Tema 35. Iniciativas autonómicas, nacionales y europeas para el impulso de la sociedad de la información. Gobierno abierto. Transparencia y participación ciudadana. Datos abiertos. Caso concreto del Servicio Andaluz de Salud.
1. INTRODUCCIÓN Y DELIMITACIÓN DEL TEMA
La sociedad de la información describe un estadio de desarrollo en el que la generación, el tratamiento, la circulación y el uso de información digital pasan a ser actividades esenciales para la economía, la Administración y la vida cotidiana. No se trata únicamente de disponer de ordenadores o de conexión a Internet. El cambio decisivo aparece cuando los datos, las redes y el conocimiento condicionan la forma de prestar servicios, adoptar decisiones, ejercer derechos y relacionarse con los poderes públicos. En una organización sanitaria de la dimensión del Servicio Andaluz de Salud, esta transformación afecta al núcleo de la actividad: identificación de pacientes, historia clínica electrónica, prescripción, diagnóstico por imagen, laboratorios, gestión de profesionales, contratación, logística, evaluación de resultados y comunicación con la ciudadanía.
El programa oficial reúne varios conceptos relacionados, pero jurídicamente distintos. Las iniciativas de impulso de la sociedad de la información son políticas de conectividad, capacitación, digitalización de servicios, innovación, interoperabilidad, ciberseguridad y economía del dato. El gobierno abierto es un modelo de gobernanza que pretende que las instituciones actúen con transparencia, rindan cuentas y faciliten la participación y la colaboración. La transparencia comprende tanto la publicación de oficio de información como el derecho a solicitar información pública no publicada. La participación ciudadana incorpora a personas y colectivos en la identificación de problemas, el diseño, la ejecución o la evaluación de políticas. Los datos abiertos son datos puestos a disposición para su reutilización, bajo condiciones jurídicas y técnicas que permiten acceder a ellos, tratarlos y generar nuevos productos o conocimiento.
Estas nociones no son intercambiables. Una Administración puede publicar abundante información en documentos PDF y cumplir parcialmente sus obligaciones de publicidad activa, pero no ofrecer datos realmente reutilizables. Del mismo modo, una sede electrónica con numerosos procedimientos no constituye por sí sola gobierno abierto: puede digitalizar una burocracia sin aumentar la capacidad de control o participación. Y el acceso de una persona a sus propios datos clínicos mediante un servicio autenticado no es publicidad activa, porque la información personal no se difunde al público. En el ámbito sanitario, distinguir estas categorías es imprescindible para no enfrentar de forma artificial apertura y privacidad.
El tema se estudia en tres escalas. La Unión Europea fija objetivos comunes para la Década Digital, regula mercados y espacios de datos y promueve infraestructuras interoperables. España concreta esas orientaciones mediante agendas digitales, normas de administración electrónica, planes de gobierno abierto y legislación sobre transparencia y reutilización. Andalucía añade su propio marco de transparencia, participación y transformación digital, que en 2026 se articula alrededor de estrategias con horizonte 2030. Finalmente, el SAS representa el caso sectorial más exigente: gestiona información de enorme valor público, pero también datos de salud especialmente protegidos y sistemas críticos para la continuidad asistencial.
Desde una perspectiva de examen, conviene estudiar relaciones y diferencias: publicidad activa frente a derecho de acceso; información pública frente a datos personales; anonimización frente a seudonimización; formato abierto frente a mera disponibilidad en Internet; consulta ciudadana frente a codecisión; y servicio digital personalizado frente a transparencia pública. Desde una perspectiva profesional, el objetivo es transformar esos conceptos en requisitos verificables: catálogos de información, metadatos, controles de calidad, APIs, trazabilidad, accesibilidad, análisis de riesgos, mecanismos de participación y procedimientos de revisión.
2. SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN, SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
2.1. Evolución conceptual
La expresión sociedad de la información se popularizó para describir la transición desde economías industriales hacia sociedades en las que la información se convierte en recurso estratégico. El incremento de la capacidad de computación, la digitalización de contenidos, las telecomunicaciones de banda ancha y la extensión de Internet redujeron drásticamente el coste de copiar, almacenar y transmitir información. El fenómeno modificó las cadenas de valor, creó mercados de alcance global y alteró las expectativas ciudadanas respecto de la inmediatez y personalización de los servicios.
La sociedad del conocimiento enfatiza un paso adicional. Acumular datos no garantiza comprenderlos ni utilizarlos de forma socialmente valiosa. Para convertir información en conocimiento hacen falta contexto, calidad, competencias, capacidad crítica y reglas que permitan compartirla. En la Administración sanitaria, millones de registros no producen automáticamente mejores decisiones: es preciso definir indicadores, asegurar la calidad semántica, interpretar sesgos, proteger la confidencialidad y vincular el análisis con objetivos asistenciales y de gestión.
La transformación digital tampoco equivale a informatización. Informatizar consiste, en su nivel más básico, en sustituir herramientas manuales por aplicaciones. Digitalizar un procedimiento puede significar trasladar a una pantalla los mismos pasos y cargas que existían en papel. Transformar implica rediseñar el servicio a partir de las necesidades de las personas, integrar datos y procesos, eliminar actuaciones innecesarias, automatizar cuando sea legítimo y medir resultados. Por eso las agendas actuales hablan de servicios proactivos, omnicanalidad, interoperabilidad, experiencia de usuario, inteligencia artificial responsable y gobierno del dato.
| Concepto | Pregunta principal | Resultado esperado | Riesgo típico |
|---|---|---|---|
| Informatización | ¿Qué tarea puede ejecutar un sistema? | Mayor capacidad operativa | Automatizar ineficiencias existentes |
| Digitalización | ¿Cómo se ofrece el procedimiento por medios digitales? | Canal electrónico y datos estructurados | Excluir a quien carece de competencias o medios |
| Transformación digital | ¿Cómo debe rediseñarse el servicio? | Servicios integrados, simples y medibles | Priorizar tecnología sobre necesidad pública |
| Gobierno del dato | ¿Quién decide sobre calidad, acceso y uso del dato? | Datos confiables, protegidos y reutilizables | Fragmentación, duplicidad y usos incompatibles |
2.2. Rasgos estructurales
La sociedad de la información se caracteriza por la conectividad permanente, la convergencia de tecnologías, la desmaterialización de documentos, la disponibilidad casi inmediata de contenidos y la capacidad de generar datos sobre cada interacción. El valor se desplaza desde el soporte físico hacia los activos intangibles: software, algoritmos, conocimiento, reputación, bases de datos y redes de colaboración. Los servicios se prestan mediante ecosistemas donde intervienen administraciones, empresas, universidades, ciudadanía y entidades del tercer sector.
La abundancia informativa produce beneficios, pero también nuevas asimetrías. Quien controla infraestructuras, plataformas o grandes volúmenes de datos puede condicionar mercados y comportamientos. La velocidad de difusión facilita el acceso al conocimiento, pero también la desinformación. La automatización mejora la eficiencia, aunque puede reproducir discriminaciones presentes en los datos históricos. La trazabilidad permite auditar decisiones, pero un tratamiento excesivo o inseguro puede afectar a la privacidad. Por ello, las políticas públicas no se limitan a promover conectividad: incorporan protección de derechos, competencia, ciberseguridad, alfabetización digital y supervisión de sistemas algorítmicos.
2.3. Particularidades del sector sanitario
La sanidad es intensiva en información y depende de que el dato correcto llegue a la persona adecuada en el momento oportuno. La continuidad asistencial exige interoperabilidad entre atención primaria, especializada, urgencias, farmacia, laboratorio, imagen y otros dispositivos. A la vez, el dato de salud revela aspectos íntimos y puede provocar daños si se utiliza de forma inadecuada. El diseño de la transformación digital sanitaria debe combinar disponibilidad clínica, exactitud, seguridad, confidencialidad, trazabilidad y capacidad de reutilización legítima para planificación, investigación, salud pública e innovación.
En el SAS, la sociedad de la información se concreta en una arquitectura sociotécnica. Incluye aplicaciones y redes, pero también profesionales, procedimientos, normas, catálogos, modelos de responsabilidad y mecanismos de atención. La transformación sostenible requiere que el personal TIC colabore con áreas asistenciales, económicas, jurídicas, de protección de datos, seguridad y participación ciudadana. El valor público no se mide por el número de aplicaciones desplegadas, sino por resultados como accesibilidad, continuidad asistencial, reducción de cargas, calidad de la información, confianza y equidad.
