Introducción
El Tema 66 se centra en los mecanismos y procedimientos mediante los cuales el SAS cubre esas plazas. La «provisión» es el conjunto de procesos para incorporar nuevo personal fijo, permitir la movilidad del personal existente y cubrir temporalmente las necesidades. Estos procesos son esenciales para garantizar la cobertura asistencial y se rigen por principios fundamentales del acceso al empleo público.
1. Criterios Generales de Provisión
La provisión de plazas en el SAS, como en cualquier administración pública española, se rige por principios constitucionales y legales para asegurar un acceso justo y transparente:
- Marco Normativo Principal:
- Constitución Española (Art. 23.2 – acceso en condiciones de igualdad a funciones públicas; Art. 103.3 – acceso según mérito y capacidad).
- Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Título VI – Provisión de plazas, selección y promoción interna).
- Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP – Ley 7/2007, aplicable supletoriamente en muchos aspectos).
- Normativa autonómica andaluza: Principalmente, Decretos y Órdenes de la Consejería de Salud que desarrollan el Estatuto Marco (ej. Decretos específicos sobre selección, provisión, OPEs, baremos, cargos intermedios – es crucial consultar la normativa vigente en el momento, ya que puede actualizarse).
- Acuerdos de Mesa Sectorial de Sanidad (pactos entre SAS y sindicatos sobre criterios de baremos, OPEs, traslados, etc.).
- Principios Rectores:
- Igualdad: Trato no discriminatorio por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición personal o social.
- Mérito y Capacidad: La selección y provisión se basan en la valoración objetiva de las aptitudes, conocimientos y experiencia de los candidatos.
- Publicidad: Las convocatorias y sus resultados deben ser públicos (principalmente a través del BOJA y la web del SAS) para garantizar el conocimiento general y la concurrencia.
- Transparencia: Los procesos deben ser claros, con criterios preestablecidos y conocidos por todos los participantes.
- Imparcialidad y Profesionalidad: De los órganos de selección (tribunales calificadores).
- Agilidad: Sin perjuicio de la objetividad, se busca que los procesos sean eficientes en tiempo.
- Coordinación: Entre las distintas administraciones sanitarias para facilitar la movilidad y el reconocimiento de méritos.
2. La Oferta de Empleo Público (OPE)
- Concepto: Es el acto administrativo mediante el cual la Administración (en este caso, la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejería de Salud/SAS) aprueba y publica anualmente (o con la periodicidad que se establezca) el número total de plazas vacantes con dotación presupuestaria que se van a cubrir mediante la incorporación de personal fijo (estatutario) durante ese año o periodo.
- Finalidad:
- Cubrir las necesidades estructurales de personal identificadas en la planificación.
- Reducir la temporalidad y estabilizar el empleo en el SAS.
- Cumplir con la tasa de reposición de efectivos (porcentaje de jubilaciones/bajas que se pueden reponer), aunque esta tasa puede ser ampliada o eliminada para sectores prioritarios como el sanitario, según las Leyes de Presupuestos Generales del Estado y de la Comunidad Autónoma.
- Proceso:
- El SAS identifica las plazas vacantes y presupuestadas a cubrir.
- Se negocia con las organizaciones sindicales en Mesa General de Negociación de la Junta de Andalucía y/o Mesa Sectorial de Sanidad.
- El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprueba la OPE mediante Decreto.
- Se publica en el BOJA, detallando el número de plazas por categoría profesional y, a menudo, el sistema selectivo previsto (ej. concurso-oposición).
- Ejemplo: «El Decreto 185/2024, de 10 de diciembre, aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2024 de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud. Incluye: 1200 plazas de Enfermero/a, 600 de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería, 350 de Médico/a de Familia en AP, 50 de Fisioterapeuta, 200 de Celador/a, etc. Especifica que la mayoría se cubrirán por concurso-oposición, reservando un porcentaje para promoción interna y otro para el cupo de discapacidad.»
- Importante: La OPE autoriza la convocatoria, pero no es la convocatoria en sí. Las convocatorias específicas de cada categoría se publican posteriormente.
3. Concursos de Traslados
- Concepto: Procedimiento específico para que el personal estatutario fijo pueda cambiar de puesto de trabajo, dentro de la misma categoría y especialidad, a otra plaza vacante en un centro o ámbito distinto del SAS. Es un derecho del personal fijo y un instrumento clave para la movilidad interna.
- Finalidad:
- Facilitar la movilidad geográfica y funcional voluntaria del personal.
