TEMA 15: EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA (III)
📚 Introducción al Tema
Bienvenido/a al desarrollo del Tema 15, continuación del estudio del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Este tema es fundamental para tu preparación porque profundiza en aspectos estructurales y competenciales de nuestra Comunidad Autónoma que tienen aplicación directa en tu futuro trabajo como Técnico/a de Función Administrativa del SAS.
Soy Esteban Castro, y vamos a trabajar juntos este tema con rigor técnico pero de forma comprensible. Recuerda: el Estatuto de Autonomía es la norma institucional básica de Andalucía, con rango de Ley Orgánica, y su conocimiento es imprescindible no solo para superar el examen, sino para entender el marco institucional en el que desarrollarás tu actividad profesional.
1. CONTEXTUALIZACIÓN Y MARCO NORMATIVO
📋 Normativa Fundamental
Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía (modificada por LO 1/2011)
- Naturaleza jurídica: Ley Orgánica estatal que forma parte del bloque de constitucionalidad
- Rango normativo: Superior a las leyes ordinarias (estatales y autonómicas), pero subordinado a la Constitución
- Ámbito territorial: Comunidad Autónoma de Andalucía
- Publicación: BOE núm. 68, de 20 de marzo de 2007
💡 Relevancia para el TFA del SAS
Como futuro Técnico/a de Función Administrativa del Servicio Andaluz de Salud, necesitas conocer en profundidad el Estatuto de Autonomía porque:
- Marco competencial: Define las competencias de la Junta de Andalucía en materia de sanidad (art. 55 EAA), que es el fundamento jurídico de la existencia del SAS
- Organización territorial: Establece la estructura territorial (municipios, provincias) que determina la organización de los Distritos de Atención Primaria y Áreas Hospitalarias
- Financiación: Regula el sistema de financiación autonómica que sustenta el presupuesto del SAS
- Poder judicial: Afecta a los procedimientos contencioso-administrativos en materia sanitaria
- Principios rectores: El art. 37 proclama el derecho a la salud y los principios que inspiran la actuación del SSPA
⚠️ Importancia en el Examen
El Estatuto de Autonomía es un tema recurrente en las oposiciones del SAS. En los exámenes oficiales de 2025 ha aparecido específicamente el artículo 40.2 (medidas para el cumplimiento de principios rectores), y es habitual que pregunten sobre:
- Competencias de la Comunidad Autónoma
- Organización territorial
- Sistema de financiación
- Relaciones con el Estado y otras CCAA
- Derechos sociales y principios rectores
2. LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ANDALUCÍA
2.1. Marco Constitucional y Estatutario
Base normativa:
- Constitución Española: Art. 137 CE (organización territorial del Estado)
- Estatuto de Autonomía: Título III (Del Territorio) – Arts. 91 a 97
El Título III del Estatuto de Autonomía (arts. 91-97) regula la organización territorial de Andalucía. Según el art. 91.1 EAA:
«Andalucía se organiza territorialmente en municipios, provincias y demás entidades territoriales que puedan crearse por ley.»
2.2. Los Municipios
2.2.1. Concepto y Naturaleza Jurídica
Los municipios son las entidades territoriales básicas de la organización territorial del Estado (art. 140 CE) y de Andalucía (art. 91 EAA). Son entidades locales con:
- Personalidad jurídica plena
- Autonomía para la gestión de sus intereses (art. 92.1 EAA)
- Potestad normativa, tributaria y de autogobierno
2.2.2. Regulación Estatutaria (Art. 92 EAA)
Artículo 92 EAA – El Municipio:
1. El municipio es la entidad territorial básica de Andalucía y la institución de participación más directa de los ciudadanos en los asuntos públicos. Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Su representación, gobierno y administración corresponden al respectivo Ayuntamiento.
2. Los municipios de Andalucía gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, de acuerdo con la Constitución, este Estatuto y las leyes.
3. La ley regulará la participación de los ciudadanos en los Ayuntamientos por medio de concejos, audiencias públicas u otros instrumentos.
2.2.3. Importancia para el SAS
💼 Aplicación práctica en el SAS:
Los municipios son la base territorial para la organización de la Atención Primaria. Cada Zona Básica de Salud (art. 5 Decreto 197/2007) puede coincidir con uno o varios municipios, y los Ayuntamientos:
- Ceden terrenos para la construcción de Centros de Salud
- Participan en los Consejos de Salud de Zona
- Colaboran en programas de salud pública
- Pueden asumir competencias delegadas en materia sanitaria (cementerios municipales, policía mortuoria, etc.)
2.3. Las Provincias
2.3.1. Concepto y Naturaleza
La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia y una división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado (art. 141.1 CE). En Andalucía, también es la división territorial propia de la Comunidad Autónoma para el cumplimiento de sus actividades (art. 93.1 EAA).
2.3.2. Regulación Estatutaria (Art. 93 EAA)
Artículo 93 EAA – La Provincia:
1. La provincia es una entidad local determinada por la agrupación de municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Es la división territorial propia de la Comunidad Autónoma para el cumplimiento de sus actividades.
2. El gobierno y la administración autónoma de las provincias corresponden a las respectivas Diputaciones Provinciales.
3. La alteración de los límites provinciales deberá ser aprobada por el Parlamento de Andalucía mediante ley, a propuesta de los Ayuntamientos afectados y previo informe favorable del Consejo de Gobierno, debiendo, en todo caso, ser aprobada mediante Ley Orgánica por las Cortes Generales.
2.3.3. Las Ocho Provincias Andaluzas
Andalucía está formada por ocho provincias (art. 91.2 EAA):
| Provincia | Capital | Importancia Sanitaria |
|---|---|---|
| Almería | Almería | Complejo Hospitalario Torrecárdenas, Distrito Poniente |
| Cádiz | Cádiz | Hospital Universitario Puerta del Mar, AGS Jerez |
| Córdoba | Córdoba | Hospital Universitario Reina Sofía |
| Granada | Granada | Complejo Hospitalario Universitario de Granada, Hospital Clínico San Cecilio |
| Huelva | Huelva | Hospital Juan Ramón Jiménez |
| Jaén | Jaén | Complejo Hospitalario de Jaén |
| Málaga | Málaga | Hospital Regional Universitario de Málaga, Hospital Clínico Universitario Virgen de la Victoria |
| Sevilla | Sevilla | Hospital Universitario Virgen del Rocío, Hospital Universitario Virgen Macarena |
2.3.4. Importancia para el SAS
💼 Aplicación práctica en el SAS:
La provincia es un criterio organizativo importante en el SAS:
- Los Distritos de Atención Primaria tradicionalmente se organizaban por provincias (aunque ahora hay Áreas de Gestión Sanitaria interprovinciales)
- Las Áreas Hospitalarias suelen coincidir con ámbitos provinciales o subprovinciales
- La Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud coordina la asistencia en las ocho provincias
- Los Contratos Programa incluyen objetivos diferenciados por provincia
2.4. Otras Entidades Territoriales
2.4.1. Las Comarcas (Art. 94 EAA)
Artículo 94 EAA – La Comarca:
1. La comarca se configura como la agrupación voluntaria de municipios limítrofes con características geográficas, económicas, sociales e históricas afines.
