OPE 2025 TFA INF. Tema 11. El Derecho Administrativo (I). Concepto y clases. Autonomía y sistemas de fuentes. La Ley: concepto y clases. Disposiciones del ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento: clases, fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Condiciones de la legalidad de los reglamentos. Elaboración de disposiciones de carácter general en el ámbito Autonómico.

OPE 2025. TFA INFORMÁTICA

TEMA 11. EL DERECHO ADMINISTRATIVO (I): CONCEPTO, FUENTES Y LA POTESTAD NORMATIVA DEL ESTADO

 

El presente informe técnico aborda el sistema jurídico-administrativo español, centrándose en el concepto fundamental del Derecho Administrativo, la estructura de sus fuentes, y el estudio detallado de las normas con rango de Ley emanadas tanto del poder legislativo como del poder ejecutivo, finalizando con el análisis de la potestad reglamentaria y sus límites, con especial atención al ámbito autonómico.

I. EL DERECHO ADMINISTRATIVO (DA): CONCEPTO Y CLASES

El Derecho Administrativo se configura como una rama esencial del Derecho Público. Su conceptualización ha sido históricamente compleja, con innumerables intentos de definición que han arrojado resultados a menudo muy aleatorios y, en ocasiones, vicios tautológicos.1 Ante esta dificultad, se impone un esfuerzo de simplicidad conceptual basado en los enfoques subjetivo y material.

1.1. La Dificultad de la Definición y el Concepto Doctrinal

El enfoque subjetivo (u orgánico) define el DA como el conjunto de normas que rigen la organización, el funcionamiento y el control de la Administración Pública (AP). Este enfoque es el más aceptado en el ordenamiento positivo español, ya que identifica el sujeto principal al que se aplica esta rama del Derecho.

El enfoque objetivo (o material) busca definir el DA por la naturaleza de la actividad o función. Históricamente, estuvo ligado a la noción de «servicio público».2 Sin embargo, la fórmula del servicio público ha quedado hueca de sentido en el derecho actual, ya que el alcance de la Administración es mucho más amplio que la mera gestión de servicios.2

La definición más operativa del Derecho Administrativo en el ordenamiento moderno se establece implícitamente a través del control jurisdiccional. Es el Derecho que se aplica a los entes que, en el ejercicio de funciones administrativas, están sujetos al control de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.1

1.2. El Concepto de Administración Pública (AP) y su Relativa Extensión

La clave para comprender el Derecho Administrativo reside en la extensión del concepto de AP.1 La aplicación de este derecho no se limita al Poder Ejecutivo central.

Se observa un fenómeno de desconexión entre la naturaleza orgánica y el régimen jurídico aplicable, donde órganos de naturaleza estrictamente constitucional, ajenos al poder ejecutivo, quedan sujetos al Derecho Administrativo. Un ejemplo paradigmático es el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). A pesar de su carácter de órgano constitucional, actúa como una administración pública plena para el Derecho Administrativo en el cumplimiento de sus funciones específicas de gestión (nombramientos, destinos y sanciones de jueces y magistrados), estando sujeta al control de la Sala 3.ª del Tribunal Supremo.1 Este hecho demuestra que el concepto moderno de Derecho Administrativo es material y funcional: se aplica a cualquier órgano, independientemente de su posición constitucional, siempre que ejerza una función materialmente administrativa sujeta al control contencioso, garantizando la homogeneidad del control jurídico sobre la actividad de gestión pública.

1.3. Rasgos Característicos y Clases del DA

El rasgo central que distingue al Derecho Administrativo del Derecho Privado es el ejercicio del imperium o las potestades exorbitantes (prerrogativas). La Administración no actúa en un plano de igualdad con los particulares, sino que obra como poder, como autoridad, imponiendo obligaciones por su propia voluntad (poder reglamentario, sanciones, expropiación) y procediendo a ejecutar sus órdenes ella misma, sin buscar la autorización del juez, a diferencia de cómo deben actuar los particulares.2

Doctrinalmente, las clases del DA pueden distinguirse según su objeto de estudio, incluyendo:

  • Derecho Administrativo Orgánico: Se ocupa de la regulación de la estructura y organización de los entes públicos.3
  • Derecho Administrativo Funcional: Regula la actividad y el procedimiento administrativo (ej. UNIDAD XII: Proceso administrativo 3).

II. AUTONOMÍA Y EL SISTEMA DE FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

El sistema de fuentes en el Derecho Administrativo se basa en la Teoría General de las Fuentes del Derecho (Art. 1 del Código Civil) pero incorpora especificidades derivadas del Derecho Público y de la organización territorial del Estado.

2.1. El Sistema de Fuentes: Jerarquía y Enumeración

Las fuentes directas principales son la Ley (incluyendo las disposiciones con rango de Ley) y el Reglamento, la Costumbre, y los Principios Generales del Derecho (PGD).4 La Jurisprudencia actúa como fuente indirecta y complementaria.5

El principio fundamental que rige este sistema es el de jerarquía normativa (Art. 9.3 CE), que subordina las fuentes inferiores a las superiores.7

2.2. La Posición de la Constitución y el Derecho de la Unión Europea

La Constitución Española (CE) es la norma suprema.8 Inmediatamente después, el Derecho de la Unión Europea goza del principio de primacía sobre el Derecho interno. Si una norma europea sobre una materia (como la contratación pública) entra en conflicto con la legislación nacional, la Administración ha de inaplicar la norma nacional y aplicar directamente la norma europea.9

2.3. Autonomía del Derecho Administrativo y el Principio de Competencia

La estructura del Estado Autonómico introduce la necesidad de aplicar el principio de competencia junto al de jerarquía. La autonomía del Derecho Administrativo en el sistema de fuentes es compleja, especialmente en la relación entre el Estado y las Comunidades Autónomas (CCAA).

La ley autonómica es una norma aprobada por el Parlamento autonómico en el ámbito de sus competencias, manifestación de su autonomía política, y posee rango, fuerza y valor de Ley.10 Estas leyes no están subordinadas a todas las leyes estatales, sino que se relacionan con ellas a través del principio de competencia.10 Por ejemplo, las Leyes Marco (Art. 150.1 CE) permiten a las Cortes Generales delegar en las CCAA la facultad de dictar normas legislativas dentro de principios y directrices fijados por una ley estatal.10

Para el personal administrativo, esto implica que la correcta aplicación del principio de legalidad requiere identificar no solo la norma jerárquicamente superior, sino también la competencia del órgano emisor (Estado o CCAA). Un reglamento autonómico debe someterse a la ley autonómica de desarrollo, que a su vez se relaciona con la ley estatal a través de las bases competenciales.

2.4. Fuentes Subsidiarias en el Derecho Administrativo

La Costumbre tiene un papel marginal en el Derecho Administrativo (DA). Solo se admite la costumbre praeter legem (en ausencia de Ley), pero nunca la contra legem.5

Los Principios Generales del Derecho (PGD), en cambio, son esenciales y constituyen una de las fuentes subsidiarias fundamentales.5 Forman parte del Derecho al que la Administración está sometida (Art. 103 CE).9 Los PGD cumplen una doble función:

  1. Legitimadora y de Integración: Se utilizan para interpretar y complementar el ordenamiento jurídico.7
  2. Límite Material: Son un límite material al contenido de los reglamentos, debiendo el contenido normativo respetarlos.7

III. LA LEY: CONCEPTO Y CLASES

La Ley es la norma emanada del Poder Legislativo que contiene un mandato normativo de carácter general y abstracto, siguiendo el procedimiento legislativo establecido (Arts. 81 ss CE).8

3.1. Las Leyes Orgánicas (Art. 81 CE)

Las Leyes Orgánicas (LO) fueron una de las novedades más sobresalientes y complejas de la Constitución de 1978.5 Se rigen por un doble criterio de rigidez: material y formal.

  • Reserva de Materia (Art. 81.1 CE): Su aplicación es estricta, limitándose a 12:
  1. El desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas del Título I (Sección 1ª, Capítulo Segundo).
  2. La aprobación de los Estatutos de Autonomía.
  3. El Régimen Electoral General.
  4. Otras materias taxativamente previstas en la Constitución.
  • Procedimiento Reforzado (Art. 81.2 CE): Requieren la aprobación, modificación o derogación por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados en una votación final sobre el conjunto del texto.13

3.2. Las Leyes Ordinarias (LOo) y el Principio de Competencia

Las Leyes Ordinarias regulan todas las materias que no están reservadas expresamente a Ley Orgánica 14 y se aprueban por mayoría simple.

