📜 Tema 1. La Constitución Española de 1978
🎯 ¿Por qué es tan importante este tema para tu oposición?
Mira, sé que cuando abres el temario y ves «La Constitución Española» piensas «buf, esto es muy de leyes y poco de enfermería». Pues déjame decirte algo: te equivocas. Este tema es la base de todo el sistema sanitario público en el que trabajas o vas a trabajar.
La Constitución es mucho más que un texto legal antiguo. Es el pilar que sostiene tu derecho a ejercer como profesional del SAS en el SAS, que protege a tus pacientes, que garantiza la universalidad de la asistencia sanitaria, que regula cómo se organiza el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de salud. Sin ella, no habría Sistema Nacional de Salud, ni Servicio Andaluz de Salud, ni las oposiciones que estás preparando.
En TODOS los exámenes del SAS caen entre 3 y 5 preguntas directas sobre la Constitución. Y no solo eso: sus principios aparecen transversalmente en casos clínicos sobre derechos del paciente, organización sanitaria, competencias autonómicas… Es un tema rentable, con artículos concretos que se repiten año tras año.
¿Y lo mejor? Es un tema agradecido. No requiere conocimientos clínicos complejos. Se basa en comprender, memorizar artículos clave y saber aplicarlos. Si lo trabajas bien, son puntos casi regalados en el examen. Así que respira hondo, ponte cómodo/a, y vamos a dominar la Constitución juntos. ¡Adelante! 🚀
📑 Índice de Contenidos
- Contexto Histórico: De la Dictadura a la Democracia
- Valores Superiores del Ordenamiento Jurídico (Art. 1.1 CE)
- Principios Inspiradores de la Constitución
- Estudio de los Derechos y Deberes Fundamentales
- 4.1. Título I: Derechos y Deberes Fundamentales
- 4.2. Clasificación de los Derechos Constitucionales
- 4.3. Garantías de los Derechos Fundamentales
- 4.4. Suspensión de Derechos y Libertades
- La Corona: Jefatura del Estado (Título II)
- 5.1. Funciones del Rey
- 5.2. Sucesión al Trono
- 5.3. Refrendo de los Actos del Rey
- Los Poderes Públicos
- 6.1. Las Cortes Generales: Poder Legislativo
- 6.2. El Gobierno: Poder Ejecutivo
- 6.3. El Poder Judicial
- 6.4. El Tribunal Constitucional
- Organización Territorial del Estado
- 7.1. Principios Generales
- 7.2. Las Comunidades Autónomas
- 7.3. Competencias en Materia de Sanidad (Art. 148 y 149 CE)
- El Derecho a la Protección de la Salud (Art. 43 CE)
- 8.1. Naturaleza Jurídica: Principio Rector vs. Derecho Fundamental
- 8.2. Contenido y Desarrollo del Art. 43 CE
- 8.3. Competencias de los Poderes Públicos
- 8.4. Conexión con la Legislación Sanitaria
- Reforma Constitucional (Título X)
1. Contexto Histórico: De la Dictadura a la Democracia
Para entender la Constitución Española de 1978, es imprescindible situarnos en su contexto. Tras casi 40 años de dictadura franquista (1939-1975), España inicia un proceso de transición democrática tras la muerte de Francisco Franco el 20 de noviembre de 1975.
El proceso constituyente se desarrolla entre 1977 y 1978. Las primeras elecciones democráticas se celebran el 15 de junio de 1977, resultando elegidas unas Cortes Constituyentes que elaboran el texto constitucional. Una comisión de siete miembros —los llamados «padres de la Constitución»— redacta el borrador que, tras múltiples debates y consensos, se somete a referéndum el 6 de diciembre de 1978.
💡 Fecha Clave para Examen
La Constitución Española fue aprobada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, sancionada por el Rey Juan Carlos I el 27 de diciembre de 1978 y publicada en el BOE el 29 de diciembre de 1978, fecha de su entrada en vigor.
En las preguntas de examen suelen preguntar el año de aprobación (1978) o el año de publicación en BOE (también 1978). No confundir con 1979, que es el año siguiente pero NO el de aprobación ni publicación.
La Constitución de 1978 es fruto del consenso político entre las principales fuerzas democráticas del momento (UCD, PSOE, PCE, AP, nacionalistas catalanes y vascos). Este espíritu de consenso es fundamental para entender su carácter integrador y su vocación de permanencia.
2. Valores Superiores del Ordenamiento Jurídico (Art. 1.1 CE)
El artículo 1.1 de la Constitución establece los valores superiores que inspiran todo el ordenamiento jurídico español. Este artículo es capital y aparece frecuentemente en las oposiciones:
⚠️ ARTÍCULO 1.1 CE (MEMORIZAR LITERALMENTE)
«España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.»
Analicemos cada uno de estos valores superiores y su importancia para el ámbito sanitario:
2.1. Libertad
La libertad es el primer valor superior. En el contexto sanitario, se concreta en:
- Autonomía del paciente: derecho a decidir sobre su propia salud (Ley 41/2002).
- Consentimiento informado: el paciente debe ser libre para aceptar o rechazar tratamientos.
- Libertad de ejercicio profesional: los profesionales sanitarios ejercen con libertad técnica y científica.
2.2. Justicia
La justicia como valor superior implica dar a cada uno lo que le corresponde. En sanidad:
- Acceso universal a las prestaciones sanitarias, sin discriminación.
- Equidad en la distribución de recursos sanitarios.
- Justicia distributiva: criterios de priorización justos en listas de espera, trasplantes, etc.
2.3. Igualdad
La igualdad es el principio que prohíbe la discriminación. En el ámbito del SAS:
- Igualdad de acceso: todos los ciudadanos tienen derecho a la asistencia sanitaria pública.
- No discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición (Art. 14 CE).
- Igualdad material: medidas de acción positiva para grupos vulnerables (igualdad de género, personas con discapacidad, etc.).
2.4. Pluralismo Político
El pluralismo político garantiza la convivencia de diferentes ideologías. En sanidad se refleja en:
- Objeción de conciencia: respeto a las convicciones personales de los profesionales en determinadas situaciones (IVE, eutanasia).
- Participación ciudadana: consejos de salud, defensor del paciente.
- Libertad ideológica del profesional y del paciente.
3. Principios Inspiradores de la Constitución
Además de los valores superiores, la Constitución se asienta sobre una serie de principios fundamentales que configuran el Estado español:
3.1. España como Estado Social y Democrático de Derecho
Este principio (Art. 1.1 CE) tiene tres componentes:
- Estado de Derecho: sometimiento del poder público a la ley. Seguridad jurídica, jerarquía normativa, irretroactividad de las normas sancionadoras no favorables.
- Estado Democrático: soberanía popular (Art. 1.2 CE: «La soberanía nacional reside en el pueblo español»). Participación ciudadana, elecciones libres, sufragio universal.
- Estado Social: intervención del Estado para garantizar derechos sociales como la sanidad, educación, vivienda, pensiones. El Estado no es un mero árbitro, sino un garante activo del bienestar social.
💡 Conexión con el SAS
El carácter de Estado Social es el fundamento del Sistema Nacional de Salud y del Servicio Andaluz de Salud. Sin este principio, la sanidad pública universal no existiría. El Estado asume la responsabilidad de organizar y garantizar la protección de la salud de todos los ciudadanos (Art. 43 CE).
3.2. Forma Política: Monarquía Parlamentaria
El artículo 1.3 CE establece: «La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.»
Esto significa:
- El Rey es Jefe del Estado, pero sus funciones son principalmente simbólicas y de representación.
- El poder político efectivo reside en el Parlamento (Cortes Generales) y en el Gobierno, elegidos democráticamente.
- El Rey no gobierna; sus actos requieren refrendo (firma de un miembro del Gobierno que asume la responsabilidad política).
3.3. Unidad de la Nación y Autonomías
El artículo 2 CE establece un equilibrio complejo:
⚠️ ARTÍCULO 2 CE
«La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.»
Este principio tiene implicaciones directas en sanidad:
- El Estado tiene competencias en bases y coordinación general de la sanidad (Art. 149.1.16ª CE).
- Las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias de desarrollo legislativo y ejecución en materia de sanidad e higiene (Art. 148.1.21ª CE).
- El SAS (Servicio Andaluz de Salud) es la entidad que gestiona el sistema sanitario público en Andalucía en virtud de estas competencias autonómicas.
4. Estudio de los Derechos y Deberes Fundamentales
El Título I de la Constitución (artículos 10 a 55) regula los derechos y deberes fundamentales. Es uno de los núcleos esenciales de la Constitución y tiene protección especial.
4.1. Título I: Derechos y Deberes Fundamentales
El Título I se estructura en cinco capítulos:
| Capítulo | Contenido | Artículos |
|---|---|---|
| Cap. I | De los españoles y los extranjeros | Arts. 11-13 |
| Cap. II | Derechos y libertades | Arts. 14-38 |
| Cap. III | De los principios rectores de la política social y económica | Arts. 39-52 |
| Cap. IV | De las garantías de las libertades y derechos fundamentales | Arts. 53-54 |
| Cap. V | De la suspensión de los derechos y libertades | Art. 55 |
4.2. Clasificación de los Derechos Constitucionales
No todos los derechos constitucionales tienen el mismo grado de protección. La Constitución establece una jerarquía en función de su contenido y garantías:
A) Derechos Fundamentales y Libertades Públicas (Arts. 15-29 CE)
Son los derechos de máxima protección. Incluyen:
- Art. 15: Derecho a la vida e integridad física y moral. Abolición de la pena de muerte.
- Art. 16: Libertad ideológica, religiosa y de culto.
- Art. 17: Derecho a la libertad y a la seguridad. Detención preventiva máximo 72 horas.
- Art. 18: Derecho al honor, intimidad personal y familiar, propia imagen. Inviolabilidad del domicilio y secreto de las comunicaciones.
- Art. 19: Libertad de residencia y circulación.
- Art. 20: Libertad de expresión e información. Secreto profesional.
- Art. 21: Derecho de reunión.
- Art. 22: Derecho de asociación.
- Art. 24: Tutela judicial efectiva. Derecho a un proceso con todas las garantías.
- Art. 25: Principio de legalidad penal. Reinserción social.
- Art. 28: Libertad sindical. Derecho de huelga.
- Art. 29: Derecho de petición.
⚠️ PREGUNTA FRECUENTE DE EXAMEN
¿En qué artículo se reconoce el secreto profesional?
Respuesta: Artículo 20 CE, dentro de la libertad de expresión e información. El Art. 20.1.d) CE establece el derecho «a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.»
El secreto profesional es esencial para enfermería, ya que protege la confidencialidad de los datos de salud del paciente (también recogido en el Código Deontológico y LOPDGDD).
⚠️ DETENCIÓN PREVENTIVA: 72 HORAS MÁXIMO
El Art. 17.2 CE establece que «la detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.»
Esta pregunta cae con mucha frecuencia. Respuesta correcta: 72 horas (ni 24, ni 48, ni una semana).
B) Derechos y Deberes de los Ciudadanos (Arts. 30-38 CE)
Incluyen:
- Art. 30: Deber de defender a España. Servicio militar (actualmente profesionalizado). Objeción de conciencia.
- Art. 31: Deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos (impuestos).
- Art. 33: Derecho a la propiedad privada.
- Art. 35: Derecho y deber de trabajar.
- Art. 37: Negociación colectiva laboral. Derecho de huelga.
C) Principios Rectores de la Política Social y Económica (Arts. 39-52 CE)
Son mandatos al legislador y a los poderes públicos, pero NO son derechos subjetivos directamente exigibles ante los tribunales. Solo pueden ser alegados ante la jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen (Art. 53.3 CE).
Entre ellos destacamos:
- Art. 39: Protección de la familia y de los hijos.
- Art. 40: Promoción del pleno empleo.
- Art. 41: Régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos.
- Art. 43: DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD 🏥 (lo veremos en detalle).
- Art. 47: Derecho a una vivienda digna.
- Art. 49: Atención a personas con discapacidad.
- Art. 50: Pensiones adecuadas para la tercera edad.
- Art. 51: Protección de los consumidores y usuarios.
💡 Diferencia Clave para Examen
El derecho a la protección de la salud (Art. 43 CE) NO es un derecho fundamental, sino un principio rector de la política social y económica. Esto significa:
- ❌ NO está protegido por recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
- ❌ NO es directamente invocable ante los tribunales sin desarrollo legislativo previo.
- ✅ SÍ vincula a los poderes públicos, que deben garantizarlo mediante leyes (Ley General de Sanidad, Ley de Salud de Andalucía, etc.).
Pregunta típica: «La Constitución Española reconoce expresamente el derecho a la protección de la salud constituyendo…»
Respuesta correcta: «Un principio de política social y económica» (Art. 43 CE dentro del Capítulo III del Título I).
4.3. Garantías de los Derechos Fundamentales
El Art. 53 CE establece diferentes niveles de protección según el tipo de derecho:
Garantías de los Derechos Fundamentales (Arts. 15-29 CE)
- Reserva de ley orgánica: su desarrollo requiere ley orgánica (mayoría absoluta del Congreso).