2. La ley, aprobada por el Parlamento de Andalucía por mayoría absoluta, regulará la creación de comarcas, que deberá contar con el acuerdo de los Ayuntamientos afectados y la aprobación del Consejo de Gobierno.
⚠️ Nota importante: A fecha de 2025, NO existen comarcas constituidas como entidades territoriales en Andalucía. El Estatuto permite su creación, pero no se ha desarrollado la ley necesaria para ello. Sin embargo, existen comarcas naturales, históricas o funcionales (Campo de Gibraltar, Alpujarra, Sierra de Cádiz, etc.) que se utilizan para planificación y estadística, pero sin entidad jurídica propia.
2.4.2. Las Áreas Metropolitanas (Art. 94 EAA)
Artículo 94 EAA – Áreas Metropolitanas:
3. La ley regulará las áreas metropolitanas que pudieran crearse como agrupaciones de municipios, que deberán contar con el acuerdo de los Ayuntamientos afectados y la aprobación del Consejo de Gobierno.
Tampoco existen áreas metropolitanas constituidas, aunque hay importantes núcleos urbanos que funcionan de facto como áreas metropolitanas (Sevilla, Málaga, Bahía de Cádiz, Granada).
2.4.3. Otras Entidades Locales (Art. 95-96 EAA)
- Entidades de ámbito territorial inferior al municipal (art. 95 EAA): pedanías, barriadas, aldeas, etc.
- Mancomunidades de municipios (art. 96 EAA): agrupaciones voluntarias de municipios para prestación conjunta de servicios
2.5. Autonomía Local y Competencias Municipales (Art. 92 EAA)
Artículo 92.4 EAA – Garantía de autonomía local:
«Se garantiza la autonomía de los municipios andaluces y de las provincias. La alteración de los límites municipales requerirá la aprobación de la Junta de Andalucía en los términos que establezca una ley del Parlamento de Andalucía.»
El artículo 92.5 EAA establece que los municipios de Andalucía tienen competencias propias sobre las siguientes materias, en los términos que determinen las leyes:
- Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística
- Planificación, programación y gestión de viviendas y participación en la planificación de la vivienda protegida
- Proyección, planeamiento y gestión de los montes e instalaciones forestales de titularidad local
- Medio ambiente urbano, entre otras, en materia de residuos y de vertidos que no sean de competencia estatal
- Regulación de las condiciones de seguridad en las actividades organizadas en espacios públicos y en lugares de concurrencia pública
- Protección de la salubridad pública
- Participación en la gestión de la atención primaria de la salud
- Cementerios y servicios funerarios
- Promoción de la igualdad de género
- Cooperación en la acción exterior del Estado y en el desarrollo de la cooperación internacional
- Y otras que determine la legislación sectorial
💼 Competencias municipales en sanidad:
Observa el apartado g) «Participación en la gestión de la atención primaria de la salud». Esto se concreta en:
- Participación en los Consejos de Salud de Zona (Decreto 197/2007)
- Colaboración en programas de educación para la salud
- Cesión de locales para consultorios locales
- Policía mortuoria y cementerios (apartado h)
- Salubridad pública: control sanitario de establecimientos, plagas, etc. (apartado f)
2.6. El Régimen de las Entidades Locales de Andalucía (Art. 97 EAA)
El artículo 97 EAA establece que una ley del Parlamento de Andalucía regulará el régimen de las entidades locales de Andalucía. Esta ley debe respetar:
- La autonomía local constitucionalmente garantizada
- Las competencias estatales en materia de legislación básica sobre régimen local
- La organización territorial y el régimen de funcionamiento de las entidades locales
Legislación de desarrollo:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (estatal, legislación básica)
- Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (autonómica, desarrollo del art. 97 EAA)
🎯 Pregunta de Examen Típica
«La alteración de los límites provinciales en Andalucía…»
Es competencia compartida:
- Propuesta de los Ayuntamientos afectados
- Informe favorable del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
- Aprobación por el Parlamento de Andalucía mediante ley
- Aprobación por las Cortes Generales mediante Ley Orgánica (art. 93.3 EAA)
3. EL PODER JUDICIAL EN ANDALUCÍA
3.1. Marco Constitucional y Estatutario
Base normativa:
- Constitución Española: Título VI (Del Poder Judicial) – Arts. 117-127 CE
- Estatuto de Autonomía: Título VI (De la Administración de Justicia en Andalucía) – Arts. 139-151
- Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial (LOPJ)
3.2. Principios Constitucionales del Poder Judicial
El artículo 117 CE establece los principios básicos del Poder Judicial que son de aplicación en toda España, incluida Andalucía:
- Unidad jurisdiccional: La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley
- Independencia judicial: Los jueces y magistrados son independientes en el ejercicio de la función jurisdiccional
- Exclusividad: El ejercicio de la potestad jurisdiccional corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes
⚠️ Competencia exclusiva del Estado: La Administración de Justicia es competencia exclusiva del Estado (art. 149.1.5ª CE). Por tanto, Andalucía NO tiene competencias legislativas en esta materia, pero sí tiene algunas competencias ejecutivas y de organización.
3.3. Competencias de la Comunidad Autónoma en materia de Justicia (Art. 80 EAA)
Artículo 80 EAA – Competencias de la Comunidad Autónoma:
Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, respetando el ámbito de gobierno del Consejo General del Poder Judicial:
- a) Organizar y gestionar la demarcación judicial
- b) Organizar y gestionar, respetando el principio de unidad, la oficina judicial y la atención a las víctimas
- c) Participar en la delimitación de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales
- d) Ejercer funciones relacionadas con la Administración de Justicia en lo no relativo al orden jurisdiccional
- e) Gestión de los medios personales al servicio de la Administración de Justicia, sin perjuicio del gobierno del Poder Judicial por el CGPJ
- f) Gestión de los medios materiales de la Administración de Justicia
3.4. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Arts. 140-143 EAA)
3.4.1. Naturaleza y Sede
Artículo 140 EAA:
«El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es el órgano jurisdiccional en que culmina la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo.»