La relación entre LO y LOo se rige por el principio de competencia material. Una Ley Ordinaria no puede invadir el ámbito reservado a una Ley Orgánica. Sin embargo, la doctrina jurisprudencial ha desarrollado un principio fundamental para garantizar la flexibilidad legislativa: si una Ley Orgánica regula preceptos que no son materialmente orgánicos (el fenómeno conocido como «congelación de rango»), la Ley Ordinaria puede modificar esos preceptos, siempre que no afecte al núcleo esencial de la materia reservada.15 El Tribunal Constitucional ha optado por una interpretación restrictiva del concepto de «desarrollo directo» de los derechos fundamentales para evitar que la mayoría absoluta sea necesaria para regular aspectos accesorios de vastas áreas del derecho administrativo, lo cual podría dificultar la adaptación legal y la eficacia legislativa.12

Tabla 1: Comparativa Ley Orgánica vs. Ley Ordinaria

CriterioLey Orgánica (LO)Ley Ordinaria (LOo)
Materia ReservadaDesarrollo de Derechos Fundamentales (Título I), Estatutos de Autonomía, Régimen Electoral General, y otras materias constitucionales.12Todas las demás materias, por defecto.14
Aprobación/ModificaciónMayoría absoluta del Congreso sobre el conjunto del texto (Art. 81.2 CE).13Mayoría simple de los miembros presentes en cada Cámara.
Relación JerárquicaPrincipio de Competencia (regula el ámbito constitucional reservado).Principio de Competencia, respecto a LO; Principio de Jerarquía, respecto a los reglamentos.

IV. DISPOSICIONES DEL EJECUTIVO CON RANGO DE LEY

El Gobierno, como poder ejecutivo, tiene la facultad excepcional de dictar disposiciones con rango formal y fuerza material de Ley, bajo controles estrictos y presupuestos habilitantes que mantienen el equilibrio de poderes.

4.1. El Decreto Legislativo (D.Lg.) (Art. 82 CE)

El Decreto Legislativo es la norma con rango de Ley dictada por el Gobierno en virtud de una delegación expresa de las Cortes Generales.16 Esta delegación se justifica en la necesidad de ordenar o sistematizar la legislación.

  • Requisitos de la Delegación: La delegación legislativa debe ser expresa, otorgarse para materia concreta y con fijación de un plazo para su ejercicio.12 La delegación se agota por el uso que de ella haga el Gobierno mediante la publicación de la norma y no podrá ser subdelegada.12
  • Límites Materiales: La delegación legislativa no es admisible en materias reservadas a Ley Orgánica.4
  • Modalidades: La CE prevé dos tipos de Decretos Legislativos 4:
  1. Textos Articulados: Dictados en desarrollo de una Ley de Bases, la cual establece el objeto, alcance y principios.
  2. Textos Refundidos: Dictados para la mera refundición de varios textos legales dispersos en uno solo, con el fin de compilar la regulación de una materia, cumpliendo una Ley Ordinaria de Autorización.16

4.2. El Decreto-Ley (D.L.) (Art. 86 CE)

El Decreto-Ley es una disposición normativa provisional dictada por el Gobierno por razones de extraordinaria y urgente necesidad.16 Refleja la necesidad de adaptación rápida del Estado moderno, permitiendo al Gobierno asumir una función legislativa atípica.

  • Límites Materiales (Materias Vedadas): Para garantizar el control constitucional, el D.L. tiene prohibido afectar 12:
  1. El ordenamiento de las instituciones básicas del Estado.
  2. Los derechos, deberes y libertades del Título I de la Constitución (aunque el TC aplica una interpretación restrictiva para permitir el uso gubernamental).
  3. El régimen de las Comunidades Autónomas.
  4. El derecho electoral general.
  • Control Parlamentario (A posteriori): El D.L. entra inmediatamente en vigor tras su publicación. Sin embargo, debe ser sometido al Congreso de los Diputados para debate y votación de totalidad en un plazo de treinta días siguientes a su promulgación.12 El Congreso debe pronunciarse expresamente sobre su convalidación o derogación.12

La existencia del Decreto-Ley genera una tensión constitucional entre la eficacia ejecutiva (urgencia) y la legitimidad democrática. El control a posteriori del Congreso dentro de los 30 días es el mecanismo de legitimidad que transforma una norma ejecutiva de urgencia en una norma legislativa definitiva.12

Tabla 2: Disposiciones del Ejecutivo con Rango de Ley

DisposiciónDecreto-Ley (Art. 86 CE)Decreto Legislativo (Art. 82 CE)
Presupuesto HabilitanteExtraordinaria y urgente necesidad.12Delegación expresa previa del poder legislativo al Gobierno.16
Control ParlamentarioConvalidación/Derogación a posteriori por el Congreso en 30 días.12Control a priori (Ley habilitante) y control jurisdiccional ordinario.
Límites MaterialesExcluye Título I de la CE, CCAA, electoral general, instituciones básicas.12Excluye materias reservadas a Ley Orgánica.4
Objeto TípicoRegulación de urgencia y necesidad.16Textos Articulados (desarrollo de bases) o Textos Refundidos (unificación de normas).4

V. EL REGLAMENTO: CLASES, FUNDAMENTO Y LÍMITES DE LA POTESTAD REGLAMENTARIA

5.1. Concepto y Fundamento de la Potestad Reglamentaria

El Reglamento es una disposición normativa de carácter general, dictada por la Administración Pública, con rango jerárquicamente inferior a la Ley.19 Se distingue del acto administrativo general en que el reglamento posee un contenido normativo abstracto y general, se instala de forma permanente en el ordenamiento jurídico y lo innova, mientras que el acto general se refiere a un caso concreto y agota su eficacia.7

El fundamento de la potestad reglamentaria se encuentra en el Artículo 97 de la CE, que atribuye al Gobierno la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las Leyes.19 Los titulares principales son el Gobierno de la Nación y los Consejos de Gobierno Autonómicos.

5.2. Clases de Reglamentos (Según su Relación con la Ley)

La clasificación de los reglamentos se basa en la relación que mantienen con una Ley previa 5:

  1. Reglamentos Ejecutivos (Secundum Legem): Tienen por objeto desarrollar o complementar una Ley preexistente.21 Son los más comunes y obligatorios en aquellas materias que la Constitución reserva a la Ley.
  2. Reglamentos Independientes (Extra Legem): Se dictan en materias no reguladas previamente por Ley y que no están reservadas al legislador.20 Su ámbito es residual, limitándose principalmente a la autoorganización interna de la Administración.22
  3. Reglamentos de Necesidad (Contra Legem): Excepcionales, dictados por circunstancias de extrema necesidad (ej. estados de alarma), que pueden, temporalmente y bajo habilitación legal, suspender o excepcionar la aplicación de normas legales.5

5.3. Límites a la Potestad Reglamentaria

La potestad reglamentaria no es ilimitada y está sujeta a límites formales y materiales, que constituyen las condiciones esenciales de su legalidad.7

  • Límites Materiales:
  • Reserva de Ley: El reglamento no puede invadir materias reservadas al legislador (Art. 53.1 CE).7 La jurisprudencia constitucional ha negado toda relevancia constitucional actual al concepto histórico de relación especial de sujeción para justificar la regulación reglamentaria sin ley previa.19 Esto implica que el Reglamento se reduce mayoritariamente a la función secundum legem, reforzando la vinculación positiva de la Administración a la Ley.
  • Interdicción de la Arbitrariedad (Art. 9.3 CE): El contenido de la norma no debe ser incongruente o contradictorio con la realidad, ni con la naturaleza de las cosas o la esencia de las instituciones.7
  • Respeto a los Principios Generales del Derecho (PGD): El reglamento debe respetar los PGD, que son un límite material fundamental del contenido.7
  • Límites Formales:
  • Jerarquía Normativa: Sometimiento a la Ley, la Constitución, y reglamentos superiores (Art. 9.3 CE y Art. 23 Ley del Gobierno).7
  • Competencia: Debe ser dictado por el órgano legalmente competente.7
  • Procedimiento: Observancia del procedimiento de elaboración legalmente establecido (Art. 105 CE).7

VI. CONDICIONES DE LA LEGALIDAD DE LOS REGLAMENTOS Y SU CONTROL

6.1. La Inderogabilidad Singular de los Reglamentos

El principio de inderogabilidad singular (Art. 37 LPAC, Art. 52.2 LRJ y PAC) es una exigencia formal y un límite esencial para la legalidad reglamentaria. Este principio establece que las resoluciones administrativas de carácter particular (actos) no pueden vulnerar lo dispuesto en una disposición de carácter general (reglamento), incluso si el acto procede de un órgano de igual o superior jerarquía al que dictó la disposición general.7 La finalidad es proteger la seguridad jurídica y la primacía de la norma general.

