INTRODUCCIÓN
El presente tema aborda los pilares fundamentales del sistema financiero público español, centrándose en la clasificación de los ingresos públicos, la estructura y principios del sistema tributario, el modelo de financiación autonómica, el papel del Consejo de Política Fiscal y Financiera y, de forma específica, el mecanismo de facturación a terceros en el Servicio Andaluz de Salud (SAS), esencial para la recuperación de costes sanitarios no cubiertos por el presupuesto público.
1. LOS INGRESOS PÚBLICOS: CONCEPTO, NATURALEZA Y CLASES
1.1 Concepto de Ingresos Públicos
Los ingresos públicos son los recursos financieros que obtienen las entidades del sector público para cumplir con sus obligaciones y garantizar el funcionamiento de la Administración. Estos ingresos constituyen la base para financiar la prestación de servicios esenciales—como la sanidad, la educación, la seguridad, y la inversión en infraestructuras—y para sostener el desarrollo de políticas públicas destinadas a promover el bienestar general y el interés colectivo.
Desde un punto de vista económico y jurídico, los ingresos públicos se distinguen por ser unidireccionales; es decir, se recaudan de forma obligatoria y sin que implique una contraprestación directa o inmediata al contribuyente. Esta característica los diferencia fundamentalmente de los ingresos derivados de operaciones comerciales o privadas, donde la relación contractual establece un intercambio de bienes o servicios.
1.2 Naturaleza de los Ingresos Públicos
La naturaleza de los ingresos públicos se puede analizar desde diversas perspectivas:
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Unilateralidad:
La recaudación se realiza sin que exista una contraprestación directa. Los ciudadanos contribuyen al sostenimiento del gasto público independientemente de los beneficios específicos que reciban, lo que fundamenta el principio del interés general. -
Obligatoriedad vs. Voluntariedad:
Si bien en su mayoría los ingresos públicos se obtienen de forma obligatoria (como los tributos), también existen ingresos de carácter voluntario, por ejemplo, aquellos derivados de tasas por la prestación de servicios en que el usuario opta por contratarlos. -
Diversidad de Fuentes:
Los ingresos provienen de distintos orígenes y cada uno cumple una función específica en el financiamiento público. Esta diversidad permite equilibrar el sistema fiscal, adaptándolo a las necesidades y a las distintas capacidades económicas de la sociedad. -
Finalidad y Destino:
La finalidad última de los ingresos públicos es asegurar el cumplimiento de funciones estatales orientadas al interés colectivo. Se emplean para financiar tanto el gasto corriente (como salarios, mantenimiento de infraestructuras, prestación de servicios públicos) como el gasto de inversión (proyectos de desarrollo, reformas estructurales).
1.3 Clasificación de los Ingresos Públicos
La clasificación de los ingresos públicos se fundamenta en criterios tanto económicos como administrativos y se utiliza para la correcta elaboración y seguimiento del presupuesto. Según la estructura presupuestaria y las categorías definidas en las normativas públicas, se pueden identificar los siguientes grandes bloques:
A. Ingresos Tributarios
Estos ingresos constituyen la principal fuente de financiamiento del Estado y se dividen en tres subcategorías:
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Impuestos:
Son tributos que se exigen sin contraprestación directa, estableciendo un pago en función de la capacidad económica del contribuyente. Ejemplos destacados son:-
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): grava las rentas obtenidas por los contribuyentes.
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Impuesto sobre Sociedades: aplica a las rentas obtenidas por las empresas.
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Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): gravamen indirecto aplicado al consumo.
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Tasas:
Son tributos que se cobran por la utilización o aprovechamiento de un servicio o bien público, o por la realización de determinados actos administrativos. Estas tasas tienen en cuenta el coste del servicio efectivamente prestado y su objetivo es compensar dicho coste. Ejemplos incluyen tasas judiciales o tasas por la expedición de documentos oficiales. -
Contribuciones Especiales:
Se establecen para quienes se benefician de manera especial de determinadas obras públicas o servicios, que, al incrementarse la plusvalía o el valor de su propiedad, justifican una contribución adicional. Un ejemplo es la contribución por urbanización.