Sede: Granada (art. 141.1 EAA)
Salas territoriales: Pueden existir Salas del TSJA en otras ciudades de Andalucía (art. 141.2 EAA)
3.4.2. Competencias del TSJA (Art. 142 EAA)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía conoce de:
- En única instancia: Recursos contencioso-administrativos contra actos y disposiciones de la Junta de Andalucía y de sus organismos autónomos
- En apelación y casación: Recursos contra resoluciones de órganos judiciales de Andalucía
- Cuestiones de competencia: Entre órganos judiciales radicados en Andalucía
- Recurso de revisión: Contra sentencias firmes de órganos judiciales de Andalucía
- Otros recursos: Previstos en las leyes procesales
3.4.3. Composición del TSJA (Art. 143 EAA)
El TSJA se compone de:
- Presidente: Nombrado por el Rey a propuesta del CGPJ, previo informe del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
- Salas: Civil y Penal, Contencioso-Administrativo, y Social
- Magistrados: Nombrados según la legislación orgánica del Poder Judicial
3.5. El Fiscal Superior de Andalucía (Arts. 144-145 EAA)
Artículo 144 EAA:
«El Fiscal Superior de Andalucía representa al Ministerio Fiscal en Andalucía y es el Jefe Superior de sus órganos en el territorio de la Comunidad Autónoma.»
Nombramiento: Por el Fiscal General del Estado, oído el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (art. 145 EAA)
3.6. Demarcación Judicial y Planta Judicial (Arts. 146-147 EAA)
La demarcación judicial de Andalucía se estructura en:
- Partidos judiciales: Agrupaciones de uno o varios municipios limítrofes pertenecientes a una misma provincia
- Circunscripciones: Ámbitos territoriales de los distintos órganos jurisdiccionales
💼 Importancia para el SAS:
La demarcación judicial es relevante para el SAS en varios aspectos:
- Recursos contencioso-administrativos: Las reclamaciones contra actos del SAS se tramitan ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo del partido judicial correspondiente o ante el TSJA en única instancia (según cuantía y materia)
- Responsabilidad patrimonial: Las reclamaciones de responsabilidad patrimonial derivadas de asistencia sanitaria se tramitan en vía administrativa, pero pueden acabar en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo
- Orden social: Los litigios laborales del personal estatutario se sustancian ante los Juzgados de lo Social
- Orden penal: Denuncias penales contra profesionales sanitarios
3.7. Órganos de Gobierno de la Administración de Justicia en Andalucía
3.7.1. El Consejo de Justicia de Andalucía (Arts. 148-149 EAA)
Artículo 148 EAA:
«El Consejo de Justicia de Andalucía es el órgano de gobierno de la Administración de Justicia en Andalucía, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.»
Funciones del Consejo de Justicia de Andalucía:
- Participar en la designación del Presidente del TSJA
- Informar sobre recursos de personal al servicio de la Administración de Justicia
- Proponer la demarcación judicial de Andalucía
- Ejercer las funciones en materia de formación de jueces, magistrados y personal al servicio de la Administración de Justicia
3.7.2. Composición del Consejo de Justicia (Art. 149 EAA)
Composición:
- Presidente: El Presidente del TSJA
- Vocales judiciales: Elegidos entre Jueces y Magistrados con destino en Andalucía
- Vocales no judiciales: Designados por el Parlamento de Andalucía, entre juristas de reconocido prestigio
3.8. Justicia de Paz y Jueces de Paz (Art. 150 EAA)
Los Jueces de Paz ejercen funciones jurisdiccionales en los municipios donde no hay Juzgado de Primera Instancia e Instrucción. Son nombrados por la Sala de Gobierno del TSJA, a propuesta del Ayuntamiento correspondiente.
3.9. Medios Personales y Materiales al Servicio de la Administración de Justicia (Art. 151 EAA)
Artículo 151 EAA – Gestión de medios:
Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la gestión de los medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía, sin perjuicio de las competencias del Consejo General del Poder Judicial.
En ejecución de esta competencia, la Junta de Andalucía:
- Gestiona el personal al servicio de la Administración de Justicia (funcionarios de justicia, médicos forenses, etc.)
- Gestiona los medios materiales: edificios judiciales, equipamiento informático, etc.
- Financia el Instituto de Medicina Legal de Andalucía
🎯 Errores Comunes en el Examen
NO confundir:
- ❌ La Comunidad Autónoma NO tiene competencias legislativas en materia de justicia (es competencia exclusiva del Estado)
- ✅ Sí tiene competencias ejecutivas: gestión de medios personales y materiales, demarcación judicial
- ❌ El TSJA NO es equivalente al Tribunal Supremo (que es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes)
- ✅ El TSJA es la culminación de la organización judicial en Andalucía, pero sus resoluciones pueden recurrirse ante el TS
4. ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA DE ANDALUCÍA
4.1. Marco Constitucional y Estatutario
Base normativa:
- Constitución Española: Título VIII (De la Organización Territorial del Estado), especialmente arts. 156-158 CE sobre financiación autonómica
- Estatuto de Autonomía: Título VII (Economía, Empleo y Hacienda) – Arts. 166-187
- Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA)
4.2. Competencias de la Comunidad Autónoma en Materia Económica
El Título VII del Estatuto de Autonomía (arts. 166-187) regula las competencias, principios y medios económicos de Andalucía. Este título es fundamental porque establece:
- La autonomía financiera de Andalucía
- Los recursos económicos de la Comunidad Autónoma
- Las competencias en materia de hacienda, presupuestos y patrimonio
- Las relaciones financieras con el Estado
4.3. Principios Rectores de la Política Socioeconómica (Art. 166 EAA)
Artículo 166 EAA – Principios generales:
En el ejercicio de sus competencias económicas, la Comunidad Autónoma de Andalucía promoverá:
- El pleno empleo y la estabilidad laboral
- La formación profesional, la seguridad e higiene en el trabajo
- El diálogo y la concertación social
- Un sistema tributario justo
- La ordenación del territorio, el urbanismo y la vivienda
- El desarrollo equilibrado y sostenible
- La cohesión económica, social y territorial
- La protección del medio ambiente
4.4. La Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía
4.4.1. Autonomía Financiera (Art. 175 EAA)
Artículo 175.1 EAA:
«La Comunidad Autónoma de Andalucía goza de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias, de acuerdo con los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles.»
La autonomía financiera implica que Andalucía tiene capacidad para:
- Obtener ingresos propios
- Gestionar y administrar sus recursos
- Establecer su propio presupuesto
- Endeudarse (con límites)
- Regular tributos propios
4.4.2. Recursos de la Hacienda de Andalucía (Art. 176 EAA)
Artículo 176 EAA – Recursos financieros:
Los recursos de la Comunidad Autónoma de Andalucía están constituidos por:
- Impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado
- Recargos sobre impuestos estatales
- Tributos propios
- Participación en los ingresos del Estado
- Asignaciones que se establezcan en los Presupuestos Generales del Estado
- Rendimientos procedentes de su patrimonio
- Operaciones de crédito
- Ingresos de derecho privado
- Multas y sanciones
- Cualquier otro recurso que le corresponda por ley
4.4.3. Impuestos Cedidos (Art. 177 EAA)
Los impuestos cedidos son tributos estatales cuya recaudación se cede total o parcialmente a las Comunidades Autónomas. Según el art. 177 EAA, corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía:
| Impuesto | % Cedido | Capacidad Normativa |
|---|---|---|
| IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) | 50% | Escala autonómica, deducciones |
| IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) | 50% | Sin capacidad normativa |
| Impuestos Especiales (alcohol, tabaco, hidrocarburos) | 58% | Limitada |
| Impuesto sobre el Patrimonio | 100% | Total |
| Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones | 100% | Total |
| Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y AJD | 100% | Total |
| Tributos sobre el Juego | 100% | Total |
4.4.4. Tributos Propios (Art. 178 EAA)
Artículo 178 EAA:
«La Comunidad Autónoma de Andalucía podrá establecer sus propios tributos, de acuerdo con la Constitución, esta Ley y la legislación reguladora de la financiación de las Comunidades Autónomas.»
