OPE 2025 – TFA ADM GRAL. Tema 102. Servicios de Atención al Ciudadano. Los servicios de admisión y documentación clínica: Concepto, organización y funciones. Sistemas de información en torno a la Asistencia Especializada y Atención Primaria. Archivo y documentación clínica: Gestión y control. Documentación clínica. Gestión de listas de espera.

OPE 2025 - TFA ADM GRAL

La integración de los Servicios de Atención al Ciudadano (SAC) con el Servicio de Admisión y Documentación Clínica, apoyada en sistemas de información robustos como Diraya, es esencial para optimizar tanto la experiencia del paciente como la eficacia operativa del SAS. La gestión correcta de la documentación clínica (archivado, codificación) y de las listas de espera (con transparencia y cumplimiento de plazos de garantía) refuerza la calidad asistencial y la seguridad del paciente.

  • En Atención al Ciudadano: Se centraliza la comunicación, la orientación y el registro de reclamaciones y sugerencias.

  • En Admisión y Documentación Clínica: Se orquesta el flujo de pacientes, la codificación de episodios asistenciales y la custodia de historias clínicas.

  • Los sistemas de información integrados posibilitan la continuidad asistencial y la accesibilidad a la información, y el riguroso control de la documentación y protección de datos es clave para la confidencialidad y el cumplimiento legal.

  • La gestión de listas de espera incide directamente en la percepción del servicio y exige un control pormenorizado de la demanda y la capacidad de respuesta.


1. CONTEXTO E INTRODUCCIÓN

El conjunto de funciones administrativas que engloba la Atención al Ciudadano, la Admisión y la Documentación Clínica, así como la planificación y seguimiento de las listas de espera, constituye un pilar estratégico dentro de la organización sanitaria andaluza. Estas áreas, estrechamente interconectadas, buscan:

  • Facilitar la relación entre el usuario (paciente o ciudadano) y el centro sanitario.
  • Garantizar la eficiencia administrativa en la gestión de la demanda asistencial (citas, ingresos, procesos quirúrgicos).
  • Preservar la calidad y confidencialidad de la documentación clínica.
  • Velar por la transparencia y el cumplimiento de los plazos de garantía en listas de espera.

Mención a la Discrepancia en Numeración (Tema 102 vs. Tema 43).

  • En algunos temarios anteriores o en referencias no oficiales, este bloque de contenidos se localizaba bajo el número “Tema 102”.
  • No obstante, en la documentación oficial vigente para la categoría de Técnico de Función Administrativa (Administración General), el contenido se ubica en el Tema 43, según la normativa del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y las publicaciones en BOJA de las últimas convocatorias.
  • Pese a esta diferencia de numeración, los aspectos tratados (Atención al Ciudadano, Admisión, Documentación Clínica, Sistemas de Información, Listas de Espera) son equivalentes.

2. SERVICIOS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (SAC)

2.1 Concepto y Marco Normativo

Los Servicios de Atención al Ciudadano (SAC) son puntos de referencia habilitados en el ámbito sanitario andaluz para canalizar la relación del usuario con el centro, en aspectos no estrictamente asistenciales. Su creación e implantación se enmarcan en el Decreto 197/2007, de 3 de julio, sobre estructuras de participación ciudadana y calidad en los servicios, y en la normativa de organización interna del SAS.

  • Ley 14/1986, General de Sanidad, art. 10: señala la necesidad de promover la participación y la información al ciudadano.
  • Ley 2/1998, de Salud de Andalucía (modificada en sucesivas ocasiones): establece los derechos de los ciudadanos en Andalucía, algunos relacionados con el acceso a la información y a la orientación en su proceso sanitario.

2.2 Organización y Ubicación

  • Hospitales: Suele existir una Unidad de Atención a la Ciudadanía (o denominación afín) que depende de la Dirección de Servicios Generales o de la Gerencia.
  • Centros de Salud / Distritos de Atención Primaria: Se ubican mostradores o espacios de recepción, además de los canales telemáticos (ClicSalud+) y telefónicos (Salud Responde).

2.3 Funciones Principales

  1. Información y Orientación
    • Cartera de servicios del centro, horarios de consulta y procedimientos de derivación.
    • Asesoramiento en trámites: solicitudes de segunda opinión médica, registro de voluntades vitales anticipadas, acceso a la historia clínica, etc.
  2. Gestión de Sugencias, Reclamaciones y Agradecimientos
    • Recogida, registro y seguimiento de la respuesta.
    • Elaboración de informes y propuestas de mejora para la Dirección.
  3. Participación y Mediación
    • Canaliza la voz del ciudadano en la organización.
    • Intermediación en conflictos: Ejemplo, insatisfacciones sobre esperas prolongadas, discrepancias con la asignación de profesionales, etc.
  4. Accesibilidad y Soporte en Situaciones Especiales
    • Facilitar intérpretes o ayudas a personas con discapacidad o barreras idiomáticas.
    • Conexión con trabajadores sociales en casos de vulnerabilidad social.

2.4 Ejemplos Prácticos

  • Un paciente oncológico que desea conocer los trámites para solicitar una segunda opinión médica: el SAC le proporciona los formularios y le indica los plazos y documentación necesarios, de acuerdo a la normativa autonómica.
  • Una familia presenta una reclamación por la cancelación reiterada de una prueba diagnóstica: el SAC registra la reclamación, activa el circuito de respuesta y mantiene informada a la familia.

3. SERVICIOS DE ADMISIÓN Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA (SADC)

3.1 Definición General

El SADC es la estructura que gestiona todo el itinerario administrativo de los pacientes dentro de un centro sanitario (hospital) y custodia la documentación generada en cada episodio asistencial. Integra funciones como:

  1. Admisión de Pacientes (ingresos programados, urgentes, traslados).
  2. Gestión de Citas y Agendas (consultas externas, pruebas diagnósticas, programación quirúrgica).
  3. Codificación Clínica de diagnósticos y procedimientos.
  4. Archivo de Historias Clínicas (soporte físico y/o digital).

3.2 Normativa Autonómica y Estatal

  • Ley 2/1998, de Salud de Andalucía: marca las bases de la organización de los centros sanitarios de la Junta de Andalucía.
  • Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente: regula la documentación clínica, informes de alta, consentimiento informado y derechos de acceso.
  • Real Decreto 1093/2010, por el que se aprueban el conjunto de datos de los informes clínicos del Sistema Nacional de Salud (aplicable a la codificación y el Conjunto Mínimo Básico de Datos, CMBD).

