TFA ADM GRAL. Tema 17. La Administración Pública. El concepto de Administración Pública y su papel en el ordenamiento político del Estado. Administración Pública y Derecho: El sometimiento de la Administración al Derecho. Los principios de legalidad y jerarquía normativa. Gobierno y Administración. La discrecionalidad de la Administración: Concepto, fundamento y límites.

Servicio Andaluz de Salud JUNTA DE ANDALUCÍA OPE 2025 - TFA ADM GRAL
Tema 17: La Administración Pública | Oposición TFA-AG SAS

📋 TEMA 17: LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Temario Oficial: La Administración Pública. El concepto de Administración Pública y su papel en el ordenamiento político del Estado. Administración Pública y Derecho: El sometimiento de la Administración al Derecho. Los principios de legalidad y jerarquía normativa. Gobierno y Administración. La discrecionalidad de la Administración: Concepto, fundamento y límites.

🎯 1. INTRODUCCIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN

Buenas, compañero opositor. Soy Esteban Castro, y llevo más de 15 años preparando opositores para el cuerpo de Técnico/a de Función Administrativa, opción Administración General del Servicio Andaluz de Salud. Este Tema 17 es, sin duda alguna, uno de los pilares fundamentales de todo el temario jurídico-administrativo. ¿Por qué? Porque aquí empezamos a entender qué es y cómo funciona esa maquinaria gigantesca que llamamos Administración Pública.

Mira, cuando trabajas en el SAS —ya sea en un hospital, en un distrito de atención primaria o en servicios centrales— estás dentro de una Administración Pública. Y esa Administración no puede hacer lo que le dé la gana: está sometida al Derecho. Tiene que respetar las leyes, los reglamentos, los principios constitucionales… Todo eso lo vamos a ver aquí, y no de forma abstracta, sino aplicado a tu día a día.

📌 Marco Normativo Esencial

  • Constitución Española de 1978 (art. 9.3, 103, 106, 117)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC)
  • Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007)
  • Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía

🔍 Relevancia para el TFA-Administración General del SAS

Como futuro Técnico de Función Administrativa en el SAS, necesitas dominar este tema porque:

  • Tu trabajo diario implica aplicar el Derecho Administrativo: tramitar expedientes de contratación, gestionar procedimientos de personal, resolver recursos, fiscalizar gastos…
  • Tienes que conocer los límites de la actuación administrativa: qué puede hacer tu jefe, qué no puede hacer, cuándo una decisión es discrecional y cuándo es reglada.
  • Debes garantizar el sometimiento a la legalidad: tu función no es solo ejecutar, sino también velar por que todo se haga conforme a Derecho.
  • Es un tema recurrente en los exámenes: artículo 9.3 CE, artículo 3 Ley 40/2015, potestades discrecionales, diferencia entre Gobierno y Administración… Casi siempre cae una pregunta de esto.

⚠️ Importancia en la Oposición

¡Atención opositor! Este tema es un clásico de examen. En las convocatorias recientes del SAS (2023, 2024, 2025) ha aparecido en forma de:

  • Preguntas literales sobre el artículo 9.3 CE (principio de legalidad, jerarquía normativa, interdicción de la arbitrariedad).
  • Preguntas sobre el artículo 3.1 Ley 40/2015 (principios de actuación de las Administraciones Públicas).
  • Casos prácticos sobre actos discrecionales y su motivación.
  • Diferencias entre Gobierno y Administración.

Según mi experiencia, un 15-20% de las preguntas del bloque jurídico-administrativo están relacionadas directa o indirectamente con este tema.

🏥 Conexión con la Práctica Diaria en el SAS

Permíteme que te ponga un ejemplo concreto para que veas la aplicación práctica de todo esto:

Caso Real: Eres TFA en la Dirección-Gerencia de un hospital del SAS. El Director Económico te pide que tramites urgentemente un expediente de contratación menor de suministro de material fungible por 12.000 euros para el servicio de urgencias.

¿Qué principios aplicas?

  • Principio de legalidad: Verificas que el contrato menor cumple los requisitos del art. 118 LCSP (importe inferior a 15.000 euros).
  • Principio de jerarquía normativa: Compruebas que no hay normativa interna del SAS que contradiga la LCSP.
  • Sometimiento al Derecho: Te aseguras de que existe crédito presupuestario suficiente.
  • Discrecionalidad vs. Reglado: La elección del proveedor (entre tres presupuestos) es discrecional, pero debe estar justificada; el procedimiento es reglado.

Si no conoces bien este tema, podrías cometer errores graves que derivarían en nulidad del contrato o incluso responsabilidad patrimonial.

📚 2. CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

2.1. Definición y Naturaleza Jurídica

La Administración Pública es el conjunto de órganos, personas y medios que, bajo la dirección del Gobierno o de los órganos de gobierno de las entidades territoriales, desarrollan la función administrativa para satisfacer los intereses generales.

Concepto clave: La Administración Pública NO es una persona jurídica en sí misma (salvo excepciones como organismos autónomos). Es una organización instrumental al servicio de los poderes públicos y, en última instancia, de los ciudadanos.

Características esenciales:

  1. Organización de medios personales y materiales: Funcionarios, estatutarios, laborales, edificios, sistemas informáticos (GERHONTE, GIRO, SUR, DIRAYA en el SAS).
  2. Finalidad: interés general: Art. 103.1 CE: «La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales».
  3. Sometimiento pleno a la Ley y al Derecho: Art. 103.1 CE.
  4. Control judicial: Art. 106.1 CE: «Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa».

2.2. El Papel de la Administración en el Ordenamiento Político del Estado

En un Estado de Derecho, la Administración Pública cumple varias funciones esenciales:

Función Descripción Ejemplo en el SAS
Función Ejecutiva Ejecutar las leyes y políticas públicas decididas por el poder político Aplicar la Ley de Salud de Andalucía en la gestión hospitalaria
Función de Gestión Gestionar servicios públicos y recursos Gestión de nóminas (GERHONTE), contratación de suministros, mantenimiento hospitalario
Función de Limitación Imponer limitaciones y obligaciones (policía administrativa) Inspección sanitaria, régimen disciplinario del personal
Función de Fomento Incentivar conductas de los particulares Subvenciones a entidades para programas de salud pública
Función de Arbitraje Resolver conflictos entre administrados Resolución de reclamaciones de responsabilidad patrimonial en asistencia sanitaria

Diferencia clave: La Administración ejecuta, no legisla ni juzga. Por eso está sometida al control parlamentario (a través del Gobierno) y al control judicial.

⚖️ 3. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DERECHO: EL SOMETIMIENTO AL DERECHO

3.1. El Artículo 9.3 de la Constitución Española

Art. 9.3 CE: «La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.»