3. BRECHA DIGITAL, CAPACIDADES Y DERECHOS EN EL ENTORNO DIGITAL
3.1. Dimensiones de la brecha digital
La brecha digital es multidimensional. La primera dimensión es el acceso material: cobertura, calidad de conexión, disponibilidad de dispositivos y coste. La segunda es la competencia: saber identificar un canal oficial, utilizar identificación electrónica, comprender formularios, proteger credenciales y evaluar la fiabilidad de la información. La tercera es la capacidad de obtener beneficios: dos personas con idéntico acceso pueden lograr resultados muy distintos según su educación, contexto social, idioma, discapacidad o apoyo disponible. La cuarta es la confianza, condicionada por experiencias previas, percepción de seguridad y claridad de las garantías.
En salud, la exclusión digital tiene consecuencias directas. Una persona puede tener dificultades para gestionar citas, consultar información, aportar documentación o comunicarse con el sistema. La respuesta pública no puede consistir en declarar obligatorio un canal digital y trasladar al ciudadano la carga de superar las barreras. Debe existir asistencia, accesibilidad, información comprensible, alternativas proporcionadas y diseño inclusivo. La omnicanalidad implica que los canales presencial, telefónico y digital formen parte de un mismo servicio y compartan información coherente, no que funcionen como compartimentos estancos.
3.2. Accesibilidad y usabilidad como condiciones de ciudadanía
La accesibilidad busca que sitios web, aplicaciones y documentos puedan ser utilizados por personas con diferentes capacidades sensoriales, motoras o cognitivas y mediante diversas tecnologías de apoyo. La usabilidad persigue que la interacción sea eficaz, eficiente y comprensible. Un servicio puede cumplir formalmente determinados requisitos técnicos y, sin embargo, resultar difícil de completar; también puede parecer sencillo para la mayoría y excluir a usuarios de lector de pantalla o navegación por teclado. El enfoque correcto integra accesibilidad desde el análisis de requisitos, el diseño, el desarrollo, la adquisición, las pruebas y la explotación.
En un portal de transparencia, la accesibilidad afecta a la navegación, al buscador, a las tablas, a los documentos descargables y a los mecanismos de solicitud. Publicar una imagen escaneada sin texto reconocible puede hacer que la información sea jurídicamente visible pero funcionalmente inaccesible. Para los datos abiertos, la accesibilidad también exige documentación comprensible, diccionarios de datos y ejemplos que permitan reutilizar el conjunto sin conocimiento interno de la organización.
3.3. Derechos y garantías
Las cartas y declaraciones de derechos digitales sistematizan principios como igualdad, no discriminación, privacidad, seguridad, educación, protección de menores, accesibilidad y tutela frente a decisiones automatizadas. No todas tienen la misma fuerza jurídica: algunas son instrumentos orientadores y otras se concretan en reglamentos, leyes o derechos sectoriales. En el estudio de oposición debe evitarse atribuir carácter normativo vinculante a cualquier documento estratégico. La jerarquía y naturaleza de la fuente determinan su efecto.
La protección de datos no es un obstáculo externo a la transformación digital; es una condición de legitimidad y confianza. El principio de minimización exige tratar únicamente los datos adecuados, pertinentes y limitados a la finalidad. La protección desde el diseño obliga a introducir garantías desde la concepción del sistema. La seguridad debe adaptarse al riesgo y abarcar confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia. La transparencia algorítmica requiere informar de forma significativa cuando se utilicen sistemas automatizados que afecten a las personas, sin confundir transparencia con divulgación indiscriminada de secretos empresariales, vulnerabilidades o datos personales.
En el SAS, los derechos digitales se materializan en decisiones técnicas: selección de factores de autenticación, diseño de consentimientos, separación de entornos, control de privilegios, trazabilidad de accesos, tiempos de conservación, gestión de incidencias, accesibilidad de interfaces y mecanismos para ejercer derechos. La calidad jurídica depende de la arquitectura y de la configuración real, no solo de textos legales incluidos en una política de privacidad.
4. UNIÓN EUROPEA: DÉCADA DIGITAL, CAPACIDADES E INFRAESTRUCTURAS
4.1. Programa estratégico de la Década Digital 2030
La Unión Europea ha pasado de iniciativas centradas en crear un mercado único digital a un marco de transformación más amplio. La Decisión (UE) 2022/2481 establece el Programa Estratégico de la Década Digital para 2030. Su función es fijar una dirección común, objetivos y un mecanismo de seguimiento y cooperación entre la Comisión y los Estados miembros. La idea de una «brújula digital» agrupa la transformación alrededor de capacidades digitales de la población y de especialistas, infraestructuras seguras y sostenibles, digitalización empresarial y digitalización de los servicios públicos.
El enfoque es importante porque no reduce el progreso digital a inversión tecnológica. La UE vincula la transición con valores, derechos fundamentales, sostenibilidad, soberanía tecnológica, resiliencia y cohesión territorial. Los Estados elaboran hojas de ruta y la Comisión evalúa avances mediante indicadores. Para una Administración autonómica, las metas europeas se traducen en proyectos de capacitación, identidad digital, interoperabilidad, nube, conectividad, ciberseguridad, datos y servicios públicos en línea.
| Dimensión | Orientación | Ejemplo de impacto público |
|---|---|---|
| Capacidades | Competencias básicas y especialistas TIC | Programas de alfabetización y formación profesional |
| Infraestructuras | Conectividad, computación, nube y resiliencia | Servicios disponibles, seguros y escalables |
| Empresas | Adopción de tecnologías digitales | Ecosistemas de innovación y contratación pública |
| Servicios públicos | Acceso digital, identidad y datos de salud | Procedimientos interoperables y centrados en la persona |
4.2. Financiación e instrumentos
Las políticas digitales europeas se apoyan en programas de financiación y cooperación. El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia impulsó inversiones tras la pandemia; otros instrumentos financian investigación, despliegue de capacidades, conectividad, formación e innovación. Para el opositor es más relevante comprender la lógica que memorizar cifras variables: los fondos se vinculan a hitos, objetivos, indicadores, contratación y justificación. Un proyecto público digital debe demostrar contribución a resultados, no solo adquisición de equipamiento.
La ejecución multinivel exige coordinación. Una iniciativa europea puede concretarse en un componente nacional, una convocatoria autonómica y un proyecto del servicio de salud. En esa cadena deben mantenerse trazabilidad financiera, cumplimiento de contratación, protección de datos, seguridad, accesibilidad, prevención del fraude y evaluación. El personal TFA-STI participa traduciendo objetivos estratégicos en requisitos, arquitectura, planificación, indicadores y evidencias.
4.3. Identidad, confianza e interoperabilidad
La identidad electrónica y los servicios de confianza son habilitadores transversales. El marco eIDAS y su evolución hacia una identidad digital europea persiguen que personas y organizaciones puedan identificarse y realizar transacciones con garantías en distintos Estados. Su relación con el gobierno abierto es indirecta pero esencial: un derecho de acceso o un trámite participativo puede requerir acreditar identidad, mientras que otros mecanismos deben admitir participación sin identificación excesiva. La tecnología debe aplicar el nivel de garantía adecuado al riesgo.
La Ley de la Europa Interoperable, Reglamento (UE) 2024/903, refuerza la cooperación para que servicios públicos transeuropeos puedan intercambiar información. La interoperabilidad no es solo compatibilidad técnica; incluye acuerdos organizativos, modelos semánticos, gobernanza y reutilización de soluciones. Este enfoque coincide con el Esquema Nacional de Interoperabilidad español y con la necesidad sanitaria de compartir información sin perder significado.
Para el SAS, el marco europeo condiciona la evolución de servicios de identidad, intercambio transfronterizo, infraestructuras de datos, contratación y evaluación. Sin embargo, la implantación concreta depende de competencias, normativa sectorial y capacidades organizativas. Una arquitectura técnicamente preparada no autoriza cualquier intercambio: siempre deben determinarse finalidad, base jurídica, sujetos habilitados y garantías.
5. UNIÓN EUROPEA: DATOS ABIERTOS, ESPACIOS DE DATOS Y ESPACIO EUROPEO DE DATOS DE SALUD
5.1. Directiva de datos abiertos y conjuntos de alto valor
La Directiva (UE) 2019/1024 sobre datos abiertos y reutilización de la información del sector público actualizó el régimen europeo de reutilización. Promueve formatos abiertos y legibles por máquina, disponibilidad mediante interfaces de programación y reducción de barreras económicas o contractuales. Su objetivo no es obligar a publicar cualquier información, sino facilitar la reutilización de aquella que sea accesible conforme al régimen aplicable. El derecho de acceso y la reutilización son capas distintas: primero se determina si la información puede ser accesible; después, bajo qué condiciones puede reutilizarse.