- Respeto al contenido esencial: las leyes no pueden vaciar de contenido estos derechos.
- Tutela judicial preferente y sumaria: protección rápida ante los tribunales.
- Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional: última garantía jurisdiccional tras agotar la vía judicial ordinaria.
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN: ¿Qué derechos NO son susceptibles de amparo?
NO tienen protección de amparo ante el TC:
- ❌ El derecho a la propiedad privada (Art. 33 CE) → Es un derecho del ciudadano, pero no fundamental.
- ❌ Los principios rectores (Arts. 39-52 CE), incluido el derecho a la protección de la salud (Art. 43 CE).
SÍ tienen amparo: Derecho a la igualdad (Art. 14), derecho a la libertad y seguridad (Art. 17), objeción de conciencia (Art. 30.2 en relación con Art. 16), y todos los derechos de los Arts. 15-29 CE.
4.4. Suspensión de Derechos y Libertades
El Art. 55 CE regula la suspensión de derechos en situaciones excepcionales:
- Estados de excepción o sitio: se pueden suspender determinados derechos (Arts. 17, 18.2 y 3, 19, 20.1 a) y d) y 5, 21, 28.2, 37.2).
- Terrorismo y bandas armadas: ley orgánica puede autorizar la suspensión individual de derechos (habeas corpus, inviolabilidad domiciliaria) en investigaciones.
5. La Corona: Jefatura del Estado (Título II)
El Título II de la Constitución (Arts. 56-65) regula la Corona como institución del Estado. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia.
5.1. Funciones del Rey (Art. 62 CE)
El Rey tiene funciones principalmente simbólicas y de representación:
- Sancionar y promulgar las leyes.
- Convocar y disolver las Cortes Generales.
- Convocar elecciones.
- Proponer candidato a Presidente del Gobierno y nombrarlo.
- Nombrar y separar a los miembros del Gobierno a propuesta del Presidente.
- Expedir decretos acordados en Consejo de Ministros.
- Mando supremo de las Fuerzas Armadas.
- Acreditar embajadores y representar a España en relaciones internacionales.
- El refrendo: todos estos actos del Rey deben ser refrendados (firmados) por el Presidente del Gobierno o un Ministro competente, que asumen la responsabilidad política.
💡 Principio de Irresponsabilidad del Rey
El Art. 56.3 CE establece: «La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.» Sus actos son siempre refrendados, y la responsabilidad recae en quien refrenda (normalmente el Presidente del Gobierno o el Ministro correspondiente).
5.2. Sucesión al Trono (Art. 57 CE)
La sucesión sigue el orden regular de primogenitura y representación:
- Prefiere la línea anterior a las posteriores.
- En la misma línea, el grado más próximo al más remoto.
- En el mismo grado, el varón a la mujer (hasta 2005).
- En el mismo sexo, la persona de más edad.
Reforma de 2005: Se modificó la preferencia del varón sobre la mujer en la sucesión, aunque solo para los nacidos después de la entrada en vigor de la reforma, por lo que no afectó al orden sucesorio actual.
5.3. Refrendo de los Actos del Rey
Todos los actos del Rey requieren refrendo, salvo los relativos a su Casa (nombramientos y organización interna) y la distribución de la cantidad global para el sostenimiento de su familia y Casa. El refrendo corresponde:
- Al Presidente del Gobierno (en la mayoría de casos).
- Al Presidente del Congreso (propuesta y nombramiento del Presidente del Gobierno).
- A los Ministros competentes (según materia).
6. Los Poderes Públicos
La Constitución organiza el Estado en torno a tres poderes clásicos (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), más el Tribunal Constitucional como garante de la Constitución.
6.1. Las Cortes Generales: Poder Legislativo (Título III)
Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por dos Cámaras:
Congreso de los Diputados
- Mínimo 300 y máximo 400 diputados.
- Elegidos por sufragio universal, libre, directo y secreto.
- Circunscripción electoral: provincia (salvo Ceuta y Melilla).
- Sistema electoral: proporcional (D’Hondt).
- Mandato de 4 años.
Senado
- Cámara de representación territorial.
- Senadores elegidos directamente (4 por provincia) + senadores designados por Parlamentos autonómicos.
- Mandato de 4 años.
Funciones de las Cortes Generales:
- Función legislativa: elaborar y aprobar leyes.
- Función presupuestaria: aprobar los Presupuestos Generales del Estado.
- Control del Gobierno: mediante preguntas, interpelaciones, mociones, comisiones de investigación.
- Función de orientación política.
6.2. El Gobierno: Poder Ejecutivo (Título IV)
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar, y la defensa del Estado. Se compone de:
- Presidente del Gobierno: dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros.
- Vicepresidentes (si los hay).
- Ministros.
El Presidente es propuesto por el Rey tras consultar con los representantes designados por los grupos parlamentarios, y debe obtener la confianza del Congreso (investidura) mediante votación. El Gobierno responde solidariamente de su gestión ante el Congreso de los Diputados.
Moción de censura: el Congreso puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante moción de censura constructiva (debe proponer un candidato alternativo).
Cuestión de confianza: el Presidente del Gobierno puede plantearla al Congreso sobre su programa o una declaración de política general.
6.3. El Poder Judicial (Título VI)
El Poder Judicial es independiente y tiene la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Está integrado por:
- Jueces y Magistrados: independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.
- Consejo General del Poder Judicial (CGPJ): órgano de gobierno del Poder Judicial (Art. 122 CE). Compuesto por 20 miembros nombrados por el Rey por 5 años.
Tribunal Supremo: órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes (civil, penal, contencioso-administrativo, social), salvo en materia de garantías constitucionales (Tribunal Constitucional).
6.4. El Tribunal Constitucional (Título IX)
El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución. Es independiente de los demás órganos constitucionales y está sometido únicamente a la Constitución y a su Ley Orgánica.
Composición:
- 12 magistrados nombrados por el Rey.
- 4 a propuesta del Congreso (mayoría de 3/5).
- 4 a propuesta del Senado (mayoría de 3/5).
- 2 a propuesta del Gobierno.
- 2 a propuesta del CGPJ.
- Mandato de 9 años, renovándose por terceras partes cada 3 años.
Competencias del Tribunal Constitucional:
- Recurso de inconstitucionalidad contra leyes y normas con rango de ley.
- Cuestión de inconstitucionalidad planteada por jueces y tribunales.
- Recurso de amparo por violación de derechos y libertades fundamentales (Arts. 14-30 CE).
- Conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas, o entre Comunidades Autónomas.
- Conflictos entre órganos constitucionales.
7. Organización Territorial del Estado
El Título VIII de la Constitución regula la organización territorial del Estado. España se organiza territorialmente en municipios, provincias y Comunidades Autónomas (Art. 137 CE).
7.1. Principios Generales
El Art. 137 CE establece:
- El Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y Comunidades Autónomas.
- Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.
Esta organización descentralizada es clave para entender la estructura del sistema sanitario español, con competencias repartidas entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
7.2. Las Comunidades Autónomas
Las Comunidades Autónomas son entidades territoriales dotadas de autonomía legislativa y ejecutiva, así como de la facultad de administrarse mediante sus propios representantes (Art. 143 CE).
Estatutos de Autonomía: son la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma. Son aprobados por las Cortes Generales mediante Ley Orgánica. El Estatuto de Autonomía de Andalucía es la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo.
Instituciones autonómicas:
- Asamblea Legislativa (Parlamento autonómico): elegida por sufragio universal de los ciudadanos de la Comunidad. En Andalucía, el Parlamento de Andalucía.
- Consejo de Gobierno: poder ejecutivo autonómico. En Andalucía, la Junta de Andalucía, con su Presidente y Consejeros.
- Presidente: elegido por el Parlamento autonómico, dirige el Consejo de Gobierno y representa a la Comunidad Autónoma.
- Tribunal Superior de Justicia: culmina la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.
7.3. Competencias en Materia de Sanidad (Arts. 148 y 149 CE)
La distribución de competencias en materia sanitaria entre el Estado y las Comunidades Autónomas es fundamental para entender el funcionamiento del SAS.
⚠️ ARTÍCULO 148.1.21ª CE – COMPETENCIAS AUTONÓMICAS
«Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:
21ª. Sanidad e higiene.»
Pregunta de examen frecuente: «La capacidad de las Comunidades Autónomas de asumir competencias en materia de Sanidad e Higiene, viene recogida en la Constitución en su Artículo…»
Respuesta correcta: Art. 148.1.21ª CE (no confundir con 143, 146 o 155).
⚠️ ARTÍCULO 149.1.16ª CE – COMPETENCIAS ESTATALES
«El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
16ª. Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos.»
Reparto de competencias en sanidad:
- Estado: establece las bases de la sanidad (coordinación general, cohesión del Sistema Nacional de Salud, sanidad exterior, productos farmacéuticos). Ejemplo: Ley General de Sanidad (Ley 14/1986).
- Comunidades Autónomas: asumen el desarrollo legislativo y la ejecución de la sanidad en su territorio. Ejemplo: Ley 2/1998 de Salud de Andalucía; gestión del Servicio Andaluz de Salud.
💡 Conexión con el SAS
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) es la entidad pública que gestiona los servicios sanitarios públicos en Andalucía. Su existencia se fundamenta en:
- El Art. 148.1.21ª CE: competencia autonómica en sanidad.
- El Estatuto de Autonomía de Andalucía (Ley Orgánica 2/2007), que asume estas competencias.
- La Ley 2/1998, de Salud de Andalucía, que desarrolla el sistema sanitario público andaluz.
Cuando trabajas en el SAS, lo haces en virtud de estas competencias autonómicas transferidas desde el Estado. De ahí la importancia de conocer bien esta distribución constitucional de competencias.
8. El Derecho a la Protección de la Salud (Art. 43 CE)
Llegamos al núcleo sanitario de la Constitución: el artículo 43, que reconoce el derecho a la protección de la salud. Este artículo es imprescindible para cualquier profesional sanitario y es pregunta recurrente en todas las oposiciones del SAS.
⚠️ ARTÍCULO 43 CE (MEMORIZAR COMPLETAMENTE)
1. «Se reconoce el derecho a la protección de la salud.»
2. «Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.»
3. «Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.»
8.1. Naturaleza Jurídica: Principio Rector vs. Derecho Fundamental
Esta es la distinción más importante a efectos de examen:
| Característica | Derecho Fundamental (Arts. 15-29 CE) | Derecho a la Salud (Art. 43 CE) |
|---|---|---|
| Ubicación | Capítulo II del Título I | Capítulo III del Título I (Principios Rectores) |
| Naturaleza | Derechos subjetivos exigibles directamente | Principio rector de la política social y económica |
| Desarrollo legislativo | Ley Orgánica | Ley Ordinaria |
| Exigibilidad | Directa ante los tribunales | Requiere desarrollo legal previo (Art. 53.3 CE) |
| Recurso de amparo | ✅ SÍ (Art. 53.2 CE) | ❌ NO |
| Vinculación poderes públicos | Respeto inmediato | Mandato de actuación positiva |
💡 Respuesta Modelo para Examen
Pregunta: «La Constitución Española de 1978 reconoce expresamente el derecho a la protección de la salud constituyendo…»
Opciones:
- a) Sólo valor declarativo o programático.
- b) Un derecho fundamental.
- c) Un derecho constitucional.
- d) Un principio de política social y económica.
Respuesta correcta: d) Un principio de política social y económica (Art. 43 CE dentro del Capítulo III del Título I).
Por qué las otras son incorrectas:
- ❌ a) No es «solo» programático; vincula a los poderes públicos y requiere actuación legislativa y ejecutiva.
- ❌ b) NO es un derecho fundamental (Arts. 15-29 CE). Los derechos fundamentales tienen protección de amparo, el derecho a la salud no.
- ❌ c) Aunque es un derecho constitucional en sentido amplio, técnicamente se clasifica como principio rector.
8.2. Contenido y Desarrollo del Art. 43 CE
El Art. 43 CE contiene tres apartados con diferente alcance:
Apartado 1: «Se reconoce el derecho a la protección de la salud»
Es una declaración de principios. El derecho no es «a la salud» (un estado ideal), sino «a la protección de la salud», es decir, a que los poderes públicos adopten medidas para proteger y promover la salud de los ciudadanos.
Apartado 2: Competencia de los poderes públicos
«Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.»
⚠️ PREGUNTA FRECUENTE DE EXAMEN
¿A quién compete organizar y tutelar la salud pública según la Constitución Española de 1978?
Respuesta correcta: A los poderes públicos (no exclusivamente al personal sanitario, ni solo a los Cuerpos de Seguridad, ni únicamente a los Ayuntamientos).
Este apartado 2 del Art. 43 CE impone a los poderes públicos (Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales) la obligación de:
- Organizar la salud pública: crear estructuras sanitarias (hospitales, centros de salud, servicios de urgencias, etc.).
