📚 Tema 35
1. Introducción y Contextualización
Buenas, futuro/a compañero/a. Si estás leyendo esto es porque vas en serio con la oposición. Y déjame decirte algo: este Tema 35 no es uno más del montón. Es, probablemente, uno de los más importantes de todo el temario de Administración General del SAS.
¿Por qué? Pues mira… porque sin entender el Derecho Financiero y el Presupuesto, difícilmente vas a poder desenvolverte en tu día a día como Técnico/a de Función Administrativa. Todo lo que hagas en el SAS —desde tramitar un expediente de gasto hasta gestionar nóminas, desde controlar una factura hasta justificar una transferencia presupuestaria— tiene detrás los principios y las normas que vamos a estudiar aquí.
1.1. Relevancia para el Técnico/a de Función Administrativa del SAS
Como TFA-Administración General en el SAS, vas a trabajar con presupuestos todos los días. No me refiero a que vayas a elaborar el Presupuesto de la Junta (eso le toca al Consejo de Gobierno), pero sí que vas a:
- Gestionar créditos presupuestarios de tu centro sanitario (hospital, distrito, área de gestión…)
- Tramitar expedientes de gasto siguiendo las fases A-D-O-P que veremos en detalle
- Controlar la ejecución presupuestaria para que no te pases de las dotaciones aprobadas
- Proponer modificaciones presupuestarias cuando haga falta (transferencias, generaciones de crédito, suplementos…)
- Justificar desviaciones ante la Intervención o ante la Dirección Gerencia
- Elaborar informes económicos sobre el estado de ejecución del gasto
Y todo esto lo harás dentro del marco jurídico que establece la Ley General Presupuestaria (LGP) a nivel estatal y el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía (TRLGHPA) a nivel autonómico.
1.2. Importancia en la Oposición
🎯 Datos del examen:
En los exámenes de 2021, 2023 y 2025 que he analizado, este bloque (Temas 35-37 + 91-94) representa aproximadamente el 15-20% de las preguntas. Y no hablo de preguntitas fáciles tipo «¿qué es un presupuesto?». No. Te van a preguntar:
- Artículos concretos del TRLGHPA (ej: Art. 32, 34, 37, 39, 40…)
- Fases del gasto y sus documentos contables
- Principios presupuestarios y sus excepciones
- Estructura del presupuesto (orgánica, funcional, económica)
- Modificaciones presupuestarias
- Control interno vs. externo
- Estabilidad presupuestaria (objetivos de déficit, deuda pública…)
Además, este tema está totalmente interrelacionado con otros del temario:
- Tema 36: Presupuesto de la Junta de Andalucía y del SAS
- Tema 37: Contabilidad Pública y Tesorería
- Temas 81-90: Contratación Pública (el expediente de gasto)
- Temas 91-94: Técnica presupuestaria, modificaciones, contabilidad analítica…
1.3. Conexión con la Práctica Diaria en el SAS
Vamos a poner un ejemplo real para que veas la importancia de este tema:
📋 Caso práctico:
Imagina que trabajas en la Subdirección Económico-Administrativa del Hospital Virgen del Rocío. En febrero de 2026, el Jefe de Servicio de Farmacia te dice:
«Necesito comprar un nuevo equipo de quimioterapia por 85.000 euros, pero en mi programa presupuestario (41C – Atención Sanitaria) solo me quedan 12.000 euros disponibles en el concepto 62300 (Maquinaria). ¿Qué hacemos?»
Para resolver esto, necesitas saber:
- ¿Qué es el saldo disponible? (Crédito Definitivo – A – D – O)
- ¿Puedo hacer una transferencia de crédito desde otro concepto? (Art. 51 TRLGHPA)
- ¿O necesito un suplemento de crédito? (Art. 45 TRLGHPA)
- ¿Quién es competente para aprobar cada tipo de modificación?
- ¿Cómo afecta esto al objetivo de estabilidad presupuestaria?
- ¿Qué documentos contables hay que tramitar?
¿Ves? No es teoría abstracta. Es tu trabajo del día a día.
1.4. Esquema General del Tema
Este tema lo vamos a desarrollar en el siguiente orden lógico:
- Derecho Financiero: Qué es, por qué es autónomo, qué regula
- Ley General Presupuestaria: Estructura, ámbito, principios
- Hacienda Pública: Derechos e ingresos, obligaciones y gastos
- El Presupuesto: Concepto, naturaleza jurídica, caracteres
- Configuración jurídica: Ciclo presupuestario (elaboración, aprobación, ejecución, control)
- Estabilidad presupuestaria: Principios, reglas fiscales, incidencia en el ciclo presupuestario
⚠️ Consejo de estudio:
Este tema es muy denso normativamente. Mi recomendación es que lo estudies en dos fases:
- Primera lectura: Conceptos generales, sin agobiarte con los artículos
- Segunda lectura: Memorizar artículos clave (32, 34, 37, 39, 40, 45, 51… del TRLGHPA) y hacer esquemas comparativos
Y sobre todo: practica con casos. Al final del tema te pongo 30 preguntas tipo test basadas en exámenes oficiales.
2. El Derecho Financiero: Concepto, Autonomía y Contenido
2.1. Concepto de Derecho Financiero
El Derecho Financiero es la rama del Derecho Público que regula la actividad financiera del Estado y demás entes públicos. Es decir, se ocupa de cómo el Estado y las Administraciones Públicas:
- Obtienen ingresos (mediante tributos, precios públicos, tasas, transferencias, endeudamiento…)
- Realizan gastos (para financiar los servicios públicos, infraestructuras, prestaciones…)
- Gestionan su patrimonio (bienes, inversiones, deuda pública…)
📖 Definición clásica (Sainz de Bujanda):
«El Derecho Financiero es el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad financiera del Estado y de los demás entes públicos en sus tres momentos: obtención de ingresos, ordenación del gasto público y gestión del patrimonio».
2.2. Autonomía del Derecho Financiero
Durante mucho tiempo se discutió si el Derecho Financiero era realmente una rama autónoma o solo un apéndice del Derecho Administrativo. Hoy en día, está claro que sí tiene autonomía, y esto se basa en:
2.2.1. Autonomía Científica
El Derecho Financiero tiene:
- Principios propios: Legalidad presupuestaria, anualidad, universalidad, unidad de caja, equilibrio presupuestario…
- Instituciones específicas: Presupuesto, crédito presupuestario, modificaciones presupuestarias, liquidación del presupuesto…
- Métodos propios: Técnica presupuestaria, contabilidad pública, control financiero…
2.2.2. Autonomía Normativa
Existe una abundante legislación específica:
- Nivel estatal: Ley General Presupuestaria (LGP), Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria (LOEPSF), Ley General Tributaria (LGT)…
- Nivel autonómico: Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía (TRLGHPA), aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo
2.2.3. Autonomía Didáctica
Se estudia como disciplina independiente en las Facultades de Derecho, Económicas y Escuelas de Función Pública.
