📚 1. INTRODUCCIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN
El marco normativo sobre igualdad de género y contra la violencia de género en Andalucía representa uno de los pilares fundamentales del desarrollo social y democrático de nuestra comunidad autónoma. La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía (modificada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre) y la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género (modificada por la Ley 7/2018, de 30 de julio y por el Decreto-Ley 9/2023, de 21 de noviembre) constituyen los pilares normativos fundamentales para garantizar el derecho a la igualdad y la erradicación de la violencia machista en nuestra comunidad.
Estas disposiciones legislativas tienen su anclaje constitucional en los artículos 9.2 y 14 de la Constitución Española, que establecen el principio de igualdad y la obligación de los poderes públicos de remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. Asimismo, encuentran respaldo en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, especialmente en sus artículos 10.2, 15 y 38, que recogen el compromiso de la Comunidad Autónoma con la igualdad de género y la lucha contra la violencia machista.
En el ámbito europeo, estas leyes se alinean con el Tratado de Amsterdam, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y las diversas Directivas europeas en materia de igualdad. En el ámbito internacional, siguen el espíritu de la Conferencia de Pekín de 1995, que situó la lucha contra la discriminación y la violencia de género en la agenda política global.
Este tema aborda los aspectos fundamentales de ambas leyes, así como el Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía, como instrumentos esenciales para la consecución de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en nuestra comunidad autónoma.
🔍 2. LEY 12/2007, DE 26 DE NOVIEMBRE, PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE GÉNERO EN ANDALUCÍA
2.1. Objeto de la Ley
El objeto de la Ley 12/2007 queda definido en su artículo 1, estableciendo como finalidad hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres para seguir avanzando hacia una sociedad más democrática, más justa y más solidaria. La ley busca promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva en todos los ámbitos, eliminando los obstáculos que impiden o dificultan su plenitud.
Esta ley pionera ha sido objeto de una importante actualización mediante la Ley 9/2018, de 8 de octubre, que reforzó aspectos relacionados con la coeducación, la capacidad sancionadora de la administración ante situaciones de discriminación de género y la atención a colectivos específicos como las mujeres rurales.
2.2. Ámbito de aplicación
La Ley 12/2007 establece en su artículo 2 un amplio ámbito de aplicación que incluye:
- 🔹 Territorial: Todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- 🔹 Institucional: La Administración de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos, empresas, consorcios, fundaciones y demás entidades con personalidad jurídica propia en las que sea mayoritaria la representación de la Junta de Andalucía.
- 🔹 Personal: Garantiza los derechos a todas las mujeres que se encuentren en el territorio andaluz, independientemente de su nacionalidad, residencia o situación administrativa.
- 🔹 Material: Se extiende a las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, en los términos establecidos en la ley.
2.3. Principios generales
El artículo 3 de la Ley 12/2007 (modificado por la Ley 9/2018) establece los principios generales de actuación de los poderes públicos de Andalucía para la igualdad de género:
- Igualdad de trato entre mujeres y hombres, que supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, en todos los ámbitos.
- Eliminación de la discriminación, especialmente aquellas que incidan en la feminización de la pobreza.
- Reconocimiento de la maternidad, biológica o no biológica, como un valor social, evitando efectos negativos en los derechos de las mujeres, y consideración de la paternidad en un contexto de corresponsabilidad.
- Fomento de la corresponsabilidad en el ámbito familiar y doméstico, teniendo en cuenta los nuevos modelos de familia.
- Adopción de medidas específicas necesarias para corregir situaciones de desigualdad de género.
- Fomento de la participación o composición equilibrada de mujeres y hombres en los distintos órganos y niveles de toma de decisiones.
- Desarrollo del principio de interseccionalidad, que reconoce y aborda las diferentes situaciones de discriminación que pueden afectar a las mujeres.
- Impulso de las relaciones entre las administraciones públicas andaluzas basadas en los principios de colaboración, coordinación y cooperación, para alcanzar la igualdad de género.
- Promoción de la formación en igualdad de género del personal de la Administración y la realización de actividades de sensibilización.
2.4. Políticas públicas para la promoción de la igualdad de género
La Ley 12/2007 establece un conjunto integral de medidas para promover la igualdad de género en las políticas públicas de Andalucía. Entre las principales, podemos destacar:
2.4.1. Integración de la perspectiva de género en las políticas públicas
- ✔️ Transversalidad: Incorporación de la perspectiva de género en todas las políticas públicas (Art. 5).
- ✔️ Evaluación de impacto de género: Todos los proyectos de leyes, disposiciones reglamentarias y planes deben incluir un informe de evaluación de impacto de género (Art. 6).
- ✔️ Plan Estratégico para la Igualdad: Elaboración de un Plan Estratégico para la Igualdad de mujeres y hombres cada cuatro años (Art. 7).
- ✔️ Enfoque presupuestario: El presupuesto de la Comunidad Autónoma debe ser un elemento activo para la consecución de la igualdad, incluyendo un informe de impacto de género (Art. 8).
- ✔️ Lenguaje no sexista e imagen pública: Uso de un lenguaje no sexista y tratamiento igualitario en contenidos e imágenes (Art. 9).
- ✔️ Formación del personal: Formación obligatoria en igualdad para el personal de la Administración (Art. 9 bis).
2.4.2. Promoción de la igualdad de género por la Junta de Andalucía
- 📌 Representación equilibrada en órganos directivos y colegiados (Art. 11).
- 📌 Contratación pública: Posibilidad de establecer condiciones especiales para promover la igualdad (Art. 12).
- 📌 Ayudas y subvenciones: Incorporación de la perspectiva de género en las bases reguladoras (Art. 13).
2.4.3. Medidas para promover la igualdad de género en distintos ámbitos
La ley dedica su Título II a establecer medidas específicas en diversos ámbitos:
- 🔶 Educación: Coeducación, promoción de la igualdad en centros educativos, materiales curriculares no sexistas, formación del profesorado (Arts. 14-19).
