OPE 2025. TFA INF. Tema 13. El procedimiento administrativo: naturaleza y fines. El procedimiento administrativo común en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los Principios Generales. Concepto de Interesado. Las fases del procedimiento administrativo. Garantías, ordenación e instrucción del procedimiento.

OPE 2025. TFA INFORMÁTICA

 


I. Naturaleza y Fines del Procedimiento Administrativo

  • Naturaleza:
    El procedimiento administrativo es el conjunto ordenado de actos y trámites mediante los cuales la Administración Pública adopta sus decisiones. Se basa en el respeto a la legalidad y garantiza el control de la actividad administrativa.
  • Fines:
    Sus objetivos principales son asegurar la eficacia en la actuación de la Administración, proteger los derechos de los ciudadanos (los interesados) y garantizar la transparencia, la participación y la legalidad en el ejercicio del poder público.

II. El Procedimiento Administrativo Común

  • Ley de Procedimiento Administrativo Común (LPACAP):
    Este marco normativo regula el procedimiento administrativo que deben seguir las Administraciones Públicas para dictar actos administrativos. Establece un proceso uniforme que debe garantizar el acceso de los administrados a la información y la posibilidad de impugnar decisiones.
  • Aspectos clave:
    • Uniformidad y sistematización: Permite que todos los órganos públicos sigan pautas comunes, lo que facilita la interoperabilidad y la gestión electrónica de los procedimientos.
    • Digitalización: La LPACAP se adapta a la modernización de la Administración mediante la incorporación de medios electrónicos, lo que resulta especialmente relevante para ingenieros informáticos encargados de diseñar sistemas de gestión.

III. Principios Generales del Procedimiento Administrativo

  • Legalidad y Seguridad Jurídica:
    Toda actuación debe basarse en la norma, garantizando que los actos administrativos se dicten conforme a derecho.
  • Transparencia y Publicidad:
    Los procedimientos deben ser públicos, permitiendo a los interesados conocer el estado y contenido de las actuaciones.
  • Participación y Audiencia:
    Se garantiza el derecho de los interesados a participar en el procedimiento, a ser informados y a ejercer sus recursos.
  • Eficacia y Economía Procesal:
    Se persigue que el proceso administrativo sea rápido y eficiente, optimizando recursos y facilitando la ejecución de decisiones.
  • Control y Responsabilidad:
    Los órganos administrativos deben estar sujetos a mecanismos de control interno y externo que permitan revisar y corregir posibles vicios en sus actuaciones.

IV. Concepto de Interesado

  • Definición:
    Se entiende por interesado a toda persona física o jurídica que, por tener derechos o intereses legítimos, puede ser afectada por una actuación administrativa. Este concepto es fundamental porque delimita quién tiene legitimación para participar en el procedimiento y recurrir actos administrativos.
  • Importancia en la Gestión Digital:
    Los sistemas de gestión deben identificar correctamente a los interesados, gestionar sus solicitudes y garantizar la seguridad y confidencialidad de sus datos, integrando métodos de autenticación y autorización (por ejemplo, certificados digitales).

V. Las Fases del Procedimiento Administrativo

El procedimiento administrativo común se estructura en varias fases, que aseguran un proceso ordenado y garantizan los derechos de los administrados:

  1. Iniciación:
    • Puede ser de oficio o a solicitud del interesado.
    • Se da el punto de partida del procedimiento mediante un acto formal que recoge la solicitud o el motivo de la actuación.
  2. Ordenación:
    • Se organizan las actuaciones y se fija el calendario del procedimiento.
    • Se determinan los plazos y se asignan competencias a los distintos órganos.
  3. Instrucción:
    • Se recaban pruebas, informes y se realizan audiencias para conocer todos los aspectos del asunto.
    • Esta fase es clave para asegurar que la decisión se fundamente en un conocimiento completo de la situación.
  4. Finalización:
    • Se dicta el acto administrativo, que puede ser una resolución, aprobación o denegación de la solicitud.
    • Se notifican y publican las decisiones para que produzcan efectos jurídicos.

VI. Garantías, Ordenación e Instrucción del Procedimiento

  • Garantías Procesales:
    • Derecho de audiencia: Los interesados tienen el derecho a ser escuchados y a aportar pruebas o alegaciones.
    • Control judicial: Existe la posibilidad de recurrir los actos administrativos ante la vía contencioso-administrativa si se consideran vulneratorios de derechos.
  • Ordenación del Procedimiento:
    • La LPACAP establece un orden lógico y coherente que facilita la gestión, tanto en medios tradicionales como electrónicos.
    • Se enfatiza la importancia de la trazabilidad y la transparencia, aspectos cruciales en la administración digital.
  • Instrucción del Procedimiento:
    • Durante la instrucción se garantiza que se recaben todos los elementos probatorios necesarios.
    • La digitalización de esta fase (por ejemplo, mediante sistemas de gestión documental y workflow) facilita la auditoría, el control y la revisión de los actos emitidos.

Conclusión

El procedimiento administrativo es un proceso fundamental que regula la actuación de la Administración Pública, garantizando la legalidad, la transparencia y la protección de los derechos de los interesados. Para ingenieros informáticos en el Servicio Andaluz de Salud, es esencial comprender estos procesos, ya que su labor en el diseño, implementación y mantenimiento de sistemas de gestión electrónica debe asegurar que los principios y garantías del procedimiento administrativo se cumplan rigurosamente, optimizando la eficiencia y la seguridad en la toma de decisiones administrativas.


 

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