2.3. Contenido del Derecho Financiero
El Derecho Financiero se estructura tradicionalmente en cuatro grandes bloques:
| Bloque | Contenido | Normativa Principal |
|---|---|---|
| 1. Derecho Presupuestario | Regula el presupuesto público: elaboración, aprobación, ejecución, modificaciones, liquidación y control | LGP, TRLGHPA, Leyes anuales de Presupuestos |
| 2. Derecho Tributario | Regula los tributos (impuestos, tasas, contribuciones especiales): hecho imponible, base, tipo, liquidación, recaudación | LGT, leyes de cada tributo, normativa autonómica de tributos propios y cedidos |
| 3. Derecho Patrimonial Público | Regula el patrimonio de las Administraciones Públicas y su gestión | Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, normativa autonómica |
| 4. Derecho del Crédito Público | Regula el endeudamiento público (emisión de deuda, operaciones de crédito) | LOEPSF, normativa de deuda pública |
En este Tema 35 nos vamos a centrar fundamentalmente en el Derecho Presupuestario, que es el que más te afecta como TFA.
2.4. Fuentes del Derecho Financiero
Las fuentes del Derecho Financiero, por orden jerárquico, son:
- Constitución Española de 1978
- Arts. 133-136 (Hacienda Pública)
- Art. 31 (Principio de capacidad económica, sistema tributario justo)
- Arts. 156-158 (Hacienda de las CCAA)
- Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
- Arts. 175-194 (Hacienda de la Comunidad Autónoma, presupuesto)
- Leyes Orgánicas
- LO 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF)
- Leyes Ordinarias
- Ley 47/2003, General Presupuestaria (LGP)
- Decreto Legislativo 1/2010, que aprueba el TRLGHPA
- Leyes anuales de Presupuestos (estatal y autonómica)
- Reglamentos
- Reglamento General de la Ley General Presupuestaria (RD 2188/1995)
- Decreto 40/2017, de Tesorería de la Junta de Andalucía
3. La Ley General Presupuestaria: Estructura y Principios Generales
3.1. Normativa Presupuestaria Estatal: La Ley 47/2003, General Presupuestaria
La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (LGP), es la norma básica que regula el régimen presupuestario y contable del sector público estatal. Aunque su ámbito de aplicación directo es la Administración General del Estado, establece principios y reglas básicas que se aplican también a las Comunidades Autónomas (por el art. 149.1.18ª CE, que reserva al Estado la competencia sobre «las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas»).
3.1.1. Estructura de la LGP
La Ley 47/2003 se estructura en:
- Título Preliminar: Principios generales
- Título I: Del presupuesto (contenido, estructura, elaboración, aprobación)
- Título II: De los créditos presupuestarios y sus modificaciones
- Título III: De la ejecución del presupuesto
- Título IV: Del control interno y externo
- Título V: De la contabilidad pública
- Título VI: De la Tesorería
- Título VII: De la Deuda Pública
3.2. Normativa Presupuestaria Autonómica: El TRLGHPA
En Andalucía, la norma equivalente es el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
📌 ¡IMPORTANTE!
En el examen, cuando te pregunten sobre presupuesto de la Junta de Andalucía o del SAS, debes aplicar el TRLGHPA, no la LGP. Por eso es fundamental que memorices bien los artículos del TRLGHPA.
3.2.1. Estructura del TRLGHPA
El TRLGHPA se divide en:
- Título Preliminar: Disposiciones generales (Art. 1-10)
- Título I: De los Presupuestos (Art. 11-68)
- Título II: De la Gestión Económico-Financiera (Art. 69-79)
- Título III: Del Control de la Gestión Económico-Financiera (Art. 80-91)
- Título IV: De la Tesorería (Art. 92-102)
- Título V: De las operaciones financieras (Art. 103-107)
- Título VI: Régimen patrimonial (Art. 108-121)
3.3. Principios Presupuestarios
Los principios presupuestarios son reglas básicas que rigen la elaboración, aprobación, ejecución y control del presupuesto. Tienen su origen en el constitucionalismo liberal del siglo XIX y responden a la necesidad de garantizar la transparencia, control y racionalidad en el manejo de los fondos públicos.
El artículo 5 del TRLGHPA establece que:
«La actividad económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Andalucía se someterá a los principios de coordinación, transparencia, plurianualidad, gestión integrada de tesorería, anualidad, unidad de caja, universalidad, no afectación de los ingresos y especialidad cualitativa, cuantitativa y temporal de los créditos presupuestarios.»
Vamos a analizar los principales:
3.3.1. Principio de Anualidad
Artículo 32 TRLGHPA: «El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural».
- Concepto: El presupuesto se aprueba para un ejercicio económico que coincide con el año natural (1 de enero a 31 de diciembre).
- Fundamento: Facilita el control periódico de la gestión económica.
- Excepciones:
- Prórroga presupuestaria (Art. 37 TRLGHPA): Si no se aprueba el presupuesto antes del 1 de enero, se prorroga automáticamente el del año anterior.
- Gastos plurianuales (Art. 40 TRLGHPA): Se pueden adquirir compromisos de gasto que afecten a ejercicios futuros.
- Incorporación de remanentes: Créditos no gastados que se incorporan al ejercicio siguiente.
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
En el examen de 2021 y 2023 preguntaron: «El ejercicio presupuestario coincidirá con…»
Respuesta correcta: El año natural (Art. 32 TRLGHPA)
3.3.2. Principio de Universalidad
Concepto: Todos los ingresos y todos los gastos deben figurar en el presupuesto. No puede haber ingresos ni gastos «ocultos» o fuera del presupuesto.
- Consecuencia 1: Presupuesto bruto (no se pueden compensar ingresos y gastos para mostrar solo la diferencia)
- Consecuencia 2: Todos los órganos y entidades del sector público deben estar incluidos
3.3.3. Principio de Unidad de Caja
Artículo 92 TRLGHPA: Existe una única Tesorería General de la Comunidad Autónoma que centraliza todos los fondos y valores, sin perjuicio de las cajas autorizadas.
- Objetivo: Optimizar la gestión de los recursos financieros (cobros y pagos) y garantizar la transparencia
- Aplicación al SAS: Aunque el SAS tiene su propia tesorería, esta se integra en la Tesorería General de la Junta
3.3.4. Principio de No Afectación de los Ingresos
Artículo 5 TRLGHPA: Los recursos de la Hacienda Pública no pueden afectarse a gastos determinados, salvo que una ley lo autorice expresamente.