- 🔶 Empleo: Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, políticas de empleo, incentivos a la contratación de mujeres, promoción empresarial, igualdad salarial, planes de igualdad en el sector empresarial, negociación colectiva, seguridad y salud laboral, acoso sexual y por razón de sexo (Arts. 22-30).
- 🔶 Conciliación: Derecho y deber de corresponsabilidad, organización de espacios, horarios y creación de servicios, medidas en el ámbito del empleo público (Arts. 36-38).
- 🔶 Salud: Políticas de salud, atención a mujeres con discapacidad, formación del personal sanitario (Arts. 41-43).
- 🔶 Políticas de bienestar social: Igualdad en las políticas de bienestar social, atención a colectivos en riesgo de exclusión, mujeres mayores, mujeres con discapacidad, mujeres inmigrantes (Arts. 46-50).
- 🔶 Participación social, política y económica: Fomento de la participación, subvenciones, presencia equilibrada en órganos y empresas (Arts. 53-56).
- 🔶 Imagen y medios de comunicación: Imagen de las mujeres y hombres, medios de comunicación social, publicidad (Arts. 57-58).
2.4.4. Organización institucional y coordinación
El Título III de la ley establece la organización institucional y los mecanismos de coordinación para la igualdad de género:
- ⚙️ Comisión Interdepartamental para la Igualdad (Art. 59).
- ⚙️ Unidades de Igualdad de Género en todas las Consejerías (Art. 60).
- ⚙️ Observatorio Andaluz de la Igualdad de Género (Art. 61).
- ⚙️ Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres (Art. 62).
- ⚙️ Centros municipales de información a la mujer (Art. 62 bis).
- ⚙️ Coordinación de los poderes públicos (Art. 63).
2.4.5. Garantías para la igualdad de género
El Título IV establece las garantías para la igualdad de género:
- 🛡️ Evaluación de la aplicación de la ley (Art. 64).
- 🛡️ Igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios (Art. 65).
- 🛡️ Acción de cesación y rectificación de publicidad ilícita (Art. 66).
- 🛡️ Defensa del principio de igualdad de género (Arts. 67-70).
2.4.6. Infracciones y sanciones
El Título V, incorporado por la Ley 9/2018, establece un régimen de infracciones y sanciones para garantizar el cumplimiento efectivo de la ley.
🛑 3. LEY 13/2007, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
3.1. Objeto de la Ley
Según establece su artículo 1 (modificado por la Ley 7/2018), el objeto de esta ley es actuar contra la violencia que, como consecuencia de una cultura machista y como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por el solo hecho de serlo. Asimismo, establece medidas para la erradicación de la violencia de género mediante actuaciones de prevención y de protección integral a las víctimas, incluidas las acciones de detección, atención y recuperación.
3.2. Ámbito de aplicación
El artículo 2 (modificado por la Ley 7/2018) establece que la ley se aplica:
- 🔹 Territorialmente: En todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- 🔹 Institucionalmente: A la Administración de la Junta de Andalucía, entidades locales, universidades andaluzas y entidades instrumentales de las anteriores.
- 🔹 Personalmente: Garantiza los derechos a todas las víctimas de violencia de género que se encuentren en el territorio andaluz, independientemente de su vecindad civil, nacionalidad o situación administrativa.
3.3. Concepto de violencia de género y tipos
La Ley 7/2018 amplió significativamente el concepto de violencia de género recogido en el artículo 3, definiéndola como aquella que, como consecuencia de una cultura machista y como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por el hecho de serlo y que puede comprender cualquier acto de violencia basada en género que implique o pueda implicar para las mujeres perjuicios o sufrimientos de naturaleza física, psicológica, sexual o económica.
La ley reconoce las siguientes formas de violencia de género:
- ⚠️ Violencia física: Incluye cualquier acto no accidental que implique el uso deliberado de la fuerza contra el cuerpo de la mujer.
- ⚠️ Violencia psicológica: Conductas verbales o no verbales que produzcan desvalorización o sufrimiento en las mujeres.
- ⚠️ Violencia sexual: Cualquier acto de naturaleza sexual no consentido por la mujer, incluida la exposición a material pornográfico.
- ⚠️ Violencia económica: Privación intencionada y no justificada legalmente de recursos para el bienestar de la mujer y sus hijos.
- ⚠️ Violencia vicaria: Violencia ejercida sobre los hijos e hijas, con el fin de causar perjuicio o daño a las madres.
- ⚠️ Acoso sexual: Comportamientos verbales, no verbales o físicos de índole sexual no deseados.
- ⚠️ Acoso por razón de género: Conductas no deseadas relacionadas con el sexo de una persona, con propósito de atentar contra su dignidad.
- ⚠️ Ciberviolencia: Violencia de género a través de tecnologías de la información y comunicación.
- ⚠️ Violencia a través de representaciones de las mujeres que fomenten la discriminación.
- ⚠️ Trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual.
- ⚠️ Mutilación genital femenina.
- ⚠️ Matrimonio precoz o forzado.
- ⚠️ Feminicidio: Homicidios o asesinatos basados en la discriminación por el hecho de ser mujer.
- ⚠️ Cualquier otra forma de violencia recogida en los instrumentos internacionales.
3.4. Principios rectores
El artículo 4 establece los principios rectores que fundamentan la ley:
- Respeto a la dignidad humana de las mujeres en situación de violencia de género.
- Trato respetuoso, evitando la victimización secundaria.
- Perspectiva de género en el diseño y aplicación de políticas y programas.
- Responsabilidad institucional en la atención, protección y recuperación.
- Equidad territorial en la implantación de servicios y recursos.
- Coordinación y cooperación entre organismos.
- Participación de las mujeres afectadas y de las organizaciones que las representan.
- No discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género, origen racial o étnico, religión, etc.
- Consideración de la discapacidad y otras circunstancias de especial vulnerabilidad.
- Confidencialidad y respeto a la intimidad y a la protección de datos personales.
