Tema 3 – Organización Sanitaria (I)
Ley General de Sanidad · Ley de Salud de Andalucía · Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) · Plan Andaluz de Salud · Contrato Programa
Material de Estudio | Oposiciones SAS Personal Estatutario
🎯 ¿Por qué es FUNDAMENTAL este tema?
Mira, voy a ser directo contigo: este es uno de los temas más preguntados en las oposiciones del SAS. ¿Por qué? Porque define el marco legal en el que trabajas cada día, aunque a veces no lo notes. Cada vez que registras algo en Diraya, cada vez que deriva un paciente a especializada, cada vez que participas en un programa de salud… estás aplicando lo que vas a estudiar aquí.
Sé que la normativa puede parecer árida, pero te aseguro que cuando entiendas cómo encajan las piezas —la Ley General de Sanidad como el techo nacional, la Ley de Salud de Andalucía como nuestra aplicación autonómica, y el Plan Andaluz de Salud como la brújula estratégica— verás que todo tiene una lógica aplastante.
En los últimos exámenes (2021, 2023, 2025), han caído sistemáticamente preguntas sobre:
- 📌 Organización territorial del SSPA (Áreas de Salud, Zonas Básicas)
- 📌 Derechos y deberes de los ciudadanos (Ley 2/1998)
- 📌 Principios generales del sistema sanitario (Ley 14/1986)
- 📌 El Contrato Programa como instrumento de gestión
- 📌 Composición del SSPA según el artículo 45 de la Ley andaluza
¿Mi consejo? No memorices a ciegas. Entiende la estructura y luego los artículos concretos caerán solos. ¡Vamos a por ello!
📑 Índice de Contenidos
- La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
- 1.1. Contexto histórico y fundamento constitucional
- 1.2. Principios generales del sistema de salud
- 1.3. Competencias de las Administraciones Públicas
- 1.4. Estructura del sistema sanitario público
- El Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA)
- 2.1. Organización general y composición
- 2.2. Organización territorial: Áreas de Salud y Zonas Básicas
- La Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía
- 3.1. Objeto, principios y alcance
- 3.2. Derechos de los ciudadanos
- 3.3. Deberes de los ciudadanos
- El Plan Andaluz de Salud
- 4.1. Concepto y características
- 4.2. Estructura y contenidos
- Planes Marco y Estrategias vigentes del SSPA
- El Contrato Programa
- 6.1. Concepto y función
- 6.2. Contenido y evaluación
- Preguntas reales de exámenes SAS
- Cuestionario de autoevaluación
- Estrategia de estudio y mnemotecnias
- Mapa conceptual
- Referencias normativas y bibliográficas
1. La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
1.1. Contexto histórico y fundamento constitucional
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (LGS) es la norma fundamental que articula el derecho a la protección de la salud reconocido en el artículo 43 de la Constitución Española. Esta ley supuso una transformación radical del modelo sanitario español, pasando de un sistema fragmentado de Seguridad Social a un Sistema Nacional de Salud (SNS) de cobertura universal.
«1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte.»
💡 Concepto Clave: Sistema Nacional de Salud
El SNS es el conjunto coordinado de los Servicios de Salud de la Administración del Estado y los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas que integra todas las funciones y prestaciones sanitarias que, de acuerdo con la ley, son responsabilidad de los poderes públicos.
La LGS se estructura en varios títulos que abordan:
- Título Preliminar: Del derecho a la protección de la salud
- Título I: Del sistema de salud
- Título II: De las competencias de las Administraciones Públicas
- Título III: De la estructura del sistema sanitario público
- Título IV: De las actividades sanitarias privadas
- Título V: De los productos farmacéuticos
- Título VI: De la docencia y la investigación
1.2. Principios generales del sistema de salud
La Ley General de Sanidad establece en su artículo 3 los principios rectores que deben guiar la política sanitaria:
| Principio | Descripción | Aplicación práctica en el SAS |
|---|---|---|
| Universalidad | Extensión de la asistencia sanitaria a toda la población española | Tarjeta Sanitaria de Andalucía para todos los residentes |
| Equidad | Acceso en condiciones de igualdad efectiva, superando desequilibrios territoriales y sociales | Distribución equilibrada de recursos en distritos y áreas |
| Integralidad | Concepción integral del sistema sanitario: promoción, prevención, curación y rehabilitación | Procesos Asistenciales Integrados (PAIs) |
| Participación | Participación comunitaria en la formulación de la política sanitaria y control de su ejecución | Consejos de Salud de Zona y Área |
| Calidad | Organización adecuada para prestar una atención sanitaria integral y de alta calidad | Acreditación ACSA, Plan de Calidad del SSPA |
⚠️ IMPORTANTE PARA EXAMEN
Memoriza los principios del artículo 3.2 de la LGS. Han preguntado frecuentemente cuáles son los principios rectores y cuáles NO lo son. Recuerda: Universalidad, Equidad, Integralidad, Participación y Calidad.