- Significado: Los ingresos van «a una bolsa común» y de ahí se financian todos los gastos. No se puede decir «este impuesto va para esto».
- Excepciones legales:
- Tributos afectados por ley (ej: canon del agua → obras hidráulicas)
- Transferencias finalistas de la UE o del Estado
- Tasas por prestación de servicios
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
En el examen de 2023 preguntaron: «Según la Ley de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la Administración NO estará sometida al principio de…»
Respuesta correcta: Afectación de los ingresos (opción C)
Es decir, el principio es precisamente que NO haya afectación (salvo excepciones legales).
3.3.5. Principio de Especialidad de los Créditos
Los créditos presupuestarios tienen una triple especialidad:
- Cualitativa: Solo se pueden gastar en lo que dice el presupuesto (ej: crédito para «material sanitario» no se puede usar para «personal»)
- Cuantitativa: Solo se puede gastar hasta el importe aprobado (Art. 39 TRLGHPA: carácter limitativo)
- Temporal: Solo se puede gastar durante el ejercicio presupuestario (salvo excepciones)
📊 Artículo 39 TRLGHPA:
«Los créditos para gastos tendrán carácter limitativo y vinculante. No podrán adquirirse compromisos de gasto ni reconocerse obligaciones en cuantía superior al importe de los créditos autorizados en los estados de gastos, siendo nulos de pleno derecho los actos administrativos y las disposiciones generales con rango inferior a ley que infrinjan esta norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar.»
3.4. Otros Principios (Estabilidad Presupuestaria)
Desde 2001 (Ley de Estabilidad Presupuestaria) y sobre todo desde 2012 (LO 2/2012, LOEPSF), se han añadido nuevos principios:
- Estabilidad presupuestaria: Equilibrio o superávit estructural
- Sostenibilidad financiera: Capacidad para financiar compromisos presentes y futuros sin comprometer el crecimiento
- Plurianualidad: Planificación más allá del ejercicio anual
- Transparencia: Publicidad de toda la información económico-financiera
- Eficiencia y economía: Asignación y utilización óptima de recursos
4. Régimen de la Hacienda Pública: Derechos Económicos y Obligaciones Exigibles
4.1. Concepto de Hacienda Pública
La Hacienda Pública es el conjunto de medios económicos y financieros de que dispone el sector público para el desarrollo de sus fines. Comprende:
- Recursos económicos: Ingresos públicos (tributos, tasas, precios públicos, transferencias…)
- Patrimonio: Bienes y derechos de titularidad pública
- Deuda pública: Obligaciones financieras contraídas
- Organización administrativa: Órganos competentes para su gestión
4.2. Derechos Económicos (Ingresos Públicos)
Los derechos económicos son los ingresos que tiene derecho a percibir la Hacienda Pública. Se clasifican en:
4.2.1. Clasificación Económica de los Ingresos
| Capítulo | Tipo de Ingreso | Ejemplos |
|---|---|---|
| 1 | Impuestos directos | IRPF, Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre Patrimonio, Sucesiones y Donaciones… |
| 2 | Impuestos indirectos | IVA, Impuestos Especiales (hidrocarburos, alcohol, tabaco…) |
| 3 | Tasas, precios públicos y otros ingresos | Tasas sanitarias, precio de prestaciones asistenciales, multas, recargos… |
| 4 | Transferencias corrientes | Transferencias del Estado, de la UE, de otras CCAA… |
| 5 | Ingresos patrimoniales | Alquileres de inmuebles públicos, dividendos de empresas públicas… |
| 6 | Enajenación de inversiones reales | Venta de edificios, terrenos, equipos… |
| 7 | Transferencias de capital | Fondos europeos para inversiones, transferencias del Estado para infraestructuras… |
| 8 | Activos financieros | Reintegro de préstamos concedidos, venta de acciones… |
| 9 | Pasivos financieros (endeudamiento) | Emisión de deuda pública, créditos bancarios… |
4.2.2. Fases de Ejecución de los Ingresos
Los ingresos presupuestarios pasan por las siguientes fases:
- Previsión (P): Estimación de los ingresos que se van a obtener (se hace al elaborar el presupuesto)
- Derechos reconocidos (DR): Acto por el que se declara la existencia de un derecho de cobro a favor de la Hacienda Pública
- Recaudación (R): Cobro efectivo del derecho
4.3. Obligaciones Exigibles (Gastos Públicos)
Las obligaciones son los gastos que debe afrontar la Hacienda Pública. El régimen del gasto público es mucho más complejo que el del ingreso, porque exige un control previo para evitar el derroche.
4.3.1. Clasificación Económica de los Gastos
| Capítulo | Tipo de Gasto | Ejemplos en el SAS |
|---|---|---|
| 1 | Gastos de personal | Nóminas de médicos, enfermeras, TFAs, personal no sanitario… |
| 2 | Gastos corrientes en bienes y servicios | Material sanitario, farmacia, limpieza, mantenimiento, hostelería… |
| 3 | Gastos financieros | Intereses de deuda, comisiones bancarias… |
| 4 | Transferencias corrientes | Subvenciones a asociaciones de pacientes, conciertos con centros privados… |
| 5 | Fondo de contingencia | Reserva para imprevistos |
| 6 | Inversiones reales | Construcción de hospitales, compra de equipos médicos (TAC, resonancias…) |
| 7 | Transferencias de capital | Subvenciones para inversiones a entidades… |
| 8 | Activos financieros | Préstamos concedidos, compra de acciones… |
| 9 | Pasivos financieros (amortización deuda) | Devolución de créditos, amortización de bonos… |
4.3.2. Fases de Ejecución del Gasto Público (A-D-O-P)
Este es uno de los aspectos más importantes y más preguntados en el examen. Las fases del gasto son cuatro:
🔵 FASE A: AUTORIZACIÓN DEL GASTO
Artículo 69.2.a) TRLGHPA:
«Acto mediante el cual se acuerda la realización de un gasto determinado por una cuantía cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o parte de un crédito presupuestario.»
En resumen: Es cuando dices «voy a gastar esto» y reservas el crédito para que nadie más lo use.
Documento contable: A
Ejemplo SAS: El Subdirector Económico del Hospital autoriza un gasto de 50.000 euros para comprar material sanitario → Se genera el documento «A» que reserva esos 50.000 euros del crédito presupuestario del concepto correspondiente.