3.5. Medidas de prevención y sensibilización
La ley dedica su Título I a las medidas de prevención y sensibilización:
3.5.1. Investigación y formación
- 📚 Fomento de la investigación en materia de violencia de género (Art. 5).
- 📚 Líneas de investigación sobre las causas, secuelas y efectos (Art. 6).
- 📚 Formación de profesionales en contacto con mujeres víctimas (Art. 7).
- 📚 Reeducación de hombres mediante programas específicos (Art. 8).
3.5.2. Sensibilización
- 📢 Actividades y campañas específicas para la prevención (Art. 9).
- 📢 Actividades culturales y artísticas que promuevan la igualdad (Art. 10).
3.5.3. Medidas en el ámbito educativo
- 🏫 Prevención en el ámbito educativo (Art. 11).
- 🏫 Currículo educativo con perspectiva de género (Art. 12).
- 🏫 Seguimiento en los Consejos Escolares (Art. 13).
- 🏫 Detección y atención en el ámbito educativo (Art. 14).
- 🏫 Inspección educativa para cumplimiento de normativa (Art. 15).
- 🏫 Enseñanza universitaria con perspectiva de género (Art. 16).
3.5.4. Medidas en el ámbito de la publicidad y medios de comunicación
- 📱 Publicidad y medios de comunicación no sexistas (Art. 17).
- 📱 Consejo Audiovisual de Andalucía: Vigilancia sobre publicidad (Art. 18).
- 📱 Medios de comunicación públicos y privados: Buenas prácticas (Art. 19).
3.5.5. Formación de profesionales
- 👨👩💼 Formación de profesionales de la administración andaluza (Art. 20).
- 👨👩💼 Formación en el ámbito judicial (Art. 21).
- 👨👩💼 Formación en el ámbito educativo (Art. 22).
- 👨👩💼 Formación en el ámbito de la seguridad (Art. 23).
- 👨👩💼 Formación en el ámbito de la salud (Art. 24).
3.6. Formación a profesionales de la salud
El artículo 24 (modificado por la Ley 7/2018) establece medidas específicas para la formación de profesionales de la salud:
- 🏥 Formación obligatoria para profesionales de la salud en materia de violencia de género.
- 🏥 Programas de formación continuada y específica que incorporen la perspectiva de género.
- 🏥 Sistemas de registro en los centros sanitarios para la detección precoz.
- 🏥 Protocolos de actuación para la prevención e intervención integral.
- 🏥 Formación específica para personal del ámbito de la salud mental.
- 🏥 Sensibilización y prevención sobre mutilación genital femenina.
Adicionalmente, la ley establece en sus artículos 25, 25 bis y 25 ter una serie de medidas para la detección precoz, atención específica y seguimiento de las situaciones de violencia de género desde el ámbito sanitario.
3.7. Medidas de protección y atención a las víctimas
El Título II establece las medidas de protección y atención a las víctimas:
3.7.1. Derechos de las mujeres
- ✅ Derecho a la información accesible y comprensible (Art. 26).
- ✅ Derecho a la atención especializada (Art. 27).
- ✅ Acreditación de la violencia de género (Art. 30).
3.7.2. Atención desde diferentes ámbitos
- 🔶 Ámbito de la seguridad: Protección efectiva (Arts. 31-34).
- 🔶 Ámbito jurídico: Asistencia letrada y atención integral (Arts. 35-38).
- 🔶 Ámbito social: Información, asesoramiento y atención a través de servicios municipales (Arts. 39-41).
- 🔶 Atención integral y acogida: Servicio integral, centros especializados (Arts. 42-45).
3.8. Medidas para la recuperación integral
El Título III establece las medidas para la recuperación integral de las víctimas:
- 🔄 Ayudas socioeconómicas (Art. 46).
- 🔄 Prestación económica para hijos e hijas menores (Art. 46 bis).
- 🔄 Disposiciones en materia de vivienda (Arts. 48-50).
- 🔄 Medidas en el ámbito laboral (Arts. 51-56).
3.9. Coordinación y cooperación institucional
El Título IV establece los mecanismos de coordinación y cooperación institucional:
- ⚙️ Coordinación y cooperación entre instituciones (Art. 57).
- ⚙️ Ventanilla única para atención a víctimas (Art. 57 bis).
- ⚙️ Punto de coordinación de órdenes de protección (Art. 57 ter).
- ⚙️ Comisión institucional de Andalucía de coordinación y seguimiento (Art. 58).
- ⚙️ Redes de cooperación (Art. 59).
- ⚙️ Protocolos de actuación (Art. 60).
⚖️ 4. EL PLAN DE IGUALDAD DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
4.1. Marco normativo y contexto
El I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027 se fundamenta en el artículo 32 de la Ley 12/2007, que determina que la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias y demás entidades instrumentales elaborarán cada cuatro años planes de igualdad en el empleo.
Este Plan se alinea con las metas establecidas en el Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía 2022-2028, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de marzo de 2022.
Adicionalmente, la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, en su artículo 182, refuerza la obligación de aprobar planes de igualdad de género para garantizar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
4.2. Objetivos del Plan
Entre los objetivos específicos del I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027, se destacan:
- 🎯 Reducir la brecha de género en el acceso a los puestos de mayor nivel.
- 🎯 Aumentar el porcentaje de hombres que solicitan medidas de conciliación.
- 🎯 Conseguir que la conciliación no sea un freno para la carrera profesional.
- 🎯 Mejorar la percepción de las políticas de igualdad en la Administración.
- 🎯 Lograr que el personal sea consciente de las desigualdades de género.
4.3. Programas de actuación
El Plan contempla diversos programas de actuación con medidas y proyectos a desarrollar a corto, medio y largo plazo:
- 📋 Captación de talento para atraer a personas jóvenes que puedan corregir la segregación horizontal en determinados cuerpos o categorías profesionales.
- 📋 Mentoría para el liderazgo de las mujeres y reducción de la brecha de género en puestos de mayor nivel.
- 📋 Sensibilización sobre políticas de igualdad de género, diversidad sexual y de género.
- 📋 Refuerzo de las Unidades de Igualdad de Género en cada consejería.