3.3 Estructura Interna

  • Área de Admisión: se ocupa de la recepción y registro de pacientes, supervisa los ingresos urgentes y programados, asigna camas y gestiona altas administrativas.
  • Área de Programación de Consultas y Quirófanos: coordina las agendas de los especialistas y el cronograma quirúrgico, en colaboración con la Dirección Médica y el Servicio de Cirugía.
  • Área de Documentación y Codificación Clínica: el personal especializado traduce la información de los informes médicos en códigos CIE-10-ES y CIE-10-PCS, generando el CMBD.
  • Archivo de Historias Clínicas: conserva el historial de cada paciente, facilitando su recuperación cuando es requerida.

3.4 Funciones Principales

  1. Registro Administrativo de Pacientes
    • Alta en la base de datos corporativa del SAS (tarjeta sanitaria, datos identificativos), asegurando la correspondencia con la Base de Datos de Usuarios (BDU).
  2. Control del Flujo Asistencial
    • Asignación de camas disponibles, detección de saturación en Urgencias, previsión de altas.
  3. Codificación Clínica y Actividad
    • Emite la información imprescindible para la facturación a terceros (accidentes, mutuas, etc.) o la estadística sanitaria.
    • Alimenta la aplicación de Grupos Relacionados con el Diagnóstico (GRD).
  4. Garantía de Disponibilidad de Historias Clínicas
    • Cada episodio asistencial debe anexionarse al expediente clínico completo del paciente.

3.5 Ejemplos Prácticos

  • Una persona acude a Urgencias por un traumatismo. Al registrarse, Admisión le vincula su número de historia clínica, revisa si es un accidente laboral o de tráfico (posible facturación a terceros) y notifica a su compañía si procede.
  • Tras el alta, el Servicio de Documentación Clínica clasifica y codifica el episodio para incluirlo en el CMBD del hospital.

4. SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN ATENCIÓN ESPECIALIZADA Y PRIMARIA

4.1 Diraya y Módulos Asociados

El SAS apuesta por la historia de salud digital unificada:

  • Diraya: Sistema corporativo que integra la Historia Clínica Electrónica (HCE) en Primaria y Especializada. Aunque la nomenclatura puede variar en el tiempo, Diraya sigue siendo el nombre de referencia para la plataforma base.
  • Receta XXI: Módulo de prescripción electrónica. Permite a los pacientes recoger su medicación en la farmacia con la tarjeta sanitaria.
  • Módulos de Petición Electrónica (laboratorio, radiología): Petición y resultados en tiempo real, con integración en la HCE.
  • ClicSalud+ / App Salud Andalucía: Acceso ciudadano para citas, informes, hoja de medicación, etc.

4.2 Beneficios y Normativa

  • Mejora de la continuidad asistencial: Un profesional de Atención Primaria puede ver la última alta hospitalaria o las pruebas realizadas en Especializada.
  • Regulación:
    • El Esquema Nacional de Seguridad (ENS) regula la protección y confidencialidad de los sistemas informáticos.
    • Ley 41/2002 (Autonomía del Paciente) y la Ley Orgánica 3/2018 (Protección de Datos) requieren trazabilidad y confidencialidad en los accesos.

4.3 Ejemplos Prácticos

  • Un médico de familia puede, durante una consulta domiciliaria, acceder a Diraya con su dispositivo corporativo para ver informes de un ingreso reciente del paciente y mantener la prescripción actualizada.
  • El paciente, desde su teléfono, puede revisar las citas pendientes y solicitar cambio de hora vía ClicSalud+.

5. ARCHIVO Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA: GESTIÓN Y CONTROL

5.1 Principios Rectores

  • Custodia, confidencialidad y disponibilidad de la Historia Clínica.
  • Plazos de conservación: Mínimo 5 años tras el alta, pero puede ser mayor si hay previsiones específicas en la legislación autonómica o si se aplica la normativa sobre investigación biomédica.

5.2 Acceso y Trazabilidad

  • Acceso restringido: Solo el personal implicado en la asistencia o en actividades debidamente autorizadas (investigación, inspección, etc.).
  • Registro de accesos: Toda consulta debe quedar registrada con la identidad del profesional, fecha y hora (art. 16 de la Ley 41/2002; Ley Orgánica 3/2018).

5.3 Eliminación o Expurgo

  • Procedimiento reglado: la destrucción física o el borrado seguro se realiza de forma que no se vulnere la confidencialidad.
  • Cuando existe versión digital oficial, se puede proceder a la destrucción del papel, siguiendo las instrucciones de la Consejería de Salud.

5.4 Ejemplos Prácticos

  • Al finalizar el ingreso, el informe de alta y las pruebas complementarias se incorporan electrónicamente a la HC, y la documentación en papel se archiva o digitaliza según el protocolo del hospital.
  • Para atender requerimientos judiciales, el Archivo debe extraer copias certificadas de la HC, registrando en todo momento quién accede a los datos.

6. DOCUMENTACIÓN CLÍNICA

6.1 Concepto y Componentes

Comprende todos los registros que documentan la actividad asistencial: anamnesis, evolución, pruebas complementarias, interconsultas, informes de enfermería, informe de alta, etc. Cada documento debe cumplir unos estándares mínimos de información (RD 1093/2010).

6.2 Informe de Alta

  • Diagnóstico principal y secundarios (codificados).
  • Procedimientos e intervenciones realizadas.
  • Plan terapéutico y medicación recomendada.
  • Indicaciones de seguimiento en Atención Primaria o en consultas externas.

6.3 Ejemplos Prácticos

  • En cirugía mayor: aparecen hojas quirúrgicas, informe de anestesia y el informe operatorio que describe la intervención. Estos documentos se integran en la HC y son esenciales para la continuidad asistencial.
  • En una consulta de Atención Primaria: cada visita se plasma en un registro Diraya con la evolución, la exploración y las prescripciones.

7. GESTIÓN DE LISTAS DE ESPERA

7.1 Marco Normativo

  • Decreto 209/2001, de 18 de septiembre, y posteriores actualizaciones, establecen plazos máximos de respuesta quirúrgica.
  • Otros decretos o órdenes regulan las garantías de primera consulta de especialista y pruebas diagnósticas (por ejemplo, el Decreto 96/2004 y modificaciones).
  • La Administración sanitaria está obligada a publicar datos de listas de espera y mantener un registro actualizado.

7.2 Proceso de Gestión

  1. Inclusión en Lista de Espera: Una vez que el especialista indica la necesidad de intervención o prueba, Admisión da de alta al paciente en la lista correspondiente.
  2. Prioridad Clínica: Los facultativos establecen la urgencia relativa (prioridad normal, preferente, etc.).
  3. Programación de la cita o intervención: Se hace en función de la disponibilidad y la prioridad.
  4. Información al Paciente: Derecho a conocer su fecha estimada de intervención y la existencia de conciertos si se exceden los plazos de garantía.
  5. Transparencia y Seguimiento: Publicación periódica de datos globales, y mecanismos internos de supervisión (Dirección Médica y Gerencia).

