📜 TEMA 11
La Constitución Española de 1978 (II)
La Corona · Las Cortes Generales · El Gobierno y la Administración
Las relaciones Gobierno-Cortes · El Poder Judicial · El Tribunal Constitucional
La Reforma Constitucional
🎯 Bienvenido/a a uno de los temas CLAVE de tu oposición
Mira, voy a ser directo contigo: este tema es uno de los pilares fundamentales del bloque jurídico-constitucional. No es casualidad que en los exámenes del SAS 2025 hayan aparecido preguntas específicas sobre el artículo 56 CE (funciones del Rey), el artículo 167 CE (reforma constitucional) y el Consejo de Estado.
¿Por qué es tan importante para ti, futuro/a TFA del SAS?
- 🏛️ Fundamento institucional: Todo acto administrativo que tramites tiene su base en esta arquitectura constitucional
- 📋 Altamente preguntado: En las últimas convocatorias siempre aparecen 2-4 preguntas directas sobre estos artículos
- ⚖️ Conexión con otros temas: El Poder Judicial revisa nuestros actos administrativos, el TC puede declarar inconstitucional normativa sanitaria…
- 🎯 Preguntas concretas: Los tribunales preguntan artículos específicos, mayorías, plazos y funciones
¿Qué vamos a conseguir hoy?
- ✅ Dominar los Títulos II al X de la Constitución Española
- ✅ Memorizar las mayorías y plazos clave (pregunta fija de examen)
- ✅ Entender las funciones de cada órgano constitucional
- ✅ Practicar con preguntas reales de los exámenes SAS 2025
Vamos a por ello. Cada concepto que aprendas hoy es una pregunta resuelta mañana en el examen. ¡Empezamos!
📑 1. LA CORONA (Título II CE, arts. 56-65)
1.1. Configuración constitucional de la Jefatura del Estado
España es una monarquía parlamentaria (art. 1.3 CE), lo que significa que el Rey es el Jefe del Estado, pero no ejerce funciones ejecutivas ni legislativas propias. Es una monarquía donde el poder real reside en el Parlamento y el Gobierno.
Art. 56 CE Definición constitucional del Rey
- «El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.»
- «Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.»
- «La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados…»
Según el artículo 56 de la Constitución Española, referido a la Jefatura del Estado, señale la respuesta INCORRECTA:
🔑 Características esenciales de la Corona
- Inviolabilidad: El Rey no puede ser juzgado ni responsabilizado por sus actos
- Irresponsabilidad: No está sujeto a responsabilidad (quien refrenda asume la responsabilidad)
- Refrendo obligatorio: Todos sus actos necesitan la firma de quien asume la responsabilidad (Presidente del Gobierno, Ministros, Presidente del Congreso)
- Funciones tasadas: Solo puede ejercer las funciones expresamente previstas en la CE y las leyes
1.2. Funciones del Rey (art. 62 CE)
Las funciones del Rey son formales y simbólicas, no implican poder de decisión real. Todas requieren refrendo.
| Función | Descripción | Quién refrenda |
|---|---|---|
| Sancionar y promulgar leyes | Formaliza la entrada en vigor de las leyes aprobadas por las Cortes | Presidente del Gobierno |
| Convocar y disolver las Cortes | Convoca elecciones y disuelve las Cámaras | Presidente del Gobierno |
| Convocar elecciones | En los términos previstos en la Constitución | Presidente del Gobierno |
| Convocar referéndum | En los casos previstos en la Constitución | Presidente del Gobierno |
| Proponer candidato a Presidente | Tras consultas con los grupos políticos | Presidente del Congreso |
| Nombrar y separar miembros del Gobierno | A propuesta del Presidente del Gobierno | Presidente del Gobierno |
| Expedir decretos | Acordados en Consejo de Ministros | Ministro competente |
| Mando supremo de las FAS | Mando formal, no efectivo | Ministro de Defensa |
| Derecho de gracia | Conceder indultos (no amnistías generales) | Ministro de Justicia |
| Alto Patronazgo de las Reales Academias | Función honorífica | – |
⚠️ PERLA DE EXAMEN: El Refrendo
El refrendo es la firma que acompaña a los actos del Rey. Quien refrenda asume la responsabilidad del acto. Sin refrendo, el acto del Rey carece de validez (art. 56.3 CE).
Excepciones (actos que no necesitan refrendo):
- Distribución de la cantidad global de los Presupuestos para la Casa Real (art. 65.1 CE)
- Nombramiento y relevo de los miembros civiles y militares de la Casa Real (art. 65.2 CE)
1.3. La Sucesión en la Corona (art. 57 CE)
La Corona es hereditaria en los sucesores de S.M. Don Juan Carlos I de Borbón. El orden de sucesión sigue estos criterios:
📝 Regla mnemotécnica: «PRIMERO VARONES, MAYOR ANTES»
Primogenitura · Representación · Masculinidad · Grado más próximo
- Primogenitura: El primero en nacer tiene preferencia
- Representación: Los descendientes de quien habría heredado ocupan su lugar
- Preferencia del varón: En el mismo grado, el hombre precede a la mujer
- Grado más próximo: La línea más cercana prevalece sobre la más remota
⚡ Situaciones especiales de sucesión
- Extinción de líneas: Las Cortes Generales proveerán a la sucesión «en la forma que más convenga a los intereses de España»
- Matrimonio contra prohibición: Quedan excluidos de la sucesión (requiere autorización de las Cortes)
- Abdicaciones y renuncias: Se resuelven por Ley Orgánica
📑 2. LAS CORTES GENERALES (Título III CE, arts. 66-96)
2.1. Configuración constitucional
Art. 66 CE Naturaleza de las Cortes Generales
- «Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.»
- «Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.»
- «Las Cortes Generales son inviolables.»
🔑 Las TRES funciones esenciales de las Cortes
- Función LEGISLATIVA: Aprobar leyes (ordinarias y orgánicas)
- Función PRESUPUESTARIA: Aprobar los Presupuestos Generales del Estado
- Función de CONTROL: Controlar al Gobierno (preguntas, interpelaciones, mociones, comisiones de investigación…)
2.2. Composición de las Cámaras
| Aspecto | CONGRESO DE LOS DIPUTADOS | SENADO |
|---|---|---|
| Número de miembros | Entre 300 y 400 (actualmente 350) | Variable (actualmente 265) |
| Circunscripción | Provincia | Provincia + CC.AA. |
| Sistema electoral | Proporcional (D’Hondt) | Mayoritario (provincias) + designación autonómica |
| Tipo de elección | Sufragio universal directo | Directo (208) + designados por Parlamentos autonómicos (57) |
| Mandato | 4 años | 4 años (los designados, según Parlamento autonómico) |
| Naturaleza | Cámara de representación popular | Cámara de representación territorial |
| Prevalencia | PREVALECE en la mayoría de procedimientos | Subordinado al Congreso |
⚠️ ATENCIÓN: Prevalencia del Congreso
El Congreso prevalece sobre el Senado en casi todo:
- ✅ Investidura del Presidente del Gobierno
- ✅ Moción de censura y cuestión de confianza
- ✅ Convalidación de Decretos-Ley
- ✅ Autorización de estados excepcionales
- ✅ En caso de desacuerdo legislativo (última palabra)
Excepción: El Senado tiene la iniciativa para aplicar el art. 155 CE (coerción autonómica)
2.3. Estatuto de los parlamentarios
🔑 Las TRES prerrogativas parlamentarias
| Prerrogativa | Contenido | Artículo CE |
|---|---|---|
| INVIOLABILIDAD | No pueden ser perseguidos por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones. Es absoluta e indefinida en el tiempo. | Art. 71.1 |
| INMUNIDAD | Solo pueden ser detenidos en caso de flagrante delito. No pueden ser inculpados ni procesados sin autorización de la Cámara (suplicatorio). | Art. 71.2 |
| FUERO ESPECIAL | Son juzgados por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo | Art. 71.3 |
2.4. Funcionamiento de las Cámaras
Períodos de sesiones
- Primer período: Septiembre a Diciembre
- Segundo período: Febrero a Junio
- Sesiones extraordinarias: A petición del Gobierno, Diputación Permanente o mayoría absoluta de miembros
Adopción de acuerdos (art. 79 CE)
- Quórum de constitución: Mayoría de miembros
- Quórum de votación: Mayoría simple de los presentes (salvo que CE/Reglamento exija otra mayoría)
- Voto personal e indelegable
📊 Mayorías especiales – MEMORIZAR
| Tipo de mayoría | Cuándo se exige |
|---|---|
| Mayoría SIMPLE | Regla general (más votos a favor que en contra de los presentes) |
| Mayoría ABSOLUTA del Congreso | Leyes Orgánicas, investidura (1ª votación), moción de censura, estados excepcionales |
| 3/5 de cada Cámara | Reforma constitucional ordinaria (art. 167), elección de miembros del TC, CGPJ, Defensor del Pueblo |
| 2/3 de cada Cámara | Reforma constitucional agravada (art. 168) |
📑 3. EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN (Título IV CE, arts. 97-107)
3.1. Posición constitucional del Gobierno
Art. 97 CE Funciones del Gobierno
«El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.»
🔑 Las CINCO funciones del Gobierno
- Dirección de la política interior y exterior
- Dirección de la Administración civil y militar
- Defensa del Estado
- Función ejecutiva
- Potestad reglamentaria
3.2. Composición del Gobierno (art. 98 CE)
El Gobierno se compone de:
- Presidente
- Vicepresidente/s (en su caso)
- Ministros
- Demás miembros que establezca la ley
El Presidente del Gobierno (art. 98.2 CE)
- Dirige la acción del Gobierno
- Coordina las funciones de los demás miembros
- Sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos
3.3. Nombramiento del Presidente del Gobierno
A) Procedimiento ordinario de investidura (art. 99 CE)
- 1ª votación: Se requiere mayoría absoluta (176 votos)
- 2ª votación (48h después): Basta mayoría simple
⚠️ PLAZO CLAVE: Disolución automática
Si transcurren 2 MESES desde la primera votación de investidura sin que ningún candidato obtenga la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones (con el refrendo del Presidente del Congreso).
B) Procedimiento extraordinario: Moción de censura (art. 113-114 CE)
| Característica | Moción de censura |
|---|---|
| Quién la presenta | 1/10 de los Diputados (35 Diputados) |
| Requisito especial | Debe incluir un candidato alternativo (moción constructiva) |
| Plazo de «enfriamiento» | No puede votarse hasta 5 días después de su presentación |
| Mayoría requerida | Mayoría ABSOLUTA del Congreso |
| Si prospera | El candidato alternativo queda automáticamente investido |
| Si fracasa | Los firmantes no pueden presentar otra en el mismo período de sesiones |
3.4. La Administración Pública (arts. 103-107 CE)
Art. 103.1 CE Principios de actuación de la Administración
«La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.»
📝 Memoriza: «JEHDD» – Principios de la Administración
Jerarquía · Eficacia · H… (no hay H, pero recuerda:) Descentralización · Desconcentración · Coordinación
Mejor aún: «La JEDD Coordina con Eficacia»
🏥 Aplicación en el SAS
Estos principios se aplican directamente a tu futura labor como TFA en el Servicio Andaluz de Salud:
- Objetividad: Tramitar expedientes sin favoritismos ni discriminación
- Eficacia: Resolver procedimientos en plazo, optimizar recursos
- Jerarquía: Estructura Director Gerente → Directores de Área → Jefes de Servicio
- Descentralización: Competencias transferidas de la Consejería al SAS
- Desconcentración: Delegación a Hospitales, Distritos, AGS
- Coordinación: Entre Atención Primaria y Especializada, entre centros
📑 4. RELACIONES GOBIERNO-CORTES (Título V CE, arts. 108-116)
4.1. Responsabilidad política del Gobierno
El Gobierno responde solidariamente de su gestión política ante el Congreso de los Diputados (art. 108 CE). Esta responsabilidad se exige mediante:
| Aspecto | CUESTIÓN DE CONFIANZA (art. 112) | MOCIÓN DE CENSURA (art. 113) |
|---|---|---|
| Quién la inicia | El Presidente del Gobierno | 1/10 de los Diputados (35) |
| Objeto | Programa o declaración de política general | Exigir responsabilidad + candidato alternativo |
| Deliberación previa | Consejo de Ministros | – |
| Plazo de «enfriamiento» | – | 5 días (en los 2 primeros se pueden presentar mociones alternativas) |
| Mayoría para prosperar | Mayoría simple | Mayoría absoluta |
| Si prospera | El Gobierno sigue | Cae el Gobierno, se inviste al candidato |
| Si fracasa | El Gobierno debe dimitir | El Gobierno sigue; firmantes no pueden repetir en ese período |
4.2. Disolución de las Cortes
El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales (art. 115 CE).
⚠️ LÍMITES a la disolución
- NO puede disolverse mientras esté en trámite una moción de censura
- NO puede disolverse antes de que transcurra 1 año desde la anterior disolución
- NO puede disolverse durante los estados de alarma, excepción o sitio
📑 5. EL PODER JUDICIAL (Título VI CE, arts. 117-127)
5.1. Principios constitucionales del Poder Judicial
Art. 117.1 CE Definición del Poder Judicial
«La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.»
🔑 Los CUATRO principios del estatuto judicial
- INDEPENDENCIA: No pueden recibir órdenes ni presiones de nadie
- INAMOVILIDAD: No pueden ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados sino por causas legales
- RESPONSABILIDAD: Responden de sus actos (disciplinaria, civil, penal)
- SOMETIMIENTO A LA LEY: Solo a la ley, no a instrucciones del Gobierno ni de nadie
5.2. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
Art. 122 CE El CGPJ
Es el órgano de gobierno del Poder Judicial (no ejerce funciones jurisdiccionales).
Composición del CGPJ
- Presidente del Tribunal Supremo (que preside también el CGPJ)
- 20 Vocales nombrados por el Rey por un período de 5 años:
- 12 entre Jueces y Magistrados de todas las categorías
- 4 a propuesta del Congreso
- 4 a propuesta del Senado
Los 8 vocales elegidos por las Cortes deben ser abogados y juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional.
5.3. El Ministerio Fiscal (art. 124 CE)
Tiene por misión:
- Promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad
- Defensa de los derechos de los ciudadanos
- Defensa del interés público tutelado por la ley
- Velar por la independencia de los Tribunales
- Procurar ante éstos la satisfacción del interés social
El Fiscal General del Estado es nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el CGPJ.
📑 6. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (Título IX CE, arts. 159-165)
6.1. Naturaleza y posición constitucional
Art. 159.1 CE Definición del TC
«El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución.»
El TC NO forma parte del Poder Judicial. Es un órgano constitucional independiente, sometido solo a la Constitución y a su Ley Orgánica (LO 2/1979, LOTC).
6.2. Composición del Tribunal Constitucional
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Número de miembros | 12 Magistrados nombrados por el Rey |
| Propuestos por |
|
| Duración del mandato | 9 años |
| Renovación | Por tercios cada 3 años |
| Requisitos | Juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional |
| Presidente | Elegido por el Pleno, nombrado por el Rey, mandato de 3 años |
📝 Memoriza: «4-4-2-2» para el TC
4 Congreso + 4 Senado + 2 Gobierno + 2 CGPJ = 12 magistrados
Mandato: 9 años, renovación por tercios cada 3
6.3. Competencias del Tribunal Constitucional (art. 161 CE)
| Competencia | Objeto | Legitimados |
|---|---|---|
| Recurso de INCONSTITUCIONALIDAD | Control de constitucionalidad de leyes y normas con rango de ley | Presidente del Gobierno, Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, órganos autonómicos |
| Cuestión de INCONSTITUCIONALIDAD | Cuando un juez duda de la constitucionalidad de una norma aplicable al caso | Jueces y Tribunales (de oficio o a instancia de parte) |
| Recurso de AMPARO | Protección de derechos fundamentales (arts. 14-29 y 30.2 CE) | Cualquier persona (física o jurídica) con interés legítimo |
| Conflictos de COMPETENCIA | Entre el Estado y las CC.AA. o entre CC.AA. | Gobierno, órganos autonómicos |
| Conflictos entre ÓRGANOS CONSTITUCIONALES | Entre Gobierno, Congreso, Senado y CGPJ | Los propios órganos |
| Impugnación de disposiciones autonómicas | Art. 161.2 CE | Gobierno (produce suspensión automática) |
📑 7. LA REFORMA CONSTITUCIONAL (Título X CE, arts. 166-169)
7.1. Iniciativa de reforma (art. 166 CE)
Pueden proponer una reforma constitucional:
- El Gobierno
- El Congreso
- El Senado
- Las Asambleas Legislativas de las CC.AA.
⚠️ OJO: NO hay iniciativa popular
A diferencia de las leyes ordinarias, en la reforma constitucional NO cabe la iniciativa legislativa popular.
7.2. Procedimientos de reforma
A) Procedimiento ORDINARIO (art. 167 CE) – «Reforma simple»
Según el artículo 167 de la Constitución Española, los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por:
Art. 167 CE Procedimiento ordinario de reforma
- Aprobación por mayoría de 3/5 de cada Cámara
- Si no hay acuerdo → Comisión paritaria Congreso-Senado
- Si tampoco hay acuerdo → Si el Senado aprueba por mayoría absoluta, el Congreso puede aprobar por 2/3
- Referéndum facultativo: Solo si lo solicita 1/10 de cualquiera de las Cámaras dentro de los 15 días siguientes a la aprobación
B) Procedimiento AGRAVADO (art. 168 CE) – «Reforma total o del núcleo duro»
Se aplica cuando se propone:
- Revisión total de la Constitución
- Revisión parcial que afecte al Título Preliminar
- Revisión parcial que afecte a la Sección 1ª del Capítulo II del Título I (derechos fundamentales)
- Revisión parcial que afecte al Título II (la Corona)
📊 Comparativa de procedimientos de reforma
| Aspecto | Art. 167 (Ordinario) | Art. 168 (Agravado) |
|---|---|---|
| Materias | Resto de la Constitución | Título Preliminar, Derechos Fundamentales (Secc. 1ª Cap. II Tít. I), Corona (Título II) |
| Mayoría | 3/5 de cada Cámara | 2/3 de cada Cámara (dos veces) |
| Disolución Cortes | NO | SÍ (obligatoria) |
| Referéndum | Facultativo (si lo pide 1/10 de una Cámara) | OBLIGATORIO |
7.3. Límite temporal a la reforma (art. 169 CE)
⚠️ Prohibición de reformar en estados excepcionales
«No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el artículo 116» (alarma, excepción o sitio).
📑 8. CUESTIONARIO DE PREGUNTAS TIPO TEST
A continuación, 25 preguntas basadas en el temario y en preguntas reales de exámenes del SAS 2025:
Pregunta 1
Según el artículo 56 de la Constitución Española, el Rey asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con:
Pregunta 2
Los proyectos de reforma constitucional, según el artículo 167 CE, deben ser aprobados por:
Pregunta 3
Si no hay acuerdo entre Congreso y Senado en una reforma constitucional ordinaria, se intentará obtenerlo mediante:
Pregunta 4
El Consejo de Estado, según la LO 3/1980, es:
Pregunta 5
La persona del Rey es:
Pregunta 6
¿Cuántos Magistrados componen el Tribunal Constitucional?
Pregunta 7
Los Magistrados del Tribunal Constitucional son nombrados por un período de:
Pregunta 8
¿Cuántos Magistrados del Tribunal Constitucional son propuestos por el Congreso de los Diputados?
Pregunta 9
La moción de censura debe ser propuesta por al menos:
Pregunta 10
Para que prospere una moción de censura se requiere:
Pregunta 11
¿Qué característica especial tiene la moción de censura en España?
Pregunta 12
El Congreso de los Diputados se compone de un mínimo de:
Pregunta 13
El Consejo General del Poder Judicial está compuesto por:
Pregunta 14
Los vocales del CGPJ son nombrados por un período de:
Pregunta 15
Según el art. 103.1 CE, la Administración Pública actúa de acuerdo con los principios de:
Pregunta 16
Si transcurren 2 meses desde la primera votación de investidura sin que ningún candidato obtenga la confianza del Congreso:
Pregunta 17
El procedimiento de reforma constitucional agravada (art. 168 CE) exige referéndum:
Pregunta 18
¿Qué Título de la Constitución regula la Corona?
Pregunta 19
El Fiscal General del Estado es nombrado por:
Pregunta 20
Las leyes orgánicas se aprueban por:
Pregunta 21
No puede iniciarse la reforma constitucional en tiempo de:
Pregunta 22
El Presidente del Tribunal Constitucional es elegido:
Pregunta 23
Los candidatos a Magistrado del TC deben tener más de:
Pregunta 24
La disolución del Congreso NO puede tener lugar:
Pregunta 25
El Gobierno dirige, según el art. 97 CE:
📊 9. MAPA CONCEPTUAL
┌─────────────────────────────────────────────────────────┐
│ 🇪🇸 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978 │
│ (Títulos II al X) │
└─────────────────────────────────────────────────────────┘
│
┌───────────────┬───────────────┬───────────┴───────────┬───────────────┬───────────────┐
│ │ │ │ │ │
▼ ▼ ▼ ▼ ▼ ▼
┌───────────────┐ ┌───────────────┐ ┌───────────────┐ ┌───────────────┐ ┌───────────────┐ ┌───────────────┐
│ 👑 CORONA │ │ CORTES │ │ GOBIERNO │ │PODER JUDICIAL │ │ TC │ │ REFORMA │
│ (Título II) │ │ GENERALES │ │ (Título IV) │ │ (Título VI) │ │ (Título IX) │ │ (Título X) │
│ arts. 56-65 │ │ (Título III) │ │ arts. 97-107 │ │ arts. 117-127 │ │ arts. 159-165 │ │ arts. 166-169 │
└───────┬───────┘ │ arts. 66-96 │ └───────┬───────┘ └───────┬───────┘ └───────┬───────┘ └───────┬───────┘
│ └───────┬───────┘ │ │ │ │
│ │ │ │ │ │
▼ ▼ ▼ ▼ ▼ ▼
┌───────────────┐ ┌───────────────┐ ┌───────────────┐ ┌───────────────┐ ┌───────────────┐ ┌───────────────┐
│• Jefe Estado │ │CONGRESO(350) │ │• Presidente │ │• Independencia│ │• 12 Magistr. │ │• Ordinaria │
│• Inviolable │ │• Prevalece │ │• Ministros │ │• Inamovilidad │ │• 9 años │ │ (art. 167) │
│• Refrendo │ │SENADO(265) │ │• Vicepresid. │ │• CGPJ (21) │ │• 4+4+2+2 │ │ 3/5 Cámaras │
│• Sucesión │ │• Territorial │ │ │ │• 5 años │ │ │ │ │
│• Funciones │ │ │ │ │ │ │ │ │ │• Agravada │
│ art. 62 │ │ │ │ │ │ │ │ │ │ (art. 168) │
└───────────────┘ └───────┬───────┘ └───────┬───────┘ └───────────────┘ └───────┬───────┘ │ 2/3 + Disolv.│
│ │ │ │ + Referéndum │
▼ ▼ ▼ └───────────────┘
┌─────────────────────────────────────────┐ ┌───────────────────┐
│ RELACIONES GOBIERNO-CORTES │ │ COMPETENCIAS TC │
│ (Título V) │ │ │
│ arts. 108-116 │ │• Recurso inconst. │
├─────────────────────────────────────────┤ │• Cuestión inconst.│
│ CUESTIÓN CONFIANZA │ MOCIÓN CENSURA │ │• Recurso amparo │
│ • Presidente │ • 1/10 Diputados │ │• Conflictos comp. │
│ • Mayoría simple │ • Mayoría absoluta │ │• Conflictos órg. │
│ • Si pierde: dimite│ • Constructiva │ └───────────────────┘
└─────────────────────────────────────────┘
┌─────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────┐
│ 📌 DATOS CLAVE PARA EL EXAMEN │
├─────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────┤
│ • Rey: inviolable, refrendo obligatorio, funciones tasadas (art. 62) │
│ • Cortes: 350 Diputados + 265 Senadores, bicameralismo imperfecto (prevalece Congreso) │
│ • Gobierno: art. 97 (5 funciones), investidura art. 99 (mayoría absoluta o simple tras 48h) │
│ • CGPJ: 21 miembros, 5 años / TC: 12 magistrados, 9 años │
│ • Moción censura: 1/10 Diputados, mayoría absoluta, constructiva │
│ • Reforma ordinaria (167): 3/5, referéndum facultativo / Agravada (168): 2/3, referéndum obligatorio │
└─────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────────┘
📑 10. CONCLUSIONES Y CONSEJOS DE ESTUDIO
Ideas clave del tema
- La Corona es simbólica: El Rey no gobierna, arbitra y modera. Todo acto requiere refrendo (salvo los de la Casa Real).
- Las Cortes prevalecen sobre el Gobierno: Sistema parlamentario donde el Gobierno responde ante el Congreso (moción de censura, cuestión de confianza).
- Separación de poderes con controles cruzados: El Poder Judicial es independiente pero su órgano de gobierno (CGPJ) es elegido por Cortes + Gobierno.
- El TC es el intérprete supremo de la Constitución: No forma parte del Poder Judicial, resuelve la constitucionalidad de las leyes.
- La Constitución es rígida: Reforma difícil (3/5 o 2/3), con procedimiento agravado para el «núcleo duro».
📚 Estrategia de memorización
- Números clave: 350 Diputados, 265 Senadores, 21 CGPJ (5 años), 12 TC (9 años), 3/5 y 2/3 para reformas
- Crea tarjetas Anki con los artículos más preguntados: 56, 62, 97, 103, 113, 159, 167, 168
- Practica con preguntas reales: Los tribunales repiten patrones (funciones del Rey, mayorías, composición de órganos)
- Dibuja el mapa conceptual de memoria: Te ayudará a interiorizar las relaciones entre órganos
💪 ¡Estás preparado/a para dominar este tema!
Has completado uno de los temas fundamentales del bloque jurídico-constitucional. Cada concepto que has aprendido hoy no es teoría abstracta… es conocimiento que aplicarás como TFA del SAS cuando tramites expedientes, interpretes normativa o colabores con los servicios jurídicos de tu centro.
Recuerda las preguntas de examen reales que hemos analizado: El art. 56 CE sobre las funciones del Rey, el art. 167 CE sobre la reforma constitucional, el Consejo de Estado… Los tribunales preguntan sistemáticamente sobre estos artículos.
Tu ventaja competitiva: Mientras otros opositores memorizan listas sin contexto, tú entiendes el sistema, las relaciones entre órganos y los mecanismos de control. Entiendes que la moción de censura no es solo «un procedimiento», es el instrumento que garantiza la responsabilidad del Gobierno ante el Parlamento.
¡Vas por buen camino! Cada tema que completas te acerca a esa plaza. Respira hondo, confía en tu preparación, y recuerda: Yo, Esteban Castro, estaré aquí para ayudarte en cada paso. ¡A por el siguiente tema!
📚 11. REFERENCIAS NORMATIVAS Y BIBLIOGRÁFICAS
Normativa Principal
- Constitución Española de 27 de diciembre de 1978. BOE núm. 311, de 29 de diciembre de 1978. Títulos II al X (arts. 56-169).
- Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional (LOTC).
- Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado.
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ).
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG).
Normativa Complementaria
- Reglamento del Congreso de los Diputados de 10 de febrero de 1982.
- Reglamento del Senado de 3 de mayo de 1994.
- Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
Bibliografía Recomendada
- García de Enterría, E. y Fernández, T.R.: Curso de Derecho Administrativo (Tomo I). Ed. Civitas.
- Sánchez Morón, M.: Derecho Administrativo. Parte General. Ed. Tecnos.
- López Guerra, L. et al.: Derecho Constitucional (Vol. I y II). Ed. Tirant lo Blanch.
- Pérez Royo, J.: Curso de Derecho Constitucional. Ed. Marcial Pons.
- Aragón Reyes, M.: Estudios de Derecho Constitucional. Ed. CEPC.
Recursos Web Oficiales
- BOE: www.boe.es – Texto consolidado de la Constitución
- Tribunal Constitucional: www.tribunalconstitucional.es
- Congreso de los Diputados: www.congreso.es
- Senado: www.senado.es
- CGPJ: www.poderjudicial.es
🎓 FIN DEL TEMA 11
La Constitución Española de 1978 (II)
La Corona · Las Cortes Generales · El Gobierno y la Administración
Las relaciones Gobierno-Cortes · El Poder Judicial · El Tribunal Constitucional
La Reforma Constitucional
Preparado por Esteban Castro
Preparador de Oposiciones – Técnico/a de Función Administrativa del SAS
Material actualizado con preguntas reales de exámenes SAS 2025
