OPE 2025 – TFA ADM GRAL. Tema 71. El personal vinculado: concepto. Bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias. Régimen de las plazas vinculadas.

OPE 2025 - TFA ADM GRAL

🔹 Introducción

El presente tema aborda la figura del personal vinculado en el ámbito del sistema sanitario público, centrándose en su concepto, el marco legal de los conciertos entre universidades e instituciones sanitarias y el régimen específico de las plazas vinculadas. Esta figura es esencial para comprender el modelo organizativo que permite integrar docencia, asistencia sanitaria e investigación, ofreciendo a los profesionales de la salud una vía dual de desarrollo profesional y, al mismo tiempo, consolidando la calidad formativa y científica de los sistemas sanitario y universitario.

La relación institucional entre Universidades y Servicios de Salud, especialmente en el contexto del Servicio Andaluz de Salud (SAS), se articula a través de conciertos o convenios de colaboración que permiten compatibilizar funciones y optimizar los recursos humanos disponibles.


🔹 1. El Personal Vinculado: Concepto

El personal vinculado es aquel profesional que, manteniendo su relación laboral o funcionarial principal con una Universidad, presta servicios asistenciales en una Institución Sanitaria Pública, como hospitales universitarios, centros de salud o institutos especializados. Esta vinculación se formaliza en el marco de los conciertos suscritos entre ambas instituciones, de acuerdo con las normas generales y autonómicas que regulan el sistema de salud y el sistema universitario.

Este modelo responde a la necesidad de:

  • Facilitar la formación práctica del alumnado universitario de Ciencias de la Salud en entornos clínicos reales.
  • Fomentar la investigación traslacional y clínica.
  • Integrar la experiencia clínica en la enseñanza universitaria y mejorar la calidad asistencial mediante profesionales altamente cualificados.

Características del personal vinculado:

  • 🔁 Doble dependencia:
    • Contractual y administrativa con la Universidad, en calidad de profesor universitario (habitualmente profesor titular o catedrático).
    • Funcional con la Institución Sanitaria, en calidad de profesional asistencial (habitualmente en plantilla del SAS).
  • 🧠 Doble función:
    • Docente e investigadora (ámbito universitario).
    • Asistencial (ámbito sanitario).
  • 📜 Régimen jurídico específico:
    • Se rige por la Ley Orgánica de Universidades (LOU), la normativa sanitaria estatal y autonómica, y los conciertos o convenios específicos firmados entre las partes.
    • En Andalucía, este régimen se enmarca además en la Ley 5/2023, de la Función Pública de Andalucía, y en el reciente Decreto 51/2025, de planificación y ordenación del empleo público.
  • 🎯 Objetivo principal:
    • Potenciar una formación sanitaria excelente.
    • Desarrollar investigación colaborativa entre universidades y centros asistenciales.
    • Elevar la calidad asistencial al integrar el conocimiento académico más actualizado.

🔹 2. Bases Generales del Régimen de Conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias

Los conciertos entre universidades e instituciones sanitarias constituyen el instrumento jurídico y organizativo que regula la colaboración entre ambas entidades para compartir recursos, coordinar actuaciones y establecer figuras como el personal vinculado. Este régimen se apoya en la legislación universitaria y sanitaria, así como en convenios firmados a nivel autonómico o estatal.

Normativa principal:

  • 🏛️ Ley Orgánica de Universidades (LOU).
  • 📜 Normativa sanitaria estatal (como el Estatuto Marco del personal estatutario).
  • 📘 Normativa autonómica en materia de salud y universidades:
    • En Andalucía: Ley 5/2023 de la Función Pública de Andalucía y Decreto 51/2025.