- Tutelar la salud pública: vigilar, proteger y promover la salud de la población.
- Medidas preventivas: vacunaciones, educación sanitaria, control epidemiológico, salud pública.
- Prestaciones y servicios: atención sanitaria (atención primaria, especializada, hospitalización, urgencias, farmacia, etc.).
El desarrollo legislativo de este mandato constitucional ha dado lugar a:
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad: norma básica estatal que crea y regula el Sistema Nacional de Salud.
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del SNS: garantiza la equidad, calidad y participación en el SNS.
- Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía: desarrollo autonómico del sistema sanitario público andaluz.
- Ley 41/2002, de 14 de noviembre, de autonomía del paciente: regula derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Apartado 3: Educación sanitaria y promoción de hábitos saludables
«Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.»
Este apartado complementa el derecho a la protección de la salud con la obligación de los poderes públicos de:
- Educación sanitaria: campañas de prevención, información sobre hábitos saludables, educación para la salud en escuelas y centros sanitarios.
- Educación física y deporte: fomento de la actividad física como factor de salud.
- Ocio saludable: facilitar alternativas de ocio que promuevan la salud y prevengan conductas de riesgo.
8.3. Competencias de los Poderes Públicos en Salud
Como hemos visto, la Constitución reparte las competencias en materia sanitaria entre el Estado y las Comunidades Autónomas:
Competencias del Estado (Art. 149.1.16ª CE)
- Sanidad exterior: control sanitario de fronteras, epidemias internacionales.
- Bases y coordinación general de la sanidad: establecer los principios comunes del Sistema Nacional de Salud (Ley General de Sanidad).
- Legislación sobre productos farmacéuticos: regulación de medicamentos, autorización de comercialización.
Competencias de las Comunidades Autónomas (Art. 148.1.21ª CE)
- Sanidad e higiene: desarrollo legislativo y ejecución de la sanidad en su territorio.
- Gestión de centros y servicios sanitarios: hospitales, centros de salud, servicios de urgencias, etc.
- Salud pública: programas de prevención, vigilancia epidemiológica, control de brotes.
Andalucía asumió estas competencias mediante su Estatuto de Autonomía, y las desarrolló a través de la Ley 2/1998, de Salud de Andalucía, que crea el Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) y el Servicio Andaluz de Salud (SAS) como organismo autónomo encargado de la gestión de los servicios sanitarios.
8.4. Conexión con la Legislación Sanitaria
El Art. 43 CE es la base constitucional que fundamenta todo el entramado legal sanitario. Veamos las principales leyes que lo desarrollan:
| Norma | Contenido | Relación con Art. 43 CE |
|---|---|---|
| Ley 14/1986 General de Sanidad | Crea el Sistema Nacional de Salud. Regula derechos y deberes de los ciudadanos. Organización sanitaria. | Desarrollo directo del Art. 43.2 CE: organiza y tutela la salud pública |
| Ley 16/2003 de cohesión y calidad del SNS | Garantiza equidad, calidad, participación social. Cartera de servicios comunes. | Coordina el SNS entre CCAA (Art. 149.1.16ª CE) |
| Ley 41/2002 de autonomía del paciente | Derechos y obligaciones en información y documentación clínica. Consentimiento informado. | Concreta los derechos de los ciudadanos (Art. 43.2 CE) |
| Ley 2/1998 de Salud de Andalucía | Crea el SSPA y el SAS. Organización sanitaria en Andalucía. | Desarrollo autonómico (Art. 148.1.21ª CE) |
| Ley 33/2011 General de Salud Pública | Vigilancia en salud pública, promoción de la salud, prevención. | Medidas preventivas (Art. 43.2 CE) y educación sanitaria (Art. 43.3 CE) |
9. Reforma Constitucional (Título X)
El Título X de la Constitución (Arts. 166-169) regula cómo se puede modificar la Constitución. Existen dos procedimientos de reforma:
9.1. Reforma Ordinaria (Art. 167 CE)
Procedimiento para reformas que no afecten al Título Preliminar, Capítulo II Sección 1ª del Título I (derechos fundamentales), ni al Título II (la Corona):
- Aprobación por mayoría de 3/5 de cada Cámara (Congreso y Senado).
- Si no hay acuerdo, se intenta alcanzarlo mediante una Comisión Mixta.
- Si tras la Comisión Mixta no hay acuerdo, se requiere aprobación del Congreso por mayoría de 2/3 y del Senado por mayoría absoluta.
- Referéndum facultativo: si lo solicitan 1/10 de los diputados o senadores en los 15 días siguientes a la aprobación.
9.2. Reforma Agravada (Art. 168 CE)
Procedimiento para reformas que afecten al Título Preliminar, Capítulo II Sección 1ª del Título I (derechos fundamentales Arts. 15-29), o al Título II (la Corona):
- Aprobación del principio de reforma por mayoría de 2/3 de cada Cámara.
- Disolución inmediata de las Cortes.
- Nuevas elecciones.
- Las nuevas Cortes deben ratificar la decisión y aprobar el nuevo texto por mayoría de 2/3 de cada Cámara.
- Referéndum obligatorio para ratificación por el pueblo español.
Este procedimiento tan exigente refleja la voluntad de proteger los aspectos más nucleares de la Constitución, especialmente los derechos fundamentales y la forma de Estado.
📝 PREGUNTAS REALES DE EXÁMENES SAS
Pregunta 1 OPE 2016
La Constitución Española de 1978 reconoce expresamente el derecho a la protección de la salud constituyendo:
a) Sólo valor declarativo o programático
b) Un derecho fundamental
c) Un derecho constitucional
d) Un principio de política social y económica
Explicación: El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud, pero NO como un derecho fundamental (Sección 1ª del Capítulo II del Título I, Arts. 15-29), sino como un principio rector de la política social y económica (Capítulo III del Título I, Arts. 39-52).
Consecuencias prácticas:
- ❌ NO es susceptible de recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional
- ❌ NO puede alegarse directamente ante los tribunales sin desarrollo legislativo previo
- ✅ SÍ vincula a todos los poderes públicos (Art. 53.3 CE)
- ✅ SÍ ha sido desarrollado por leyes: Ley 14/1986 General Sanidad, Ley 16/2003 cohesión SNS
Conexión con práctica SAS: Este artículo es el fundamento constitucional de la existencia del Sistema Nacional de Salud y del Servicio Andaluz de Salud. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública (Art. 43.2 CE).
- a) Sólo valor declarativo: FALSO. Aunque no sea derecho fundamental, SÍ tiene valor jurídico vinculante para los poderes públicos según Art. 53.3 CE
- b) Derecho fundamental: FALSO. Los derechos fundamentales son SOLO los de los Arts. 15-29 CE. El Art. 43 está en el Capítulo III (principios rectores)
- c) Derecho constitucional: Terminología imprecisa. Técnicamente es un «principio rector», no un «derecho de los ciudadanos» (Arts. 30-38)
Pregunta 2 OPE 2016 Aplazada 2018
¿En qué artículo de la Constitución se reconoce la regulación al derecho al secreto profesional?
a) En el artículo 19
b) En el artículo 24
c) En el artículo 20
d) En el artículo 27
Explicación: El artículo 20.1.d) de la Constitución reconoce y protege los derechos «a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades».
Desarrollo legislativo:
- ✅ Código Penal (Arts. 197-201): Tipifica como delito la revelación de secretos
- ✅ Código Deontológico de Enfermería (Art. 24): Obligación de guardar secreto profesional
- ✅ Ley 41/2002 Autonomía del Paciente (Art. 7): Confidencialidad de datos
- ✅ RGPD y LOPDGDD: Protección de datos personales de salud
Aplicación en práctica SAS: Como enfermero/a del SAS, tienes obligación legal y deontológica de mantener el secreto profesional de toda información que conozcas en el ejercicio de tu profesión. Revelar información confidencial puede constituir delito penal, falta disciplinaria y responsabilidad civil.
- a) Art. 19: Regula la libertad de residencia y circulación, NO el secreto profesional
- b) Art. 24: Regula las garantías procesales (tutela judicial efectiva, presunción de inocencia), NO el secreto profesional
- d) Art. 27: Regula el derecho a la educación, NO el secreto profesional
Pregunta 3 OPE 2016 Aplazada 2018
La capacidad de las Comunidades Autónomas de asumir competencias en materia de Sanidad e Higiene, viene recogida en la Constitución en su Artículo…
a) 143
b) 146
c) 148
d) 155
Explicación: El artículo 148.1.21ª de la Constitución establece que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en «Sanidad e higiene«.
Esquema competencial sanitario en la CE:
- Art. 148.1.21ª CE: Competencias que PUEDEN asumir las CCAA → «Sanidad e higiene»
- Art. 149.1.16ª CE: Competencias EXCLUSIVAS del Estado → «Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos»
- Art. 149.1.17ª CE: Estado → «Legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social»
Resultado práctico: Las Comunidades Autónomas tienen competencias de desarrollo y gestión sanitaria (creación y gestión de hospitales, centros de salud, programas sanitarios), mientras el Estado mantiene las bases, coordinación general y sanidad exterior.
En Andalucía: El Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 2/2007, Art. 55) desarrolla estas competencias en salud, sanidad y farmacia, que gestiona el SAS.
- a) Art. 143: Regula el procedimiento de acceso a la autonomía (iniciativa autonómica), NO las competencias específicas
- b) Art. 146: Regula las relaciones entre el proyecto de Estatuto y las Cortes Generales, NO competencias sanitarias
- d) Art. 155: Regula la intervención del Estado si una CCAA incumple gravemente sus obligaciones (medida excepcional), NO competencias ordinarias
Pregunta 4 OPE 2016 Aplazada 2018
Indique cuál de los siguientes derechos reconocidos en la Constitución Española de 1978 no es susceptible de amparo ante el Tribunal Constitucional:
a) El derecho a la igualdad
b) El derecho a la libertad y la seguridad
c) El derecho a la objeción de conciencia
d) El derecho a la propiedad privada
Explicación: El derecho a la propiedad privada (Art. 33 CE) NO es susceptible de recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional porque NO está incluido en el ámbito de protección del Art. 53.2 CE.
Clasificación de derechos según nivel de protección:
✅ CON AMPARO ante TC (Art. 53.2 CE):
- Art. 14: Principio de igualdad
- Arts. 15-29: Derechos fundamentales y libertades públicas (Sección 1ª Capítulo II)
- Art. 30.2: Objeción de conciencia
❌ SIN AMPARO ante TC:
- Arts. 30-38: Derechos y deberes de los ciudadanos (Sección 2ª) – EXCEPTO Art. 30.2
- Arts. 39-52: Principios rectores política social y económica (Capítulo III) → Aquí está el Art. 43 Salud
Consecuencia práctica: Si consideras vulnerado tu derecho a la salud (Art. 43), NO puedes interponer recurso de amparo ante el TC. Deberás utilizar vías ordinarias (contencioso-administrativo).
- a) Igualdad (Art. 14): SÍ tiene amparo. Es el primer derecho protegido por amparo constitucional
- b) Libertad y seguridad (Art. 17): SÍ tiene amparo. Es un derecho fundamental de la Sección 1ª
- c) Objeción de conciencia (Art. 30.2): SÍ tiene amparo. Es la ÚNICA excepción de la Sección 2ª con protección por amparo
⚠️ ERROR MUY FRECUENTE EN EXÁMENES
Muchos opositores confunden «derecho a la salud» (Art. 43) con «derecho fundamental». NO lo es. Por tanto, tampoco tiene amparo constitucional. Memoriza los artículos que SÍ tienen amparo: Art. 14 + Arts. 15-29 + Art. 30.2
Pregunta 5 SAS 2023 y APES 2023
Según nuestra vigente Constitución Española (CE), todos los españoles tienen derecho a la libertad y a la seguridad (artículo 17), y nadie puede ser privado de su libertad sino con la observancia de lo establecido en este artículo constitucional y en los casos y en la forma previstos en la ley. En concreto, para la detención preventiva, ¿cuál es el plazo máximo que se establece que pueda durar?
a) 24 horas
b) 48 horas
c) 72 horas
d) Una semana
Explicación: El artículo 17.2 de la Constitución establece textualmente: «La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial».
Garantías constitucionales del detenido (Art. 17 CE):
- ✅ Información inmediata de sus derechos y motivos de la detención (Art. 17.3)
- ✅ Asistencia de abogado en diligencias policiales y judiciales (Art. 17.3)
- ✅ Plazo MÁXIMO 72 horas detención preventiva (Art. 17.2)
- ✅ Procedimiento de habeas corpus para producir inmediata puesta a disposición judicial (Art. 17.4)
- ✅ Derecho a indemnización si hay detención contraria a lo dispuesto en Art. 17 (Art. 17.5)
Aplicación sanitaria: En tu práctica como enfermero/a, si atiendes a un detenido bajo custodia policial, debes conocer que tiene derecho a asistencia sanitaria y que la privación de libertad está limitada a 72 horas máximo sin pase a disposición judicial.
