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Tema 7 – Promoción de la Igualdad de Género y Prevención de la Violencia de Género en Andalucía
🎯 ¿Por qué es importante este tema?
Mira, este es uno de esos temas del bloque común que muchos opositores infravaloran, y créeme que es un error garrafal. La igualdad de género y la prevención de la violencia de género no son «temas de relleno» ni contenido puramente teórico. Como personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud, vas a estar en primera línea para detectar situaciones de violencia de género, discriminación y desigualdad. Y no es exageración: una de cada tres mujeres que acuden a los servicios sanitarios han sufrido o están sufriendo algún tipo de violencia.
En el examen, este tema aparece con bastante frecuencia, especialmente en preguntas que combinan normativa con casos prácticos. Te van a preguntar por los organismos competentes (Instituto Andaluz de la Mujer, Observatorio Andaluz de la Igualdad de Género, Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres), por el Protocolo Andaluz para la Actuación Sanitaria ante la Violencia de Género, y por tus obligaciones como profesional sanitario. Además, en los supuestos prácticos de la segunda parte del examen, es habitual que te planteen un caso de violencia de género para que demuestres tu capacidad de actuación.
A nivel profesional, dominar este tema te convierte en un/a profesional más completo/a y preparado/a para afrontar situaciones complejas que, desgraciadamente, vas a ver en tu práctica diaria. Saber identificar indicadores de violencia, conocer el protocolo de actuación, garantizar la confidencialidad y derivar adecuadamente puede, literalmente, salvar vidas.
📑 Índice de Contenidos
- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía
- Objeto de la Ley
- Ámbito de aplicación
- Principios generales
- Políticas públicas para la promoción de la igualdad de género
- Organismos para la igualdad
- Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género
- Objeto de la Ley
- Ámbito de aplicación
- Principios rectores
- Formación a profesionales de la salud
- Protocolo Andaluz para la Actuación Sanitaria ante la Violencia de Género
- El Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía
- Aplicación práctica en el ámbito sanitario del SAS
1. LEY 12/2007, DE 26 DE NOVIEMBRE, PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE GÉNERO EN ANDALUCÍA
1.1. Objeto de la Ley
La Ley 12/2007 tiene como objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución Española y 15 y 38 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, seguir avanzando hacia una sociedad más democrática, más justa y más solidaria.
Pues bien, esta Ley no solo reconoce derechos, sino que establece un marco normativo que obliga a todas las administraciones públicas andaluzas (incluido el SAS, ojo con esto) a integrar la perspectiva de género en todas sus políticas y actuaciones. Y cuando digo «todas», es TODAS: desde la contratación de personal hasta la atención sanitaria que prestamos.
💡 Concepto Clave: Transversalidad de Género
La transversalidad de género (o gender mainstreaming) es la integración de la perspectiva de género en la elaboración, ejecución y seguimiento de todas las políticas y actividades. No es crear políticas «especiales» para mujeres, sino garantizar que todas las políticas tengan en cuenta el impacto diferencial que pueden tener en mujeres y hombres.
1.2. Ámbito de Aplicación
Esta Ley se aplica en el ámbito territorial de Andalucía y afecta a:
- La Administración de la Junta de Andalucía y las entidades que integran su sector público (aquí entramos el SAS y todos sus profesionales)
- Las Entidades Locales de Andalucía en el ejercicio de competencias propias o atribuidas por delegación
- Las Universidades Públicas de Andalucía
- Los sujetos del sector privado en los términos establecidos en la Ley
Para las oposiciones, lo que tienes que tener clarísimo es que como personal estatutario del SAS, estás sujeto/a a esta normativa en tu desempeño profesional diario. Esto significa que debes aplicar la perspectiva de género en la valoración, planificación de cuidados, educación para la salud, investigación y cualquier otra actividad profesional que realices.
1.3. Principios Generales
La Ley 12/2007 establece una serie de principios generales que deben regir la actuación de los poderes públicos andaluces. Estos principios son fundamentales y han caído en examen varias veces, así que te recomiendo que los estudies bien:
Principios Generales de la Ley 12/2007
- Igualdad de trato entre mujeres y hombres: Supone la ausencia de toda discriminación directa o indirecta por razón de sexo.