Principales elementos del régimen de conciertos:

  1. Finalidad:
    • 👩‍🏫 Docente: garantizar la formación práctica del alumnado de Medicina, Enfermería, Farmacia, Psicología, Fisioterapia, etc.
    • 🔬 Investigadora: promover la cooperación entre personal docente y profesionales sanitarios para el desarrollo de proyectos de investigación en ciencias de la salud.
    • 🏥 Asistencial: mejorar la calidad del sistema sanitario gracias a la implicación de docentes universitarios con experiencia clínica y actualización constante.
  2. Naturaleza jurídica:
    • Se formalizan mediante convenios o acuerdos marco entre cada Universidad y la Consejería de Salud (o el SAS), que definen el alcance, compromisos y duración de la colaboración.
  3. Ámbito de aplicación:
    • Formación práctica en centros sanitarios.
    • Participación de profesionales del SAS en la enseñanza universitaria.
    • Incorporación de profesores en unidades asistenciales.
    • Proyectos de investigación y publicaciones conjuntas.
  4. Órganos de coordinación:
    • Comisiones o órganos mixtos Universidad-SAS encargados del seguimiento del concierto.
    • Se regulan mecanismos de evaluación, resolución de incidencias y planificación conjunta.
  5. Financiación:
    • 💰 Los conciertos deben recoger la distribución de la carga financiera:
      • Universidad: suele sufragar la actividad docente e investigadora.
      • SAS: costea la actividad asistencial.
      • Otras fuentes: proyectos competitivos, fondos europeos, contratos programa.
  6. Régimen del personal vinculado:
    • Deberá especificarse:
      • Dedicación funcional y distribución horaria.
      • Retribuciones e incentivos.
      • Evaluación y seguimiento.
      • Posibilidad de consolidación, promoción o desvinculación.

🔹 3. Régimen de las Plazas Vinculadas

Las plazas vinculadas son puestos creados en el seno de los conciertos universidad-sanidad que implican simultáneamente el ejercicio de una función universitaria (docente-investigadora) y una función asistencial sanitaria. Estas plazas son ocupadas mediante un proceso conjunto y están sometidas a un régimen jurídico y administrativo especial.

Elementos clave del régimen de las plazas vinculadas:

  1. Creación:
    • Se establece mediante acuerdos específicos entre la Universidad y la Consejería de Salud o el SAS.
    • Deben ser autorizadas por las Consejerías competentes en salud y educación/universidades.
  2. Titularidad compartida:
    • 👨‍🏫 Universidad: responsabilidad sobre la actividad docente e investigadora.
    • 🏥 Centro Sanitario: responsabilidad sobre la actividad asistencial.
  3. Acceso:
    • Mediante procedimiento selectivo conjunto (tribunales mixtos).
    • Se valoran méritos académicos, científicos y experiencia clínica.
    • Acceso por concurso-oposición o concurso según la normativa vigente.
  4. Requisitos específicos:
    • 🧑‍🏫 Acreditación para ser profesor universitario (ANECA, acreditación autonómica).
    • 🩺 Titulación sanitaria oficial, colegiación y habilitación para ejercer en el ámbito asistencial correspondiente.
  5. Régimen de dedicación funcional:
    • Debe quedar especificado en el acuerdo: distribución horaria o porcentual entre docencia, asistencia e investigación.
    • Posibilidad de ajustar según las necesidades de las instituciones.
  6. Régimen retributivo:
    • Mixto:
      • Parte procedente del presupuesto universitario (por docencia/investigación).
      • Parte procedente del SAS (por actividad asistencial).
    • Puede incluir complementos por productividad, méritos docentes, guardias, etc.
  7. Evaluación y seguimiento:
    • Evaluaciones periódicas:
      • 📚 Universidad: docencia e investigación.
      • 🏥 SAS: actividad clínica y asistencial.
    • Estas evaluaciones pueden influir en:
      • Renovación de la vinculación.
      • Acceso a promoción interna.
      • Modificación del régimen de dedicación.
  8. Normativa aplicable:
    • En Andalucía:
      • 🏛️ Ley 5/2023 de la Función Pública de Andalucía, Título VIII y IX.
      • 📜 Decreto 51/2025, de 24 de febrero.
      • 📘 Estatutos de las Universidades públicas andaluzas.
      • 🏥 Normas internas del SAS y conciertos específicos vigentes.