Cualquier infracción a las exigencias formales (competencia, procedimiento, jerarquía, inderogabilidad singular) o materiales (reserva de ley, arbitrariedad, PGD) conlleva la máxima sanción: la nulidad de pleno derecho del reglamento.7

6.2. El Control Jurisdiccional de los Reglamentos

La potestad reglamentaria está sujeta al control de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.24

Los Jueces y Tribunales ejercen un control de plena legalidad. Cuando se hallan ante un reglamento que vulnera la CE, las leyes o reglamentos superiores, tienen la obligación de inaplicarlo (control indirecto), puesto que la ilegalidad implica su nulidad de pleno derecho y su no pertenencia válida al ordenamiento jurídico.20

El control jurisdiccional se extiende a la forma y al ajuste a la ley, pero no alcanza a valorar los criterios de oportunidad política o los distintos intereses que subyacen en la disposición reglamentaria, respetando el margen de discrecionalidad política del Gobierno.7

Sin embargo, existe una doble capa de control material. La legalidad no solo requiere respetar la jerarquía (capa positivista), sino que el control judicial se extiende a la constatación de que el reglamento no incurra en arbitrariedad o desviación de poder.7 El contenido de la norma debe ser coherente y racional, asegurando que la finalidad de la actuación administrativa esté encaminada a la satisfacción de un interés público.21 Este control principialista permite anular una norma que, aun respetando formalmente la Ley, resulte ser desproporcionada o irracional, garantizando la calidad jurídica de la regulación.7

VII. ELABORACIÓN DE DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL EN EL ÁMBITO AUTONÓMICO

La elaboración de disposiciones de carácter general (reglamentos autonómicos) se rige por la normativa interna de la Comunidad Autónoma (Ley de Gobierno) y, supletoriamente y en cuanto a los principios básicos, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).23

La competencia principal para dictar reglamentos en el ámbito autonómico corresponde al Consejo de Gobierno.23

7.1. Principios de Buena Regulación (Art. 129 LPAC)

La LPAC establece que todas las iniciativas normativas, incluidas las autonómicas, deben justificar su cumplimiento en la exposición de motivos, adhiriéndose a seis principios esenciales 23:

PrincipioConcepto y AplicaciónJustificación (MAIN)
Necesidad y EficaciaJustificada por una razón de interés general; debe ser el instrumento más adecuado.23Identificación clara de los fines públicos perseguidos.23
ProporcionalidadDebe contener la regulación imprescindible y no ser más restrictiva de lo necesario.26El análisis de si existen otras medidas menos restrictivas.23
Seguridad JurídicaCoherencia, claridad e integración en el ordenamiento jurídico, generando un marco predecible.23Estudio de coherencia normativa (nacional y UE).
TransparenciaAcceso a documentos de elaboración y posibilidad de participación activa de los destinatarios.23Publicidad de los objetivos en el preámbulo y registro de participación.
EficienciaEvitar cargas administrativas innecesarias y racionalizar la gestión de recursos.23Justificación de la racionalización de recursos públicos.
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad FinancieraCuantificación y valoración de las repercusiones de gasto o ingreso.23Informe de impacto presupuestario.

7.2. Fases del Procedimiento Autonómico (Marco LPAC)

El procedimiento básico de elaboración de reglamentos, que debe ser respetado por las CCAA, incluye:

  1. Planificación Normativa (Art. 132 LPAC): Las Administraciones Autonómicas aprueban anualmente el Plan Anual Normativo.23
  2. Consulta Pública Previa (Art. 133 LPAC): Actuación previa a la elaboración para recabar la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativas a través de la web del departamento.23
  3. Elaboración y Documentación: Redacción del texto y justificación del cumplimiento de los principios de buena regulación mediante la Memoria de Análisis de Impacto Normativo.
  4. Trámite de Audiencia e Información Pública (Art. 133 LPAC): Para recabar alegaciones de los directamente afectados y de la ciudadanía.23
  5. Informes Preceptivos: Obtención de informes sectoriales.
  6. Dictamen del Órgano Consultivo Autonómico: Obligatorio en determinados supuestos (similares a los del Consejo de Estado).23
  7. Aprobación y Publicación: La norma debe ser publicada en el Diario Oficial correspondiente (ej. boletín autonómico) para su entrada en vigor y producción de efectos jurídicos.23

La regulación de la LPAC sobre la buena regulación (Art. 129) establece un estándar de calidad normativa que va más allá de la legalidad mínima. Al exigir que la Administración Autonómica justifique la necesidad, eficacia y proporcionalidad de su iniciativa 26, se obliga a que el control jurisdiccional se extienda a la justificación técnica de la norma. Un reglamento autonómico podría, por lo tanto, ser declarado nulo por ser innecesario o desproporcionado respecto a los fines públicos perseguidos, elevando el nivel de escrutinio sobre la discrecionalidad administrativa.

VIII. CONCLUSIONES E IMPLICACIONES PARA LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA

El estudio del Derecho Administrativo, sus fuentes y las disposiciones con rango de Ley revela un ordenamiento complejo regido por una estricta pirámide normativa que asegura la primacía de la voluntad popular expresada en la Ley.

  1. Carácter Funcional del Derecho Administrativo: La naturaleza del Derecho Administrativo en España es marcadamente funcional, lo que implica que su aplicación se extiende a cualquier órgano (incluidos los constitucionales como el CGPJ) en el ejercicio de funciones de gestión pública sujetas a control contencioso. Esto garantiza la uniformidad del régimen jurídico de la actividad administrativa bajo el principio de sometimiento a la Ley y al Derecho (Art. 103 CE).
  2. Sistema de Fuentes Dual: El sistema de fuentes se sustenta en el principio de jerarquía para las normas de distinto rango y en el principio de competencia para la relación entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Para el Técnico de la Función Administrativa, es imperativo identificar la competencia normativa correcta para asegurar la legalidad de la actuación, ya que una ley autonómica puede derogar o desplazar una ley estatal si está actuando en el ámbito de su propia competencia.
  3. Control y Límites del Ejecutivo: Las disposiciones del ejecutivo con rango de Ley (Decreto-Ley y Decreto Legislativo) son herramientas de excepción que permiten la adaptación rápida del ordenamiento, pero están estrictamente fiscalizadas. El Decreto-Ley está limitado materialmente (sin afectar derechos fundamentales del Título I) y temporalmente (30 días para la convalidación), lo que asegura la primacía del Parlamento.
  4. Supremacía Judicial sobre el Reglamento: La potestad reglamentaria es la fuente administrativa por excelencia, pero es la más limitada. El Tribunal Constitucional ha restringido severamente los reglamentos independientes en materias reservadas. La validez de los reglamentos se supedita al cumplimiento de límites formales y materiales rigurosos, incluida la interdicción de la arbitrariedad y la inderogabilidad singular. El control jurisdiccional es absoluto, permitiendo a los tribunales la inaplicación de cualquier reglamento ilegal (nulidad de pleno derecho), incluso si este se ajusta formalmente a la Ley, pero se aparta de los Principios Generales del Derecho.
  5. Estándar de Buena Regulación Autonómica: La LPAC de 2015 ha elevado los requisitos de legalidad de los reglamentos autonómicos más allá de la mera formalidad, exigiendo la justificación de la necesidad, eficacia y proporcionalidad. Esto introduce un factor de calidad técnica en la producción normativa que la Administración debe documentar rigurosamente en la fase de elaboración.

A continuación, se presenta un cuestionario con 4 preguntas de opción múltiple. Cada pregunta tiene cuatro alternativas (A, B, C y D), de las cuales solo una es correcta. Se incluyen argumentos que explican por qué la opción correcta es la adecuada y por qué las demás son incorrectas.



Cuestionario OPE 2025 TFA INF – Tema 11

CUESTIONARIO DE REPASO: TEMA 11. DERECHO ADMINISTRATIVO (I)

1. ¿Cuál es el rasgo central que, según la doctrina, distingue al Derecho Administrativo del Derecho Privado?

  1. El sometimiento al principio de legalidad.
  2. El ejercicio del *imperium* o potestades exorbitantes (prerrogativas).
  3. La búsqueda de la satisfacción del interés general.
  4. La aplicación supletoria de los Principios Generales del Derecho.

Respuesta Correcta: B. El ejercicio del *imperium* o potestades exorbitantes (prerrogativas).

Argumento: El Derecho Administrativo se caracteriza por dotar a la Administración de potestades exorbitantes (*imperium*), lo que le permite actuar en un plano de superioridad o desigualdad respecto a los particulares (ej. potestad sancionadora, expropiatoria), a diferencia del Derecho Privado donde las partes actúan en igualdad.[1]

A. El principio de legalidad es común a toda actuación pública (Art. 9.3 CE), no es exclusivo del Derecho Administrativo.

C. Aunque el Derecho Administrativo busca el interés general, esta finalidad es común a todo el Derecho Público.

D. Los Principios Generales del Derecho son fuente subsidiaria de *todo* el ordenamiento jurídico, no un rasgo distintivo del DA frente al Derecho Privado.

2. La definición más operativa del Derecho Administrativo en el ordenamiento moderno se establece a través del control jurisdiccional. ¿A qué órganos se aplica el DA según este criterio funcional?

  1. Exclusivamente a los órganos integrados en el Poder Ejecutivo Central.
  2. Solo a los órganos del Poder Ejecutivo que gestionan servicios públicos.
  3. A cualquier órgano que ejerza una función materialmente administrativa sujeta al control de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
  4. Únicamente a las entidades instrumentales que aplican el Derecho Privado de forma supletoria.

Respuesta Correcta: C. A cualquier órgano que ejerza una función materialmente administrativa sujeta al control de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Argumento: El concepto moderno del Derecho Administrativo es **material y funcional**. Se aplica a la actividad administrativa de cualquier órgano, incluso los constitucionales (como el CGPJ en sus funciones de gestión), siempre que su actividad esté sometida al control de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.[2]

A y B. Son definiciones restrictivas; el DA se extiende más allá del Poder Ejecutivo central y la noción de «servicio público» ha quedado obsoleta.[2, 1]

D. Las entidades instrumentales que aplican Derecho Privado no son el criterio definitorio del Derecho Administrativo, sino una excepción a su aplicación plena.