Mnemotecnia: «U-E-I-P-C» → «Un Elefante Inteligente Pasea Contento»
1.3. Competencias de las Administraciones Públicas
El Título II de la LGS establece la distribución de competencias entre las diferentes Administraciones Públicas:
Competencias del Estado (artículos 38-40)
- Bases y coordinación general de la sanidad
- Sanidad exterior y relaciones sanitarias internacionales
- Legislación sobre productos farmacéuticos
- Coordinación del Sistema Nacional de Salud a través del Consejo Interterritorial
- Alta Inspección
- Establecimiento de servicios de referencia nacionales
🏥 En la práctica del SAS
El artículo 15 de la LGS establece que cuando las posibilidades de diagnóstico y tratamiento de los servicios especializados de una Comunidad Autónoma se superen, los pacientes podrán acceder a servicios de referencia acreditados por el Ministerio de Sanidad. Este punto ha aparecido en exámenes recientes.
Competencias de las Comunidades Autónomas (artículo 41)
- Planificación y ordenación territorial de los servicios sanitarios
- Gestión de los servicios de salud de su ámbito
- Coordinación de hospitales propios y concertados
- Desarrollo legislativo y ejecución de la legislación básica del Estado
Competencias de las Corporaciones Locales (artículo 42)
- Control sanitario del medio ambiente
- Control sanitario de industrias, actividades y servicios
- Control sanitario de edificios y lugares de vivienda
- Control sanitario de cementerios y policía sanitaria mortuoria
- Participación en la gestión de la atención primaria de salud
1.4. Estructura del sistema sanitario público
El Título III de la LGS define la organización territorial del sistema sanitario. La estructura se basa en las Áreas de Salud como demarcaciones territoriales fundamentales.
💡 Área de Salud (artículo 56 LGS)
Es la estructura fundamental del sistema sanitario, responsabilizada de la gestión unitaria de los centros y establecimientos del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma en su demarcación territorial, y de las prestaciones sanitarias y programas sanitarios a desarrollar por ellos.
Características:
- Delimitación según factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales, climatológicos, de dotación de vías y medios de comunicación, y de instalaciones sanitarias
- Población entre 200.000 y 250.000 habitantes (con excepciones justificadas)
- Cada provincia tendrá, como mínimo, un Área de Salud
Zonas Básicas de Salud (artículo 62 LGS)
Constituyen el marco territorial de la Atención Primaria de Salud. Son las demarcaciones poblacionales o geográficas básicas para la prestación de la atención primaria.
🏥 Organización territorial en el SSPA
En Andalucía, la estructura territorial se organiza según la Ley 2/1998 de Salud de Andalucía:
- Áreas de Salud: Demarcaciones territoriales del SSPA (art. 47)
- Zonas Básicas de Salud: Subdivisiones de las Áreas de Salud (art. 48)
- Distritos de Atención Primaria: Estructuras de gestión que agrupan Zonas Básicas de Salud
- Áreas de Gestión Sanitaria: Integran la gestión de Atención Primaria y Hospitalaria
2. El Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA)
2.1. Organización general y composición
El Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) integra todas las funciones y prestaciones sanitarias que son responsabilidad de los poderes públicos para garantizar la efectividad del derecho a la protección de la salud.
Según el artículo 45 de la Ley 2/1998 de Salud de Andalucía, el SSPA está compuesto por:
| Componente | Descripción |
|---|---|
| Servicio Andaluz de Salud (SAS) | Centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos integrados en el SAS o adscritos al mismo |
| Instituto de Salud de Andalucía (EASP) | Centros, servicios y establecimientos integrados o adscritos |
| Organismos y empresas públicas | Centros, servicios y establecimientos sanitarios de organismos, empresas públicas o cualesquiera otras entidades de naturaleza o titularidad pública adscritas a la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía |
⚠️ PREGUNTA FRECUENTE DE EXAMEN
En los exámenes han preguntado qué NO forma parte del SSPA según el artículo 45. La respuesta incorrecta suele ser: «Los centros, servicios y establecimientos sanitarios que se adscriban al SSPA en virtud de un concierto».
Los centros concertados NO forman parte del SSPA, aunque puedan prestar servicios complementarios. Solo los centros de titularidad pública integran el sistema.
2.2. Organización territorial: Áreas de Salud y Zonas Básicas
La organización territorial del SSPA se establece en los artículos 47 y 48 de la Ley 2/1998:
💡 Artículo 47: Áreas de Salud
«El Sistema Sanitario Público de Andalucía se organiza en demarcaciones territoriales denominadas Áreas de Salud«.
💡 Artículo 48: Zonas Básicas de Salud
«Con la finalidad de alcanzar la mayor eficacia en la organización y funcionamiento del Sistema Sanitario Público de Andalucía, cada Área de Salud se divide territorialmente en Zonas Básicas de Salud«.
La Zona Básica de Salud constituye el marco territorial de la Atención Primaria. Sus características son:
- Marco territorial para la prestación de la atención primaria
- Cuenta con un Centro de Salud como estructura física básica
- Se delimita según criterios demográficos, geográficos, de accesibilidad y organización
- El Decreto 197/2007 regula la estructura y funcionamiento de los servicios de AP
3. La Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía
3.1. Objeto, principios y alcance
La Ley de Salud de Andalucía es la norma fundamental que regula las actuaciones que permiten hacer efectivo el derecho a la protección de la salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Objeto de la Ley (artículo 1)
El artículo 1 establece que es objeto de esta Ley:
- a) La regulación general de las actuaciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud
- b) La definición, respeto y cumplimiento de los derechos y obligaciones de los ciudadanos respecto de los servicios sanitarios en Andalucía
- c) La ordenación general de las actividades sanitarias de las entidades públicas y privadas en Andalucía
⚠️ PREGUNTA FRECUENTE DE EXAMEN
Han preguntado qué NO forma parte del objeto de la Ley 2/1998. Ejemplo de respuesta INCORRECTA: «La planificación y gestión de los recursos sanitarios para la consecución de altos niveles de calidad asistencial». Aunque la calidad es un objetivo, no está expresado así literalmente en el artículo 1.