- Permitir la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
- Optimizar la distribución de efectivos según las necesidades y las preferencias del personal.
- Contribuir al desarrollo profesional.
- Proceso:
- El SAS publica en BOJA la convocatoria del concurso de traslados para una o varias categorías, detallando las plazas vacantes ofertadas.
- El personal fijo que cumpla los requisitos (ej. llevar un tiempo mínimo en su destino actual) presenta solicitud y autobaremo de méritos.
- El SAS barema las solicitudes según un baremo específico (aprobado y publicado), que suele valorar:
- Antigüedad (en el SNS, en el SAS, en la categoría, en el puesto actual).
- Grado de Carrera Profesional reconocido.
- Pertenencia a Cuerpos/Escalas o desempeño de puestos específicos (ej. tutor de residentes).
- Méritos académicos y de formación (a veces).
- Conciliación de la vida familiar y laboral (ej. tener destino previo en la localidad solicitada, agrupación familiar).
- Se publican listados provisionales y definitivos de adjudicación de destinos.
- La adjudicación de un nuevo destino es irrenunciable y genera la obligación de tomar posesión en el plazo establecido.
- Ejemplo: «Convocatoria de Concurso de Traslados para la categoría de Matrón/a en el SAS (Resolución de 15 de febrero de 2025). Se ofertan 35 plazas en diversos hospitales y distritos AP. El baremo prima la antigüedad total en el SNS (hasta X puntos), la permanencia en el último destino obtenido por traslado (Y puntos/año), y tener el Nivel III de Carrera Profesional (Z puntos).»
4. Sistemas de Selección del Personal Estatutario Fijo (para OPE)
Son los procedimientos utilizados para ingresar como personal estatutario fijo, derivados de una OPE. El Estatuto Marco (Art. 31) contempla:
- Oposición: Consiste exclusivamente en la superación de pruebas (exámenes) teóricas y/o prácticas para determinar la aptitud y capacidad de los aspirantes. La puntuación obtenida ordena a los candidatos. Es poco frecuente como sistema único en el SAS actualmente.
- Concurso: Consiste únicamente en la valoración de méritos según un baremo preestablecido (experiencia, formación, etc.). No hay exámenes. Se utiliza de forma excepcional, a menudo en procesos de estabilización de empleo temporal autorizados por leyes específicas.
- Concurso-Oposición: Es el sistema predominante y ordinario en el SAS. Combina ambas fases:
- Fase de Oposición: Obligatoria y eliminatoria. Consiste en uno o varios exámenes (lo más común es un cuestionario tipo test sobre un temario publicado en la convocatoria, que incluye parte común y parte específica de la categoría). Se exige una puntuación mínima para superarla. Esta fase suele tener un peso porcentual importante en la nota final (ej. 60%).
- Fase de Concurso: Solo acceden a ella quienes hayan superado la fase de oposición. Consiste en la valoración de los méritos alegados por el aspirante según el baremo oficial de la convocatoria (ver punto 9). Esta fase tiene el peso porcentual restante (ej. 40%).
- Calificación Final: Se obtiene sumando las puntuaciones ponderadas de ambas fases. La adjudicación de plazas se hace por orden de puntuación final.
- Ejemplo: «La convocatoria de OPE para Técnico/a Especialista en Laboratorio (TEL) usa el sistema de concurso-oposición. Oposición (60%): Test de 100 preguntas + 5 de reserva sobre temario Anexo I (superación con 50% de la media de las 10 mejores notas, con mínimo del 40% de la nota máxima). Concurso (40%): Valoración de experiencia como TEL en SAS/SNS, cursos CFC específicos de laboratorio, otras titulaciones, docencia e investigación, según baremo Anexo II.»
5. Promoción Interna
- Concepto: Es una vía de acceso a categorías de un grupo superior (o a veces distinta categoría del mismo grupo) reservada al personal estatutario fijo que ya trabaja en el SAS. Requiere poseer la titulación exigida para la nueva categoría y cumplir ciertos requisitos (ej. antigüedad mínima en el servicio activo).
- Finalidad: Facilitar la carrera y el desarrollo profesional del personal fijo dentro del propio SAS. Aprovechar la experiencia y conocimientos del personal interno.
- Proceso:
- Las OPEs deben reservar un porcentaje de las plazas convocadas para promoción interna (el Estatuto Marco establece un mínimo del 50% de las plazas ofertadas para el acceso a categorías del grupo C1 desde el C2, y porcentajes similares o a negociar para otros saltos de grupo).
- Se realiza una convocatoria específica para promoción interna, o un turno diferenciado dentro de la convocatoria general.
