OPE 2025 – TFA ADM GRAL. Tema 85. Procedimientos y formas de adjudicación de los contratos. Procedimiento abierto, restringido, con negociación, diálogo competitivo y asociación para la innovación. Supuestos de aplicación y criterios para la adjudicación del mismo. Publicidad de las licitaciones. Adjudicación de la contratación. La Mesa de Contratación: composición, proposiciones de los licitadores. Calificación de la documentación presentada. Subsanaciones y rechazo de las proposiciones. Ofertas anormalmente bajas. Composición permanente de las Mesas de Contratación en el Servicio Andaluz de Salud.

OPE 2025 - TFA ADM GRAL

Este tema aborda las distintas metodologías que las Administraciones Públicas, como el Servicio Andaluz de Salud (SAS), deben seguir para seleccionar a las empresas o profesionales que ejecutarán obras, prestarán servicios o suministrarán bienes. La adjudicación de contratos públicos es un proceso reglado, cuyo objetivo es garantizar la eficiencia en el gasto público y el respeto a los principios rectores de la contratación.

Marco normativo esencial

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), que transpone al ordenamiento jurídico español las directivas comunitarias 2014/23/UE y 2014/24/UE.
  • Normativa específica andaluza, como:
    • Instrucciones internas del SAS.
    • Resoluciones sobre composición de mesas permanentes.
    • Normativa organizativa o presupuestaria vigente.
  • Referencia normativa autonómica general: Decreto 51/2025 y Ley 5/2023, de la Función Pública de Andalucía.

Principios rectores

Los principios generales que rigen toda licitación pública son:

  • Libre acceso de los licitadores a las licitaciones.
  • Publicidad y transparencia del procedimiento.
  • No discriminación e igualdad de trato.
  • Eficiencia en el uso de fondos públicos.
  • Integridad, lucha contra el fraude y corrupción.

Nota importante: Es esencial consultar la versión consolidada y vigente de la LCSP y cualquier normativa autonómica o interna del SAS aplicable a la fecha del procedimiento.


1. Procedimientos y formas de adjudicación

La LCSP establece que la adjudicación de contratos debe realizarse mediante uno de los siguientes procedimientos. La elección no es libre: depende del objeto, valor estimado, complejidad y urgencia del contrato.

Procedimiento abierto (arts. 156 a 159 LCSP)

  • Acceso libre a todos los licitadores que cumplan los requisitos.
  • No se permite negociación.
  • Procedimiento ordinario y preferente.
  • Se fomenta la máxima concurrencia.

Modalidades:

  • Abierto ordinario.
  • Abierto simplificado (obras < 2.000.000 €, suministros y servicios < 143.000 €).
  • Abierto súper simplificado (obras < 80.000 €, suministros/servicios < 60.000 €).

Procedimiento restringido (arts. 160 a 165 LCSP)

  • Dos fases:
    1. Selección previa de candidatos mediante solvencia.
    2. Presentación de ofertas solo por parte de los preseleccionados.
  • Se utiliza cuando:
    • Se prevé un elevado número de licitadores.
    • Es necesario acreditar experiencia o solvencia técnica destacada.

Procedimiento con negociación (arts. 166 a 171 LCSP)

  • Se permite negociar los términos del contrato con los licitadores.
  • Se justifica su uso en casos como:
    • Contratos complejos o de difícil definición.
    • Procedimientos abiertos/restringidos desiertos.
    • Situaciones de urgencia.

Diálogo competitivo (arts. 172 a 176 LCSP)

  • Diseñado para contratos especialmente complejos.
  • Se desarrolla un diálogo con los candidatos seleccionados.
  • Tras el diálogo, se solicita la oferta final.

Asociación para la innovación (arts. 177 a 182 LCSP)

  • Para desarrollar productos, servicios u obras inexistentes en el mercado.
  • Se articula en fases: desarrollo, evaluación y adquisición.
  • Muy útil en áreas como sanidad, investigación o tecnología clínica (ej. pruebas diagnósticas innovadoras para el SAS).

2. Supuestos de aplicación y criterios de adjudicación

Aplicación

El órgano de contratación debe elegir el procedimiento conforme a:

  • Valor estimado.
  • Naturaleza y complejidad.
  • Disponibilidad de soluciones estándar en el mercado.
  • Urgencia.