3. En el sistema de fuentes del Derecho Administrativo, ¿qué principio rige la relación entre una Ley Ordinaria estatal y una Ley autonómica?

  1. El principio de supletoriedad.
  2. El principio de jerarquía normativa.
  3. El principio de competencia.
  4. El principio de reserva de ley.

Respuesta Correcta: C. El principio de competencia.

Argumento: Las leyes autonómicas y las leyes estatales se relacionan mediante el **principio de competencia**, no por el principio de jerarquía. Una ley autonómica posee rango, fuerza y valor de Ley en el ámbito de sus competencias y no está subordinada a todas las leyes estatales, sino a la Constitución y al Estatuto.[3]

A. La supletoriedad es un mecanismo para cubrir lagunas legales, no el principio de relación primaria entre leyes de distinto ente territorial.

B. El principio de jerarquía rige la relación entre normas de distinto rango (ej. Ley vs. Reglamento), pero no entre leyes de distinto centro de producción.

D. La reserva de ley es un límite que impide la regulación reglamentaria, no un principio de relación entre leyes.

4. ¿Cuál de las siguientes fuentes del Derecho, según el Código Civil, tiene un papel esencial en el Derecho Administrativo al servir de límite material a los reglamentos?

  1. La jurisprudencia.
  2. La Costumbre.
  3. La Ley.
  4. Los Principios Generales del Derecho (PGD).

Respuesta Correcta: D. Los Principios Generales del Derecho (PGD).

Argumento: Los PGD son una fuente subsidiaria esencial que, además de su función integradora, actúan como un límite material al contenido de los reglamentos. La Administración está sometida a la Ley y al Derecho (Art. 103 CE), y este Derecho incluye los PGD, los cuales evitan la arbitrariedad y la desviación de poder.[4]

A. La jurisprudencia es fuente complementaria (indirecta), no un límite material directo.

B. La Costumbre tiene un papel muy marginal en el Derecho Administrativo (solo *praeter legem*).[5]

C. La Ley es la fuente primaria y límite principal (jerárquico), pero los PGD son la fuente subsidiaria que limita el contenido material por debajo de la ley.[4]

5. Según el Artículo 81 de la Constitución Española, ¿qué mayoría se requiere para la aprobación, modificación o derogación de una Ley Orgánica?

  1. Mayoría simple de los miembros presentes en cada Cámara.
  2. Mayoría absoluta en el Senado.
  3. Mayoría de tres quintos en el Congreso de los Diputados.
  4. Mayoría absoluta del Congreso de los Diputados en una votación final sobre el conjunto del texto.

Respuesta Correcta: D. Mayoría absoluta del Congreso de los Diputados en una votación final sobre el conjunto del texto.

Argumento: El artículo 81.2 CE establece un procedimiento reforzado para las Leyes Orgánicas, que requiere la mayoría absoluta (la mitad más uno del número total de diputados, 176) del Congreso en una votación final sobre el conjunto del texto.[6]

A. Corresponde a la Ley Ordinaria.

B. La mayoría absoluta se exige en el Congreso, no en el Senado.

C. La mayoría de tres quintos no es la exigida en este caso.

6. ¿Qué ocurre si una Ley Orgánica regula preceptos que no son materialmente orgánicos (fenómeno conocido como «congelación de rango»)?

  1. Dichos preceptos no pueden ser modificados, pues han quedado «congelados» por el rango superior.
  2. Dichos preceptos pueden ser modificados por una Ley Ordinaria, siempre que no afecte al núcleo esencial de la materia reservada.
  3. Solo pueden ser modificados por otra Ley Orgánica que reitere el procedimiento reforzado.
  4. Se requiere la aprobación de un Decreto-Ley para su posterior convalidación.

Respuesta Correcta: B. Dichos preceptos pueden ser modificados por una Ley Ordinaria, siempre que no afecte al núcleo esencial de la materia reservada.

Argumento: La doctrina jurisprudencial permite la «descongelación del rango». Si una Ley Orgánica regula aspectos accesorios que no son materialmente orgánicos, una Ley Ordinaria puede modificarlos sin necesidad de cumplir la mayoría absoluta, respetando así el principio de flexibilidad legislativa.[7]

A y C. La congelación de rango sería excesivamente rígida, y la jurisprudencia busca un equilibrio permitiendo la modificación por Ley Ordinaria en temas accesorios.

D. El Decreto-Ley es una norma de urgencia del Ejecutivo, no el mecanismo habitual para la modificación legislativa.

7. El Decreto-Ley entra en vigor inmediatamente tras su publicación. ¿Cuál es el plazo máximo que tiene el Congreso de los Diputados para pronunciarse sobre su convalidación o derogación?

  1. Quince días siguientes a su promulgación.
  2. Treinta días siguientes a su promulgación.
  3. Sesenta días a partir de su entrada en vigor.
  4. Un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOE.

Respuesta Correcta: B. Treinta días siguientes a su promulgación.

Argumento: El artículo 86.2 CE establece que los Decretos-leyes deben ser sometidos a debate y votación de totalidad en el Congreso en un plazo de **treinta días siguientes a su promulgación**.[8]

A, C y D. El plazo constitucionalmente establecido es de treinta días, contado desde la promulgación (publicación y entrada en vigor provisional).[8]

8. ¿Cuál de las siguientes materias está constitucionalmente *vedada* al Decreto-Ley?

  1. La regulación de la función pública administrativa.
  2. La regulación de los servicios públicos esenciales.
  3. El régimen de las Comunidades Autónomas.
  4. La regulación del Presupuesto General del Estado.

Respuesta Correcta: C. El régimen de las Comunidades Autónomas.

Argumento: El artículo 86.1 CE prohíbe taxativamente al Decreto-Ley afectar el ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, los derechos, deberes y libertades del Título I, **el régimen de las Comunidades Autónomas**, y el derecho electoral general.[8]

A, B y D. Aunque la regulación de la función pública o de los PGE está sujeta a la Ley, no están absolutamente vetadas al Decreto-Ley, salvo que afecten a derechos fundamentales o instituciones básicas.

9. ¿Cuál es el título que reciben las disposiciones dictadas por el Gobierno en virtud de una Ley de Bases, con el objeto de desarrollar o articular dicha Ley?

  1. Decreto-Ley.
  2. Decreto.
  3. Real Decreto.
  4. Decreto Legislativo (Texto Articulado).

Respuesta Correcta: D. Decreto Legislativo (Texto Articulado).

Argumento: El Decreto Legislativo es la norma con rango de Ley dictada por el Gobierno en virtud de delegación expresa de las Cortes (Art. 82 CE). La modalidad de **Texto Articulado** se dicta para desarrollar una **Ley de Bases**, a diferencia del Texto Refundido que unifica normas.[9]

A. El Decreto-Ley es una norma de urgencia, no de delegación legislativa.

B y C. El Decreto (o Real Decreto) es el nombre que recibe el acto que aprueba el Reglamento, que es de rango inferior a la Ley.

10. ¿Cuál de los siguientes límites formales debe cumplir un Reglamento para su legalidad?

  1. Respeto a la reserva de ley.
  2. Inderogabilidad singular.
  3. Interdicción de la arbitrariedad.
  4. Sometimiento a los Principios Generales del Derecho.

Respuesta Correcta: B. Inderogabilidad singular.

Argumento: La **inderogabilidad singular de los reglamentos** es un límite **formal** que establece que las resoluciones particulares (actos administrativos) no pueden vulnerar lo dispuesto en una disposición de carácter general (reglamento), aunque procedan de un órgano superior.[4]

A, C y D. La reserva de ley, la interdicción de la arbitrariedad y el respeto a los PGD son considerados **límites materiales** que afectan al contenido de la norma reglamentaria.[4]

11. ¿A qué se refiere el principio de **Proporcionalidad** en la elaboración de disposiciones de carácter general en el ámbito autonómico, según la Ley 39/2015?

  1. La iniciativa debe estar justificada por una razón de interés general.
  2. La regulación debe ser la imprescindible y no más restrictiva de lo necesario para alcanzar los fines públicos.
  3. La norma debe ser coherente con el resto del ordenamiento jurídico.
  4. Se deben evitar las cargas administrativas innecesarias y racionalizar la gestión de recursos públicos.

Respuesta Correcta: B. La regulación debe ser la imprescindible y no más restrictiva de lo necesario para alcanzar los fines públicos.

Argumento: El principio de Proporcionalidad (Art. 129.3 LPAC) exige que la norma contenga la regulación imprescindible para atender la necesidad que se pretende cubrir, no siendo más restrictiva de lo necesario.[10, 11]

A. Corresponde al principio de Necesidad y Eficacia (Art. 129.2 LPAC).[10]

C. Corresponde al principio de Seguridad Jurídica (Art. 129.4 LPAC).[10]

D. Corresponde al principio de Eficiencia (Art. 129.6 LPAC).[10]

12. En la clasificación de los reglamentos por su relación con la Ley, ¿cómo se denomina el reglamento que se dicta en materias no reguladas previamente por Ley y que no están reservadas al legislador?