- El sistema selectivo suele ser también concurso-oposición, pero las pruebas o los baremos pueden estar adaptados (ej. temarios más reducidos, mayor peso de la antigüedad en la categoría de origen, exención de ciertas pruebas si se superaron para ingresar en la categoría de origen).
- Ejemplo: «En la OPE 2024 para Fisioterapeuta (A2), se reserva un 30% de las plazas para promoción interna desde categorías del grupo C (ej. TCAE, Técnicos Superiores) que hayan obtenido el Grado en Fisioterapia y tengan al menos 2 años de antigüedad como fijos. La fase de oposición podría tener menos preguntas sobre la parte común del temario, y el baremo valorará más la experiencia previa en el SAS.»
6. Provisión de Puestos Directivos y Cargos Intermedios
- Concepto: Se refiere a la cobertura de puestos que implican funciones de dirección, gestión, coordinación o supervisión, y que requieren un perfil específico más allá de la categoría profesional base.
- Puestos Directivos: Alta dirección (Direcciones Gerencias de Hospitales/Áreas/Distritos, Direcciones de División – Médica, Enfermería, Gestión). Suelen proveerse por el sistema de libre designación, basado en la idoneidad y confianza, entre personal cualificado (estatutario, funcionario o incluso laboral, según el puesto). Son nombramientos discrecionales y de carácter temporal, cesando cuando lo decide la autoridad que los nombró o cambia el equipo de gobierno.
- Cargos Intermedios: Puestos de responsabilidad en la estructura organizativa (Jefaturas de Servicio/Sección/Unidad, Coordinadores de UGC, Supervisores de Enfermería, Responsables de área no asistencial). Su provisión suele regularse por normativa específica (ej. Decreto 75/2007 o normativa que lo actualice). El sistema habitual es el concurso de méritos específico, donde se valoran:
- Currículum vitae (experiencia, formación en gestión, etc.).
- Memoria o Proyecto de Gestión adaptado al puesto.
- Entrevista personal (a menudo).
- El nombramiento es temporal (ej. por 4 años, renovable tras evaluación positiva).
- Ejemplo: «Para cubrir la Jefatura de Servicio de Cirugía General del Hospital X, el SAS convoca un concurso de méritos. Los aspirantes (FEAs de Cirugía General fijos) presentan su CV y un proyecto técnico de gestión. Una comisión de valoración evalúa los méritos y el proyecto, y realiza entrevistas, proponiendo al candidato más idóneo para nombramiento por 4 años.»
7. Otras Formas de Incorporación del Personal
Además del ingreso fijo (OPE) y la movilidad (traslados), el personal puede incorporarse o prestar servicios en el SAS mediante:
- Nombramientos Temporales (Personal Estatutario Temporal): Para cubrir necesidades no permanentes:
- De Interinidad: Ocupan plazas vacantes hasta que se cubran reglamentariamente por personal fijo (OPE o traslado).
- De Carácter Eventual: Por circunstancias temporales (acumulación de tareas, exceso de demanda estacional, programas temporales con financiación específica). Duración máxima limitada por ley.
- De Sustitución: Para reemplazar a personal fijo o temporal durante sus ausencias con derecho a reserva de plaza (vacaciones, bajas, permisos).
- Selección: Mediante las Bolsas de Empleo Únicas del SAS, ordenadas por baremo de méritos.
- Personal Laboral: Contratado bajo régimen de derecho laboral (Estatuto de los Trabajadores). Puede ser fijo o temporal. Menos común para funciones sanitarias centrales, pero puede existir en entes instrumentales adscritos al SAS (fundaciones, agencias) o en categorías residuales/a extinguir. Su selección se rige por sus propios convenios colectivos y principios de igualdad, mérito y capacidad.
- Personal Funcionario: Personal que ocupa plazas clasificadas como funcionariales (propias de la Administración General, cuerpos especiales como Inspección Sanitaria, o personal transferido). Se rigen por la normativa de función pública.
- Personal Investigador: Contratos específicos (predoctorales, postdoctorales, investigadores asociados) ligados a proyectos de investigación financiados externamente o por convocatorias específicas (ej. ISCIII, Plan Andaluz de Investigación). Se rigen por la Ley de la Ciencia y normativas específicas.
- Comisiones de Servicio: Procedimiento por el cual personal fijo de otras Administraciones Públicas (incluidos otros Servicios de Salud) puede pasar a ocupar temporalmente un puesto en el SAS, manteniendo su plaza de origen.