Ejemplos de tributos propios de Andalucía:
- Impuesto sobre Emisión de Gases a la Atmósfera
- Impuesto sobre Vertidos a las Aguas Litorales
- Impuesto sobre Depósito de Residuos Peligrosos
- Impuesto sobre Depósito de Residuos Radiactivos
- Canon de Mejora de Infraestructuras Hidráulicas
- Tasa Fiscal sobre Juegos de Suerte, Envite o Azar
4.4.5. Participación en los Ingresos del Estado (Arts. 179-180 EAA)
Además de los impuestos cedidos, Andalucía participa en los ingresos del Estado a través del Fondo de Suficiencia y otros fondos de compensación. El sistema se basa en:
- Fondo de Suficiencia: Garantiza que Andalucía tenga recursos para financiar sus competencias
- Fondo de Cooperación: Para inversiones en servicios públicos
- Fondos de Compensación Interterritorial: Para corregir desequilibrios económicos territoriales
4.5. Presupuesto de la Comunidad Autónoma (Arts. 184-185 EAA)
Artículo 184 EAA – Presupuesto:
1. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía es único, tiene carácter anual e incluye la totalidad de los gastos e ingresos del sector público de la Junta de Andalucía.
2. Su elaboración, aprobación y ejecución se regirá por lo dispuesto en la Ley que apruebe el Parlamento de Andalucía.
4.5.1. Principios Presupuestarios (Art. 184 EAA)
- Unidad: Un solo presupuesto para toda la Comunidad Autónoma
- Universalidad: Incluye todos los ingresos y gastos
- Anualidad: Vigencia de un año natural
- Especialidad: Los créditos tienen una finalidad determinada
- Publicidad: El presupuesto se publica y es accesible a los ciudadanos
4.5.2. Elaboración y Aprobación del Presupuesto
Artículo 184.3 EAA:
«El proyecto de Ley del Presupuesto será elaborado por el Consejo de Gobierno y remitido al Parlamento de Andalucía antes del día 1 de octubre de cada año.»
Procedimiento:
- Elaboración: La Consejería de Economía y Hacienda elabora el anteproyecto
- Aprobación por el Consejo de Gobierno: Antes del 1 de octubre
- Remisión al Parlamento: El Consejo de Gobierno envía el proyecto de ley al Parlamento
- Tramitación parlamentaria: Enmiendas, debate, votación
- Aprobación: El Parlamento aprueba la Ley del Presupuesto antes del 31 de diciembre
- Publicación: En el BOJA
💼 El Presupuesto del SAS:
El presupuesto del Servicio Andaluz de Salud forma parte del Presupuesto de la Comunidad Autónoma. En 2025, el presupuesto del SAS supera los 11.000 millones de euros, lo que representa aproximadamente el 36-40% del presupuesto total de la Junta de Andalucía. Es, con diferencia, la partida presupuestaria más importante.
Como TFA del SAS, trabajarás con conceptos como:
- Capítulo I: Gastos de personal (nóminas, Seguridad Social)
- Capítulo II: Gastos corrientes (suministros, contratos de servicios)
- Capítulo IV: Transferencias corrientes
- Capítulo VI: Inversiones reales (edificios, equipamiento)
- Modificaciones presupuestarias: Créditos extraordinarios, suplementos, transferencias
4.6. Control Económico y Presupuestario (Arts. 186-187 EAA)
Artículo 186 EAA – Control interno y externo:
1. La actividad económico-financiera del sector público de la Junta de Andalucía estará sometida al régimen de control interno y externo.
2. Sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía es el órgano de fiscalización externa de la gestión económico-financiera del sector público andaluz.
4.6.1. Control Interno
El control interno lo ejerce la Intervención General de la Junta de Andalucía, dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda. Realiza:
- Función interventora: Fiscalización previa de actos con contenido económico
- Función de control financiero: Auditorías y control de eficacia
- Función de contabilidad: Llevanza de la contabilidad pública
4.6.2. Control Externo
El control externo lo ejerce:
- Cámara de Cuentas de Andalucía: Órgano de fiscalización externa del sector público andaluz (art. 186 EAA). Depende del Parlamento de Andalucía.
- Tribunal de Cuentas: Órgano supremo fiscalizador de las cuentas y gestión económica del sector público (art. 136 CE). Fiscaliza también las Comunidades Autónomas.
Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía
Funciones:
- Fiscalización externa de la gestión económico-financiera del sector público andaluz
- Emisión de informes, memorias y mociones
- Enjuiciamiento contable (responsabilidades contables)
4.7. Endeudamiento de la Comunidad Autónoma (Art. 183 EAA)
La Comunidad Autónoma puede contraer deuda pública (operaciones de crédito), pero con importantes limitaciones:
- Autorización por ley del Parlamento de Andalucía
- Límites establecidos en la legislación del Estado sobre estabilidad presupuestaria
- Coordinación con la política económica general del Estado
⚠️ Estabilidad presupuestaria: La Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, limita el déficit y la deuda de las Comunidades Autónomas. Andalucía debe presentar un presupuesto equilibrado o con superávit estructural.