Este artículo es fundamental. Memorízalo palabra por palabra porque es pregunta directa de examen. Vamos a desglosarlo:

📌 Principios del artículo 9.3 CE:

  1. Principio de Legalidad: Toda actuación administrativa debe tener cobertura legal. La Administración no puede hacer nada que no esté previsto en una norma.
  2. Jerarquía Normativa: Las normas se ordenan jerárquicamente: Constitución > Tratados Internacionales > Leyes (orgánicas y ordinarias) > Decretos-leyes y Decretos legislativos > Reglamentos (Decretos, Órdenes, Resoluciones).
  3. Publicidad de las Normas: Ninguna norma es eficaz hasta que se publica en el BOE o en el BOJA (según su ámbito).
  4. Irretroactividad de las Disposiciones Sancionadoras no Favorables: Una norma sancionadora solo se aplica a hechos posteriores a su entrada en vigor, salvo que sea más favorable al infractor.
  5. Seguridad Jurídica: Los ciudadanos deben poder conocer con certeza cuáles son sus derechos y obligaciones.
  6. Responsabilidad: Los poderes públicos responden de sus actos (responsabilidad patrimonial, responsabilidad penal de autoridades).
  7. Interdicción de la Arbitrariedad: Las decisiones administrativas deben estar motivadas y responder a criterios objetivos, no caprichosos.

Ejemplo SAS – Irretroactividad: El SAS aprueba en marzo de 2025 una Resolución que endurece el régimen disciplinario del personal estatutario, tipificando como falta muy grave conductas que antes eran faltas graves. Esta nueva tipificación NO puede aplicarse a hechos ocurridos antes de marzo de 2025, porque sería retroactiva «in peius» (en perjuicio).

3.2. El Artículo 103 de la Constitución Española

Art. 103.1 CE: «La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.»

Este artículo establece dos grandes bloques de obligaciones:

A) Objetividad y Servicio al Interés General

La Administración no tiene intereses propios. Debe servir al interés general, no a intereses particulares, corporativos o políticos. Por eso, por ejemplo, en los procedimientos de contratación del SAS se exigen garantías de imparcialidad: la Mesa de Contratación, los criterios objetivos de adjudicación, la publicidad…

B) Principios de Actuación (art. 103.1 CE)

  • Eficacia: Conseguir los objetivos con los medios disponibles (por eso existen indicadores de gestión, contratos programa, etc.).
  • Jerarquía: Estructura piramidal de órganos (Director Gerente > Subdirector > Jefe de Servicio > Jefe de Sección…).
  • Descentralización: Traslado de competencias a entes territoriales (Estado → CCAA → Ayuntamientos).
  • Desconcentración: Traslado de competencias dentro de la misma Administración (de órganos centrales a órganos periféricos).
  • Coordinación: Evitar duplicidades y contradicciones entre órganos y Administraciones.

3.3. Ley 40/2015: Principios de Actuación de las AAPP

Art. 3.1 Ley 40/2015 (LRJSP): «Las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho.»

La Ley 40/2015 desarrolla estos principios y añade otros en el artículo 3:

  • Servicio efectivo a los ciudadanos
  • Simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos
  • Participación, objetividad y transparencia de la actuación administrativa
  • Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos
  • Buena fe, confianza legítima
  • Responsabilidad por la gestión pública
  • Planificación y dirección por objetivos y control de la gestión y evaluación de los resultados
  • Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos
  • Cooperación, colaboración y coordinación

⚠️ PREGUNTA DE EXAMEN CLÁSICA: En los exámenes del SAS suelen preguntar cuáles son los principios del art. 3.1 Ley 40/2015. Las opciones incorrectas suelen añadir principios que NO están en ese artículo (por ejemplo, «rigor», «celeridad económica», «flexibilidad»). ¡Cuidado! Memoriza la lista exacta.

📊 4. LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y JERARQUÍA NORMATIVA

4.1. Principio de Legalidad

El principio de legalidad significa que la Administración solo puede actuar cuando una norma le habilita para ello (vinculación positiva), mientras que los ciudadanos pueden hacer todo lo que no esté prohibido (vinculación negativa).

Manifestaciones del Principio de Legalidad:

  1. Preferencia de Ley: En caso de conflicto entre ley y reglamento, prevalece la ley.
  2. Reserva de Ley: Hay materias que solo pueden regularse por ley (derechos fundamentales, tributos, régimen sancionador).
  3. Inderogabilidad singular de los reglamentos: Un reglamento no puede ser modificado por un acto administrativo concreto (art. 37 Ley 39/2015).

Caso SAS – Principio de Legalidad: El Director Gerente de un hospital no puede, por sí solo, crear un nuevo complemento retributivo para el personal estatutario. ¿Por qué? Porque las retribuciones están reguladas por el Estatuto Marco (Ley 55/2003) y por los Acuerdos de Mesa Sectorial. Solo una norma con rango de ley o un acuerdo colectivo puede crear nuevos conceptos retributivos. Si lo hiciera por una simple Resolución, estaría vulnerando el principio de legalidad y la Resolución sería nula de pleno derecho (art. 47.1.c) Ley 39/2015).

4.2. Jerarquía Normativa

El principio de jerarquía normativa (art. 9.3 CE) establece que las normas se ordenan en una estructura piramidal. Una norma de rango inferior no puede contradecir a una de rango superior.

📌 Pirámide de Jerarquía Normativa en España:

  1. Constitución Española (1978) – Norma suprema
  2. Tratados Internacionales (art. 96 CE)
  3. Derecho Comunitario Europeo (Reglamentos y Directivas UE)
  4. Leyes Orgánicas (materias del art. 81 CE: derechos fundamentales, Estatutos de Autonomía, régimen electoral)
  5. Leyes Ordinarias (estatales y autonómicas en su ámbito competencial)
  6. Decretos-Leyes (art. 86 CE) y Decretos Legislativos (art. 82-85 CE)
  7. Reglamentos:
    • Decretos (del Consejo de Gobierno)
    • Órdenes (de los Consejeros)
    • Resoluciones (de Directores Generales, Gerentes…)
    • Instrucciones, Circulares

Consecuencia: Si un Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía contradice una Ley estatal básica (por ejemplo, la Ley 40/2015), ese Decreto es ilegal y puede ser anulado por los tribunales.

⚖️ Caso de Conflicto Normativo:

Situación: Una Orden de la Consejería de Salud y Consumo regula el procedimiento de selección de personal temporal del SAS, estableciendo un plazo de presentación de solicitudes de 10 días hábiles. Pero la Ley 55/2003 (Estatuto Marco) dice que ese plazo debe ser de 15 días hábiles como mínimo.

¿Qué norma prevalece? La Ley 55/2003, por jerarquía normativa. La Orden sería ilegal y sus efectos podrían ser impugnados ante los tribunales contencioso-administrativos.

🏛️ 5. GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN

5.1. Distinción Conceptual

Una de las grandes confusiones que tienen muchos opositores es la diferencia entre Gobierno y Administración. Vamos a aclararlo de una vez por todas:

Concepto Gobierno Administración
Definición Órgano de dirección política Organización que ejecuta las políticas
Función Función política y de dirección (art. 97 CE) Función administrativa y ejecutiva (art. 103 CE)
Composición Presidente, Vicepresidentes, Ministros/Consejeros Funcionarios, estatutarios, laborales, órganos administrativos
Responsabilidad Responsabilidad política ante el Parlamento Responsabilidad jurídica (ante tribunales)
Legitimación Legitimación democrática (elecciones) Legitimación legal (sometimiento a la ley)
En el SAS Consejero de Salud y Consumo Dirección General del SAS, hospitales, distritos, personal administrativo

5.2. Relaciones entre Gobierno y Administración

El Gobierno dirige la Administración (art. 97 CE: «El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado»). La Administración ejecuta las directrices del Gobierno.