8. Líneas Básicas del Baremo de Méritos (Procesos Selectivos del SAS)
El baremo es la «regla de puntuación» que se aplica en la fase de concurso de los concursos-oposición, y con adaptaciones en concursos de traslados, promoción interna y bolsas de empleo temporal. Aunque los detalles exactos (puntuaciones máximas por apartado, valoración por mes/hora/crédito, méritos específicos) varían en cada convocatoria y categoría, las líneas básicas suelen ser consistentes y se negocian en Mesa Sectorial. Generalmente incluyen:
- a) Experiencia Profesional (Suele ser el apartado con más peso):
- Tiempo trabajado en la misma categoría/especialidad en:
- Centros del SAS y otros Servicios de Salud Públicos del SNS (máxima valoración).
- Sistema Sanitario Público de países de la UE/EEE.
- Centros públicos de otras administraciones (ej. sanidad militar, instituciones penitenciarias).
- Centros privados concertados (menor valoración).
- Centros privados no concertados (aún menor valoración o nula, según categoría y convocatoria).
- Puede haber valoración adicional por servicios prestados en puestos de difícil cobertura o en programas especiales.
- Tiempo trabajado en la misma categoría/especialidad en:
- b) Formación Académica:
- Nota del expediente académico de la titulación requerida para el acceso.
- Otras titulaciones académicas oficiales del mismo o superior nivel relacionadas con la categoría (ej. Doctorado, otros Grados, otras especialidades).
- c) Formación Continuada:
- Cursos de formación relacionados con la categoría/especialidad, acreditados por la Comisión de Formación Continuada (CFC) de las Administraciones Sanitarias, u otros organismos acreditadores reconocidos (ej. Universidades, Escuelas de Salud Pública). Se valora por número de horas o créditos. Suele haber un límite máximo de puntuación en este subapartado.
- Másteres oficiales, Títulos de Experto Universitario, etc., relacionados.
- d) Docencia:
- Profesorado en cursos de formación continuada acreditados.
- Tutorización de residentes (MIR, EIR, FIR, PIR…).
- Profesorado universitario relacionado con la categoría.
- Dirección de tesis doctorales.
- e) Investigación:
- Publicaciones científicas (artículos en revistas indexadas – según factor de impacto, libros, capítulos de libro).
- Comunicaciones y ponencias en congresos científicos.
- Participación (y grado de participación: investigador principal, colaborador) en proyectos de investigación financiados en convocatorias competitivas.
- Premios de investigación.
- f) Otros Méritos (Puede variar mucho):
- Desempeño de cargos intermedios o directivos en el SAS/SNS.
- Participación en comisiones clínicas o grupos de mejora de calidad.
- Conocimiento de idiomas (si relevante para el puesto).
- Competencias informáticas específicas (si relevante).
- Haber superado la fase de oposición en convocatorias anteriores de la misma categoría en el SAS/SNS (a veces se valora).
Conclusión
El Tema 66 detalla los diversos caminos regulados para acceder y moverse dentro del empleo público en el SAS. Desde la planificación de las necesidades (OPE) hasta la selección basada en mérito y capacidad (concurso-oposición, promoción interna), la movilidad voluntaria (traslados), la cobertura de puestos de responsabilidad (directivos, intermedios) y la gestión de la temporalidad (bolsas), todos estos procedimientos buscan garantizar la eficiencia, la equidad y la transparencia. El baremo de méritos juega un papel central en muchos de estos procesos, objetivando la valoración de la trayectoria profesional y formativa. Para cualquier participación en estos procesos, es indispensable consultar la convocatoria específica y la normativa vigente publicada en el BOJA y en los canales oficiales
Cuestionario tipo test – Tema 66: Provisión de plazas (I) (Actualizado 2025)
- (Actualizada 2025)
¿Cuál de los siguientes principios NO figura expresamente entre los que rigen la provisión de plazas en el SAS?
A. Igualdad
B. Mérito
C. Jerarquía
D. Publicidad
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
•C. Jerarquía no es un principio rector de la provisión de plazas.
•A, B y D son principios esenciales conforme al art. 3 del Decreto 51/2025 y al art. 55 de la Ley 5/2023.
•También se aplican otros como transparencia, imparcialidad, profesionalidad y agilidad.
Referencia: Art. 3 Decreto 51/2025, art. 55 Ley 5/2023
- (Actualizada 2025)
¿Qué instrumento autoriza a convocar procesos selectivos para cubrir plazas en el SAS?