7.3 Ejemplos Prácticos

  • Un paciente incluido en la lista quirúrgica para prótesis de rodilla (proceso con garantía de 180 días): si el SAS no le interviene en ese plazo, el paciente puede solicitar derivación a un centro concertado o se activan otros mecanismos de agilización.
  • Para pruebas diagnósticas (colonoscopia, TAC…), la lista de espera se gestiona a través de Admisión con la supervisión del servicio de Digestivo o Radiodiagnóstico, según el caso.

8. OBSERVACIONES FINALES Y RECOMENDACIONES

  1. Fuentes Oficiales y Actualizaciones:
    • BOJA (especialmente resoluciones recientes sobre temarios de oposición y reordenaciones de la Consejería de Salud).
    • Portal del SAS (sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/): informa de cambios en sistemas de información (Diraya), protocolos de admisión y normativa en vigor.
  2. Importancia de la Coordinación:
    • SAC, Admisión y Documentación Clínica trabajan juntos para ofrecer a la ciudadanía una atención integral, no solo clínica sino administrativa.
  3. Mención al Tema 43 (Técnico de Función Administrativa – Administración General) vs. Tema 102:
    • El contenido se asocia oficialmente al Tema 43 según los temarios vigentes. No obstante, puede encontrarse referenciado como Tema 102 en documentos previos o no oficiales, sin que cambie el fondo de los apartados.
  4. Relevancia en Exámenes y Práctica:
    • Se suelen plantear preguntas sobre la secuencia de ingreso-alta, la custodia de historias clínicas y la normativa de confidencialidad.
    • La gestión de listas de espera también es un foco de examen, con preguntas sobre plazos de garantía y priorizaciones.
  5. Ejemplo Global:
    • Un paciente con un proceso quirúrgico pendiente de 90 días: se gestionan sus citas en la plataforma de Diraya, se registra la previsión en la lista de espera quirúrgica con prioridad normal, el SAC le orienta sobre reclamaciones si se demora más de lo esperado, y el Archivo guardará sus informes de alta y quirófano de forma integrada en la historia electrónica.

9. CONCLUSIÓN

Este tema engloba las funciones administrativas esenciales que garantizan la accesibilidad, seguridad y eficiencia en la asistencia sanitaria del SAS. La Atención al Ciudadano busca la transparencia y satisfacción del usuario; la Admisión y la Documentación Clínica articulan el circuito del paciente y la correcta gestión de la información asistencial; los Sistemas de Información (Diraya y asociados) facilitan la integración y continuidad de la asistencia; y la Gestión de Listas de Espera vela por la optimización de recursos y el cumplimiento de los plazos de garantía.

Su conocimiento detallado es primordial para quienes aspiren a desempeñar funciones en la categoría de Técnico de Función Administrativa dentro de la Junta de Andalucía, pues implica un dominio de la normativa sanitaria autonómica, la práctica administrativa y la metodología de registro y organización de la información clínica. En última instancia, todo ello redunda en un mejor servicio al ciudadano, una mayor eficiencia en el uso de recursos y el cumplimiento riguroso de los derechos del paciente en el sistema sanitario andaluz.


Cuestionario del tema 102:


Pregunta 1 (Actualizada 2025)

¿A quién corresponde la aprobación del Plan Andaluz de Salud según la normativa vigente?

A) Servicio Andaluz de Salud
B) Consejería de Salud y Consumo
C) Parlamento Andaluz
D) Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (Respuesta Correcta)

Respuesta correcta: D

📌 Explicación:
La aprobación del Plan Andaluz de Salud corresponde específicamente al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, según establece el artículo 43 de la Ley 2/1998, de Salud de Andalucía.

  • Opción A (Incorrecta): El SAS ejecuta las políticas sanitarias, pero no aprueba el plan.

  • Opción B (Incorrecta): La Consejería de Salud elabora el plan, pero no tiene competencia de aprobación.

  • Opción C (Incorrecta): El Parlamento Andaluz legisla, pero no interviene en la aprobación del Plan de Salud.

📌 Referencia normativa:
Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía (BOJA nº 74, de 4 de julio de 1998).


Pregunta 2 (Actualizada 2025)

¿Cuál de las siguientes funciones es competencia directa de los Servicios de Atención a la Ciudadanía (SAC) del SAS?

A) Establecer la cartera de servicios del centro
B) Elaborar los partes quirúrgicos diarios
C) Informar y canalizar sugerencias y reclamaciones de los ciudadanos (Respuesta Correcta)
D) Emitir diagnósticos clínicos

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Los SAC tienen por objetivo canalizar la relación no clínica entre la ciudadanía y el sistema sanitario: informan, orientan y gestionan reclamaciones y sugerencias.

  • Opción A (Incorrecta): La cartera de servicios la define el SAS y la Consejería.

  • Opción B (Incorrecta): Los partes quirúrgicos los elaboran los servicios clínicos.

  • Opción D (Incorrecta): El diagnóstico clínico corresponde al personal sanitario.

📌 Referencia normativa:
Orden de 5 de julio de 2016, sobre Participación y Atención Ciudadana en el SAS.


Pregunta 3 (Actualizada 2025)

¿Cuál es la finalidad del informe de alta hospitalaria según la Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente?

A) Servir como justificante de baja laboral
B) Informar al paciente del diagnóstico, tratamiento y seguimiento tras su alta (Respuesta Correcta)
C) Sustituir a la historia clínica
D) Ser archivado sin entregarse al paciente

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
El informe de alta tiene como finalidad informar de forma comprensible al paciente sobre el diagnóstico principal y secundarios, el tratamiento aplicado y las recomendaciones tras el alta.

  • Opción A (Incorrecta): Puede ser útil como soporte, pero no es su finalidad principal.

  • Opción C (Incorrecta): No sustituye a la historia clínica, es parte de ella.

  • Opción D (Incorrecta): Debe entregarse al paciente.

📌 Referencia normativa:
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, artículos 3 y 20.


Pregunta 4 (Actualizada 2025)

¿Qué órgano es responsable de la codificación clínica en los hospitales del SAS?

A) La unidad de farmacia hospitalaria
B) La unidad de atención al ciudadano
C) La unidad de documentación clínica (Respuesta Correcta)
D) La dirección de enfermería

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La codificación clínica —traducir diagnósticos y procedimientos a códigos normalizados (CIE-10-ES y PCS)— se realiza en la unidad de documentación clínica, con personal técnico especializado.

  • Opción A (Incorrecta): La farmacia no realiza codificación.

  • Opción B (Incorrecta): El SAC no tiene funciones codificadoras.

  • Opción D (Incorrecta): La dirección de enfermería coordina cuidados, no codificación.

📌 Referencia normativa:
Real Decreto 69/2015 y normativa SAS sobre codificación clínica.