Criterios de adjudicación (arts. 145 a 149 LCSP)

  • Objetivo: identificar la mejor oferta disponible.
  • Se fomenta la mejor relación calidad-precio.

Tipos:

  • Cualitativos (juicio de valor): calidad de la memoria, mejoras técnicas, organización del equipo.
  • Cuantitativos (fórmulas): precio, plazo, costes del ciclo de vida.

Coste del ciclo de vida:

Incluye:

  • Adquisición.
  • Mantenimiento.
  • Consumo energético o material.
  • Eliminación o reciclado.

Excepcionalmente puede aplicarse el precio más bajo si la prestación está perfectamente definida.


3. Publicidad de las licitaciones (art. 135 LCSP)

Objetivo: garantizar la transparencia y la igualdad de oportunidades.

Medios de publicidad:

  • Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP): obligatoria para todas las AAPP.
  • DOUE: si el contrato supera los umbrales comunitarios.
  • BOJA: en el ámbito de la Junta de Andalucía y SAS.

4. Adjudicación de la contratación (art. 150 LCSP)

Etapas:

  1. Valoración de ofertas por la Mesa de Contratación.
  2. Propuesta de adjudicación motivada.
  3. Resolución del órgano de contratación (ej. Gerente del SAS, Delegado, etc.).
  4. Notificación y publicación oficial.

5. La Mesa de Contratación (art. 326 y DA 2.ª LCSP)

Función

Órgano colegiado que evalúa, califica documentación y propone adjudicación.

Composición mínima

  • Presidencia.
  • Secretaría (con voz, sin voto).
  • Vocales:
    • Asesoramiento jurídico (Gabinete Jurídico).
    • Control económico (Intervención).
    • Técnicos especializados, según contrato.

No pueden formar parte personas con conflictos de interés, ni personal político salvo excepciones.

Fases de intervención

  1. Calificación documental: verificación de requisitos legales (DEUC, solvencia).
  2. Subsanaciones: plazo para corregir errores administrativos.
  3. Valoración técnica y económica.
  4. Ofertas anormalmente bajas: se solicita justificación previa a su exclusión (art. 149 LCSP).
  5. Propuesta de adjudicación final al órgano competente.

6. Composición permanente de las Mesas de Contratación en el SAS

Normativa

El SAS establece mediante instrucciones internas la existencia de mesas permanentes en:

  • Servicios Centrales.
  • Hospitales de alta complejidad.
  • Distritos sanitarios.

Composición tipo esperable

  • Presidencia: jefe/a de servicio o directivo/a del área de contratación.
  • Secretaría: personal técnico-administrativo.
  • Vocalías:
    • Jurídico: Letrado/a de la Junta.
    • Económico: Interventor/a delegado.
    • Técnicos de contratación o del objeto del contrato (farmacéuticos, ingenieros, etc.).

Ventajas

  • Especialización y profesionalización del procedimiento.
  • Agilidad y coherencia en la tramitación.
  • Estabilidad institucional.

Consulta recomendada: Resoluciones internas del SAS o BOJA para verificar la composición vigente (abril 2025).


Conclusión

El presente tema detalla los cauces legales que el SAS debe seguir para adjudicar contratos con garantías jurídicas, eficiencia administrativa y máxima transparencia. Los procedimientos previstos por la LCSP —abierto, restringido, con negociación, diálogo competitivo y asociación para la innovación— permiten adaptar el proceso a las características del contrato. La Mesa de Contratación, en su modalidad general o permanente (en el SAS), es el órgano técnico que asegura la correcta evaluación, con procedimientos para detectar errores, rechazar proposiciones o gestionar ofertas anormalmente bajas. En todos los casos, la clave reside en actuar conforme al marco normativo vigente y garantizar los principios rectores de la contratación pública.


 

Cuestionario:


Pregunta 1 (Actualizada 2025)

¿Cuál de los siguientes procedimientos de adjudicación se considera el procedimiento ordinario y preferente según la LCSP?
A) Procedimiento con negociación
B) Procedimiento abierto (Respuesta Correcta)
C) Procedimiento restringido
D) Asociación para la innovación

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
La LCSP establece el procedimiento abierto como el procedimiento ordinario y preferente, ya que permite la máxima concurrencia sin fase previa de selección ni negociación.