🔵 FASE D: DISPOSICIÓN O COMPROMISO DEL GASTO
Artículo 69.2.b) TRLGHPA:
«Acto mediante el cual se acuerda, tras el cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente autorizados por un importe determinado.»
En resumen: Es cuando, después de todos los trámites (licitación, adjudicación…), te comprometes definitivamente a gastar una cantidad concreta con un proveedor concreto.
Documento contable: D (o AD si se hace junto con la Autorización)
Ejemplo SAS: Tras adjudicar el contrato a la empresa XYZ por 48.500 euros, se genera el documento «D» → Ahora ya hay un compromiso firme con el proveedor.
🔵 FASE O: RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN
Artículo 69.2.c) TRLGHPA:
«Acto mediante el cual se declara la existencia de un crédito exigible contra la Hacienda Pública derivado de un gasto aprobado y comprometido.»
En resumen: Es cuando el proveedor ya ha cumplido (entregó el material, prestó el servicio…) y se reconoce que hay que pagarle.
Documento contable: O (o ADO si se hace todo junto)
Ejemplo SAS: La empresa XYZ entrega el material sanitario, el almacén lo recepciona correctamente, se comprueba que todo está bien → Se genera el documento «O» reconociendo la obligación de pagar los 48.500 euros.
🔵 FASE P: ORDENACIÓN DEL PAGO
Artículo 69.2.d) TRLGHPA:
«Acto mediante el cual el ordenador de pagos, en base a una obligación reconocida y liquidada, expide la correspondiente orden de pago contra la Tesorería.»
En resumen: Es cuando el órgano competente da la orden a la Tesorería para que pague.
Documento contable: P
Ejemplo SAS: El Director Gerente del Hospital (o quien tenga delegada la competencia) ordena el pago → La Tesorería procede a transferir los 48.500 euros a la cuenta de la empresa XYZ.
⚠️ PREGUNTAS DE EXAMEN:
En TODOS los exámenes (2021, 2023, 2025) han caído preguntas sobre las fases del gasto. Por ejemplo:
Pregunta 31 (2021): «La fase de autorización del gasto (A):»
Respuesta correcta (C): «Es el acto mediante el cual se acuerda la realización de un gasto determinado por una cuantía cierta o aproximada.»
Pregunta 32 (2021): «La fase de disposición o compromiso (D):»
Respuesta correcta (B): «Es el acto mediante el cual se acuerda, tras el cumplimiento de los trámites legales, la realización de gastos previamente autorizados.»
Pregunta 33 (2021): «El reconocimiento de la obligación (O):»
Respuesta correcta (A): «Es el acto mediante el cual se declara la existencia de un crédito exigible contra la Hacienda Pública.»
Pregunta 34 (2021): «La ordenación del pago (P):»
Respuesta correcta (C): «Es el acto mediante el cual el ordenador de pagos expide la orden.»
4.3.3. Cálculo del Saldo Disponible
Para saber cuánto crédito tienes disponible en un concepto presupuestario, se aplica la fórmula:
📐 Fórmula del Saldo Disponible:
Saldo Disponible = Crédito Definitivo – A – D – O
Donde:
- Crédito Definitivo (CD): Crédito Inicial ± Modificaciones (transferencias, suplementos, generaciones…)
- A: Total de autorizaciones (sin disposición posterior)
- D: Total de disposiciones (sin autorización previa, o sea, directamente AD-A)
- O: Total de obligaciones reconocidas (sin fases previas, o sea, directamente ADO-AD-A)
Ejemplo práctico:
- Crédito Definitivo en el concepto 62300 (Maquinaria): 500.000 €
- Autorizaciones (A): 150.000 €
- Disposiciones (D): 200.000 €
- Obligaciones reconocidas (O): 100.000 €
- Saldo Disponible = 500.000 – 150.000 – 200.000 – 100.000 = 50.000 €
Esto significa que aún puedes autorizar/disponer/obligar hasta 50.000 euros en ese concepto.
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
En el examen de 2021 (Caso práctico) preguntaron sobre cálculo de saldo disponible y si era posible tramitar un gasto.
5. El Presupuesto: Concepto y Caracteres
5.1. Concepto de Presupuesto
El presupuesto es el instrumento fundamental de la Hacienda Pública. Existen múltiples definiciones:
📖 Definición clásica (Gaston Jèze):
«El presupuesto es un acto de previsión de ingresos y gastos que, para un período determinado, la autoridad competente aprueba y autoriza.»
📖 Definición del TRLGHPA (Art. 31):
«El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Administración de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos, y de los derechos que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio.»
Analicemos esta definición por partes:
- «Expresión cifrada»: El presupuesto se expresa en números, en euros. No es un documento narrativo.
- «Conjunta y sistemática»: Agrupa de forma ordenada todos los ingresos y todos los gastos (principio de universalidad y unidad).
- «Como MÁXIMO pueden reconocer»: Esta es la clave. Los créditos para gastos son limitativos (Art. 39 TRLGHPA). No se puede gastar más.
- «Derechos que prevean liquidar»: Los ingresos son una previsión, no un límite. Si se recauda más, mejor.
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 73 (2023): «El presupuesto de la Junta constituye la expresión cifrada de:»
Respuesta correcta (C): «Máximo reconocer (créditos limitativos)»
Aunque la opción D también es conceptualmente cierta («Obligaciones prevén reconocer y derechos prevén liquidar»), la pregunta buscaba la característica más importante: el carácter limitativo de los gastos.
5.2. Naturaleza Jurídica del Presupuesto
¿Qué es jurídicamente un presupuesto? Esta cuestión ha sido objeto de debate doctrinal:
5.2.1. Tesis Clásica: El Presupuesto como Ley Formal
Según esta tesis (Laband, Jèze), el presupuesto es una ley formal pero no material:
- Ley formal: Porque se aprueba por el Parlamento mediante ley
- No ley material: Porque no crea, modifica ni extingue derechos u obligaciones. Solo autoriza al Gobierno a recaudar ingresos y a gastar.
5.2.2. Tesis Moderna: El Presupuesto como Ley en Sentido Material
La doctrina moderna (García de Enterría, Martín Queralt) defiende que el presupuesto sí es ley en sentido material:
- Tiene contenido normativo: establece el régimen jurídico de los gastos e ingresos públicos
- Vincula a la Administración: los créditos son limitativos
- Puede modificar otras leyes (disposiciones adicionales de la Ley de Presupuestos)
5.2.3. Conclusión
En España, la Ley de Presupuestos Generales del Estado y la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma son leyes ordinarias (aprobadas por mayoría simple) con un contenido específico. Tienen valor de ley y pueden modificar otras leyes (aunque con límites: no pueden crear tributos, que requieren ley específica).
