ ├─ Hospitales de nivel II: Complejidad media
│ └─ Hospitales de nivel I: Complejidad básica
│
├─ ATENCIÓN PREHOSPITALARIA (061)
│ ├─ Ambulancias básicas (técnicos sanitarios)
│ ├─ Ambulancias medicalizadas (médico + enfermero)
│ ├─ Helicópteros medicalizados
│ ├─ Central de Coordinación (recepción, priorización, dispatching)
│ └─ Protocolos: RCP, Infarto, Ictus, Trauma, Anafilaxia, etc.
│
├─ SERVICIO DE URGENCIAS HOSPITALARIO
│ ├─ Estructura: Triaje → Boxés → Observación → Alta/Ingreso
│ ├─ Personal: Médicos, enfermeros, técnicos sanitarios, administrativos
│ ├─ Procesos: Registro → Triaje → Evaluación → Pruebas → Diagnóstico/Tratamiento → Disposición
│ └─ Problemas: Saturación, violencia, demoras
│
├─ TRIAJE Y CLASIFICACIÓN (Escala de Manchester)
│ ├─ Rojo (I): Emergencia vital inmediata → 0 min
│ ├─ Naranja (II): Urgencia grave → 15 min máx
│ ├─ Amarillo (III): Urgencia moderada → 60 min máx
│ ├─ Verde (IV): Urgencia menor → 120 min máx
│ └─ Azul (V): No urgencia → Derivar a APS
│
├─ COORDINACIÓN Y REGULACIÓN
│ ├─ Centrales de Coordinación de Urgencias (CCU)
│ ├─ Sistema CAD (Computer Aided Dispatching)
│ ├─ Sistema GIRO (Gestión de camas hospitalarias)
│ └─ Coordinación intersectorial: Protección Civil, Policía, Bomberos
│
├─ SISTEMAS DE INFORMACIÓN
│ ├─ DIRAYA (Historia electrónica de urgencias)
│ ├─ Codificación CIE-10 y GRD
│ ├─ Facturación y sistemas de pago
│ └─ Vigilancia epidemiológica
│
└─ GARANTÍAS DE CALIDAD Y SEGURIDAD
├─ Estándares de tiempo de respuesta (Decreto 96/2004)
├─ Indicadores clínicos (reingreso, mortalidad, eventos adversos)
├─ Satisfacción del paciente
├─ Derechos de pacientes y recursos de reclamación
└─ Plan de Emergencias para catástrofes
13. REFERENCIAS NORMATIVAS Y BIBLIOGRÁFICAS
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Artículos 3, 21-26, 57-62 (principios, asistencia urgente, servicios de urgencia).
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. Artículos 3-7 (garantías de plazo).
- Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
- Real Decreto 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales. Aplicable a personal de urgencias.
- Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía. Artículos 35-45 (ordenación asistencia urgente y emergencias).
- Decreto 105/1986, de 11 de junio, por el que se regula la asistencia especializada. Capítulos III-IV (asistencia urgente hospitalaria).
- Decreto 197/2007, de 3 de julio, por el que se regula la ordenación de la Atención Primaria. Artículos 30-32 (servicios de urgencia en APS).
- Decreto 96/2004, de 30 de marzo, por el que se establecen garantías de plazo de respuesta en los procesos asistenciales del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
- Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias Sanitarias (PAUESA), versión vigente (última actualización 2020). Documento de referencia estratégica aprobado por Consejería de Salud.
- Resoluciones de la Consejería de Salud sobre estructura de Centrales de Coordinación, estándares de respuesta, ratios personal, protocolos clínicos.
- Sistemas de Información del SAS: DIRAYA (historia electrónica de urgencias), GIRO (gestión de camas), CAD (dispatching), SIGLO (contratación).
- Escala de Manchester de Triaje, adaptación oficial del SSPA. Guía clínica de triaje en urgencias.
- Protocolos de Atención Prehospitalaria del SAS, incluyendo RCP, infarto agudo, ictus, traumatismo, anafilaxia, intoxicaciones (versión 2024).
- Carta de Derechos de los Ciudadanos en el Sistema Sanitario Público de Andalucía. Derechos en urgencias, confidencialidad, información, acompañamiento.
- Ley 5/2023, de 13 de julio, de Función Pública de Andalucía. Régimen laboral personal 061.
- Convenio sectorial de personal 061 (Mesa Sectorial SAS). Retribuciones, jornada, condiciones de trabajo.
emergencias sanitarias
Plan Andaluz de Urgencias (PAUESA)
servicio 061
triaje
Escala de Manchester
Central de Coordinación de Urgencias
hospitalario
atención prehospitalaria
coordinación intersectorial
garantías de plazo