- 📋 Automatización de datos para medir posibles desigualdades.
- 📋 Construcción de un registro retributivo para obtener información sobre salarios medios y reducir la brecha de género.
- 📋 Nuevas líneas de acción social para víctimas de violencia de género.
- 📋 Regulación del teletrabajo para facilitar la conciliación personal, familiar y laboral.
4.4. Sistema de seguimiento y evaluación
El Plan incorpora un sistema integral de seguimiento y evaluación que incluye:
- 📊 Evaluación ex ante realizada por expertos en igualdad de género y por el Grupo de Evaluación de Políticas Públicas del Instituto Andaluz de Administración Pública.
- 📊 Informes anuales elaborados por la Oficina Técnica de Seguimiento y Evaluación.
- 📊 Evaluación intermedia para analizar el diseño, implementación y resultados a medio plazo.
- 📊 Evaluación final al término del periodo de vigencia del Plan.
4.5. Relación con otros planes de igualdad sectoriales
El I Plan de Igualdad de la Administración General sirve como referente para el desarrollo de otros planes sectoriales:
- 📑 I Plan de Igualdad de la Administración de Justicia en Andalucía 2024-2027.
- 📑 III Plan de Igualdad de Género en Educación 2024-2028.
- 📑 Planes de igualdad municipales y de entidades locales.
📝 5. CASOS PRÁCTICOS
Caso práctico 1: Evaluación de impacto de género
La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía está preparando un nuevo decreto sobre el currículum de Educación Secundaria Obligatoria. Según la Ley 12/2007, ¿qué obligación tiene respecto a la perspectiva de género?
Solución: La Consejería debe incluir un informe de evaluación del impacto de género en el proyecto de decreto, tal como establece el artículo 6 de la Ley 12/2007. Este informe debe contemplar los posibles efectos sobre la igualdad de género, identificar los obstáculos que puedan impedir la igualdad entre mujeres y hombres, y proponer medidas para neutralizar su posible impacto negativo.
Caso práctico 2: Acreditación de la violencia de género
Una mujer víctima de violencia de género solicita una ayuda económica a la Junta de Andalucía, pero no tiene denuncia ni orden de protección. ¿Puede acceder a dichas ayudas según la Ley 13/2007 modificada?
Solución: Sí puede acceder. La modificación de la Ley 13/2007 realizada por la Ley 7/2018 establece en su artículo 30 que las situaciones de violencia de género pueden acreditarse, además de por sentencia judicial o medidas cautelares, por informe de los servicios sociales, servicios de atención a víctimas o servicios de acogida, o por cualquier otro medio establecido en las disposiciones normativas. La ley estableció expresamente que las víctimas tienen reconocidos los derechos de la norma sin necesidad de interposición de denuncia.
Caso práctico 3: Representación equilibrada
La Consejería de Agricultura está constituyendo una comisión técnica de 7 miembros para evaluar solicitudes de ayudas al sector agroalimentario. En la propuesta inicial, solo hay 1 mujer. ¿Es conforme a la Ley 12/2007?
Solución: No es conforme. El artículo 11 de la Ley 12/2007 establece que en la composición de los órganos colegiados de la Administración de la Junta de Andalucía deberá respetarse la representación equilibrada de mujeres y hombres. Se entiende por representación equilibrada aquella situación en que cada sexo ni supere el 60% ni sea menos del 40% (en casos excepcionales y objetivamente justificados, cuando no sea posible cumplir este criterio, se habilitarán mecanismos para que la composición sea lo más equilibrada posible). En este caso, la comisión debería tener al menos 3 mujeres para acercarse al equilibrio de género requerido.
❓ 6. CUESTIONARIO DE PREGUNTAS DE TEST
Pregunta 1 (Actualizada 2025)
Según la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, modificada por la Ley 9/2018, ¿qué órgano es el encargado de la coordinación de las políticas de igualdad?
A) El Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres
B) La Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres
C) El Instituto Andaluz de la Mujer
D) El Observatorio Andaluz de la Igualdad de Género
✅ Respuesta correcta: C) El Instituto Andaluz de la Mujer
📌 Explicación: Según la disposición adicional única de la Ley 12/2007, que modificó el artículo 30 de la Ley 10/1988, el Instituto Andaluz de la Mujer, como organismo autónomo adscrito a la Consejería competente en materia de igualdad, es el encargado de la coordinación de las políticas de igualdad.
Pregunta 2 (Actualizada 2025)
El objeto de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, modificada por la Ley 7/2018, incluye:
A) Exclusivamente la protección de las mujeres que sufren violencia en el ámbito de la pareja o expareja
B) La prevención y protección integral contra todas las formas de violencia de género como manifestación de la discriminación y la desigualdad
C) Solo la actuación contra la violencia física, excluyendo otros tipos de violencia
D) La protección de las mujeres víctimas de violencia de género únicamente si han interpuesto denuncia
✅ Respuesta correcta: B) La prevención y protección integral contra todas las formas de violencia de género como manifestación de la discriminación y la desigualdad
📌 Explicación: El artículo 1 de la Ley 13/2007, modificado por la Ley 7/2018, establece como objeto actuar contra la violencia que, como consecuencia de una cultura machista y como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por el solo hecho de serlo, así como establecer medidas para su erradicación mediante la prevención y protección integral a las víctimas.
Pregunta 3 (Actualizada 2025)
Según la Ley 13/2007, modificada por la Ley 7/2018, ¿quiénes son consideradas víctimas de violencia de género?