A. La Convocatoria
B. La Oferta de Empleo Público
C. El Decreto de Plantillas
D. La Relación de Puestos de Trabajo
✅ Respuesta correcta: B
Explicación:
•B. La OEP es el instrumento legal que aprueba el número y características de las plazas a cubrir.
•A. La convocatoria desarrolla la OEP, pero no la autoriza.
•C y D son instrumentos de planificación y ordenación, no de autorización.
Referencia: Art. 10 Decreto 51/2025; Art. 62 Ley 5/2023
- (Actualizada 2025)
¿Cuál es el sistema más habitual de selección en el SAS para plazas fijas?
A. Concurso
B. Oposición
C. Concurso-Oposición
D. Libre designación
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
•El concurso-oposición es el sistema ordinario en el SAS.
•A y B se aplican en situaciones específicas.
•D es para puestos directivos o singularizados, no de acceso general.
Referencia: Art. 31 Ley 55/2003; Art. 14 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿En qué fase del concurso-oposición se valoran los méritos?
A. En la fase de oposición
B. Antes del examen
C. En la fase de concurso
D. En ambas fases
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
•Los méritos se valoran en la fase de concurso, una vez superada la oposición.
•A y B son incorrectas por orden de fases.
•D es incorrecta porque los méritos no se valoran en la oposición.
Referencia: Art. 31 Ley 55/2003; bases tipo del SAS
- (Actualizada 2025)
¿Cuál de las siguientes modalidades de nombramiento temporal cubre una plaza vacante mientras se cubre reglamentariamente?
A. Sustitución
B. Eventual
C. Comisión de servicios
D. Interinidad
✅ Respuesta correcta: D
Explicación:
•D. Interinidad cubre vacantes estructurales.
•A cubre ausencias temporales.
•B responde a acumulación de tareas.
•C es movilidad de personal fijo.
Referencia: Art. 9 Ley 55/2003; Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Quién aprueba la Oferta de Empleo Público del SAS?
A. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
B. La Consejería de Salud
C. El Parlamento de Andalucía
D. El SAS directamente
✅ Respuesta correcta: A
Explicación:
•A. El Consejo de Gobierno aprueba mediante decreto la OEP.
•B propone, pero no aprueba.
•C y D no tienen esa competencia.
Referencia: Art. 10 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Qué tipo de concurso se utiliza habitualmente para la provisión de jefaturas de servicio?
A. Concurso General
B. Concurso Específico
C. Oposición
D. Promoción interna
✅ Respuesta correcta: B
Explicación:
•B. Concurso específico incluye evaluación de proyecto y entrevista.
•A es para movilidad ordinaria.
•C y D no son adecuados para este fin.
Referencia: Art. 65-70 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Cuál de estos es un mérito valorable habitualmente en los baremos del SAS?
A. Número de hijos
B. Participación en congresos científicos
C. Antigüedad en otro cuerpo estatal
D. Pertenencia a un sindicato
✅ Respuesta correcta: B
Explicación:
•B. Participación en congresos científicos puntúa en investigación.
•A y D no se valoran.
•C solo puntuaría si es en funciones similares y regulado.
Referencia: Bases tipo OPE SAS; Art. 64 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta sobre la promoción interna?
A. Solo puede accederse a categorías del mismo grupo
B. Exige antigüedad y titulación adecuada
C. No tiene turno específico en OPE
D. No permite exenciones de pruebas
✅ Respuesta correcta: B
Explicación:
•B es cierta según la Ley 55/2003 y Ley 5/2023.
•A es incorrecta (puede ser de grupo superior).
•C es falsa, sí hay turnos específicos.
•D es incorrecta, puede haber exenciones.
Referencia: Art. 35 Ley 55/2003; Art. 47 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Qué figura permite a un profesional de otro Servicio de Salud ocupar temporalmente un puesto en el SAS?
A. Interinidad
B. Promoción interna
C. Comisión de servicios
D. Contrato eventual
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
•C. Comisión de servicios regula la movilidad interadministrativa.
•A, B y D no implican movilidad externa entre servicios.
Referencia: Art. 94 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Cuál de los siguientes no es un tipo de personal que puede prestar servicios en el SAS?
A. Estatutario
B. Laboral
C. Eventual
D. Freelance
✅ Respuesta correcta: D
Explicación:
• D no forma parte del régimen jurídico del personal del SAS.
• A, B y C sí están regulados: el personal estatutario es el predominante; el laboral se aplica en casos residuales; el eventual cubre necesidades temporales.
Referencia: Ley 55/2003, art. 9; Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Qué documento detalla las plazas ofertadas por concurso de traslados?