4.8. Competencias en Materia de Empleo (Arts. 167-174 EAA)
El Estatuto dedica los artículos 167 a 174 a regular las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de trabajo, empleo y relaciones laborales:
- Art. 167: Relaciones laborales y condiciones de trabajo
- Art. 168: Prevención de riesgos laborales
- Art. 169: Empleo y políticas activas de empleo
- Art. 170: Intermediación laboral
- Art. 171: Cooperativas y Economía Social
- Art. 172: Fomento del desarrollo económico
💼 Competencias en empleo aplicables al SAS:
- La Consejería de Empleo colabora con el SAS en programas de formación profesional para el empleo
- La prevención de riesgos laborales en el SAS se coordina con la Consejería de Empleo
- Las políticas activas de empleo incluyen programas específicos para profesionales sanitarios
5. RELACIONES INSTITUCIONALES DE ANDALUCÍA
5.1. Marco Estatutario
Título IX del Estatuto de Autonomía: «Relaciones institucionales de la Junta de Andalucía» (Arts. 219-233)
5.2. Relaciones con el Estado (Arts. 220-222 EAA)
5.2.1. Principios Generales (Art. 220 EAA)
Artículo 220 EAA:
«Las relaciones de la Junta de Andalucía con el Estado se basan en los principios de:
- Lealtad institucional
- Cooperación
- Colaboración
- Información mutua
- Respeto a los ámbitos competenciales respectivos
5.2.2. Instrumentos de Colaboración (Art. 221 EAA)
La colaboración entre el Estado y Andalucía se articula a través de:
- Conferencias Sectoriales: Órganos de cooperación multilateral entre el Gobierno de la Nación y los Gobiernos de las Comunidades Autónomas
- Comisiones Bilaterales de Cooperación: Entre el Gobierno de España y el de Andalucía
- Convenios de Colaboración: Acuerdos para desarrollar actuaciones conjuntas
- Consorcios: Entidades de derecho público para gestión conjunta de servicios
💼 Ejemplo: Conferencias Sectoriales relevantes para el SAS
- Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud: Órgano permanente de coordinación, cooperación, comunicación e información de los Servicios de Salud (art. 69 Ley 16/2003). Andalucía participa a través de la Consejería de Salud.
- Comisión de Recursos Humanos del SNS: Coordina políticas de personal sanitario
- Comisión de Prestaciones y Financiación del SNS: Cartera de servicios, facturación por asistencia sanitaria, etc.
5.2.3. Representación de Andalucía en Órganos Estatales (Art. 222 EAA)
Andalucía puede participar en órganos estatales cuando se debatan asuntos que afecten a sus competencias. Ejemplos:
- Consejo de Política Fiscal y Financiera
- Consejo Interterritorial del SNS
- Conferencia de Presidentes Autonómicos
5.3. Relaciones con Otras Comunidades Autónomas (Art. 223 EAA)
Artículo 223 EAA:
«La Junta de Andalucía podrá celebrar convenios con otras Comunidades Autónomas para la gestión y prestación de servicios, previa comunicación a las Cortes Generales.»
Ejemplos de colaboración interautonómica en sanidad:
- Convenios de asistencia sanitaria transfronteriza (Andalucía-Extremadura, Andalucía-Castilla-La Mancha)
- Compras centralizadas de medicamentos
- Formación especializada de profesionales sanitarios
- Trasplantes de órganos (Organización Nacional de Trasplantes)
5.4. Relaciones con la Unión Europea (Arts. 229-233 EAA)
5.4.1. Participación en la Formación de la Voluntad del Estado (Art. 229 EAA)
Artículo 229 EAA:
«La Comunidad Autónoma de Andalucía participará en los asuntos relacionados con la Unión Europea en lo que afecte a sus competencias o intereses.»
Esta participación se concreta en:
- Participación en la Conferencia para Asuntos Relacionados con las Comunidades Europeas (CARUE)
- Emisión de informes sobre proyectos normativos de la UE
- Participación en la delegación española ante instituciones europeas cuando se traten asuntos de competencia autonómica
5.4.2. Ejecución del Derecho Europeo (Art. 230 EAA)
Andalucía es competente para la ejecución del Derecho de la Unión Europea en las materias propias de su competencia. Esto implica que debe transponer Directivas europeas y aplicar Reglamentos comunitarios en su ámbito territorial.
💼 Ejemplos de normativa europea aplicada por Andalucía:
- Directiva 2011/24/UE sobre asistencia sanitaria transfronteriza: Regulación de la asistencia sanitaria a ciudadanos europeos en Andalucía
- Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD): Protección de datos en el ámbito sanitario
- Directiva 2005/36/CE sobre cualificaciones profesionales: Reconocimiento de títulos sanitarios de profesionales europeos
- Fondos estructurales y de inversión europeos: Financiación de inversiones en infraestructuras sanitarias
5.4.3. Oficina de Andalucía en Bruselas (Art. 231 EAA)
Artículo 231 EAA:
«La Junta de Andalucía podrá solicitar del Gobierno de la Nación que, en la representación de España ante la Unión Europea, se incorporen funcionarios de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con el procedimiento que se establezca.»
Andalucía cuenta con una Delegación en Bruselas que:
- Representa los intereses de Andalucía ante las instituciones europeas
- Informa sobre las políticas europeas que afectan a Andalucía
- Gestiona proyectos de cooperación europea
- Participa en redes de regiones europeas
5.5. Acción Exterior de Andalucía (Arts. 224-228 EAA)
Artículo 224 EAA:
«Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la promoción y defensa de sus intereses en el exterior, respetando la competencia exclusiva del Estado en materia de relaciones internacionales.»
Andalucía puede:
- Promover sus intereses económicos, sociales, culturales y turísticos en el exterior
- Establecer oficinas de promoción en el extranjero
- Participar en organismos internacionales en materias de su competencia
- Firmar acuerdos de cooperación internacional (con autorización del Estado)
6. MEDIO AMBIENTE EN ANDALUCÍA
6.1. Marco Constitucional y Estatutario
Base normativa:
- Constitución Española: Art. 45 CE (derecho a un medio ambiente adecuado)
- Estatuto de Autonomía: Art. 28 (derecho a un medio ambiente sostenible), Art. 57 (competencias en medio ambiente)
- Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA)
6.2. Derecho a un Medio Ambiente Adecuado (Art. 28 EAA)
Artículo 28 EAA:
1. Todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable, así como a disfrutar de los recursos naturales, del entorno y el paisaje en condiciones de igualdad, debiendo hacer un uso responsable del mismo para evitar su deterioro y conservarlo para las generaciones futuras.
2. Se garantiza este derecho mediante una adecuada protección de la biodiversidad, la diversidad genética, los procesos ecológicos, los espacios naturales protegidos y el paisaje.