  1. Reglamento de necesidad.
  2. Reglamento ejecutivo (*secundum legem*).
  3. Reglamento independiente (*extra legem*).
  4. Reglamento delegado.

Respuesta Correcta: C. Reglamento independiente (*extra legem*).

Argumento: Los reglamentos independientes son aquellos que regulan materias que no han sido objeto de regulación legal y que no están reservadas a la Ley. Su ámbito es residual, limitándose principalmente a la autoorganización de la Administración.[5]

A. El reglamento de necesidad es el que, excepcionalmente, puede suspender o excepcionar normas legales (*contra legem*).[5]

B. El reglamento ejecutivo tiene por objeto desarrollar una Ley preexistente.[5]

D. El término «reglamento delegado» no se usa comúnmente en la clasificación por relación con la ley; la delegación legislativa da lugar a un Decreto Legislativo (norma con rango de ley).

13. ¿Cuál es el Plan que las Administraciones Públicas Autonómicas aprueban anualmente y que debe publicarse en el Portal de Transparencia, según la LPAC?

  1. El Plan de Evaluación Normativa.
  2. El Plan de Austeridad y Eficiencia.
  3. El Plan de Revisión de Cargas Administrativas.
  4. El Plan Anual Normativo (PAN).

Respuesta Correcta: D. El Plan Anual Normativo (PAN).

Argumento: El artículo 132 de la Ley 39/2015 (LPAC) establece que las Administraciones Públicas deben aprobar anualmente un Plan Anual Normativo que contenga las iniciativas legislativas o reglamentarias que se elevarán para su aprobación.[10]

A, B y C. Aunque la evaluación, la austeridad y la eficiencia son principios de la buena regulación, el documento de planificación anual es el Plan Anual Normativo.[10]

14. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el control jurisdiccional de los reglamentos es correcta?

  1. El control se extiende a la valoración de los criterios de oportunidad política del Gobierno.
  2. Los Jueces y Tribunales, si consideran un reglamento ilegal, tienen la obligación de derogarlo.
  3. El control judicial se limita únicamente a las exigencias formales (competencia y procedimiento).
  4. La potestad reglamentaria está sujeta a un control de plena legalidad, incluyendo la interdicción de la arbitrariedad.

Respuesta Correcta: D. La potestad reglamentaria está sujeta a un control de plena legalidad, incluyendo la interdicción de la arbitrariedad.

Argumento: El control de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa es de plena legalidad. Se extiende tanto a los límites formales como a los materiales, incluyendo la interdicción de la arbitrariedad, que exige coherencia y racionalidad en el contenido de la norma.[4]

A. El control jurisdiccional **no** alcanza a valorar los criterios de oportunidad política o la preferencia de intereses que subyacen en la disposición.[4]

B. Los Jueces y Tribunales ordinarios tienen la obligación de **inaplicar** los reglamentos ilegales (control indirecto), pero la anulación (derogación) corresponde, en general, al Tribunal Supremo o a los Tribunales Superiores de Justicia, según la competencia.[12]

C. Falso, también se controlan los límites materiales (reserva de ley, PGD, arbitrariedad).[4]

15. ¿Cuál es la consecuencia jurídica de la infracción de las exigencias formales o materiales de un Reglamento?

  1. Anulabilidad del Reglamento.
  2. Revocación del Reglamento por el órgano superior.
  3. Nulidad de pleno derecho del Reglamento.
  4. Suspensión temporal de su aplicación.

Respuesta Correcta: C. Nulidad de pleno derecho del Reglamento.

Argumento: Cualquier infracción a las condiciones de legalidad, tanto formales (competencia, procedimiento) como materiales (reserva de ley, arbitrariedad), conlleva la máxima sanción en el ordenamiento: la **nulidad de pleno derecho** del reglamento.[12]

A, B y D. Estas sanciones se aplican a actos administrativos, pero la ilegalidad del reglamento, como norma, implica su nulidad absoluta, ya que se considera que nunca ha formado parte válidamente del ordenamiento jurídico.[12]

16. La delegación legislativa para dictar un Decreto Legislativo ¿es admisible en materias reservadas a Ley Orgánica?

  1. Sí, si la delegación se otorga por mayoría absoluta.
  2. Sí, siempre que el Decreto Legislativo desarrolle la Ley de Bases.
  3. No, la delegación legislativa no es admisible en materias reservadas a Ley Orgánica.
  4. Depende de si se trata de un Texto Articulado o un Texto Refundido.

Respuesta Correcta: C. No, la delegación legislativa no es admisible en materias reservadas a Ley Orgánica.

Argumento: Una limitación fundamental de la delegación legislativa (que da lugar a Decretos Legislativos) es que no puede versar sobre materias reservadas a Ley Orgánica (Art. 82.1 CE, indirectamente).[9]

A, B y D. La reserva material a la Ley Orgánica impide totalmente el uso del Decreto Legislativo, independientemente de la mayoría o la modalidad (Texto Articulado o Refundido).

17. ¿Qué tipo de Ley es la que regula el Régimen Electoral General, según el Artículo 81.1 de la Constitución?

  1. Ley de Bases.
  2. Ley Ordinaria.
  3. Decreto Legislativo.
  4. Ley Orgánica.

Respuesta Correcta: D. Ley Orgánica.

Argumento: La Constitución Española reserva expresamente a la Ley Orgánica (aprobada por mayoría absoluta del Congreso) el desarrollo de los derechos fundamentales, la aprobación de los Estatutos de Autonomía y el **Régimen Electoral General**.[6]

A. La Ley de Bases es el instrumento para delegar la facultad de dictar Textos Articulados, no un tipo de Ley por reserva de materia.

B. La Ley Ordinaria no puede regular materias reservadas a Ley Orgánica.

C. El Decreto Legislativo no puede regular materias reservadas a Ley Orgánica.

18. La autonomía del Derecho Administrativo en el sistema de fuentes es compleja. ¿Cuál es el papel actual de la **Costumbre** como fuente del Derecho Administrativo español?

  1. Es fuente directa, aplicable incluso *contra legem*.
  2. Es fuente subsidiaria, admitiéndose solo la costumbre *praeter legem* (en ausencia de Ley).
  3. Es fuente indirecta y complementaria, igual que la Jurisprudencia.
  4. No es fuente del Derecho en el ámbito administrativo por el principio de legalidad.

Respuesta Correcta: B. Es fuente subsidiaria, admitiéndose solo la costumbre *praeter legem* (en ausencia de Ley).

Argumento: La Costumbre tiene un papel marginal o subsidiario. Solo se admite la Costumbre *praeter legem* (en ausencia de ley) en el Derecho Administrativo, pero nunca la costumbre *contra legem*.[5]

A. Es incorrecto. El principio de legalidad impide la costumbre *contra legem*.

C. La Jurisprudencia es la fuente indirecta y complementaria; la Costumbre es fuente subsidiaria (directa) según el Código Civil, pero con un rol muy limitado en la práctica administrativa.

D. Sí es fuente subsidiaria, aunque su aplicación sea muy restringida.[5]

19. ¿Cuál de los siguientes Principios de Buena Regulación de la Ley 39/2015 se relaciona directamente con la justificación de las repercusiones de gasto o ingreso de una iniciativa normativa?

  1. Necesidad y eficacia.
  2. Seguridad jurídica.
  3. Transparencia.
  4. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Respuesta Correcta: D. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Argumento: El Art. 129.7 LPAC establece que las iniciativas normativas que afecten a gastos o ingresos deben cuantificarse y valorarse, supedítandose a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.[10]

A. La necesidad y eficacia se refiere al interés general perseguido.[10]

B. La seguridad jurídica se refiere a la coherencia normativa.[10]

C. La transparencia se refiere a la participación y acceso a los documentos de elaboración.[10]

20. ¿Qué modalidad de Decreto Legislativo se utiliza para la *mera* unificación de varios textos legales dispersos en uno solo?

  1. Texto Articulado.
  2. Texto Compilado.
  3. Texto Unificado.
  4. Texto Refundido.

Respuesta Correcta: D. Texto Refundido.

Argumento: El Decreto Legislativo puede ser de dos tipos: Textos Articulados (desarrollo de Ley de Bases) o **Textos Refundidos** (unificación o compilación de varios textos legales existentes en uno solo, bajo una Ley Ordinaria de Autorización).[9, 13]

A. El Texto Articulado es para desarrollar la Ley de Bases, no para refundir textos preexistentes.[9]

B y C. Son términos genéricos o incorrectos; el término constitucional y legal es Texto Refundido.

21. ¿Qué establece el principio de **vinculación positiva** de la Administración respecto a la Ley en el contexto de la potestad reglamentaria?