Pregunta 5 (Actualizada 2025)

¿Qué sistema del SAS permite la prescripción y consulta de tratamientos activos desde oficinas de farmacia?

A) Diraya Consultas
B) Receta XXI (Respuesta Correcta)
C) ClicSalud+
D) DIRHOS

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
Receta XXI es el módulo de prescripción electrónica del SAS integrado en Diraya, que conecta a médicos, farmacias y pacientes para la gestión de medicación.

  • Opción A (Incorrecta): Diraya Consultas gestiona información clínica, no recetas.

  • Opción C (Incorrecta): Es el portal para pacientes, no de prescripción.

  • Opción D (Incorrecta): No corresponde a ningún sistema oficial del SAS.

📌 Referencia normativa:
Orden de 25 de julio de 2006 (BOJA nº 147).


Pregunta 6 (Actualizada 2025)

¿Cuál de las siguientes clasificaciones es la utilizada en el SAS para codificar diagnósticos y procedimientos en los hospitales públicos?

A) ICD-9-CM (CIE-9)
B) CIE-10-ES y CIE-10-PCS (Respuesta Correcta)
C) SNOMED CT
D) LOINC

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
El SAS adoptó la CIE-10-ES (versión española) para la codificación de diagnósticos y la CIE-10-PCS para procedimientos clínicos, tal como establece el Real Decreto 69/2015 y las instrucciones internas de codificación del SAS.

  • Opción A (Incorrecta): La CIE-9 fue sustituida en el sistema sanitario.

  • Opción C (Incorrecta): SNOMED CT es una terminología clínica más detallada, pero no se emplea para codificación del CMBD.

  • Opción D (Incorrecta): LOINC se utiliza en pruebas de laboratorio, no en la codificación de diagnósticos o procedimientos.

📌 Referencia normativa:
Real Decreto 69/2015, de 6 de febrero; Orden de 10 de junio de 2016 del SAS.


Pregunta 7 (Actualizada 2025)

¿Cuál es una función propia de los Servicios de Admisión en los hospitales del Servicio Andaluz de Salud?

A) Aprobar el Plan Andaluz de Salud
B) Asignar camas y tramitar ingresos programados y urgentes (Respuesta Correcta)
C) Diseñar la cartera de servicios del hospital
D) Codificar procedimientos quirúrgicos

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
Los Servicios de Admisión se encargan del registro de ingresos, asignación de camas, derivaciones internas y altas administrativas. Forman parte clave de la logística asistencial.

  • Opción A (Incorrecta): Corresponde al Consejo de Gobierno.

  • Opción C (Incorrecta): La cartera de servicios la define la dirección del SAS.

  • Opción D (Incorrecta): La codificación es competencia del Servicio de Documentación Clínica.

📌 Referencia normativa:
Manual de Organización y Funciones del Servicio de Admisión y Documentación Clínica del SAS.


Pregunta 8 (Actualizada 2025)

¿Qué profesional es responsable de priorizar clínicamente a los pacientes en listas de espera para intervenciones o pruebas diagnósticas?

A) El personal administrativo del Servicio de Admisión
B) El facultativo especialista correspondiente (Respuesta Correcta)
C) El jefe de recursos humanos del hospital
D) El Servicio Andaluz de Empleo

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
La priorización clínica corresponde exclusivamente al profesional que solicita la intervención o la prueba, atendiendo a criterios médicos como gravedad, urgencia y situación funcional del paciente.

  • Opción A (Incorrecta): El administrativo gestiona, pero no prioriza clínicamente.

  • Opción C (Incorrecta): El área de RRHH no interviene en listas de espera.

  • Opción D (Incorrecta): El SAE no participa en circuitos clínico-asistenciales.

📌 Referencia normativa:
Decreto 209/2001 y Decreto 96/2004, sobre garantías de tiempos de respuesta en el SAS.


Pregunta 9 (Actualizada 2025)

¿Qué plazo de conservación mínimo establece la normativa vigente para la historia clínica de un paciente en Andalucía?

A) 2 años
B) 5 años desde el alta del último episodio asistencial (Respuesta Correcta)
C) 10 años obligatorios para todos los documentos
D) No existe ningún plazo regulado

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
Según la Ley 41/2002 y las disposiciones autonómicas, el plazo mínimo general de conservación de la historia clínica es de 5 años desde la fecha de alta, aunque puede ampliarse en función de normativa específica o interés judicial o científico.

  • Opción A (Incorrecta): Insuficiente legalmente.

  • Opción C (Incorrecta): No es obligatorio de forma general.

  • Opción D (Incorrecta): La conservación está regulada normativamente.

📌 Referencia normativa:
Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente, art. 17; Instrucciones SAS sobre gestión documental clínica.


Pregunta 10 (Actualizada 2025)

¿Qué función cumple el Conjunto Mínimo Básico de Datos (CMBD) en el sistema sanitario andaluz?

A) Identificar a pacientes sin tarjeta sanitaria
B) Permitir el análisis de la actividad asistencial y la financiación por GRD (Respuesta Correcta)
C) Actuar como archivo clínico completo
D) Evaluar exclusivamente los resultados de enfermería

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
El CMBD recopila, a través de la codificación clínica, los diagnósticos, procedimientos, estancias y otras variables relevantes para analizar la actividad asistencial de los hospitales y calcular su financiación mediante Grupos Relacionados con el Diagnóstico (GRD).

  • Opción A (Incorrecta): No se emplea para identificar pacientes.

  • Opción C (Incorrecta): No es un archivo clínico, sino un conjunto de datos.

  • Opción D (Incorrecta): Evalúa toda la actividad, no solo la de enfermería.

📌 Referencia normativa:
Real Decreto 69/2015, de 6 de febrero, sobre Registro de Actividad de Atención Especializada.


Pregunta 11 (Actualizada 2025)

¿Qué módulo del sistema Diraya permite la prescripción electrónica de medicamentos en el Servicio Andaluz de Salud?

A) Módulo de Consultas
B) Receta XXI (Respuesta Correcta)
C) Historia Digital Básica
D) Diraya Farmacia

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
Receta XXI es el módulo de prescripción electrónica del SAS que permite a los facultativos emitir tratamientos de forma segura, integrándose con el sistema de dispensación en las farmacias de la red.

  • Opción A (Incorrecta): Es un módulo de registro clínico, no de prescripción.

  • Opción C (Incorrecta): Es un componente de la HCE, pero no se encarga de la prescripción.

  • Opción D (Incorrecta): No es el nombre del módulo oficial para esta función.

📌 Referencia normativa:
Orden de 25 de julio de 2006 por la que se regula la receta electrónica en Andalucía (BOJA núm. 147).


Pregunta 12 (Actualizada 2025)

¿Qué principio impone la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos, para garantizar la seguridad de los accesos a la historia clínica electrónica en el SAS?