B. Ingresos No Tributarios
Esta categoría engloba recursos que no se derivan directamente de tributos, y se subdivide en:
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Ingresos Patrimoniales:
Se obtienen del patrimonio público a través de su explotación, como los ingresos por alquiler de bienes inmuebles, dividendos de empresas estatales o intereses generados en depósitos públicos. -
Ingresos por Operaciones de Crédito:
Son recursos financieros obtenidos mediante la emisión de deuda pública o mediante préstamos. Se caracterizan por ser temporales y su uso está condicionado a medidas de control para garantizar la sostenibilidad a largo plazo. -
Otros Ingresos:
Incluyen multas, sanciones, donaciones y otros pagos que no se enmarcan en la clasificación de tributos o ingresos patrimoniales.
C. Transferencias
Las transferencias son ingresos que reciben las administraciones públicas de otras entidades o niveles de gobierno, sin que existan contrapartidas directas. Estas transferencias pueden ser:
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Corrientes: destinadas a financiar el gasto ordinario y el funcionamiento de los servicios públicos (por ejemplo, transferencias del Estado a las Comunidades Autónomas).
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De Capital: orientadas a financiar inversiones o mejorar la infraestructura (por ejemplo, aportaciones para proyectos de modernización).
D. Variaciones en Activos y Pasivos Financieros
Este bloque contempla los ingresos relacionados con movimientos en el patrimonio financiero del sector público:
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Variación de Activos Financieros: ingresos obtenidos mediante la venta de activos o la devolución de préstamos.
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Variación de Pasivos Financieros: ingresos derivados del endeudamiento, es decir, la emisión de deuda para financiar el gasto.
El conocimiento profundo de los ingresos públicos es esencial para comprender la capacidad financiera del sector público y para la elaboración de políticas fiscales y presupuestarias. La diversificación de estos ingresos permite sostener un sistema financiero robusto y adaptable a las necesidades sociales y económicas, mientras que su correcta clasificación y gestión son fundamentales para la transparencia y la eficiencia en la administración pública. Además, el entendimiento de los ingresos tributarios frente a otras fuentes de financiamiento subraya la importancia de una política fiscal que equilibre la contribución de los ciudadanos con la prestación de servicios públicos de alta calidad.
2. SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL: PRINCIPIOS Y ESTRUCTURA BÁSICA
El sistema tributario español constituye uno de los pilares fundamentales del modelo económico y fiscal del país. Está diseñado para garantizar que la recaudación de recursos contribuya al sostenimiento de los gastos públicos de manera equitativa, progresiva y legal, cumpliendo con los requisitos constitucionales y las directrices establecidas en la legislación vigente.
2.1 Principios Constitucionales
El marco normativo del sistema tributario se fundamenta en una serie de principios recogidos en la Constitución Española, principalmente en el artículo 31.1, que establece:
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Legalidad:
La creación, modificación y extinción de tributos debe realizarse exclusivamente mediante ley. Este principio garantiza la seguridad jurídica y evita que los gobiernos puedan imponer cargas fiscales de manera discrecional o arbitraria. -
Capacidad Económica:
El aporte de cada contribuyente debe estar relacionado con su capacidad económica. Esto significa que quienes tengan mayores ingresos o patrimonio, deben contribuir en mayor proporción, lo que permite que el sistema sea progresivo y equitativo. -
Igualdad:
El sistema tributario debe respetar el principio de igualdad, evitando la discriminación y asegurando que todos los ciudadanos contribuyan en función de su capacidad económica, sin privilegios ni tratos diferenciados injustificados. -
Progresividad:
Los tributos, especialmente los directos, se estructuran de manera que quienes tienen mayores recursos paguen un porcentaje mayor de sus ingresos. Este mecanismo contribuye a una distribución más equitativa del gasto público. -
No confiscatoriedad:
Se prohíbe que los tributos tengan un efecto tan gravoso que terminen por agotar la renta o el patrimonio del contribuyente, garantizando que el sistema fiscal no se convierta en un instrumento punitivo excesivo.
Estos principios no solo orientan la política fiscal, sino que también sirven de criterio de control y evaluación de las medidas adoptadas en materia tributaria, asegurando la integridad y legitimidad del sistema.
2.2 Estructura del Sistema Tributario Español
El sistema tributario español está compuesto por una serie de tributos que se organizan en diferentes niveles administrativos, permitiendo la coordinación entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales. Esta estructuración facilita la equidad en la distribución de recursos y la autonomía en la gestión fiscal.