Principios rectores (artículo 2)
Los principios que inspiran esta Ley son:
- Universalización de la atención sanitaria
- Equidad en los niveles de salud y en la distribución de los recursos sanitarios
- Participación ciudadana tanto en la formulación de la política sanitaria como en el control de su ejecución
- Integración funcional de todos los recursos sanitarios públicos
- Descentralización de la organización sanitaria
- Autonomía de gestión de los centros y servicios
3.2. Derechos de los ciudadanos
Los artículos 6 a 11 de la Ley 2/1998 establecen los derechos de los ciudadanos respecto al SSPA:
| Derecho | Contenido (resumen) |
|---|---|
| Información (art. 6) | Sobre servicios, prestaciones, derechos, requisitos de acceso, funcionamiento de centros |
| Intimidad y confidencialidad (art. 6) | Respeto a la intimidad, confidencialidad de los datos de salud |
| Dignidad (art. 6) | Trato digno y respetuoso en todo momento |
| Libre elección (art. 6) | Elección de médico de familia, pediatra y hospital en el ámbito del SSPA |
| Segunda opinión (art. 6) | Facultativa sobre su proceso |
| Participación (art. 8) | Participar en las actividades sanitarias |
| Utilización de las TIC (art. 9) | En sus relaciones con la Administración Sanitaria de Andalucía |
| Voluntad vital anticipada (art. 9) | Derecho a formular y registrar instrucciones previas |
| Reclamación y sugerencias (art. 10) | Presentar reclamaciones y sugerencias |
🏥 En la práctica del SAS
La participación del usuario en los servicios y actividades sanitarias viene establecida en la Ley 2/1998 como un DERECHO (no un deber). Este matiz ha aparecido en exámenes anteriores.
3.3. Deberes de los ciudadanos
El artículo 11 de la Ley 2/1998 establece los deberes de los ciudadanos:
- a) Cumplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria, comunes a toda la población, así como las específicas determinadas por los servicios sanitarios
- b) Cuidar las instalaciones y colaborar en el mantenimiento de la habitabilidad de los centros
- c) Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario, fundamentalmente en lo que se refiere a la utilización de servicios, procedimientos de baja laboral o incapacidad permanente y prestaciones terapéuticas y sociales
- d) Cumplir las normas y procedimientos de uso y acceso a los derechos que se les otorguen
- e) Mantener el debido respeto a las normas establecidas en cada centro, a los demás usuarios y al personal que preste servicios en el mismo
💡 Diferencia clave: Participación
En la Ley 2/1998 de Andalucía, la participación es un DERECHO (art. 8). Sin embargo, en la Ley 14/1986 General de Sanidad, el artículo 11 la recoge como una obligación más amplia de responsabilizarse del uso adecuado del sistema.
4. El Plan Andaluz de Salud
4.1. Concepto y características
El Plan Andaluz de Salud es el instrumento estratégico que establece las líneas directrices y de actuación de las políticas de salud en Andalucía. Está regulado en los artículos 31 a 34 de la Ley 2/1998.
💡 Artículo 31: Definición
«El Plan Andaluz de Salud, como expresión de la política sanitaria de la Junta de Andalucía, es el marco de referencia y el instrumento indicativo para todas las actuaciones en materia de salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma.»
Características principales:
- Vigencia cuatrienal, coincidente con la legislatura
- Elaborado por la Consejería competente en materia de salud
- Aprobado por el Consejo de Gobierno
- Vinculante para todas las Administraciones Públicas de Andalucía
- Tiene carácter de Plan Marco
4.2. Estructura y contenidos
Según el artículo 32, el Plan Andaluz de Salud contendrá, al menos:
| Contenido | Descripción |
|---|---|
| Análisis de situación | Valoración del estado de salud de la población y de los recursos disponibles |
| Objetivos de salud | Metas generales a alcanzar durante el periodo de vigencia |
| Prioridades de intervención | Áreas prioritarias de actuación según las necesidades detectadas |
| Recursos necesarios | Previsión de recursos humanos, materiales y financieros |
| Sistema de evaluación | Indicadores y mecanismos para valorar el cumplimiento de objetivos |
5. Planes Marco y Estrategias vigentes del SSPA
Además del Plan Andaluz de Salud, el SSPA cuenta con diversas estrategias y planes sectoriales que desarrollan aspectos específicos de la política sanitaria:
| Estrategia/Plan | Ámbito |
|---|---|
| Estrategia de Cuidados del SSPA | Marco para la gestión de cuidados enfermeros y continuidad asistencial |
| Estrategia de Bioética del SSPA | Orientación ética en la toma de decisiones sanitarias |
| Estrategia de Seguridad del Paciente | Prevención de eventos adversos y mejora de la seguridad |
| Plan de Calidad del SSPA | Mejora continua de la calidad asistencial |
| Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias (PAUE) | Organización de la atención urgente |
| PAAIPEC | Plan Andaluz de Atención Integrada a Pacientes con Enfermedades Crónicas |
| Plan Integral de Tabaquismo | Prevención y tratamiento del tabaquismo |
| Plan de Humanización del SSPA | Humanización de la atención sanitaria |
6. El Contrato Programa
6.1. Concepto y función
El Contrato Programa es el principal instrumento de planificación estratégica y gestión en el Sistema Sanitario Público de Andalucía. Establece la relación entre el nivel central del SAS y los centros y dispositivos asistenciales.