A) Principio de interoperabilidad
B) Principio de trazabilidad (Respuesta Correcta)
C) Principio de economía procesal
D) Principio de equivalencia funcional

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
La LOPDGDD y el RGPD exigen que todos los accesos a datos personales sensibles, como la historia clínica, sean trazables, es decir, quede registro de quién accede, cuándo y con qué fin, garantizando el control y la seguridad.

  • Opción A (Incorrecta): La interoperabilidad facilita la conexión de sistemas, pero no controla accesos.

  • Opción C (Incorrecta): Término jurídico-procesal, sin aplicación en este contexto.

  • Opción D (Incorrecta): Afecta a la validez jurídica del documento electrónico, no a la seguridad de accesos.

📌 Referencia normativa:
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, art. 32; Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), art. 5 y 32.


Pregunta 13 (Actualizada 2025)

¿Qué órgano tiene la competencia de establecer los modelos y procedimientos de los Servicios de Atención a la Ciudadanía (SAC) en el SAS?

A) Los Distritos Sanitarios de forma independiente
B) La Inspección Médica Provincial
C) La Dirección General del SAS a través de la Consejería de Salud y Consumo (Respuesta Correcta)
D) El Defensor del Pueblo Andaluz

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La estructura, procedimientos y funciones de los SAC se definen en la normativa y documentos técnicos elaborados por la Consejería de Salud y Consumo a través del SAS. Los distritos y centros aplican estas directrices, pero no las crean de forma autónoma.

  • Opción A (Incorrecta): No tienen competencia normativa.

  • Opción B (Incorrecta): La inspección sanitaria no organiza SAC.

  • Opción D (Incorrecta): El Defensor del Pueblo Andaluz tutela derechos, no organiza servicios.

📌 Referencia normativa:
Orden de 5 de julio de 2016, sobre organización de los SAC en el SAS.


Pregunta 14 (Actualizada 2025)

¿Qué ocurre si el SAS incumple el plazo máximo garantizado para una intervención quirúrgica recogida en el Decreto 209/2001?

A) El paciente debe acudir a la sanidad privada por su cuenta
B) El paciente pierde el derecho a la intervención
C) El paciente puede solicitar derivación a un centro concertado o compensación (Respuesta Correcta)
D) No ocurre nada, es un plazo orientativo

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La normativa andaluza sobre garantías de tiempo de respuesta establece que, si el SAS no cumple con los plazos máximos, el paciente puede ejercer su derecho a ser derivado a un centro concertado sin coste adicional, e incluso a ser compensado.

  • Opción A (Incorrecta): No debe asumir el coste si hay incumplimiento.

  • Opción B (Incorrecta): No pierde su derecho.

  • Opción D (Incorrecta): No es orientativo, es exigible.

📌 Referencia normativa:
Decreto 209/2001, de 18 de septiembre; Decreto 96/2004.


Pregunta 15 (Actualizada 2025)

¿Cuál de las siguientes afirmaciones describe correctamente la función del archivo de historias clínicas en los hospitales del SAS?

A) Solo archiva papeles clínicos que no tienen valor actual
B) Su única finalidad es preservar documentación para inspección
C) Garantiza la disponibilidad, integridad y confidencialidad de la documentación clínica (Respuesta Correcta)
D) No tiene regulación específica en la Comunidad Autónoma

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El archivo clínico es un componente clave para garantizar que la historia clínica está siempre disponible, íntegra y segura, y cumple una función tanto legal como asistencial, científica y organizativa.

  • Opción A (Incorrecta): Gestiona toda la documentación, no solo la “sin valor actual”.

  • Opción B (Incorrecta): Tiene múltiples finalidades, no solo la inspección.

  • Opción D (Incorrecta): Está regulado en la Ley 41/2002 y en normativas del SAS.

📌 Referencia normativa:
Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente, art. 16-17; Instrucciones del SAS sobre archivos clínicos.


Pregunta 16 (Actualizada 2025)

¿Qué tipo de dato no debe incluirse nunca en una historia clínica si no es estrictamente relevante o legalmente permitido?

A) Información clínica
B) Anamnesis
C) Opiniones subjetivas sin base clínica o juicios de valor personales (Respuesta Correcta)
D) Diagnósticos codificados

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La historia clínica debe ser objetiva, completa y basada en hechos clínicos. Las anotaciones personales sin base médica o valoraciones no asistenciales pueden vulnerar derechos del paciente y generar responsabilidad.

  • Opción A (Incorrecta): Es parte esencial.

  • Opción B (Incorrecta): Fundamental para conocer antecedentes.

  • Opción D (Incorrecta): La codificación es obligatoria.

📌 Referencia normativa:
Ley 41/2002, art. 15; LOPDGDD, art. 4 y 5.


Pregunta 17 (Actualizada 2025)

¿Qué ocurre si un paciente quiere acceder a su historia clínica y el centro sanitario niega dicho acceso sin causa justificada?

A) El paciente puede reclamar ante el centro pero no tiene otras vías
B) El paciente debe acudir al juzgado directamente
C) El paciente puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos y el SAS (Respuesta Correcta)
D) No puede hacer nada si el centro no accede

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El acceso a la historia clínica es un derecho reconocido en la Ley 41/2002 y en la normativa de protección de datos. Si se vulnera sin causa legal (anotaciones subjetivas o protección de terceros), el paciente puede recurrir a la AEPD y a los órganos de atención al ciudadano del SAS.

  • Opción A (Incorrecta): Existen múltiples vías de reclamación.

  • Opción B (Incorrecta): Puede, pero no es la única vía ni la más inmediata.

  • Opción D (Incorrecta): Tiene derechos exigibles.

📌 Referencia normativa:
Ley 41/2002, art. 18; Ley Orgánica 3/2018, art. 13.


Pregunta 18 (Actualizada 2025)

¿Qué unidad hospitalaria está encargada de detectar los casos que pueden ser facturados a terceros (seguros, mutuas, etc.)?

A) Unidad de Farmacia
B) Unidad de Enfermería
C) Unidad de Admisión y Documentación Clínica (Respuesta Correcta)
D) Unidad de Calidad

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La Admisión y Documentación Clínica verifica si un proceso asistencial puede ser objeto de facturación a un tercero (por ejemplo, por accidente laboral o de tráfico) y recopila los datos necesarios.

  • Opción A (Incorrecta): La farmacia no gestiona esta facturación.

  • Opción B (Incorrecta): No tiene funciones administrativas.

  • Opción D (Incorrecta): Se enfoca en procesos, no en facturación.

📌 Referencia normativa:
Instrucciones de facturación del SAS; procedimientos internos hospitalarios.


Pregunta 19 (Actualizada 2025)

¿Qué principio rige el acceso de los ciudadanos a sus informes clínicos a través del portal ClicSalud+?