  • Opción A (Incorrecta): El procedimiento con negociación solo puede utilizarse en supuestos específicos justificados.
  • Opción C (Incorrecta): El restringido implica dos fases y está reservado a casos de complejidad o gran número de interesados.
  • Opción D (Incorrecta): La asociación para la innovación se limita a desarrollos de I+D no disponibles en el mercado.

📌 Referencia normativa:
Artículo 156.1 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.


Pregunta 2 (Actualizada 2025)

¿En qué procedimiento se permite negociar directamente con los licitadores seleccionados?
A) Procedimiento abierto
B) Procedimiento restringido
C) Procedimiento con negociación (Respuesta Correcta)
D) Diálogo competitivo

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El procedimiento con negociación permite al órgano de contratación discutir directamente con los licitadores los aspectos técnicos o económicos de sus ofertas.

  • Opción A (Incorrecta): No se permite negociación en el procedimiento abierto.
  • Opción B (Incorrecta): El restringido selecciona previamente a los licitadores, pero tampoco permite negociación.
  • Opción D (Incorrecta): Aunque existe diálogo en el diálogo competitivo, se trata de un proceso previo a la presentación formal de ofertas, no de negociación de condiciones.

📌 Referencia normativa:
Artículos 166 a 171 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.


Pregunta 3 (Actualizada 2025)

¿Qué órgano del SAS eleva la propuesta de adjudicación tras la valoración de ofertas?
A) El Órgano de Contratación directamente
B) El Gabinete Jurídico
C) La Mesa de Contratación (Respuesta Correcta)
D) La Intervención Delegada

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La Mesa de Contratación, como órgano colegiado de asistencia técnica, valora las ofertas, califica la documentación y eleva la propuesta motivada de adjudicación al órgano competente.

  • Opción A (Incorrecta): El órgano de contratación solo resuelve, no valora ni propone directamente.
  • Opción B (Incorrecta): El Gabinete Jurídico puede formar parte de la mesa, pero no eleva propuestas por sí solo.
  • Opción D (Incorrecta): La Intervención asesora y fiscaliza, pero no realiza propuestas de adjudicación.

📌 Referencia normativa:
Artículo 326 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.


Pregunta 4 (Actualizada 2025)

¿Cuál es el principal medio de publicidad de las licitaciones del SAS?
A) Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía
B) Boletín Oficial del Estado (BOE)
C) Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) (Respuesta Correcta)
D) Web del Servicio Andaluz de Salud

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La PLACSP es el medio oficial y obligatorio para la publicación de licitaciones públicas, incluyendo las del SAS.

  • Opción A (Incorrecta): El portal de transparencia no sustituye la obligación de publicar en la plataforma.
  • Opción B (Incorrecta): El BOE solo publica anuncios de ciertos contratos, pero no es el canal principal.
  • Opción D (Incorrecta): La web del SAS puede contener enlaces o anuncios, pero no es medio válido de publicidad contractual.

📌 Referencia normativa:
Artículo 347.3 de la LCSP y normativa del Perfil del Contratante.


Pregunta 5 (Actualizada 2025)

¿Cuál de los siguientes supuestos justifica el uso del procedimiento con negociación?
A) Que el contrato sea de cuantía inferior al umbral europeo
B) Que se trate de suministros fácilmente disponibles en el mercado
C) Que un procedimiento abierto anterior haya quedado desierto (Respuesta Correcta)
D) Que existan más de 20 licitadores interesados

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La LCSP permite utilizar el procedimiento con negociación cuando un procedimiento abierto o restringido anterior haya quedado desierto, siempre que no se modifiquen sustancialmente los pliegos.

  • Opción A (Incorrecta): La cuantía por sí sola no justifica el uso de este procedimiento.
  • Opción B (Incorrecta): Los suministros estándares deben licitarse mediante procedimientos abiertos.
  • Opción D (Incorrecta): La elevada concurrencia puede justificar un procedimiento restringido, no uno con negociación.

📌 Referencia normativa:
Artículo 167.1.a) de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.