A. El Decreto de la OEP
B. El acuerdo de Mesa Sectorial
C. La convocatoria publicada en BOJA
D. La orden del Ministerio de Sanidad
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
• C. La convocatoria publicada en BOJA es el acto que concreta las plazas y bases del proceso.
• A y B son instrumentos previos o de negociación.
• D no es competente en el ámbito autonómico.
Referencia: Art. 57-60 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Quién realiza la baremación de méritos en un concurso de traslados?
A. La Dirección General del SAS
B. La Junta de Personal
C. Una Comisión de Valoración
D. El Comité de Empresa
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
• C es el órgano técnico previsto normativamente.
• A puede ser la competente para resolver, pero no valora.
• B y D no intervienen en la baremación directamente.
Referencia: Art. 62 y 68 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Cuál de los siguientes apartados suele tener mayor peso en los baremos del SAS?
A. Cursos de idiomas
B. Formación continua
C. Experiencia profesional
D. Publicaciones científicas
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
• C representa el grueso de la puntuación en la mayoría de categorías.
• B también se valora, pero con tope limitado.
• A y D tienen una valoración secundaria o residual.
Referencia: Bases tipo del SAS; Art. 64 y 70 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿En qué casos puede utilizarse el sistema de concurso puro?
A. Siempre que se convoquen plazas nuevas
B. Solo en estabilización de empleo
C. En las promociones internas verticales
D. Nunca, está prohibido
✅ Respuesta correcta: B
Explicación:
• B es correcto: procesos de estabilización (Ley 20/2021) pueden permitir concurso sin oposición.
• A y C suelen requerir concurso-oposición.
• D es falso: está regulado.
Referencia: Ley 20/2021; Acuerdos de Mesa Sectorial del SAS
- (Actualizada 2025)
¿Quién elabora el proyecto técnico en concursos específicos para cargos intermedios?
A. El tribunal
B. El aspirante
C. El jefe de servicio actual
D. La unidad de recursos humanos
✅ Respuesta correcta: B
Explicación:
• B es correcto: cada aspirante debe presentar su proyecto de gestión.
• A, C y D no intervienen en su redacción.
Referencia: Art. 67 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
En el SAS, ¿qué sistema se emplea habitualmente para cubrir plazas de Dirección Gerencia?
A. Concurso general
B. Concurso-oposición
C. Libre designación
D. Promoción horizontal
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
• C. Libre designación permite designar personas idóneas sin baremo previo.
• A y B no se utilizan para este fin.
• D no aplica a puestos directivos.
Referencia: Art. 78-83 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Cuál de las siguientes situaciones NO permite acceder a una comisión de servicios?
A. Personal fijo del SAS
B. Personal temporal del SAS
C. Personal fijo de otra Comunidad Autónoma
D. Personal funcionario de carrera estatal
✅ Respuesta correcta: B
Explicación:
• Solo personal fijo puede acceder por comisión.
• B. Personal temporal no tiene derecho a movilidad interadministrativa.
Referencia: Art. 94 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Qué sucede si un aspirante no toma posesión del nuevo destino adjudicado en concurso de traslados?
A. Pierde el derecho al destino
B. Se le asigna de oficio otro centro
C. Se suspende su relación estatutaria
D. Puede renunciar libremente sin consecuencias
✅ Respuesta correcta: A
Explicación:
• La adjudicación es irrenunciable; no tomar posesión implica pérdida del destino.
• B, C y D no están permitidas legalmente.
Referencia: Art. 74 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Cuál de las siguientes formas de movilidad está regulada en el Decreto 51/2025?
A. Permutas
B. Traslados internacionales
C. Teletrabajo
D. Excedencia voluntaria
✅ Respuesta correcta: A
Explicación:
• A. Las permutas están contempladas como forma de movilidad entre puestos equivalentes.
• B, C y D tienen otro régimen jurídico.
Referencia: Art. 91 Decreto 51/2025
(Continúa en el siguiente mensaje para incluir las preguntas 21 a 30)
Continuamos, Esteban, con las preguntas 21 a 30 del cuestionario tipo test del Tema 66, siguiendo el modelo establecido:
- (Actualizada 2025)
¿Cuál de los siguientes requisitos se exige para participar en promoción interna en el SAS?
A. Haber trabajado 6 meses como interino
B. Tener un contrato eventual vigente
C. Ser personal estatutario fijo
D. Superar primero un proceso de estabilización
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
• C es la condición básica: solo personal fijo puede acceder a promoción interna.
