📌 Introducción
El Régimen General de la Seguridad Social constituye el pilar central del sistema español de protección social. En él se integran la mayoría de los trabajadores por cuenta ajena, lo que implica que su conocimiento es esencial tanto para los empleadores como para los profesionales de la administración. Este tema recoge los aspectos esenciales de su ámbito de aplicación, los trámites administrativos relacionados con la inscripción y afiliación, y los principios básicos de cotización y recaudación.
1. 🏛 Ámbito del Régimen General
🧾 El artículo 136 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS) establece los colectivos incluidos en este régimen.
👨🏭 Incluye:
- Trabajadores por cuenta ajena bajo relación laboral, independientemente de la forma jurídica del empleador.
- Socios trabajadores de sociedades mercantiles capitalistas con funciones de dirección retribuidas.
- Funcionarios interinos, cuando no estén integrados en el Régimen de Clases Pasivas.
- Personal en formación (prácticas, contratos de formación y aprendizaje).
- Religiosos y laicos en instituciones eclesiásticas que prestan servicios retribuidos.
- Participantes en programas de formación financiados por servicios públicos de empleo.
🚫 Exclusiones:
- Trabajadores encuadrados en regímenes especiales: RETA (autónomos), empleados de hogar, agrario, minería del carbón, etc.
- Funcionarios de carrera incluidos en Clases Pasivas o mutualidades administrativas (MUFACE, ISFAS, MUGEJU).
- Socios cooperativistas en determinadas condiciones.
2. 🧾 Inscripción de Empresas
Es el procedimiento obligatorio por el cual la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) asigna un Código de Cuenta de Cotización (CCC) a una empresa.
✅ Obligatoriedad:
- Toda persona física o jurídica que contrate trabajadores debe estar previamente inscrita.
- Puede incluir códigos secundarios en caso de centros de trabajo en provincias distintas o actividades diferenciadas.
📄 Documentación necesaria:
- Modelo TA.6 debidamente cumplimentado.
- NIF y escritura de constitución (en personas jurídicas).
- Acreditación del domicilio fiscal y del centro de trabajo.
- Alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
- Representación legal, si corresponde.
⏳ Plazo:
- Antes del inicio de la relación laboral.
3. 👥 Afiliación de Trabajadores
La afiliación es el procedimiento mediante el cual se reconoce a un trabajador como integrado en el sistema, asignándole su Número de Afiliación (NAF), único y permanente.
📌 Altas:
- Obligación del empresario.
- Modelo TA.2/S o sistemas RED/SILTRA.
- Debe comunicarse antes del inicio de la actividad o, en supuestos excepcionales, hasta 60 días antes.
📌 Bajas:
- Debe comunicarse dentro de los 6 días naturales siguientes al cese.
- Modelo TA.2/S o vía telemática.
🔁 Variaciones de datos:
- También se comunican por el empresario en un plazo de 6 días naturales.
🔎 La no afiliación, alta o baja puede dar lugar a responsabilidades empresariales, recargos e infracciones administrativas.
4. 💶 Cotización
La cotización a la Seguridad Social es obligatoria y comprende tanto la aportación del trabajador como la del empleador.
📊 Bases de Cotización:
- Se calculan en función del salario mensual bruto + pagas extras + otros conceptos retributivos.
- Se ajustan a límites mínimos y máximos anuales establecidos por el Gobierno.
📁 Tipos de Cotización (vigentes a 2025):
Contingencia | Empresa | Trabajador | Total |
---|---|---|---|
Contingencias comunes | 23,60% | 4,70% | 28,30% |
Desempleo (contrato indefinido) | 5,50% | 1,55% | 7,05% |
Desempleo (duración determinada) | 6,70% | 1,60% | 8,30% |
FOGASA | 0,20% | 0,00% | 0,20% |
Formación profesional | 0,60% | 0,10% | 0,70% |
Accidentes de trabajo y enfermedades prof. | Según tarifa de primas del RD 2064/1995 |
5. 💼 Recaudación
La recaudación de cuotas corresponde a la TGSS, que puede hacerlo en período voluntario o por vía ejecutiva.
⏳ Aplazamiento y Fraccionamiento:
Regulado por el art. 35 TRLGSS y el Real Decreto 1415/2004, permite a empresas con dificultades:
- Solicitar pagos fraccionados o diferidos.
- Requiere solicitud previa, justificación económica y en ocasiones garantías (aval, hipoteca, etc.).
- No podrá incluir cuotas de accidentes ni formación profesional.
✅ Recaudación en Período Voluntario:
- Plazo: hasta el último día del mes siguiente al devengo.
- Ej.: cuotas de abril → hasta 31 de mayo.
- Formas de pago:
- Domiciliación bancaria.
- Pago electrónico mediante sistema RED/SILTRA.
- Entidades colaboradoras.
⚠ Recaudación en Vía Ejecutiva:
Inicia tras el incumplimiento del pago en plazo voluntario:
- Se generan recargos automáticos:
- 3%, 5%, 10% o 20% (según retraso).
- Se suman intereses de demora a partir del 2º mes.
- La TGSS puede embargar bienes, cuentas u otros activos del deudor.
📌 Conclusión
El Régimen General constituye la base estructural del sistema de Seguridad Social. Su correcta aplicación es fundamental para garantizar derechos sociales, prevenir sanciones y asegurar la protección social del trabajador. El conocimiento profundo de su normativa, procedimientos y obligaciones es clave para una gestión adecuada de recursos humanos y relaciones laborales.