 

Pregunta 6 (Actualizada 2025)

¿Qué ocurre si una oferta es calificada como anormalmente baja según la LCSP?
A) Debe excluirse directamente del procedimiento
B) Se solicita al licitador que justifique su oferta (Respuesta Correcta)
C) Solo puede aceptarse si es la más económica
D) Se eleva la oferta a la mesa técnica para su aceptación automática

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
Cuando una oferta se considera anormalmente baja, la Mesa de Contratación debe solicitar justificación previa al licitador antes de poder excluirla.

  • Opción A (Incorrecta): No se puede excluir sin abrir trámite contradictorio.
  • Opción C (Incorrecta): No basta con ser la más económica si no es viable.
  • Opción D (Incorrecta): La mesa técnica puede asesorar, pero no la acepta automáticamente.

📌 Referencia normativa:
Artículo 149 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.


Pregunta 7 (Actualizada 2025)

¿Qué tipo de criterios se valoran mediante juicio de valor?
A) Precio ofertado
B) Plazo de ejecución
C) Calidad técnica de la memoria (Respuesta Correcta)
D) Coste del ciclo de vida

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Los criterios cualitativos o evaluables mediante juicio de valor incluyen aspectos como la calidad de la propuesta técnica, metodología o innovación.

  • Opción A (Incorrecta): El precio es un criterio cuantificable mediante fórmula.
  • Opción B (Incorrecta): El plazo también se valora numéricamente.
  • Opción D (Incorrecta): El coste del ciclo de vida puede expresarse en cifras objetivas.

📌 Referencia normativa:
Artículo 146.2 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.


Pregunta 8 (Actualizada 2025)

¿Qué fase del procedimiento lleva a cabo la calificación de la documentación administrativa?
A) Órgano de contratación
B) Gabinete Jurídico
C) Mesa de Contratación (Respuesta Correcta)
D) Intervención General

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La Mesa de Contratación es el órgano encargado de calificar la documentación administrativa, verificando que los licitadores cumplen con los requisitos exigidos.

  • Opción A (Incorrecta): El órgano de contratación no califica, solo adjudica.
  • Opción B (Incorrecta): El Gabinete Jurídico puede asesorar, no calificar.
  • Opción D (Incorrecta): La Intervención revisa aspectos económico-presupuestarios, pero no la documentación de licitadores.

📌 Referencia normativa:
Artículo 326 LCSP y normativa interna del SAS sobre mesas permanentes.


Pregunta 9 (Actualizada 2025)

¿Cuál es el objetivo principal del uso de mesas de contratación permanentes en el SAS?
A) Reducir la plantilla de personal de contratación
B) Externalizar los procesos de valoración
C) Aumentar la discrecionalidad del proceso
D) Asegurar especialización y agilidad en la contratación (Respuesta Correcta)

Respuesta correcta: D

📌 Explicación:
Las mesas permanentes permiten profesionalizar, especializar y agilizar la tramitación contractual, especialmente en grandes organizaciones como el SAS.

  • Opción A (Incorrecta): No sustituyen personal, sino que lo organizan de forma eficiente.
  • Opción B (Incorrecta): No implica externalización.
  • Opción C (Incorrecta): Las mesas refuerzan la objetividad, no la discrecionalidad.

📌 Referencia normativa:
Instrucciones internas del SAS y aplicación del art. 326 LCSP.


Pregunta 10 (Actualizada 2025)

¿En qué procedimiento es necesario desarrollar un diálogo con los candidatos para definir la solución que mejor satisface al órgano de contratación?
A) Procedimiento abierto
B) Procedimiento restringido
C) Diálogo competitivo (Respuesta Correcta)
D) Asociación para la innovación

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El diálogo competitivo está diseñado para contratos especialmente complejos donde no se puede definir de antemano la solución más adecuada.

  • Opción A (Incorrecta): El abierto no permite diálogo ni negociación.
  • Opción B (Incorrecta): El restringido selecciona licitadores, pero no implica diálogo técnico.
  • Opción D (Incorrecta): La asociación para la innovación se centra en la I+D, no en el diálogo previo.

📌 Referencia normativa:
Artículo 172 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.


 

Pregunta 11 (Actualizada 2025)

¿Cuál de los siguientes contratos es más adecuado para el uso de la Asociación para la Innovación?
A) Suministro de material de oficina
B) Servicio de limpieza hospitalaria
C) Desarrollo de una prótesis inteligente no existente en el mercado (Respuesta Correcta)
D) Adquisición de mobiliario clínico homologado

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La Asociación para la Innovación se utiliza cuando se requiere una solución novedosa o no disponible en el mercado, como una tecnología médica en desarrollo.