• A y B son figuras temporales sin derecho a promoción.
• D no es un requisito previo para participar.
Referencia: Art. 35 Ley 55/2003; Art. 47 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Qué modalidad de concurso valora tanto méritos generales como específicos del puesto?
A. Concurso libre
B. Concurso específico
C. Oposición
D. Concurso-oposición
✅ Respuesta correcta: B
Explicación:
• B. Concurso específico permite valorar méritos adaptados al perfil del puesto concreto.
• A no existe como categoría oficial.
• C y D son sistemas de acceso, no de provisión interna.
Referencia: Art. 65-70 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿A través de qué medio debe relacionarse electrónicamente el aspirante en los procesos selectivos?
A. Correo certificado
B. Registro presencial
C. Carpeta ciudadana
D. Portal electrónico habilitado por la Junta
✅ Respuesta correcta: D
Explicación:
• D: desde 2025, es obligatorio el uso de medios electrónicos para los procesos.
• A y B no son válidos como vía principal.
• C no es el canal específico para procesos selectivos.
Referencia: Art. 19 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Cuál de los siguientes se considera mérito académico en un proceso selectivo del SAS?
A. Cursos sin acreditación oficial
B. Título de Grado superior al exigido
C. Certificado de asistencia a congresos
D. Participación en huelgas
✅ Respuesta correcta: B
Explicación:
• B: titulaciones académicas adicionales puntúan.
• A y C no se bareman sin acreditación reconocida.
• D no es mérito, sino derecho laboral.
Referencia: Bases tipo SAS
- (Actualizada 2025)
¿Cuál de estos factores puede justificar una movilidad forzosa en el SAS?
A. Solicitud del trabajador
B. Cese por incumplimiento
C. Reorganización de efectivos por cargas de trabajo
D. Suspensión de empleo
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
• C: la normativa prevé movilidad forzosa por razones estructurales.
• A describe movilidad voluntaria.
• B y D son efectos disciplinarios.
Referencia: Art. 86 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿En qué tipo de movilidad se reserva puesto a víctimas de violencia de género?
A. Permuta
B. Libre designación
C. Concurso general
D. Movilidad por causa especial
✅ Respuesta correcta: D
Explicación:
• D: existe una regulación específica que garantiza movilidad preferente y reserva de puesto.
• A, B y C no incluyen este tratamiento especial.
Referencia: Art. 99-100 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Puede un profesional participar en un proceso de estabilización si no trabaja en el SAS?
A. Sí, si ha trabajado en cualquier administración
B. No, solo los trabajadores en activo
C. Sí, si acredita experiencia previa en la categoría
D. No, salvo que sea personal eventual
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
• C es válido: los procesos de estabilización permiten participación con experiencia acreditada en el sector público.
• A y D no concretan adecuadamente.
• B es incorrecta: no se exige estar en activo.
Referencia: Ley 20/2021 y convocatorias de estabilización
- (Actualizada 2025)
¿Qué puntuación mínima suele requerirse para superar la fase de oposición en el SAS?
A. Un 70% de aciertos
B. La media de todos los participantes
C. Un porcentaje fijado en la convocatoria (ej. 50% de la media de las 10 mejores notas)
D. No se requiere puntuación mínima
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
• C es el criterio técnico usado en muchas categorías del SAS.
• A y B no son valores estándar.
• D contradice el carácter eliminatorio de la oposición.
Referencia: Bases específicas de convocatorias del SAS
- (Actualizada 2025)
¿Cuál es la duración habitual del nombramiento para un cargo intermedio como Jefe de Servicio?
A. 1 año prorrogable
B. Hasta que el director lo decida
C. 4 años renovables
D. Sin límite temporal
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
• C: lo habitual es un nombramiento por 4 años, renovable tras evaluación.
• A, B y D no reflejan la normativa.
Referencia: Art. 67 Decreto 51/2025
- (Actualizada 2025)
¿Qué órgano publica las convocatorias de OPE en el SAS?
A. El Ministerio de Sanidad
B. El BOE
C. El BOJA
D. La Escuela Andaluza de Salud Pública
✅ Respuesta correcta: C
Explicación:
• C. El BOJA publica las convocatorias de la Junta de Andalucía, incluyendo las del SAS.
• A y B no son competentes en este nivel.
• D no tiene capacidad normativa.