💡 Concepto Clave: Contrato Programa
Es un instrumento de gestión que formaliza los compromisos entre la Dirección General del SAS y los centros sanitarios (hospitales, distritos, áreas de gestión), estableciendo objetivos asistenciales, de calidad, de uso de recursos y de resultados que deben alcanzarse durante un periodo determinado.
Características:
- Periodicidad anual (aunque puede ser plurianual)
- Carácter bidireccional: compromisos mutuos entre las partes
- Orientado a resultados en salud
- Incluye indicadores cuantitativos y cualitativos
- Sistema de evaluación y seguimiento continuo
6.2. Contenido y evaluación
El Contrato Programa incluye habitualmente:
| Componente | Contenido |
|---|---|
| Objetivos asistenciales | Actividad esperada, tiempos de respuesta, cartera de servicios |
| Objetivos de calidad | Indicadores de calidad asistencial, seguridad del paciente, satisfacción |
| Objetivos de eficiencia | Uso racional de recursos, gestión económica, prescripción farmacéutica |
| Recursos asignados | Presupuesto, plantilla, equipamiento |
| Sistema de evaluación | Indicadores, periodicidad de seguimiento, consecuencias del cumplimiento |
🏥 En la práctica del SAS
El Contrato Programa se despliega en cascada: desde el nivel central a los centros, y de estos a las unidades de gestión clínica mediante los Acuerdos de Gestión Clínica (AGC). Cada UGC acuerda con la dirección del centro unos objetivos específicos que contribuyen al cumplimiento del Contrato Programa.
📝 PREGUNTAS REALES DE EXÁMENES SAS
A continuación se presentan preguntas que han aparecido en exámenes oficiales de oposiciones del SAS, con su respuesta correcta y explicación detallada.
Pregunta 1 OEP 2016 Aplazada 2018
No forma parte del objeto de la Ley de Salud de Andalucía, expresado en su primer Artículo…
a) La regulación general de las actuaciones, que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud.
b) La definición, el respeto y el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los ciudadanos respecto de los servicios sanitarios en Andalucía.
c) La ordenación general de las actividades sanitarias de las entidades públicas y privadas en Andalucía.
d) La planificación y gestión de los recursos sanitarios para la consecución de altos niveles de calidad asistencial.
El artículo 1 de la Ley 2/1998 establece tres objetos concretos (opciones a, b y c). La opción D) no aparece literalmente como objeto de la Ley, aunque la calidad sea un objetivo general del sistema.
- A): Sí forma parte del objeto (art. 1.a)
- B): Sí forma parte del objeto (art. 1.b)
- C): Sí forma parte del objeto (art. 1.c)
Pregunta 2 OEP 2016 Aplazada 2018
El Artículo 47 de la Ley de Salud de Andalucía determina que el Sistema Sanitario Público de Andalucía se organiza en demarcaciones territoriales denominadas…
a) Zonas Básicas de Salud
b) Áreas Hospitalarias
c) Áreas de Salud
d) Áreas de Gestión Sanitaria
El artículo 47 de la Ley 2/1998 establece textualmente: «El Sistema Sanitario Público de Andalucía se organiza en demarcaciones territoriales denominadas Áreas de Salud«.
- A) Zonas Básicas de Salud: Son subdivisiones de las Áreas de Salud (art. 48), no la demarcación principal
- B) Áreas Hospitalarias: No es un término utilizado en la Ley 2/1998
- D) Áreas de Gestión Sanitaria: Son estructuras organizativas, pero no la demarcación territorial básica según el art. 47
Pregunta 3 Examen 2025 Técnico Función Administrativa
Dentro de la organización territorial de los servicios sanitarios que establece la Ley de Salud de Andalucía (Ley 2/1998, de 15 de junio), y con la finalidad de alcanzar la mayor eficacia en la organización y funcionamiento del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA), cada Área de Salud se divide territorialmente en:
a) Zonas Básicas de Salud
b) Distritos Sanitarios
c) Centros de Salud
d) Áreas de Gestión Sanitaria
El artículo 48 de la Ley 2/1998 establece: «Con la finalidad de alcanzar la mayor eficacia en la organización y funcionamiento del Sistema Sanitario Público de Andalucía, cada Área de Salud se divide territorialmente en Zonas Básicas de Salud«.
- B) Distritos Sanitarios: Los Distritos de Atención Primaria son estructuras de gestión que agrupan Zonas Básicas, no subdivisiones directas del Área
- C) Centros de Salud: Son las infraestructuras físicas dentro de las Zonas Básicas, no demarcaciones territoriales
- D) Áreas de Gestión Sanitaria: Son modelos organizativos que integran AP y hospitalaria, no subdivisiones del Área de Salud
Pregunta 4 OEP 2013-2015 Aplazado
La participación del usuario en los servicios y actividades sanitarias, viene establecida en la Ley 2/1998, de Salud de Andalucía como:
a) Un derecho
b) Un deber
c) Un derecho y un deber al mismo tiempo
d) No se menciona ni como derecho ni como deber en esta Ley
El artículo 8 de la Ley 2/1998 establece el derecho de los ciudadanos a «participar en las actividades sanitarias, en los términos establecidos en esta Ley y en las disposiciones que la desarrollen». Es un DERECHO, no un deber.