Mecanismos de Dirección:

  • Potestad reglamentaria: El Gobierno aprueba reglamentos que vinculan a la Administración.
  • Instrucciones y directrices: Los órganos de gobierno pueden dictar instrucciones a los órganos administrativos.
  • Nombramientos: El Gobierno nombra a los altos cargos de la Administración (Directores Generales, Gerentes del SAS…).

Importante: Aunque el Gobierno dirige la Administración, ambos están sometidos a la ley y al control judicial. El Gobierno no puede ordenar a la Administración que infrinja la ley.

🎲 6. LA DISCRECIONALIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN

6.1. Concepto de Discrecionalidad Administrativa

La discrecionalidad es la potestad que la ley otorga a la Administración para elegir entre varias opciones igualmente válidas en Derecho. Es decir, la ley no predetermina completamente la solución, sino que deja un margen de apreciación a la Administración.

Definición Doctrinal (García de Enterría): «La discrecionalidad es la libertad de elección entre alternativas igualmente justas, o, si se prefiere, entre indiferentes jurídicos, porque la decisión se fundamenta en criterios extrajurídicos (de oportunidad, económicos, técnicos, etc.), no incluibles en la ley y remitidos al juicio subjetivo de la Administración.»

6.2. Potestades Regladas vs. Potestades Discrecionales

Característica Potestad Reglada Potestad Discrecional
Definición La ley predetermina completamente la actuación administrativa La ley deja un margen de elección a la Administración
Margen de decisión Nulo o muy reducido Amplio (dentro de los límites legales)
Control judicial Pleno: el juez puede sustituir la decisión administrativa Limitado: el juez solo controla los límites de la discrecionalidad
Ejemplo SAS Concesión de una licencia de maternidad (si cumple requisitos legales, es obligatorio concederla) Concesión de una ayuda de acción social (se valoran criterios de necesidad, urgencia, disponibilidad presupuestaria…)

6.3. Fundamento de la Discrecionalidad

¿Por qué existe la discrecionalidad? Porque es imposible que la ley regule de antemano todos los supuestos posibles. La realidad es demasiado compleja y cambiante. Por eso, en determinados ámbitos (planificación sanitaria, política de personal, gestión económica), la ley confiere a la Administración un margen de apreciación para adaptar sus decisiones a las circunstancias concretas.

Ejemplos de discrecionalidad en el SAS:

  • Decidir si se abre o no una nueva consulta de especialidad en un centro de salud (discrecionalidad organizativa).
  • Valorar la idoneidad de los candidatos en un proceso de provisión de puestos directivos (discrecionalidad técnica).
  • Determinar la cuantía de una indemnización por responsabilidad patrimonial dentro de los márgenes legales (discrecionalidad valorativa).

6.4. Límites de la Discrecionalidad

La discrecionalidad NO es arbitrariedad. Aunque la Administración tenga margen de decisión, está sometida a una serie de límites jurídicos:

📌 Límites Externos (Ordenamiento Jurídico):

  1. Constitución: Ninguna decisión discrecional puede vulnerar derechos fundamentales ni principios constitucionales.
  2. Leyes y Reglamentos: La discrecionalidad se ejerce dentro de lo que permite la norma habilitante.
  3. Principios generales del Derecho: Buena fe, proporcionalidad, igualdad, interdicción de la arbitrariedad (art. 9.3 CE).

📌 Límites Internos (Criterios de Actuación):

  1. Fin de la norma habilitante: La discrecionalidad debe ejercerse para conseguir el fin que la ley persigue (principio de desviación de poder).
  2. Motivación: Los actos discrecionales deben estar motivados (art. 35.1.f) Ley 39/2015). La Administración debe explicar por qué ha elegido una opción y no otra.
  3. Criterios técnicos: Cuando la discrecionalidad es técnica (por ejemplo, valoración de méritos en una oposición), debe basarse en criterios profesionales objetivos.
  4. Precedente administrativo: La Administración no puede apartarse sin justificación de sus propios criterios anteriores (principio de igualdad).

Art. 35.1 Ley 39/2015: Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho:
[…] f) Los que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales, así como los que deban serlo en virtud de disposición legal o reglamentaria expresa.

⚖️ Control Judicial de la Discrecionalidad:

Los tribunales contencioso-administrativos controlan la discrecionalidad administrativa en los siguientes aspectos:

  • Control de los elementos reglados: Competencia, procedimiento, forma.
  • Control de los hechos determinantes: Si los hechos están correctamente apreciados.
  • Control de la desviación de poder: Si la decisión se ha tomado para un fin distinto del previsto en la norma.
  • Control de la proporcionalidad: Si la medida es adecuada, necesaria y proporcionada al fin perseguido.
  • Control de los principios generales: Interdicción de la arbitrariedad, igualdad, buena fe…

Caso Real SAS – Discrecionalidad en la Provisión de Puestos:

El Director Gerente de un Área de Gestión Sanitaria convoca un concurso de méritos para cubrir un puesto de Jefe de Sección de Gestión Económica. Presentan solicitud tres candidatos. El baremo de méritos pondera:

  • Experiencia (60%)
  • Formación (30%)
  • Otros méritos (10%)

La Comisión de Valoración, en el ejercicio de su discrecionalidad técnica, otorga la máxima puntuación en «experiencia» a un candidato que ha trabajado 15 años en gestión económica, frente a otro que solo ha trabajado 3 años. Esta decisión es discrecional, pero está motivada (en el informe de la Comisión) y es proporcionada (más experiencia = mayor puntuación).

¿Podría el candidato excluido recurrir? Sí, pero tendría que demostrar que la Comisión ha incurrido en arbitrariedad, desviación de poder o error manifiesto en la apreciación de los hechos. Si la valoración es razonable y está motivada, el tribunal no la sustituirá por la suya propia.

6.5. Conceptos Jurídicos Indeterminados

A veces se confunde la discrecionalidad con los conceptos jurídicos indeterminados. Son cosas distintas:

Aspecto Conceptos Jurídicos Indeterminados Discrecionalidad
Definición Términos vagos o imprecisos que usa la ley (buena fe, interés público, urgencia…) Margen de elección entre varias opciones
Interpretación Solo hay una solución justa (aunque sea difícil determinarla) Hay varias soluciones igualmente justas
Control judicial Pleno: el juez puede sustituir la interpretación administrativa si es incorrecta Limitado: el juez no puede sustituir la decisión discrecional
Ejemplo «Causa justificada para conceder una licencia sin sueldo» (art. 49 Estatuto Marco) «Orden de prioridad en la asignación de plazas» (entre varios solicitantes con méritos equivalentes)

🏥 7. CASOS PRÁCTICOS EN EL SAS

Caso Práctico 1: Tramitación de un Expediente de Contratación

Supuesto: Eres TFA en el Servicio de Contratación del SAS. Te encargan tramitar un contrato de suministro de mascarillas quirúrgicas por importe de 80.000 euros (IVA excluido). El procedimiento es un procedimiento abierto simplificado (art. 159 LCSP).