2.2.1 Tributos Estatales
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Impuestos Directos:
Ejemplificados principalmente por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Estos tributos se caracterizan por gravar la capacidad económica del contribuyente, aplicándose sin una contraprestación directa.-
IRPF: Progresivo y basado en la renta global.
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Impuesto sobre Sociedades: Aplica a los beneficios obtenidos por las empresas, garantizando una contribución proporcional a la actividad económica.
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-
Impuestos Indirectos:
Se centran en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y otros impuestos especiales (por ejemplo, sobre hidrocarburos o alcohol). Estos tributos gravan el consumo y son repercutidos en el precio final de los bienes y servicios, sin que el contribuyente reciba una prestación directa del Estado. -
Otros Tributos Estatales:
Incluyen tasas y contribuciones especiales que responden a servicios específicos o beneficios particulares derivados de obras públicas.-
Tasas: Por ejemplo, las tasas judiciales o tasas administrativas que compensan el coste de la prestación de servicios.
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Contribuciones Especiales: Se imponen cuando la realización de obras públicas genera un beneficio particular para ciertos contribuyentes (como el incremento del valor de la propiedad).
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2.2.2 Tributos Autonómicos
Las Comunidades Autónomas, en el marco de sus competencias, gestionan y establecen tributos propios y cedidos:
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Tributos Propios:
Son aquellos creados y regulados por las propias Comunidades, que pueden incluir ciertos impuestos locales o tasas específicas. Su recaudación suele ser modesta, pero permite cierta autonomía fiscal. -
Tributos Cedidos:
Consisten en parte de los ingresos provenientes de tributos estatales que se transfieren a las Comunidades Autónomas. Ejemplos relevantes son:-
Un porcentaje del IRPF (generalmente el 50% de la recaudación).
-
Un porcentaje del IVA y de otros impuestos especiales (por ejemplo, Impuestos Especiales sobre hidrocarburos y alcohol).
-
Estas cesiones son fundamentales para financiar servicios públicos esenciales (sanidad, educación, servicios sociales) y son materia de intensas negociaciones en organismos como el Consejo de Política Fiscal y Financiera.
2.2.3 Tributos Locales
Los tributos locales son gestionados por los Ayuntamientos y Diputaciones y son cruciales para financiar servicios municipales y locales. Entre los más importantes se encuentran:
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Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI):
Grava la propiedad de bienes inmuebles y constituye una fuente importante de ingresos para los municipios. -
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM):
Se paga por la titularidad de un vehículo y varía según criterios locales. -
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE):
Aplica a la realización de actividades empresariales, profesionales o artísticas, pudiendo ser gestionado tanto por el Estado como por las entidades locales. -
Otros tributos locales:
Incluyen el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y la Plusvalía Municipal, entre otros.
2.3 Funcionamiento y Marco Regulatorio
La operatividad del sistema tributario español se apoya en diversas normativas y organismos:
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Ley 58/2003, General Tributaria:
Regula los procedimientos de liquidación, recaudación y control de los tributos, garantizando transparencia y seguridad jurídica. -
Normativa complementaria:
Cada tributo cuenta con su propia normativa y decretos de desarrollo que especifican elementos como la base, el tipo impositivo, las exenciones y los procedimientos de recaudación. -
Órganos de gestión y control:
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es la entidad encargada de la recaudación y el control de los tributos estatales, mientras que otros organismos, a nivel autonómico y local, llevan a cabo funciones similares en sus respectivos ámbitos. -
Coordinación interadministrativa:
La existencia de un marco normativo compartido y mecanismos de coordinación, como el Consejo de Política Fiscal y Financiera, permite la integración de los distintos niveles de recaudación tributaria y garantiza una distribución equitativa de los recursos.
El sistema tributario español se caracteriza por su complejidad y la distribución de competencias fiscales entre diversos niveles de gobierno. Esta estructura permite una mayor autonomía en la gestión de los recursos, pero también demanda mecanismos de coordinación eficientes para evitar duplicidades, conflictos y desigualdades. Los principios constitucionales—en especial la progresividad y la no confiscatoriedad—son esenciales para lograr un equilibrio en la carga fiscal, protegiendo al contribuyente sin comprometer la capacidad financiera del sector público para cumplir con sus objetivos sociales y económicos.
Además, la evolución constante del marco legal y las modificaciones en la recaudación (como la cesión de tributos a las Comunidades Autónomas) reflejan la necesidad de adaptar el sistema a los cambios económicos y sociales, manteniendo la sostenibilidad y la equidad.
3. FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Marco jurídico: LOFCA (Ley Orgánica 8/1980)
Establece el modelo de financiación para garantizar:
- Autonomía financiera.
- Suficiencia de recursos.
- Solidaridad interterritorial.
Fuentes de financiación (régimen común)
- Tributos propios: Limitados y de escasa recaudación.
- Tributos cedidos: IRPF, IVA, IIEE y otros tributos gestionados por la CCAA.
- Transferencias del Estado:
- Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales (sanidad, educación, servicios sociales).
- Fondos de convergencia: suficiencia, cooperación.
- Recursos procedentes de la UE: Especialmente para programas específicos.
- Endeudamiento autorizado: Dentro de los límites de estabilidad presupuestaria.
En el caso de Andalucía
La financiación del Servicio Andaluz de Salud (SAS) depende casi exclusivamente de estos recursos: tramo autonómico del IRPF, parte del IVA e IIEE, y el Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales.
4. COORDINACIÓN FINANCIERA: EL CONSEJO DE POLÍTICA FISCAL Y FINANCIERA (CPFF)
Composición
- Presidido por el Ministerio de Hacienda.
- Integrado por representantes del Estado y de las CCAA.
Funciones principales (Art. 3 LOFCA)
- Fijación de objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda.
- Coordinación financiera entre niveles de gobierno.
- Revisión del modelo de financiación autonómica.
- Armonización tributaria.
- Información económico-financiera entre administraciones.
Importancia
El CPFF es el principal órgano de gobernanza fiscal intergubernamental en España. Su rol es clave en la sostenibilidad del sistema descentralizado.
5. FACTURACIÓN A TERCERO EN EL SAS
5.1 Definición y Contexto
La facturación a tercero en el Servicio Andaluz de Salud (SAS) es un mecanismo administrativo y económico mediante el cual se recuperan los costes de la atención sanitaria prestada a pacientes cuando la financiación de dicha asistencia no corresponde integrar el presupuesto público ordinario, sino que debe ser asumida por entidades externas. Este proceso cobra especial relevancia en situaciones en que las prestaciones asistenciales se brindan a:
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Víctimas de accidentes de tráfico, donde las aseguradoras son las responsables de asumir el coste.
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Pacientes con accidentes laborales, cubiertos por mutuas colaboradoras y gestionados en coordinación con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Instituto Social de la Marina (ISM).
-
Ciudadanos extranjeros que, en virtud de convenios bilaterales o mediante la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), tienen derecho a recibir atención sanitaria y cuyo coste debe ser reclamado a su sistema de origen.
-
Otros escenarios en los que se produzca una externalización de la carga financiera, como casos particulares derivados de seguros privados o convenios interadministrativos.
El proceso de facturación a terceros no solo busca recuperar costes, sino que también contribuye a garantizar la sostenibilidad financiera del sistema sanitario público, evitando que el SAS asuma económicamente asistencias que corresponden a la responsabilidad de terceros.
5.2 Marco Normativo y Base Legal
El procedimiento se rige por un conjunto de normativas estatales y autonómicas, así como por convenios específicos que determinan la organización y el procedimiento de facturación. Entre los principales instrumentos normativos se destacan:
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Ley General de Sanidad (Ley 14/1986)
Establece los principios generales de la organización y financiación de la sanidad pública. -
Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (Ley 16/2003)
Define los mecanismos de coordinación, los criterios de calidad y la eficiencia en la prestación de servicios. -
Normativa autonómica
Mediante órdenes, decretos y resoluciones publicadas en el BOJA, se especifican los procedimientos, tarifas y precios públicos aplicables en Andalucía. -
Convenios específicos
Convenio marco entre el SAS y organizaciones como UNESPA para la asistencia a víctimas de accidentes de tráfico, así como acuerdos con Mutuas Colaboradoras para el reconocimiento de accidentes laborales. -
Reglamentos y directrices de organismos europeos
Normativas como el Reglamento (CE) 883/2004 y (CE) 987/2009, que coordinan los sistemas de seguridad social a nivel internacional y permiten la facturación a terceros en el ámbito de la asistencia sanitaria.
Estos instrumentos garantizan que la facturación a terceros se efectúe de acuerdo con criterios de equidad, transparencia y eficiencia, respaldando tanto la recuperación de recursos como la integridad del proceso administrativo.
5.3 Procedimiento y Fases del Proceso de Facturación
El proceso de facturación a terceros en el SAS se estructura en varias fases o etapas, cada una de las cuales es crucial para asegurar la validez y la eficacia del cobro:
5.3.1 Identificación del Paciente y del Tercero Responsable
-
Verificación de la cobertura:
Al momento de la admisión o durante la atención, se debe identificar si el paciente es elegible para ser facturado a un tercero. Esto incluye verificar, por ejemplo, si es víctima de un accidente de tráfico (aseguradora), accidente laboral (mutua) o si es un ciudadano extranjero con derecho mediante TSE. -
Recogida de datos:
Es imperativo obtener información detallada, que abarque el número de póliza, datos del seguro o mutua, parte del accidente (en el caso de tráfico o laborales) y, en general, cualquier documento que respalde la obligación de pago por parte del tercero.
5.3.2 Documentación y Codificación
-
Documentación clínica y administrativa:
La correcta factura a terceros depende de la debida recogida y digitalización de toda la documentación relativa a la atención: informes clínicos, partes de accidente, autorizaciones, etc. -
Codificación de la asistencia:
Se utiliza la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) y otros sistemas de codificación para precisar el diagnóstico y los procedimientos realizados. La aplicación de tarifas oficiales y precios públicos es fundamental para garantizar la coherencia en el importe facturado.
5.3.3 Emisión y Gestión de la Factura
-
Generación de la factura:
Con la documentación y codificación revisada, se procede a emitir la factura a través de sistemas específicos (detallados en la siguiente sección). -
Mecanismos de validación:
La factura debe ser validada en función de la normativa interna del SAS, las instrucciones de facturación y los acuerdos con el tercero responsable. -
Seguimiento del cobro:
Una vez emitida, la factura se integra en el módulo contable y se realiza un seguimiento para gestionar el cobro, gestionar incidencias, controlar posibles impagos y, en su caso, realizar ajustes o reclamaciones.
5.4 Herramientas de Gestión del Proceso
El SAS utiliza una serie de aplicaciones y plataformas tecnológicas que facilitan y automatizan el proceso de facturación a terceros:
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SUR (Sistema Unificado de Recursos):
Es una plataforma integral que integra la gestión de recursos asistenciales, económicos y administrativos. Aunque su función principal es la gestión global del servicio, puede incluir módulos específicos para registrar y evaluar ingresos por facturación a terceros. -
CAS-TIREA:
Plataforma tecnológica especializada para la facturación derivada de accidentes de tráfico. Bajo el convenio con organizaciones como UNESPA, CAS-TIREA automatiza la validación de datos (matrícula, parte, póliza) y la emisión de facturas dirigidas a las aseguradoras responsables. -
FISS-WEB (Facturación Internacional de Servicios de Salud):
Herramienta orientada a la gestión y tramitación de facturas internacionales. Permite al SAS facturar asistencias a ciudadanos extranjeros, gestionando formularios y protocolos estipulados en la normativa europea y en los convenios bilaterales. -
Aplicaciones del INSS/ISM para Accidentes de Trabajo:
Estas plataformas están diseñadas específicamente para la facturación de asistencias derivadas de accidentes laborales o enfermedades profesionales. Permiten la coordinación con Mutuas Colaboradoras y la imputación correcta de los ingresos derivadas de dichos episodios.
5.5 Impacto y Relevancia en la Sostenibilidad del SAS
La correcta gestión de la facturación a terceros tiene impactos múltiples en la sostenibilidad y eficiencia del sistema sanitario:
-
Recuperación de Costes:
Permite al SAS recuperar inversiones y gastos realizados en atención sanitaria que, por convenio o obligación legal, deben ser asumidos por terceros. -
Optimización de Recursos:
Al externalizar la financiación de determinadas asistencias, se reduce la carga presupuestaria directa y se favorece una administración más eficiente. -
Transparencia y Control Interno:
Los procesos de facturación y sus respectivos controles garantizan la transparencia en la gestión económica, facilitando auditorías y revisiones contables que fortalecen la rendición de cuentas. -
Mejora de la Gestión Financiera:
La integración de sistemas como SUR, CAS-TIREA y FISS-WEB con módulos contables (COAN hyd, SIGECO) permite la elaboración de análisis y reportes precisos, contribuyendo a la toma de decisiones estratégicas en la planificación presupuestaria y en la evaluación de la eficiencia de los servicios.
La facturación a terceros en el SAS es un proceso complejo que interconecta aspectos administrativos, económicos y tecnológicos. Su adecuada aplicación garantiza que el sistema sanitario recupere los costes de asistencia prestada, contribuyendo a la sostenibilidad y eficiencia de la financiación sanitaria. La regulación a nivel normativo y la integración de plataformas especializadas aseguran una gestión transparente y coherente, fundamental para mantener la calidad de los servicios públicos sanitarios en un contexto de constante evolución normativa y tecnológica.
6. HERRAMIENTAS DE GESTIÓN ESPECÍFICAS
El uso de herramientas tecnológicas especializadas es fundamental para la gestión integral de la facturación a terceros y para la administración eficiente de los recursos en el SAS. Estas herramientas permiten automatizar procesos, integrar datos clínicos y económicos, garantizar la trazabilidad de las operaciones y facilitar la toma de decisiones estratégicas en un entorno normativo en constante evolución.
6.1 Sistema Unificado de Recursos (SUR)
- Función e integración:
SUR es una plataforma integral que unifica la gestión de recursos asistenciales, administrativos y económicos. Permite la conexión y el flujo de información entre diversas áreas del hospital, desde la atención clínica hasta la administración financiera. - Aplicaciones específicas:
Dentro de SUR se pueden integrar módulos de facturación y contabilidad, facilitando la generación de informes, el seguimiento de ingresos y la comparación entre el coste real de la atención y el importe facturado. - Beneficios:
- Automatiza el registro de datos de pacientes y procedimientos.
- Contribuye a la precisión en la gestión contable y presupuestaria.
- Facilita la consolidación de la información necesaria para auditorías internas y externas.
6.2 CAS-TIREA (Plataforma para Facturación en Accidentes de Tráfico)
- Descripción y ámbito de aplicación:
CAS-TIREA es una herramienta tecnológica diseñada específicamente para la facturación derivada de accidentes de tráfico. Su uso se enmarca en los convenios suscritos con aseguradoras (por ejemplo, a través de la entidad UNESPA) y está orientada a automatizar la validación de datos y la emisión de facturas. - Características técnicas:
- Integración de datos del parte del accidente, matrícula del vehículo y número de póliza.
- Automatización del proceso de codificación y tarificación, aplicando precios públicos específicos para este tipo de incidentes.
- Control y verificación de la información necesaria antes de proceder con la facturación.
- Importancia operativa:
Facilita la rápida comunicación con las aseguradoras, reduciendo el tiempo de gestión y minimizando errores administrativos. Esto permite recuperar de forma eficaz los costes de la atención sanitaria derivada de siniestros de tráfico.
6.3 FISS-WEB (Facturación Internacional de Servicios de Salud)
- Propósito y ámbito funcional:
FISS-WEB es la herramienta desarrollada para gestionar la facturación en el ámbito internacional. Está orientada a pacientes extranjeros atendidos en el SAS que tienen derecho a cobertura según convenios bilaterales o a la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). - Operativa y funcionalidades:
- Permite la validación de documentación internacional y la adaptación de formularios de acuerdo con la normativa europea.
- Facilita la emisión de facturas con datos en varios idiomas, incorporando códigos de identificación fiscal internacionales.
- Integra protocolos de cobro adaptados a las condiciones específicas de cada convenio y país, asegurando la correcta recuperación de costes.
- Contribución a la transparencia:
Proporciona informes y estadísticas sobre la facturación internacional, permitiendo a las direcciones del SAS analizar el rendimiento de esta área y ajustar procesos según las necesidades y cambios normativos.