A) Exclusivamente las mujeres que sufren violencia por parte de su pareja o expareja
B) Las mujeres, sus hijos e hijas, y las personas dependientes de la mujer, sólo cuando exista sentencia condenatoria
C) Las mujeres, los menores que sufren la violencia a la que está sometida su madre, y las personas sujetas a tutela de la mujer víctima, sin necesidad de interposición de denuncia
D) Únicamente las mujeres que hayan obtenido una orden de protección judicial
✅ Respuesta correcta: C) Las mujeres, los menores que sufren la violencia a la que está sometida su madre, y las personas sujetas a tutela de la mujer víctima, sin necesidad de interposición de denuncia
📌 Explicación: El artículo 1 bis, introducido por la Ley 7/2018, establece que se consideran víctimas: la mujer que sufre cualquier tipo de violencia de género; las hijas e hijos que sufren la violencia a la que está sometida su madre; las personas menores de edad, mayores, con discapacidad o en situación de dependencia que estén sujetas a tutela o guarda y custodia de la mujer víctima; y las madres cuyos hijos e hijas hayan sido asesinados como manifestación de violencia vicaria. La ley reconoce expresamente estos derechos sin necesidad de interposición de denuncia.
Pregunta 4 (Actualizada 2025)
Según el I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027, ¿cuál de los siguientes NO es uno de sus objetivos específicos?
A) Reducir la brecha de género en el acceso a los puestos de mayor nivel
B) Aumentar el porcentaje de hombres que solicitan medidas de conciliación
C) Conseguir que la conciliación no sea un freno para la carrera profesional
D) Reservar un mínimo del 70% de puestos directivos para mujeres
✅ Respuesta correcta: D) Reservar un mínimo del 70% de puestos directivos para mujeres
📌 Explicación: El I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027 incluye como objetivos reducir la brecha de género en puestos de alto nivel, aumentar el porcentaje de hombres que solicitan conciliación y evitar que la conciliación frene la carrera profesional, pero no establece una cuota del 70% para mujeres en puestos directivos. La ley establece el criterio de representación equilibrada (ni más del 60% ni menos del 40% de cada sexo), no cuotas fijas.
Pregunta 5 (Actualizada 2025)
Respecto a la formación a profesionales de la salud en materia de violencia de género, según la Ley 13/2007 modificada, señale la afirmación CORRECTA:
A) Es voluntaria para el personal sanitario
B) Se limita exclusivamente a la detección de casos de violencia física
C) Se establece como obligatoria e incluye formación continua con perspectiva de género
D) Solo se aplica al personal de urgencias hospitalarias
✅ Respuesta correcta: C) Se establece como obligatoria e incluye formación continua con perspectiva de género
📌 Explicación: El artículo 24 de la Ley 13/2007, modificado por la Ley 7/2018, establece que los planes y programas de salud deben incluir la formación del personal del Sistema Sanitario Público de Andalucía, para abordar de forma adecuada la detección precoz, la atención y la recuperación de las mujeres víctimas de violencia de género. Esta formación se establece como obligatoria y debe incorporar la perspectiva de género.
Pregunta 6 (Actualizada 2025)
Según la Ley 12/2007, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, ¿cómo debe integrarse la perspectiva de género en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma?
A) Mediante un presupuesto específico para políticas de igualdad gestionado exclusivamente por el Instituto Andaluz de la Mujer
B) A través de un informe de evaluación de impacto de género sobre el proyecto de Ley del Presupuesto
C) Con una partida fija del 5% destinada a programas de igualdad
D) Solo en las partidas de las consejerías con competencias en materia social
✅ Respuesta correcta: B) A través de un informe de evaluación de impacto de género sobre el proyecto de Ley del Presupuesto
📌 Explicación: El artículo 8 de la Ley 12/2007, modificado por el Decreto-ley 3/2024, establece que el Presupuesto de la Comunidad Autónoma será un elemento activo en la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres. A tal fin, la Consejería competente en materia de presupuestos, en coordinación con el conjunto de las Consejerías, con participación del Instituto Andaluz de la Mujer, emitirá el informe de evaluación de impacto de género sobre el proyecto de Ley del Presupuesto de cada ejercicio.
Pregunta 7 (Actualizada 2025)
¿Qué modificación importante introdujo el Decreto-Ley 9/2023 en la Ley 13/2007, de medidas contra la violencia de género?
A) Estableció una nueva definición del concepto de violencia de género
B) Creó el Observatorio Andaluz contra la Violencia de Género
C) Introdujo una prestación económica para los hijos e hijas menores de edad de mujeres víctimas mortales
D) Eliminó la necesidad de acreditación para acceder a los servicios de atención integral
✅ Respuesta correcta: C) Introdujo una prestación económica para los hijos e hijas menores de edad de mujeres víctimas mortales
📌 Explicación: El Decreto-Ley 9/2023, de 21 de noviembre, modificó la Ley 13/2007 para añadir el artículo 46 bis, que establece una prestación económica para los hijos e hijas menores de edad de las mujeres víctimas mortales como consecuencia de violencia de género, con el fin de paliar la situación de desamparo a la que se enfrentan estos menores.
Pregunta 8 (Actualizada 2025)
Respecto a las Unidades de Igualdad de Género en la Administración de la Junta de Andalucía, según la Ley 12/2007, señale la afirmación CORRECTA:
A) Son órganos de participación ciudadana en materia de igualdad
B) Son unidades administrativas que integran la perspectiva de género en las políticas públicas de cada Consejería
C) Son centros que prestan atención directa a víctimas de discriminación por razón de género
D) Son organismos autónomos con presupuesto propio y personalidad jurídica
✅ Respuesta correcta: B) Son unidades administrativas que integran la perspectiva de género en las políticas públicas de cada Consejería
📌 Explicación: El artículo 60 de la Ley 12/2007 establece que las Unidades de Igualdad de Género son unidades administrativas que se constituyen para integrar el principio de igualdad de género en el conjunto de las actuaciones y las normas emanadas de la Administración de la Junta de Andalucía. Entre sus funciones está asesorar a los órganos competentes en la elaboración de informes de impacto de género, realizar el seguimiento del Plan de Igualdad y promover la formación y sensibilización del personal de la Administración.
Pregunta 9 (Actualizada 2025)
Según la Ley 13/2007, modificada por la Ley 7/2018, ¿cuál de las siguientes NO se considera una forma de violencia de género?