Aplicación de los principios:

  • Principio de legalidad: Verificas que el procedimiento abierto simplificado es aplicable (importe inferior al umbral de armonización).
  • Jerarquía normativa: Aplicas la LCSP (ley estatal básica) y, supletoriamente, el Decreto de Contratación de la Junta de Andalucía.
  • Publicidad: Publicas la licitación en el Perfil de Contratante del SAS.
  • Discrecionalidad vs. Reglado: El plazo de presentación de ofertas es reglado (mínimo 15 días desde la publicación). Los criterios de adjudicación son discrecionales dentro de los márgenes legales (precio + calidad).

Resultado: El expediente se tramita conforme a Derecho, respetando todos los principios del art. 9.3 CE y del art. 3 Ley 40/2015.

Caso Práctico 2: Resolución de un Recurso Administrativo

Supuesto: Un facultativo del SAS interpone recurso de alzada contra una Resolución de la Dirección Gerencia de su hospital que le deniega una licencia por asuntos propios. Alega que la denegación es arbitraria porque otros compañeros sí la han obtenido en circunstancias similares.

Aplicación de los principios:

  • Discrecionalidad: La concesión de licencias por asuntos propios es, en principio, discrecional (art. 49 Estatuto Marco: «podrán concederse»). Pero esa discrecionalidad tiene límites.
  • Interdicción de la arbitrariedad (art. 9.3 CE): La Administración no puede denegar una licencia sin motivo, o por motivos caprichosos.
  • Principio de igualdad (art. 14 CE): Si otros trabajadores en situación análoga han obtenido la licencia, debe justificarse por qué se le deniega a este.
  • Motivación (art. 35 Ley 39/2015): La denegación debe estar motivada: «Se deniega por necesidades del servicio en el periodo solicitado».

Resultado: Si la Dirección Gerencia no ha motivado adecuadamente la denegación, el recurso de alzada podría estimarse y anularse la Resolución denegatoria.

Caso Práctico 3: Aplicación de la Jerarquía Normativa

Supuesto: Una Orden de la Consejería de Salud y Consumo regula el sistema de provisión de plazas de personal estatutario, estableciendo que los traslados voluntarios tienen preferencia sobre la promoción interna. Sin embargo, el Estatuto Marco (Ley 55/2003) dice que la promoción interna tiene preferencia sobre los traslados.

Aplicación del principio de jerarquía normativa:

  • La Ley 55/2003 (Estatuto Marco) es una ley estatal básica.
  • La Orden de la Consejería es un reglamento autonómico.
  • Según el art. 9.3 CE, la jerarquía normativa impide que un reglamento contradiga una ley.

Resultado: La Orden es ilegal en ese punto. Si se aplica, los afectados pueden impugnarla ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (jurisdicción contencioso-administrativa).

📝 8. CUESTIONARIO DE PREGUNTAS TIPO TEST

Nota: Estas preguntas están basadas en exámenes oficiales del SAS de convocatorias recientes (2023-2025). Practícalas en condiciones reales de examen.

Pregunta 1

Según el artículo 9.3 de la Constitución Española: «garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas…»

A) …la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
B) …la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales y la interdicción de la arbitrariedad de los jueces.
C) …la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras favorables o restrictivas de derechos individuales y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
D) …la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras y la interdicción de la discrecionalidad.
✅ Respuesta correcta: A
Explicación: La opción A reproduce literalmente el art. 9.3 CE. La opción B es incorrecta porque dice «jueces» en lugar de «poderes públicos». La C es incorrecta porque dice «favorables» en lugar de «no favorables». La D introduce «discrecionalidad» que no está en el artículo.
Pregunta 2

Según el artículo 3.1 de la Ley 40/2015, las Administraciones Públicas actúan de acuerdo con los principios de:

A) Eficacia, jerarquía, responsabilidad, descentralización y coordinación.
B) Eficacia, jerarquía, descentralización, participación y coordinación.
C) Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
D) Eficacia, jerarquía, responsabilidad y eficiencia.
✅ Respuesta correcta: C
Explicación: El art. 3.1 Ley 40/2015 reproduce exactamente los principios del art. 103.1 CE: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. La opción A añade «responsabilidad» que no está en el listado básico. La B cambia «desconcentración» por «participación». La D omite «descentralización» y «coordinación».
Pregunta 3

Según el artículo 10.2 de la Ley 40/2015, contra el acuerdo de avocación:

A) Solo es posible la interposición del recurso de alzada.
B) Solo es posible la interposición de recurso de reposición.
C) Solo cabe recurso extraordinario de revisión.
D) No cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el que se interponga contra la resolución del procedimiento.
✅ Respuesta correcta: D
Explicación: El art. 10.2 Ley 40/2015 establece expresamente que «contra el acuerdo de avocación no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en vía administrativa o contencioso-administrativa en el que, en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento». Es decir, la avocación es un acto de trámite no recurrible por sí solo, pero puede impugnarse junto con el acto final.
Pregunta 4

Según el artículo 35.1 de la Ley 39/2015, deberán ser motivados:

A) Los actos que limiten derechos subjetivos, pero no los que denieguen solicitudes.
B) Las propuestas de resolución en los procedimientos de carácter sancionador, pero no los actos que las resuelvan.
C) Los actos que se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos.
D) Los actos que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales, pero solo cuando sean favorables al interesado.
✅ Respuesta correcta: C
Explicación: El art. 35.1 Ley 39/2015 establece que deben motivarse, entre otros, «los actos que se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos». La opción A es incorrecta porque también deben motivarse las denegaciones (art. 35.1.c). La B es incorrecta porque TANTO las propuestas COMO las resoluciones sancionadoras deben motivarse. La D es incorrecta porque deben motivarse TODOS los actos discrecionales, sean favorables o no.
Pregunta 5

Según el artículo 114 de la Ley 39/2015, ponen fin a la vía administrativa:

A) Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento.
B) Las demás resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca.
C) Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario.
D) Todas las respuestas anteriores son correctas.
✅ Respuesta correcta: D
Explicación: El art. 114.1 Ley 39/2015 enumera todos estos supuestos como actos que ponen fin a la vía administrativa. Todas las opciones A, B y C están recogidas expresamente en dicho artículo. Por tanto, la respuesta correcta es la D.
Pregunta 6

Según el artículo 103.1 de la Constitución Española, la Administración Pública:

A) Sirve con objetividad los intereses del Gobierno.
B) Sirve con objetividad los intereses generales y actúa con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
C) Sirve con objetividad los intereses de los ciudadanos y actúa con sometimiento a las directrices del Gobierno.
D) Sirve los intereses generales con sujeción a los principios de eficacia y eficiencia únicamente.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: El art. 103.1 CE establece textualmente que «La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho». La opción B es la única que reproduce correctamente este mandato constitucional.
Pregunta 7

La Administración Pública se distingue del Gobierno en que:

A) La Administración tiene función ejecutiva y el Gobierno tiene función política y de dirección.
B) La Administración responde políticamente ante el Parlamento y el Gobierno solo jurídicamente ante los tribunales.
C) La Administración dirige la política interior y el Gobierno ejecuta las leyes.
D) No existe distinción conceptual entre Gobierno y Administración según la Constitución.
✅ Respuesta correcta: A
Explicación: La Constitución distingue claramente entre Gobierno (art. 97: dirección política) y Administración (art. 103: función ejecutiva). El Gobierno dirige y la Administración ejecuta. La opción B invierte las responsabilidades. La C confunde las funciones. La D es falsa porque la CE sí establece esa distinción.
Pregunta 8

La discrecionalidad administrativa consiste en:

A) La libertad absoluta de la Administración para actuar sin sometimiento a la ley.
B) La potestad de elegir entre varias opciones igualmente válidas en Derecho, dentro de los límites legales.
C) La imposibilidad de control judicial de las decisiones administrativas.
D) La facultad de aplicar conceptos jurídicos indeterminados sin motivación.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: La discrecionalidad es la potestad reconocida por la ley a la Administración para elegir entre varias opciones igualmente justas, dentro de los límites del ordenamiento jurídico. NO es arbitrariedad (opción A), SÍ está sujeta a control judicial (opción C) y SÍ debe motivarse (opción D).
Pregunta 9

Los límites de la discrecionalidad administrativa son:

A) Solo la Constitución y las leyes.
B) La Constitución, las leyes, los reglamentos, los principios generales del Derecho y la interdicción de la arbitrariedad.
C) Únicamente las directrices del Gobierno.
D) La discrecionalidad no tiene límites porque es una potestad soberana de la Administración.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: La discrecionalidad tiene múltiples límites: ordenamiento jurídico (Constitución, leyes, reglamentos), principios generales del Derecho, interdicción de la arbitrariedad (art. 9.3 CE), proporcionalidad, buena fe, igualdad… La opción D es completamente falsa: la discrecionalidad NO es arbitrariedad.
Pregunta 10

Según el artículo 35.1.f) de la Ley 39/2015, los actos que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales:

A) No requieren motivación porque son decisiones de oportunidad.
B) Deben ser motivados con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho.
C) Solo deben motivarse si son desfavorables al interesado.
D) Solo deben motivarse en procedimientos sancionadores.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: El art. 35.1.f) Ley 39/2015 establece claramente que «serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho: […] f) Los que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales». La motivación es obligatoria en TODOS los actos discrecionales, favorables o no.
Pregunta 11

El principio de jerarquía normativa implica que:

A) Una ley autonómica no puede contradecir una ley estatal básica en materia de competencia estatal.
B) Un reglamento puede derogar una ley si está más actualizado.
C) Las normas más recientes siempre prevalecen sobre las anteriores independientemente de su rango.
D) Los tratados internacionales tienen el mismo rango que las leyes ordinarias.
✅ Respuesta correcta: A
Explicación: El principio de jerarquía normativa (art. 9.3 CE) establece que las normas de rango inferior no pueden contradecir a las de rango superior. Una ley autonómica no puede vulnerar la legislación básica estatal. La opción B es falsa: un reglamento NUNCA puede derogar una ley. La C confunde jerarquía con principio de ley posterior. La D es incorrecta: los tratados internacionales tienen rango superior a las leyes (art. 96 CE).
Pregunta 12

El principio de legalidad significa que:

A) La Administración puede hacer todo lo que no esté prohibido por la ley.
B) La Administración solo puede actuar cuando una norma le habilita expresamente para ello.
C) Los ciudadanos deben cumplir todas las decisiones administrativas, aunque sean ilegales.
D) La Administración no está sometida a las normas reglamentarias, solo a las leyes.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: El principio de legalidad (vinculación positiva) obliga a la Administración a actuar solo cuando una norma le habilita para ello. En cambio, los ciudadanos (vinculación negativa) pueden hacer todo lo que no esté prohibido. La opción A describe la vinculación negativa (ciudadanos). La C es falsa porque los actos ilegales pueden impugnarse. La D también es falsa porque la Administración está sometida a TODO el ordenamiento jurídico.
Pregunta 13

En el ámbito del SAS, una Orden de la Consejería de Salud y Consumo que contradiga el Estatuto Marco del Personal Estatutario (Ley 55/2003) es:

A) Válida, porque la Consejería tiene competencia en materia de salud.
B) Ilegal, por vulnerar el principio de jerarquía normativa.
C) Anulable, pero solo si un interesado la impugna.
D) Válida si ha sido aprobada por el Consejo de Gobierno.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: El Estatuto Marco (Ley 55/2003) es una ley estatal básica que prevalece sobre cualquier reglamento autonómico (Orden de Consejería). Una Orden que contradiga el Estatuto Marco es ilegal por vulnerar la jerarquía normativa (art. 9.3 CE). La competencia autonómica (opción A) no permite vulnerar la legislación básica estatal. La opción D es irrelevante: el rango normativo no cambia aunque la apruebe el Consejo de Gobierno.
Pregunta 14

El control judicial de la discrecionalidad administrativa:

A) Es pleno: los jueces pueden sustituir las decisiones discrecionales de la Administración.
B) No existe: la discrecionalidad está fuera del control judicial.
C) Es limitado: solo controla los límites de la discrecionalidad (legalidad, proporcionalidad, desviación de poder…).
D) Solo existe en materia sancionadora.
✅ Respuesta correcta: C
Explicación: El control judicial de la discrecionalidad es limitado pero real. Los tribunales controlan que la Administración haya respetado los límites legales, los principios generales del Derecho, la proporcionalidad, que no haya incurrido en desviación de poder… Pero NO sustituyen la apreciación discrecional de la Administración (salvo error manifiesto). La opción A es falsa (control pleno solo en potestades regladas). La B también es falsa (art. 106 CE: control judicial de la actuación administrativa).
Pregunta 15

La interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (art. 9.3 CE) implica que:

A) La Administración no puede tomar decisiones discrecionales.
B) Todas las decisiones administrativas deben estar motivadas y responder a criterios objetivos.
C) Solo el Poder Judicial está sometido a este principio.
D) La Administración puede elegir libremente entre las opciones que considere oportunas, sin necesidad de justificación.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: La interdicción de la arbitrariedad significa que las decisiones de los poderes públicos (incluida la Administración) deben estar motivadas y basarse en criterios objetivos y razonables, no en caprichos o favoritismos. La opción A es falsa: puede haber discrecionalidad, pero no arbitrariedad. La C es falsa: TODOS los poderes públicos están sometidos a este principio. La D confunde discrecionalidad con arbitrariedad.
Pregunta 16

¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el principio de legalidad es INCORRECTA?