- Transversalidad de género: La integración de la perspectiva de género en la elaboración, ejecución y seguimiento de todas las políticas.
- Acción positiva: Establecimiento de medidas específicas a favor de las mujeres para corregir situaciones de desigualdad de hecho respecto de los hombres.
- Representación equilibrada: Presencia de mujeres y hombres de forma que las personas de cada sexo no superen el 60% ni sean menos del 40%.
- Colaboración y cooperación: Entre las diferentes administraciones públicas andaluzas y entre éstas y los agentes sociales.
⚠️ IMPORTANTE PARA EXAMEN
Las preguntas sobre los principios generales suelen ser de tipo: «Señale cuál NO es un principio de la Ley 12/2007». Estudia bien la diferencia entre igualdad de trato, igualdad de oportunidades, acción positiva y discriminación positiva. También es frecuente que pregunten por el concepto de «representación equilibrada» y sus porcentajes exactos (60%-40%).
1.4. Políticas Públicas para la Promoción de la Igualdad de Género
La Ley establece que los poderes públicos andaluces integrarán el objetivo de la igualdad de género en todas sus políticas y actuaciones. A ver, esto se concreta en diferentes áreas que debes conocer:
1.4.1. Actuaciones en el ámbito sanitario (MUY IMPORTANTE para oposiciones SAS)
En el artículo 25 de la Ley 12/2007 se establecen las actuaciones específicas en el ámbito de la salud. Como personal estatutario del SAS, esto te afecta directamente:
- Integración de la perspectiva de género en la formación de los y las profesionales de la salud. Esto implica que en tu formación continuada debes recibir formación en violencia de género, desigualdades en salud por razón de género, etc.
- Incorporación de indicadores sensibles al género en los sistemas de información sanitaria. Cuando registras en Diraya, por ejemplo, debes atender a variables que puedan mostrar desigualdades entre sexos.
- Fomento de la investigación científica que atienda a las diferencias entre mujeres y hombres en lo relativo al proceso de enfermar, diagnóstico y tratamiento. Ya sabes, no es lo mismo un infarto en un hombre que en una mujer (la sintomatología puede ser muy diferente).
- Promoción de hábitos saludables que tengan en cuenta las diferencias de género. Por ejemplo, en educación para la salud sobre alimentación, ejercicio físico, etc.
- Atención específica a la salud de las mujeres en todas las etapas de su ciclo vital, con especial atención a la salud sexual y reproductiva, embarazo, parto, puerperio y climaterio.
1.4.2. Otras actuaciones en políticas públicas
Aunque para oposiciones SAS nos centramos en el ámbito sanitario, debes conocer que la Ley también establece actuaciones en:
- Educación
- Cultura y medios de comunicación
- Participación social, política y económica
- Conciliación de la vida laboral, familiar y personal
- Violencia de género (regulada más específicamente en la Ley 13/2007)
1.5. Organismos para la Igualdad en Andalucía
Pues bien, aquí viene una de las partes que más caen en examen. Te van a preguntar por los organismos competentes en materia de igualdad en Andalucía, sus funciones y a quién dependen. Vamos a verlos uno por uno:
🏛️ Instituto Andaluz de la Mujer (IAM)
Naturaleza jurídica: Organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería competente en materia de igualdad.
Funciones principales:
- Defensa y asistencia a las mujeres ante situaciones de discriminación por razón de sexo
- Promoción del cumplimiento del principio de igualdad de trato de mujeres y hombres en Andalucía
- Promover las condiciones para que la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres sea real y efectiva
- Fomento de la participación de las mujeres en la vida política, económica, cultural y social
RESPUESTA CORRECTA: Al Instituto Andaluz de la Mujer.
🔍 Observatorio Andaluz de la Igualdad de Género
Naturaleza jurídica: Órgano asesor adscrito a la Consejería competente en materia de igualdad.