- a) 24 horas: FALSO. Es una confusión con plazos de otros procedimientos, pero la CE establece 72h
- b) 48 horas: FALSO. Tampoco es el plazo constitucional. Memoriza: 72 horas = 3 días
- d) Una semana: FALSO. Sería contrario a la garantía constitucional. El plazo MÁXIMO son 72 horas
Pregunta 6 Técnico Administrativo 2025
¿Qué artículo de la vigente Constitución Española ha sido recientemente modificado (15/02/2024), para cambiar el término «disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos» por el de «personas con discapacidad»?
a) Artículo 25
b) Artículo 29
c) Artículo 31
d) Artículo 49
Explicación: El artículo 49 de la Constitución fue reformado el 15 de febrero de 2024 mediante reforma constitucional ordinaria (Art. 167 CE), aprobada por las Cortes Generales.
Redacción ANTERIOR (hasta 14/02/2024):
«Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos.»
Redacción ACTUAL (desde 15/02/2024):
«Los poderes públicos realizarán las políticas necesarias para garantizar la plena autonomía personal e inclusión social de las personas con discapacidad. Estas políticas respetarán su libertad de elección y preferencias, y atenderán a los distintos tipos y grados de discapacidad y promoverán especialmente su participación en los asuntos que les conciernen.»
Importancia del cambio:
- ✅ Actualización terminológica: lenguaje respetuoso y enfoque de derechos
- ✅ Alineación con Convención ONU sobre Derechos de Personas con Discapacidad (2006)
- ✅ Enfoque en autonomía, inclusión y participación (no solo asistencialismo)
- ✅ Primera reforma constitucional desde la modificación del Art. 135 en 2011
Relevancia para enfermería SAS: Este cambio refuerza el modelo de atención centrado en la persona, la autonomía y los derechos. En tu práctica, debes usar terminología adecuada: «persona con discapacidad», NO «disminuido/discapacitado».
- a) Art. 25: Regula principios de legalidad penal y sistema penitenciario. NO ha sido modificado
- b) Art. 29: Regula el derecho de petición individual y colectivo. NO ha sido modificado
- c) Art. 31: Regula el sistema tributario y el gasto público. NO ha sido modificado
⚠️ ACTUALIZACIÓN RECIENTE – ALTA PROBABILIDAD EN EXAMEN 2025
Esta modificación es MUY reciente (febrero 2024) y por tanto tiene ALTA probabilidad de aparecer en exámenes 2025. Es la única reforma constitucional en 13 años.
Pregunta 7 Técnico Administrativo 2025
Según se recoge en el artículo 43 de la Constitución Española vigente, son ciertas las siguientes respuestas EXCEPTO:
a) Se reconoce el derecho a la protección de la salud
b) Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios
c) Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte
d) Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y la alimentación equilibrada
Explicación: La opción d) es INCORRECTA porque la Constitución NO menciona «alimentación equilibrada» en el artículo 43.
Texto LITERAL del artículo 43 CE:
- Art. 43.1: «Se reconoce el derecho a la protección de la salud» ✅ (opción a correcta)
- Art. 43.2: «Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto» ✅ (opción b correcta)
- Art. 43.3: «Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio» ✅ (opción c correcta)
¿Por qué es incorrecta la opción d)?
El Art. 43.3 dice textualmente «el deporte«, NO dice «la alimentación equilibrada». Aunque la alimentación es parte de la salud pública, NO aparece mencionada expresamente en el Art. 43 CE.
Relación con normativa SAS:
- ✅ La Ley 16/2011 Salud Pública de Andalucía SÍ desarrolla programas de alimentación saludable
- ✅ La Estrategia de Promoción de Vida Saludable 2024-2030 incluye alimentación
- ✅ Pero estos desarrollos legislativos NO están en el texto constitucional del Art. 43
- a) Derecho protección salud: VERDADERO. Es el Art. 43.1 CE textual
- b) Organizar y tutelar salud pública: VERDADERO. Es el Art. 43.2 CE textual
- c) Educación sanitaria, física y deporte: VERDADERO. Es el Art. 43.3 CE textual
Pregunta 8 Técnico Informática 2023 – Pregunta Reserva 153
El preámbulo de la vigente Constitución Española comienza con: «La Nación española, deseando establecer…» (señale la frase correcta que sigue)
a) …la igualdad, la libertad y la seguridad
b) …la justicia, la libertad y la seguridad
c) …la justicia, la libertad y la igualdad
d) …la justicia, la libertad y la convivencia democrática
Explicación: El Preámbulo de la Constitución Española de 1978 comienza con el siguiente texto literal:
«La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de: […]»
Diferencia con los valores superiores del Art. 1.1:
- PREÁMBULO: «Justicia, libertad y seguridad» (objetivo que se desea establecer)
- ART. 1.1 CE: «Libertad, justicia, igualdad y pluralismo político» (valores superiores del ordenamiento jurídico)
⚠️ No confundir: El Preámbulo NO menciona «igualdad» ni «pluralismo político». Estos aparecen en el Art. 1.1 como valores superiores.
- a) Igualdad, libertad y seguridad: FALSO. El Preámbulo NO menciona «igualdad» en esta frase inicial (aunque sí aparece en el Art. 1.1)
- c) Justicia, libertad e igualdad: FALSO. Esto sería mezclar Preámbulo con Art. 1.1. El Preámbulo dice «seguridad», NO «igualdad»
- d) Justicia, libertad y convivencia: FALSO. El Preámbulo dice «seguridad», NO «convivencia democrática»
Pregunta 9 FEA 2025 (múltiples categorías)
Según el artículo 2 de la vigente Constitución Española, esta norma jurídica de máximo rango se fundamenta en:
a) La indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles
b) El marco de los Derechos Humanos de la ONU
c) La Monarquía parlamentaria, como forma política del Estado español
d) El pueblo español, del que emanan los poderes del Estado
Explicación: El artículo 2 de la Constitución establece textualmente:
«La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.»
Conceptos clave del Art. 2 CE:
- Unidad de la Nación: Principio fundamental e indisoluble
- Autonomía: Derecho de nacionalidades y regiones a autogobernarse
- Solidaridad: Entre todas las partes del territorio
Equilibrio constitucional: El Art. 2 establece el equilibrio entre unidad (Estado único) y diversidad (autonomías territoriales). Este es el fundamento del Estado de las Autonomías.
Relevancia para SAS: Este principio de unidad con autonomía justifica que exista un Sistema Nacional de Salud (unidad, bases comunes) con Servicios de Salud autonómicos como el SAS (autonomía de gestión).
- b) Derechos Humanos ONU: FALSO. Aunque la CE respeta los DDHH (Art. 10.2), NO es el fundamento del Art. 2
- c) Monarquía parlamentaria: FALSO. Esto es la FORMA política del Estado (Art. 1.3), NO el fundamento del Art. 2
- d) Pueblo español, poderes del Estado: FALSO. Esto está en el Art. 1.2 («soberanía nacional reside en el pueblo español»), NO en el Art. 2
⚠️ NO CONFUNDIR Arts. 1 y 2 CE
- Art. 1.1: Valores superiores (libertad, justicia, igualdad, pluralismo político)
- Art. 1.2: Soberanía nacional reside en el pueblo español
- Art. 1.3: Forma política: Monarquía parlamentaria
- Art. 2: Fundamento: unidad de la Nación + autonomía + solidaridad
Pregunta 10 OPE Enfermería 2025
¿En qué año fue aprobada y publicada en el BOE la vigente Constitución Española?
a) 1978
b) 1979
c) 1976
d) 1981
Explicación: La Constitución Española fue aprobada por las Cortes Generales el 31 de octubre de 1978, ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978 y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 29 de diciembre de 1978, entrando en vigor ese mismo día.
Cronología histórica:
- 20 noviembre 1975: Fallecimiento del General Franco
- 15 junio 1977: Primeras elecciones democráticas
- 31 julio 1978: Aprobación del proyecto por el Congreso
- 31 octubre 1978: Aprobación final por Congreso y Senado
- 6 diciembre 1978: ✅ Referéndum nacional (87,87% participación, 88,54% SÍ)
- 27 diciembre 1978: Sanción y promulgación por el Rey Juan Carlos I
- 29 diciembre 1978: ✅ Publicación en BOE y entrada en vigor
Día de la Constitución: El 6 de diciembre se celebra como festivo nacional en España, conmemorando el referéndum de aprobación.
Contexto de la Transición: La CE de 1978 culminó el proceso de transición democrática tras la dictadura franquista, estableciendo un Estado social y democrático de Derecho.
- b) 1979: FALSO. La CE ya estaba en vigor. En 1979 se celebraron las primeras elecciones generales bajo la nueva Constitución
- c) 1976: FALSO. Franco había muerto en 1975 pero la CE aún no existía. En 1976 se aprobó la Ley de Reforma Política
- d) 1981: FALSO. En 1981 ocurrió el intento de golpe de Estado (23-F), pero la CE ya estaba vigente desde 1978
Pregunta 11 Técnico Administrativo 2025
Según el artículo 56 de la Constitución Española, referido a la Jefatura del Estado, señale la respuesta INCORRECTA:
a) El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones
b) Asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con todas las naciones europeas
c) Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona
d) La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad
Explicación: La opción b) es INCORRECTA porque añade una especificidad que NO existe en el artículo 56 CE: «especialmente con todas las naciones europeas«.
Texto LITERAL del artículo 56 CE:
Art. 56.1: «El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.» ✅ (opción a correcta)
⚠️ El texto dice: «especialmente con las naciones de su comunidad histórica» (referencia a países hispanoamericanos), NO dice «especialmente con todas las naciones europeas».
Art. 56.2: «Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.» ✅ (opción c correcta)
Art. 56.3: «La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2.» ✅ (opción d correcta)
Funciones del Rey (Art. 56 y ss.):
- Simbólicas: Símbolo de unidad y permanencia del Estado
- Arbitrales: Arbitra y modera el funcionamiento de las instituciones
- Representativas: Máxima representación internacional
- Formales: Funciones que le atribuyen CE y leyes (sancionar leyes, nombrar Presidente Gobierno, etc.)
Principio de refrendo: Todos los actos del Rey requieren refrendo del Presidente del Gobierno o ministros competentes, excepto nombrar y cesar miembros de la Casa Real y distribuir su presupuesto (Art. 65.2 CE). El responsable del acto es quien lo refrenda, NO el Rey (irresponsabilidad).
- a) Jefe Estado, símbolo, arbitra, modera: VERDADERO. Es el Art. 56.1 CE textual
- c) Título Rey de España: VERDADERO. Es el Art. 56.2 CE textual
- d) Inviolable, sin responsabilidad: VERDADERO. Es el Art. 56.3 CE textual
Pregunta 12 FEA Cirugía Plástica 2025
Según el artículo 9 de la vigente Constitución Española, esta norma de máximo rango jurídico garantiza una serie de principios legales y jurídicos entre los que se encuentran todos los que se enumeran a continuación, EXCEPTO:
a) El principio de legalidad
b) La publicidad de las normas
c) La retroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales
d) La jerarquía normativa
Explicación: La opción c) es INCORRECTA porque la Constitución establece la IRRETROACTIVIDAD (NO retroactividad) de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.
Texto LITERAL del artículo 9.3 CE:
«La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.»
Principios constitucionales del Art. 9.3 CE:
- ✅ Principio de legalidad: Actuación conforme a la ley (opción a CORRECTA)
- ✅ Jerarquía normativa: Ordenación jerárquica de normas (CE > Ley Orgánica > Ley > Reglamento) (opción d CORRECTA)
- ✅ Publicidad de las normas: Publicación oficial para su conocimiento (opción b CORRECTA)
- ✅ IRRETROACTIVIDAD (NO retroactividad): Las normas sancionadoras o restrictivas NO pueden aplicarse a hechos anteriores (opción c INCORRECTA)
- ✅ Seguridad jurídica: Certeza sobre las normas aplicables
- ✅ Responsabilidad de poderes públicos: Responden de sus actuaciones
- ✅ Interdicción de la arbitrariedad: Prohibición de actuación caprichosa o sin justificación
Importancia de la IRRETROACTIVIDAD:
- ❌ Una norma sancionadora NO puede castigar conductas realizadas antes de su entrada en vigor
- ❌ Una ley restrictiva de derechos NO puede aplicarse retroactivamente
- ✅ Garantiza seguridad jurídica: solo puedes ser sancionado por lo que era sancionable cuando lo hiciste
Excepción: La retroactividad SÍ es posible cuando beneficia al infractor (norma penal más favorable posterior).
- a) Principio de legalidad: VERDADERO. Está expresamente en el Art. 9.3 CE
- b) Publicidad de las normas: VERDADERO. Está expresamente en el Art. 9.3 CE
- d) Jerarquía normativa: VERDADERO. Está expresamente en el Art. 9.3 CE
⚠️ ERROR CONCEPTUAL GRAVE
Confundir RETROACTIVIDAD con IRRETROACTIVIDAD es un error muy grave. La CE garantiza la IRRETROACTIVIDAD (= NO aplicación al pasado) de normas sancionadoras desfavorables. La pregunta busca que identifiques que la opción c) está mal redactada al decir «retroactividad» en lugar de «irretroactividad».