  1. La Administración solo puede actuar si hay una norma previa que la habilite expresamente.
  2. La Administración puede dictar reglamentos en ausencia de ley en materias no reservadas.
  3. La Ley solo puede limitar la actividad administrativa.
  4. El reglamento puede modificar una ley previa si es de menor rango.

Respuesta Correcta: A. La Administración solo puede actuar si hay una norma previa que la habilite expresamente.

Argumento: La vinculación positiva implica que la Administración no solo no puede contradecir la Ley (vinculación negativa), sino que para actuar y, especialmente para dictar reglamentos ejecutivos, necesita una **habilitación legal previa**.

B. Esta posibilidad, propia de los reglamentos independientes, está muy restringida por el concepto de reserva de Ley (que ha negado toda relevancia al concepto de relación especial de sujeción para justificar la regulación sin ley previa).[14]

C. La Ley habilita y dirige la actividad administrativa.

D. El reglamento es jerárquicamente inferior a la Ley y nunca puede modificarla.

22. ¿Cuál es la finalidad principal del **trámite de consulta pública previa** en la elaboración de disposiciones de carácter general en el ámbito autonómico (Art. 133 LPAC)?

  1. Recabar obligatoriamente el dictamen del órgano consultivo autonómico.
  2. Determinar el impacto presupuestario de la futura norma.
  3. Recabar la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativas antes de la elaboración del texto.
  4. Someter el texto ya elaborado a exposición pública.

Respuesta Correcta: C. Recabar la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativas antes de la elaboración del texto.

Argumento: La consulta pública previa es una actuación **previa** a la redacción del texto para recabar la opinión de los potenciales destinatarios y de las organizaciones representativas, facilitando su participación a través de la web del departamento competente.[10]

A. El dictamen es un informe preceptivo posterior a la elaboración, no la finalidad de la consulta pública.

B. El impacto presupuestario se incluye en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN).

D. Someter el texto ya elaborado a exposición pública es el **trámite de audiencia e información pública**, no la consulta previa.[10]

23. ¿Qué principio jurídico fundamental se vulneraría si un Reglamento autonómico incurre en una regulación que es incoherente o contradictoria con la realidad que pretende ordenar?

  1. Principio de jerarquía normativa.
  2. Interdicción de la arbitrariedad.
  3. Inderogabilidad singular.
  4. Reserva de ley.

Respuesta Correcta: B. Interdicción de la arbitrariedad.

Argumento: La interdicción de la arbitrariedad (Art. 9.3 CE) es un límite material que exige que el contenido de la norma **no sea incongruente o contradictorio con la realidad** que se pretende regular o con la esencia de las instituciones.[4]

A. La jerarquía normativa se refiere al rango (sometimiento a Ley o Reglamento superior).

C. La inderogabilidad singular se refiere a la prohibición de que un acto particular vulnere una norma general.[4]

D. La reserva de ley se refiere a la invasión de materias que solo pueden ser reguladas por Ley.

24. ¿En qué plazo debe ser convalidado, derogado o tramitado como Ley por el procedimiento de urgencia un Decreto-Ley por el Congreso de los Diputados?

  1. En un plazo máximo de dos meses.
  2. En un plazo no superior a 30 días naturales.
  3. Antes de que finalice el primer periodo de sesiones siguiente.
  4. En un plazo no superior a 30 días hábiles.

Respuesta Correcta: B. En un plazo no superior a 30 días naturales.

Argumento: El Art. 86.2 CE especifica que debe ser sometido a debate y votación en el Congreso en un plazo de **treinta días siguientes a su promulgación**.[8] En este contexto constitucional, el plazo se interpreta como natural (no hábil).

A, C y D. El plazo exacto es de treinta días naturales, no dos meses ni el fin de un periodo de sesiones, y la literalidad constitucional es «treinta días».[8]

25. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el cumplimiento de sus funciones de gestión (nombramientos, destinos y sanciones de jueces) está sujeto al control de la Sala 3.ª del Tribunal Supremo. Este hecho se utiliza para demostrar que el concepto moderno de Derecho Administrativo es:

  1. Estrictamente orgánico.
  2. Material y funcional.
  3. Histórico y de servicio público.
  4. Exclusivamente subjetivo.

Respuesta Correcta: B. Material y funcional.

Argumento: Que órganos ajenos al Poder Ejecutivo (como el CGPJ, que es un órgano constitucional) queden sujetos al Derecho Administrativo en sus funciones de gestión demuestra que el Derecho Administrativo se define por la naturaleza de la función (*material y funcional*), no solo por la naturaleza del órgano (*orgánico/subjetivo*).[2]

A y D. El enfoque orgánico o subjetivo sería aplicable solo al Poder Ejecutivo. El ejemplo del CGPJ refuta esta exclusividad.[2]

C. El concepto de servicio público ha quedado «hueco de sentido» en el Derecho actual.[1]

26. ¿Qué ocurre con la delegación legislativa otorgada por las Cortes al Gobierno para dictar un Decreto Legislativo, una vez que el Gobierno ha publicado la norma?

  1. La delegación se agota por el uso que de ella haga el Gobierno.
  2. El Gobierno puede subdelegar la facultad en un Ministro para la redacción final.
  3. La delegación se prorroga automáticamente por el mismo plazo para posibles modificaciones.
  4. La delegación se mantiene activa hasta la entrada en vigor de la Ley de Bases.

Respuesta Correcta: A. La delegación se agota por el uso que de ella haga el Gobierno.

Argumento: El artículo 82.3 CE establece que la delegación legislativa **se agota por el uso** que de ella haga el Gobierno mediante la publicación de la norma y no puede ser subdelegada a otras autoridades.[8]

B. El Art. 82.3 CE prohíbe expresamente la subdelegación.[8]

C y D. La delegación no se prorroga automáticamente ni depende de la entrada en vigor de la Ley de Bases (la Ley de Bases es la que habilita, y el D.Lg. es su desarrollo).[8]

27. ¿Cuál es el principal criterio que rige la relación entre una Ley Ordinaria y un Reglamento en el sistema de fuentes?

  1. El principio de publicidad.
  2. El principio de competencia.
  3. El principio de jerarquía normativa.
  4. El principio de inderogabilidad singular.

Respuesta Correcta: C. El principio de jerarquía normativa.

Argumento: El principio de jerarquía normativa (Art. 9.3 CE) es el fundamental para ordenar las fuentes de distinto rango. La Ley es jerárquicamente superior al Reglamento, el cual debe someterse a ella.[4]

A. La publicidad es un requisito de eficacia, no de relación jerárquica.

B. La competencia rige la relación entre Leyes de distinto ente territorial (Estado-CCAA), no entre Ley y Reglamento.

D. La inderogabilidad singular es un límite formal del Reglamento respecto al Acto, no un criterio de relación jerárquica con la Ley.

28. En caso de que una norma europea sobre una materia (ej. contratación pública) entre en conflicto con la legislación nacional, ¿cuál es la actuación correcta que debe seguir la Administración?

  1. Aplicar siempre la norma nacional por el principio de soberanía.
  2. Elevar una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional.
  3. Inaplicar la norma nacional y aplicar directamente la norma europea.
  4. Esperar a que el Tribunal Supremo declare la nulidad de la norma nacional.

Respuesta Correcta: C. Inaplicar la norma nacional y aplicar directamente la norma europea.

Argumento: El Derecho de la Unión Europea goza del principio de **primacía** sobre el Derecho interno. En caso de conflicto, la Administración, en el ejercicio de su función administrativa, debe inaplicar la norma nacional y aplicar la norma europea directamente.[15]

A, B y D. Estas acciones desconocen el principio de primacía del Derecho de la Unión Europea.

29. ¿Cuál de los siguientes no es un límite material a la potestad reglamentaria?

  1. El respeto a la reserva de ley.
  2. El respeto a los Principios Generales del Derecho.
  3. La observancia del procedimiento de elaboración.
  4. La interdicción de la arbitrariedad.

Respuesta Correcta: C. La observancia del procedimiento de elaboración.

Argumento: La observancia del procedimiento de elaboración legalmente establecido es un límite de carácter **formal** (Art. 105 CE). Los límites materiales son aquellos que afectan al contenido de la norma, como la reserva de ley, la interdicción de la arbitrariedad o el respeto a los PGD.[4]

A, B y D. Estos son límites materiales que regulan el contenido de la norma reglamentaria.[4]

30. Según la Ley 39/2015, ¿dónde debe ser publicada una disposición de carácter general (reglamento autonómico) para su entrada en vigor y producción de efectos jurídicos?

  1. En el Portal de Transparencia del Gobierno Autonómico.
  2. En el Boletín Oficial del Estado (BOE).
  3. En el Diario Oficial correspondiente.
  4. En el Registro de Disposiciones de Carácter General.

Respuesta Correcta: C. En el Diario Oficial correspondiente.

Argumento: El artículo 131 de la LPAC establece que, para su entrada en vigor y producción de efectos jurídicos, las normas se deben publicar en el **Diario oficial correspondiente** (Diario Oficial de la CCAA en este caso).[10]

A. La publicación en el Portal de Transparencia es una exigencia de buena regulación, pero no la condición de eficacia y entrada en vigor.[10]

B. El BOE es el diario del Estado, no el órgano de publicación primario de las normas autonómicas.

D. El registro es un instrumento de control interno, no la fuente de eficacia.

 

Pregunta 1.