Referencia: Art. 16 Decreto 51/2025
Mapa Conceptual – Tema 66: Provisión de plazas (I)
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🧩 PROVISIÓN DE PLAZAS EN EL SAS
→ Mecanismos para cubrir plazas, garantizar cobertura asistencial y movilidad
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- ⚖️ Criterios Generales de Provisión
•📜 Normativa: Constitución Española, Ley 55/2003, TREBEP, Ley 5/2023, Decreto 51/2025
•⭐ Principios: Igualdad, Mérito, Capacidad, Publicidad, Transparencia, Imparcialidad, Agilidad, Coordinación
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- 📢 Oferta de Empleo Público (OEP)
•✅ Acto administrativo anual que autoriza convocatorias
•🧾 Publicación: BOJA
•📌 Finalidades: estabilización, cobertura estructural, reducción de temporalidad
•🧮 Incluye: número de plazas, categorías, sistema selectivo
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- 🔁 Concursos de Traslados
•🔓 Movilidad voluntaria del personal estatutario fijo
•🧮 Méritos: antigüedad, conciliación, carrera profesional, formación
•📑 Convocatoria pública y baremo oficial
•⏳ Irrenunciable tras adjudicación
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- ✅ Sistemas de Selección (para OPE)
•✏️ Oposición: solo pruebas
•🗂️ Concurso: solo méritos (excepcional)
•🔄 Concurso-Oposición: combinación (habitual en SAS)
•🧠 Fase de oposición: test temario (60%)
•🏅 Fase de concurso: méritos (40%)
•📊 Calificación final = suma ponderada
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- 📈 Promoción Interna
•🎯 Acceso a categoría superior desde personal fijo
•🧑💼 Requisitos: titulación, antigüedad
•📊 Sistema selectivo: concurso-oposición con posibles exenciones
•🔒 Cupo reservado en OEP
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- 🏥 Provisión de Puestos Directivos y Cargos Intermedios
•🧭 Puestos Directivos: libre designación, confianza, carácter temporal
•🧩 Cargos Intermedios: concurso específico
•📝 Méritos + proyecto técnico + entrevista
•⏳ Nombramientos por 4 años
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- 🧑💼 Otras Formas de Incorporación
•🕐 Nombramientos temporales (interinidad, eventualidad, sustitución)
•⚙️ Personal laboral (propio o de entes instrumentales)
•🧾 Personal funcionario (inspección, cuerpos generales)
•🔬 Personal investigador (convocatorias específicas)
•🔄 Comisiones de servicios (movilidad interadministrativa)
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- 📚 Baremo de Méritos (en procesos selectivos)
•🧪 a) Experiencia Profesional (mayor peso)
•🎓 b) Formación Académica (titulaciones, expediente)
•📖 c) Formación Continuada (cursos CFC, másteres)
•🧑🏫 d) Docencia (tutorías, enseñanza universitaria)
•🧬 e) Investigación (publicaciones, proyectos)
•🧩 f) Otros méritos (cargos, idiomas, informática)
📚 Referencias Bibliográficas y Normativas – Tema 66
Normativa Estatal
• Constitución Española de 1978
• Artículo 23.2: Derecho a acceder en condiciones de igualdad a funciones y cargos públicos.
• Artículo 103.3: Principios de mérito y capacidad en el acceso al empleo público.
• Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud
• Título VI: Provisión de plazas, selección y promoción interna.
• Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP)
• Aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
• Referencia general para el empleo público en las Administraciones.
• Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
• Regula los procesos de estabilización por concurso y concurso-oposición.
Normativa Autonómica (Andalucía)
• Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía
• Título VIII: Ordenación y planificación del empleo público
• Título IX: Acceso, adquisición y pérdida de la relación de servicio
• Título X: Provisión de puestos de trabajo y movilidad
• Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía
• Publicado en el BOJA núm. 40, de 27 de febrero de 2025.
• Sustituye al anterior Decreto 2/2002 y desarrolla la Ley 5/2023.
Normativa Específica del SAS
• Convocatorias de Ofertas de Empleo Público del SAS
• Publicadas mediante decretos anuales en el BOJA (ej. Decreto 185/2024).
• Bases tipo y específicas de convocatorias del Servicio Andaluz de Salud (SAS)
• Incluyen criterios de baremación, temarios, estructura de pruebas, etc.
• Acuerdos de la Mesa Sectorial de Sanidad de Andalucía
• Pactos con organizaciones sindicales que regulan criterios de OPE, traslados, promoción interna y baremos de méritos.
Otras Referencias de Interés
• Portal web del SAS – Oferta de Empleo Público
• https://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud
• BOJA (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía)
• Publicación oficial de todas las convocatorias, resoluciones y normativa aplicable al SAS.