- B) y C): La participación NO aparece en el artículo 11 de deberes. En la Ley 2/1998 es exclusivamente un derecho
- D): Sí está mencionada expresamente en el artículo 8
Pregunta 5 OEP 2025 FEA
El Sistema Nacional de Salud (SNS) es el conjunto coordinado de los Servicios de Salud de la Administración del Estado y los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas que integra todas las funciones y prestaciones sanitarias que, de acuerdo con la ley, son responsabilidad de los poderes públicos. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es INCORRECTA?
a) El proceso de transferencia de la asistencia sanitaria gestionada por el Instituto Nacional de la Salud (INSALUD) se inició en 1981 y ha culminado en el año 2002.
b) A día de hoy, la Administración Central del Estado ha transferido toda la asistencia sanitaria a las 17 CC.AA. y a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
c) Las CC.AA. han asumido las funciones y servicios, los bienes, derechos y obligaciones relativos a la planificación sanitaria, salud pública y asistencia sanitaria, el personal y los créditos presupuestarios adscritos.
d) Los principios relacionados con la coordinación sanitaria a nivel estatal están recogidos en la Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad, que además concreta los instrumentos de colaboración y crea como órgano de coordinación el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla NO tienen transferida la asistencia sanitaria. Sus servicios sanitarios dependen del INGESA (Instituto Nacional de Gestión Sanitaria), que es el organismo que gestiona la sanidad en los territorios no transferidos.
- A): El proceso de transferencias comenzó en 1981 (Cataluña) y culminó en 2002
- C): Las CC.AA. han asumido efectivamente todas esas competencias
- D): La LGS crea el Consejo Interterritorial como órgano de coordinación
Pregunta 6 Examen 2025 Técnico Función Administrativa
¿Qué está previsto en la Ley General de Sanidad (artículo 15), para atender a aquellos pacientes o usuarios del Sistema Nacional de Salud (SNS) una vez superadas las posibilidades de diagnóstico y tratamiento de los servicios especializados de la Comunidad Autónoma donde residan?
a) El acceso a servicios de referencia, acreditados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.
b) La derivación a centros privados concertados con el SNS que dispongan de la tecnología diagnóstica o tratamiento que requieran.
c) La derivación a centros sanitarios privados ubicados en su propia Comunidad Autónoma, con el correspondiente reembolso de gastos.
d) La derivación, previa aceptación, a centros sanitarios de referencia extranjeros.
El artículo 15 de la Ley General de Sanidad establece el «acceso a servicios de referencia, acreditados por el Ministerio de Sanidad y Consumo» para garantizar la atención a pacientes cuyas necesidades superan las capacidades de su Comunidad Autónoma.
- B), C) y D): Describen otros mecanismos que no se corresponden con la figura específica de los «servicios de referencia» nacionales que establece este artículo
Pregunta 7 OEP 2025 FEA
El Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) integra todas las funciones y prestaciones sanitarias que son responsabilidad de los poderes públicos para garantizar la efectividad del derecho a la protección de la salud, y según se establece en el artículo 45 de la Ley de Salud de Andalucía, está compuesto por (señale la respuesta INCORRECTA):
a) Los centros, servicios y establecimientos integrados en el Instituto de Salud de Andalucía o adscritos al mismo.
b) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios de organismos, empresas públicas o cualesquiera otras entidades de naturaleza o titularidad pública admitidas en derecho, adscritas a la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.
c) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos integrados en el Servicio Andaluz de Salud o adscritos al mismo.
d) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios que se adscriban al SSPA en virtud de un concierto.
Los centros concertados NO forman parte del SSPA. El artículo 45 solo incluye centros de titularidad pública. Los centros privados concertados pueden prestar servicios al SSPA mediante acuerdos, pero no se integran en él.
- A): Sí forma parte del SSPA según el art. 45
- B): Sí forma parte del SSPA según el art. 45
- C): Sí forma parte del SSPA según el art. 45
Pregunta 8 Examen Enfermera 2023 Aplazada
El Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Ley 55/2003), señala en su artículo 10, como principal instrumento de configuración y cohesión del Sistema Nacional de Salud (SNS), y que conocerá, debatirá y, en su caso, emitirá recomendaciones sobre los criterios para la coordinación de la política de recursos humanos del SNS:
a) A la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud.
b) Al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
c) Al Ministerio de Sanidad.
d) Al Foro Marco para el Diálogo Social.
El Consejo Interterritorial del SNS es el principal instrumento de configuración y cohesión del Sistema Nacional de Salud. Está compuesto por el Ministerio de Sanidad y las Consejerías de Salud de las CC.AA.
- A): La Comisión de RRHH es un órgano del Consejo Interterritorial, pero no es el «principal instrumento de cohesión»
- C): El Ministerio es un componente, pero no el instrumento de cohesión entre todas las CC.AA.
- D): El Foro Marco es para el diálogo social, no para la cohesión del SNS
Pregunta 9 Examen 2025 FEA Cirugía Plástica
Según se establece en el Capítulo IV (Intervención pública en materia de salud) de la Ley de Salud de Andalucía, ¿cuál de los siguientes se considera un órgano con competencia sanitaria en el ámbito de Andalucía?
a) El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
b) El Consejero de Salud y demás órganos de la Consejería de Salud.
c) Los Alcaldes, de acuerdo con la legislación del régimen local y lo establecido en la Ley de Salud de Andalucía.
d) Todos los anteriores son órganos con competencia sanitaria en el ámbito de Andalucía.