📊 RESUMEN: Conceptos MÁS Preguntados en Exámenes Reales
Si solo puedes estudiar 10 cosas del Tema 1, que sean estas:
- Art. 43 CE = Principio rector (Capítulo III), NO derecho fundamental → Sin amparo TC
- Art. 148.1.21ª = Competencias CCAA: «Sanidad e higiene»
- Art. 149.1.16ª = Competencias Estado: «Bases y coordinación sanidad»
- Art. 20.1.d) = Secreto profesional
- Art. 17.2 = Detención preventiva máximo 72 horas
- Derechos CON amparo TC: Art. 14 + Arts. 15-29 + Art. 30.2
- Derechos SIN amparo TC: Arts. 30-38 (excepto 30.2) + Arts. 39-52 (incluye salud)
- Art. 43.3 = Educación sanitaria + educación física + DEPORTE (NO alimentación)
- Art. 2 = Fundamento CE: unidad Nación + autonomía + solidaridad
- Fecha CE: 6 diciembre 1978 (referéndum) / 29 diciembre 1978 (BOE)
✍️ CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN
🎯 Objetivo del Cuestionario
Este cuestionario de 30 preguntas tipo test está diseñado para que evalúes tu comprensión completa del Tema 1 sobre la Constitución Española de 1978. Cada pregunta incluye:
- ✅ Cuatro opciones de respuesta (A-D), siendo solo una correcta
- ✅ Explicación detallada de por qué la respuesta es correcta
- ✅ Análisis de por qué las otras opciones son incorrectas
- ✅ Conexión con la práctica profesional del SAS en el SAS cuando sea relevante
- ✅ Consejos para el examen y mnemotecnias útiles
Nivel de dificultad: Las preguntas tienen el mismo nivel que las de los exámenes oficiales SAS, cubriendo desde conceptos básicos hasta aspectos técnicos más complejos.
📋 Instrucciones de Uso
Modo de estudio recomendado:
- Primera vuelta: Responde todas las preguntas sin mirar las respuestas
- Corrección: Revisa tus respuestas y lee las explicaciones completas
- Análisis de errores: Identifica tus áreas débiles y repasa el tema en esos apartados
- Segunda vuelta: Repite el cuestionario días después para consolidar
Puntuación: En el examen real, las respuestas incorrectas penalizan con -0.25 puntos. Para simularlo, resta ¼ de punto por cada fallo.
📝 CUESTIONARIO DE 30 PREGUNTAS
Pregunta 1
Los valores superiores del ordenamiento jurídico español, según el artículo 1.1 de la Constitución, son:
a) Libertad, igualdad, fraternidad y justicia
b) Libertad, justicia, igualdad y pluralismo político
c) Libertad, justicia, solidaridad y democracia
d) Libertad, igualdad, seguridad jurídica y Estado de Derecho
Explicación: El artículo 1.1 de la Constitución establece textualmente: «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político«.
Estos cuatro valores superiores (y SOLO estos cuatro) informan todo el ordenamiento jurídico español y deben inspirar la actuación de todos los poderes públicos, incluido el SAS.
- a) Fraternidad: Este valor pertenece a la Revolución Francesa, NO está en el Art. 1.1 CE. El cuarto valor es «pluralismo político»
- c) Solidaridad y democracia: Aunque importantes, NO son los valores superiores del Art. 1.1. Solidaridad aparece en Art. 2 (entre CCAA)
- d) Seguridad jurídica y Estado de Derecho: Son principios constitucionales (Art. 9.3), NO valores superiores del Art. 1.1
Pregunta 2
La forma política del Estado español, según la Constitución, es:
a) República parlamentaria
b) Monarquía constitucional
c) Monarquía parlamentaria
d) Estado social y democrático de Derecho
Explicación: El artículo 1.3 CE establece: «La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria«.
Características de la Monarquía parlamentaria:
- El Rey es el Jefe del Estado pero sin poder ejecutivo real
- El poder ejecutivo lo ejerce el Gobierno, responsable ante el Parlamento
- Todos los actos del Rey requieren refrendo (Art. 64 CE)
- El Rey es inviolable y no está sujeto a responsabilidad (Art. 56.3 CE)
- a) República parlamentaria: FALSO. España NO es una república. Es una monarquía
- b) Monarquía constitucional: Terminología imprecisa. El término exacto en la CE es «Monarquía parlamentaria»
- d) Estado social y democrático de Derecho: Esto define el TIPO de Estado (Art. 1.1), NO la forma política
Pregunta 3
¿En qué Título de la Constitución se regulan los derechos y deberes fundamentales?
a) Título Preliminar
b) Título I
c) Título II
d) Título III
Explicación: El Título I de la Constitución (Arts. 10-55) se titula «De los derechos y deberes fundamentales» y contiene toda la regulación de derechos, libertades y principios rectores.
Estructura del Título I:
- Art. 10: Dignidad de la persona (artículo bisagra)
- Capítulo I (Arts. 11-13): De los españoles y extranjeros
- Capítulo II (Arts. 14-38): Derechos y libertades
- Sección 1ª (Arts. 15-29): Derechos fundamentales y libertades públicas
- Sección 2ª (Arts. 30-38): Derechos y deberes de los ciudadanos
- Capítulo III (Arts. 39-52): Principios rectores política social y económica (aquí está el Art. 43 Salud)
- Capítulo IV (Arts. 53-54): Garantías de libertades y derechos fundamentales
- Capítulo V (Art. 55): Suspensión de derechos y libertades
- a) Título Preliminar: FALSO. Contiene principios generales (Arts. 1-9), NO derechos
- c) Título II: FALSO. Regula la Corona (Arts. 56-65)
- d) Título III: FALSO. Regula las Cortes Generales (Arts. 66-96)
Pregunta 4
El Congreso de los Diputados está compuesto por:
a) Un número fijo de 350 diputados
b) Entre 300 y 400 diputados elegidos por sufragio universal
c) 350 diputados más los senadores en Cortes Generales
d) Un número variable según la población de cada provincia
Explicación: El artículo 68.1 CE establece: «El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley».
Características del Congreso:
- Actualmente tiene 350 diputados (determinado por ley electoral)
- Elegidos cada 4 años (salvo disolución anticipada)
- Circunscripción electoral: provincia (Art. 68.2)
- Sistema: representación proporcional (D’Hondt)
- Edad mínima para ser diputado: 18 años
- a) 350 fijo: FALSO. Aunque actualmente son 350, la CE permite entre 300-400. NO es un número fijo constitucional
- c) Diputados + senadores: FALSO. Confusión conceptual. Congreso y Senado son cámaras separadas
- d) Variable según población: IMPRECISO. Aunque la distribución por provincias considera población, el total está entre 300-400
Pregunta 5
El Senado, según la Constitución, es:
a) La Cámara Alta de representación territorial
b) La Cámara de representación proporcional de los partidos políticos
c) La Cámara de control del Gobierno
d) La Cámara de representación de las nacionalidades
Explicación: El artículo 69.1 CE define al Senado como «la Cámara de representación territorial«. Aunque en la práctica esta función está difuminada, constitucionalmente el Senado representa a las provincias, islas y Comunidades Autónomas.
Composición del Senado (Art. 69):
- Senadores por elección directa: 4 por provincia, con excepciones (islas, Ceuta, Melilla)
- Senadores designados por CCAA: 1 por cada CCAA + 1 más por cada millón de habitantes
- Total actual: aproximadamente 265 senadores
- b) Representación proporcional partidos: FALSO. Esto define más al Congreso. El Senado es territorial
- c) Control del Gobierno: FALSO. Ambas cámaras controlan al Gobierno, pero esta NO es la definición del Senado
- d) Representación nacionalidades: IMPRECISO. Representa territorio (provincias + CCAA), no solo «nacionalidades»
Pregunta 6
¿Cuántos magistrados componen el Tribunal Constitucional?
a) 10 magistrados
b) 12 magistrados
c) 15 magistrados
d) 20 magistrados
Explicación: El artículo 159.1 CE establece: «El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial».
Características del TC:
- 12 magistrados nombrados por 9 años (Art. 159.3)
- Renovación por terceras partes cada 3 años
- Independiente de los demás órganos constitucionales
- Presidente elegido por los propios magistrados
Funciones principales: Recurso de inconstitucionalidad, cuestión de inconstitucionalidad, recurso de amparo, conflictos de competencia entre Estado y CCAA.
- a) 10 magistrados: FALSO. Número incorrecto
- c) 15 magistrados: FALSO. Confusión posible con otros tribunales
- d) 20 magistrados: FALSO. Número incorrecto
Pregunta 7
La duración del mandato de los magistrados del Tribunal Constitucional es de:
a) 6 años renovables
b) 9 años no renovables
c) 9 años renovables por una sola vez
d) Vitalicio hasta jubilación
Explicación: El artículo 159.3 CE establece: «Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres». Además, el mandato es no renovable (se establece en la Ley Orgánica del TC).
Razón del mandato largo no renovable: Garantizar la independencia de los magistrados. Al no poder ser renovados, no dependen de quienes les nombraron.
- a) 6 años: FALSO. La CE establece 9 años, no 6
- c) 9 años renovables: FALSO. Son 9 años pero NO renovables
- d) Vitalicio: FALSO. Tienen mandato temporal de 9 años
Pregunta 8
¿Qué artículo de la Constitución reconoce el derecho a la vida y a la integridad física y moral?
a) Artículo 14
b) Artículo 15
c) Artículo 16
d) Artículo 17
Explicación: El artículo 15 CE establece: «Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra».
Relevancia sanitaria: Este artículo es fundamental para la práctica profesional del SAS:
- ✅ Prohíbe tratos inhumanos o degradantes (base del trato digno al paciente)
- ✅ Protege la integridad física (base del consentimiento informado)
- ✅ Es un derecho fundamental con máxima protección (amparo TC)
- a) Art. 14: Regula el principio de igualdad, NO el derecho a la vida
- c) Art. 16: Regula la libertad ideológica y religiosa, NO el derecho a la vida
- d) Art. 17: Regula el derecho a la libertad y seguridad (detención), NO el derecho a la vida
Pregunta 9
El derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen está reconocido en:
a) Artículo 17
b) Artículo 18
c) Artículo 19
d) Artículo 20
Explicación: El artículo 18 CE protege múltiples aspectos de la privacidad:
- Art. 18.1: «Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen«
- Art. 18.2: Inviolabilidad del domicilio
- Art. 18.3: Secreto de las comunicaciones
- Art. 18.4: Protección de datos personales (añadido en reforma 1992)
Aplicación en enfermería SAS:
- ✅ Derecho a la intimidad del paciente (no revelar información sin consentimiento)
- ✅ Respeto a la imagen (no fotografiar sin permiso)
- ✅ Protección de datos de salud (RGPD, historia clínica)
- ✅ Es un derecho fundamental (Sección 1ª) con amparo TC
- a) Art. 17: Regula libertad y seguridad (detención), NO intimidad
- c) Art. 19: Regula libertad de residencia y circulación, NO intimidad
- d) Art. 20: Regula libertades de expresión e información, NO intimidad (aunque sí menciona secreto profesional)
Pregunta 10
¿Qué artículo regula el derecho a la tutela judicial efectiva?
a) Artículo 23
b) Artículo 24
c) Artículo 25
d) Artículo 26
Explicación: El artículo 24 CE reconoce: «Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión».
Contenido del Art. 24 CE:
- ✅ Derecho a la tutela judicial efectiva
- ✅ Derecho al juez ordinario predeterminado por la ley
- ✅ Derecho a la defensa y asistencia de letrado
- ✅ Derecho a ser informado de la acusación
- ✅ Derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas
- ✅ Derecho a utilizar medios de prueba pertinentes
- ✅ Presunción de inocencia
Relevancia sanitaria: Los pacientes tienen derecho a acudir a los tribunales si consideran vulnerados sus derechos sanitarios (mala praxis, vulneración autonomía, etc.).
- a) Art. 23: Regula derechos de participación política (sufragio activo/pasivo, acceso función pública), NO tutela judicial
- c) Art. 25: Regula principio de legalidad penal y régimen penitenciario, NO tutela judicial
- d) Art. 26: Prohíbe los Tribunales de Honor, NO regula tutela judicial efectiva
Pregunta 11
El derecho a la educación está reconocido en el artículo:
a) Artículo 26
b) Artículo 27
c) Artículo 28
d) Artículo 29
Explicación: El artículo 27 CE reconoce el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, estableciendo:
- ✅ Derecho de todos a la educación (Art. 27.1)
- ✅ Libertad de enseñanza (Art. 27.1)
- ✅ Libertad de creación de centros docentes (Art. 27.6)
- ✅ Enseñanza básica obligatoria y gratuita (Art. 27.4)
- ✅ Derecho de los padres a elegir formación religiosa y moral de sus hijos (Art. 27.3)
Clasificación: Es un derecho de la Sección 2ª del Capítulo II (Arts. 30-38), por tanto NO tiene recurso de amparo ante el TC, pero SÍ tiene reserva de ley orgánica y mayor protección que los principios rectores.