El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/138 identifica conjuntos de datos de alto valor en seis categorías: geoespaciales; observación de la Tierra y medio ambiente; meteorología; estadística; sociedades y propiedad de sociedades; y movilidad. Deben ofrecerse con requisitos reforzados, como formatos legibles por máquina, APIs y descarga masiva cuando proceda. El criterio es el potencial de generar beneficios sociales, ambientales y económicos y servicios innovadores.
5.2. Espacios europeos de datos
La estrategia europea de datos promueve espacios comunes sectoriales en los que organizaciones públicas y privadas compartan datos bajo reglas de gobernanza, confianza e interoperabilidad. Un espacio de datos no es simplemente un repositorio central. Puede ser una arquitectura federada donde los participantes conservan control y aplican políticas comunes de identidad, catálogo, acceso, semántica, calidad y trazabilidad. Su valor depende de la posibilidad de localizar y combinar datos de distintas fuentes manteniendo derechos y responsabilidades.
El Reglamento (UE) 2022/868, conocido como Reglamento de Gobernanza de Datos, establece mecanismos para impulsar la reutilización de determinadas categorías de datos protegidos del sector público, los servicios de intermediación y el altruismo de datos. El Reglamento (UE) 2023/2854, Ley de Datos, aborda acceso y uso de datos generados por productos y servicios conectados y establece reglas de portabilidad y disponibilidad. Estos instrumentos no convierten automáticamente datos personales o confidenciales en datos abiertos. Crean vías reguladas para compartirlos con condiciones y salvaguardas.
5.3. Espacio Europeo de Datos de Salud
El Reglamento (UE) 2025/327 establece el Espacio Europeo de Datos de Salud. Su arquitectura distingue dos grandes finalidades. El uso primario se refiere al tratamiento de datos para prestar asistencia a la persona: acceso del paciente y de profesionales autorizados, continuidad e intercambio de categorías prioritarias de información clínica. El uso secundario comprende finalidades como investigación, innovación, elaboración de políticas, estadísticas o regulación, sujetas a permisos, entornos seguros y prohibiciones específicas.
Esta distinción es fundamental para el tema. Un conjunto utilizado por un profesional para atender a un paciente no es un dato abierto. Tampoco el uso secundario equivale a publicación libre en Internet. Puede existir acceso controlado a datos seudonimizados en un entorno seguro, con proyecto autorizado, minimización y prohibición de reidentificación. El modelo europeo pretende obtener valor social de los datos sanitarios sin sacrificar derechos ni confidencialidad.
| Modalidad | Finalidad | Acceso | Ejemplo |
|---|---|---|---|
| Uso primario | Atención sanitaria | Paciente y profesionales autorizados | Consulta de informe clínico |
| Uso secundario controlado | Investigación, planificación o regulación | Permiso y entorno seguro | Estudio de resultados en salud |
| Dato abierto | Reutilización general | Público, sin identificación | Indicadores agregados por área |
5.4. Implicaciones para el SAS
La preparación para espacios de datos exige inventarios, modelos semánticos, calidad, identificadores, metadatos, interoperabilidad y trazabilidad. También requiere separar claramente los canales de publicación abierta de los mecanismos de acceso controlado. Un mismo dominio puede producir resultados diferentes: datos clínicos individuales para uso asistencial; cohortes seudonimizadas en un entorno seguro; estadísticas anonimizadas para publicación; y metadatos públicos que describan recursos no accesibles libremente.
El personal TIC debe participar en la clasificación, la evaluación de riesgos de reidentificación, la definición de controles, el registro de usos y la interoperabilidad. La gobernanza de datos es un proceso continuo: cambia cuando aparecen nuevas fuentes, técnicas de enlace, finalidades o amenazas. Un conjunto que parecía anónimo puede dejar de serlo si se combina con datos externos; por eso la revisión periódica es parte de la seguridad.
6. INICIATIVAS NACIONALES: ESPAÑA DIGITAL 2026 Y ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
6.1. España Digital 2026
España Digital 2026 es la hoja de ruta nacional que ordena actuaciones para la transformación digital. Su evolución desde la agenda inicialmente presentada con horizonte 2025 muestra una característica habitual de la planificación tecnológica: los programas se actualizan para incorporar nuevas prioridades, financiación y cambios regulatorios. El temario debe referirse a la denominación vigente y evitar presentar como actual una versión ya sustituida.
La agenda integra conectividad, capacidades digitales, ciberseguridad, digitalización de las Administraciones y de sectores productivos, economía del dato, inteligencia artificial y derechos digitales. Su valor para el estudio no reside en memorizar todas las medidas, sino en comprender cómo conecta objetivos europeos con políticas nacionales y proyectos de las comunidades autónomas. La digitalización del sector público actúa como motor por su capacidad de compra, normalización e implantación a gran escala.
Un proyecto del SAS puede contribuir a varias líneas a la vez. Un servicio de teleasistencia necesita conectividad y capacidades; una plataforma de datos requiere interoperabilidad, seguridad y gobierno; una aplicación ciudadana exige identidad, accesibilidad y derechos digitales. La gestión debe evitar que cada línea se convierta en un silo financiero o tecnológico. Las dependencias deben reflejarse en arquitectura, cartera y planificación.
6.2. Leyes 39/2015 y 40/2015
La Ley 39/2015 configura derechos y obligaciones en las relaciones electrónicas con las Administraciones y regula aspectos como registros, notificaciones, expedientes y documentos electrónicos. La Ley 40/2015 incorpora reglas sobre funcionamiento electrónico del sector público, relaciones interadministrativas e intercambio de datos. Ambas consolidaron la administración electrónica como forma ordinaria de actuación, aunque la aplicación debe respetar asistencia, proporcionalidad y accesibilidad.
El Real Decreto 203/2021 desarrolla la actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. Para el personal TIC, su importancia radica en convertir conceptos jurídicos en componentes: sedes, puntos de acceso, registros, sistemas de identificación y firma, notificaciones, expediente, archivo y asistencia. El diseño debe identificar qué actuaciones requieren autenticación, qué evidencias deben conservarse y cómo se garantiza la disponibilidad.
6.3. Interoperabilidad y seguridad
El Esquema Nacional de Interoperabilidad, aprobado por el Real Decreto 4/2010, establece principios y requisitos para que sistemas y datos puedan colaborar. Sus dimensiones organizativa, semántica y técnica deben tratarse conjuntamente. La interoperabilidad organizativa define responsables y acuerdos; la semántica asegura que los datos mantengan significado; la técnica determina estándares, formatos y mecanismos de conexión. La conservación en el tiempo añade la necesidad de preservar autenticidad, integridad y legibilidad.
El Esquema Nacional de Seguridad, actualmente articulado por el Real Decreto 311/2022, establece principios y requisitos de seguridad para el sector público. Transparencia y seguridad no son términos opuestos. La seguridad hace posible publicar información confiable y mantener servicios disponibles; la transparencia obliga a explicar políticas, resultados y responsabilidades sin revelar detalles que faciliten ataques. La clasificación y el análisis de riesgos permiten decidir qué debe publicarse, agregarse, retrasarse o protegerse.
6.4. Diseño centrado en la persona
La administración digital moderna debe evolucionar desde el procedimiento aislado hacia servicios asociados a situaciones vitales. Esto exige simplificación, intercambio de datos autorizado y principio de «solo una vez», evitando pedir a la persona información que ya obra en poder de la Administración cuando legal y técnicamente pueda consultarse. No obstante, la interoperabilidad no elimina la necesidad de informar, limitar finalidades y controlar accesos.
7. GOBIERNO ABIERTO EN ESPAÑA: V PLAN 2025-2029 Y RENDICIÓN DE CUENTAS
7.1. Concepto y evolución
El gobierno abierto es un modelo de relación entre instituciones y sociedad basado en transparencia, rendición de cuentas, participación y colaboración. Su propósito no es solo publicar información, sino mejorar la calidad democrática y la eficacia de las políticas mediante apertura, escucha y control. Supone pasar de una Administración que comunica decisiones terminadas a otra que comparte información comprensible, explica criterios, incorpora aportaciones y evalúa resultados.
España participa en la Alianza para el Gobierno Abierto y articula compromisos periódicos mediante planes. El V Plan de Gobierno Abierto 2025-2029, aprobado en octubre de 2025, sucede a los planes anteriores y mantiene una lógica de compromisos, responsables, hitos e indicadores. La vigencia temporal es una pregunta frecuente: no debe confundirse con el IV Plan ni presentarse el horizonte 2024 como actual.