El artículo 17 de la Ley 2/1998 establece que los órganos con competencia sanitaria en Andalucía son: el Consejo de Gobierno, el Consejero de Salud y demás órganos de la Consejería, y los Alcaldes según la legislación aplicable.
Pregunta 10 OEP 2013-2015 Aplazado
Según el Decreto 197/2007, por el que se regula la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria de salud en el ámbito del SAS, el marco territorial para la prestación de la atención primaria de salud se denomina:
a) Distrito de atención primaria
b) Zona Básica de Salud
c) Área de Salud
d) Dispositivo de Apoyo
El Decreto 197/2007 establece que la Zona Básica de Salud es el marco territorial para la prestación de la atención primaria de salud.
- A) Distrito de AP: Es la estructura de gestión que agrupa Zonas Básicas, no el marco territorial básico
- C) Área de Salud: Es la demarcación territorial del SSPA en su conjunto, no específica de AP
- D) Dispositivo de Apoyo: Son estructuras de apoyo (urgencias, unidades móviles), no marcos territoriales
Pregunta 11 Examen 2025 Médico Familia
La Ley General de Sanidad, en su artículo 11, contempla que serán obligaciones de los ciudadanos con las instituciones y organismos del sistema sanitario las siguientes, EXCEPTO:
a) Cumplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria comunes a toda la población.
b) Colaborar en el mantenimiento de la habitabilidad de las Instituciones Sanitarias.
c) Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario, fundamentalmente en lo que se refiere a la utilización de servicios.
d) Libre elección de médico y centro sanitario.
La libre elección de médico y centro sanitario es un DERECHO, no una obligación. El artículo 11 de la LGS recoge las obligaciones de los ciudadanos, no sus derechos.
✍️ CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN
Mínimo 25 preguntas tipo test basadas en el contenido del tema. Nivel de dificultad real de oposición.
Pregunta 1
¿En qué artículo de la Constitución Española se reconoce el derecho a la protección de la salud?
a) Artículo 14
b) Artículo 43
c) Artículo 49
d) Artículo 51
El artículo 43 de la CE reconoce el derecho a la protección de la salud y encomienda a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública.
Pregunta 2
La Ley 14/1986, General de Sanidad, fue aprobada el:
a) 14 de abril de 1986
b) 25 de abril de 1986
c) 15 de junio de 1986
d) 25 de junio de 1986
La Ley 14/1986, General de Sanidad, es de 25 de abril de 1986.
Pregunta 3
Según la Ley General de Sanidad, la población de un Área de Salud debe estar comprendida entre:
a) 100.000 y 150.000 habitantes
b) 150.000 y 200.000 habitantes
c) 200.000 y 250.000 habitantes
d) 250.000 y 300.000 habitantes
El artículo 56 de la LGS establece que las Áreas de Salud tendrán una población entre 200.000 y 250.000 habitantes, salvo excepciones justificadas.
Pregunta 4
¿Cuál de los siguientes NO es un principio rector del sistema de salud según el artículo 3 de la Ley General de Sanidad?
a) Universalidad
b) Gratuidad total
c) Equidad
d) Integralidad
La «gratuidad total» no aparece como principio. Los principios son: universalidad, equidad, integralidad, participación y calidad. La financiación pública no implica gratuidad absoluta en todos los casos.
Pregunta 5
El órgano de coordinación del Sistema Nacional de Salud es:
a) El Ministerio de Sanidad
b) La Comisión de Salud Pública
c) El Consejo Interterritorial del SNS
d) El Instituto de Salud Carlos III
El Consejo Interterritorial del SNS es el órgano de coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas, creado por la LGS.
Pregunta 6
La Ley 2/1998, de Salud de Andalucía, es de fecha:
a) 15 de abril de 1998
b) 15 de junio de 1998
c) 25 de abril de 1998
d) 25 de junio de 1998
La Ley 2/1998, de Salud de Andalucía, es de 15 de junio de 1998.
Pregunta 7
Según la Ley de Salud de Andalucía, el derecho a la segunda opinión facultativa se recoge en:
a) El artículo 6
b) El artículo 8
c) El artículo 10
d) El artículo 11
El artículo 6 de la Ley 2/1998 recoge, entre otros derechos, el de obtener segunda opinión facultativa sobre su proceso.
Pregunta 8
El Plan Andaluz de Salud tiene una vigencia:
a) Anual
b) Bienal
c) Cuatrienal
d) Indefinida hasta su modificación
El Plan Andaluz de Salud tiene vigencia cuatrienal, coincidente con la legislatura.
Pregunta 9
¿Quién aprueba el Plan Andaluz de Salud?
a) El Parlamento de Andalucía
b) El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
c) El Consejero de Salud
d) El Director Gerente del SAS
El Plan Andaluz de Salud es elaborado por la Consejería de Salud y aprobado por el Consejo de Gobierno.
Pregunta 10
El Contrato Programa es un instrumento de:
a) Planificación legislativa
b) Gestión y planificación estratégica
c) Control disciplinario
d) Formación continuada
El Contrato Programa es el principal instrumento de planificación estratégica y gestión del SAS.