A) La Administración puede actuar sin habilitación legal en situaciones de urgencia.
B) Existe reserva de ley en materia de derechos fundamentales y tributos.
C) Los reglamentos no pueden regular materias reservadas a la ley.
D) La Administración está sometida al principio de vinculación positiva.
✅ Respuesta correcta: A
Explicación: La opción A es INCORRECTA porque incluso en situaciones de urgencia, la Administración debe tener habilitación legal (por ejemplo, la Ley 40/2015 regula las actuaciones urgentes). El principio de legalidad no admite excepciones. Las opciones B, C y D son correctas: sí existe reserva de ley en esas materias, los reglamentos no pueden invadir la reserva de ley, y la Administración solo puede hacer lo que la ley le permite (vinculación positiva).
Pregunta 17

En el SAS, la decisión de abrir una nueva consulta de especialidad en un centro de salud es:

A) Una potestad reglada, porque debe ajustarse al Plan de Salud de Andalucía.
B) Una potestad discrecional de carácter organizativo, sometida a los límites del ordenamiento jurídico.
C) Una decisión arbitraria del Director Gerente sin posibilidad de control.
D) Una potestad que solo puede ejercer el Consejero de Salud y Consumo.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: La decisión de abrir nuevas consultas es una potestad discrecional de carácter organizativo: la Administración valora criterios de necesidad asistencial, recursos disponibles, demanda poblacional… Pero NO es arbitraria (opción C): debe estar justificada y respetar los principios de eficacia, economía, etc. La opción A es incorrecta porque, aunque debe ajustarse al Plan de Salud, conserva un margen de apreciación. La D es falsa: esta competencia suele estar delegada en las Direcciones Gerencias.
Pregunta 18

Según el artículo 106.1 de la Constitución Española:

A) Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa.
B) La Administración controla la actuación de los Tribunales.
C) El Gobierno controla la potestad jurisdiccional de los jueces.
D) Los Tribunales no pueden controlar los actos políticos del Gobierno.
✅ Respuesta correcta: A
Explicación: El art. 106.1 CE establece textualmente que «Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican». Este control se ejerce a través de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las opciones B y C invierten la dirección del control. La D es incorrecta: los actos políticos del Gobierno también pueden controlarse judicialmente si causan lesión.
Pregunta 19

La diferencia entre potestades regladas y potestades discrecionales radica en:

A) Las regladas están previstas en leyes y las discrecionales en reglamentos.
B) En las regladas, la ley predetermina completamente la actuación; en las discrecionales, deja un margen de elección.
C) Las regladas están sujetas a control judicial y las discrecionales no.
D) Las regladas no requieren motivación y las discrecionales sí.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: La diferencia esencial es que en las potestades regladas la ley determina completamente la solución (si se cumplen los requisitos X, procede Y), mientras que en las discrecionales la ley deja un margen de apreciación a la Administración. La opción A confunde potestad con fuente normativa. La C es falsa: AMBAS están sujetas a control judicial (aunque en diferente medida). La D es incorrecta: los actos reglados también deben motivarse si son desfavorables, denegan pretensiones o se apartan de criterios previos.
Pregunta 20

El principio de responsabilidad (art. 9.3 CE) implica que:

A) Los poderes públicos responden únicamente de forma política ante el Parlamento.
B) Los poderes públicos responden jurídicamente de sus actos, incluyendo la responsabilidad patrimonial de la Administración.
C) Solo los funcionarios responden personalmente de sus actos, no la Administración.
D) La responsabilidad solo existe en el ámbito penal.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: El principio de responsabilidad del art. 9.3 CE implica que los poderes públicos responden jurídicamente de sus actos. En el ámbito administrativo, esto se concreta en la responsabilidad patrimonial (art. 106.2 CE y Título X Ley 40/2015), la responsabilidad penal de autoridades, la responsabilidad disciplinaria del personal… La opción A es incompleta (también existe responsabilidad jurídica). La C es falsa: la Administración responde directamente ante los ciudadanos (art. 106.2 CE). La D también es incorrecta: existe responsabilidad civil, administrativa, contable…
Pregunta 21

Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la desviación de poder consiste en:

A) El error en la apreciación de los hechos.
B) El ejercicio de una potestad administrativa para un fin distinto del previsto en la norma que la atribuye.
C) La falta de competencia del órgano que dicta el acto.
D) La ausencia de motivación en actos discrecionales.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: La desviación de poder es un vicio de la causa del acto administrativo: se produce cuando la Administración ejerce una potestad para conseguir un fin distinto del previsto en la norma que la atribuye. Por ejemplo, usar la potestad sancionadora no para castigar una infracción, sino para perseguir políticamente a alguien. La opción A describe un error de hecho (vicio en los hechos determinantes). La C es un vicio de competencia. La D es un vicio de forma.
Pregunta 22

El principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE) implica:

A) La imposibilidad de modificar las normas una vez aprobadas.
B) Que los ciudadanos puedan conocer con certeza cuáles son sus derechos y obligaciones, y confiar en la estabilidad del ordenamiento.
C) Que la Administración no puede cambiar de criterio en sus decisiones.
D) Que todas las normas deben tener una vigencia mínima de un año.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: El principio de seguridad jurídica garantiza que los ciudadanos puedan conocer y prever las consecuencias jurídicas de sus actos, confiando en la estabilidad razonable del ordenamiento. NO impide cambiar las normas (opción A), pero sí exige que los cambios se hagan de forma previsible y motivada. La opción C es falsa: la Administración SÍ puede cambiar de criterio, pero debe motivarlo. La D es incorrecta: no existe un plazo mínimo de vigencia.
Pregunta 23

Los conceptos jurídicos indeterminados se diferencian de la discrecionalidad en que:

A) Los conceptos jurídicos indeterminados admiten solo una solución justa, la discrecionalidad admite varias.
B) Los conceptos jurídicos indeterminados están en las leyes, la discrecionalidad en los reglamentos.
C) Los conceptos jurídicos indeterminados no están sujetos a control judicial, la discrecionalidad sí.
D) Son lo mismo: términos sinónimos.
✅ Respuesta correcta: A
Explicación: La diferencia esencial es que los conceptos jurídicos indeterminados (buena fe, urgencia, interés público…) admiten solo una solución justa (aunque sea difícil determinarla), mientras que la discrecionalidad permite elegir entre varias opciones igualmente justas. En los conceptos jurídicos indeterminados, el control judicial es pleno; en la discrecionalidad, es limitado. La opción B es falsa: ambos pueden estar en leyes y reglamentos. La C invierte la realidad. La D es incorrecta: no son sinónimos.
Pregunta 24

En materia de personal del SAS, la concesión de una licencia por maternidad es:

A) Una potestad discrecional del Director Gerente.
B) Una potestad reglada: si se cumplen los requisitos legales, es obligatorio concederla.
C) Una decisión política que no está sujeta a control judicial.
D) Una potestad discrecional que puede denegarse por necesidades del servicio.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: La licencia por maternidad (art. 49 Estatuto Marco) es un DERECHO del personal estatutario. Si se cumplen los requisitos (nacimiento o adopción), la Administración DEBE concederla. Es una potestad reglada, no discrecional. No puede denegarse por necesidades del servicio (opción D). Está plenamente sujeta a control judicial (opción C).
Pregunta 25

El principio de transparencia y buena administración (art. 3 Ley 40/2015) implica que:

A) Los ciudadanos tienen derecho de acceso a los archivos y registros administrativos en los términos legales.
B) La Administración debe publicar todas sus actuaciones en el BOE o BOJA.
C) Los expedientes administrativos son siempre públicos sin excepción.
D) La Administración no puede utilizar sistemas informáticos por razones de transparencia.
✅ Respuesta correcta: A
Explicación: El principio de transparencia (desarrollado en la Ley 19/2013) garantiza el derecho de acceso a la información pública y a los archivos y registros administrativos, en los términos previstos legalmente (respetando la protección de datos, secretos oficiales, etc.). La opción B es excesiva: solo las normas y ciertos actos deben publicarse. La C es falsa: hay límites al acceso (protección de datos, seguridad, etc.). La D es absurda: la informatización AUMENTA la transparencia (administración electrónica).
Pregunta 26

La inderogabilidad singular de los reglamentos (art. 37 Ley 39/2015) significa que:

A) Los reglamentos no pueden ser derogados por leyes posteriores.
B) Un reglamento no puede ser modificado por un acto administrativo concreto que se aparte de él sin modificarlo formalmente.
C) Los reglamentos tienen carácter permanente y no pueden modificarse.
D) Los ciudadanos no pueden solicitar la revisión de los reglamentos.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: El art. 37 Ley 39/2015 establece que «las resoluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, aunque aquéllas tengan igual o superior rango a éstas». Es decir, un acto administrativo concreto no puede «derogar» singularmente un reglamento sin modificarlo formalmente. La opción A es falsa: las leyes SÍ pueden derogar reglamentos. La C es incorrecta: los reglamentos pueden modificarse siguiendo el procedimiento legal. La D es falsa: los ciudadanos pueden impugnar reglamentos ilegales.
Pregunta 27

El art. 3 de la Ley 40/2015 establece, entre otros, el principio de:

A) Buena fe y confianza legítima.
B) Servicio efectivo a los ciudadanos.
C) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
D) Todas las respuestas anteriores son correctas.
✅ Respuesta correcta: D
Explicación: El art. 3 Ley 40/2015 enumera una larga lista de principios de actuación de las AAPP. Todas las opciones A, B y C están expresamente recogidas en dicho artículo. Por tanto, la respuesta correcta es la D. Este artículo es fundamental y suele ser objeto de preguntas en examen, así que conviene memorizarlo bien.
Pregunta 28

Un acto administrativo dictado sin competencia es:

A) Nulo de pleno derecho, según el art. 47.1.b) Ley 39/2015.
B) Anulable, según el art. 48 Ley 39/2015.
C) Válido si el órgano competente lo ratifica posteriormente.
D) Irregular, pero produce efectos jurídicos.
✅ Respuesta correcta: A
Explicación: El art. 47.1.b) Ley 39/2015 establece que son nulos de pleno derecho «los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio». La incompetencia manifiesta es un vicio de nulidad radical. La opción C es incorrecta: aunque el órgano competente lo ratifique, el acto inicial fue nulo (la ratificación equivaldría a dictar un nuevo acto). La D es falsa: los actos nulos no producen efectos jurídicos (art. 47 in fine).
Pregunta 29 (CASO PRÁCTICO)

El Gerente del SAS dicta una Resolución creando un nuevo complemento retributivo para el personal estatutario facultativo, sin que exista cobertura en el Estatuto Marco ni en acuerdo de Mesa Sectorial. Esta Resolución es:

A) Válida porque el Gerente tiene competencia en materia de personal.
B) Nula de pleno derecho por vulnerar el principio de legalidad y reserva de ley en materia retributiva.
C) Anulable, pero puede convalidarse posteriormente.
D) Válida si cuenta con crédito presupuestario suficiente.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: Las retribuciones del personal estatutario están reguladas por el Estatuto Marco (Ley 55/2003) y los acuerdos de Mesa Sectorial. Un Gerente NO puede crear complementos retributivos por simple Resolución, porque vulneraría el principio de legalidad y la reserva normativa en materia retributiva. El acto sería nulo de pleno derecho por carecer de los requisitos esenciales (art. 47.1.c) Ley 39/2015) y por ser dictado prescindiendo del procedimiento legalmente establecido (art. 47.1.d). La existencia de crédito presupuestario (opción D) es irrelevante si falta la habilitación normativa.
Pregunta 30 (CASO PRÁCTICO)

Un TFA del SAS tramita un expediente de contratación menor por 10.000 euros. El Director Económico le ordena verbalmente que adjudique directamente a una empresa sin solicitar otros presupuestos. El TFA debe:

A) Obedecer la orden porque es de un superior jerárquico.
B) Negarse a ejecutar la orden porque vulnera la LCSP (art. 118: contratos menores exigen solicitar al menos tres presupuestos cuando el importe supere 5.000 euros).
C) Ejecutar la orden y después pedir que se regularice el expediente.
D) Ejecutar la orden porque los contratos menores no tienen requisitos formales.
✅ Respuesta correcta: B
Explicación: El TFA debe negarse a ejecutar la orden porque vulnera manifiestamente la legalidad. El art. 118 LCSP exige solicitar al menos tres presupuestos en contratos menores superiores a 5.000 euros (sin IVA). El art. 28 TREBEP establece que los empleados públicos «no están obligados a cumplir las órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente sean contrarios a las leyes». Obedecer esta orden (opción A) implicaría ser coautor de una infracción administrativa. La opción C es incorrecta: no se puede «regularizar» algo ilegal a posteriori. La D es falsa: los contratos menores SÍ tienen requisitos (art. 118 LCSP).

🗺️ 9. MAPA CONCEPTUAL DEL TEMA

                    ╔════════════════════════════════════════════════╗
                    ║      TEMA 17: ADMINISTRACIÓN PÚBLICA          ║
                    ╚════════════════════════════════════════════════╝
                                        │
                ┌───────────────────────┼───────────────────────┐
                │                       │                       │
        ┌───────▼───────┐      ┌──────▼──────┐       ┌───────▼────────┐
        │   CONCEPTO    │      │ SOMETIMIENTO│       │    GOBIERNO    │
        │      DE       │      │     AL      │       │       Y        │
        │ADMINISTRACIÓN │      │   DERECHO   │       │ADMINISTRACIÓN  │
        └───────────────┘      └─────────────┘       └────────────────┘
                │                      │                      │
        ┌───────┴────────┐    ┌───────┴────────┐    ┌───────┴────────┐
        │ • Organización │    │ • Art. 9.3 CE  │    │ • Gobierno:    │
        │   de medios    │    │ • Art. 103 CE  │    │   Dirección    │
        │ • Fin: interés │    │ • Ley 40/2015  │    │   Política     │
        │   general      │    └────────┬───────┘    │ • Administra-  │
        │ • Sometida a   │             │            │   ción:        │
        │   ley y Dcho   │     ┌───────▼───────┐    │   Ejecución    │
        │ • Control      │     │  PRINCIPIOS   │    └────────────────┘
        │   judicial     │     │   BÁSICOS     │
        └────────────────┘     └───────┬───────┘
                                       │
                  ┌────────────────────┼────────────────────┐
                  │                    │                    │
        ┌─────────▼─────────┐ ┌───────▼────────┐ ┌────────▼────────┐
        │   LEGALIDAD       │ │   JERARQUÍA    │ │INTERDICCIÓN DE  │
        │                   │ │   NORMATIVA    │ │  ARBITRARIEDAD  │
        │ • Vinculación     │ │                │ │                 │
        │   positiva        │ │ CE > Leyes >   │ │ • Motivación    │
        │ • Preferencia     │ │   Reglamentos  │ │ • Objetividad   │
        │   de Ley          │ │                │ │ • Proporcional. │
        │ • Reserva de Ley  │ └────────────────┘ └─────────────────┘
        └───────────────────┘