6.3. Competencias de Andalucía en Materia de Medio Ambiente (Art. 57 EAA)
El artículo 57 EAA atribuye a Andalucía competencia exclusiva en materia de:
- a) Espacios naturales protegidos, incluidos los que afecten a ecosistemas acuáticos
- b) Montes, aprovechamientos y servicios forestales
- c) Vías pecuarias
- d) Fauna y flora silvestres
- e) Regulación del ambiente atmosférico y de la contaminación acústica
- f) Gestión de los residuos peligrosos y no peligrosos
- g) Prevención ambiental
- h) Aguas de la Comunidad Autónoma
6.4. El Medio Ambiente en el Ámbito Sanitario
6.4.1. Sistema Integral de Gestión Ambiental del SAS (SIGA)
💼 SIGA en el SAS:
El Sistema Integral de Gestión Ambiental (SIGA) es el instrumento del SAS para garantizar la sostenibilidad ambiental de sus centros sanitarios. Incluye:
- Gestión de residuos sanitarios: Clasificación (grupos I a V), segregación, tratamiento
- Eficiencia energética: Reducción del consumo energético en hospitales
- Gestión del agua: Ahorro y depuración
- Compras verdes: Productos con menor impacto ambiental
- Certificación ISO 14001: Gestión ambiental en centros sanitarios
6.4.2. Gestión de Residuos Sanitarios
Los residuos sanitarios se clasifican en:
| Grupo | Descripción | Gestión |
|---|---|---|
| Grupo I | Residuos asimilables a urbanos | Gestión municipal |
| Grupo II | Residuos sanitarios no específicos | Contenedor amarillo |
| Grupo III | Residuos sanitarios específicos o de riesgo | Contenedor rojo, autoclave |
| Grupo IV | Cadáveres y restos humanos | Gestión específica |
| Grupo V | Residuos químicos | Gestor autorizado |
6.5. Salud Ambiental y Salud Pública
La salud ambiental es una competencia transversal que afecta al SAS en varios ámbitos:
- Calidad del aire: Vigilancia de contaminantes atmosféricos que afectan a la salud
- Aguas de consumo: Control sanitario del agua potable
- Legionelosis: Prevención y control de brotes
- Zoonosis: Enfermedades transmitidas por animales
- Productos químicos: Control sanitario de plaguicidas, productos fitosanitarios
- Cambio climático: Plan de adaptación del SSPA al cambio climático
7. MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA
7.1. Marco Constitucional y Estatutario
Base normativa:
- Constitución Española: Art. 20 CE (libertad de expresión e información)
- Estatuto de Autonomía: Art. 44 (derecho a una buena administración), Art. 79 (competencias en medios de comunicación)
- Ley 18/2007, de 17 de diciembre, de la Radio y Televisión de Titularidad Autonómica
7.2. Competencias en Medios de Comunicación (Art. 79 EAA)
Artículo 79 EAA:
«Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia exclusiva en materia de medios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual, que incluye, en todo caso:
- La regulación y control de los medios de comunicación social de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de sus entes públicos
- La regulación y el fomento de la producción audiovisual en Andalucía
7.3. Radio y Televisión de Andalucía (RTVA)
7.3.1. Naturaleza Jurídica
Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) es la empresa pública de la Junta de Andalucía responsable de la gestión de los servicios públicos de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico.
7.3.2. Canales y Emisoras
- Canal Sur Televisión: Canal generalista autonómico
- Canal Sur 2: Canal temático (cultura, deportes)
- Canal Sur Andalucía: Televisión digital terrestre
- Canal Sur Radio: Radio generalista
- Radio Andalucía Información: Informativos
- Fiesta Radio: Música flamenca
7.4. Relevancia para el SAS
💼 Los medios de comunicación y el SAS:
Los medios de comunicación son fundamentales para:
- Comunicación institucional: Campañas de salud pública (vacunación, donación de sangre, prevención de enfermedades)
- Transparencia: Información sobre listas de espera, calidad asistencial, inversiones
- Gestión de crisis: Alertas sanitarias, pandemias, brotes epidémicos
- Educación sanitaria: Programas sobre hábitos saludables, prevención
- Información al ciudadano: Derechos y deberes, acceso a servicios
8. PRINCIPIOS RECTORES DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS (ART. 40 EAA)
⚠️ MUY IMPORTANTE PARA EL EXAMEN
El artículo 40.2 EAA ha aparecido literalmente en los exámenes oficiales de 2025. Es fundamental que lo memorices.
Artículo 40.2 EAA:
«Los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía adoptarán las medidas necesarias para el efectivo cumplimiento de los principios rectores establecidos en este Capítulo, a través de:
- Impulsar la legislación pertinente
- Garantizar una financiación suficiente
- Asegurar la eficacia y eficiencia de las actuaciones administrativas
🎯 Pregunta Literal de Examen (SAS 2025)
«Según el artículo 40.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, los poderes públicos adoptarán las medidas necesarias para el efectivo cumplimiento de los principios rectores de las políticas públicas, a través de:»
a) Impulsar la legislación pertinente.
b) Garantizar una financiación suficiente.
c) Asegurar la eficacia y eficiencia de las actuaciones administrativas.
d) Todas las respuestas anteriores son correctas. ✅
9. CASOS PRÁCTICOS Y EJEMPLOS APLICADOS AL SAS
Caso Práctico 1: Organización Territorial y Planificación Sanitaria
Situación:
Eres TFA en la Dirección de Gestión Económica de un Distrito de Atención Primaria que abarca 15 municipios de la provincia de Huelva. El Consejo de Gobierno ha aprobado una modificación de los límites de las Zonas Básicas de Salud para mejorar la accesibilidad de la población rural.
Pregunta: ¿Qué órgano de la Junta de Andalucía es competente para delimitar las Zonas Básicas de Salud?
Respuesta:
Según el artículo 5 del Decreto 197/2007, de 3 de julio, las Zonas Básicas de Salud son delimitadas por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejería de Salud y Consumo, previo informe del Servicio Andaluz de Salud.
Relación con el art. 93 EAA: La provincia es la división territorial propia de la Comunidad Autónoma, y las Zonas Básicas de Salud se configuran respetando los límites municipales (que son entidades básicas según art. 92 EAA).
Caso Práctico 2: Recurso Contencioso-Administrativo
Situación:
Un facultativo del Hospital Universitario Virgen del Rocío recurre una resolución de la Dirección Gerencia del SAS que le deniega una solicitud de compatibilidad para ejercer la medicina privada. El recurso de alzada ha sido desestimado. El facultativo desea interponer recurso contencioso-administrativo.
Pregunta: ¿Ante qué órgano jurisdiccional debe interponer el recurso?
Respuesta:
Según el artículo 10.1.a) de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, conocerán en única o primera instancia los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de las disposiciones y actos de las Entidades locales y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, cuya cuantía no supere los 30.000 euros.
Sin embargo, si se trata de personal estatutario, según el art. 2.e) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, las reclamaciones de personal estatutario se rigen por su normativa específica. En este caso, al tratarse de una resolución de la Dirección Gerencia del SAS (órgano superior), si agota la vía administrativa, el recurso se interpondría ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla (sede de la Dirección Gerencia) o ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA si la cuantía o materia lo requiere.
Caso Práctico 3: Financiación de Inversiones Sanitarias
Situación:
La Consejería de Salud ha planificado la construcción de un nuevo hospital en la provincia de Jaén con un coste de 200 millones de euros. El Consejo de Gobierno debe aprobar la financiación de esta inversión.
Pregunta: ¿De qué recursos puede obtenerse la financiación?