6.4 Aplicaciones del INSS/ISM para Accidentes de Trabajo
- Descripción y objetivo:
Estas herramientas están orientadas a gestionar la facturación derivada de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Son de vital importancia para la colaboración entre el SAS, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Instituto Social de la Marina (ISM) cuando se atiende a trabajadores afectados. - Procesos automatizados:
- Verificación de la cobertura y validación de la condición de accidente laboral o enfermedad profesional.
- Integración de la información clínica con los datos del accidente y la normativa que rige la asistencia y compensación en estos casos.
- Emisión de facturas y gestión del seguimiento de cobros, con posibilidad de ajustarlas si existen incidencias o devoluciones.
- Impacto en la gestión:
Al automatizar estos procesos, se reduce el margen de error, se mejora la eficiencia operativa y se garantiza que los recursos correspondientes sean recobradamente asignados en el presupuesto del SAS.
6.5 Integración y Sinergia entre Herramientas
La combinación de estas plataformas permite al SAS gestionar la facturación a terceros con un alto grado de eficiencia y transparencia, asegurando:
- Una integración total de datos desde la atención asistencial hasta la administración económica.
- La automatización de procesos para minimizar tiempos de gestión y errores humanos.
- La adaptabilidad ante cambios normativos y tecnológicos, ya que estos sistemas se actualizan periódicamente en función de la evolución de la normativa y las necesidades operativas.
- Informes y análisis detallados: Los sistemas integrados generan indicadores de gestión y eficiencia, fundamentales para la planificación y el control presupuestario.
6.6 Conclusión
Las herramientas de gestión específicas, como SUR, CAS-TIREA, FISS-WEB y las aplicaciones del INSS/ISM, juegan un papel esencial en el contexto del SAS, pues aseguran que la facturación a terceros se realice de manera precisa, oportuna y conforme a la normativa vigente. Estas plataformas no solo optimizan la recaudación y la gestión contable, sino que también refuerzan la transparencia y la eficacia administrativa, contribuyendo a la sostenibilidad financiera del sistema sanitario andaluz.
CONCLUSIÓN
El conocimiento detallado del marco de ingresos públicos, la estructura fiscal, la financiación autonómica y la facturación a terceros resulta esencial para comprender el sistema financiero del sector público, especialmente en el ámbito sanitario. En Andalucía, el SAS no solo depende de los fondos del sistema de financiación, sino que también optimiza recursos mediante mecanismos como la facturación a terceros. El dominio normativo, organizativo y técnico de estos procedimientos es clave para una gestión eficiente, sostenible y orientada a resultados.
Cuestionario del tema 94:
🗺️ Mapa Conceptual – Tema 94: Ingresos públicos y facturación a terceros
1. Ingresos públicos del sector público
- 💡 Concepto: Recursos financieros del Estado y sus instituciones.
- 🔍 Naturaleza:
- Coercitivos (impuestos)
- Voluntarios (precios públicos)
- Contractuales (ventas)
- Financieros (deuda)
- 📊 Clasificación presupuestaria:
- I-III: Tributos (Impuestos, Tasas, Contribuciones Especiales)
- IV: Transferencias corrientes
- V: Ingresos patrimoniales
- VI: Enajenación de inversiones reales
- VII: Transferencias de capital
- VIII: Activos financieros
- IX: Pasivos financieros
2. Sistema tributario español
- ⚖️ Principios (Art. 31 CE):
- Legalidad
- Capacidad económica
- Igualdad
- Progresividad
- No confiscatoriedad
- 🏛️ Niveles de tributación:
- Estatales: IRPF, IVA, IS, IIEE…
- Autonómicos: ISD, ITPAJD, Juego, Hidrocarburos…
- Locales: IBI, IAE, IVTM, ICIO…
3. Financiación de las Comunidades Autónomas
- 📘 Marco legal: LOFCA (Ley Orgánica de Financiación de las CCAA)
- 🔗 Recursos principales:
- Tributos propios
- Tributos cedidos
- Transferencias estatales:
- Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales
- Fondo de Suficiencia y otros
- Fondos europeos
- Endeudamiento (autorizado)
- 📌 En Andalucía:
- Sanidad se financia con IRPF autonómico, IVA, IIEE y el Fondo de Garantía.
4. Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF)
- 👥 Composición: Ministerio de Hacienda + consejeros autonómicos
- 🛠️ Funciones:
- Coordinar estabilidad presupuestaria
- Supervisar el modelo de financiación
- Regular endeudamiento autonómico
- Facilitar información interadministrativa
5. Facturación a terceros en el SAS
- 🏥 Definición: Cobro por asistencia sanitaria a pacientes cuya cobertura corresponde a terceros (aseguradoras, mutuas, sistemas extranjeros).
- ⚖️ Base legal:
- Ley General de Sanidad
- Ley de Cohesión y Calidad del SNS
- Convenios UNESPA, INSS, ISM
- Reglamentos UE y convenios bilaterales
- 🧾 Fases del procedimiento:
- Identificación del tercero obligado
- Recogida documental
- Codificación y valoración (tarifas oficiales)
- Emisión de factura
- Gestión de cobro y seguimiento
- Contabilización del ingreso
- 🏢 Organización:
- Unidades de facturación en hospitales y provincias
- Dependencia funcional: Dirección Económica del SAS
6. Herramientas de gestión
- 🖥️ SUR: Sistema Unificado de Recursos – integra recursos económicos y asistenciales.
- 🚗 CAS-TIREA: Plataforma para facturación de accidentes de tráfico (convenio UNESPA).
- 🌍 FISS-WEB: Gestión de facturación internacional (UE, convenios bilaterales).
- ⚙️ Aplicación INSS/ISM: Facturación de accidentes laborales y enfermedades profesionales.
7. Impacto en la sostenibilidad
- 📈 Recuperación de costes: Clave para la eficiencia financiera del SAS.
- 🧩 Vinculación con contabilidad analítica (COAN hyd): Relación entre actividad clínica y costes.
- 🔄 Control y mejora continua: Supervisión mediante indicadores, auditorías y revisión de procedimientos.
📚 Referencias normativas y publicaciones – Tema 94
1. Constitución Española
- Artículo 31: Principios constitucionales del sistema tributario (legalidad, igualdad, capacidad económica, progresividad y no confiscatoriedad).
- Artículo 133: Titularidad y creación de tributos.
2. Legislación tributaria
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
(BOE núm. 302, de 18 de diciembre de 2003). - Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos
(BOE núm. 89, de 14 de abril de 1989).
3. Financiación de las Comunidades Autónomas
- Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA)
(BOE núm. 236, de 1 de octubre de 1980). - Sistema de financiación autonómica vigente
Acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF).
Documentación oficial en: https://www.hacienda.gob.es/
4. Normativa sanitaria y de facturación
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
(BOE núm. 102, de 29 de abril de 1986). - Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud
(BOE núm. 128, de 29 de mayo de 2003). - Orden de la Consejería de Salud de Andalucía sobre precios públicos de servicios sanitarios (última publicada en BOJA).
5. Normativa internacional y convenios
- Reglamento (CE) 883/2004 y Reglamento (CE) 987/2009 sobre coordinación de los sistemas de seguridad social en la Unión Europea.
- Convenios bilaterales de asistencia sanitaria internacional
(consultables a través del INSS y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones). - Convenio marco entre el SAS y UNESPA para la asistencia sanitaria a lesionados en accidentes de tráfico (gestionado a través de la plataforma CAS-TIREA).
6. Normativa presupuestaria y contable
- Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHPA)
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. - Clasificación económica presupuestaria – Instrucciones de la Dirección General de Presupuestos.
- Normativa sobre contabilidad analítica COAN hyd – Servicio Andaluz de Salud.
7. Documentación técnica del SAS
- Manual interno de facturación a terceros (SAS)
- Procedimientos para facturación por accidentes laborales, tráfico, atención a extranjeros y pacientes privados.
- Uso de plataformas: SUR, CAS-TIREA, FISS-WEB, INSS-GESALUD.
- Sistemas de Información del SAS: SUR, COAN hyd, SIGECO, INIHOS.
8. Publicaciones oficiales y fuentes complementarias
- Portal de transparencia y normativa del Servicio Andaluz de Salud
https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/ - Boletín Oficial del Estado (BOE)
https://www.boe.es - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA)
https://www.juntadeandalucia.es/eboja - Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
https://www.seg-social.es/