5.3. Caracteres del Presupuesto
Del concepto y de la regulación normativa se derivan los siguientes caracteres del presupuesto:
- Obligatoriedad: El presupuesto debe aprobarse todos los años (principio de anualidad)
- Legalidad: Se aprueba mediante ley del Parlamento
- Periodicidad: Rige para un ejercicio (año natural)
- Universalidad: Incluye todos los ingresos y todos los gastos
- Unidad: Existe un solo presupuesto para cada ente (aunque con múltiples secciones y programas)
- Especialidad: Los créditos están especificados por conceptos (no se puede gastar en lo que uno quiera)
- Publicidad: El presupuesto se publica en el boletín oficial (BOJA para Andalucía)
- Equilibrio: Principio de estabilidad presupuestaria (ingresos no financieros ≥ gastos no financieros)
5.4. Estructura del Presupuesto
El presupuesto no es un simple listado de ingresos y gastos. Está estructurado de forma que permita su análisis, control y gestión.
5.4.1. Estructura del Presupuesto de Gastos
Artículo 34.2 TRLGHPA:
«El estado de gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma se estructurará de acuerdo con las clasificaciones orgánica, funcional por programas y económica.»
| Clasificación | Criterio | Estructura | Ejemplo SAS |
|---|---|---|---|
| Orgánica | ¿Quién gasta? | Sección → Servicio → Centro gestor | Sección 15: Salud y Consumo Servicio 01: Servicio Andaluz de Salud |
| Funcional | ¿Para qué se gasta? | Política → Grupo de programas → Programa | Programa 41C: Atención Sanitaria Programa 41B: Trasplante de Órganos Programa 41A: Formación Sanitaria |
| Económica | ¿En qué se gasta? | Capítulo → Artículo → Concepto → Subconcepto | Cap. 2: Gastos corrientes Art. 22: Material, suministros Concepto 220: Material de oficina Subcpto. 220.01: Ordinario no inventariable |
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 76 (2023): «Art 34.2 TRLGHPA: Estructura del estado de gastos:»
Respuesta correcta (C): «Orgánica, funcional por programas y económica.»
Pregunta 29 (2023): «¿Cuál de los siguientes programas presupuestarios del SAS es correcto?»
Respuesta correcta (C): «41 C – ATENCIÓN SANITARIA»
5.4.2. Estructura del Presupuesto de Ingresos
Artículo 34.2 TRLGHPA:
«El estado de ingresos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma se estructurará de acuerdo con las clasificaciones orgánica y económica.»
Los ingresos NO tienen clasificación funcional, porque no tiene sentido preguntarse «para qué se ingresa» (se ingresa para todo).
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 77 (2023): «Art 34.2 TRLGHPA: Estructura del estado de ingresos:»
Respuesta correcta (C): «Orgánica y económica (Ingresos no tienen funcional)»
5.4.3. Clasificación Territorial de los Gastos de Inversión
Artículo 34.2 TRLGHPA:
«Los gastos de inversión se clasificarán, además, territorialmente.»
Esto permite saber qué inversiones se van a hacer en cada provincia, comarca o municipio.
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 78 (2023): «Art 34.2 TRLGHPA: Los gastos de inversión se clasificarán:»
Respuesta correcta (D): «Territorialmente»
6. Configuración Jurídica del Presupuesto: El Ciclo Presupuestario
El presupuesto no es un acto puntual, sino un proceso que se desarrolla a lo largo de todo el ejercicio (e incluso más allá). Este proceso se denomina ciclo presupuestario y comprende cuatro fases:
- Elaboración
- Aprobación
- Ejecución
- Control
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 82 (2023): «Fases del ciclo presupuestario:»
Respuesta correcta (B): «Elaboración, aprobación, ejecución, control.»
6.1. FASE 1: Elaboración del Presupuesto
6.1.1. Criterios de Elaboración
Artículo 33 TRLGHPA:
«Los criterios de elaboración del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía serán definidos por el Consejo de Gobierno y aprobados por el Parlamento de Andalucía con ocasión del debate sobre el estado de la Comunidad Autónoma.»
Estos criterios deben ser homogéneos con los establecidos por el Estado y coherentes con la normativa de estabilidad presupuestaria.
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 72 (2023): «Criterios elaboración Presupuesto Andalucía:»
Respuesta correcta (D): «Homogéneos Estado (Estabilidad presupuestaria).»
6.1.2. Competencia para Elaborar el Presupuesto
Artículo 35 TRLGHPA:
«La elaboración del proyecto de Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma corresponde al Consejo de Gobierno.»
En la práctica, el trabajo lo lidera la Consejería competente en materia de Hacienda, que coordina la elaboración con el resto de Consejerías y organismos.
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 80 (2023): «Elaboración proyecto Presupuestos corresponde:»
Respuesta correcta (D): «Consejo de Gobierno.»
6.1.3. Plazo de Remisión al Parlamento
Artículo 35.4 TRLGHPA:
«El proyecto de Ley del Presupuesto deberá ser remitido al Parlamento dos meses antes de la expiración del año en que haya de regir.»
Es decir, el proyecto de presupuesto para 2026 debería haberse remitido al Parlamento antes del 1 de noviembre de 2025.
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 79 (2023): «Plazo remitir proyecto Ley Presupuesto:»
Respuesta correcta (C): «Dos meses antes expiración.»
6.1.4. Estructura del Presupuesto (determinada por…)
Artículo 34.1 TRLGHPA:
«La estructura del Presupuesto de gastos y de ingresos será determinada por el Consejo de Gobierno.»
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 75 (2023): «Estructura Presupuesto gastos/ingresos determinada por:»
Respuesta correcta (D): «Consejo Gobierno.»
6.2. FASE 2: Aprobación del Presupuesto
6.2.1. Competencia y Procedimiento
El presupuesto se aprueba mediante Ley del Parlamento de Andalucía, por el procedimiento legislativo ordinario (mayoría simple).
El debate presupuestario es uno de los momentos políticos más importantes del año, porque en él:
- Se analizan las políticas públicas del Gobierno
- Se votan las enmiendas de los grupos parlamentarios
- Se fijan las prioridades de gasto para el ejercicio
6.2.2. Contenido de la Ley de Presupuestos
Artículo 190 del Estatuto de Autonomía:
«La Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma incluirá la totalidad de los gastos e ingresos de la Administración de la Junta de Andalucía, así como los de las entidades de derecho público de la Comunidad. Asimismo, incluirá los beneficios fiscales que afecten a los tributos de la Comunidad Autónoma.»
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 71 (2023): «Art 190 Estatuto Autonomía Presupuesto:»
Respuesta correcta (D): «Incluirá beneficios fiscales tributos propios.»