Respuesta:
Según el artículo 176 EAA, los recursos de la Comunidad Autónoma incluyen:
- Presupuesto ordinario: Capítulo VI (Inversiones reales)
- Operaciones de crédito: Emisión de deuda pública (art. 183 EAA), requiere autorización del Parlamento y coordinación con el Estado
- Fondos europeos: FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional), particularmente para infraestructuras sanitarias en zonas menos desarrolladas
- Colaboración público-privada: Fórmulas de financiación mixta
10. CONCLUSIONES Y PUNTOS CLAVE
💡 Ideas Clave para Recordar
- Organización territorial: Municipios (entidad básica), provincias (8 en total), y posibilidad de comarcas y áreas metropolitanas (no creadas aún)
- Poder judicial: TSJA como culminación en Andalucía, pero competencias limitadas de la CCAA (solo ejecutivas, no legislativas)
- Financiación: Sistema mixto (impuestos cedidos + participación en ingresos del Estado + tributos propios)
- Presupuesto: Anual, único, elaborado por Consejo de Gobierno, aprobado por Parlamento antes del 1 de octubre
- Control: Interno (Intervención General) + Externo (Cámara de Cuentas + Tribunal de Cuentas)
- Relaciones institucionales: Lealtad, cooperación y colaboración con el Estado, otras CCAA y la UE
- Art. 40.2 EAA: Legislación + financiación + eficacia = cumplimiento principios rectores (MEMORIZA ESTO)
⚠️ Errores Frecuentes a Evitar
- ❌ Confundir competencias exclusivas, compartidas y ejecutivas
- ❌ Pensar que Andalucía puede legislar sobre Administración de Justicia
- ❌ Creer que las comarcas existen como entidades territoriales (no están creadas)
- ❌ No diferenciar entre TSJA (autonómico) y Tribunal Supremo (estatal)
- ❌ Olvidar que el presupuesto del SAS es parte del presupuesto de la Junta
11. CUESTIONARIO TIPO TEST (≥25 PREGUNTAS)
PREGUNTA 1
Según el artículo 40.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, los poderes públicos adoptarán las medidas necesarias para el efectivo cumplimiento de los principios rectores de las políticas públicas, a través de:
✅ RESPUESTA CORRECTA: d)
Explicación: Esta pregunta ha aparecido literalmente en múltiples exámenes oficiales del SAS en 2025. El art. 40.2 EAA establece textualmente las tres vías: legislación, financiación y eficacia administrativa.
PREGUNTA 2
¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre la organización territorial de Andalucía es CORRECTA?
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 92.1 EAA. La opción a) es incorrecta porque las comarcas no existen como entidades territoriales constituidas. La c) es falsa porque requiere ley del Parlamento con mayoría absoluta (art. 94.2 EAA). La d) es incorrecta porque la provincia sí tiene personalidad jurídica propia (art. 93.1 EAA).
PREGUNTA 3
En Andalucía, las Zonas Básicas de Salud son delimitadas por:
✅ RESPUESTA CORRECTA: c)
Explicación: Según el artículo 5 del Decreto 197/2007, las Zonas Básicas de Salud son delimitadas por el Consejo de Gobierno. Esta pregunta ha aparecido en varios exámenes oficiales del SAS.
PREGUNTA 4
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía tiene su sede en:
✅ RESPUESTA CORRECTA: c)
Explicación: Art. 141.1 EAA establece que la sede del TSJA es Granada.
PREGUNTA 5
La alteración de los límites provinciales en Andalucía:
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 93.3 EAA. Procedimiento complejo que requiere: propuesta municipal + informe favorable Consejo de Gobierno + ley del Parlamento andaluz + Ley Orgánica de las Cortes Generales.
PREGUNTA 6
¿Cuál de las siguientes NO es una competencia de la Comunidad Autónoma en materia de Administración de Justicia?
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: La legislación procesal es competencia exclusiva del Estado (art. 149.1.6ª CE). Andalucía solo tiene competencias ejecutivas en justicia (art. 80 EAA).
PREGUNTA 7
El Consejo de Justicia de Andalucía es:
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 148 EAA. El Consejo de Justicia es un órgano de gobierno (no jurisdiccional) de la Administración de Justicia en Andalucía, pero subordinado al CGPJ.
PREGUNTA 8
Según el Estatuto de Autonomía, ¿cuál de estos impuestos está cedido al 100% a la Comunidad Autónoma de Andalucía?
✅ RESPUESTA CORRECTA: c)
Explicación: Art. 177 EAA. El ISD está cedido al 100% con plena capacidad normativa. El IRPF se cede al 50%, el IVA al 50%, y los Impuestos Especiales al 58%.
PREGUNTA 9
El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía debe ser remitido al Parlamento antes del:
✅ RESPUESTA CORRECTA: d)
Explicación: Art. 184.3 EAA. Esta pregunta también ha aparecido en exámenes del SAS (aunque referida a las Consejerías que deben remitir sus anteproyectos a Hacienda antes del 1 de junio).
PREGUNTA 10
La Cámara de Cuentas de Andalucía es:
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 186 EAA. La Cámara de Cuentas es el órgano de control externo, independiente del Gobierno, que depende del Parlamento de Andalucía.
PREGUNTA 11
¿Cuántas provincias tiene Andalucía?
✅ RESPUESTA CORRECTA: c)
Explicación: Art. 91.2 EAA. Andalucía tiene ocho provincias: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.
PREGUNTA 12
El principio de «lealtad institucional» en las relaciones entre el Estado y Andalucía significa:
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 220 EAA. Lealtad institucional implica colaboración mutua, respeto a las competencias respectivas y buena fe en las relaciones.
PREGUNTA 13
Las Conferencias Sectoriales son:
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 221 EAA. Las Conferencias Sectoriales (como el Consejo Interterritorial del SNS) son órganos de cooperación multilateral entre el Estado y las CCAA.
PREGUNTA 14
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud es:
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 69 Ley 16/2003. El CISNS es una Conferencia Sectorial (órgano de cooperación) en la que Andalucía participa a través de la Consejería de Salud.
PREGUNTA 15
Andalucía puede celebrar convenios de colaboración con otras Comunidades Autónomas:
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 223 EAA. Andalucía puede celebrar convenios con otras CCAA previa comunicación a las Cortes Generales (no requiere autorización).
PREGUNTA 16
La participación de Andalucía en asuntos de la Unión Europea se concreta en:
✅ RESPUESTA CORRECTA: d)
Explicación: Art. 229 EAA. Andalucía participa en asuntos europeos a través de múltiples vías: CARUE, informes, participación en delegaciones, Oficina en Bruselas.
PREGUNTA 17
Según el Estatuto de Autonomía, el derecho a un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable es:
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 28 EAA. El derecho al medio ambiente está reconocido en el Capítulo II del Título I (Derechos Sociales, Deberes y Políticas Públicas).
PREGUNTA 18
¿Cuál de las siguientes NO es una competencia exclusiva de Andalucía en materia de medio ambiente?
✅ RESPUESTA CORRECTA: c)
Explicación: La energía nuclear es competencia exclusiva del Estado (art. 149.1.25ª CE). Las demás son competencias autonómicas según art. 57 EAA.