A) Principio de transparencia y participación (Respuesta Correcta)
B) Principio de neutralidad
C) Principio de subsidiariedad
D) Principio de gratuidad solo para mayores de 65 años

Respuesta correcta: A

📌 Explicación:
La estrategia digital del SAS incorpora la transparencia como pilar del derecho a la información sanitaria. ClicSalud+ permite a todos los usuarios consultar y descargar informes clínicos sin restricciones por edad.

  • Opción B (Incorrecta): No es aplicable.

  • Opción C (Incorrecta): Aplicable en política pública, no en este caso.

  • Opción D (Incorrecta): El acceso no se restringe por edad.

📌 Referencia normativa:
Ley 2/1998, de Salud de Andalucía, art. 7 y 10; Estrategia de Salud Digital del SAS.


Pregunta 20 (Actualizada 2025)

¿Qué información debe contener, como mínimo, un informe quirúrgico en el SAS según la normativa vigente?

A) Nombre del anestesista únicamente
B) Nombre del cirujano, procedimiento realizado, hallazgos e incidencias (Respuesta Correcta)
C) Número de quirófano
D) Fecha de la última analítica preoperatoria

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
El informe quirúrgico forma parte de la historia clínica y debe incluir el nombre del cirujano, el procedimiento realizado, los hallazgos relevantes, incidencias ocurridas y firma del profesional.

  • Opción A (Incorrecta): Es parte del informe de anestesia, no del quirúrgico.

  • Opción C (Incorrecta): No es obligatorio.

  • Opción D (Incorrecta): Pertenece a la historia preoperatoria, no al informe de intervención.

📌 Referencia normativa:
Ley 41/2002, art. 15-17; Real Decreto 1093/2010.


Pregunta 21 (Actualizada 2025)

¿Qué derecho otorga la Ley 41/2002 al paciente en relación con el acceso a los informes de pruebas diagnósticas realizadas durante su ingreso hospitalario?

A) Puede acceder únicamente con autorización judicial
B) Puede solicitar copia sin necesidad de justificación y de forma directa (Respuesta Correcta)
C) Debe esperar 5 años para solicitar los informes
D) Solo puede acceder si es mayor de edad

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
El artículo 18 de la Ley 41/2002 reconoce el derecho del paciente a acceder a la documentación clínica generada durante la asistencia, incluyendo los informes de pruebas diagnósticas. El acceso puede realizarse directamente, sin necesidad de justificación, salvo excepciones limitadas.

  • Opción A (Incorrecta): No se requiere autorización judicial.

  • Opción C (Incorrecta): No hay un plazo de espera para acceder.

  • Opción D (Incorrecta): También puede acceder el representante legal del menor o del incapacitado.

📌 Referencia normativa:
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, art. 18.


Pregunta 22 (Actualizada 2025)

¿Qué datos son obligatorios en el informe de alta hospitalaria según el Real Decreto 1093/2010, por el que se aprueban los conjuntos mínimos de datos clínicos?

A) Fecha de nacimiento, tipo de sangre y teléfono del paciente
B) Diagnóstico principal, procedimientos realizados, tratamiento prescrito, recomendaciones (Respuesta Correcta)
C) Datos de contacto de familiares y nombre del celador de planta
D) Observaciones personales del médico sin relevancia clínica

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
El informe de alta debe contener al menos los elementos básicos definidos por el Real Decreto 1093/2010: diagnóstico principal, diagnósticos secundarios relevantes, procedimientos realizados, tratamiento y recomendaciones al alta.

  • Opción A (Incorrecta): No son campos clínicos obligatorios.

  • Opción C (Incorrecta): Son datos administrativos, no clínicos.

  • Opción D (Incorrecta): No deben incluirse anotaciones sin relevancia asistencial.

📌 Referencia normativa:
Real Decreto 1093/2010, de 3 de septiembre.


Pregunta 23 (Actualizada 2025)

¿Qué módulo del sistema de información Diraya permite registrar electrónicamente solicitudes de pruebas diagnósticas y exploraciones complementarias?

A) Receta XXI
B) Diraya Peticiones (Respuesta Correcta)
C) Diraya Historia Básica
D) App Salud Andalucía

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
El módulo de Diraya Peticiones permite al profesional sanitario solicitar pruebas diagnósticas (análisis, radiografías, etc.) y realizar el seguimiento electrónico del resultado desde la historia clínica electrónica.

  • Opción A (Incorrecta): Se usa para prescripción de medicamentos.

  • Opción C (Incorrecta): No gestiona pruebas, es parte de la visualización de datos clínicos.

  • Opción D (Incorrecta): Es una herramienta para el paciente, no para la petición clínica.

📌 Referencia normativa:
Sistema Diraya – Manual funcional SAS; Plan de Sistemas de Información del SAS 2022-2025.


Pregunta 24 (Actualizada 2025)

¿Qué debe hacer la unidad de admisión si un paciente en lista de espera quirúrgica no responde tras varios intentos de localización?

A) Eliminar al paciente de la lista sin más
B) Derivar el caso al equipo jurídico del hospital
C) Realizar una depuración administrativa conforme al protocolo del SAS (Respuesta Correcta)
D) Llamar a su médico de cabecera para que decida

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El procedimiento correcto es realizar una depuración administrativa conforme a las instrucciones de gestión de listas de espera del SAS, dejando constancia de los intentos de localización y documentando adecuadamente la causa de baja si procede.

  • Opción A (Incorrecta): No se puede eliminar sin justificar.

  • Opción B (Incorrecta): No es competencia del equipo jurídico.

  • Opción D (Incorrecta): El médico de cabecera no gestiona listas de espera quirúrgicas.

📌 Referencia normativa:
Instrucción de 8 de octubre de 2018 sobre Gestión de Listas de Espera en el SAS.


Pregunta 25 (Actualizada 2025)

¿Qué figura del SAS es responsable de elaborar el Conjunto Mínimo Básico de Datos (CMBD) a partir de los episodios clínicos codificados?

A) El Servicio de Urgencias
B) La Dirección Económica
C) La Unidad de Documentación Clínica (Respuesta Correcta)
D) La Unidad de Atención al Usuario

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La Unidad de Documentación Clínica es responsable de recoger los datos codificados de diagnósticos y procedimientos (usualmente tras el alta médica) y generar el CMBD, que se remite a los servicios centrales del SAS.

  • Opción A (Incorrecta): Urgencias atiende, pero no codifica.

  • Opción B (Incorrecta): No gestiona el registro clínico.

  • Opción D (Incorrecta): Su función es informativa y administrativa, no de análisis clínico.

📌 Referencia normativa:
Real Decreto 69/2015; Manual de Documentación Clínica del SAS.


Pregunta 26 (Actualizada 2025)

¿Qué normativa regula expresamente la conservación mínima de los datos contenidos en la historia clínica?