6.2.3. Ejercicio Presupuestario
Artículo 32 TRLGHPA:
«El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural.»
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 74 (2023): «Art 32 TRLGHPA ejercicio presupuestario:»
Respuesta correcta (A): «Coincidirá con el año natural.»
6.2.4. Prórroga Presupuestaria
¿Qué pasa si no se aprueba el presupuesto antes del 1 de enero?
Artículo 37 TRLGHPA:
«Si la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el Presupuesto del ejercicio anterior hasta la aprobación del nuevo.»
Pero atención: la prórroga NO afecta a:
- Créditos para servicios o programas que deban concluir en el ejercicio anterior
- Créditos para gastos que correspondan a compromisos de ejercicios futuros del ejercicio que se prorroga
- Operaciones de capital y financieras de programas no incluidos en el anexo de inversiones del ejercicio que se prorroga
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 81 (2023): «Art 37 TRLGHPA: Prórroga NO afectará:»
Respuesta correcta (C): «Operaciones capital/financieras programas no incluidos en anexo inversiones ejercicio prórroga.»
6.3. FASE 3: Ejecución del Presupuesto
La ejecución del presupuesto es el proceso mediante el cual se materializan los gastos e ingresos previstos. Ya hemos visto las fases del gasto (A-D-O-P) en el apartado 4.3.2.
6.3.1. Carácter Limitativo de los Créditos
Artículo 39 TRLGHPA:
«Los créditos para gastos tendrán carácter limitativo y vinculante. No podrán adquirirse compromisos de gasto ni reconocerse obligaciones en cuantía superior al importe de los créditos autorizados, siendo nulos de pleno derecho los actos que infrinjan esta norma.»
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 83 (2023): «Art 39 TRLGHPA: Los créditos para gastos tienen:»
Respuesta correcta (A): «Carácter limitativo y vinculante.»
Pregunta 30 (2021): «Los créditos para gastos se destinarán:»
Respuesta correcta (D): «Exclusivamente a la finalidad específica para la que hayan sido autorizados.»
6.3.2. Compromisos de Gastos Plurianuales
Como excepción al principio de anualidad, se pueden adquirir compromisos de gasto que afecten a ejercicios futuros.
Artículo 40 TRLGHPA:
«Podrán adquirirse compromisos por gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen, siempre que su ejecución se inicie en el propio ejercicio y que, además, se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- a) Inversiones reales y gastos de funcionamiento de los servicios.
- b) Contratos de suministro, de consultoría y asistencia, de servicios y de trabajos específicos y concretos no habituales de la Administración.
- c) Arrendamientos de bienes inmuebles.
- d) Cargas financieras de las operaciones de crédito.
- e) Transferencias corrientes y de capital que se deriven de convenios suscritos.
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 84 (2023): «Art 40 TRLGHPA: Compromisos gastos futuros (plurianuales) cuando:»
Respuesta correcta (C): «Inversiones reales.»
Ejemplo SAS: La construcción de un nuevo hospital es una inversión que durará 3 años. Se puede comprometer el gasto total desde el primer ejercicio, aunque el pago se distribuya en las anualidades correspondientes.
6.4. FASE 4: Control del Presupuesto
El control de la actividad económico-financiera de la Hacienda Pública se ejerce en dos niveles:
6.4.1. Control Interno
Artículo 85 TRLGHPA:
«El control interno de la gestión económica de la Comunidad Autónoma corresponde a la Intervención General de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Tribunal de Cuentas de España y a la Cámara de Cuentas de Andalucía.»
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 85 (2023): «Art 85 TRLGHPA: Control interno:»
Respuesta correcta (B): «Intervención General Junta Andalucía.»
Pregunta 35 (2021): «El control interno de la gestión económica corresponde a:»
Respuesta correcta (B): «Intervención General.»
6.4.2. Modalidades de Control Interno
Artículo 88 TRLGHPA:
«La función interventora comprenderá las modalidades de control previo y control financiero.»
- Control previo (fiscalización): Se ejerce antes de que se ejecute el gasto, para comprobar que existe crédito, que el gasto es conforme a derecho, etc.
- Control financiero: Se ejerce a posteriori, mediante auditorías, para verificar que la gestión se ha hecho correctamente.
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 86 (2023): «Art 88 TRLGHPA: Modalidades control interno:»
Respuesta correcta (C): «Control previo y control financiero.»
6.4.3. Control Externo
El control externo lo ejercen:
- Cámara de Cuentas de Andalucía: Órgano de fiscalización externa de las cuentas de la Comunidad Autónoma (dependiente del Parlamento)
- Tribunal de Cuentas: Órgano supremo de fiscalización de las cuentas del Estado (dependiente de las Cortes Generales)
- Parlamento de Andalucía: Mediante el control político (aprobación de la Cuenta General, comisiones de investigación…)
7. Incidencia de las Leyes de Estabilidad Presupuestaria en el Proceso de Elaboración, Aprobación y Ejecución del Presupuesto
7.1. Marco Normativo de la Estabilidad Presupuestaria
Desde principios del siglo XXI, la estabilidad presupuestaria se ha convertido en un principio rector de las finanzas públicas. La normativa clave es:
- Artículo 135 de la Constitución Española (reformado en 2011)
- LO 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF)
- Normativa europea: Pacto de Estabilidad y Crecimiento, Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza (TECG)
7.2. Principios de la Estabilidad Presupuestaria
Artículo 3 LOEPSF: La elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, coherente con la normativa europea.
7.2.1. Principio de Estabilidad Presupuestaria
La situación de equilibrio o superávit estructural.
En términos sencillos: Ingresos no financieros ≥ Gastos no financieros
O sea, que los ingresos «normales» (impuestos, tasas, transferencias…) deben cubrir los gastos «normales» (personal, funcionamiento, inversiones…), sin tener que pedir prestado.
7.2.2. Principio de Sostenibilidad Financiera
Capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit y de deuda pública.
Límite de deuda: El volumen de deuda pública no puede superar el 60% del PIB (criterio de Maastricht).
7.2.3. Regla de Gasto
La variación del gasto computable de cada Administración Pública no puede superar la tasa de crecimiento de referencia del PIB.
7.3. Incidencia en el Ciclo Presupuestario
7.3.1. En la Elaboración del Presupuesto
- El Gobierno debe elaborar un marco presupuestario a medio plazo coherente con el objetivo de estabilidad
- Los criterios de elaboración deben ser homogéneos con los del Estado (Art. 33 TRLGHPA) y respetar la estabilidad
- Se deben incluir límites de gasto no financiero coherentes con la regla de gasto
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 72 (2023): «Criterios elaboración Presupuesto Andalucía:»
Respuesta correcta (D): «Homogéneos Estado (Estabilidad presupuestaria).»