Los planes de gobierno abierto no reemplazan las leyes de transparencia o participación. Operan como instrumentos programáticos que identifican mejoras: integridad, participación, acceso a información, datos, capacitación, evaluación y cooperación. Su fuerza está en hacer verificables los compromisos y permitir seguimiento público. El riesgo es convertirlos en catálogos de actividades sin impacto; por eso es esencial definir resultados y no limitarse a contar reuniones o publicaciones.
7.2. Pilares operativos
| Pilar | Pregunta de control | Mecanismos | Indicadores útiles |
|---|---|---|---|
| Transparencia | ¿Puede la ciudadanía conocer y comprender? | Publicidad activa, acceso, datos abiertos | Actualización, completitud, accesibilidad |
| Rendición de cuentas | ¿Quién responde por decisiones y resultados? | Evaluación, auditoría, trazabilidad, quejas | Cumplimiento, correcciones, tiempos |
| Participación | ¿Cómo influye la ciudadanía? | Consultas, deliberación, órganos estables | Diversidad, respuesta, impacto |
| Colaboración | ¿Cómo se coproduce valor público? | Laboratorios, alianzas, reutilización | Soluciones, adopción, valor generado |
La rendición de cuentas conecta los demás pilares. Publicar un plan sin resultados no permite evaluar; consultar sin explicar qué aportaciones se aceptaron genera frustración; abrir datos sin calidad puede producir interpretaciones erróneas. Un ciclo completo exige objetivos, información de partida, participación, decisión motivada, ejecución, indicadores y evaluación pública.
7.3. Calidad de la participación
No toda interacción es participación efectiva. Informar es el nivel básico; consultar recoge opiniones; deliberar permite contrastar argumentos; colaborar implica diseñar o ejecutar conjuntamente; y la codecisión atribuye capacidad decisoria dentro del marco legal. Cada política debe indicar con honestidad el nivel ofrecido. Presentar como vinculante una consulta que jurídicamente no lo es crea expectativas falsas; ocultar que una propuesta modificó la decisión reduce el incentivo a participar.
La participación digital amplía alcance, pero puede sobrerrepresentar a grupos con mayor competencia y tiempo. Debe combinarse con métodos presenciales, mediación, lenguaje claro y acciones para colectivos infrarrepresentados. La identidad puede ser necesaria para evitar duplicidades o acreditar condición de interesado, pero no siempre. El diseño debe justificar el dato solicitado y proteger el derecho a participar sin exposición indebida.
7.4. Aplicación sanitaria
En sanidad, el gobierno abierto enfrenta una tensión productiva. Las decisiones deben basarse en evidencia científica, equidad y sostenibilidad, pero también incorporar experiencia de pacientes, familias y profesionales. Participar no significa sustituir el juicio clínico ni convertir cada decisión técnica en votación. Significa identificar necesidades, valorar impactos, mejorar comunicación, detectar barreras y legitimar prioridades dentro de las competencias establecidas.
La rendición de cuentas sanitaria requiere explicar indicadores con contexto. Una tasa aislada puede verse afectada por complejidad, población, criterios diagnósticos o calidad del registro. La transparencia responsable acompaña el dato de definiciones, metodología, periodo, cobertura, limitaciones y comparabilidad. El objetivo no es producir rankings simplistas, sino conocimiento útil para mejorar y controlar la gestión.
8. TRANSPARENCIA ESTATAL: PUBLICIDAD ACTIVA Y DERECHO DE ACCESO
8.1. Ley 19/2013
La Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, tiene un triple objeto: reforzar la transparencia mediante publicidad activa, regular y garantizar el derecho de acceso y establecer obligaciones de buen gobierno. La norma básica se aplica a un amplio conjunto de sujetos del sector público y extiende determinadas obligaciones a entidades privadas en los supuestos previstos.
La publicidad activa obliga a difundir de oficio categorías de información sin esperar una solicitud. Incluye información institucional, organizativa, normativa, de planificación, económica, presupuestaria, contractual y de relevancia jurídica. La publicación debe ser periódica, actualizada, clara, estructurada y accesible. No se cumple adecuadamente mediante una acumulación de documentos sin buscador, fecha o responsable. El principio técnico es que la información pueda localizarse, comprenderse y relacionarse.
El derecho de acceso permite solicitar información pública que obre en poder del sujeto obligado y haya sido elaborada o adquirida en el ejercicio de sus funciones. No requiere acreditar un interés específico con carácter general. La solicitud debe identificar la información pretendida y un medio de contacto; la motivación es potestativa. La Administración debe tramitar, aplicar límites de forma motivada y resolver dentro del plazo legal.
| Elemento | Publicidad activa | Derecho de acceso |
|---|---|---|
| Inicio | De oficio | A solicitud de una persona |
| Objeto | Categorías predeterminadas | Información pública concreta |
| Canal | Portal o sede accesible | Procedimiento de acceso |
| Resultado | Difusión general | Entrega, acceso parcial o denegación motivada |
| Control | Supervisión y evaluación | Reclamación y jurisdicción |
8.2. Límites, protección de datos y acceso parcial
El derecho de acceso no es absoluto. Puede limitarse para proteger intereses como seguridad, defensa, relaciones exteriores, prevención e investigación de ilícitos, intereses económicos, política económica, secreto profesional, propiedad intelectual, confidencialidad de decisiones y protección del medio ambiente, entre otros previstos legalmente. La aplicación debe ser justificada, proporcionada y referida al caso concreto. La mera invocación del nombre de un límite no basta.
La protección de datos exige ponderar el interés público en la divulgación y los derechos de las personas. Los datos de salud pertenecen a categorías especiales y requieren una cautela máxima. Sin embargo, la presencia de datos personales no obliga siempre a denegar todo el documento. Puede aplicarse disociación, ocultación de campos o acceso parcial cuando el resto conserve sentido. La técnica debe ser eficaz: eliminar un nombre no anonimiza necesariamente un caso si fecha, centro, edad y diagnóstico permiten identificar.
8.3. Gestión tecnológica del derecho
La tramitación requiere un sistema capaz de registrar solicitudes, distribuirlas a unidades competentes, controlar plazos, documentar búsquedas, gestionar audiencia de terceros, redactar resoluciones y conservar evidencias. Debe diferenciar solicitudes de transparencia, derechos de protección de datos, acceso del interesado a un procedimiento y peticiones de información general. Enviar cada caso al cauce incorrecto retrasa la respuesta y puede vulnerar derechos.
Una buena plataforma utiliza taxonomías, plantillas y alertas, pero no automatiza la decisión jurídica sin supervisión. La búsqueda debe abarcar fuentes relevantes y dejar constancia. Las resoluciones repetitivas pueden revelar información que debería incorporarse a publicidad activa, reduciendo futuras solicitudes. De esta forma, el derecho de acceso alimenta la mejora del portal.
8.4. Calidad y evaluación
Los indicadores no deben limitarse al número de solicitudes. Conviene medir tiempo de respuesta, porcentaje de estimación, causas de inadmisión, recursos, cumplimiento de resoluciones, accesibilidad del contenido, reutilización y satisfacción. También debe evaluarse la calidad de la motivación y la coherencia entre unidades. Una tasa baja de solicitudes no demuestra necesariamente transparencia: puede reflejar desconocimiento o dificultad de uso.
En el SAS, la complejidad organizativa exige coordinación entre servicios centrales, centros, unidades de transparencia, responsables de información, asesoría jurídica, delegados de protección de datos y TIC. El sistema debe localizar información distribuida sin crear copias incontroladas y facilitar la aplicación homogénea de criterios.
9. REUTILIZACIÓN Y DATOS ABIERTOS EN ESPAÑA: MARCO JURÍDICO Y TÉCNICO
9.1. Ley 37/2007 y desarrollo reglamentario
La Ley 37/2007 regula el régimen básico de reutilización de documentos del sector público y, tras sus modificaciones, incorpora la evolución europea hacia datos abiertos, datos de investigación y conjuntos de alto valor. La reutilización consiste en usar documentos o datos para fines comerciales o no comerciales distintos del propósito inicial para el que se produjeron en la actividad pública, con las exclusiones y condiciones previstas.
El Real Decreto 1495/2011 desarrolla la ley para el ámbito estatal y consolidó principios de puesta a disposición, condiciones y catálogos. La Norma Técnica de Interoperabilidad de Reutilización de recursos de la información establece criterios comunes sobre selección, identificación, descripción, formatos y condiciones. El resultado esperado es que los datos puedan descubrirse y usarse de forma predecible entre administraciones.
La reutilización puede estar sujeta a condiciones. Las licencias deben ser claras, objetivas, proporcionadas y no discriminatorias. Habitualmente se exige citar la fuente, no desnaturalizar el sentido y mantener la fecha de actualización. Una licencia abierta reduce incertidumbre jurídica. La ausencia de licencia no debe interpretarse automáticamente como autorización universal.