  • Opción A (Incorrecta): Es un suministro estándar, no innovador.
  • Opción B (Incorrecta): Se trata de un servicio recurrente y disponible.
  • Opción D (Incorrecta): Se adquiriría mediante procedimiento abierto convencional.

📌 Referencia normativa:
Artículos 177 a 182 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.


Pregunta 12 (Actualizada 2025)

¿Qué función NO corresponde a la Mesa de Contratación?
A) Evaluar los criterios cualitativos
B) Proponer la adjudicación al órgano competente
C) Emitir informes técnicos vinculantes (Respuesta Correcta)
D) Calificar la documentación administrativa

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La Mesa puede solicitar informes técnicos, pero no emite informes vinculantes por sí misma.

  • Opción A (Incorrecta): Sí valora los criterios de juicio de valor.
  • Opción B (Incorrecta): Proponer la adjudicación es función esencial.
  • Opción D (Incorrecta): Califica la documentación del licitador.

📌 Referencia normativa:
Artículo 326 y disposición adicional segunda de la LCSP.


Pregunta 13 (Actualizada 2025)

¿Qué sobre electrónico incluye los criterios evaluables mediante juicio de valor en una licitación electrónica?
A) Sobre A
B) Sobre B (Respuesta Correcta)
C) Sobre C
D) Sobre D

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
En la contratación electrónica, el Sobre B contiene los criterios evaluables mediante juicio de valor, como calidad técnica o plan de trabajo.

  • Opción A (Incorrecta): Es el sobre de documentación administrativa.
  • Opción C (Incorrecta): Incluye los criterios automáticos evaluables mediante fórmula.
  • Opción D (Incorrecta): No existe en la clasificación habitual.

📌 Referencia normativa:
Instrucciones de licitación electrónica y prácticas habituales conforme al artículo 157 LCSP.


Pregunta 14 (Actualizada 2025)

¿Cuál de los siguientes principios está incluido en la contratación pública según la LCSP y afecta a todo el procedimiento?
A) Exclusividad contractual
B) Confidencialidad de la adjudicación
C) Libre concurrencia (Respuesta Correcta)
D) Discrecionalidad administrativa

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La libre concurrencia es uno de los principios esenciales del procedimiento de contratación pública.

  • Opción A (Incorrecta): No es un principio; el contrato debe ser abierto.
  • Opción B (Incorrecta): La adjudicación debe ser pública y motivada.
  • Opción D (Incorrecta): Se aplican criterios objetivos, no discrecionales.

📌 Referencia normativa:
Artículo 1 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.


Pregunta 15 (Actualizada 2025)

¿Qué órgano del SAS aprueba finalmente la adjudicación del contrato público, una vez valoradas las ofertas?
A) Mesa de Contratación
B) Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
C) Órgano de Contratación (Respuesta Correcta)
D) Junta Consultiva de Contratación

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El órgano de contratación del SAS (ej. Dirección Gerencia, Dirección Económica, etc.) toma la decisión final de adjudicación, tras propuesta de la Mesa.

  • Opción A (Incorrecta): La Mesa solo propone, no adjudica.
  • Opción B (Incorrecta): Este tribunal solo resuelve recursos.
  • Opción D (Incorrecta): La Junta Consultiva emite recomendaciones, no adjudica.

📌 Referencia normativa:
Artículo 150 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

 


Pregunta 16 (Actualizada 2025)

¿Cuál es la finalidad del uso del criterio del “coste del ciclo de vida” en la adjudicación de contratos públicos?
A) Valorar únicamente el precio final del contrato
B) Medir el impacto fiscal de la contratación
C) Evaluar el coste total de uso, mantenimiento y eliminación del bien o servicio (Respuesta Correcta)
D) Asegurar que se contrate con empresas públicas

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El coste del ciclo de vida permite estimar el coste total asociado a la ejecución del contrato, incluyendo adquisición, uso, mantenimiento y disposición final.

  • Opción A (Incorrecta): El precio final es solo una parte del ciclo de vida.
  • Opción B (Incorrecta): No tiene relación directa con el impacto fiscal.
  • Opción D (Incorrecta): El criterio se aplica con independencia de la naturaleza del licitador.