A) La violencia económica
B) La ciberviolencia
C) El feminicidio
D) La violencia ejercida entre parejas del mismo sexo
✅ Respuesta correcta: D) La violencia ejercida entre parejas del mismo sexo
📌 Explicación: El artículo 3 de la Ley 13/2007, modificado por la Ley 7/2018, define la violencia de género como aquella que, como consecuencia de una cultura machista y como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por el hecho de serlo. La ley contempla específicamente la violencia ejercida por hombres sobre mujeres, no la violencia entre parejas del mismo sexo, que estaría contemplada en otras normativas de protección.
Pregunta 10 (Actualizada 2025)
En el I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027, ¿qué organismo es responsable de elaborar los informes anuales de seguimiento?
A) El Instituto Andaluz de la Mujer
B) La Comisión Interdepartamental para la Igualdad
C) La Oficina Técnica de Seguimiento y Evaluación
D) El Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres
✅ Respuesta correcta: C) La Oficina Técnica de Seguimiento y Evaluación
📌 Explicación: Según el sistema de seguimiento y evaluación establecido en el I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027, cada año la Oficina Técnica de Seguimiento y Evaluación elaborará un informe referido al año anterior, en el que se presentará el grado de avance en los objetivos estratégicos y programas, y la evolución de los indicadores.
Pregunta 11 (Actualizada 2025)
Según la Ley 12/2007, ¿qué debe garantizarse en la composición de los órganos colegiados de la Administración de la Junta de Andalucía?
A) Al menos un 75% de representación femenina
B) Paridad absoluta (50% de cada sexo)
C) Representación equilibrada (ni más del 60% ni menos del 40% de cada sexo)
D) Mayoría simple de mujeres (al menos el 51%)
✅ Respuesta correcta: C) Representación equilibrada (ni más del 60% ni menos del 40% de cada sexo)
📌 Explicación: El artículo 11 de la Ley 12/2007 establece que en la composición de los órganos colegiados de la Administración de la Junta de Andalucía deberá respetarse la representación equilibrada de mujeres y hombres. Este mismo criterio se aplicará en la modificación o renovación de dichos órganos. La ley entiende por representación equilibrada cuando cada sexo está representado al menos en un 40% del total.
Pregunta 12 (Actualizada 2025)
¿Cuál de estas medidas NO está contemplada en la Ley 13/2007 para la protección de las víctimas de violencia de género?
A) La acreditación administrativa de la condición de víctima
B) La asistencia letrada especializada
C) El traslado obligatorio a otra comunidad autónoma
D) Las ayudas socioeconómicas específicas
✅ Respuesta correcta: C) El traslado obligatorio a otra comunidad autónoma
📌 Explicación: La Ley 13/2007 contempla diversas medidas de protección como la acreditación administrativa (art. 30), la asistencia letrada (art. 35) y las ayudas socioeconómicas (art. 46), pero no establece en ningún caso el traslado obligatorio de las víctimas a otra comunidad autónoma. Todas las medidas de la ley se basan en el respeto a la autonomía de las mujeres y en su derecho a decidir sobre su propio proceso de recuperación.
Pregunta 13 (Actualizada 2025)
¿Qué organismo es responsable de la elaboración del informe de evaluación de impacto de género sobre el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía?
A) Exclusivamente el Instituto Andaluz de la Mujer
B) La Consejería competente en materia de presupuestos, en coordinación con el conjunto de Consejerías y con la participación del Instituto Andaluz de la Mujer
C) La Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres
D) El Parlamento de Andalucía a través de su Comisión de Igualdad
✅ Respuesta correcta: B) La Consejería competente en materia de presupuestos, en coordinación con el conjunto de Consejerías y con la participación del Instituto Andaluz de la Mujer
📌 Explicación: El artículo 8 de la Ley 12/2007, modificado por el Decreto-ley 3/2024, establece que la Consejería competente en materia de presupuestos, en coordinación con el conjunto de las Consejerías, con participación del Instituto Andaluz de la Mujer, emitirá el informe de evaluación de impacto de género sobre el proyecto de Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de cada ejercicio.
Pregunta 14 (Actualizada 2025)
Según la Ley 13/2007, ¿quién puede acreditar la situación de violencia de género a efectos de acceder a los derechos reconocidos en la norma?
A) Únicamente los juzgados mediante sentencia condenatoria
B) Solo la Policía Nacional o Guardia Civil al interponer denuncia
C) Entre otros, los servicios sociales, servicios de atención a víctimas o servicios de acogida
D) Exclusivamente el Instituto Andaluz de la Mujer
✅ Respuesta correcta: C) Entre otros, los servicios sociales, servicios de atención a víctimas o servicios de acogida
📌 Explicación: El artículo 30.1 de la Ley 13/2007, modificado por la Ley 7/2018, establece que la situación de violencia de género se podrá acreditar, además de con sentencia condenatoria, orden de protección, o informe del Ministerio Fiscal, mediante un informe de los servicios sociales, de los servicios especializados o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente, o por cualquier otro título que establezcan las disposiciones normativas aplicables.
Pregunta 15 (Actualizada 2025)
¿Qué novedad introdujo la Ley 7/2018 en la definición de víctima de violencia de género respecto a la Ley 13/2007 original?
A) Limitó el concepto de víctima a las mujeres casadas o en relaciones estables
B) Amplió el concepto para incluir a menores, personas mayores o dependientes y a madres cuyos hijos han sido asesinados como violencia vicaria
C) Excluyó a las mujeres extranjeras en situación irregular
D) Restringió la definición a víctimas de violencia física exclusivamente
✅ Respuesta correcta: B) Amplió el concepto para incluir a menores, personas mayores o dependientes y a madres cuyos hijos han sido asesinados como violencia vicaria
📌 Explicación: La Ley 7/2018 introdujo el artículo 1 bis en la Ley 13/2007, ampliando significativamente el concepto de víctima para incluir, además de a las mujeres, a sus hijas e hijos que sufren la violencia, a las personas menores, mayores, con discapacidad o dependientes bajo su tutela o guarda y custodia, y a las madres cuyos hijos han sido asesinados como manifestación de violencia vicaria.