🔹 Conclusión

La figura del personal vinculado representa un modelo estratégico de colaboración institucional orientado a fortalecer la formación sanitaria, la investigación científica y la calidad asistencial. A través de los conciertos Universidad-Sanidad, se articulan mecanismos que permiten aprovechar el talento y la experiencia del personal universitario en los entornos clínicos y viceversa.

Las plazas vinculadas son el instrumento funcional que materializa esta colaboración, exigiendo un régimen jurídico, organizativo y evaluador específico, sustentado tanto en normativa estatal como autonómica, y regulado en el caso andaluz por Decreto 51/2025 y la Ley 5/2023.


 

🧠 Cuestionario tipo test justificado – Tema 71 (Actualizado 2025)


Pregunta 1 (Actualizada 2025)
¿Quién puede ejercer como personal vinculado según el modelo andaluz de plazas vinculadas?

A) Cualquier profesional sanitario en activo.
B) Personal universitario sin habilitación sanitaria.
C) Profesionales que cumplan requisitos universitarios y sanitarios (Respuesta Correcta).
D) Personal estatutario con plaza en propiedad.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El personal vinculado debe acreditar la condición de profesor universitario (según lo establecido por la ANECA u órganos autonómicos) y también cumplir los requisitos para ejercer como profesional sanitario (titulación, colegiación, habilitación). Esto permite desempeñar funciones docentes, investigadoras y asistenciales conforme al régimen establecido por el concierto.

  • Opción A: Incorrecta. No todo personal sanitario cumple con los requisitos docentes.
  • Opción B: Incorrecta. Se requiere también ejercicio profesional asistencial.
  • Opción D: Incorrecta. La titularidad estatutaria no garantiza acceso a plazas vinculadas.

📌 Referencia normativa:
Ley Orgánica 6/2001, de Universidades y Decreto 51/2025, de 24 de febrero (Andalucía).


Pregunta 2 (Actualizada 2025)
¿Cuál es el instrumento jurídico que regula la colaboración entre Universidades y Servicios de Salud?

A) Acuerdo del Consejo de Gobierno.
B) Estatuto del Personal Universitario.
C) Concierto o convenio de colaboración (Respuesta Correcta).
D) Orden interna de los hospitales docentes.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Los conciertos o convenios de colaboración son acuerdos jurídicos entre Universidades y Servicios de Salud, que establecen el marco de la colaboración en docencia, asistencia e investigación. En ellos se define la figura del personal vinculado, su régimen de dedicación, retribuciones y condiciones funcionales.

  • Opción A: Incorrecta. El Consejo puede aprobar normas, pero no regula directamente esta relación.
  • Opción B: Incorrecta. No es el instrumento adecuado para este tipo de coordinación.
  • Opción D: Incorrecta. Las órdenes internas no tienen carácter normativo suficiente.

📌 Referencia normativa:
Ley Orgánica de Universidades (LOU) y convenios autonómicos (SAS-Universidades).


Pregunta 3 (Actualizada 2025)
¿Qué característica distingue al personal vinculado?

A) Exclusividad universitaria.
B) Incompatibilidad con actividad clínica.
C) Doble dependencia funcional y contractual (Respuesta Correcta).
D) Temporalidad en la relación laboral.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El rasgo distintivo del personal vinculado es la doble dependencia: contractual con la Universidad (como docente) y funcional con la Institución Sanitaria (como asistencial). Esta situación permite la integración efectiva de la formación práctica y la actividad clínica.

  • Opción A: Incorrecta. La exclusividad no se aplica en este modelo.
  • Opción B: Incorrecta. La compatibilidad es precisamente el eje del modelo.
  • Opción D: Incorrecta. Puede ser personal fijo o interino, no necesariamente temporal.

📌 Referencia normativa:
Decreto 51/2025, art. 6 y ss.; Ley 5/2023, de Función Pública de Andalucía.


Pregunta 4 (Actualizada 2025)
¿Quién autoriza la creación de una plaza vinculada en Andalucía?