📌 Referencia normativa:
Artículo 148 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.


Pregunta 17 (Actualizada 2025)

¿Qué órgano valora si una oferta puede considerarse desproporcionada o anormalmente baja?
A) Tribunal de Cuentas
B) Intervención Delegada
C) Mesa de Contratación (Respuesta Correcta)
D) Consejería de Salud

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La Mesa de Contratación es responsable de detectar, analizar y gestionar las ofertas que puedan considerarse anormalmente bajas, abriendo trámite de justificación si procede.

  • Opción A (Incorrecta): El Tribunal de Cuentas fiscaliza con posterioridad.
  • Opción B (Incorrecta): La Intervención asesora, pero no valora ofertas.
  • Opción D (Incorrecta): La Consejería no participa en esa fase técnica.

📌 Referencia normativa:
Artículo 149 de la LCSP.


Pregunta 18 (Actualizada 2025)

¿Qué tipo de procedimiento se utiliza cuando no se puede definir técnicamente el objeto del contrato desde el inicio?
A) Procedimiento abierto
B) Asociación para la innovación
C) Diálogo competitivo (Respuesta Correcta)
D) Procedimiento con negociación sin publicidad

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El diálogo competitivo está pensado para contratos especialmente complejos, donde es necesario definir la solución óptima junto con los licitadores.

  • Opción A (Incorrecta): El procedimiento abierto exige definición previa.
  • Opción B (Incorrecta): Está vinculado al desarrollo de soluciones innovadoras, no a la indeterminación técnica inicial.
  • Opción D (Incorrecta): Solo se aplica en situaciones tasadas como urgencias.

📌 Referencia normativa:
Artículo 172 LCSP.


Pregunta 19 (Actualizada 2025)

¿Qué carácter tiene la participación del personal técnico o expertos externos en la Mesa de Contratación?
A) Obligatoria y con derecho a voto
B) Opcional, con funciones de asesoramiento (Respuesta Correcta)
C) Obligatoria en todos los contratos
D) Sustitutiva del presidente de la Mesa

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
El personal técnico o los expertos pueden ser invitados a las sesiones de la Mesa para emitir opinión técnica, pero no tienen voto ni carácter obligatorio.

  • Opción A (Incorrecta): No tienen voto.
  • Opción C (Incorrecta): No es obligatorio en todos los contratos.
  • Opción D (Incorrecta): No pueden sustituir al presidente.

📌 Referencia normativa:
Artículo 326 LCSP.


Pregunta 20 (Actualizada 2025)

¿Qué documento debe incluir los criterios de adjudicación con su ponderación y reglas de aplicación?
A) Informe técnico
B) Decreto de adjudicación
C) Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) (Respuesta Correcta)
D) Resolución de formalización

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Los criterios de adjudicación y su ponderación deben figurar en el PCAP, junto con las fórmulas, reglas de desempate y metodología de evaluación.

  • Opción A (Incorrecta): El informe técnico evalúa, pero no contiene los criterios por norma.
  • Opción B (Incorrecta): Es un acto posterior a la valoración.
  • Opción D (Incorrecta): Se refiere a la fase posterior a la adjudicación.

📌 Referencia normativa:
Artículo 145.5 y artículo 116 de la LCSP.


 

Mapa Conceptual – Tema 85: Procedimientos y Adjudicación de Contratos en el SAS

1. Marco Normativo y Principios Generales

⚖️ Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP)
🧩 Ley 5/2023 y Decreto 51/2025 (Función Pública Andalucía)
🧭 Principios rectores:

  • 📢 Publicidad
  • ⚖️ Igualdad y no discriminación
  • 🚪 Libre acceso a licitaciones
  • 💰 Eficiencia en el gasto
  • 🔒 Integridad y prevención de fraude

2. Procedimientos de Adjudicación

🔓 Procedimiento Abierto

  • Libre participación
  • Sin negociación
  • Modalidades: simplificado y súper simplificado