Pregunta 16 (Actualizada 2025)
Según la Ley 12/2007, ¿cada cuánto tiempo debe la Junta de Andalucía aprobar un Plan Estratégico para la Igualdad de mujeres y hombres?
A) Cada año
B) Cada dos años
C) Cada cuatro años
D) Cada ocho años
✅ Respuesta correcta: C) Cada cuatro años
📌 Explicación: El artículo 7.1 de la Ley 12/2007 establece que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, con la participación de las entidades locales, formulará y aprobará un Plan Estratégico para la Igualdad de mujeres y hombres en Andalucía cada cuatro años. De hecho, el actual Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía 2022-2028 tiene una vigencia de seis años.
Pregunta 17 (Actualizada 2025)
En el ámbito de la contratación pública, según el artículo 12 de la Ley 12/2007, la Administración de la Junta de Andalucía puede:
A) Contratar exclusivamente con empresas que tengan planes de igualdad
B) Establecer condiciones especiales en relación con la ejecución de los contratos para promover la igualdad entre mujeres y hombres
C) Prohibir la contratación con empresas que tengan más de un 60% de hombres en su plantilla
D) Reservar al menos el 50% de sus contratos para empresas lideradas por mujeres
✅ Respuesta correcta: B) Establecer condiciones especiales en relación con la ejecución de los contratos para promover la igualdad entre mujeres y hombres
📌 Explicación: El artículo 12.1 de la Ley 12/2007 establece que la Administración de la Junta de Andalucía, a través de sus órganos de contratación, podrá establecer condiciones especiales en relación con la ejecución de los contratos que celebren, con el fin de promover la igualdad entre mujeres y hombres en el mercado de trabajo, siempre dentro del marco proporcionado por la normativa vigente.
Pregunta 18 (Actualizada 2025)
¿Qué establece la Ley 13/2007 respecto a la formación en el ámbito educativo sobre violencia de género?
A) Solo es obligatoria para el profesorado de secundaria
B) Se centra exclusivamente en la educación superior
C) Contempla la inclusión de contenidos sobre prevención de violencia de género en el currículum y la formación del profesorado
D) Es opcional para los centros educativos implementarla o no
✅ Respuesta correcta: C) Contempla la inclusión de contenidos sobre prevención de violencia de género en el currículum y la formación del profesorado
📌 Explicación: Los artículos 11, 12 y 22 de la Ley 13/2007 establecen que la Administración educativa andaluza incluirá contenidos sobre prevención de violencia de género en el currículum y desarrollará programas formativos específicos para el profesorado. Asimismo, se establece que las administraciones educativas competentes asegurarán que en los programas de formación inicial y permanente del profesorado se incluya formación específica en materia de igualdad, con el fin de garantizar que adquieran conocimientos y técnicas necesarias para impartir la formación en derechos de igualdad y en prevención y protección integral contra la violencia de género.
Pregunta 19 (Actualizada 2025)
El I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027 incluye un programa específico sobre:
A) Contratación exclusiva de mujeres para puestos directivos
B) Prohibición del teletrabajo en todas las consejerías
C) Mentoría para el liderazgo de las mujeres
D) Reducción de la plantilla femenina en departamentos con mayoría de mujeres
✅ Respuesta correcta: C) Mentoría para el liderazgo de las mujeres
📌 Explicación: El I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027 incluye, entre otros programas de actuación, la mentoría para el liderazgo de las mujeres, con el objetivo de reducir la brecha de género en el acceso a los puestos de mayor nivel de la Junta de Andalucía.
Pregunta 20 (Actualizada 2025)
¿Qué establece la Ley 12/2007 respecto al lenguaje utilizado por las Administraciones públicas de Andalucía?
A) No contiene ninguna disposición sobre el uso del lenguaje
B) Recomienda pero no obliga al uso de lenguaje no sexista
C) Garantiza un uso no sexista del lenguaje y un tratamiento igualitario en los contenidos e imágenes que utilicen
D) Solo regula el lenguaje en las comunicaciones escritas, no en las orales
✅ Respuesta correcta: C) Garantiza un uso no sexista del lenguaje y un tratamiento igualitario en los contenidos e imágenes que utilicen
📌 Explicación: El artículo 9 de la Ley 12/2007, modificado por la Ley 9/2018, establece que las Administraciones públicas de Andalucía garantizarán un uso no sexista del lenguaje y un tratamiento igualitario en los contenidos e imágenes que utilicen en el desarrollo de sus políticas, en todos los documentos, titulaciones académicas y soportes que produzcan directamente o bien a través de personas o entidades.