Funciones principales:
- Detectar, analizar y proponer estrategias para corregir situaciones de desigualdad de las mujeres en Andalucía
- Funciones asesoras y de evaluación de las políticas y medidas incluidas en la Ley 12/2007
- Análisis y difusión de estas políticas y medidas
- Participación administrativa y social
RESPUESTA CORRECTA: Observatorio Andaluz de la Igualdad de Género.
👥 Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres
Naturaleza jurídica: Órgano colegiado de participación de las mujeres en las políticas públicas de igualdad.
Funciones principales:
- Favorecer la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principio de igualdad
- Servir de cauce para la participación de las organizaciones de mujeres y otras entidades en la elaboración de políticas de igualdad
- Promover la colaboración y cooperación entre las distintas administraciones públicas y el movimiento asociativo de mujeres
🏛️ Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres
Naturaleza jurídica: Órgano colegiado de carácter consultivo y asesor del Consejo de Gobierno.
Funciones principales:
- Coordinar las actuaciones de las diferentes Consejerías en materia de igualdad
- Impulsar y coordinar la integración de la perspectiva de género en todas las políticas y actuaciones de la Junta de Andalucía
2. LEY 13/2007, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
Bien, ahora vamos con la segunda ley del tema, que es fundamental para tu trabajo en el SAS. La Ley 13/2007 complementa a nivel autonómico la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (esta es estatal, ojo).
2.1. Objeto de la Ley
El objeto de esta Ley es actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por quienes sean o hayan sido sus cónyuges o por quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
Esta Ley tiene un enfoque integral, lo que significa que aborda la violencia de género desde múltiples perspectivas: prevención, sensibilización, detección, asistencia y recuperación de las víctimas. Y aquí es donde entra tu papel como profesional del SAS.
⚠️ OJO CON ESTO
La violencia de género, según esta Ley, NO se limita a la violencia física. Incluye también:
- Violencia psicológica
- Violencia económica
- Violencia sexual
- Amenazas, coacciones o privación de libertad
Como profesional sanitario, debes estar atento/a a TODAS estas manifestaciones, no solo a las lesiones físicas evidentes.
2.2. Ámbito de Aplicación
La Ley 13/2007 se aplica en el ámbito territorial de Andalucía y protege a todas las mujeres que sufran o hayan sufrido violencia de género en Andalucía, con independencia de su origen, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Un aspecto muy importante: la Ley también contempla medidas de protección para los menores que se encuentren bajo la patria potestad, guarda y custodia o tutela de las mujeres víctimas de violencia de género. Esto es relevante porque en urgencias o en atención primaria, cuando detectamos un caso de violencia de género, debemos valorar también la situación de los menores.
2.3. Principios Rectores
La Ley 13/2007 establece los siguientes principios rectores que deben guiar todas las actuaciones en materia de violencia de género:
- Principio de integralidad: Las actuaciones deben abordar todos los aspectos de la violencia de género (prevención, detección, asistencia, recuperación).
- Principio de coordinación: Entre todas las administraciones públicas, servicios e instituciones que intervienen.
- Principio de transversalidad: La lucha contra la violencia de género debe integrarse en todas las políticas públicas.
- Principio de prevención: Actuaciones dirigidas a evitar que se produzcan situaciones de violencia de género.
- Principio de atención especializada: Garantizar una atención específica y especializada a las víctimas.
- Principio de universalidad: Todas las mujeres tienen derecho a la protección y asistencia integral, con independencia de su situación personal.
2.4. Formación a Profesionales de la Salud
A ver, este apartado es CLAVE para las oposiciones del SAS porque te afecta directamente. El artículo 13 de la Ley 13/2007 establece que las administraciones sanitarias promoverán actuaciones de formación continuada del personal sanitario para:
- Mejorar la detección precoz de situaciones de violencia de género
- Mejorar la atención sanitaria a las mujeres que sufren violencia de género
- Conocer el protocolo de actuación ante casos de violencia de género
- Conocer los recursos asistenciales disponibles para las víctimas
Además, la Ley establece que la formación en violencia de género debe incluirse en los programas formativos de pregrado y postgrado de las ciencias de la salud. Esto significa que en tus estudios de Grado en Enfermería ya debiste recibir formación en este ámbito (aunque la realidad es que no siempre se cumple suficientemente).
⚠️ TU OBLIGACIÓN COMO PROFESIONAL DEL SAS
Como personal estatutario del SAS, tienes la obligación de:
- Participar en las actividades formativas sobre violencia de género que se programen
- Conocer y aplicar el Protocolo Andaluz para la Actuación Sanitaria ante la Violencia de Género
- Estar atento/a a los indicadores de violencia de género en tu práctica diaria
- Garantizar la confidencialidad de la información
- Registrar adecuadamente en la historia clínica
- Derivar a los recursos especializados cuando sea necesario
2.5. Protocolo Andaluz para la Actuación Sanitaria ante la Violencia de Género
Mira, este protocolo es absolutamente fundamental. No solo para el examen (donde ha caído en múltiples ocasiones), sino para tu trabajo diario. El protocolo establece las pautas de actuación para todo el personal del SAS ante casos de violencia de género.
2.5.1. Objetivos del Protocolo
- Mejorar la detección de la violencia de género desde los servicios sanitarios
- Protocolizar la actuación sanitaria ante casos de violencia de género
- Facilitar la coordinación entre los diferentes servicios sanitarios y con otros recursos asistenciales
- Garantizar una atención de calidad a las mujeres que sufren violencia de género
2.5.2. Actuaciones de Prevención desde los Servicios Sanitarios
El protocolo establece que los servicios sanitarios pueden realizar las siguientes actividades de prevención:
- Llevar a cabo sesiones clínicas multidisciplinares sobre casos reales que hayan sido abordados en el centro o servicio
- Colaborar con el entorno escolar para favorecer modelos coeducativos eficaces como forma de prevención de la violencia hacia las mujeres
- Incluir, en las actividades de educación para la salud y en los grupos de educación maternal, contenidos de sensibilización y prevención de la violencia contra las mujeres
Cuestionario de Autoevaluación (32 preguntas)
2.5.3. Secuencia de Actuación en Urgencias
Cuando una mujer acude a urgencias y reconoce estar sufriendo malos tratos, el protocolo establece una secuencia clara de actuación que debes seguir:
- Valoración de las lesiones físicas, psicológicas, de la situación emocional y social
- Exploración física completa
- Valoración del estado emocional
- Valoración de la red de apoyo social
- Valoración del tipo, duración e intensidad del maltrato
- Frecuencia de los episodios
- Tipos de violencia sufrida (física, psicológica, sexual, económica)
- Tiempo que lleva sufriendo la violencia
- Valoración de la fase del proceso de cambio en que se encuentra la mujer
- Precontemplación
- Contemplación
- Preparación
- Acción
- Mantenimiento
- Detección de situaciones de peligro extremo
- Riesgo vital inmediato
- Amenazas graves
- Escalada de la violencia
2.5.4. Compromiso de Confidencialidad
Pues bien, la confidencialidad es uno de los pilares fundamentales en la atención a víctimas de violencia de género. El protocolo establece que:
- Registro confidencial de la información: Toda la información relacionada con la violencia de género debe registrarse en la historia clínica de forma que garantice la confidencialidad.
- Preservar la privacidad de los datos personales: Solo el personal sanitario que atiende directamente a la paciente debe tener acceso a esta información.
- No compartir información: No se debe compartir información sobre el caso con personas no autorizadas, incluyendo familiares (salvo que la mujer lo autorice expresamente).
- Remisión de historia clínica al juzgado: Si el juzgado reclama la historia clínica, hay obligación legal de remitirla. Sin embargo, desde el punto de vista ético, el/la profesional puede hacer notar al juzgado que hay información que trasciende lo necesario y solicitarle que explicite qué parte o aspectos de la misma le interesa conocer.
- Responsabilidad judicial: Si el personal médico remite más información de la necesaria, puede tener responsabilidad judicial en caso de ser demandado por vulnerar la ley de protección de datos.
2.5.5. Actuación cuando la mujer no quiere denunciar
Esta es una situación muy habitual en la práctica y que genera muchas dudas. El protocolo establece claramente que:
- Respetar la autonomía de la mujer: La decisión de denunciar o no corresponde a la mujer. No podemos obligarla a denunciar.
- Informar sobre sus derechos: Debemos informarla de su derecho a denunciar y de los recursos disponibles.
- Garantizar la seguridad: Valorar la situación de riesgo y, si es necesario, activar protocolos de seguridad.
- Registrar en la historia clínica: Aunque la mujer no denuncie, debemos registrar los hallazgos en la historia clínica (lesiones, relato, valoración). Este registro puede ser fundamental en el futuro.
- Excepciones: Solo en casos de riesgo vital inminente o cuando hay menores implicados, el/la profesional puede tener obligación de actuar aunque la mujer no quiera denunciar.
⚠️ REGISTRO EN DIRAYA
Cuando detectas un caso de violencia de género, debes registrarlo en Diraya mediante los códigos específicos:
- ISMT (Indicador de Sospecha de Maltrato): Cuando hay sospecha de violencia de género pero la mujer no lo confirma.
- CMT (Confirmación de Maltrato): Cuando la mujer confirma que está sufriendo violencia de género.
Este registro es confidencial y solo accesible para profesionales autorizados. Permite el seguimiento de la mujer y la coordinación entre diferentes niveles asistenciales.
3. EL PLAN DE IGUALDAD DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
El Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía es el instrumento a través del cual se integra el principio de igualdad de género en la gestión de los recursos humanos de la Administración. Como personal estatutario del SAS (que forma parte de la Administración de la Junta de Andalucía), este plan te afecta directamente.
3.1. Objetivos del Plan de Igualdad
- Alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral
- Eliminar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo
- Promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral
- Prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo
3.2. Áreas de Actuación
El Plan de Igualdad se estructura en diferentes áreas de actuación:
- Acceso al empleo: Garantizar la igualdad en los procesos selectivos (oposiciones, concursos, etc.)
- Clasificación profesional: Evitar la segregación ocupacional por razón de género
- Formación: Igualdad de acceso a la formación continuada y de reciclaje profesional
- Promoción profesional: Garantizar la igualdad en la carrera profesional
- Retribuciones: Igualdad salarial por trabajo de igual valor
- Conciliación: Medidas que permitan la compatibilización de la vida personal, familiar y laboral
- Prevención del acoso: Protocolos de prevención y actuación ante el acoso sexual y por razón de sexo
- Salud laboral: Incorporación de la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales
3.3. Medidas de Conciliación relevantes para el SAS
Como personal estatutario del SAS, puedes beneficiarte de diversas medidas de conciliación establecidas en el Plan de Igualdad y en el Estatuto Marco del personal estatutario:
- Permisos por nacimiento, adopción o acogimiento
- Reducción de jornada por cuidado de hijos/as o familiares
- Excedencias por cuidado de familiares
- Flexibilidad horaria
- Preferencia en la elección de turnos para víctimas de violencia de género
4. APLICACIÓN PRÁCTICA EN EL ÁMBITO SANITARIO DEL SAS
A ver, vamos con lo que realmente importa: cómo aplicar todo esto en tu trabajo diario en el SAS. Porque una cosa es saberse la teoría para el examen y otra muy distinta es saber actuar cuando tienes delante a una mujer que está sufriendo violencia de género.
4.1. Indicadores de Violencia de Género
Como profesional del SAS, debes estar atento/a a ciertos indicadores que pueden alertarte de una situación de violencia de género:
Indicadores Físicos
- Lesiones en diferentes fases de curación
- Lesiones que no concuerdan con la explicación dada
- Lesiones en zonas «ocultas» (abdomen, mamas, genitales)
- Lesiones durante el embarazo
- Retraso en la búsqueda de atención médica
Indicadores Psicológicos
- Ansiedad, depresión
- Baja autoestima
- Sentimientos de culpa
- Aislamiento social
- Trastornos del sueño
- Somatizaciones frecuentes
Indicadores de la Pareja
- Excesivo control sobre la mujer
- Insiste en estar presente durante la consulta
- Responde por ella
- Muestra actitud agresiva o despectiva
- Minimiza las lesiones o síntomas
4.2. Actuación en Atención Primaria
En tu consulta de enfermería de atención primaria, eres pieza clave en la detección de violencia de género:
- Entrevista en privado: Es fundamental que hables con la mujer a solas, sin la presencia de la pareja o familiares.
- Crear un clima de confianza: Usa la escucha activa, no juzgues, transmite que crees en su relato.
- Preguntar de forma directa pero empática: «¿Alguna vez tu pareja te ha hecho daño físico o emocional?» «¿Te sientes segura en tu casa?»
- Valoración integral: Valora las lesiones físicas, el estado emocional, la red de apoyo social, el riesgo de la situación.
- Informar sobre recursos: IAM, servicios sociales, centros de acogida, asesoramiento jurídico, etc.
- Registrar en Diraya: Usando los códigos ISMT o CMT según corresponda.
- Seguimiento: Planificar seguimiento próximo, darle teléfonos de contacto (016), citarla para revisión.
4.3. Actuación en Urgencias
En urgencias, la actuación debe ser rápida pero completa:
- Triaje adecuado: Valorar riesgo vital y garantizar la privacidad.
- Valoración completa: Siguiendo la secuencia del protocolo (lesiones, tipo de maltrato, fase de cambio, peligro extremo).
- Documentación exhaustiva: Fotografías de las lesiones (con consentimiento), descripción detallada en historia clínica.
- Parte de lesiones: Si procede, emitir parte de lesiones (con conocimiento de la mujer).
- Plan de seguridad: ¿Tiene un lugar seguro donde ir? ¿Necesita ingreso hospitalario por seguridad?
- Derivación: A trabajo social, a la Unidad de Gestión de Casos si está disponible, a recursos especializados.
4.4. Actuación en Hospitalización
Durante el ingreso hospitalario:
- Mantener la confidencialidad (cuidado con las visitas, control de quién accede a la habitación)
- Valoración continuada del estado emocional
- Coordinación con trabajo social y salud mental si es necesario
- Preparar el alta con red de apoyo adecuada
- Informar sobre recursos disponibles
⚠️ TELÉFONOS DE INTERÉS
- 016: Teléfono de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género (24h, confidencial, no deja rastro en la factura telefónica)
- 900 200 999: Teléfono de información a la mujer del Instituto Andaluz de la Mujer
- 112: Emergencias (si hay riesgo vital inminente)
📝 PREGUNTAS REALES DE EXÁMENES SAS
✍️ CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN
Mínimo 25 preguntas tipo test para evaluar tu dominio del Tema 7
🎯 ESTRATEGIA PARA EL EXAMEN
Preguntas MÁS FRECUENTES del Tema 7:
- Organismos competentes: Instituto Andaluz de la Mujer vs Observatorio vs Consejo de Participación → Pregunta recurrente en TODAS las convocatorias. Memoriza las funciones específicas de cada uno.
- Protocolo Andaluz de Violencia de Género: Secuencia de actuación en urgencias, códigos en Diraya (ISMT/CMT), actividades de prevención → Muy frecuente en casos prácticos.
- Confidencialidad: Cuándo se puede romper el secreto profesional, qué hacer si la mujer no quiere denunciar → Fundamental para casos prácticos.
- Principios de las Leyes: Transversalidad, acción positiva, representación equilibrada (60%-40%), integralidad → Suelen preguntar «cuál NO es un principio» o pedir que identifiques un principio por su definición.
- Formación de profesionales: Qué formación deben recibir los profesionales sanitarios según la Ley 13/2007.
Errores Típicos a EVITAR:
- ❌ Confundir las funciones del Instituto Andaluz de la Mujer (defensa y asistencia) con las del Observatorio Andaluz de la Igualdad de Género (análisis y evaluación de políticas).
- ❌ Pensar que puedes obligar a una mujer a denunciar. Recuerda: autonomía de la paciente. Solo en casos excepcionales (riesgo vital, menores) puedes actuar sin su consentimiento.
- ❌ No diferenciar entre ISMT (sospecha) y CMT (confirmación) en el registro en Diraya.
- ❌ Olvidar que la violencia de género NO es solo física. Incluye psicológica, sexual, económica, amenazas, coacciones.
- ❌ Confundir la Ley 12/2007 (igualdad de género) con la Ley 13/2007 (violencia de género). Aunque están relacionadas, tienen objetos distintos.
- ❌ Pensar que la representación equilibrada es 50%-50%. Es 60%-40%.
Mnemotecnias Útiles:
Para recordar la secuencia de actuación en urgencias ante violencia de género:
«Lesiones – Tipo – Fase – Peligro» → L-T-F-P
- Lesiones físicas, psicológicas, situación emocional y social
- Tipo, duración e intensidad del maltrato
- Fase del proceso de cambio
- Peligro extremo
Para recordar los organismos de igualdad:
- IAM = Interviene, Asiste, Mujer (defensa y asistencia)
- Observatorio = Observa, Analiza, Evalúa (función asesora)
- Consejo Participación = Participa, Asociaciones, Colabora (participación social)
Para recordar los principios de la Ley 12/2007:
«I-Trans-A-RepCo» → Igualdad de trato, Transversalidad, Acción positiva, Representación equilibrada, Colaboración
🗺️ MAPA CONCEPTUAL DEL TEMA 7
Esquema Visual de Contenidos
TEMA 7: IGUALDAD Y VIOLENCIA DE GÉNERO EN ANDALUCÍA
│
├─── LEY 12/2007 - IGUALDAD DE GÉNERO
│ │
│ ├─── OBJETO
│ │ └─── Hacer efectivo derecho igualdad trato y oportunidades
│ │
│ ├─── ÁMBITO APLICACIÓN
│ │ ├─── Administración Junta Andalucía
│ │ ├─── SAS y sector público
│ │ ├─── Entidades Locales
│ │ └─── Universidades Públicas
│ │
│ ├─── PRINCIPIOS GENERALES
│ │ ├─── Igualdad de trato
│ │ ├─── Transversalidad de género
│ │ ├─── Acción positiva
│ │ ├─── Representación equilibrada (60%-40%)
│ │ └─── Colaboración y cooperación
│ │
│ ├─── POLÍTICAS PÚBLICAS
│ │ ├─── Salud (Art. 25)
│ │ │ ├─── Formación profesionales
│ │ │ ├─── Indicadores de género
│ │ │ ├─── Investigación diferencias sexo
│ │ │ └─── Promoción hábitos saludables
│ │ │
│ │ ├─── Educación
│ │ ├─── Cultura
│ │ ├─── Participación política/económica
│ │ └─── Conciliación vida laboral/familiar
│ │
│ └─── ORGANISMOS PARA LA IGUALDAD
│ ├─── INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER (IAM)
│ │ └─── Defensa y asistencia a mujeres
│ │
│ ├─── OBSERVATORIO ANDALUZ IGUALDAD DE GÉNERO
│ │ └─── Detectar, analizar, evaluar políticas
│ │
│ ├─── CONSEJO ANDALUZ PARTICIPACIÓN MUJERES
│ │ └─── Participación asociaciones mujeres
│ │
│ └─── COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL
│ └─── Coordinación entre Consejerías
│
│
├─── LEY 13/2007 - VIOLENCIA DE GÉNERO
│ │
│ ├─── OBJETO
│ │ └─── Actuar contra violencia sobre mujeres por pareja/ex-pareja
│ │
│ ├─── TIPOS DE VIOLENCIA
│ │ ├─── Física
│ │ ├─── Psicológica
│ │ ├─── Sexual
│ │ ├─── Económica
│ │ └─── Amenazas/coacciones/privación libertad
│ │
│ ├─── PRINCIPIOS RECTORES
│ │ ├─── Integralidad
│ │ ├─── Coordinación
│ │ ├─── Transversalidad
│ │ ├─── Prevención
│ │ ├─── Atención especializada
│ │ └─── Universalidad
│ │
│ ├─── FORMACIÓN PROFESIONALES SALUD (Art. 13)
│ │ ├─── Mejorar detección precoz
│ │ ├─── Mejorar atención sanitaria
│ │ ├─── Conocer protocolo actuación
│ │ └─── Conocer recursos disponibles
│ │
│ └─── PROTOCOLO ANDALUZ ACTUACIÓN SANITARIA
│ │
│ ├─── PREVENCIÓN
│ │ ├─── Sesiones clínicas multidisciplinares
│ │ ├─── Colaboración entorno escolar
│ │ └─── Educación maternal y salud
│ │
│ ├─── DETECCIÓN
│ │ ├─── Indicadores físicos
│ │ ├─── Indicadores psicológicos
│ │ └─── Indicadores de la pareja
│ │
│ ├─── VALORACIÓN EN URGENCIAS (Secuencia)
│ │ ├─── 1º Lesiones físicas/psicológicas/emocionales/sociales
│ │ ├─── 2º Tipo/duración/intensidad maltrato
│ │ ├─── 3º Fase proceso cambio
│ │ └─── 4º Situaciones peligro extremo
│ │
│ ├─── CONFIDENCIALIDAD
│ │ ├─── Registro confidencial información
│ │ ├─── Preservar privacidad datos
│ │ ├─── No compartir información
│ │ └─── Excepciones: riesgo vital/menores/juzgado
│ │
│ ├─── REGISTRO EN DIRAYA
│ │ ├─── ISMT (Indicador Sospecha Maltrato)
│ │ └─── CMT (Confirmación Maltrato)
│ │
│ └─── RECURSOS
│ ├─── 016 (Violencia género 24h)
│ ├─── 900 200 999 (IAM)
│ ├─── 112 (Emergencias)
│ ├─── Servicios sociales
│ ├─── Centros acogida
│ └─── Asesoramiento jurídico
│
│
└─── PLAN IGUALDAD JUNTA ANDALUCÍA
│
├─── OBJETIVOS
│ ├─── Igualdad trato y oportunidades ámbito laboral
│ ├─── Eliminar discriminación por sexo
│ ├─── Promover conciliación
│ └─── Prevenir acoso sexual
│
└─── ÁREAS ACTUACIÓN
├─── Acceso empleo
├─── Clasificación profesional
├─── Formación
├─── Promoción profesional
├─── Retribuciones
├─── Conciliación
│ ├─── Permisos nacimiento
│ ├─── Reducción jornada
│ ├─── Excedencias
│ ├─── Flexibilidad horaria
│ └─── Preferencia turnos (víctimas VG)
│
├─── Prevención acoso
└─── Salud laboral
📚 REFERENCIAS NORMATIVAS Y BIBLIOGRÁFICAS
Normativa Legal:
- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. BOJA núm. 247, de 18 de diciembre de 2007.
- Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género. BOJA núm. 247, de 18 de diciembre de 2007.
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. BOE núm. 313, de 29 de diciembre de 2004.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. BOE núm. 71, de 23 de marzo de 2007.
- Constitución Española de 1978. Artículos 9.2 y 14.
- Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo). Artículos 15 y 38.
Documentos del SSPA:
- Protocolo Andaluz para la Actuación Sanitaria ante la Violencia de Género. Consejería de Salud. Junta de Andalucía, 2015 (actualizado).
- Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía. Instituto Andaluz de la Mujer.
- Guía de actuación ante el maltrato infantil en Andalucía. Consejería de Salud. (Complementaria para casos de menores expuestos a violencia de género).
Bibliografía Científica y Guías Clínicas:
- Organización Mundial de la Salud (OMS). Comprender y abordar la violencia contra las mujeres. OMS, 2013.
- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Protocolo común para la actuación sanitaria ante la Violencia de Género. 2012.
- Delegación del Gobierno para la Violencia de Género. Macroencuesta de Violencia contra la Mujer. Ministerio de Igualdad, 2019.
- García-Moreno C, et al. Prevalence of intimate partner violence: findings from the WHO multi-country study on women’s health and domestic violence. Lancet. 2006; 368(9543):1260-9.
Recursos Web:
- Instituto Andaluz de la Mujer: www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/
- Observatorio Andaluz de la Igualdad de Género: Accesible a través de la web del IAM
- Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género: violenciagenero.igualdad.gob.es/
- Portal de Igualdad de la Junta de Andalucía: www.juntadeandalucia.es