🔐 Procedimiento Restringido

  • Selección previa
  • Dos fases: solvencia + oferta

🤝 Procedimiento con Negociación

  • Con diálogo entre administración y licitadores
  • Requiere justificación

🧠 Diálogo Competitivo

  • Para contratos complejos
  • Definición conjunta de solución

🚀 Asociación para la Innovación

  • Para productos o servicios inexistentes
  • Fases: I+D + adquisición

3. Criterios de Adjudicación

🎯 Objetivo: Mejor relación calidad-precio
⚙️ Tipos de criterios:

  • 🧾 Cuantitativos (fórmulas)
  • 📄 Cualitativos (juicio de valor)
    ♻️ Coste del ciclo de vida
  • Adquisición, uso, mantenimiento, eliminación

4. Publicidad de Licitaciones

🌐 Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP)
📄 BOJA y DOUE (si contrato > umbral europeo)
🔍 Transparencia y acceso público garantizados


5. La Mesa de Contratación

🏛️ Órgano colegiado técnico (no adjudica, propone)
🧑‍⚖️ Composición mínima:

  • Presidente
  • Secretario (voz, sin voto)
  • Vocales: jurídico, económico y técnicos
    📂 Funciones:
  • Calificación documental
  • Subsanaciones
  • Valoración técnica y económica
  • Gestión de ofertas anormalmente bajas
  • Propuesta de adjudicación

6. Adjudicación del Contrato

📝 Propuesta de la Mesa → Resolución del Órgano de Contratación
📬 Notificación y publicación oficial


7. Mesas Permanentes en el SAS

🏥 Implantadas en Servicios Centrales y hospitales
🎓 Composición especializada
⚡ Ventajas:

  • Agilidad
  • Profesionalización
  • Coherencia

 


Referencias Normativas y Publicaciones Oficiales – Tema 85

Normativa Estatal

  1. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
    • BOE n.º 272, de 9 de noviembre de 2017
    • Texto consolidado (BOE-A-2017-12902)
    • Transpone las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE.
    • Regula los procedimientos de contratación en todas las administraciones públicas.
  2. Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la anterior Ley de Contratos del Sector Público (referencia aplicable subsidiariamente en cuestiones técnicas).
  3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    • BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015
    • Aplica a los procedimientos administrativos de contratación en aspectos como notificación, subsanaciones o plazos.
  4. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
    • Complementa la anterior en cuanto a órganos colegiados como la Mesa de Contratación.

Normativa Autonómica y Aplicación Específica en el SAS

  1. Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía
    • BOJA n.º 112, de 14 de junio de 2023
    • BOE n.º 164, de 11 de julio de 2023 (BOE-A-2023-16066)
    • Regula los principios generales y organización de los órganos administrativos en Andalucía.
    • Aplica subsidiariamente a la estructura de los órganos de contratación en el SAS.
  2. Decreto 51/2025, por el que se regula la estructura organizativa y competencias en materia de contratación del Servicio Andaluz de Salud (hipotético o en desarrollo, según actualización normativa aplicable en 2025).
  3. Instrucciones de Contratación del SAS
    • Instrucciones internas emitidas por la Dirección General de Gestión Económica del SAS.
    • Regulan el funcionamiento de las Mesas de Contratación permanentes, procedimientos de urgencia, criterios técnicos de valoración, etc.
    • Se publican habitualmente en el Portal del Contratante del SAS o en el BOJA.

Plataformas y Repositorios Oficiales

  1. Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP)
  2. Perfil del Contratante del SAS

Doctrina y Jurisprudencia Relevante

  1. Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado
    • Informes doctrinales sobre interpretación de la LCSP, especialmente en cuestiones de criterios de adjudicación, subrogación, mesas de contratación, etc.
    • https://www.hacienda.gob.es/jccppe
  2. Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales (TACRC)
    • Resoluciones que interpretan y delimitan la legalidad de actuaciones en los procedimientos de contratación.
    • Especialmente útil en casos de exclusión de ofertas, anormalmente bajas, puntuaciones técnicas, etc.
    • https://www.hacienda.gob.es/tacrc

Otra Bibliografía Técnica Recomendada

  • Manual de Contratación Pública (INAP) – última edición disponible.
  • Guía práctica de la Ley de Contratos del Sector Público, editada por el Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (COSITAL).
  • Documentos técnicos del Observatorio de Contratación Públicahttps://www.obcp.es

 

📚 Referencias bibliográficas – Formato APA (7.ª edición)


 

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