🗺️ 7. MAPA CONCEPTUAL
LEGISLACIÓN SOBRE IGUALDAD Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN ANDALUCÍA │ ├── 🔍 LEY 12/2007 (IGUALDAD DE GÉNERO) │ │ │ ├── 📄 Objeto │ │ └── Hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y oportunidades │ │ │ ├── 📋 Ámbito de aplicación │ │ ├── Territorial: Andalucía │ │ ├── Institucional: Administración y entes públicos │ │ └── Personal: Todas las mujeres en Andalucía │ │ │ ├── 📜 Principios generales │ │ ├── Igualdad de trato │ │ ├── Eliminación de discriminación │ │ ├── Reconocimiento de la maternidad │ │ ├── Corresponsabilidad │ │ ├── Medidas específicas │ │ ├── Participación equilibrada │ │ ├── Interseccionalidad │ │ └── Coordinación institucional │ │ │ ├── 🛠️ Políticas públicas para la igualdad │ │ │ │ │ ├── Integración perspectiva de género │ │ │ ├── Transversalidad │ │ │ ├── Evaluación impacto de género │ │ │ ├── Plan Estratégico para la Igualdad │ │ │ ├── Enfoque presupuestario │ │ │ ├── Lenguaje no sexista │ │ │ └── Formación del personal │ │ │ │ │ ├── Promoción de la igualdad por la Junta │ │ │ ├── Representación equilibrada │ │ │ ├── Contratación pública │ │ │ └── Ayudas y subvenciones │ │ │ │ │ └── Medidas en diversos ámbitos │ │ ├── Educación │ │ ├── Empleo │ │ ├── Conciliación │ │ ├── Salud │ │ ├── Bienestar social │ │ ├── Participación │ │ └── Imagen y medios │ │ │ ├── 🏛️ Organización institucional │ │ ├── Comisión Interdepartamental │ │ ├── Unidades de Igualdad de Género │ │ ├── Observatorio Andaluz │ │ ├── Consejo de Participación │ │ └── Centros municipales │ │ │ └── ⚖️ Garantías e infracciones │ ├── Evaluación de la aplicación │ ├── Igualdad en acceso a bienes y servicios │ ├── Acción contra publicidad ilícita │ └── Régimen sancionador │ ├── 🛑 LEY 13/2007 (VIOLENCIA DE GÉNERO) │ │ │ ├── 📄 Objeto │ │ └── Actuar contra la violencia hacia las mujeres │ │ │ ├── 📋 Ámbito de aplicación │ │ ├── Territorial: Andalucía │ │ ├── Institucional: Administraciones públicas │ │ └── Personal: Víctimas en Andalucía │ │ │ ├── 🚫 Concepto de violencia de género │ │ ├── Violencia física │ │ ├── Violencia psicológica │ │ ├── Violencia sexual │ │ ├── Violencia económica │ │ ├── Violencia vicaria │ │ ├── Acoso sexual/por razón de género │ │ ├── Ciberviolencia │ │ ├── Trata de mujeres │ │ ├── Mutilación genital │ │ ├── Matrimonio forzado │ │ └── Feminicidio │ │ │ ├── 🏆 Principios rectores │ │ ├── Respeto a la dignidad │ │ ├── Trato respetuoso │ │ ├── Perspectiva de género │ │ └── No discriminación │ │ │ ├── 🛡️ Medidas de prevención y sensibilización │ │ ├── Investigación y formación │ │ ├── Sensibilización │ │ ├── Ámbito educativo │ │ ├── Publicidad y medios │ │ └── Formación de profesionales │ │ │ ├── 🏥 Formación a profesionales de la salud │ │ ├── Formación obligatoria │ │ ├── Programas de formación continuada │ │ ├── Sistemas de registro │ │ └── Protocolos de actuación │ │ │ ├── 🆘 Protección y atención a víctimas │ │ ├── Derechos de las mujeres │ │ ├── Atención en seguridad │ │ ├── Atención jurídica │ │ └── Atención social e integral │ │ │ ├── 🔄 Recuperación integral │ │ ├── Ayudas socioeconómicas │ │ ├── Prestación para hijos/as │ │ ├── Vivienda │ │ └── Empleo │ │ │ └── 🤝 Coordinación institucional │ ├── Ventanilla única │ ├── Punto de coordinación │ ├── Comisión institucional │ └── Protocolos de actuación │ └── ⚖️ PLAN DE IGUALDAD DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA │ ├── 📄 Marco normativo │ ├── Ley 12/2007, Art. 32 │ ├── Ley 5/2023, Art. 182 │ └── Plan Estratégico 2022-2028 │ ├── 🎯 Objetivos │ ├── Reducir brecha de género │ ├── Aumentar conciliación en hombres │ ├── Conciliación sin freno profesional │ └── Concienciar sobre desigualdades │ ├── 📊 Programas de actuación │ ├── Captación de talento │ ├── Mentoría para el liderazgo │ ├── Sensibilización │ ├── Refuerzo Unidades de Igualdad │ ├── Registro retributivo │ └── Teletrabajo │ └── 📈 Seguimiento y evaluación ├── Evaluación ex ante ├── Informes anuales ├── Evaluación intermedia └── Evaluación final
📚 8. REFERENCIAS NORMATIVAS Y BIBLIOGRÁFICAS
8.1. Referencias normativas
- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 247, de 18 de diciembre de 2007. Actualizada con las modificaciones introducidas hasta 2024.
- Ley 9/2018, de 8 de octubre, de modificación de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 199, de 15 de octubre de 2018.
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se modifican diversas leyes en materia de simplificación administrativa, incluyendo modificaciones a la Ley 12/2007. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 2024.
- Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 247, de 18 de diciembre de 2007. Actualizada con las modificaciones introducidas hasta 2023.
- Ley 7/2018, de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 148, de 1 de agosto de 2018.
- Decreto-Ley 9/2023, de 21 de noviembre, por el que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género y se regula la prestación económica a los hijos e hijas menores de edad de mujeres víctimas mortales. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 2023.
- Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 2023. Artículo 182 sobre planes de igualdad.
- Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de marzo de 2022, por el que se aprueba el Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía 2022-2028. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 2022.
- I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027, aprobado en octubre de 2023 por la Comisión Negociadora.
- I Plan de Igualdad de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía 2024-2027, aprobado por Acuerdo de 4 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno.
8.2. Referencias bibliográficas
- Instituto Andaluz de la Mujer. (2023). Guía para la aplicación de la Ley 12/2007 para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
- Instituto Andaluz de la Mujer. (2023). Guía para la prevención y atención de la violencia de género en Andalucía. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
- Zurbano-Berenguer, B. (2019). La violencia contra las mujeres en Andalucía, España. El caso de la Ley 7/2018, de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género. Derecho Global. Estudios sobre Derecho y Justicia, 4(12), 175-184.
- Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2023). Manual para la implementación del I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía. Junta de Andalucía.
- Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2024). III Plan de Igualdad de Género en Educación 2024-2028. Junta de Andalucía.
8.3. Enlaces web de interés
- Portal de Igualdad de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/temas/igualdad-derechos/igualdad.html
- Instituto Andaluz de la Mujer: https://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/
- Unidades de Igualdad de Género de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/ugen/
- Observatorio Andaluz de la Igualdad de Género: https://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/observatorio/
- Portal de Transparencia – Planes y Programas: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/planificacion-evaluacion-estadistica/planes.html