A) El Rector de la Universidad.
B) El Director Gerente del SAS.
C) Las Consejerías competentes en salud y universidades (Respuesta Correcta).
D) El Ministerio de Universidades.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La creación de plazas vinculadas requiere un acuerdo entre Universidad y SAS, y su autorización por parte de las Consejerías competentes de la Junta de Andalucía. Esta coordinación garantiza el ajuste del perfil profesional a las necesidades académicas y asistenciales.

  • Opción A: Incorrecta. El Rector puede proponer, pero no autoriza.
  • Opción B: Incorrecta. No tiene competencia exclusiva en esta materia.
  • Opción D: Incorrecta. Las competencias son autonómicas.

📌 Referencia normativa:
Decreto 51/2025 (BOJA núm. 40, de 27 de febrero de 2025).


Pregunta 5 (Actualizada 2025)
Según el régimen general, ¿cómo se financian las actividades del personal vinculado?

A) Solo con presupuesto de la Universidad.
B) Exclusivamente con fondos del SAS.
C) A través de financiación mixta (universidad + sanidad) (Respuesta Correcta).
D) Mediante becas de investigación del Ministerio de Ciencia.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El régimen de financiación del personal vinculado es mixto. Las funciones docentes e investigadoras son financiadas por la Universidad y las funciones asistenciales por la Institución Sanitaria. Esta dualidad debe estar prevista en el convenio de colaboración.

  • Opción A: Incorrecta. Incompleta, omite la parte sanitaria.
  • Opción B: Incorrecta. Las universidades también financian parte del trabajo.
  • Opción D: Incorrecta. Las becas no cubren la totalidad del régimen funcional.

📌 Referencia normativa:
Convenios SAS-Universidades; Ley 5/2023, art. 70.


 

Pregunta 6 (Actualizada 2025)
¿Qué funciones desempeña el personal vinculado en una Institución Sanitaria?

A) Exclusivamente funciones docentes.
B) Funciones administrativas.
C) Funciones asistenciales como parte de su actividad (Respuesta Correcta).
D) Actividades de gestión universitaria.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El personal vinculado realiza funciones asistenciales en centros sanitarios del sistema público como parte de su dedicación funcional, complementando su actividad docente e investigadora en la Universidad. Esta es una de las claves del modelo de vinculación.

  • Opción A: Incorrecta. Su función no es solo docente.
  • Opción B: Incorrecta. La administración no es su función principal.
  • Opción D: Incorrecta. La gestión universitaria es otra vía profesional distinta.

📌 Referencia normativa:
Decreto 51/2025 y conciertos SAS-Universidades.


Pregunta 7 (Actualizada 2025)
¿Qué órgano supervisa el cumplimiento de los conciertos entre Universidades e Instituciones Sanitarias?

A) El Parlamento Andaluz.
B) El Consejo Social de la Universidad.
C) Órganos mixtos de coordinación y seguimiento (Respuesta Correcta).
D) El Colegio de Médicos.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Los conciertos establecen la creación de comisiones u órganos mixtos, formados por representantes de ambas partes, para garantizar la ejecución correcta del acuerdo, el cumplimiento de funciones, la evaluación de resultados y la resolución de conflictos.

  • Opción A: Incorrecta. No tiene funciones operativas de seguimiento.
  • Opción B: Incorrecta. Tiene competencias económicas y sociales, no académicas-asistenciales.
  • Opción D: Incorrecta. No interviene en la estructura organizativa del personal vinculado.

📌 Referencia normativa:
Convenios marco SAS–Universidades; Ley 5/2023.


Pregunta 8 (Actualizada 2025)
¿Qué tipo de plaza se crea específicamente para personal que trabaje en docencia e investigación y también en asistencia sanitaria?

A) Plaza estructural.
B) Plaza de libre designación.
C) Plaza vinculada (Respuesta Correcta).
D) Plaza eventual.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Las plazas vinculadas están reguladas en los conciertos Universidad-Sanidad y permiten el ejercicio simultáneo de funciones académicas (docentes e investigadoras) y asistenciales en instituciones sanitarias públicas. Son plazas con titularidad dual y selección específica.

  • Opción A: Incorrecta. Las estructurales no implican necesariamente doble función.
  • Opción B: Incorrecta. No se accede por libre designación.
  • Opción D: Incorrecta. No son eventuales, sino específicas y autorizadas formalmente.

📌 Referencia normativa:
Decreto 51/2025 y normativa universitaria andaluza.


Pregunta 9 (Actualizada 2025)
¿Cuál es la modalidad de selección habitual para acceder a una plaza vinculada?

A) Concurso de traslados.
B) Oposición libre.
C) Concurso-oposición o concurso conjunto (Respuesta Correcta).
D) Bolsa de empleo temporal.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La provisión de plazas vinculadas requiere de un proceso conjunto de selección donde intervienen tanto la Universidad como la Institución Sanitaria, a través de tribunales mixtos. Se valora la trayectoria docente, investigadora y clínica.

  • Opción A: Incorrecta. No aplica a este tipo de plazas.
  • Opción B: Incorrecta. La oposición aislada no refleja la doble vertiente.
  • Opción D: Incorrecta. No se trata de personal eventual.

📌 Referencia normativa:
Decreto 51/2025, art. 57 y ss.; normativa de provisión universitaria.


Pregunta 10 (Actualizada 2025)
¿Qué ley andaluza regula el empleo público y es aplicable a la figura del personal vinculado?

A) Ley del Estatuto Marco.
B) Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
C) Ley 5/2023, de la Función Pública de Andalucía (Respuesta Correcta).
D) Ley General de Sanidad.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La Ley 5/2023 regula de manera integral la función pública en Andalucía, estableciendo principios comunes para el empleo público, incluida la coordinación con las universidades para puestos compartidos como los vinculados.

  • Opción A: Incorrecta. Regula el régimen del personal estatutario sanitario, no la vinculación.
  • Opción B: Incorrecta. Aplica a la organización administrativa general, no específica.
  • Opción D: Incorrecta. No entra en detalle sobre la figura del personal vinculado.

📌 Referencia normativa:
Ley 5/2023, de 7 de junio (BOJA núm. 112, de 14 de junio de 2023).


Pregunta 11 (Actualizada 2025)
¿Qué debe especificar el acuerdo de vinculación respecto al régimen de dedicación del personal vinculado?

A) Solo la duración del contrato.
B) El número de publicaciones anuales.
C) La distribución del tiempo entre funciones docentes, investigadoras y asistenciales (Respuesta Correcta).
D) El tipo de jornada laboral.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Los acuerdos de vinculación deben establecer de forma clara la proporción de tiempo que el profesional dedica a cada una de sus funciones. Esta es una característica clave para organizar su jornada y justificar su retribución.

  • Opción A: Incorrecta. La duración es solo un aspecto accesorio.
  • Opción B: Incorrecta. No es el objeto principal del acuerdo.
  • Opción D: Incorrecta. La jornada se define en función de la dedicación total, no del tipo.

📌 Referencia normativa:
Decreto 51/2025, art. 64; convenios SAS–Universidades.


Pregunta 12 (Actualizada 2025)
¿En qué ámbito territorial puede establecerse normativa específica sobre personal vinculado?

A) Solo a nivel estatal.
B) A nivel europeo.
C) En cada comunidad autónoma (Respuesta Correcta).
D) Solo a nivel local.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Cada comunidad autónoma tiene competencia para regular las relaciones entre sus universidades y servicios de salud, siempre dentro del marco general de la LOU y la legislación estatal. Andalucía, por ejemplo, ha establecido disposiciones concretas.

  • Opción A: Incorrecta. El Estado fija el marco general.
  • Opción B: Incorrecta. No existe normativa europea directa en este ámbito.
  • Opción D: Incorrecta. No es competencia municipal.

📌 Referencia normativa:
Estatuto de Autonomía de Andalucía; Ley 5/2023; Decreto 51/2025.


Pregunta 13 (Actualizada 2025)
¿Cuál es uno de los efectos de las evaluaciones periódicas del personal vinculado?

A) Su inhabilitación inmediata.
B) Su promoción automática.
C) Impacto en su progresión profesional y continuidad (Respuesta Correcta).
D) Eliminación de su plaza.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Las evaluaciones sirven para valorar el rendimiento y cumplimiento de funciones, y pueden afectar a la renovación del vínculo, su posible promoción o a la reconfiguración de su régimen de dedicación.

  • Opción A: Incorrecta. No hay inhabilitación automática.
  • Opción B: Incorrecta. La promoción no es automática, depende de otros méritos.
  • Opción D: Incorrecta. La plaza no desaparece por evaluación.

📌 Referencia normativa:
Convenios SAS–Universidades; normativa interna de evaluación académica.


Pregunta 14 (Actualizada 2025)
¿Qué tipo de funciones NO corresponde al personal vinculado?

A) Docencia en titulaciones sanitarias.
B) Participación en proyectos de investigación.
C) Asistencia en centros del SAS.
D) Gestión presupuestaria de la Universidad (Respuesta Correcta).

Respuesta correcta: D

📌 Explicación:
La gestión presupuestaria es competencia de órganos administrativos de la Universidad. El personal vinculado se centra en docencia, investigación y asistencia sanitaria.

  • Opción A: Incorrecta. Es una función esencial del vinculado.
  • Opción B: Incorrecta. Forma parte de sus obligaciones.
  • Opción C: Incorrecta. Está prevista en su régimen funcional.

📌 Referencia normativa:
Estatutos universitarios y convenios con el SAS.


Pregunta 15 (Actualizada 2025)
¿Qué documento establece el contenido específico del régimen aplicable a cada plaza vinculada?

A) La convocatoria general de empleo público.
B) El Real Decreto 1313/2007.
C) El convenio específico entre Universidad y Servicio de Salud (Respuesta Correcta).
D) El reglamento de régimen interno del hospital.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Cada convenio específico recoge todos los detalles sobre plazas vinculadas: perfil, funciones, retribuciones, evaluación, duración y otros aspectos clave del régimen funcional.

  • Opción A: Incorrecta. La convocatoria se limita a anunciar plazas, no regula el contenido detallado.
  • Opción B: Incorrecta. Es un marco genérico.
  • Opción D: Incorrecta. No tiene valor jurídico vinculante para plazas interinstitucionales.

📌 Referencia normativa:
Convenios Universidad–SAS; Decreto 51/2025.


 

Pregunta 16 (Actualizada 2025)
¿Dónde debe realizarse la actividad asistencial del personal vinculado?

A) En cualquier clínica privada acreditada.
B) En un centro sanitario de titularidad pública (Respuesta Correcta).
C) En centros concertados exclusivamente.
D) En la sede de la Facultad Universitaria.

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
La actividad asistencial del personal vinculado se realiza en centros sanitarios públicos integrados en el sistema sanitario público de la comunidad autónoma, como hospitales universitarios, centros de salud u otros dispositivos asistenciales gestionados por el SAS.

  • Opción A: Incorrecta. No se contempla la práctica en centros privados para esta figura.
  • Opción C: Incorrecta. Los centros concertados no garantizan la integración necesaria.
  • Opción D: Incorrecta. La sede universitaria es para docencia e investigación.

📌 Referencia normativa:
Convenios específicos Universidad–SAS; Decreto 51/2025.


Pregunta 17 (Actualizada 2025)
¿Qué organismo financia la actividad docente del personal vinculado?

A) Servicio Andaluz de Salud (SAS).
B) Ministerio de Sanidad.
C) La Universidad correspondiente (Respuesta Correcta).
D) Instituto Nacional de Administración Pública (INAP).

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
La actividad docente e investigadora del personal vinculado es financiada por la Universidad pública que tiene suscrito el concierto. El SAS solo financia la actividad asistencial. La financiación debe estar claramente detallada en el convenio específico.

  • Opción A: Incorrecta. El SAS financia la parte asistencial.
  • Opción B: Incorrecta. No participa directamente en la financiación de universidades.
  • Opción D: Incorrecta. No tiene relación con el ámbito sanitario ni universitario.

📌 Referencia normativa:
Convenios marco y específicos; legislación universitaria.


Pregunta 18 (Actualizada 2025)
¿En qué momento se realiza la autorización oficial para crear una plaza vinculada?

A) Después de la toma de posesión del candidato.
B) Antes de iniciar el proceso de selección (Respuesta Correcta).
C) Una vez finaliza el curso académico.
D) Tras la firma del contrato docente.

Respuesta correcta: B

📌 Explicación:
La autorización administrativa de la Consejería de Salud y de la Consejería de Universidad debe producirse previo al inicio del procedimiento de creación y provisión de la plaza vinculada. Sin dicha autorización, no puede convocarse ni adjudicarse la plaza.

  • Opción A: Incorrecta. La autorización es requisito previo.
  • Opción C: Incorrecta. No depende del calendario académico.
  • Opción D: Incorrecta. El contrato no se firma sin la autorización.

📌 Referencia normativa:
Decreto 51/2025, artículos 6 y 8.


Pregunta 19 (Actualizada 2025)
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al régimen retributivo del personal vinculado?

A) Solo incluye retribuciones básicas.
B) No contempla incentivos ni productividad.
C) Puede incluir retribuciones variables por ambos lados (Respuesta Correcta).
D) Es fijo y común para todos los profesionales sanitarios.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
El personal vinculado puede percibir retribuciones fijas y variables tanto de la universidad (sexenios, complementos docentes, proyectos) como del SAS (complemento específico, guardias, productividad). Todo ello se articula en función de su dedicación y funciones.

  • Opción A: Incorrecta. El régimen incluye retribuciones adicionales.
  • Opción B: Incorrecta. Puede percibir productividad e incentivos.
  • Opción D: Incorrecta. Su régimen es específico, no igual al del resto.

📌 Referencia normativa:
Convenios Universidad-SAS; normativa retributiva universitaria y sanitaria.


Pregunta 20 (Actualizada 2025)
¿Qué función institucional cumplen las plazas vinculadas dentro del sistema sanitario y universitario?

A) Promueven la exclusividad académica.
B) Separan funciones clínicas de las docentes.
C) Integran docencia, asistencia e investigación (Respuesta Correcta).
D) Sustituyen al personal interino en hospitales.

Respuesta correcta: C

📌 Explicación:
Las plazas vinculadas son un instrumento clave para la integración de los tres pilares del sistema sanitario-universitario: formación académica, actividad asistencial e investigación clínica. Su propósito es mejorar la calidad del sistema mediante la colaboración institucional.

  • Opción A: Incorrecta. No se busca exclusividad, sino integración.
  • Opción B: Incorrecta. Precisamente se busca la fusión de funciones.
  • Opción D: Incorrecta. No sustituyen personal interino ni tienen ese carácter.

📌 Referencia normativa:
Decreto 51/2025; Ley 5/2023; Estatuto de la Universidad Pública Andaluza.


🧠 Mapa Conceptual – Tema 71: El personal vinculado y los conciertos universidad-sanidad

🎓 PERSONAL VINCULADO
├── 🔁 Doble Dependencia
│ ├── 📘 Universidad → función docente e investigadora
│ └── 🏥 Institución Sanitaria → función asistencial
├── 👥 Doble Función
│ ├── 👩‍🏫 Docencia universitaria
│ ├── 🔬 Investigación en salud
│ └── 🏥 Atención clínica en centros sanitarios
├── 📜 Régimen Jurídico
│ ├── Ley Orgánica de Universidades (LOU)
│ ├── Estatutos universitarios
│ ├── Normativa sanitaria (Estatuto Marco, SAS)
│ └── Convenios Universidad–Institución Sanitaria
└── 🎯 Finalidad
├── Formación práctica del estudiantado
├── Mejora de la calidad asistencial
└── Fomento de la investigación clínica