9.2. Principios técnicos
Un dato abierto de calidad debe ser accesible, reutilizable, legible por máquina, documentado, actualizado y ofrecido en formatos no discriminatorios. La publicación debe favorecer descarga completa y, cuando tenga sentido, consulta mediante API. La API facilita acceso selectivo y automatizado; la descarga masiva permite análisis reproducible y evita depender de miles de peticiones. Ambos mecanismos pueden coexistir.
| Formato | Ventaja | Limitación o uso |
|---|---|---|
| CSV | Simple y ampliamente soportado | Necesita esquema y tratamiento de tipos |
| JSON | Adecuado para APIs y estructuras | Debe documentarse la semántica |
| XML | Validación mediante esquemas | Más verboso |
| RDF | Datos enlazados y semántica explícita | Mayor complejidad de producción |
| GeoJSON | Intercambio geográfico web | Debe indicarse sistema de referencia |
| Buena presentación humana | Baja reutilización si no acompaña a datos estructurados |
El modelo de cinco estrellas de Tim Berners-Lee es una escala pedagógica: una estrella para publicación con licencia abierta; dos para datos estructurados; tres para formato abierto no propietario; cuatro para identificadores web que permitan referencia; y cinco para enlazar con otros datos. No es una escala de cumplimiento legal universal ni impone que todo conjunto alcance cinco estrellas. Sirve para valorar madurez y coste-beneficio.
9.3. Metadatos y DCAT-AP-ES
Los metadatos permiten descubrir, evaluar y usar un conjunto. Deben incluir título, descripción, responsable, temática, cobertura temporal y geográfica, frecuencia de actualización, licencia, formatos, distribución, fecha, idioma, identificadores, procedencia y calidad. Sin diccionario de datos, un campo denominado estado puede ser imposible de interpretar.
DCAT-AP-ES es el perfil español de aplicación del vocabulario europeo DCAT para describir catálogos y conjuntos. Facilita federación entre portales y el intercambio automático de metadatos. No define el contenido clínico de cada dato; define cómo describir el recurso, sus distribuciones y servicios de datos. Para semántica sanitaria se necesitan terminologías y modelos específicos adicionales.
9.4. Calidad, versionado y operación
La publicación es un servicio continuo. Deben definirse propietario del dato, responsable técnico, frecuencia, controles, incidencias, versionado y retirada. La fecha de actualización debe corresponder al contenido, no al simple reemplazo del archivo. Los cambios de esquema deben anunciarse y, cuando sea posible, mantener compatibilidad o versiones. Una API sin política de estabilidad puede perjudicar a reutilizadores y erosionar confianza.
Inventario → selección → clasificación jurídica → preparación
↓ ↓
metadatos y licencia ← validación de calidad y privacidad
↓
publicación (descarga / API) → monitorización → actualización
↑ ↓
└──────── comentarios y mejora ← reutilización
10. ANDALUCÍA: ESTRATEGIAS DE ADMINISTRACIÓN DIGITAL E INNOVACIÓN 2030
10.1. Marco vigente en 2026
En abril de 2026 el Consejo de Gobierno aprobó la Estrategia Andaluza de Administración Digital centrada en las personas 2030. Esta referencia sustituye a formulaciones anteriores que presentaban una «Estrategia Digital de Andalucía 2025» como marco actual. El horizonte 2030 conecta digitalización, innovación organizativa y atención territorial mediante una planificación coordinada.
El calificativo «centrada en las personas» tiene consecuencias técnicas. Los proyectos deben partir de necesidades, recorridos y barreras reales; diseñar servicios accesibles y usables; integrar canales; anticipar necesidades cuando exista base jurídica; y medir la experiencia. No basta con trasladar formularios. La estrategia contempla infraestructuras robustas, interoperables y seguras, adopción responsable de tecnologías emergentes y gestión del cambio.
La estrategia se organiza en ejes que abarcan herramientas centradas en las personas, mejora de la experiencia digital, una Administración digital para todas las personas, derechos digitales, innovación y gestión del cambio. Incluye líneas relacionadas con participación, datos abiertos, transparencia, interoperabilidad, protección de datos, ciberseguridad, administración basada en datos, inteligencia artificial y capacitación.
10.2. Estrategia para una Administración Pública Innovadora 2030
La transformación digital no puede separarse de la reforma organizativa. La Estrategia para una Administración Pública Innovadora 2030 busca simplificar relaciones, mejorar accesibilidad, promover nuevos enfoques de trabajo y evaluar políticas. Una aplicación nueva no resuelve por sí misma duplicidades competenciales, procedimientos mal definidos o falta de responsabilidad sobre el dato. La innovación pública combina tecnología, rediseño, aprendizaje y cooperación.
Para el SAS, esta relación es especialmente visible. Un proceso asistencial atraviesa niveles, centros y categorías profesionales. Una solución digital debe encajar en gobierno clínico, gestión económica, protección de datos, seguridad y soporte. La innovación sostenible necesita cartera, arquitectura, estándares y capacidad operativa; los pilotos sin estrategia de escalado pueden generar deuda y fragmentación.
10.3. Agencia Digital de Andalucía y gobernanza
La Agencia Digital de Andalucía desempeña un papel central en la política digital de la Junta, proporcionando capacidades comunes, coordinación y servicios. El modelo busca evitar duplicidades y favorecer infraestructuras y estándares compartidos, sin eliminar el conocimiento sectorial de ámbitos como la sanidad. La gobernanza eficaz distribuye decisiones: determinadas capacidades son corporativas; otras requieren dirección funcional sanitaria; y la operación se apoya en estructuras territoriales y centros.
La arquitectura de gobierno debe definir comités, propietarios, criterios de priorización, financiación, riesgos y evaluación. La transparencia de la cartera es una herramienta de rendición interna: permite conocer por qué se prioriza una iniciativa, qué dependencia tiene, qué resultados se esperan y quién responde. La participación de usuarios y profesionales debe incorporarse antes de decisiones irreversibles.
10.4. Principios de implantación
Un programa autonómico debe traducirse en un mapa de capacidades. Entre ellas figuran identidad y firma, interoperabilidad, datos, analítica, nube, puestos, redes, ciberseguridad, accesibilidad, soporte y gestión de proveedores. La reutilización de plataformas reduce costes, pero no debe imponer soluciones inadecuadas. El principio de «corporativo cuando aporta valor, sectorial cuando es necesario» requiere criterios explícitos.
La evaluación debe combinar indicadores de actividad y resultado. Número de trámites digitalizados o usuarios registrados son datos de actividad. Reducción del tiempo, abandono, errores, desplazamientos, desigualdad o carga profesional son resultados. La estrategia centrada en personas obliga a medir estos últimos y a publicar una rendición comprensible.
11. ANDALUCÍA: TRANSPARENCIA, PARTICIPACIÓN Y PORTAL DE DATOS ABIERTOS
11.1. Ley 1/2014 de Transparencia Pública de Andalucía
La Ley 1/2014 desarrolla en Andalucía la transparencia pública y complementa la legislación básica estatal. Reconoce la publicidad activa y el derecho de acceso, amplía obligaciones y configura mecanismos de garantía. Su texto ha sido modificado, por lo que debe consultarse siempre en versión consolidada. Es incorrecto afirmar que la ley andaluza fue anterior a la Ley estatal 19/2013: la norma estatal es de diciembre de 2013 y la andaluza de junio de 2014.
La publicidad activa autonómica abarca organización, responsables, planificación, evaluación, normativa, procedimientos, contratos, convenios, subvenciones, presupuestos, empleo y otros ámbitos. La información debe ofrecerse con calidad, claridad, actualización, accesibilidad y, cuando proceda, reutilización. El portal es un canal, pero la obligación corresponde a la organización y a cada unidad que produce información.
El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía ejerce funciones de control en su ámbito. La coexistencia de transparencia y protección de datos en una misma autoridad refleja la necesidad de ponderar ambos derechos de forma coherente. No debe interpretarse como subordinación automática de uno al otro.
11.2. Ley 7/2017 de Participación Ciudadana
La Ley 7/2017 regula el derecho de participación en los asuntos públicos de Andalucía y establece procesos e instrumentos. Parte de una premisa: sin acceso a información no puede formarse una opinión crítica ni participar de manera informada. Por ello, transparencia y participación constituyen fases conectadas.
Los mecanismos pueden incluir consultas, deliberación, elaboración participada de normas, presupuestos u otras formas previstas. Cada proceso debe respetar competencia, igualdad, accesibilidad, pluralismo y trazabilidad. Las herramientas digitales facilitan escala, pero no sustituyen el diseño metodológico. Deben prevenir campañas automatizadas, duplicidades y exclusión sin imponer una identificación desproporcionada.
11.3. Portal de Datos Abiertos de la Junta de Andalucía
El Portal de Datos Abiertos de Andalucía actúa como catálogo para localizar conjuntos publicados por distintos organismos y sectores, entre ellos sanidad. Debe diferenciarse el catálogo de la fuente: el portal describe y enlaza distribuciones, mientras que la responsabilidad sobre contenido y actualización corresponde al organismo productor. La federación de metadatos permite que el mismo conjunto sea descubierto desde catálogos nacionales o europeos.
El portal ofrece recursos en diversos formatos y puede incluir servicios API. La existencia de una ficha no garantiza por sí sola calidad. El reutilizador necesita conocer cobertura, fecha, periodicidad, variables, códigos, cambios y limitaciones. Los responsables deben revisar enlaces, distribución y licencia, y retirar o versionar recursos obsoletos de forma transparente.
11.4. De la estrategia al servicio
La apertura autonómica requiere un inventario de información. Muchas organizaciones conocen aplicaciones, pero no todos los conjuntos que producen. Un inventario de datos identifica sistema fuente, propietario, finalidad, categoría, calidad, sensibilidad, frecuencia y posibles usos. Permite priorizar conjuntos de alto valor social y reducir publicaciones aisladas.
La selección debe combinar demanda, utilidad, coste y riesgo. Un directorio de centros tiene alto valor y bajo riesgo; una tabla de episodios con variables detalladas puede tener enorme valor analítico, pero riesgo elevado. La respuesta no es necesariamente «abrir» o «cerrar»: puede publicarse una versión agregada y habilitar acceso controlado a mayor detalle para proyectos legitimados.
12. GOBIERNO ABIERTO EN SALUD: ESPECIFICIDAD, ÉTICA Y EVALUACIÓN
12.1. Apertura con contexto clínico y poblacional
La información sanitaria es compleja. Los indicadores dependen de definiciones, numeradores, denominadores, ajustes, cobertura y calidad del registro. Una tasa de reingreso, una demora o una mortalidad no pueden interpretarse sin contexto. El gobierno abierto en salud debe publicar metodología, límites y series, y facilitar que profesionales, pacientes, investigadores y periodistas comprendan lo que el indicador mide y lo que no.
La comparación puede impulsar mejora, pero también generar incentivos perversos si se utilizan indicadores simples para realidades heterogéneas. Los centros con mayor complejidad pueden parecer peores si no se ajusta el riesgo. La transparencia responsable no oculta resultados desfavorables; evita conclusiones inválidas y explica acciones de mejora. La rendición de cuentas debe vincular datos con objetivos, recursos, decisiones y resultados.
12.2. Participación de pacientes y ciudadanía
La experiencia del paciente aporta información que los registros clínicos no capturan: barreras de acceso, comprensión, coordinación, trato, carga de cuidados o impacto en la vida. Los instrumentos pueden incluir encuestas, grupos, órganos de participación, asociaciones, consultas y diseño colaborativo. La selección de participantes debe buscar diversidad y evitar que solo intervengan organizaciones con más recursos.
En proyectos TIC, la participación debe comenzar en descubrimiento y análisis. Mostrar una aplicación terminada para validar colores no equivale a codiseño. Los usuarios pueden ayudar a priorizar necesidades, revisar lenguaje, identificar situaciones excepcionales y probar accesibilidad. La Administración conserva responsabilidad sobre legalidad, seguridad y decisión, y debe explicar restricciones.
12.3. Transparencia y confianza
La confianza sanitaria se construye demostrando competencia, honestidad y protección. La transparencia sobre uso de datos debe explicar qué se recoge, para qué, quién accede, cuánto se conserva, qué decisiones se automatizan y cómo ejercer derechos. Una política extensa y jurídica puede cumplir formalmente, pero fracasar comunicativamente. Es recomendable ofrecer información por capas, con resúmenes y detalle.
Cuando se usa inteligencia artificial, la transparencia debe adaptarse al riesgo. Hay que documentar finalidad, datos, validación, rendimiento, supervisión humana, sesgos, cambios y mecanismos de reclamación. Publicar el código no siempre es suficiente ni posible; lo relevante es que la organización pueda auditar, explicar y responder por el sistema.
12.4. Evaluación y aprendizaje
Los procesos abiertos deben evaluarse. Para transparencia: cobertura, actualización, accesibilidad, comprensión y reutilización. Para participación: diversidad, deliberación, respuesta e impacto. Para datos abiertos: calidad, descargas, uso, incidencias y valor. Los indicadores cuantitativos necesitan evidencia cualitativa. Mil descargas pueden proceder de un robot; una sola reutilización puede mejorar una política relevante.
| Dimensión | Indicador débil | Indicador más significativo |
|---|---|---|
| Transparencia | Número de documentos | Porcentaje actualizado y comprensible |
| Participación | Número de asistentes | Diversidad e impacto en la decisión |
| Datos abiertos | Número de conjuntos | Calidad, estabilidad y reutilizaciones |
| Servicio digital | Altas de usuarios | Finalización, accesibilidad y equidad |
La mejora se apoya en ciclos iterativos. Las solicitudes de acceso revelan información demandada; las preguntas ciudadanas muestran conceptos confusos; los errores reportados por reutilizadores mejoran el dato; y la evaluación de participación permite corregir sesgos. El gobierno abierto es una capacidad organizativa permanente, no una campaña.
13. CASO SAS I: TRANSPARENCIA, INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
13.1. Ámbitos de información del SAS
El SAS, como organización pública sanitaria, está sujeto a obligaciones de transparencia en materias institucionales, organizativas, económicas, contractuales, de personal, planificación y actividad. La publicación puede realizarse mediante el Portal de Transparencia de la Junta, la web institucional, el Portal de Datos Abiertos u otros canales oficiales. No es necesario imaginar un «portal independiente del SAS» para cada categoría; lo relevante es que la información sea localizable, atribuida, actualizada y accesible.
Entre los ámbitos de interés figuran estructura y responsables, normativa, cartera y organización de servicios, contratos, convenios, subvenciones, presupuestos, empleo público, planes, evaluaciones e indicadores. En sanidad pueden publicarse estadísticas de actividad, recursos, salud pública o resultados en la medida en que sean compatibles con privacidad, secreto, seguridad y calidad. Cada publicación debe indicar unidad responsable y fecha.
13.2. Arquitectura de publicación
La información suele originarse en múltiples sistemas. Para evitar inconsistencias, el modelo debe identificar una fuente maestra y automatizar extracción cuando sea fiable. El flujo incluye selección, validación, transformación, anonimización, generación de metadatos, publicación y monitorización. La intervención manual puede ser necesaria, pero debe reducirse en procesos periódicos y quedar documentada.
Un error frecuente es publicar una copia estática y perder vínculo con el origen. Si cambia un código o se corrige un registro, la publicación puede quedar obsoleta. Un pipeline bien gobernado conserva fecha de corte, versión, reglas de transformación y evidencias de control. La trazabilidad permite reproducir el dato y responder a incidencias.
Sistema fuente │ ├── extracción controlada ├── validación estructural y semántica ├── agregación / anonimización ├── metadatos y licencia └── publicación + monitorización
13.3. ClicSalud+ y acceso personal
Los servicios que permiten a una persona autenticada consultar citas, informes o información clínica aumentan autonomía y transparencia en la relación asistencial, pero jurídicamente no son publicidad activa. El usuario accede a datos propios o a servicios personalizados, no a información difundida al público. Esta distinción determina autenticación, controles de acceso y finalidad.
13.4. Solicitudes de acceso en entorno sanitario
Las peticiones pueden referirse a contratos, protocolos, estadísticas, organización o decisiones. Debe determinarse el régimen aplicable. El acceso del paciente a su historia clínica se rige principalmente por normativa sanitaria y de protección de datos; una solicitud de información pública sobre actividad se tramita por transparencia; el acceso a un expediente por un interesado sigue la normativa procedimental. La plataforma de entrada debe orientar sin impedir derechos.
La respuesta puede requerir búsqueda en varios centros. El modelo organizativo debe definir unidad coordinadora y responsables locales. La agregación no debe ocultar diferencias relevantes; la desagregación no debe permitir identificar pacientes o profesionales cuando no proceda. El acceso parcial es una herramienta esencial.