A) Ley Orgánica 3/2018, exclusivamente
B) Estatuto Marco del Personal Sanitario
C) Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente (Respuesta Correcta)
D) El Plan de Formación Continuada

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La Ley 41/2002, en su artículo 17, regula los plazos mínimos de conservación de la documentación clínica, así como las condiciones para su destrucción o digitalización.

  • Opción A (Incorrecta): La LOPDGDD regula protección de datos, pero no entra al detalle en conservación clínica.

  • Opción B (Incorrecta): Regula personal, no documentación.

  • Opción D (Incorrecta): Irrelevante en este contexto.

📌 Referencia normativa:
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, art. 17.


Pregunta 27 (Actualizada 2025)

¿Cuál de los siguientes principios es esencial para que un profesional sanitario del SAS acceda a una historia clínica electrónica?

A) Interés profesional general
B) Relación asistencial activa con el paciente (Respuesta Correcta)
C) Petición del gerente del centro
D) Derecho de curiosidad médica

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
El acceso debe estar justificado por una relación asistencial directa con el paciente. El acceso indebido, incluso si es por interés profesional, puede conllevar sanción disciplinaria y responsabilidad legal.

  • Opción A (Incorrecta): El interés general no justifica el acceso a datos protegidos.

  • Opción C (Incorrecta): El gerente no puede autorizar accesos arbitrarios.

  • Opción D (Incorrecta): Es ilegal.

📌 Referencia normativa:
Ley Orgánica 3/2018, art. 5 y 32; Ley 41/2002, art. 16.


Pregunta 28 (Actualizada 2025)

¿Qué herramienta corporativa permite a la ciudadanía acceder electrónicamente a informes clínicos, citas y tratamientos en Andalucía?

A) DIRHOS
B) ClicSalud+ (Respuesta Correcta)
C) Portal de Empleo Público
D) REDIAM

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
ClicSalud+ es el portal digital de referencia para los ciudadanos en el SAS, y permite consultar informes clínicos, hoja de medicación, citas, datos administrativos y solicitudes electrónicas.

  • Opción A (Incorrecta): No es una herramienta clínica del SAS.

  • Opción C (Incorrecta): Es para procesos selectivos.

  • Opción D (Incorrecta): REDIAM es de información ambiental, no sanitaria.

📌 Referencia normativa:
Portal oficial del SAS: https://www.clicsalud.es


Pregunta 29 (Actualizada 2025)

¿Qué órgano del SAS establece las prioridades clínicas y criterios de inclusión en las listas de espera estructurales?

A) La Subdirección de Enfermería
B) La Dirección de Recursos Humanos
C) El equipo asistencial correspondiente según especialidad (Respuesta Correcta)
D) El Servicio de Mantenimiento

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Son los facultativos y equipos asistenciales quienes determinan la inclusión de un paciente en lista de espera, así como la prioridad en función del estado clínico.

  • Opción A (Incorrecta): No gestiona listas de espera.

  • Opción B (Incorrecta): RRHH no tiene funciones clínicas.

  • Opción D (Incorrecta): Irrelevante para este proceso.

📌 Referencia normativa:
Decreto 209/2001 y actualizaciones; protocolos SAS de inclusión en listas.


Pregunta 30 (Actualizada 2025)

¿Cuál de los siguientes procedimientos NO es competencia del Servicio de Admisión hospitalario?

A) Asignación de camas en hospitalización
B) Codificación clínica de diagnósticos (Respuesta Correcta)
C) Gestión de citas para consultas externas
D) Registro del ingreso urgente

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
La codificación clínica de diagnósticos y procedimientos es competencia de la Unidad de Documentación Clínica, no del personal de admisión. Este último se ocupa de la parte logística y administrativa.

  • Opción A (Incorrecta): Es función propia de admisión.

  • Opción C (Incorrecta): También es gestionada desde admisión.

  • Opción D (Incorrecta): Es parte esencial de sus tareas.

📌 Referencia normativa:
Manual de Organización del Servicio de Admisión y Documentación Clínica del SAS.


🧠 MAPA CONCEPTUAL – TEMA 102 (SAS)

Servicios de Atención al Ciudadano. Servicios de Admisión y Documentación Clínica. Sistemas de Información. Archivo Clínico. Gestión de Listas de Espera


🏥 1. Servicios de Atención al Ciudadano (SAC)

🔹 Concepto:
Unidad administrativa que centraliza la relación no clínica entre el ciudadano y el sistema sanitario.

🔹 Organización:
Presente en hospitales, centros de salud y distritos de atención primaria. Depende orgánicamente de la Dirección Gerencia o de Calidad.

🔹 Funciones principales:

  • ℹ️ Información sobre servicios, derechos y deberes del paciente
  • 💬 Gestión de reclamaciones, sugerencias y agradecimientos
  • 📄 Tramitación de acceso a historia clínica, segunda opinión, voluntades vitales
  • 🧭 Orientación al ciudadano dentro del sistema sanitario
  • ♿ Atención a colectivos con necesidades específicas (intérpretes, movilidad)
  • 📲 Interfaz con herramientas digitales como ClicSalud+

🗃️ 2. Servicios de Admisión y Documentación Clínica (SADC)

🔹 Concepto:
Unidad central para la gestión administrativa del paciente y la custodia de la documentación clínica generada durante su atención.

🔹 Estructura funcional:

  • 🧍 Registro de ingresos (programados y urgentes)
  • 🏨 Gestión de camas y altas hospitalarias
  • 📅 Coordinación de agendas, consultas y quirófanos
  • 🧾 Codificación clínica con CIE-10-ES / PCS
  • 📚 Archivo de historias clínicas y gestión documental
  • 💸 Identificación de casos para facturación a terceros

🔹 Dependencia funcional:
Generalmente de la Dirección Médica o Dirección de Gestión.


💻 3. Sistemas de Información en Atención Primaria y Especializada

🔹 Objetivo:
Facilitar la integración de datos clínico-administrativos para mejorar la continuidad asistencial.

🔹 Sistema principal:
🖥️ Diraya – Historia Clínica Electrónica Única en Andalucía.

🔹 Módulos clave:

  • 💊 Receta XXI: Prescripción electrónica y dispensación en farmacias
  • 🧪 Peticiones electrónicas: pruebas de laboratorio, radiología, interconsultas
  • 📅 Gestión de agendas y citas
  • 📲 ClicSalud+ / App Salud Andalucía: acceso ciudadano a informes y citas
  • 📈 Seguimiento de actividad asistencial y generación del CMBD

🔹 Beneficios:
🔁 Continuidad asistencial – 🔐 Seguridad de la información – 📊 Explotación de datos sanitarios


📑 4. Archivo y Documentación Clínica: Gestión y Control

🔹 Concepto:
Conjunto organizado de documentos que recogen cronológicamente la atención sanitaria prestada a un paciente.