PREGUNTA 19
El Sistema Integral de Gestión Ambiental (SIGA) del SAS incluye:
✅ RESPUESTA CORRECTA: d)
Explicación: El SIGA es un sistema integral que abarca gestión de residuos, eficiencia energética, gestión del agua, compras verdes y certificación ambiental.
PREGUNTA 20
Los residuos sanitarios específicos o de riesgo (Grupo III) se gestionan mediante:
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Los residuos sanitarios de riesgo (Grupo III) se depositan en contenedores rojos y se esterilizan mediante autoclave antes de su eliminación.
PREGUNTA 21
Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) es:
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: RTVA es una empresa pública de la Junta de Andalucía que gestiona los servicios públicos de radio y televisión de ámbito autonómico.
PREGUNTA 22
La autonomía financiera de Andalucía implica:
✅ RESPUESTA CORRECTA: c)
Explicación: Art. 175 EAA. La autonomía financiera implica capacidad de autogobierno económico, pero con los límites de coordinación estatal y solidaridad interterritorial.
PREGUNTA 23
¿Cuál de los siguientes NO es un principio presupuestario del presupuesto de Andalucía?
✅ RESPUESTA CORRECTA: c)
Explicación: El presupuesto es anual (art. 184 EAA), aunque existen gastos plurianuales excepcionales. No existe principio de «plurianualidad obligatoria».
PREGUNTA 24
El municipio, según el Estatuto de Autonomía de Andalucía, tiene competencias propias sobre (art. 92.5 EAA):
✅ RESPUESTA CORRECTA: d)
Explicación: Art. 92.5 EAA. Los tres apartados (f, g, h) establecen competencias municipales relacionadas con la salud pública y la sanidad.
PREGUNTA 25
La ejecución del Derecho de la Unión Europea en materias de competencia autonómica corresponde a:
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 230 EAA. Andalucía es competente para ejecutar el Derecho europeo (transponer Directivas, aplicar Reglamentos) en materias de su competencia.
PREGUNTA 26
¿Qué porcentaje del IRPF está cedido a Andalucía?
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 177 EAA. El IRPF está cedido al 50% a las Comunidades Autónomas, con capacidad normativa sobre la escala autonómica y deducciones.
PREGUNTA 27
El Fiscal Superior de Andalucía es nombrado por:
✅ RESPUESTA CORRECTA: c)
Explicación: Art. 145 EAA. El Fiscal Superior es nombrado por el Fiscal General del Estado, oído el Consejo de Gobierno autonómico.
PREGUNTA 28
¿Cuál de estas afirmaciones sobre las comarcas en Andalucía es CORRECTA?
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 94 EAA permite la creación de comarcas, pero a fecha de 2025 no se ha aprobado la ley necesaria por el Parlamento, por lo que no existen comarcas constituidas como entidades territoriales.
PREGUNTA 29 (BONUS)
El presupuesto del Servicio Andaluz de Salud representa aproximadamente qué porcentaje del presupuesto total de la Junta de Andalucía:
✅ RESPUESTA CORRECTA: c)
Explicación: El presupuesto del SAS supera los 11.000 millones de euros en 2025, representando aproximadamente el 36-40% del presupuesto total de la Junta de Andalucía, siendo la partida presupuestaria más importante.
PREGUNTA 30 (BONUS)
¿Qué organismo ejerce el control externo de las cuentas del Servicio Andaluz de Salud?
✅ RESPUESTA CORRECTA: b)
Explicación: Art. 186 EAA. El control externo lo ejercen la Cámara de Cuentas de Andalucía (órgano autonómico) y el Tribunal de Cuentas (órgano estatal). La Intervención General ejerce el control interno.
12. MAPA CONCEPTUAL DEL TEMA
13. CONSEJOS PRÁCTICOS PARA EL EXAMEN
✏️ Estrategia de Estudio
- Prioriza el art. 40.2 EAA: Es pregunta casi segura. Memoriza: Legislación + Financiación + Eficacia.
- Diferencia competencias: Exclusivas (legislar + ejecutar) vs. Ejecutivas (solo gestión). Justicia = solo ejecutivas.
- Memoriza las 8 provincias: «Álvaro Cogió Cinco Gafas Hasta Jaén, Más Seis» (Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla).
- Impuestos cedidos al 100%: Patrimonio, Sucesiones, Transmisiones, Juego (los demás son parciales).
- Plazos clave: 1 octubre = remisión presupuesto Parlamento; 1 junio = Consejerías a Hacienda.
- TSJA sede: Granada (no Sevilla, que es la capital).
- Comarcas: Permitidas pero no creadas (trampa frecuente).
🎯 Técnica de Memorización: El «Esquema 3-3-3»
Para recordar la estructura del tema, usa el esquema 3-3-3:
- 3 Niveles territoriales: Municipio (básico), Provincia (8), Otras entidades (comarcas no creadas)
- 3 Fuentes de ingresos: Cedidos, Propios, Participación estatal
- 3 Medidas art. 40.2: Legislación, Financiación, Eficacia
14. CONEXIÓN CON OTROS TEMAS DEL TEMARIO
🔗 Interrelación Temática
Este tema se conecta especialmente con:
- Tema 11 (CE II): Organización territorial del Estado (art. 137-158 CE), poder judicial (art. 117-127 CE)
- Tema 12 (CE III): Organización territorial del Estado y Administración Local
- Tema 14 (EAA II): Instituciones de autogobierno (Parlamento, Consejo de Gobierno)
- Tema 16 (UE): Relaciones con la Unión Europea, ejecución del Derecho comunitario
- Tema 23-34 (Organización Sanitaria): Competencias del SAS, organización territorial de la sanidad
- Tema 35-37 (Hacienda): Presupuesto de la Junta y del SAS, financiación sanitaria
15. REFERENCIAS NORMATIVAS Y BIBLIOGRÁFICAS
📚 Normativa Fundamental
- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía (BOE núm. 68, de 20/03/2007). Especialmente: Título III (arts. 91-97), Título VI (arts. 139-151), Título VII (arts. 166-187), Título IX (arts. 219-233).
- Constitución Española de 1978: Arts. 137-158 (organización territorial), arts. 117-127 (poder judicial), arts. 156-158 (financiación CCAA).
- Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
- Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
- Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
📖 Bibliografía Recomendada
- BALAGUER CALLEJÓN, F. (Dir.): Manual de Derecho Constitucional, Tecnos, última edición.
- PORRAS RAMÍREZ, J.M.: El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Comentario Sistemático, Thomson-Aranzadi.
- RODRÍGUEZ PORTUGUÉS, M.: Derecho de la Hacienda Pública de Andalucía, IAAP.
- MARTÍN FERNÁNDEZ, J.: Régimen Local Español, Civitas.
- Documentación oficial de la Junta de Andalucía: www.juntadeandalucia.es
- Portal del Parlamento de Andalucía: www.parlamentodeandalucia.es
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