13.5. Rendición de cuentas y comunicación
Los indicadores deben acompañarse de definiciones. Por ejemplo, «espera media» puede variar según inclusión, suspensión, prioridad y periodo. El dato debe explicar unidad, población, fecha, fuente y metodología. La comunicación debe separar resultado observado de interpretación y evitar lenguaje defensivo. Publicar acciones de mejora permite cerrar el ciclo.
La transparencia interna también importa. Los profesionales necesitan conocer criterios, cartera, prioridades y resultados. Un sistema que solo publica hacia fuera, pero no ofrece información consistente dentro, genera contradicciones. Las mismas fuentes gobernadas pueden alimentar cuadros internos y publicaciones externas con niveles de detalle distintos.
14. CASO SAS II: PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y COCREACIÓN DE SERVICIOS
14.1. Base institucional
La Ley de Salud de Andalucía incorpora participación en el sistema sanitario y contempla órganos como el Consejo Andaluz de Salud. La participación se desarrolla también mediante órganos y comisiones en ámbitos territoriales y centros, asociaciones, consultas, encuestas y proyectos específicos. La denominación y composición concreta puede variar conforme a la normativa y organización vigente; el estudio debe evitar generalizaciones no comprobadas.
La participación sanitaria tiene dimensiones individual y colectiva. La individual incluye información, decisiones sobre la propia asistencia, elección y reclamación. La colectiva se refiere a políticas, organización, planes, evaluación y diseño de servicios. Un portal de citas mejora la relación individual, pero no sustituye un proceso colectivo de participación sobre prioridades.
14.2. Diseño de procesos participativos
El primer paso es definir la decisión abierta a participación. Debe explicarse qué puede cambiar, qué restricciones existen y quién decide. Después se identifican grupos afectados, métodos y calendario. La información de base debe ser comprensible y equilibrada. Las aportaciones se registran y analizan mediante criterios públicos. Finalmente, se devuelve una respuesta y se publica el resultado.
- Definir el objeto: problema, alcance y límites.
- Mapear actores: pacientes, familias, profesionales, asociaciones y ciudadanía.
- Elegir métodos: encuesta, entrevista, grupo, consulta, taller o deliberación.
- Facilitar información: evidencia, alternativas, costes y restricciones.
- Analizar aportaciones: criterios, trazabilidad y protección de datos.
- Responder: decisiones, motivos y cambios introducidos.
- Evaluar: diversidad, calidad e impacto.
14.3. Plataformas digitales
Una plataforma puede publicar propuestas, admitir comentarios, realizar consultas, gestionar eventos y mostrar resultados. Debe ser accesible, segura y resistente a abuso. La moderación necesita reglas claras. Los mecanismos de autenticación deben ajustarse al proceso: una consulta abierta puede no requerir identidad; una votación con efectos específicos puede requerir control de elegibilidad. La seudonimización pública puede evitar exposición, aunque el sistema mantenga trazabilidad interna cuando sea necesaria.
Los datos de participación también tienen valor analítico, pero pueden revelar opiniones, salud o afiliación. La finalidad original no autoriza cualquier reutilización. Deben definirse conservación, acceso y publicación. Los informes deben agregar respuestas y evitar citas que identifiquen sin consentimiento.
14.4. Cocreación de servicios digitales
La cocreación integra usuarios en el diseño. En un servicio sanitario, puede aplicarse a navegación, cita, información previa, seguimiento o comunicación. Las pruebas con usuarios deben incluir diversidad funcional, edad, idioma, competencia digital y contextos de estrés. El entorno sanitario exige considerar que la persona puede interactuar en situación de enfermedad o preocupación, lo que aumenta la necesidad de claridad.
14.5. Riesgos y salvaguardas
Entre los riesgos figuran captura por grupos organizados, baja representatividad, fatiga participativa, manipulación, discurso dañino, brecha digital y ausencia de retorno. Las salvaguardas combinan métodos, muestreo, facilitación, moderación, transparencia sobre participación y evaluación independiente cuando proceda.
La participación no elimina la responsabilidad pública. La Administración debe ponderar evidencia, legalidad, equidad y recursos. Una propuesta popular puede perjudicar a una minoría o ser inviable. La respuesta correcta es explicar la decisión y, cuando sea posible, ofrecer alternativas. La motivación convierte la participación en aprendizaje y confianza.
15. CASO SAS III: DATOS ABIERTOS, PRIVACIDAD Y CICLO DE PUBLICACIÓN
15.1. Tipología de datos publicables
El SAS produce datos administrativos, asistenciales, económicos, geográficos, de recursos humanos y de actividad. El potencial de apertura varía. Los directorios de centros, ofertas de empleo, catálogos, localizaciones o estadísticas agregadas suelen admitir publicación con riesgos controlables. Los registros clínicos individuales, incluso sin nombre, requieren análisis riguroso y normalmente no son adecuados para apertura general.
El Portal de Datos Abiertos de Andalucía contiene conjuntos del ámbito sanitario y puede incorporar recursos del SAS. Un ejemplo de bajo riesgo y utilidad pública son las ofertas de empleo público; otros conjuntos pueden referirse a centros, prestaciones, recursos o estadísticas. El número total de conjuntos cambia y no debe memorizarse como una cifra permanente. Lo examinable es el modelo de publicación y sus garantías.
15.2. Anonimización y seudonimización
La anonimización pretende que una persona no sea identificable por medios razonablemente probables, teniendo en cuenta datos disponibles y técnicas de enlace. Si es efectiva e irreversible en términos prácticos, el resultado deja de ser dato personal. La seudonimización sustituye identificadores por códigos, pero permite reidentificar con información adicional; por ello, los datos siguen siendo personales y sujetos al RGPD.
Eliminar nombre y DNI es insuficiente. Combinaciones de edad, sexo, municipio, fechas, diagnóstico raro o centro pueden singularizar. Las técnicas incluyen agregación, generalización, supresión, perturbación y privacidad diferencial. Cada técnica afecta a utilidad y riesgo. El análisis debe contemplar ataques de enlace, conocimiento auxiliar y evolución de fuentes externas.
| Técnica | Efecto | Riesgo o coste |
|---|---|---|
| Supresión | Elimina variables o registros | Pérdida de información |
| Generalización | Agrupa edades, fechas o zonas | Menor precisión |
| Agregación | Publica totales o tasas | Oculta heterogeneidad |
| Perturbación | Añade variación controlada | Necesita explicar metodología |
| Privacidad diferencial | Limita información sobre individuos | Gestión de presupuesto de privacidad |
15.3. Proceso de publicación
El proceso comienza con una propuesta e identificación de responsable. Se evalúa valor, demanda y encaje estratégico. Después se clasifica la información y se analizan derechos, secretos, propiedad intelectual, seguridad y protección de datos. Se selecciona granularidad y técnica de protección. El conjunto se transforma, valida y documenta. Antes de publicar se revisan licencia, metadatos, accesibilidad y calidad. Tras la publicación se monitorizan uso, incidencias y riesgo.
La evaluación de impacto relativa a protección de datos puede ser necesaria cuando el tratamiento previo a publicación implique alto riesgo, aunque el producto final se pretenda anonimizar. También deben definirse controles para el entorno de preparación: el equipo de publicación puede manejar datos identificables y necesita acceso restringido, registro y eliminación segura de temporales.
15.4. APIs, estabilidad y seguridad
Una API pública debe aplicar límites razonables, versionado, documentación, monitorización y gestión de errores. La seguridad no se limita a autenticación: incluso una API abierta necesita protección frente a denegación de servicio, inyección, extracción abusiva y exposición accidental de campos. Debe existir un inventario de endpoints y una revisión antes de cada cambio.
Los parámetros de consulta pueden crear riesgos. Una API que permite filtrar por diagnóstico raro y municipio pequeño puede devolver recuentos muy bajos. Se deben imponer umbrales, agregación o supresión. Los controles deben aplicarse en servidor; ocultar opciones en la interfaz no evita llamadas directas.
15.5. Calidad y reutilización
La calidad incluye exactitud, completitud, consistencia, actualidad, unicidad y validez. Deben publicarse reglas y advertencias. Los reutilizadores necesitan un canal de contacto y un historial de cambios. La Administración no garantiza que todo uso externo sea correcto, pero sí debe evitar errores conocidos y corregirlos con transparencia.
Los casos de uso pueden abarcar planificación territorial, investigación, periodismo, aplicaciones de localización, análisis de empleo o evaluación. El valor generado debe documentarse para priorizar mantenimiento. Un conjunto abierto que nadie usa puede seguir siendo obligatorio o relevante; pero la evaluación ayuda a mejorar formato y difusión.