7.3.2. En la Aprobación del Presupuesto
- El presupuesto debe aprobarse en equilibrio o superávit
- Si se prevé un déficit, debe justificarse (situación excepcional: catástrofe, crisis…)
- El Parlamento, al aprobar el presupuesto, no puede introducir enmiendas que alteren el equilibrio presupuestario sin compensación
7.3.3. En la Ejecución del Presupuesto
- Durante el ejercicio, se debe hacer un seguimiento trimestral del cumplimiento del objetivo de estabilidad
- Si se detecta riesgo de incumplimiento, hay que adoptar medidas preventivas (congelación de créditos, limitación de contrataciones…)
- Si al cierre del ejercicio hay déficit, se debe elaborar un Plan Económico-Financiero para corregir el desequilibrio
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN (ANULADA):
Pregunta 18 (2021 Org/Gestión) y Pregunta 61 (2021 Económico): «De acuerdo con el art. 21 de la LO 2/2012, de estabilidad presupuestaria… Plan Económico-Financiero plazo:»
Esta pregunta fue ANULADA en los exámenes oficiales, probablemente porque el artículo 21 LOEPSF no especifica un plazo concreto único (depende de cada caso).
7.4. Consecuencias Prácticas para el SAS
La estabilidad presupuestaria afecta directamente a tu trabajo como TFA en el SAS:
- Limitación de gastos: No puedes proponer gastos sin financiación, aunque haya necesidades asistenciales
- Control del déficit: Cada trimestre se revisa si el SAS cumple su objetivo de gasto
- Congelación de créditos: Si hay riesgo de incumplimiento, la Intervención puede bloquear determinados gastos
- Priorización: Hay que priorizar gastos esenciales (personal, farmacia, urgencias) frente a gastos menos urgentes
8. Aplicación en el Servicio Andaluz de Salud
8.1. El Presupuesto del SAS
El SAS, como agencia administrativa de la Junta de Andalucía, tiene su propio presupuesto, que se integra en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma.
En la estructura orgánica del presupuesto:
- Sección 15: Consejería de Salud y Consumo
- Servicio 01: Servicio Andaluz de Salud
El presupuesto del SAS representa aproximadamente el 40% del presupuesto total de la Junta de Andalucía, siendo con diferencia el mayor capítulo de gasto.
8.2. Programas Presupuestarios del SAS
Los principales programas presupuestarios del SAS son:
- 41A – FORMACIÓN SANITARIA
- 41B – TRASPLANTE DE ÓRGANOS
- 41C – ATENCIÓN SANITARIA (el más importante, donde se imputa casi todo)
- 41F – PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS
⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN:
Pregunta 29 (2023 Admón. Gral. y Org/Gestión): «¿Cuál de los siguientes programas presupuestarios del SAS es correcto?»
Respuesta correcta (C): «41 C – ATENCIÓN SANITARIA»
8.3. Estructura de Gastos del SAS
La mayor parte del gasto del SAS se concentra en:
- Capítulo 1 (Personal): ~55-60% del presupuesto
- Nóminas del personal estatutario (médicos, enfermeras, TCAEs…)
- Nóminas del personal funcionario y laboral (administrativos, TFAs…)
- Capítulo 2 (Gastos corrientes): ~35-40% del presupuesto
- Farmacia hospitalaria y de atención primaria
- Material sanitario (jeringuillas, gasas, prótesis…)
- Contratos de limpieza, lavandería, mantenimiento, seguridad…
- Hostelería (alimentación de pacientes y personal)
- Capítulo 6 (Inversiones): ~3-5% del presupuesto
- Construcción y reforma de hospitales y centros de salud
- Adquisición de equipos médicos (TAC, resonancias, aceleradores lineales…)
8.4. Gestión Presupuestaria en tu Día a Día
Como TFA-Administración General en el SAS, tus tareas relacionadas con el presupuesto serán:
- Control de la ejecución presupuestaria
- Revisar mensualmente el estado de ejecución de los créditos de tu centro
- Calcular saldos disponibles (CD – A – D – O)
- Detectar desviaciones y proponer correcciones
- Tramitación de expedientes de gasto
- Verificar que existe crédito antes de iniciar un expediente
- Tramitar los documentos contables (A, D, O, P)
- Enviar la documentación a Intervención para su fiscalización
- Propuesta de modificaciones presupuestarias
- Cuando te quedas sin crédito en un concepto pero te sobra en otro → Transferencia de crédito
- Cuando recibes una subvención o donación → Generación de crédito
- Cuando necesitas más dinero en general → Suplemento de crédito (esto ya lo decide el Consejo de Gobierno)
- Elaboración de informes
- Informe trimestral de ejecución presupuestaria para la Dirección Gerencia
- Justificación de desviaciones
- Propuestas de mejora en la gestión del gasto
9. Conclusiones y Estrategia de Estudio
9.1. Ideas Clave del Tema
✅ Las 10 ideas que NO puedes olvidar:
- El Derecho Financiero es autónomo y regula la actividad económica del Estado
- La norma clave para Andalucía es el TRLGHPA (Decreto Legislativo 1/2010)
- Principios presupuestarios: Anualidad, Universalidad, Unidad de Caja, No Afectación, Especialidad
- El presupuesto es la expresión cifrada de las obligaciones que como MÁXIMO se pueden reconocer (carácter limitativo)
- Ejercicio presupuestario = Año natural (Art. 32 TRLGHPA)
- Estructura del presupuesto de gastos: Orgánica + Funcional + Económica (Art. 34 TRLGHPA)
- Estructura del presupuesto de ingresos: Orgánica + Económica (SIN funcional)
- Fases del gasto: A-D-O-P (Art. 69 TRLGHPA)
- Control interno: Intervención General (Art. 85 TRLGHPA) → Control previo + Control financiero
- Estabilidad presupuestaria: Equilibrio o superávit estructural (LO 2/2012)
9.2. Artículos del TRLGHPA que Debes Memorizar
📝 Artículos clave (¡estudia estos a fondo!):
- Art. 5: Principios de la actividad económico-financiera
- Art. 31: Concepto de presupuesto
- Art. 32: Ejercicio presupuestario = Año natural
- Art. 33: Criterios de elaboración (homogéneos con el Estado)
- Art. 34: Estructura del presupuesto
- Art. 35: Elaboración y plazo de remisión (2 meses antes)
- Art. 37: Prórroga presupuestaria
- Art. 39: Carácter limitativo de los créditos
- Art. 40: Compromisos de gastos plurianuales
- Art. 69: Fases del gasto (A-D-O-P)
- Art. 85: Control interno = Intervención General
- Art. 88: Modalidades de control (previo + financiero)
9.3. Estrategia de Memorización
💡 Técnicas que te recomiendo:
1. Mnemotecnia para las fases del gasto:
A-D-O-P → «A Donde Obliguen Paguen»
2. Esquema visual de la estructura del presupuesto:
GASTOS: Orgánica + Funcional + Económica
INGRESOS: Orgánica + Económica (sin funcional)
INVERSIONES: + Territorial
3. Tarjetas Anki para artículos:
- Anverso: «Art. 32 TRLGHPA»
- Reverso: «El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural»
4. Casos prácticos:
Invéntate situaciones del SAS y resuélvelas mentalmente:
- «Tengo 50.000€ de CD, 10.000€ en A, 15.000€ en D, 8.000€ en O → ¿Cuánto me queda disponible?»