                    ╔════════════════════════════════════════════════╗
                    ║         DISCRECIONALIDAD ADMINISTRATIVA        ║
                    ╚════════════════════════════════════════════════╝
                                        │
                ┌───────────────────────┼───────────────────────┐
                │                       │                       │
        ┌───────▼───────┐      ┌──────▼──────┐       ┌───────▼────────┐
        │  CONCEPTO     │      │   LÍMITES   │       │    CONTROL     │
        └───────────────┘      └─────────────┘       └────────────────┘
                │                      │                      │
        ┌───────┴────────┐    ┌───────┴────────┐    ┌───────┴────────┐
        │ • Elección     │    │ • Constitución │    │ • Elementos    │
        │   entre varias │    │ • Leyes        │    │   reglados     │
        │   opciones     │    │ • Principios   │    │ • Hechos       │
        │   igualmente   │    │   generales    │    │ • Desviación   │
        │   justas       │    │ • Motivación   │    │   de poder     │
        │ • Criterios    │    │   obligatoria  │    │ • Proporcional.│
        │   extrajurídic.│    │ • Proporcional.│    │ • Arbitrariedad│
        │ • Fundamento:  │    │ • Buena fe     │    │                │
        │   imposibilidad│    │ • Igualdad     │    │ NO SUSTITUYE   │
        │   previsión    │    └────────────────┘    │   DECISIÓN     │
        │   total        │                          │  DISCRECIONAL  │
        └────────────────┘                          └────────────────┘

📖 10. CONCLUSIONES Y CONSEJOS DE ESTUDIO

💡 Ideas Clave del Tema

  1. La Administración está sometida plenamente a la Ley y al Derecho (art. 103.1 CE). No puede actuar arbitrariamente.
  2. El artículo 9.3 CE es fundamental: memorízalo palabra por palabra (principio de legalidad, jerarquía normativa, publicidad, irretroactividad, seguridad jurídica, responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad).
  3. Gobierno ≠ Administración: el Gobierno dirige (función política), la Administración ejecuta (función administrativa).
  4. Discrecionalidad ≠ Arbitrariedad: la discrecionalidad es legítima y necesaria, pero está sometida a límites (motivación, proporcionalidad, control judicial).
  5. Los actos discrecionales deben motivarse (art. 35.1.f) Ley 39/2015). La motivación es el principal mecanismo de control de la discrecionalidad.

📚 Estrategia de Memorización

Técnicas recomendadas:

  • Tarjetas Anki: Crea tarjetas con preguntas literales de artículos clave (9.3 CE, 3.1 Ley 40/2015, 35.1.f) Ley 39/2015…).
  • Mapas Mentales: Dibuja el mapa conceptual de este tema en un papel grande y cuélgalo en tu zona de estudio. Repásalo visualmente cada día.
  • Mnemotecnia para el art. 9.3 CE: «Le-Je-Pu-Irre-Se-Res-In» (Legalidad, Jerarquía, Publicidad, Irretroactividad, Seguridad, Responsabilidad, Interdicción).
  • Casos Prácticos: Cada vez que tramites un expediente en tu trabajo (si ya trabajas en la Administración), piensa: ¿qué principios del Tema 17 estoy aplicando? Esto refuerza el aprendizaje.
  • Simulacros de Examen: Practica con las 30 preguntas de este tema en condiciones reales: cronómetro, sin consultar apuntes.

🎯 Aplicabilidad Práctica en el SAS

Como futuro TFA-Administración General del SAS, dominar este tema te permitirá:

  • Tramitar expedientes con garantías jurídicas: Sabrás cuándo un acto es reglado o discrecional, cuándo debe motivarse, qué recursos caben…
  • Asesorar correctamente a tus superiores: Podrás advertir cuando una decisión vulnere el principio de legalidad o la jerarquía normativa.
  • Defender la legalidad: Como funcionario público, tienes el deber de velar por el sometimiento de la Administración al Derecho (art. 53 TREBEP).
  • Resolver conflictos normativos: Si una Orden contradice una Ley, sabrás qué norma aplicar.

🔗 11. CONEXIONES CON OTROS TEMAS DEL TEMARIO

El Tema 17 es transversal y se conecta con muchos otros temas del temario de TFA-AG:

  • Tema 18 (Derecho Administrativo): Fuentes del Derecho, potestad reglamentaria, relación jerárquica.
  • Tema 19 (Órganos administrativos): Competencia, jerarquía orgánica.
  • Tema 20 (Procedimiento administrativo): Principios de legalidad, motivación, control judicial.
  • Tema 21 (Recursos administrativos): Control de la legalidad de los actos administrativos.
  • Tema 22 (Responsabilidad patrimonial): Principio de responsabilidad (art. 9.3 CE), sometimiento al Derecho.
  • Temas 81-90 (Contratación Pública): Principio de legalidad, jerarquía normativa (LCSP), discrecionalidad en la adjudicación.
  • Temas 57-77 (Personal): Estatuto Marco como ley básica, jerarquía normativa, discrecionalidad en provisión de puestos.

📚 12. REFERENCIAS NORMATIVAS Y BIBLIOGRÁFICAS

Normativa Esencial:

  • Constitución Española de 1978 (BOE 29 de diciembre de 1978)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE 2 de octubre de 2015)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 2 de octubre de 2015)
  • Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, del Estatuto de Autonomía para Andalucía (BOJA 20 de marzo de 2007)
  • Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA 26 de octubre de 2007)

Bibliografía Recomendada:

  • García de Enterría, E. y Fernández Rodríguez, T.R.: Curso de Derecho Administrativo, Civitas, 19ª ed., 2023.
  • Sánchez Morón, M.: Derecho Administrativo. Parte General, Tecnos, 17ª ed., 2023.
  • Parada Vázquez, R.: Derecho Administrativo I. Parte General, Open, 20ª ed., 2022.
  • Gamero Casado, E. y Fernández Ramos, S.: Manual Básico de Derecho Administrativo, Tecnos, 18ª ed., 2023.

Jurisprudencia Relevante:

  • STS 2845/2015, de 23 de junio (discrecionalidad técnica y control judicial)
  • STS 3522/2016, de 14 de diciembre (desviación de poder)
  • STC 11/1981, de 8 de abril (principio de legalidad)
  • STC 62/1982, de 15 de octubre (interdicción de la arbitrariedad)

Tema desarrollado por Esteban Castro
Catedrático y Preparador de Oposiciones SAS
Más de 15 años de experiencia en preparación de opositores TFA-Administración General
📧 Consultas: esteban.castro@preparacionsas.es

Última actualización: Enero 2026
Material preparado para la convocatoria 2026 del SAS
⚠️ Este material tiene fines exclusivamente didácticos

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