¿Cuál de las siguientes definiciones describe correctamente el Derecho Administrativo?

A) Es la rama del Derecho Privado que regula las relaciones entre particulares.
B) Es la rama del Derecho Público que organiza y controla la actuación de la Administración Pública.
C) Es la disciplina que se encarga exclusivamente de la interpretación de sentencias judiciales.
D) Es el conjunto de normas que únicamente regulan la función legislativa del Estado.

Respuesta correcta: B

Argumentación:

  • A: Incorrecta. Se refiere al Derecho Privado, mientras que el Derecho Administrativo es del ámbito público.
  • B: Correcta. Regula la organización, funcionamiento y actuación de la Administración Pública y las relaciones entre el Estado y los ciudadanos.
  • C: Incorrecta. Aunque la interpretación judicial es relevante, el Derecho Administrativo abarca mucho más que eso.
  • D: Incorrecta. No se limita a la función legislativa; también regula la actuación ejecutiva y organizativa del Estado.

Pregunta 2.

Dentro del sistema de fuentes del Derecho Administrativo, ¿cuál de las siguientes se considera una fuente directa?

A) La costumbre.
B) La jurisprudencia.
C) El reglamento.
D) Los principios generales del derecho.

Respuesta correcta: C

Argumentación:

  • A: Incorrecta. La costumbre es una fuente indirecta o supletoria.
  • B: Incorrecta. La jurisprudencia tiene carácter orientador y es supletoria.
  • C: Correcta. El reglamento es una norma escrita dictada por el Ejecutivo en ejercicio de la potestad reglamentaria.
  • D: Incorrecta. Los principios generales son fuentes indirectas que se aplican para integrar lagunas normativas.

Pregunta 3.

Respecto a las leyes orgánicas en el sistema jurídico, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?

A) Se aprueban por mayoría simple en el Congreso.
B) Tienen rango inferior a los reglamentos.
C) Requieren mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto del proyecto.
D) Solo se dictan en situaciones de emergencia.

Respuesta correcta: C

Argumentación:

  • A: Incorrecta. Las leyes orgánicas requieren mayoría absoluta, no simple.
  • B: Incorrecta. Tanto las leyes orgánicas como las ordinarias tienen rango superior a los reglamentos.
  • C: Correcta. Este requisito especial garantiza la estabilidad de las normas fundamentales.
  • D: Incorrecta. La característica de emergencia se relaciona con otros instrumentos (decretos-leyes), no con las leyes orgánicas.

Pregunta 4.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones refleja correctamente uno de los límites de la potestad reglamentaria del Ejecutivo?

A) Los reglamentos pueden contravenir la ley si así lo estima el Ejecutivo.
B) Los reglamentos deben respetar la Constitución y la ley, limitándose al ámbito de la delegación legislativa.
C) La potestad reglamentaria permite crear normas sin límite alguno en materias no reguladas expresamente por la ley.
D) No es necesario seguir un procedimiento formal para la elaboración de reglamentos.

Respuesta correcta: B

Argumentación:

  • A: Incorrecta. Los reglamentos deben ajustarse a la Constitución y a las leyes.
  • B: Correcta. La potestad reglamentaria se ejerce dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico y la delegación legislativa.
  • C: Incorrecta. La creación normativa del Ejecutivo está sujeta a límites legales y no puede ser arbitraria.
  • D: Incorrecta. La elaboración de reglamentos debe seguir un procedimiento formal establecido.

Pregunta 5.

¿Qué función cumple la costumbre en el Derecho Administrativo?

A) Es la fuente primaria y obligatoria en todos los casos.
B) Funciona como fuente indirecta, que se aplica de forma supletoria cuando falta una norma escrita.
C) Permite a la Administración actuar libremente sin necesidad de ajustarse a normas formales.
D) Solo se utiliza para interpretar normas constitucionales.

Respuesta correcta: B

Argumentación:

  • A: Incorrecta. La costumbre tiene carácter supletorio, no es la fuente principal.
  • B: Correcta. Se recurre a la costumbre cuando no existe una norma escrita aplicable.
  • C: Incorrecta. La Administración debe actuar conforme a la ley; la costumbre solo complementa en ausencia de norma.
  • D: Incorrecta. No se limita a normas constitucionales, sino que puede aplicarse en diversas áreas.

Pregunta 6.

¿Qué establece el principio de legalidad en el Derecho Administrativo?

A) Que la Administración puede actuar según su criterio, independientemente de la ley.
B) Que la Administración debe actuar conforme a la ley, estando sus actuaciones sometidas al control jurisdiccional.
C) Que únicamente las normas no escritas son aplicables en la actuación administrativa.
D) Que solo la Constitución es obligatoria para la actuación administrativa.

Respuesta correcta: B

Argumentación:

  • A: Incorrecta. El principio de legalidad impone que la actuación administrativa se ajuste a la norma.
  • B: Correcta. Toda actuación de la Administración debe estar basada en la ley y es controlable judicialmente.
  • C: Incorrecta. La base del ordenamiento es la norma escrita, siendo las no escritas supletorias.
  • D: Incorrecta. Si bien la Constitución es la norma suprema, el principio de legalidad abarca todo el ordenamiento.

Pregunta 7.

Dentro de la jerarquía normativa del Derecho Administrativo, ¿cuál es el orden correcto de aplicación de las fuentes directas?

A) Reglamentos > Leyes > Constitución
B) Leyes > Reglamentos > Tratados internacionales
C) Constitución > Tratados internacionales > Leyes > Reglamentos
D) Tratados internacionales > Constitución > Leyes > Reglamentos

Respuesta correcta: C

Argumentación:

  • A: Incorrecta. El orden correcto es que la Constitución es suprema, seguida por las leyes, etc.
  • B: Incorrecta. Los Tratados internacionales tienen un rango superior a las leyes, una vez ratificados.
  • C: Correcta. El orden jerárquico es: Constitución, luego Tratados internacionales, Leyes y finalmente Reglamentos.
  • D: Incorrecta. La Constitución es la norma suprema, por lo que debe ocupar la primera posición.

Pregunta 8.

¿Cuál es el papel de la jurisprudencia en el Derecho Administrativo?

A) Es la fuente principal que reemplaza a la ley en la toma de decisiones administrativas.
B) Es una fuente indirecta que orienta la interpretación y aplicación de las normas, sin tener fuerza normativa primaria.
C) Es irrelevante para la determinación de la legalidad de los actos administrativos.
D) Permite modificar el contenido de las leyes de manera directa.

Respuesta correcta: B

Argumentación:

  • A: Incorrecta. La jurisprudencia complementa, pero no reemplaza, la ley.
  • B: Correcta. La jurisprudencia ayuda a interpretar y aplicar el Derecho Administrativo, actuando de forma supletoria.
  • C: Incorrecta. Es fundamental para garantizar la uniformidad y seguridad jurídica.
  • D: Incorrecta. Los tribunales interpretan la ley, pero no pueden modificarla.

Pregunta 9.

¿Cuál de los siguientes NO es un requisito para la legalidad de un reglamento administrativo?

A) Que sea dictado dentro de la competencia del órgano emisor.
B) Que no contravenga la Constitución ni la ley.
C) Que sea aprobado por el Parlamento.
D) Que se motive adecuadamente y se cumpla el procedimiento formal.

Respuesta correcta: C

Argumentación:

  • A: Incorrecta. Es esencial que el reglamento se dicte dentro de la competencia del órgano.
  • B: Incorrecta. Los reglamentos deben respetar la Constitución y la ley.
  • C: Correcta. Los reglamentos son normas del Ejecutivo y no requieren aprobación parlamentaria.
  • D: Incorrecta. La motivación y el cumplimiento del procedimiento formal son requisitos fundamentales.

Pregunta 10.

¿Qué función cumple el Decreto-ley dentro del Derecho Administrativo?

A) Regular los procedimientos ordinarios de actuación administrativa.
B) Resolver conflictos entre particulares.
C) Emitir normas en situaciones de extraordinaria urgencia.
D) Sustituir las leyes en materia de costumbre.

Respuesta correcta: C

Argumentación:

  • A: Incorrecta. Los procedimientos ordinarios se regulan mediante leyes y reglamentos.
  • B: Incorrecta. Los conflictos entre particulares se rigen por el Derecho Privado.
  • C: Correcta. El Decreto-ley se utiliza en situaciones de urgente necesidad, dentro de los límites constitucionales.
  • D: Incorrecta. No tiene relación con la costumbre.

Pregunta 11.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones respecto al reglamento autónomo es correcta?

A) Puede establecer normas que contravengan la ley en materias no reguladas.
B) Se dicta únicamente para desarrollar una ley, sin permitir innovación.
C) Permite al Ejecutivo regular asuntos delegados por la ley, siempre dentro de límites preestablecidos.
D) Tiene rango superior a la ley en el ámbito autonómico.