16. ARQUITECTURA, GOBIERNO DEL DATO Y RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL TFA-STI
16.1. Gobierno del dato
El gobierno del dato distribuye autoridad y responsabilidad sobre definición, calidad, acceso, protección, ciclo de vida y uso. No es una herramienta concreta. Incluye órganos, roles, políticas, catálogos, estándares, procesos y métricas. En una organización federada como el SAS, debe equilibrar coherencia corporativa y conocimiento local.
Los roles habituales incluyen propietario del dato, responsable funcional, custodio técnico, administrador, responsable de seguridad, delegado de protección de datos y consumidor. El propietario decide significado y usos autorizados dentro de su competencia; TIC garantiza plataformas y controles; seguridad y privacidad supervisan riesgos; los consumidores deben respetar condiciones y comunicar errores. La responsabilidad no desaparece al externalizar un servicio.
16.2. Arquitectura de información
La arquitectura debe separar fuentes operacionales, integración, zonas analíticas y canales de publicación. Publicar directamente desde una base transaccional aumenta riesgo y carga. Una capa de preparación permite validar, agregar y versionar. Los metadatos deben viajar con los datos, y las transformaciones deben ser reproducibles.
FUENTES OPERACIONALES
├── asistenciales
├── económicas y contratación
├── recursos humanos
└── directorios y catálogos
│
▼
INTEGRACIÓN Y GOBIERNO
├── calidad y semántica
├── identidad y trazabilidad
├── clasificación y privacidad
└── catálogo y linaje
│
├── uso interno autorizado
├── acceso secundario controlado
└── transparencia / datos abiertos
El linaje registra origen, transformaciones y destino. Es esencial para corregir errores, explicar indicadores y atender derechos. El catálogo técnico debe conectarse con el catálogo público, pero no exponer detalles sensibles. La automatización de metadatos reduce esfuerzo, aunque siempre necesita revisión funcional.
16.3. Requisitos no funcionales
Los sistemas de transparencia y participación deben cumplir disponibilidad, rendimiento, accesibilidad, seguridad, auditabilidad, interoperabilidad y mantenibilidad. Un portal puede ser crítico en momentos de crisis o convocatoria. Deben definirse niveles de servicio, copias, recuperación, monitorización y capacidad. La seguridad incluye protección del gestor de contenidos y de la cadena de publicación.
La privacidad desde el diseño se traduce en minimización de formularios, separación de identidades, control de accesos, cifrado, registro, retención y pruebas con datos sintéticos. La accesibilidad se verifica con herramientas y pruebas humanas. La interoperabilidad requiere formatos, APIs y semántica. La mantenibilidad exige documentación, pruebas y gestión de cambios.
16.4. Gestión de riesgos
Los riesgos incluyen publicación accidental, datos desactualizados, interpretación errónea, indisponibilidad, manipulación, reidentificación y dependencia de proveedores. Cada riesgo necesita propietario, controles e indicadores. La revisión previa no elimina la monitorización: una combinación de datos externos puede cambiar el riesgo tras publicar.
Los incidentes deben tener procedimiento: retirar temporalmente, preservar evidencias, evaluar alcance, notificar cuando proceda, corregir y comunicar. Ocultar silenciosamente un conjunto puede perjudicar a reutilizadores; la transparencia del incidente debe equilibrarse con seguridad y protección.
16.5. Función del TFA-STI
El TFA-STI actúa como puente entre estrategia, norma y tecnología. Puede participar en análisis, arquitectura, contratación, modelos de datos, requisitos, calidad, seguridad, explotación, soporte y evaluación. Debe formular preguntas: ¿qué derecho o resultado se persigue?, ¿quién es responsable?, ¿qué datos son necesarios?, ¿qué riesgos existen?, ¿cómo se medirá?, ¿qué ocurre cuando cambie la norma o el esquema?
Su aportación no consiste en decidir aisladamente qué información es pública, sino en hacer técnicamente viable y verificable la decisión competente. Debe detectar afirmaciones no respaldadas, versiones obsoletas y métricas engañosas. En un tema sujeto a cambios estratégicos, la disciplina de fuentes es parte del conocimiento profesional.
17. SÍNTESIS Y MAPA CONCEPTUAL
La transformación digital pública debe orientarse a valor, derechos y confianza. La Unión Europea proporciona objetivos, regulación y espacios de datos; España articula agendas, administración electrónica, transparencia y reutilización; Andalucía desarrolla estrategias 2030, su ley de transparencia, la ley de participación y el catálogo de datos; y el SAS aplica estos marcos a un entorno donde la información es crítica y especialmente sensible.
El gobierno abierto integra transparencia, rendición, participación y colaboración. La transparencia se expresa mediante publicidad activa y derecho de acceso. Los datos abiertos añaden condiciones técnicas y jurídicas para reutilización. La participación exige margen real, inclusión, devolución y evaluación. En salud, la apertura debe acompañarse de contexto, protección y gobernanza.
IMPULSO DIGITAL
├── Unión Europea
│ ├── Década Digital 2030
│ ├── datos abiertos y conjuntos de alto valor
│ ├── interoperabilidad europea
│ └── Espacio Europeo de Datos de Salud
├── España
│ ├── España Digital 2026
│ ├── Leyes 39/2015 y 40/2015
│ ├── ENI y ENS
│ └── V Plan de Gobierno Abierto 2025-2029
└── Andalucía
├── Administración Digital centrada en las personas 2030
├── Administración Pública Innovadora 2030
├── Ley 1/2014 de Transparencia
├── Ley 7/2017 de Participación
└── Portal de Datos Abiertos
GOBIERNO ABIERTO
├── transparencia
│ ├── publicidad activa
│ └── derecho de acceso
├── rendición de cuentas
├── participación y colaboración
└── datos abiertos y reutilización
CASO SAS
├── información pública y rendición
├── acceso personal autenticado ≠ publicidad activa
├── participación de pacientes y ciudadanía
├── datos abiertos agregados y documentados
├── acceso secundario controlado ≠ dato abierto
└── privacidad, seguridad, calidad y trazabilidad
18. REFERENCIAS NORMATIVAS Y BIBLIOGRÁFICAS
- Decisión (UE) 2022/2481 — Programa Estratégico de la Década Digital para 2030.
- Directiva (UE) 2019/1024 — datos abiertos y reutilización de la información del sector público.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2023/138 — conjuntos de datos de alto valor y condiciones de publicación y reutilización.
- Reglamento (UE) 2022/868 — gobernanza europea de datos.
- Reglamento (UE) 2023/2854 — normas armonizadas para un acceso justo a los datos y su utilización.
- Reglamento (UE) 2024/903 — medidas para un alto nivel de interoperabilidad del sector público en la Unión.
- Reglamento (UE) 2025/327 — Espacio Europeo de Datos de Salud.
- Reglamento (UE) 2016/679 — Reglamento General de Protección de Datos.
- España Digital 2026 — hoja de ruta estatal de transformación digital.
- V Plan de Gobierno Abierto de España 2025-2029 — compromisos de apertura, participación, integridad y rendición.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre — transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley 37/2007, de 16 de noviembre — reutilización de la información del sector público.
- Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre — desarrollo de la Ley 37/2007 para el sector público estatal.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre — procedimiento administrativo común.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre — régimen jurídico del sector público.
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo — actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
- Real Decreto 4/2010, de 8 de enero — Esquema Nacional de Interoperabilidad.
- Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo — Esquema Nacional de Seguridad.
- Norma Técnica de Interoperabilidad de Reutilización de recursos de la información — criterios comunes para publicación y descripción.
- DCAT-AP-ES — perfil español para intercambio de metadatos de catálogos y conjuntos de datos.
- Ley 1/2014, de 24 de junio — Transparencia Pública de Andalucía, texto consolidado.
- Ley 7/2017, de 27 de diciembre — Participación Ciudadana de Andalucía.
- Ley 2/1998, de 15 de junio — Salud de Andalucía.
- Acuerdo de 8 de abril de 2026 — Estrategia Andaluza de Administración Digital centrada en las personas 2030.
- Acuerdo de 8 de abril de 2026 — Estrategia para una Administración Pública Innovadora 2030.
- Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía — publicidad activa y acceso a información pública.
- Portal de Datos Abiertos de la Junta de Andalucía — catálogo autonómico y conjuntos del ámbito sanitario.
- Servicio Andaluz de Salud — canales institucionales de información, participación y servicios digitales.
- Exámenes oficiales TFA-STI SAS 2019, 2021 y 2025 — referencias para perlas y enfoque de preguntas.
gobierno abierto
transparencia
participación ciudadana
datos abiertos
reutilización
DCAT-AP-ES
anonimización
Espacio Europeo de Datos de Salud
SAS