- «Me piden comprar un equipo de 85.000€ pero solo tengo 12.000€ disponibles → ¿Qué modificación presupuestaria necesito?»
9.4. Relación con Otros Temas
Este Tema 35 es la base teórica para entender:
- Tema 36: Presupuesto de la Junta de Andalucía y del SAS (aplicación concreta)
- Tema 37: Contabilidad Pública y Tesorería (sistemas de información, pagos…)
- Temas 81-90: Contratación Pública (el expediente de gasto en contratos)
- Temas 91-94: Técnica presupuestaria, modificaciones, contabilidad analítica, facturación a terceros
9.5. Últimos Consejos
⚠️ No te agobies.
Sé que este tema es denso. Pero mira: si entiendes bien la lógica del presupuesto (qué es, para qué sirve, cómo se estructura, cómo se ejecuta…), la memorización de artículos viene sola.
Y recuerda: este tema cae SEGURO en el examen. Pueden ser 5-8 preguntas directas, más otras tantas en temas relacionados. Así que la inversión de tiempo merece la pena.
Por último, practica con las preguntas que te pongo a continuación. Son todas de exámenes oficiales, así que son el mejor indicador de lo que te van a preguntar.
10. Cuestionario de Autoevaluación (30 preguntas)
11. Mapa Conceptual del Tema
┌───────────────────────────────────┐
│ DERECHO FINANCIERO │
│ Y PRESUPUESTARIO │
└─────────────┬─────────────────────┘
│
┌───────────────────────────┼───────────────────────────┐
│ │ │
┌───────▼──────┐ ┌────────▼────────┐ ┌───────▼──────┐
│ NORMATIVA │ │ PRESUPUESTO │ │ HACIENDA │
│ │ │ │ │ PÚBLICA │
└───────┬──────┘ └────────┬────────┘ └───────┬──────┘
│ │ │
┌─────────────┼─────────────┐ │ ┌────────────┼────────────┐
│ │ │ │ │ │ │
┌────▼────┐ ┌────▼────┐ ┌────▼────┐ │ ┌────▼────┐ ┌────▼────┐ ┌────▼────┐
│ CE │ │ LOEPSF │ │TRLGHPA │ │ │ Ingresos│ │ Gastos │ │Patrimonio│
│Art.135 │ │LO 2/2012│ │DL 1/2010│ │ │(Cap.1-9)│ │(Cap.1-9)│ │ │
└─────────┘ └─────────┘ └─────────┘ │ └─────────┘ └─────────┘ └─────────┘
│
│
┌────────────────────────┼────────────────────────┐
│ │ │
┌───────▼──────┐ ┌──────▼──────┐ ┌───────▼──────┐
│ CONCEPTO │ │ ESTRUCTURA │ │CICLO PRESUPTO│
│ │ │ │ │ │
└───────┬──────┘ └──────┬──────┘ └───────┬──────┘
│ │ │
┌────────────┼────────────┐ │ ┌───────────┼───────────┐
│ │ │ │ │ │ │
┌────▼────┐ ┌───▼────┐ ┌───▼────┐ │ ┌────▼────┐ ┌───▼────┐ ┌───▼────┐
│Expresión│ │Carácter│ │ Objeto │ │ │Elaborac.│ │Aprobac.│ │Ejecuc. │
│ Cifrada │ │Limitati│ │ Anual │ │ │Art. 35 │ │ Parla. │ │A-D-O-P │
│ Art. 31 │ │vo Art.39│ │Art. 32 │ │ │Cons.Gob.│ │ Ley │ │Art. 69 │
└─────────┘ └────────┘ └────────┘ │ └─────────┘ └────────┘ └────┬───┘
│ │
┌─────────────────────┘ │
│ │
┌───────▼──────┐ ┌────────▼────────┐
│ GASTOS: │ │ CONTROL │
│ │ │ │
│ Orgánica │ └────────┬────────┘
│ Funcional │ │
│ Económica │ ┌───────────────┼───────────────┐
│ Art. 34.2 │ │ │ │
└──────────────┘ ┌────▼────┐ ┌────▼────┐ ┌────▼────┐
│ Interno │ │ Externo │ │Político │
┌──────────────┐ │Interven.│ │ Cámara │ │Parlamen.│
│ INGRESOS: │ │ General │ │ Cuentas │ │ │
│ │ │Art. 85 │ │Tribunal │ │ │
│ Orgánica │
12. Estrategia de Estudio
📚 Plan de Estudio 7 Días:
- Día 1-2: Lectura completa + subrayado conceptos clave
- Día 3-4: Memorización artículos TRLGHPA (32, 34, 35, 37, 39, 40, 69, 85, 88)
- Día 5: Esquemas fases gasto (A-D-O-P) + ejemplos SAS
- Día 6: Test oficial 30 preguntas + corrección errores
- Día 7: Repaso general + casos prácticos
💡 Trucos Memorización:
Fases gasto: «A Donde Obliguen Paguen» (A-D-O-P)
Estructura: Gastos = Org+Func+Econ | Ingresos = Org+Econ | Inversiones = +Territorial
Control: Interno (Intervención) vs Externo (Cámara Cuentas)
13. Referencias Normativas Esenciales
| Norma | Contenido |
|---|---|
| CE 1978 | Arts. 133-136 (Hacienda Pública), Art. 135 (Estabilidad) |
| Estatuto Autonomía | Arts. 175-194 (Hacienda CA), Art. 190 (Presupuesto) |
| LO 2/2012 LOEPSF | Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera |
| Ley 47/2003 LGP | Ley General Presupuestaria (Estado) |
| DL 1/2010 TRLGHPA | Texto Refundido Ley General Hacienda Pública Andalucía ⭐ |