- a) Art. 26: Prohíbe los Tribunales de Honor, NO regula educación
- c) Art. 28: Regula libertad sindical y derecho a la huelga, NO educación
- d) Art. 29: Regula derecho de petición individual y colectivo, NO educación
Pregunta 12
¿En qué capítulo del Título I se encuentran los principios rectores de la política social y económica?
a) Capítulo I
b) Capítulo II
c) Capítulo III
d) Capítulo IV
Explicación: El Capítulo III del Título I (Arts. 39-52) se titula «De los principios rectores de la política social y económica» y contiene:
- Art. 39: Protección social, económica y jurídica de la familia
- Art. 40: Pleno empleo, formación profesional
- Art. 41: Seguridad Social
- Art. 42: Protección trabajadores españoles en el extranjero
- Art. 43: PROTECCIÓN DE LA SALUD ⚠️
- Art. 44: Acceso a la cultura
- Art. 45: Medio ambiente
- Art. 46: Patrimonio histórico, cultural y artístico
- Art. 47: Vivienda digna y adecuada
- Art. 48: Participación de la juventud
- Art. 49: Personas con discapacidad (reformado 2024)
- Art. 50: Tercera edad, pensiones
- Art. 51: Defensa de consumidores y usuarios
- Art. 52: Organizaciones profesionales
Nivel de protección: Estos principios NO son derechos subjetivos directamente exigibles. Vinculan a todos los poderes públicos, pero solo pueden alegarse ante tribunales de acuerdo con las leyes que los desarrollen (Art. 53.3 CE). NO tienen recurso de amparo.
- a) Capítulo I: FALSO. Regula españoles y extranjeros, NO principios rectores
- b) Capítulo II: FALSO. Regula derechos y libertades (Secciones 1ª y 2ª), NO principios rectores
- d) Capítulo IV: FALSO. Regula garantías de libertades y derechos fundamentales, NO principios rectores
Pregunta 13
El artículo 53.2 de la Constitución establece el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para:
a) Todos los derechos reconocidos en el Título I
b) Solo el artículo 14 y los derechos de la Sección 1ª del Capítulo II
c) El artículo 14, los derechos de la Sección 1ª del Capítulo II y el artículo 30.2
d) Todos los derechos fundamentales y los principios rectores
Explicación: El artículo 53.2 CE establece textualmente: «Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo, ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.2«.
Derechos CON amparo ante TC:
- Art. 14: Principio de igualdad
- Arts. 15-29: Derechos fundamentales y libertades públicas (Sección 1ª Capítulo II)
- Art. 30.2: Objeción de conciencia (ÚNICA excepción de la Sección 2ª)
Consecuencia práctica: Si consideras vulnerado tu derecho a la salud (Art. 43, Capítulo III), NO puedes interponer amparo ante TC. Deberás usar vía contencioso-administrativa ordinaria.
- a) Todos los derechos Título I: FALSO. NO todos tienen amparo. Los principios rectores (Capítulo III, Arts. 39-52) NO lo tienen
- b) Solo Art. 14 + Sección 1ª: INCOMPLETO. Falta el Art. 30.2 (objeción de conciencia)
- d) Todos + principios rectores: FALSO. Los principios rectores (Capítulo III) NO tienen amparo constitucional
Pregunta 14
¿Qué órgano o institución propone al candidato a Presidente del Gobierno para su nombramiento por el Rey?
a) El Senado
b) El Congreso de los Diputados
c) Las Cortes Generales en sesión conjunta
d) El Congreso de los Diputados tras consulta con los representantes de los grupos políticos con representación parlamentaria
Explicación: Según el artículo 99 CE, tras cada renovación del Congreso, o cuando quede vacante el cargo de Presidente del Gobierno:
- El Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno
- El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior, expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara
- Si el Congreso, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente
- De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple
Resumen del proceso: Rey consulta → propone candidato → Congreso vota → si hay confianza → Rey nombra Presidente.
- a) El Senado: FALSO. El Senado NO interviene en la investidura del Presidente del Gobierno
- b) El Congreso sin consulta: INCOMPLETO. Falta la consulta previa a grupos parlamentarios
- c) Cortes en sesión conjunta: FALSO. Solo interviene el Congreso, no las Cortes completas
Pregunta 15
La moción de censura al Gobierno debe ser propuesta al menos por:
a) Una quinta parte de los diputados
b) Una cuarta parte de los diputados
c) Una décima parte de los diputados
d) Una tercera parte de los diputados
Explicación: El artículo 113 CE establece: «El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura. La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados«.
Características de la moción de censura:
- Propuesta: mínimo 10% de los diputados (actualmente 35 diputados de 350)
- Debe incluir un candidato alternativo a Presidente del Gobierno (moción constructiva)
- Aprobación: requiere mayoría absoluta del Congreso
- Si prospera: el candidato propuesto en la moción es nombrado automáticamente Presidente
- Entre una moción rechazada y otra nueva debe transcurrir al menos un período de sesiones
- a) Una quinta parte (20%): FALSO. Es más del doble de lo requerido
- b) Una cuarta parte (25%): FALSO. Es mucho más de lo requerido
- d) Una tercera parte (33%): FALSO. Es más del triple de lo requerido
Pregunta 16
¿Qué mayoría se requiere para aprobar una Ley Orgánica?
a) Mayoría simple del Congreso
b) Mayoría absoluta del Congreso
c) Mayoría de tres quintos de ambas Cámaras
d) Mayoría de dos tercios del Congreso
Explicación: El artículo 81.2 CE establece: «La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto».
Leyes Orgánicas (Art. 81.1 CE):
- Son las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas (Arts. 15-29)
- Las que aprueben los Estatutos de Autonomía
- El régimen electoral general
- Las demás previstas en la Constitución (ej: Defensor del Pueblo, Tribunal Constitucional)
Mayoría absoluta del Congreso = mitad más uno del total de diputados (actualmente 176 de 350), NO de los presentes.
Diferencia con Ley Ordinaria: La ley ordinaria se aprueba por mayoría simple (más síes que noes de los presentes).
- a) Mayoría simple: FALSO. Eso es para leyes ordinarias, NO orgánicas
- c) Tres quintos ambas Cámaras: FALSO. Eso es para reforma constitucional ordinaria (Art. 167), NO leyes orgánicas
- d) Dos tercios: FALSO. Eso es para reforma constitucional agravada (Art. 168), NO leyes orgánicas
Pregunta 17
El orden de sucesión al trono está regulado en:
a) Artículo 56
b) Artículo 57
c) Artículo 58
d) Artículo 59
Explicación: El artículo 57 CE regula la sucesión a la Corona española, estableciendo:
- Art. 57.1: «La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S.M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos»
- ⚠️ Preferencia del varón sobre la mujer (sistema de sucesión tradicional)
- La Princesa de Asturias: heredera presuntiva al trono
Otros aspectos del Art. 57:
- Extinción de líneas → Cortes Generales proveerán sucesión
- Personas con derecho a sucesión que contraigan matrimonio contra prohibición del Rey y Cortes → excluidas de sucesión
- a) Art. 56: Define funciones del Rey como Jefe de Estado, NO sucesión
- c) Art. 58: Regula consorte del Rey/Reina, NO sucesión
- d) Art. 59: Regula la Regencia, NO sucesión al trono
Pregunta 18
¿Qué artículo de la Constitución establece que «compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública»?
a) Artículo 41
b) Artículo 42
c) Artículo 43
d) Artículo 44
Explicación: El artículo 43.2 CE establece: «Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto».
Contenido completo del Art. 43 CE:
- 43.1: «Se reconoce el derecho a la protección de la salud»
- 43.2: Competencia poderes públicos organizar/tutelar salud pública
- 43.3: «Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio»
Desarrollo legislativo:
- Ley 14/1986 General de Sanidad
- Ley 16/2003 de cohesión y calidad del SNS
- Ley 2/1998 de Salud de Andalucía
- Ley 41/2002 de autonomía del paciente
Este artículo es el fundamento constitucional del SAS y del SNS.
- a) Art. 41: Regula la Seguridad Social, NO específicamente salud pública
- b) Art. 42: Protección trabajadores españoles en extranjero, NO salud pública
- d) Art. 44: Acceso a la cultura, NO salud pública
Pregunta 19
El procedimiento de reforma constitucional ordinario requiere la aprobación por:
a) Mayoría absoluta de ambas Cámaras
b) Mayoría de dos tercios del Congreso y mayoría absoluta del Senado
c) Mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras
d) Mayoría simple en ambas Cámaras más referéndum obligatorio
Explicación: El artículo 167.1 CE establece el procedimiento de reforma ordinaria: «Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado».
Tres quintos = 60% de cada Cámara (actualmente 210 diputados de 350 en el Congreso).
Referéndum facultativo (Art. 167.3): Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
- a) Mayoría absoluta: INSUFICIENTE. Se requiere 3/5, NO mayoría absoluta (1/2 + 1)
- b) Dos tercios + absoluta: FALSO. Esto no corresponde a ningún procedimiento de reforma. Dos tercios es para reforma agravada (Art. 168)
- d) Simple + referéndum obligatorio: FALSO. La mayoría es 3/5 y el referéndum es facultativo, NO obligatorio (salvo reforma agravada Art. 168)
Pregunta 20
¿Qué partes de la Constitución requieren el procedimiento de reforma agravada del artículo 168?
a) Cualquier artículo del Título I
b) Solo el Título Preliminar
c) El Título Preliminar, el Capítulo II Sección 1ª del Título I y el Título II
d) Todos los Títulos de la Constitución por igual
Explicación: El artículo 168.1 CE establece: «Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título primero, o al Título segundo, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes».
Partes «superprotegidas» que requieren reforma agravada:
- Título Preliminar (Arts. 1-9): Principios generales, valores superiores, forma política del Estado
- Capítulo II Sección 1ª Título I (Arts. 15-29): Derechos fundamentales y libertades públicas
- Título II (Arts. 56-65): La Corona
Procedimiento reforma agravada:
- Aprobación del principio por 2/3 de cada Cámara
- Disolución inmediata de las Cortes
- Nuevas Cortes deben ratificar decisión por 2/3
- Elaboración del nuevo texto aprobado por 2/3
- Referéndum obligatorio de ratificación
- a) Cualquier artículo Título I: FALSO. Solo Capítulo II Sección 1ª (Arts. 15-29), NO todo el Título I
- b) Solo Título Preliminar: INCOMPLETO. Faltan Capítulo II Sección 1ª Título I y Título II
- d) Todos los Títulos por igual: FALSO. Hay diferencia entre reforma ordinaria (mayoría) y agravada (partes «núcleo duro»)
Pregunta 21
El principio de igualdad ante la ley está reconocido en el artículo:
a) Artículo 1
b) Artículo 9
c) Artículo 14
d) Artículo 15
Explicación: El artículo 14 CE establece: «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».
Importancia del Art. 14:
- Es el primer artículo del Capítulo II (Derechos y libertades)
- Tiene valor interpretativo de todos los demás derechos
- Tiene máxima protección: recurso de amparo ante TC
- Vincula a todos los poderes públicos (legislador, ejecutivo, judicial)
Aplicación en sanidad:
- ✅ Acceso igualitario a prestaciones sanitarias
- ✅ Prohibición de discriminación por cualquier causa en atención sanitaria
- ✅ Igualdad de trato a todos los pacientes
- a) Art. 1: Menciona igualdad como valor superior, pero NO regula el principio de igualdad ante la ley
- b) Art. 9: Menciona igualdad como principio a promover, pero NO es el artículo del principio de igualdad ante la ley
- d) Art. 15: Regula derecho a la vida e integridad, NO igualdad
Pregunta 22
¿Cuántas veces ha sido reformada la Constitución Española de 1978?
a) Ninguna vez
b) Una vez (1992)
c) Dos veces (1992 y 2011)
d) Tres veces (1992, 2011 y 2024)
Explicación: La Constitución Española ha sido reformada tres veces desde su aprobación en 1978:
- 1ª reforma (1992): Artículo 13.2 – Para permitir el derecho de sufragio pasivo (ser elegido) de extranjeros en elecciones municipales, cumpliendo con el Tratado de Maastricht (UE)
- 2ª reforma (2011): Artículo 135 – Estabilidad presupuestaria. Limitación del déficit estructural y de la deuda pública. Reforma express en plena crisis económica
- 3ª reforma (2024): Artículo 49 – Cambio terminológico: de «disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos» a «personas con discapacidad«. Reforma aprobada el 15 de febrero de 2024
Procedimiento utilizado: Las tres reformas se realizaron mediante procedimiento ordinario (Art. 167 CE: mayoría 3/5 de cada Cámara), NO agravado.
- a) Ninguna vez: FALSO. Ha sido reformada 3 veces
- b) Una vez (1992): DESACTUALIZADO. Hubo reformas posteriores en 2011 y 2024
- c) Dos veces (1992 y 2011): DESACTUALIZADO. Falta la reforma de 2024 (Art. 49)
Pregunta 23
Según el artículo 66 de la Constitución, las Cortes Generales:
a) Ejercen la potestad legislativa del Estado exclusivamente
b) Representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado
c) Son el órgano supremo de dirección política del Estado
d) Aprueban los Presupuestos Generales del Estado de forma conjunta
Explicación: El artículo 66.1 CE establece: «Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado«.
Funciones de las Cortes Generales (Art. 66.2):
- ✅ Ejercen la potestad legislativa del Estado
- ✅ Aprueban sus Presupuestos
- ✅ Controlan la acción del Gobierno
- ✅ Tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución
Bicameralismo imperfecto: El Congreso tiene prioridad sobre el Senado en la mayoría de funciones (investidura, moción de censura, cuestión de confianza, presupuestos).
- a) Potestad legislativa exclusivamente: INCOMPLETO. También controlan Gobierno, aprueban presupuestos y otras funciones
- c) Órgano supremo dirección política: FALSO. El órgano de dirección política es el Gobierno (Art. 97 CE)
- d) Presupuestos de forma conjunta: FALSO. Aprueban presupuestos pero NO necesariamente de forma conjunta (el Congreso tiene prioridad)
Pregunta 24
El derecho de reunión pacífica y sin armas está reconocido en:
a) Artículo 20
b) Artículo 21
c) Artículo 22
d) Artículo 23
Explicación: El artículo 21 CE reconoce: «Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes».
Características:
- ✅ Es un derecho fundamental (Sección 1ª) con amparo TC
- ✅ NO requiere autorización previa
- ✅ En lugares de tránsito público: comunicación previa
- ✅ Solo puede prohibirse por razones fundadas de orden público
- a) Art. 20: Libertades de expresión e información, NO reunión
- c) Art. 22: Derecho de asociación, NO reunión
- d) Art. 23: Derechos de participación política, NO reunión
Pregunta 25
El derecho de sindicación está reconocido en el artículo:
a) Artículo 27
b) Artículo 28
c) Artículo 29
d) Artículo 30
Explicación: El artículo 28 CE reconoce:
- Art. 28.1: «Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato»
- Art. 28.2: «Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad»
Relevancia sanitaria: Los profesionales del SAS tienen derecho a sindicarse y a la huelga, con limitaciones en servicios esenciales (servicios mínimos).
- a) Art. 27: Derecho a la educación, NO sindicación
- c) Art. 29: Derecho de petición, NO sindicación
- d) Art. 30: Deberes de defensa de España, objeción de conciencia, NO sindicación
Pregunta 26
La iniciativa legislativa popular requiere, según la Constitución:
a) No menos de 250.000 firmas acreditadas
b) No menos de 500.000 firmas acreditadas
c) No menos de 750.000 firmas acreditadas
d) No menos de 1.000.000 de firmas acreditadas
Explicación: El artículo 87.3 CE establece: «Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia».
Características:
- Mínimo 500.000 firmas acreditadas
- Regulada por Ley Orgánica 3/1984
- Excluida en: leyes orgánicas, materias tributarias, internacionales, prerrogativa de gracia
- a) 250.000: FALSO. Es la mitad de lo requerido
- c) 750.000: FALSO. Supera lo establecido constitucionalmente
- d) 1.000.000: FALSO. Es el doble de lo requerido
Pregunta 27
El derecho a la propiedad privada y a la herencia está reconocido en:
a) Artículo 31
b) Artículo 32
c) Artículo 33
d) Artículo 34
Explicación: El artículo 33 CE establece:
- Art. 33.1: «Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia«
- Art. 33.2: «La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes»
- Art. 33.3: «Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes»
Clasificación: Es un derecho de la Sección 2ª del Capítulo II (Arts. 30-38), por tanto:
- ❌ NO tiene recurso de amparo ante el TC
- ✅ Tiene reserva de ley ordinaria
- ✅ Mayor protección que los principios rectores (Capítulo III)
- a) Art. 31: Regula sistema tributario y gasto público, NO propiedad
- b) Art. 32: Derecho a contraer matrimonio, NO propiedad
- d) Art. 34: Derecho de fundación, NO propiedad
Pregunta 28
¿Quién refrenda los actos del Rey?
a) Siempre el Presidente del Gobierno
b) El Presidente del Congreso
c) El Presidente del Gobierno y, en su caso, los Ministros competentes
d) El Presidente del Tribunal Constitucional
Explicación: El artículo 64.1 CE establece: «Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso».
Principio de refrendo:
- Todos los actos del Rey requieren refrendo (salvo excepciones Art. 65.2)
- El responsable del acto es quien refrenda, NO el Rey
- Sin refrendo, el acto carece de validez
Excepciones al refrendo (Art. 65.2):
- Nombrar y cesar miembros civiles y militares de su Casa
- Distribuir el presupuesto de la Casa Real
- a) Siempre Presidente Gobierno: INCOMPLETO. También ministros competentes y, en caso investidura, Presidente Congreso
- b) Presidente del Congreso: INCOMPLETO. Solo en nombramiento Presidente Gobierno y disolución Art. 99, NO siempre
- d) Presidente TC: FALSO. NO refrenda actos del Rey
Pregunta 29
El Defensor del Pueblo es:
a) Alto comisionado del Gobierno
b) Alto comisionado de las Cortes Generales
c) Órgano del Poder Judicial
d) Miembro del Tribunal Constitucional
Explicación: El artículo 54 CE establece: «Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales».
Características del Defensor del Pueblo:
- Designado por las Cortes Generales por mayoría 3/5
- Mandato: 5 años
- Defiende derechos del Título I (Arts. 10-55)
- Supervisa actividad de la Administración
- Puede interponer recurso de inconstitucionalidad y de amparo ante TC
- Goza de inviolabilidad e inmunidad
Relevancia sanitaria: Los ciudadanos pueden acudir al Defensor del Pueblo ante vulneraciones de derechos en atención sanitaria (quejas contra SAS, vulneración autonomía paciente, etc.).
- a) Alto comisionado del Gobierno: FALSO. Es de las Cortes Generales (Parlamento), NO del Gobierno (ejecutivo)
- c) Órgano del Poder Judicial: FALSO. NO pertenece al Poder Judicial, sino al Legislativo (Cortes)
- d) Miembro TC: FALSO. NO es miembro del TC, aunque puede interponer recursos ante él
Pregunta 30
El artículo 50 de la Constitución sobre la tercera edad establece que:
a) El Estado garantizará, mediante pensiones públicas y privadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad
b) Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad
c) Las CCAA garantizarán pensiones mínimas a los ciudadanos de la tercera edad
d) Se garantiza el derecho fundamental a una pensión digna
Explicación: El artículo 50 CE establece textualmente: «Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio».
Clasificación: Es un principio rector de la política social y económica (Capítulo III, Título I), por tanto:
- ❌ NO es un derecho fundamental
- ❌ NO tiene recurso de amparo ante TC
- ✅ Vincula a todos los poderes públicos
- ✅ Solo puede alegarse ante tribunales según las leyes que lo desarrollen
Desarrollo legislativo: Sistema de Seguridad Social, pensiones contributivas y no contributivas, servicios sociales para mayores, Ley de Dependencia.
Relevancia sanitaria: Los profesionales del SAS atienden frecuentemente a personas mayores. Este artículo fundamenta la atención integral (sanitaria + social) a la tercera edad.
- a) Pensiones públicas y privadas: FALSO. El Art. 50 no menciona «pensiones privadas». La garantía es de los poderes públicos mediante pensiones adecuadas
- c) Las CCAA garantizarán: FALSO. Dice «los poderes públicos» (Estado, CCAA, Ayuntamientos), NO solo CCAA
- d) Derecho fundamental: FALSO. Es un principio rector (Capítulo III), NO un derecho fundamental (Capítulo II Sección 1ª)
🎯 Evaluación y Próximos Pasos
Una vez completado el cuestionario, evalúa tu resultado:
- 90-100% (27-30 aciertos): ¡Excelente! Dominas el tema. Repasa solo los errores puntuales
- 75-89% (23-26 aciertos): Muy bien. Refuerza las áreas donde has fallado
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Recuerda: En el examen real, cada error resta -0.25 puntos. Practica también la gestión del tiempo: 30 preguntas en aproximadamente 30-35 minutos.
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CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978
📅 6 diciembre 1978: Referéndum (87,87% participación, 88,54% SÍ)
📰 29 diciembre 1978: Publicación BOE y entrada en vigor
🔄 3 Reformas: 1992 (Art. 13.2), 2011 (Art. 135), 2024 (Art. 49)
1️⃣ TÍTULO PRELIMINAR (Arts. 1-9) – Principios Fundamentales
Art. 1 – Valores Superiores y Forma Política
Art. 1.1 – Valores Superiores del Ordenamiento Jurídico:
- 🔹 Libertad
- 🔹 Justicia
- 🔹 Igualdad
- 🔹 Pluralismo político
💡 Mnemotecnia: «LIJUP»
Art. 1.2: La soberanía nacional reside en el pueblo español
Art. 1.3: Forma política = Monarquía parlamentaria
Art. 2 – Fundamento de la Constitución
- Unidad indisoluble de la Nación española
- Autonomía de las nacionalidades y regiones
- Solidaridad entre todas ellas
Art. 9.3 – Principios Jurídicos Fundamentales
- ✅ Principio de legalidad
- ✅ Jerarquía normativa
- ✅ Publicidad de las normas
- ✅ IRRETROACTIVIDAD disposiciones sancionadoras desfavorables
- ✅ Seguridad jurídica
- ✅ Responsabilidad poderes públicos
- ✅ Interdicción arbitrariedad
2️⃣ TÍTULO I (Arts. 10-55) – Derechos y Deberes Fundamentales
CAPÍTULO II SECCIÓN 1ª (Arts. 15-29) – Derechos Fundamentales y Libertades Públicas
🔴 MÁXIMA PROTECCIÓN: Amparo TC + Reserva Ley Orgánica
- Art. 15: Vida e integridad física y moral. Abolición pena de muerte
- Art. 17: Libertad y seguridad. Detención máx. 72 horas
- Art. 18: Honor, intimidad, propia imagen. Inviolabilidad domicilio. Secreto comunicaciones. Protección datos
- Art. 20: Libertades expresión, información. Secreto profesional
- Art. 21: Reunión pacífica sin armas
- Art. 22: Asociación
- Art. 23: Participación política. Sufragio activo/pasivo. Acceso función pública
- Art. 24: Tutela judicial efectiva. Presunción inocencia
- Art. 25: Principio legalidad penal
CAPÍTULO II SECCIÓN 2ª (Arts. 30-38) – Derechos y Deberes de los Ciudadanos
🟡 PROTECCIÓN MEDIA: Reserva de Ley + NO Amparo TC (excepto Art. 30.2)
- Art. 27: Educación. Libertad enseñanza
- Art. 28: Sindicación. Huelga
- Art. 30.2: Objeción de conciencia (ÚNICA con amparo TC de Sección 2ª)
- Art. 33: Propiedad privada y herencia (SIN amparo TC)
⚕️ CAPÍTULO III (Arts. 39-52) – Principios Rectores Política Social y Económica
⚠️ CRÍTICO: NO son derechos subjetivos + NO amparo TC + Vinculan poderes públicos
- Art. 41: Seguridad Social
- Art. 43: PROTECCIÓN DE LA SALUD 🏥
- 43.1: Derecho a la protección de la salud
- 43.2: Poderes públicos organizan y tutelan salud pública (medidas preventivas + prestaciones/servicios)
- 43.3: Fomentar educación sanitaria + educación física + DEPORTE (NO alimentación)
- Art. 49: Personas con discapacidad (reformado 2024)
- Art. 50: Tercera edad. Pensiones adecuadas
CAPÍTULO IV (Arts. 53-54) – Garantías de Derechos
Art. 53.2 – Recurso de amparo ante TC:
- ✅ Art. 14 (Igualdad)
- ✅ Arts. 15-29 (Derechos fundamentales Sección 1ª)
- ✅ Art. 30.2 (Objeción conciencia)
- ❌ Arts. 30-38 resto (excepto 30.2)
- ❌ Arts. 39-52 (Principios rectores → incluye Art. 43 Salud)
Art. 54 – Defensor del Pueblo: Alto comisionado Cortes Generales
📊 TABLA COMPARATIVA: Clasificación de Derechos por Nivel de Protección
| Categoría | Artículos | Amparo TC | Ley Desarrollo | Ejemplos Clave |
|---|---|---|---|---|
| Derechos Fundamentales | Art. 14 + Arts. 15-29 + Art. 30.2 | ✅ SÍ | Ley Orgánica | Vida (15), Libertad (17), Intimidad (18), Tutela judicial (24) |
| Derechos Ciudadanos | Arts. 30-38 (excepto 30.2) | ❌ NO | Ley Ordinaria | Educación (27), Sindicación (28), Propiedad (33) |
| Principios Rectores | Arts. 39-52 | ❌ NO | Según leyes | Salud (43), Tercera edad (50), Discapacidad (49) |
3️⃣ TÍTULO II (Arts. 56-65) – La Corona
Art. 56 – El Rey: Funciones
- 👑 Jefe del Estado
- 🔹 Símbolo unidad y permanencia
- ⚖️ Arbitra y modera funcionamiento instituciones
- 🌍 Máxima representación internacional (especialmente comunidad histórica)
- 🛡️ Inviolable y no sujeto a responsabilidad
Art. 57 – Sucesión a la Corona
Orden: primogenitura y representación (preferencia varón sobre mujer en mismo grado)
Art. 64 – Refrendo
TODOS los actos del Rey requieren refrendo:
- Presidente del Gobierno
- Ministros competentes
- Presidente del Congreso (investidura Presidente Gobierno)
Excepciones (Art. 65.2): Nombrar/cesar Casa Real, distribuir presupuesto Casa Real
Consecuencia: El responsable es quien refrenda, NO el Rey
4️⃣ TÍTULO III (Arts. 66-96) – Las Cortes Generales
Art. 66 – Composición y Funciones
Representan al pueblo español. Formadas por:
- Congreso de los Diputados: 300-400 diputados (actualmente 350)
- Senado: Cámara de representación territorial
Funciones:
- ✅ Potestad legislativa del Estado
- ✅ Aprueban Presupuestos
- ✅ Controlan acción del Gobierno
Art. 81 – Leyes Orgánicas
Aprobación: Mayoría absoluta del Congreso
Materias:
- Desarrollo derechos fundamentales (Arts. 15-29)
- Estatutos de Autonomía
- Régimen electoral general
- Otras previstas en CE (TC, Defensor Pueblo, etc.)
Art. 87 – Iniciativa Legislativa
- Gobierno
- Congreso y Senado
- Asambleas CCAA
- Iniciativa Popular: ≥ 500.000 firmas (NO para leyes orgánicas, tributarias, internacionales)
5️⃣ TÍTULO IV (Arts. 97-107) – El Gobierno y la Administración
Art. 97 – Funciones del Gobierno
- 🎯 Dirige política interior y exterior
- ⚙️ Dirige Administración civil y militar
- 🛡️ Dirige defensa del Estado
- ⚖️ Ejerce función ejecutiva y potestad reglamentaria
Art. 99 – Investidura Presidente del Gobierno
- Rey consulta grupos parlamentarios
- Rey propone candidato (a través Presidente Congreso)
- Candidato expone programa ante Congreso
- 1ª votación: Mayoría absoluta Congreso
- 2ª votación (48h después): Mayoría simple
- Rey nombra Presidente
Art. 113 – Moción de Censura
- Propuesta: ≥ 1/10 diputados (10%)
- Constructiva: Debe incluir candidato alternativo
- Aprobación: Mayoría absoluta Congreso
- Consecuencia: Candidato moción → Presidente automáticamente
Art. 114 – Cuestión de Confianza
- Planteada por Presidente del Gobierno (iniciativa propia)
- Aprobación: Mayoría simple Congreso
- Si NO prospera → Gobierno dimite
6️⃣ TÍTULO VI (Arts. 117-127) – Poder Judicial
TÍTULO IX (Arts. 159-165) – Tribunal Constitucional
Tribunal Constitucional
Composición (Art. 159):
- 12 magistrados nombrados por el Rey
- 4 a propuesta del Congreso (mayoría 3/5)
- 4 a propuesta del Senado (mayoría 3/5)
- 2 a propuesta del Gobierno
- 2 a propuesta del CGPJ
Mandato: 9 años NO renovables. Renovación por terceras partes cada 3 años
Funciones:
- ✅ Recurso de inconstitucionalidad
- ✅ Cuestión de inconstitucionalidad
- ✅ Recurso de amparo (Arts. 14, 15-29, 30.2)
- ✅ Conflictos competencia Estado-CCAA
7️⃣ TÍTULO VIII (Arts. 137-158) – Organización Territorial del Estado
Art. 137 – Organización Territorial
El Estado se organiza territorialmente en:
- 🏘️ Municipios
- 🗺️ Provincias
- 🏛️ Comunidades Autónomas
Todas gozan de autonomía para gestión de sus intereses
⚕️ DISTRIBUCIÓN COMPETENCIAS SANITARIAS
Art. 148.1.21ª CE – Competencias que PUEDEN asumir las CCAA:
- ✅ «Sanidad e higiene»
Art. 149.1.16ª CE – Competencias EXCLUSIVAS del Estado:
- ✅ Sanidad exterior
- ✅ Bases y coordinación general de la sanidad
- ✅ Legislación sobre productos farmacéuticos
RESULTADO PRÁCTICO:
- 🏛️ Estado: Marco legal básico (Ley General Sanidad, Ley cohesión SNS) + Coordinación
- 🏥 CCAA: Desarrollo, gestión y organización servicios sanitarios (SAS en Andalucía)
8️⃣ TÍTULO X (Arts. 166-169) – Reforma de la Constitución
Art. 167 – Reforma Constitucional ORDINARIA
Procedimiento:
- Aprobación mayoría 3/5 de cada Cámara
- Si no hay acuerdo → Comisión paritaria
- Referéndum FACULTATIVO (si lo solicita 1/10 de cualquier Cámara en 15 días)
Ámbito: Cualquier artículo EXCEPTO los del Art. 168
Art. 168 – Reforma Constitucional AGRAVADA
Partes «superprotegidas» que requieren este procedimiento:
- 🔴 Título Preliminar (Arts. 1-9)
- 🔴 Capítulo II Sección 1ª Título I (Arts. 15-29 – Derechos fundamentales)
- 🔴 Título II (Arts. 56-65 – La Corona)
Procedimiento:
- Aprobación del principio por 2/3 de cada Cámara
- Disolución inmediata de las Cortes
- Nuevas Cortes ratifican decisión por 2/3
- Elaboración nuevo texto aprobado por 2/3
- Referéndum OBLIGATORIO de ratificación
Reformas Realizadas de la CE 1978
- 1992: Art. 13.2 – Sufragio pasivo extranjeros elecciones municipales (UE)
- 2011: Art. 135 – Estabilidad presupuestaria y limitación déficit/deuda
- 2024: Art. 49 – «Personas con discapacidad» (antes «disminuidos»)
⚠️ Las 3 reformas usaron procedimiento ORDINARIO (Art. 167)
📊 JERARQUÍA NORMATIVA ESPAÑOLA
1. CONSTITUCIÓN
Norma suprema. Todo el ordenamiento debe ser conforme a ella.
2. LEYES ORGÁNICAS
Mayoría absoluta Congreso. Desarrollo derechos fundamentales, Estatutos CCAA, régimen electoral.
3. LEYES ORDINARIAS
Mayoría simple. Ámbito general de actuación legislativa.
4. DECRETOS LEGISLATIVOS
Gobierno con delegación de las Cortes.
5. DECRETOS-LEYES
Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad.
6. REGLAMENTOS
Gobierno y Administración. Desarrollo de las leyes.
🎯 ESTRATEGIA PARA EL EXAMEN
Preguntas MÁS FRECUENTES del Tema 1:
- Artículo 43 CE: Derecho a la protección de la salud → Pregunta prácticamente obligatoria. Memoriza que es un «principio rector», NO un derecho fundamental, y que NO tiene recurso de amparo.
- Artículo 148.1.21ª CE: Competencias autonómicas en sanidad → Cae habitualmente. Recuerda que es el Art. 148, no el 143, 146 o 155.
- Artículo 20 CE: Secreto profesional → Aparece con frecuencia. Está en el Art. 20.1.d) CE, dentro de la libertad de expresión e información.
- Artículo 17.2 CE: Detención preventiva máximo 72 horas → Pregunta recurrente. Ni 24, ni 48, ni una semana: 72 horas.
- Valores superiores del Art. 1.1 CE → Libertad, justicia, igualdad y pluralismo político. No confundir con otros principios.
- Derechos NO susceptibles de amparo → El derecho a la propiedad privada (Art. 33 CE) NO tiene amparo. El derecho a la salud (Art. 43 CE) tampoco.
- Artículo 50 CE: Pensiones tercera edad → Los poderes públicos garantizarán pensiones adecuadas y actualizadas.
Errores Típicos a EVITAR:
- ❌ Confundir el derecho a la salud (Art. 43 CE) con un derecho fundamental. NO lo es; es un principio rector.
- ❌ Pensar que todos los derechos constitucionales tienen recurso de amparo. Solo los del Art. 14 y Arts. 15-29 CE (y objeción de conciencia del Art. 30.2).
- ❌ Confundir el año de aprobación de la Constitución. Fue 1978, no 1976 ni 1979.
- ❌ Mezclar artículos de competencias: sanidad autonómica es el Art. 148.1.21ª, no otros artículos del Título VIII.
- ❌ Confundir el plazo de detención preventiva. Son 72 horas, ni más ni menos.
- ❌ Pensar que solo el personal sanitario organiza la salud pública. Lo hacen los poderes públicos (Art. 43.2 CE).
Mnemotecnias Útiles:
- «LIJUP» para valores superiores: Libertad, Justicia, Igualdad, Pluralismo político (Art. 1.1 CE).
- «43 = Salud Pública, Tutelar y Organizar»: Art. 43 CE, compete a poderes públicos organizar y tutelar salud pública.
- «148 = Sanidad e Higiene CCAA»: Art. 148.1.21ª, competencias autonómicas en sanidad.
- «20 = Secreto Profesional»: Art. 20.1.d) CE, secreto profesional.
- «3 días = 72 horas»: Detención preventiva máximo 72 horas (Art. 17.2 CE).
📚 REFERENCIAS NORMATIVAS Y BIBLIOGRÁFICAS
Normativa Legal:
- Constitución Española de 1978, BOE núm. 311, de 29 de diciembre de 1978.
- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
- Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía.
- Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
- Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
Documentos SSPA:
- Plan Andaluz de Salud (vigente).
- Estrategia de Cuidados del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Bibliografía Científica:
- López Guerra, L., et al. (2020). Derecho Constitucional. Vol. I y II. Tirant lo Blanch.
- Pérez Royo, J. (2021). Curso de Derecho Constitucional. Marcial Pons.
- García de Enterría, E., y Fernández, T.R. (2020). Curso de Derecho Administrativo I y II. Civitas.

En la pregunta 10, además de la opción B), también sería correcta la opción A)
¿Cuál es la principal diferencia entre los derechos fundamentales de la Sección 1ª del Capítulo II del Título I y los principios rectores del Capítulo III?
A) Los primeros vinculan a todos los poderes públicos, mientras que los segundos no.
B) Los primeros son protegibles mediante recurso de amparo, mientras que los segundos solo son alegables según las leyes que los desarrollen.
C) Los primeros son aplicables a españoles y extranjeros, mientras que los segundos solo a españoles.
D) Los primeros requieren desarrollo por ley orgánica, mientras que los segundos pueden regularse por cualquier norma.
Explicación (art. 53.1 CE) : «Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos» (especifica solamente al Capítulo II, y no al III)
Efectivamente tienes razón:
Análisis normativo
Artículo 53 CE:
53.1 CE → «Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos».
* Esto afecta al Capítulo II (arts. 14 a 38), no al Capítulo III (arts. 39 a 52).
* Por tanto, la opción A también es correcta.
53.2 CE → Los derechos fundamentales de la Sección 1ª (arts. 15 a 29, y objeción de conciencia art. 30 CE) gozan de una tutela reforzada:
recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
procedimiento preferente y sumario ante los tribunales ordinarios.
Esto es lo que recoge la opción B, que también es correcta.
53.3 CE → Los principios rectores del Capítulo III (ej. protección a la familia, medio ambiente, vivienda, etc.) solo podrán ser alegados según las leyes que los desarrollen, no son directamente exigibles ante los tribunales.
Conclusión
Respuesta B es la que normalmente se considera la principal diferencia en el ámbito académico y de oposiciones.
Respuesta A también puede considerarse correcta, porque los principios rectores no tienen la misma vinculación directa a todos los poderes públicos (aunque el TC ha matizado que sí informan la práctica judicial y legislativa).
En una oposición, lo más seguro sería marcar B, pero en una posible impugnación de examen podría argumentarse que A y B son correctas simultáneamente, con base en el art. 53 CE.
Referencia normativa:
Constitución Española, artículos 53.1, 53.2 y 53.3.
En este texto, sobre la Sucesión de la Corona, decís que se ha modificado el artículo 57.1 de la Constitución. Eso creo que no es así….no ha habido modificación de ese artículo. Puede llevar a una confusión grave a la gente que lo estudie así
Un saludo