Pregunta 11
¿Cuál es el órgano que gestiona la sanidad en Ceuta y Melilla?
a) El SAS
b) El INSALUD
c) El INGESA
d) El Ministerio de Sanidad directamente
El INGESA (Instituto Nacional de Gestión Sanitaria) gestiona los servicios sanitarios en Ceuta y Melilla, únicos territorios no transferidos.
Pregunta 12
El proceso de transferencias sanitarias a las Comunidades Autónomas culminó en el año:
a) 1986
b) 1998
c) 2002
d) 2010
El proceso de transferencias culminó en 2002, cuando las últimas 10 CC.AA. recibieron las competencias del INSALUD.
Pregunta 13
Según la Ley 2/1998, los deberes de los ciudadanos respecto al SSPA se recogen en el artículo:
a) Artículo 6
b) Artículo 8
c) Artículo 10
d) Artículo 11
El artículo 11 de la Ley 2/1998 establece los deberes de los ciudadanos respecto al SSPA.
Pregunta 14
La primera Comunidad Autónoma en recibir transferencias sanitarias fue:
a) Andalucía
b) País Vasco
c) Cataluña
d) Galicia
Cataluña fue la primera Comunidad Autónoma en recibir las transferencias sanitarias en 1981.
Pregunta 15
El Decreto que regula la estructura y funcionamiento de los servicios de Atención Primaria en el SAS es:
a) Decreto 105/1986
b) Decreto 197/2007
c) Decreto 198/2024
d) Decreto 462/1996
El Decreto 197/2007 regula la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria en el ámbito del SAS.
Pregunta 16
¿Cuál de los siguientes NO es un principio rector de la Ley 2/1998 de Salud de Andalucía?
a) Universalización
b) Equidad
c) Centralización
d) Descentralización
La Ley 2/1998 recoge la «descentralización» como principio (art. 2.e), no la centralización.
Pregunta 17
Las competencias del Estado en materia sanitaria incluyen:
a) La gestión directa de todos los hospitales
b) Bases y coordinación general de la sanidad
c) La planificación territorial de los servicios
d) La gestión de la atención primaria
Según el artículo 149.1.16 de la CE, corresponde al Estado las «bases y coordinación general de la sanidad».
Pregunta 18
Los Acuerdos de Gestión Clínica son:
a) Contratos laborales del personal sanitario
b) El despliegue del Contrato Programa a nivel de UGC
c) Acuerdos entre CC.AA.
d) Convenios con centros concertados
Los AGC son la aplicación en cascada del Contrato Programa, estableciendo objetivos específicos para cada Unidad de Gestión Clínica.
Pregunta 19
El Centro de Salud es la estructura física básica de:
a) El Área de Salud
b) El Distrito Sanitario
c) La Zona Básica de Salud
d) El Área de Gestión Sanitaria
El Centro de Salud es la infraestructura física donde se desarrolla la atención primaria en cada Zona Básica de Salud.
Pregunta 20
¿Cuál de los siguientes es un deber del ciudadano según la Ley 2/1998?
a) Obtener segunda opinión facultativa
b) Elegir libremente su médico de familia
c) Cumplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria
d) Participar en las actividades sanitarias
El artículo 11.a) establece como deber cumplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria. Las otras opciones son derechos.
Pregunta 21
La Estrategia de Cuidados del SSPA es un instrumento que afecta especialmente a:
a) Los profesionales médicos
b) Los profesionales de enfermería
c) Solo los gestores sanitarios
d) Exclusivamente la atención hospitalaria
La Estrategia de Cuidados del SSPA es el marco de referencia para la gestión de cuidados enfermeros y la continuidad asistencial.
Pregunta 22
La Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del SNS, desarrolla aspectos relacionados con:
a) El régimen disciplinario del personal sanitario
b) Las prestaciones, los profesionales y el Consejo Interterritorial
c) Exclusivamente la formación especializada
d) Solo la investigación biomédica
La Ley 16/2003 regula, entre otros aspectos, las prestaciones del SNS, los profesionales sanitarios y el Consejo Interterritorial.
Pregunta 23
¿Cada cuánto tiempo se evalúa típicamente el cumplimiento del Contrato Programa?
a) Mensualmente
b) Trimestralmente
c) Semestralmente
d) Anualmente
El Contrato Programa tiene carácter anual y se evalúa su cumplimiento al finalizar cada ejercicio, aunque existe seguimiento continuo.
Pregunta 24
Los servicios de referencia nacionales son acreditados por:
a) Las Comunidades Autónomas
b) El Consejo Interterritorial del SNS
c) El Ministerio de Sanidad
d) La Agencia Europea del Medicamento
Según el artículo 15 de la LGS, los servicios de referencia son acreditados por el Ministerio de Sanidad.
Pregunta 25
La Alta Inspección sanitaria es una competencia:
a) De las Comunidades Autónomas
b) Del Estado
c) De los Ayuntamientos
d) Compartida entre Estado y CC.AA.
La Alta Inspección es una competencia exclusiva del Estado para garantizar el cumplimiento de las competencias estatales en materia sanitaria.
Pregunta 26
¿Cuál es el número mínimo de Áreas de Salud que debe tener cada provincia según la LGS?
a) Ninguna, depende de la población
b) Una
c) Dos
d) Tres
El artículo 56 de la LGS establece que cada provincia tendrá, como mínimo, un Área de Salud.