🔹 Gestión documental:

  • 📥 Recepción, identificación y custodia de la documentación
  • 🗂️ Clasificación y archivo (físico o digital)
  • 🧾 Conservación según plazos legales (mínimo 5 años)
  • 🗑️ Expurgo reglado tras la conservación obligatoria
  • 📋 Trazabilidad de accesos y control de seguridad (ENS)

🔹 Control de calidad:

  • ✔️ Completitud, integridad y coherencia de los documentos
  • 🧠 Formación al personal sobre confidencialidad y normativa
  • 📈 Auditorías internas sobre gestión documental

🗂️ 5. Documentación Clínica

🔹 Definición:
La Historia Clínica (HC) es el soporte, en papel o electrónico, donde se integran todos los datos relativos al proceso asistencial.

🔹 Componentes esenciales de la HC:

  • 🧍 Datos de identificación del paciente
  • 🧾 Documentos de admisión y consentimientos informados
  • 📋 Anamnesis, evolución, interconsultas
  • 🧬 Informes de pruebas diagnósticas
  • 📝 Informes quirúrgicos y de cuidados de enfermería
  • 📄 Informe de alta hospitalaria

🔹 Derechos del paciente:

  • 🔍 Acceder a su historia
  • 📄 Obtener copias
  • ⛔ Control de quién accede (principio de trazabilidad)

6. Gestión de Listas de Espera

🔹 Concepto:
Instrumento que registra a pacientes que esperan una prestación programada (consulta, prueba o cirugía) no urgente.

🔹 Tipos de listas:

  • 🛏️ Lista de Espera Quirúrgica (LEQ)
  • 👨‍⚕️ Lista de Espera de Consultas (LEC)
  • 🧪 Lista de Espera de Pruebas Diagnósticas (LEPD)

🔹 Fases del proceso:
1️⃣ Inclusión tras indicación del facultativo
2️⃣ Clasificación por prioridad clínica (normal, preferente, urgente)
3️⃣ Programación según orden y disponibilidad
4️⃣ Depuración (renuncias, duplicidades, imposibilidades)
5️⃣ Información al paciente sobre su situación

🔹 Garantías para el ciudadano:

  • ⏱️ Plazos máximos regulados por decreto
  • 🏥 Derecho a derivación a centro concertado si se incumple
  • 📢 Publicación periódica de datos (transparencia)

⚖️ 7. Normativa Aplicable (Selección Relevante)

📘 Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente
📘 Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos (LOPDGDD)
📘 Ley 2/1998, de Salud de Andalucía
📘 Decreto 209/2001, sobre garantías de plazos quirúrgicos
📘 Real Decreto 69/2015, sobre el Registro de Actividad Asistencial
📘 Orden de 5 de julio de 2016, SAC y Participación Ciudadana en el SAS
📘 Real Decreto 1093/2010, sobre informes clínicos normalizados


🔄 8. Interrelación entre Componentes del Tema

📌 SAC → orientación + canalización → Admisión
📌 Admisión → organiza y registra → deriva a Listas de Espera, Codificación, Archivo
📌 Documentación Clínica → alimenta al CMBD, GRD, evaluaciones clínicas
📌 Sistemas de Información → soporte técnico integral a todas las áreas
📌 Listas de Espera → reflejan la demanda asistencial real, y deben gestionarse con rigor


🏁 Resumen del Tema 102 en Clave Operativa

✅ Atención centrada en el ciudadano
✅ Gestión eficiente y transparente del acceso a prestaciones
✅ Documentación clínica segura, accesible y de calidad
✅ Listas de espera sujetas a plazos legales y control centralizado
✅ Sistemas de información como eje de integración y trazabilidad
✅ Todo ello sustentado en normativa específica, derechos del paciente y buenas prácticas administrativas


 

📚 REFERENCIAS NORMATIVAS Y LEGISLATIVAS

🏛️ Normativa estatal aplicable

  • Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
    (BOE núm. 274, de 15 de noviembre de 2002)
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
    (BOE núm. 294, de 6 de diciembre de 2018)
  • Real Decreto 1093/2010, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el conjunto mínimo de datos de los informes clínicos del Sistema Nacional de Salud.
    (BOE núm. 225, de 16 de septiembre de 2010)
  • Real Decreto 69/2015, de 6 de febrero, por el que se regula el Registro de Actividad de Atención Sanitaria Especializada (RAE-CMBD).
    (BOE núm. 41, de 17 de febrero de 2015)
  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

🏛️ Normativa autonómica de Andalucía

  • Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía.
    (BOJA núm. 74, de 4 de julio de 1998)
  • Decreto 209/2001, de 18 de septiembre, por el que se establecen los plazos máximos de respuesta en intervenciones quirúrgicas programadas en el SAS.
    (BOJA núm. 115, de 4 de octubre de 2001)
  • Decreto 96/2004, de 9 de marzo, por el que se amplía la garantía de plazos en consultas externas y pruebas diagnósticas.
    (BOJA núm. 49, de 11 de marzo de 2004)
  • Orden de 5 de julio de 2016, por la que se regula la organización y funcionamiento de los Servicios de Atención a la Ciudadanía en el ámbito del SAS.
    (BOJA núm. 131, de 11 de julio de 2016)
  • Orden de 25 de julio de 2006, por la que se regula la receta electrónica en el Servicio Andaluz de Salud.
    (BOJA núm. 147, de 1 de agosto de 2006)

📘 PUBLICACIONES Y DOCUMENTOS TÉCNICOS DEL SAS

  • Sistema Diraya. Historia de Salud Digital de Andalucía. Portal del Servicio Andaluz de Salud.
    URL: https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud
  • ClicSalud+ – Plataforma de acceso ciudadano a la información sanitaria personal.
    URL: https://www.clicsalud.es
  • Manual de Organización y Funciones del Servicio de Admisión y Documentación Clínica del SAS. (Documentación interna. Centros asistenciales)
  • Instrucción 8/2018 de la Dirección Gerencia del SAS, sobre depuración de listas de espera estructurales. (Documento técnico operativo)
  • Plan de Sistemas de Información del SAS 2022–2025.
    (Dirección General de Gestión Económica y Servicios del SAS)
  • Estrategia de Seguridad del Paciente en Andalucía.
    (Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía)

🧾 BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA RECOMENDADA

  • CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE MÉDICOS (CGCOM).
    Guía de buenas prácticas para la elaboración y conservación de la historia clínica.
  • FUNDACIÓN IDIS.
    Informe sobre la interoperabilidad de la historia clínica electrónica en España.
    (Ediciones 2021 y 2023)
  • AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS (AEPD).
    Guía para pacientes y profesionales sobre el tratamiento de datos en el ámbito sanitario.

 

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