🤝 CONCIERTOS UNIVERSIDAD–SANIDAD
├── 📑 Naturaleza Jurídica
│ └── Convenios marco y específicos
├── 📌 Finalidad
│ ├── Formación de grado y posgrado
│ ├── Desarrollo de investigación
│ └── Actividad asistencial coordinada
├── 🧩 Ámbitos de Aplicación
│ ├── Uso compartido de instalaciones
│ ├── Incorporación docente de sanitarios
│ ├── Participación de profesorado en la asistencia
│ └── Proyectos de investigación conjunta
├── 🧑‍💼 Órganos de Coordinación
│ └── Comisiones mixtas Universidad–SAS
├── 💰 Financiación
│ ├── Universidad: docencia e investigación
│ ├── SAS: actividad asistencial
│ └── Fondos adicionales (proyectos, becas, UE)
└── 👥 Régimen del Personal Vinculado
├── Dedicación funcional establecida
├── Evaluación periódica dual
└── Régimen retributivo mixto

🧾 PLAZAS VINCULADAS
├── 🏗️ Creación
│ ├── Mediante acuerdos Universidad–SAS
│ └── Autorización por Consejerías competentes
├── 👥 Titularidad Compartida
│ ├── Universidad → docente e investigadora
│ └── SAS → asistencial
├── 📝 Acceso
│ ├── Selección conjunta con tribunal mixto
│ └── Valoración académica y clínica
├── ✅ Requisitos
│ ├── Acreditación docente (ANECA u órgano autonómico)
│ └── Habilitación profesional sanitaria (colegiación, titulación)
├── 🕒 Dedicación Funcional
│ └── Porcentajes definidos en el convenio
├── 💶 Retribución
│ ├── Universidad: nómina docente-investigadora
│ └── SAS: retribución por asistencia clínica
├── 📊 Evaluación
│ ├── Universidad: rendimiento académico
│ └── SAS: desempeño asistencial
└── ⚖️ Normativa Aplicable
├── 📕 Decreto 51/2025 (Andalucía)
├── 📗 Ley 5/2023 de Función Pública de Andalucía
└── 📘 Estatutos Universitarios y normativa sanitaria


📚 Referencias Normativas y Bibliográficas

  • 📘 Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU).👉 Establece el marco general de organización de las universidades y la posibilidad de establecer conciertos con instituciones sanitarias para la formación práctica y la investigación.

    📝 Consultar en BOE

  • 📗 Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.👉 Regula la estructura del empleo público en Andalucía, planificación de recursos humanos y colaboración con entidades externas.

    📝 Consultar en BOE

  • 📕 Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos en la Administración General de la Junta de Andalucía.👉 Aporta un marco actualizado sobre provisión y régimen de plazas vinculadas en Andalucía.

    📝 Consultar en BOJA núm. 40, de 27 de febrero de 2025

  • 📘 Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía.👉 Establece los principios rectores del sistema sanitario público andaluz y su colaboración con otras entidades como universidades.

    📝 Consultar en BOE

  • 📗 Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Ley 55/2003, de 16 de diciembre).👉 Regula los derechos y deberes del personal estatutario, incluidos supuestos de compatibilidad funcional.

    📝 Consultar en BOE

  • 📄 Convenios específicos de colaboración entre Universidades Públicas Andaluzas y el Servicio Andaluz de Salud.👉 Documentos institucionales que recogen el detalle de las plazas vinculadas, órganos de coordinación y régimen funcional.

    📝 Consultables en los portales de transparencia de cada universidad y del SAS.

  • 📚 Publicación: “La plaza vinculada como mecanismo de integración universidad-sanidad”. Revista Educación Médica (SEDEM).👉 Artículo que analiza los modelos de vinculación docente-asistencial y su impacto en la calidad formativa.

    🔗 Acceder a la revista

  • 📘 Estatutos de las Universidades Públicas de Andalucía.👉 Regulan la organización interna de las universidades y sus mecanismos de colaboración externa.

    📝 Disponible en las webs oficiales de cada universidad (UGR, US, UMA, UPO, etc.).


 

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