Pregunta 27
El PAAIPEC es un plan relacionado con:
a) La atención a urgencias
b) La atención a pacientes crónicos
c) La formación del personal
d) La investigación biomédica
El PAAIPEC (Plan Andaluz de Atención Integrada a Pacientes con Enfermedades Crónicas) se centra en la atención a la cronicidad.
🎯 ESTRATEGIA PARA EL EXAMEN
Preguntas MÁS FRECUENTES del Tema 3:
- Organización territorial del SSPA: Áreas de Salud (art. 47) y Zonas Básicas (art. 48) → Muy frecuente
- Composición del SSPA (art. 45): Qué NO forma parte (centros concertados) → Repetida en 2025
- Derechos vs. Deberes: La participación es un DERECHO en la Ley 2/1998 → Clásica
- Objeto de la Ley 2/1998 (art. 1): Qué NO forma parte → Preguntada en 2016-2018
- Consejo Interterritorial: Órgano de coordinación del SNS → Aparece cada convocatoria
- Transferencias sanitarias: Ceuta y Melilla no transferidas (INGESA) → Frecuente
- Servicios de referencia: Acreditados por el Ministerio (art. 15 LGS) → Preguntada en 2025
Errores Típicos a EVITAR:
- ❌ Confundir Área de Salud con Zona Básica de Salud: El Área es la demarcación principal; la Zona es su subdivisión
- ❌ Creer que los centros concertados forman parte del SSPA: Solo colaboran, pero NO se integran
- ❌ Confundir la participación como derecho (Ley 2/1998) con otras normas donde puede tener otro carácter
- ❌ Olvidar que Ceuta y Melilla no tienen transferencias: dependen del INGESA
- ❌ No distinguir entre el Plan Andaluz de Salud (estratégico) y el Contrato Programa (gestión)
Mnemotecnias Útiles:
Principios LGS (art. 3): «U-E-I-P-C» → «Un Elefante Inteligente Pasea Contento» (Universalidad, Equidad, Integralidad, Participación, Calidad)
Transferencias 2002: «2002 = Todo Transferido» (excepto Ceuta/Melilla)
Área de Salud población: «200-250» → «Doscientos a doscientos cincuenta mil»
Conexiones con otros temas del temario:
- 📚 Tema 4: Organización Sanitaria II (estructura del SAS, hospitales, AP)
- 📚 Tema 9: Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente (derechos de los pacientes)
- 📚 Tema 11: Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del SNS
- 📚 Tema 13: Calidad en el Sistema Sanitario (Plan de Calidad, ACSA)
- 📚 Tema 14: Derechos y garantías de los ciudadanos andaluces
🗺️ MAPA CONCEPTUAL
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│ ORGANIZACIÓN SANITARIA (I) │
│ TEMA 3 │
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│ LEY 14/1986 │ │ SSPA │ │ LEY 2/1998 │
│ General Sanidad │ │ Sistema Público │ │ Salud Andalucía │
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│ │ │
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│Princip.│ │Compet. │ │Composic│ │Organiz.│ │Derechos│ │Deberes │
│ U-E-I │ │Estado/ │ │Art. 45 │ │Territ. │ │Art.6-10│ │Art. 11 │
│ P-C │ │CC.AA. │ │ │ │ │ │ │ │
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│ SAS │ │ Áreas │
│ EASP │ │ Salud │
│Empresas │ │ ↓ │
│Públicas │ │ Zonas │
└─────────┘ │Básicas │
└────────┘
┌─────────────────────────────────────────────────────────┐
│ INSTRUMENTOS DE GESTIÓN │
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│ Plan Andaluz │ │ Contrato │ │ Estrategias │
│ de Salud │ │ Programa │ │ del SSPA │
│ (Estratégico) │ │ (Gestión) │ │ │
│ Cuatrienal │ │ Anual │ │ • Cuidados │
└────────────────┘ └───────┬────────┘ │ • Bioética │
│ │ • Seguridad │
▼ │ • Calidad │
┌───────────────┐ └────────────────┘
│ Acuerdos │
│ de Gestión │
│ Clínica │
│ (UGC) │
└───────────────┘
📚 REFERENCIAS NORMATIVAS Y BIBLIOGRÁFICAS
Normativa Legal Fundamental:
- Constitución Española de 1978 – Artículo 43 (derecho a la protección de la salud)
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad – Norma básica estatal del sistema sanitario
- Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía – Marco normativo del SSPA
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del SNS – Prestaciones y coordinación
- Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) – Competencias sanitarias autonómicas
Normativa de Desarrollo:
- Decreto 197/2007 – Estructura y funcionamiento de Atención Primaria en el SAS
- Decreto 105/1986 – Ordenación de la asistencia especializada y hospitales
- Decreto 462/1996 – Modificación del Decreto 105/1986
- Decreto 198/2024 – Estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo
Documentos SSPA:
- Plan Andaluz de Salud (vigente)
- Estrategia de Cuidados del SSPA
- Estrategia de Bioética del SSPA
- Estrategia de Seguridad del Paciente
- Plan de Calidad del SSPA
- Modelo de Contrato Programa del SAS
Bibliografía recomendada:
- Manual CTO de Enfermería – Tomo de Legislación y Administración Sanitaria
- Portal de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía
- Web del Servicio Andaluz de Salud (www.sspa.juntadeandalucia.es)