Respuesta correcta: C

Argumentación:

  • A: Incorrecta. No puede contravenir la ley, sino desarrollarla dentro de su ámbito.
  • B: Incorrecta. Aunque frecuentemente desarrolla la ley, en ciertos casos puede innovar dentro de los límites de la delegación.
  • C: Correcta. El reglamento autónomo es el instrumento que permite al Ejecutivo regular asuntos en los que la ley le ha delegado competencias, siempre respetando los límites legales.
  • D: Incorrecta. Los reglamentos están subordinados a la ley y la Constitución.

Pregunta 12.

Dentro de la clasificación de las fuentes del Derecho Administrativo, ¿qué se entiende por fuente indirecta?

A) Normas dictadas directamente por la Constitución.
B) Reglamentos emitidos por el Ejecutivo.
C) Elementos interpretativos como la costumbre y los principios generales del derecho.
D) Tratados internacionales ratificados.

Respuesta correcta: C

Argumentación:

  • A: Incorrecta. La Constitución es una fuente directa.
  • B: Incorrecta. Los reglamentos son fuentes directas.
  • C: Correcta. Las fuentes indirectas, como la costumbre y los principios generales, se utilizan para interpretar y complementar el ordenamiento jurídico.
  • D: Incorrecta. Los tratados internacionales, una vez ratificados, son fuentes directas.

Pregunta 13.

¿Qué papel juega el principio de autonomía en el Derecho Administrativo?

A) Permite que la Administración actúe sin control judicial.
B) Establece que el Derecho Administrativo se aplica exclusivamente a relaciones entre particulares.
C) Reconoce que, aunque forma parte del Derecho Público, tiene criterios y métodos propios que lo distinguen del Derecho Privado.
D) Impide la existencia de normas escritas en la materia.

Respuesta correcta: C

Argumentación:

  • A: Incorrecta. La autonomía no exime del control judicial.
  • B: Incorrecta. Se aplica a la actuación estatal, no solo a relaciones entre particulares.
  • C: Correcta. La autonomía implica que el Derecho Administrativo posee un conjunto propio de principios, métodos e instituciones que lo diferencian del Derecho Privado.
  • D: Incorrecta. La autonomía se ejerce mediante normas escritas específicas.

Pregunta 14.

¿Cuál es el fundamento constitucional que respalda la potestad reglamentaria del Ejecutivo en España?

A) El artículo 97 de la Constitución.
B) El artículo 20 III de la Constitución.
C) La Ley Orgánica de la Administración Pública.
D) Los principios generales del derecho.

Respuesta correcta: A

Argumentación:

  • A: Correcta. El artículo 97 de la Constitución establece la potestad reglamentaria del Gobierno, que permite dictar reglamentos para el desarrollo y ejecución de la ley.
  • B: Incorrecta. El artículo 20 III se refiere a la sujeción de la Administración a la ley, pero no otorga potestad reglamentaria.
  • C: Incorrecta. La Ley Orgánica regula la organización de la Administración, pero el fundamento de la potestad reglamentaria está en la Constitución.
  • D: Incorrecta. Los principios generales orientan la interpretación, pero no constituyen el fundamento de la potestad reglamentaria.

Pregunta 15.

¿Cuál es la diferencia principal entre una ley orgánica y una ley ordinaria en el ámbito administrativo?

A) Las leyes orgánicas se refieren únicamente a materias de competencia autonómica.
B) Las leyes orgánicas requieren mayoría absoluta en el Congreso, mientras que las ordinarias se aprueban por mayoría simple.
C) Las leyes ordinarias tienen rango superior a la Constitución.
D) Las leyes ordinarias son dictadas por el Ejecutivo.

Respuesta correcta: B

Argumentación:

  • A: Incorrecta. Las leyes orgánicas regulan materias fundamentales, no solo autonómicas.
  • B: Correcta. La Constitución exige que las leyes orgánicas se aprueben por mayoría absoluta, a diferencia de las ordinarias, que requieren mayoría simple.
  • C: Incorrecta. Ninguna ley puede tener rango superior a la Constitución.
  • D: Incorrecta. Las leyes son emitidas por el poder legislativo, no por el Ejecutivo.

Pregunta 16.

En la elaboración de disposiciones de carácter general en el ámbito autonómico, ¿cuál es uno de los aspectos clave?

A) Que puedan contravenir la legislación estatal si son más específicas.
B) Que deben respetar los límites establecidos por el ordenamiento jurídico estatal y la Constitución.
C) Que se elaboran sin participación del órgano legislativo autonómico.
D) Que tienen rango de ley y pueden modificar la Constitución autonómica.

Respuesta correcta: B

Argumentación:

  • A: Incorrecta. Las disposiciones autonómicas deben ajustarse a la legislación estatal y constitucional.
  • B: Correcta. La elaboración de normas autonómicas requiere respetar los límites impuestos por el ordenamiento jurídico, garantizando la coherencia y protección de derechos fundamentales.
  • C: Incorrecta. Su elaboración se rige por procedimientos específicos en el ámbito autonómico, en los que participa el órgano legislativo correspondiente.
  • D: Incorrecta. No pueden modificar la Constitución ni tener rango superior a la ley estatal.

Pregunta 17.

¿Cuál es la importancia de la motivación en la elaboración de un reglamento administrativo?

A) Es irrelevante si la norma se ajusta al procedimiento.
B) Garantiza que el reglamento responda a una necesidad y se fundamente en la delegación legislativa.
C) Permite que el reglamento se aplique retroactivamente.
D) Se utiliza solo en actos judiciales, no en reglamentos.

Respuesta correcta: B

Argumentación:

  • A: Incorrecta. La motivación es fundamental para explicar las razones de la norma.
  • B: Correcta. La motivación justifica la necesidad y el fundamento legal en el que se basa el reglamento, asegurando su correcta aplicación.
  • C: Incorrecta. La retroactividad en materia sancionadora, por ejemplo, está prohibida y no se relaciona con la motivación.
  • D: Incorrecta. La motivación es obligatoria tanto en actos administrativos como en actos judiciales.

Pregunta 18.

En el sistema de fuentes del Derecho Administrativo, ¿cuál es el criterio que determina la aplicación de una fuente indirecta en lugar de una directa?

A) Que la fuente indirecta tenga mayor peso que la fuente directa.
B) Que no exista una norma escrita aplicable al caso concreto.
C) Que la costumbre siempre prevalece sobre la ley.
D) Que el legislador decida aplicar la jurisprudencia en primer lugar.

Respuesta correcta: B

Argumentación:

  • A: Incorrecta. Las fuentes indirectas tienen un carácter complementario, no de mayor peso.
  • B: Correcta. Las fuentes indirectas (costumbre, principios generales, jurisprudencia) se aplican cuando no hay norma directa (escrita) que regule el caso concreto.
  • C: Incorrecta. La costumbre es supletoria y no prevalece sobre la norma escrita.
  • D: Incorrecta. La elección de aplicar la jurisprudencia se da de forma supletoria, pero siempre cuando falte una norma directa.

Pregunta 19.

¿Qué papel desempeñan los Decretos Legislativos en el Derecho Administrativo?

A) Son normas dictadas directamente por el Parlamento.
B) Son instrumentos emitidos por el Ejecutivo en ejercicio de una delegación expresa del poder legislativo.
C) Funcionan como reglamentos autónomos sin necesidad de basarse en la ley.
D) Tienen el mismo rango que los Decretos-leyes en cualquier circunstancia.

Respuesta correcta: B

Argumentación:

  • A: Incorrecta. Los Decretos Legislativos son emitidos por el Ejecutivo, no por el Parlamento, en virtud de una delegación.
  • B: Correcta. Se utilizan para desarrollar o refundir normas cuando la ley delega expresamente esa función al Ejecutivo.
  • C: Incorrecta. Siempre deben basarse en la delegación legislativa y respetar los límites impuestos por la ley.
  • D: Incorrecta. Aunque ambos instrumentos son de carácter excepcional, tienen características y condiciones diferentes.

Pregunta 20.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el equilibrio entre privilegios y garantías en el Derecho Administrativo es correcta?

A) La Administración Pública tiene total discrecionalidad sin restricciones al ejercer sus potestades.
B) Los privilegios de la Administración se contrarrestan con garantías procesales que protegen los derechos de los ciudadanos.
C) Las garantías procesales son solo aplicables en el ámbito judicial y no en la actuación administrativa.
D) No existe ningún mecanismo de control en la actuación administrativa.

Respuesta correcta: B

Argumentación:

  • A: Incorrecta. Aunque la Administración tiene potestades especiales, éstas se ejercen siempre dentro de límites legales y con garantías para los administrados.
  • B: Correcta. El Derecho Administrativo busca equilibrar los privilegios del poder público con garantías procesales (como el debido proceso y el control judicial) que protegen los derechos de los ciudadanos.
  • C: Incorrecta. Las garantías procesales son esenciales tanto en la actuación administrativa como en el ámbito judicial.
  • D: Incorrecta. Existen múltiples mecanismos de control (recursos, revisión judicial, etc.) para asegurar el ejercicio legal de la función administrativa.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *